Derecho
Constitución de EEUU (Estados Unidos) y de Puerto Rico
Contintuciones de Puerto Rico y Estados Unidos
Todos los poderes legislativos en las presentes constituciones de Estados Unidos y Puerto Rico, tienen varias formas de cómo formar una camara de representantes debido a sus diferentes situaciones sociales y el tipo de sociedad politica a la que se deberan enfrentar durante el trancurso de su puesto en este puesto de Camara Representantes. La camara de representates de Estados Unidos esta formada por miembros elegidos cada dos años por los habitantes de los diversos estado, y los electores deberan poseer en cada estado las condiciones requeridas para electores de la rama mas numerosa de la legislatura local.No sera representante ninguna persona que no haya cumplido 25 años de edad y sido cuidadano de los Estados Unidos durante siete años y que no sea habitante del Estado en el cual se le designe , al tiempo de la eleccion.El numero de representantes no excedera de uno por cada 30 mil habitantes con tal que cada estado cuente con un representante cuando menos .Cuando ocurran vacantes en la representacion de cualquier estado la autoridad ejecutiva del mismo expedira un decreto en que se convocara a elecciones con el objeto de llenarlas. La Camara de Representantes elegira su presidente y demas funcionarios y sera la unica facultada para declarar que hay lugar a proceder en los casos de responsabilidades oficiales. El Poder Legislativo se ejercera por una asamblea Legislativa, que se compondra de dos camaras—el Senado y la Camara de Representantes—cuyos miembros seran elegidos por votacion directa en cada eleccion general. El senado se compondra de 27 senadores y la camara de representantes de 50 y un representante , excepto cuando dicha composicion resultare aumentada a virtud de lo que se dispone. La asamblea legislativa, Puerto Rico estara divido en 8 districtos senatoriales y en 40 distritos representativos. Cada distrito senatorial eligira dos senadores y cada distrito representativo un representante. Ademas 11 senadores y 11 representantes por acumulacion. Ninguna persona podra ser miembro de la asamblea legislativa a menos que sepa leer y escribir cualquiera de los dos idiomas ,español o ingles; sea cuidadano de los Estados Unidos y de Puerto Rico y haya residido en Puerto Rico por lo menos dos años precendentes a la fecha de la eleccion o nombramiento. Cuando en una elección general resultaren electos más de dos terceras partes de los miembros de cualquiera de las cámaras por un solo partido o bajo una sola candidatura, según ambos términos se definan por ley, se aumentará el número de sus miembros en los siguientes casos: (a) Si el partido o candidatura que eligió más de dos terceras partes de los miembros de cualquiera o ambas cámaras hubiese obtenido menos de dos terceras partes del total de los votos emitidos para el cargo de Gobernador, se aumentará el número de miembros del Senado o de la Cámara de Representantes o de ambos cuerpos, según fuere el caso, declarándose electos candidatos del partido o partidos de minoría en número suficiente hasta que la totalidad de los miembros del partido o partidos de minoría alcance el número (b) Si el partido o candidatura que eligió más de dos terceras partes de los miembros de cualquiera o ambas cámaras hubiese obtenido más de dos terceras partes del total de los votos emitidos para el cargo de Gobernador, y uno o más partidos de minoría no eligieron el número de miembros que les correspondía en el Senado o en la Cámara de Representantes o en ambos cuerpos, según fuere el caso de nueve en el Senado y de diecisiete en la Cámara de Representantes. La Asamblea Legislativa adoptará las medidas necesarias para reglamentar estas garantías, y dispondrá la forma de adjudicar las fracciones que resultaren en la aplicación de las reglas contenidas en esta sección, así como el número mínimo de votos que deberá depositar un partido de minoría a favor de su candidato a Gobernador para tener derecho a la representación que en la presente se provee. El término del cargo de los Senadores y Representantes comenzará el día dos de enero inmediatamente siguiente a la fecha en que se celebre la elección general en la cual hayan sido electos. Cada cámara será el único juez de la capacidad legal de sus miembros, de la validez de las actas y del escrutinio de su elección; elegirá sus funcionarios. La Asamblea Legislativa será un cuerpo con carácter continuo durante el término de su mandato y se reunirá en sesión ordinaria cada año a partir del segundo lunes de enero. Las sesiones de las cámaras serán públicas. Cualquier proyecto de ley que sea aprobado por una mayoría del número total de los miembros que componen cada cámara se someterá al Gobernador y se convertirá en ley si éste lo firma o si no lo devuelve con sus objeciones a la cámara de origen dentro de diez días (exceptuando los domingos) contados a partir de la fecha en que lo hubiese recibido. La Cámara de Representantes tendrá el poder exclusivo de iniciar procesos de residencia y con la concurrencia de dos terceras partes del número total de sus miembros formular acusación. Habrá un Contralor que será nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento de la mayoría del número total de los miembros que componen cada Cámara. El Contralor podrá ser separado de su cargo por las causas y mediante el procedimiento establecido en la sección precedente.
El Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos senadores por cada estado, elegidos por sus respectivas Asambleas Legislativas por el término de seis años. Cada senador tendrá derecho a un voto. Tan pronto como se reúnan en virtud de la primera elección, se les dividirá en tres grupos lo más iguales posible. El término de los senadores del primer grupo expirará al finalizar el segundo año; el del segundo grupo al finalizar el cuarto año y el del tercer grupo al finalizar el sexto año, de forma que cada dos años se renueve una tercera parte de sus miembros. La sentencia en procedimientos de residencia no podrá exceder de la destitución del cargo e inhabilitación para obtener y desempeñar ningún cargo de honor, de confianza o de retribución en el Gobierno de los Estados Unidos; pero el funcionario convicto quedará, no obstante, sujeto a ser acusado, juzgado, sentenciado y castigado con arreglo a derecho. El Congreso se reunirá por lo menos una vex al año y tal sesión comenzará el primer lunes de diciembre, a no ser que por ley se fije otro día. Cada Cámara adoptará su reglamento, podrá castigar a sus miembros por conducta impropia y expulsarlos con el voto de dos terceras partes. Los senadores y representantes recibirán por sus servicios una remuneración fijada por ley y pagadera por el Tesoro de los Estados Unidos. El Congreso no podrá antes del año 1808 prohibir la inmigración o importación de aquellas personas cuya admisión considere conveniente cualquiera de los estados ahora existentes; pero se podrá imponer un tributo o impuesto a tal importación que no excederá de diez dólares por persona. Ningún estado podrá, sin el consentimiento del Congreso, fijar derecho alguno de tonelaje, ni mantener tropas o embarcaciones de guerra en tiempos de paz, ni celebrar convenios o pactos con otro estado o con potencias extranjeras, ni entrar en guerra, a menos que fuere de hecho invadido o estuviere en peligro tan inminente que su defensa no admita demora.
El poder ejecutivo en estas dos constituciones tiene sus grandes diferencias a base de su duracion y la manera de ser electo tanto como cuantas veces podra ser reelecto el candidacto a la misma posicion y sus deberes. El poder ejecutivo residirá en el Presidente de los Estados Unidos de América. Este desempeñará sus funciones por un término de cuatro años y se le elegirá, junto con el vicepresidente, quien también desempeñará su cargo por un término similar, de la siguiente manera: Cada estado designará, en la forma que prescribiere su Asamblea Legislative, un número de compromisarios igual al número total de senadores y representantes que le corresponda en el Congreso; pero no será nombrado compromisario ningún senador o representante o persona alguna que ocupare un cargo de confianza o retribuido bajo la autoridad de los Estados Unidos. Como remuneración por sus servicios el presidente recibirá, en las fechas que se determinen, una compensación que no podrá ser aumentada ni disminuida durante el término para el cual se le eligió, y no percibirá durante dicho término ningún otro emolumento de los Estados Unidos ni de ninguno de los estados. Antes de comenzar a desempeñar su cargo, el presidente prestará el siguiente juramento o promesa: ""Juro (o prometo) solemnemente que desempeñaré fielmente el cargo de Presidente de los Estados Unidos y que de la mejor manera a mi alcance guardaré, protegeré y defenderé la Constitución de los Estados Unidos." El Gobernador ejercerá su cargo por el término de cuatro años a partir del día dos de enero del año siguiente al de su elección y hasta que su sucesor sea electo y tome posesión. Residirá en Puerto Rico, en cuya ciudad capital tendrá su despacho. El presidente será jefe supremo del ejército y de la armada de los Estados Unidos, así como de la milicia de los distintos estados cuando ésta fuere llamada al servicio activo de la Nación. Nadie podrá ser Gobernador a menos que, a la fecha de la elección, haya cumplido treinta y cinco años de edad, y sea, y haya sido durante los cinco años precedentes, ciudadano de los Estados Unidos de América y ciudadano y residente bona fide de Puerto Rico .El presidente tendrá poder para cubrir todas las vacantes que ocurrieren durante el receso del Senado, extendiendo nombramientos que expirarán al finalizar la próxima sesión del Senado. Los deberes, funciones y atribuciones del Gobernador serán: Ejercer las otras facultades y atribuciones y cumplir los demás deberes que se le señalen por esta Constitución o por ley. El presidente informará periódicamente al Congreso sobre el estado de la Unión y le recomendará aquellas medidas que él estime necesarias y convenientes. Para el ejercicio del Poder Ejecutivo el Gobernador estará asistido de Secretarios de Gobierno que nombrará con el consejo y consentimiento del Senado. El presidente, el vicepresidente y todos los funcionarios civiles de los Estados Unidos serán destituidos de sus cargos mediante procedimiento de residencia, previa acusación y convictos que fueren de traición, cohecho u otros delitos graves y menos graves. Sin perjuicio de la facultad de la Asamblea Legislativa para crear, reorganizar y consolidar departamentos ejecutivos de gobierno, y para definir sus funciones, se establecen los siguientes: de Estado, de Justicia, de Instrucción Pública, de Salud, de Hacienda, de Trabajo, de Agricultura y Comercio y de Obras Públicas. Cada departamento ejecutivo estará a cargo de un Secretario de Gobierno. Cuando ocurra una vacante en el cargo de Gobernador producida por muerte, renuncia, destitución, incapacidad total y permanente, o por cualquier otra falta absoluta, dicho cargo pasará al Secretario de Estado, quien lo desempeñará por el resto del término y hasta que un nuevo Gobernador sea electo y tome posesión. Cuando por cualquier causa que produzca ausencia de carácter transitorio el Gobernador esté temporalmente impedido de ejercer sus funciones, lo sustituirá, mientras dure el impedimento, el Secretario de Estado .Cuando el Gobernador electo no tomase posesión de su cargo, o habiéndolo hecho ocurra una vacante absoluta en el mismo sin que dicho Gobernador haya nombrado un Secretario de Estado o cuando habiéndolo nombrado éste no haya tomado posesión, la Asamblea Legislativa electa. El Gobernador podrá ser destituido por las causas y mediante el procedimiento que esta Constitución establece.
En dichas constituciones se establecio el poder judicial el cual tiene el poder de solicitar y asignar una posicion a un candidacto elegido por la sociedad y que haya cumplido con los requisitos de elecion ,en dicha constituciones la persona que tenga el poder ejecutivo tendra el derecho de asignar a dicho candidacto a tan importante poscion que debera ejercer con todos los conocimientos aquiridos y debera ejercer muy bien para el desarrollo de orden y paz en dicha constitucion a la que pertenesca. El Poder Judicial de Puerto Rico se ejercerá por un Tribunal Supremo, y por aquellos otros tribunales que se establezcan por ley. El poder judicial de los Estados Unidos residirá en un Tribunal Supremo y en aquellos tribunales inferiores que periodicamente el Congreso creare y estableciere. Los jueces, tanto del Tribunal Supremo como de tribunales inferiores, desempeñarán sus cargos mientras observen buena conducta y en determinadas fechas recibirán por sus servicios una compensación que no será rebajada mientras desempeñen sus cargos. Los tribunales de Puerto Rico constituirán un sistema judicial unificado en lo concerniente a jurisdicción, funcionamiento y administración. El Tribunal Supremo será el tribunal de última instancia en Puerto Rico y se compondrá de un juez presidente y cuatro jueces asociados. El poder judicial se extenderá a todo caso que en derecho y equidad surja de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos, así como de los tratados celebrados o que se celebraren bajo su autoridad; a todos los casos que afecten a embajadores y otros ministros y cónsules públicos. El Tribunal Supremo funcionará, bajo reglas de su propia adopción, en pleno o dividido en salas compuestas de no menos de tres jueces. Se juzgarán ante jurado todas las causas criminales, excepto las que den lugar al procedimiento de residencia; y el juicio se celebrará en el estado en que se cometió el delito. Si no se cometiere en ningún estado, se celebrará el juicio en el sitio o en los sitios que el Congreso designare por ley. El Tribunal Supremo, cada una de sus salas, así como cualquiera de sus jueces, podrán conocer en primera instancia de recursos de hábeas corpus y de aquellos otros recursos y causas que se determinen por ley. El delito de traición contra los Estados Unidos consistirá solamente en tomar las armas contra ellos o en unirse a sus enemigos, dándoles ayuda y facilidades. Nadie será convicto de traición sino por el testimonio de dos testigos del hecho incriminatorio o por confesión en corte abierta. El Tribunal Supremo adoptará, para los tribunales, reglas de evidencia y de procedimiento civil y criminal que no menoscaben, amplíen o modifiquen derechos sustantivos de las partes. El Congreso tendrá poder para fijar la pena correspondiente al delito de traición; pero la sentencia por traición no alcanzará en sus efectos a los herederos del culpable ni llevará consigo la confiscación de sus bienes salvo durante la vida de la persona sentenciada. El Tribunal Supremo adoptará reglas para la administración de los tribunales las que estarán sujetas a las leyes relativas a suministros, personal, asignación y fiscalización de fondos, y a otras leyes aplicables en general al gobierno. Los jueces serán nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. Los jueces del Tribunal Supremo no tomarán posesión de sus cargos hasta que sus nombramientos sean confirmados por el Senado y los desempeñarán mientras observen buena conducta. Nadie será nombrado juez del Tribunal Supremo a menos que sea ciudadano de los Estados Unidos y de Puerto Rico, haya sido admitido al ejercicio de la profesión de abogado en Puerto Rico por lo menos diez años antes del nombramiento y haya residido en Puerto Rico durante los cinco años inmediatamente anteriores al mismo .La Asamblea Legislativa establecerá un sistema de retiro para los jueces, retiro que será obligatorio cuando hubieren cumplido setenta años de edad. Los jueces del Tribunal Supremo podrán ser destituidos por las causas y mediante el procedimiento que esta Constitución establece.
El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar en una primaria o en cualquier elección por el presidente o vicepresidente, por compromisarios para presidente o vicepresidente o por algún senador o representante en el Congreso, no será negado 0 restringido por los Estados Unidos o por cualquier estado por haber dejado de pagar alguna capitación o cualquier otra contribución. Las elecciones generales se celebrarán cada cuatro años en el día del mes de noviembre que determine la Asamblea Legislativa. En dichas elecciones serán elegidos el Gobernador, los miembros de la Asamblea Legislativa y los demás funcionarios cuya elección en esa fecha se disponga por ley.
Será elector toda persona que haya cumplido dieciocho años de edad, y reúna los demás requisitos que se determine por ley. Nadie será privado del derecho al voto por no saber leer o escribir o por no poseer propiedad. Se dispondrá por ley todo lo concerniente al proceso electoral y de inscripción de electores, así como lo relativo a los partidos políticos y candidaturas. Todo funcionario de elección popular será elegido por voto directo y se declarará electo aquel candidato para un cargo que obtenga un número mayor de votos que el obtenido por cualquiera de los demás candidatos para el mismo cargo. El derecho a votar de los ciudadanos de los Estados Unidos que tengan 18 ó más años de edad no será negado o restringido por los Estados Unidos o por cualquier estado por causa de edad.
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Enviado por: | Will Love Rebecca |
Idioma: | castellano |
País: | Puerto Rico |