Derecho


Constitución Europea


La Constitución Europea se divide en cuatro partes. En la primera de ellas se definen los valores, objetivos, competencias, procedimientos de toma de decisiones e instituciones de la Unión Europea; también aborda los símbolos, la ciudadanía, la vida democrática y las finanzas de la Unión. En la segunda parte figura la «Carta de los Derechos Fundamentales». En la tercera, se describen las políticas y las acciones internas y externas así como el funcionamiento de la Unión Europea. En la cuarta parte se estipulan las disposiciones finales, entre las que se encuentran los procedimientos de adopción y de revisión de la Constitución.

La garantía del respeto de determinados valores comunes y de un modelo europeo de sociedad.

  • El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y los derechos humanos.

  • Una sociedad caracterizada por el pluralismo, la ausencia de discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres.

  • Sólo los Estados que respetan estos valores pueden adherirse a la Unión Europea. Asimismo, pueden tomarse medidas contra los Estados miembros que no respeten estos mismos valores.

Libertades fundamentales

  • La libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales, así como la libertad de establecimiento. La ausencia de discriminación por razón de la nacionalidad.

Una ciudadanía europea

  • Toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro posee la ciudadanía de la Unión.

  • Esta ciudadanía se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla y confiere derechos complementarios: derecho a circular y residir libremente en todo el territorio de la Unión, derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales en el Estado de residencia, derecho a la protección consular y diplomática en terceros países, derecho a formular peticiones al Parlamento Europeo así como a recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, derecho a dirigirse a las instituciones y a los organismos consultivos europeos en la lengua propia y a recibir una contestación en esa misma lengua.

Una Carta de los derechos fundamentales

  • La Carta garantiza el respeto de la dignidad humana, del derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad, el respeto de la vida privada y familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, el derecho a la educación, la libertad de empresa, el derecho a la propiedad, la igualdad ante la ley, el respeto de la diversidad cultural, religiosa y lingüística, la igualdad entre hombres y mujeres, la integración de las personas discapacitadas, el derecho a la tutela judicial y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y los derechos a la defensa, etc.

  • La Carta forma parte integrante de la Constitución. Se aplica a las instituciones europeas y a los Estados miembros cuando ponen en práctica el Derecho comunitario. No sólo contempla los derechos civiles y políticos incluidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, sino también otros ámbitos como son los derechos sociales de los trabajadores, la protección del medio ambiente o el derecho a una buena administración.

Más solidaridad

  • En caso de que un Estado miembro sea víctima de un ataque terrorista o de una catástrofe natural o de origen humano, la Unión y sus Estados miembros actuarán de forma solidaria -con medios militares, si es necesario- para prestarle ayuda. Una mejora de la vida democrática de la Unión.

  • En lo relativo a nuevas disposiciones para las instituciones europeas, se imponen el consultar a la sociedad civil, la transparencia y la apertura del proceso de toma de decisiones o de acceso a documentos.

Objetivos comunes

  • La paz y el bienestar. La libertad, la seguridad y la justicia. Un mercado interior importante y la libre competencia. Un desarrollo sostenible que integre los aspectos económicos, sociales y medioambientales. El progreso científico y técnico. La justicia y la protección social. La protección de los derechos de los niños. La cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros. La diversidad cultural y lingüística. La conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo.

Carta de Derechos Fundamentales

Integración de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, proclamada solemnemente en diciembre de 2000, dotándola de carácter jurídicamente vinculante.

Inclusión de una cláusula habilitante que permitirá a la Unión como tal adherirse al Convenio Europeo de Derechos Humanos; la decisión será adoptada por mayoría cualificada de los Estados miembros. Esto situará a la Unión en situación similar a la que tienen los Estados miembros, sometidos al control externo del Tribunal de Estrasburgo en materia de derechos humanos.

“La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres.”

Artículo I-2 de la Constitución Europea

Con la Constitución, los europeos tendremos por primera vez una Carta común de Derechos Fundamentales que recoge y afianza el modelo de sociedad que hemos elegido, con una economía de mercado supeditada al respeto de los valores sociales.

La Constitución, que reduce y simplifica el gran número de tratados europeos ya existentes, añade el protagonismo de los ciudadanos al de los Estados.

Con la Constitución, la UE quiere reducir aún más las diferencias en los niveles de desarrollo de sus miembros y crear un espacio más justo y más solidario.

La Constitución refuerza los derechos sociales de los que ya disfrutamos en España, entre ellos el derecho a la información, a la negociación colectiva, a la protección en caso de despido injustificado, a las condiciones de trabajo justas o a las prestaciones de la Seguridad Social.

La Constitución potencia la democracia al incrementar las competencias del Parlamento Europeo. Y prevé que los ciudadanos de la Unión y sus asociaciones representativas puedan mantener un diálogo abierto y transparente con las instituciones europeas. La Unión reconoce y promueve el papel de los interlocutores sociales.

Con la Constitución, la Unión Europea a 25 da un gran paso para construir una comunidad política sólida que hable con una sola voz ante el resto del mundo a través de un ministro de Asuntos Exteriores común. Europa consolida así su apuesta por la paz, el multilateralismo, la resolución pacífica de los conflictos y la cooperación al desarrollo, y reafirma que el uso de la fuerza sólo podrá contemplarse como último recurso para defender los derechos humanos y la legalidad internacional.

La Constitución compromete a los países de la Unión a movilizarse en la ayuda a cualquier Estado miembro que sufra una catástrofe natural o sea víctima de un ataque terrorista.

La Constitución dota a la Unión de los instrumentos necesarios para la pronta culminación del espacio europeo de libertad, seguridad y justicia. Europa podrá luchar con más eficacia contra el terrorismo, el crimen organizado y la inmigración ilegal.

El desarrollo sostenible, en su triple dimensión --económica, social y medioambiental--, se consagra, gracias a la Constitución, como uno de los objetivos esenciales de la Unión Europea.




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Enviado por:Paloma
Idioma: castellano
País: España

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