¿Cuales son los antecedentes (estatutos, constituciones y tratados) anteriores a la constitución de 1853?
¿Cuál es el año en que se dicta la Constitución Nacional? ¿Porque no se dictó una constitución antes?
¿Cuales son las reformas más importantes desde 1853 hasta 1994?
¿Cuál es la estructura interna de la Constitución Nacional?
¿Cuales son las características del preámbulo?
Para redactar la constitución, los diputados provinciales reunidos en la ciudad de Santa Fe tuvieron en cuenta: las ideas, las propuestas y las declaraciones de otros textos. A esos textos se los llaman “antecedentes”. Entre ellos estaban los tratados y pactos que algunas provincias firmaron entre sí, desde 1820 en adelante. El principal de esos tratados fue el Pacto Federal de 1831 en el que participaban Bs. As. Santa Fe y Entre Ríos. En éste se tuvieron en cuanta las constituciones sancionadas en 1819 y 1826.
El año en que se dictó la Constitución Nacional fue en 1853, debido a que Rosas estaba en el gobierno, y anteriormente, los Unitarios y Federales se enfrentaban entre sí.
La constitución fue sancionada por el Congreso General Constituyente el 1° de Mayo de 1853, reformada y concordada por al Convención Nacional “Ad Hoc”, el 25 de septiembre de 1860, ya con las reformas de las Convenciones de 1866 y 1898, y una de fondo en 1949, permitiendo la elección inmediata del presidente.
En 1957, el gobierno provisional restableció la vigencia de la constitución de 1853.
En 1994 se reformó nuevamente y se impuso la reelección presidencial con mandato de 4 años, a partir de 1995.
La constitución de 1853 consta de un preámbulo y de 107 artículos, estos últimos divididos en dos partes: la 1° “Declaraciones, derechos y garantías” (Art. 1-31), la 2° “Autoridades de la Nación” (Art. 32-107).
Esta segunda parte comprende dos subdivisiones: “Gobierno Federal” y “Gobiernos de Provincia”.
El preámbulo es la “carta del autor” a los ciudadanos, que explica que la constitución fue sancionada con el objetivo de afianzar la justicia, constituir la unión nacional, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenan, decretan y establecen esta Constitución, para la Nación Argentina.