Periodismo


Cárceles españolas


ÍNDICE


  • Introducción

  • Concepto de cárcel y evolución histórica.

  • Franquismo.

  • Democracia.

  • 3. Tratamiento penitenciario.

  • Educación.

  • Trabajo.

  • Ocio.

  • El personal de las cárceles.

  • Eficacia y negligencia.

  • Efectos lesivos del internamiento.

  • Consecuencias psicosociales

  • Drogas

  • Enfermedades

  • Malos Tratos

  • Posibilidad de la reinserción atendiendo a la legislación.

  • Régimen FIES

  • Conclusiones.

  • Bibliografía y fuentes.

  • Anexos.

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    Siglas

    RP - Reglamento Penitenciario

    CE - Constitución Española

    DGIP - Dirección General de Instituciones Penitenciarias

    LOGP - Ley Orgánica General Penitenciaria

    FIES - Fichero de Internos de Especial Seguimiento

  • INTRODUCCIÓN

  • Las cárceles hoy en día no cumplen la función que deberían porque ni reinsertan ni dan un tratamiento penitenciario adecuado a los presos; basándome en esta hipótesis voy a recurrir a distintas fuentes de información como puede ser la prensa, Internet, novelas basadas en hechos verídicos, estudios realizados y encuestas, y sobre todo a la legislación para poder comprobar si realmente se está actuando de forma incorrecta judicialmente dentro de las cárceles y si les están dando un trato digno para rehabilitar la conducta desadaptada que tienen los presos.

    Me gustaría hablar sobre este tema porque me parece que está muy poco tratado por los medios de comunicación y a la vez estamos muy desinformados y confundidos sobre lo que es y conlleva estar en la cárcel. En mi opinión hay muchas películas que nos la muestran de una forma mitificada pero no nos desvela el real funcionamiento de la misma y por ello me he centrado en este tema.

    Espero que a través de mi investigación pueda encontrar argumentos suficientes para reafirmar mi hipótesis y ampliar mis conocimientos sobre el sistema penitenciario y la vida en las cárceles.

    2. CONCEPTO DE CÁRCEL Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA

    Si recurrimos al diccionario para comprobar la definición de cárcel nos encontramos con un significado bastante incompleto que hace referencia al sentido físico de la palabra, lo cual no sería suficiente para poder indagar en lo que es realmente la cárcel ya que la define como “Edificio destinado a la custodia y reclusión de los presos”; pero la cárcel no se limita simplemente al edificio en sí, sino que abarca todo un sistema penitenciario cuyas funciones legislativas vienen recogidas en el Ordenamiento Penitenciario y en la Constitución Española.

    Actualmente según lo establecido por el artículo 25.2 de la Constitución Española “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados”, pero si analizásemos la función de las cárceles a lo largo de la historia y desde sus comienzos podríamos observar que la pretensión de las condenas era precisamente la contraria a la reinserción, el fin de las reclusiones era castigar a los delincuentes con trabajos forzados y apartarlos totalmente de la sociedad sin tener en cuenta los estados precarios en los que se encontraran los presos o la higiene de las instalaciones.

    A lo largo de la historia siempre nos hemos encontrado con cárceles, calabozos o incluso mazmorras que alojaban a presos, pero a medida que la sociedad ha ido cambiando las cárceles también han ido evolucionando hasta convertirse prácticamente en sociedades marginales aisladas completamente de las ciudades. Para observar la evolución histórica de las cárceles no hace falta remontarnos a los principios de la misma ya que prácticamente no podríamos establecer relación alguna a causa de las grandes diferencias entre una época y otra; la influencia que más ha incidido en el sistema actual penitenciario es sin duda la del régimen Franquista, ya que las cárceles datan de épocas inmediatamente anteriores y durante este periodo fueron alojadas por millones de presos.

    I. Franquismo

    A medida que las tropas sublevadas de Franco fueron ganando terreno en España, las cárceles se fueron llenando de personas con delitos como ser fiel a la República o tener tendencias homosexuales dejando las cárceles llenas y teniendo que recurrir a lugares de reclusión improvisados como iglesias, colegios e incluso fábricas abandonadas.

    La rutina de los presos dependía mucho de los lugares en los que se situaran, dependiendo de la zona hacían unos trabajos u otros (tratándose de explotación en cualquier caso), generalmente relacionados con la construcción de obras hidráulicas (como el canal del Bajo Guadalquivir, el embalse del Ebro...), obras públicas como ferrocarriles (Madrid - Burgos), carreteras ( A Coruña - El Escorial), aeropuertos (Sondica) e incluso estadios (el de Valladolid). Aparte de esto, muchas fábricas (como construcciones ABC) requerían la mano de obra de los presos ya que era barata y fácil de manejar. Por su parte, las mujeres eran obligadas a coser y confeccionar ropa para los soldados franquistas. Las jornadas de trabajo solían durar entre 12 y 14 horas y los presos a cambio recibían un trozo de pan duro y un nabo o una cebolla (en muy pocos casos les pagaban con dinero).

    Las situaciones precarias de los presos se veían reflejadas también en otros aspectos como los regímenes de visitas, que los más afortunados podían cumplir (en la mayoría de los casos los familiares no sabían dónde se encontraban los presos). Estos regímenes se limitaban a un día de visita al mes en el que le era permitida la entrada a dos familiares tras ser registrados y reconocidos como tal. La mayoría de ellos traían paquetes con comida o ropa que difícilmente llegaban a los presos.

    En cuanto a la higiene también se encontraban en condiciones pésimas pues en la mayoría de las cárceles no disponían de lavabos o duchas, y en las que había, no les estaba permitido su uso; la limpieza de las celdas (que generalmente tenían que ser compartidas por falta de espacio) corría a cuenta de los presos. Esta falta de higiene era una de las causas por las que la cárcel estaba repleta de enfermos, los cuales no eran atendidos como necesitaban debido a la falta de médicos, medios y material, aparte de que para los carceleros los presos no tenían valor alguno.

    Otros de los acontecimientos más comunes en la prisión de entonces eran las palizas y violaciones, que no podían ser denunciadas entre otras razones por la situación de crisis en España, el alto grado de analfabetización y básicamente por la represión que sufrieron los presos debido a la dictadura. Todo esto dio lugar a que las cárceles se convirtiesen en lugares de exterminio o campos de concentración en los que el individuo carecía de atenciones mínimas aconteciendo así millones de desapariciones y muertes; sólo entre 1939 y 1944 en las cárceles españolas se registraron 192.684 muertos que fueron “enterrados” en pozos y cuevas dejando en España centenares de fosas comunes como la de Canderda (Ávila), Medellín (Badajoz), Pozos del Candé (Teruel), Colmenar Viejo (Madrid) o Barranco del Toro (Castellón).

    II. Democracia

    Con el establecimiento de la democracia en España la forma de vida en las cárceles cambió en cuanto el país se adaptó a la nueva situación, y los presos políticos tras la muerte de Franco fueron liberados. El gran hecho que hizo posible un cambio en el sistema penitenciario español fue sin duda la aprobación de la actual Constitución Española en 1978, en la que se recogen las bases y las leyes actuales.

    A partir de este momento el modo de vida de los presos fue cambiando en varios aspectos; los trabajos forzados desaparecieron como tal pero todavía se conserva una actividad laboral muy poco remunerada en la que no se llega a los niveles de un trabajo digno. El control de las visitas y comunicaciones (ya sean escritas o telefónicas) disminuyó aunque no en demasía debido a que aún reinaba una inestabilidad general y a la creación de la banda terrorista GRAPO, que hizo que el Estado se centrara en hacer leyes que penaran los actos de terrorismo.

    Después del establecimiento de la Constitución, pasó mucho tiempo hasta que se creó la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, el Reglamento penitenciario y la Ley Orgánica General Penitenciaria, que actualmente regulan todo lo referente al sistema penitenciario español.

    3. TRATAMIENTO PENITENCIARIO

    La estructura arquitectónica de la cárcel está concebida básicamente en función de la seguridad, lo que hace que el preso esté constantemente vigilado y no pueda disponer de un espacio personal sin el cual es imposible la labor de la reinserción ya que es algo que todo el mundo necesita y privarles de ello sólo acentúa más su inadaptación social.

    En la mayoría de las prisiones el espacio de las celdas es muy reducido, suelen ser de 3 por 4 metros y lo que contienen es un colchón de gomaespuma sobre el hormigón y un retrete (ni siquiera calefacción); además por lo general los presos se ven obligados a compartirlas con otros presos que no conocen, si no que les han sido impuestos por la institución y por ello se les priva el derecho a la intimidad de la que debería gozar todo ser humano. En las prisiones también nos podemos encontrar con presos que tienen una celda exclusiva para ellos solos pero el motivo es sólo la seguridad y nunca el bienestar de la persona, por eso estas celdas son de castigo y son llamadas “celdas de aislamiento” cuya misión es retirar completamente al individuo del resto de las personas reforzando su marginalidad y pudiendo volverle incluso loco.

    La vida en la cárcel podría encajarse en un sistema social totalmente diferente al nuestro si tratamos varios aspectos como pueden ser la educación, el trabajo, el ocio e incluso el personal que trabaja allí; el análisis de estas cuestiones una por una es completamente necesario para la comprensión de las limitaciones que tiene un preso.

    I. Educación

    La educación y la cultura en la prisión es uno de los problemas más importantes debido básicamente a su carencia. Partiendo de la base del espacio, en la cárcel difícilmente encontramos espacios dedicados al estudio aparte de la biblioteca, dónde la mayoría de los presos no pueden entrar por motivos de seguridad. Este acceso restringido limita las posibilidades de recibir una educación satisfactoria y por lo tanto un proyecto educativo con éxito que sirva al preso posteriormente para una incorporación laboral en un ambiente completamente normal fuera de la prisión.

    Para poder realizar unos estudios, el preso no cuenta con un programa previamente establecido como ocurre en cualquier centro educativo; el énfasis en la seguridad hace que las instituciones penitenciarias fracasen a la hora de plantearse la elaboración de programas de estudios efectivos que permitan al preso un desarrollo cultural básico.

    Aparte del estudio, en la mayoría de las cárceles se cuenta con otras actividades culturales alternativa, pero que no son todo lo efectivas que podrían ser debido a la falta de conocimiento de la existencia de tales por los presos. En caso de querer asistir a alguna de estas actividades, el preso ha de pedir un permiso especial que generalmente no le es concedido por motivos de seguridad; el acceso es más restringido que al de las bibliotecas porque en estas actividades se ven implicadas personas ajenas a la institución como lo son las asociaciones de ayuda al preso, las parroquias y otro tipo de asociaciones de voluntariado.

    II. Trabajo

    En cuanto al trabajo en la cárcel nos encontramos con el mismo problema que en el tema de la educación; la carencia de espacios para el desarrollo de las actividades laborales así como la ausencia de medios materiales que permitan llevar a cabo la realización de algún trabajo.

    Las actividades laborales que podemos encontrar en la cárcel son básicamente de dos tipos. La primera de ellas es realizada por los llamados “destinos”, éstos son presos que se encargan de trabajos relacionados con el funcionamiento de la cárcel y las tareas que realizan abarcan desde trabajos en la cocina hasta albañiles o barrederos. Las jornadas laborales de estos presos son muy diferentes, algunos de ellos solo trabajan unas cuantas horas al día y carecen de un sueldo; en otros casos las jornadas ascienden a unas 10 horas (más tiempo del que establece una jornada normal de ocho horas) y éstas si son remuneradas pero el sueldo es muy inferior al salario mínimo establecido.

    El otro tipo de actividades que se realizan en la prisión es la de los talleres, pero ésta no es realizada por el personal de la cárcel sino que son cursos impartidos por el INEM o asociaciones de ayuda al preso. En ambos casos no sirven de gran ayuda porque el rendimiento es muy bajo mientras que el desgaste de material es excesivo y para el preso no servirá en un futuro a la hora de buscar un trabajo porque estos cursos no son complementados con unos estudios, este es el motivo de que la mayoría de ellos, abandonen estos cursos antes de terminarlos.

    Aparte de los mencionados, hay otro tipo de talleres que prácticamente han desaparecido de nuestras cárceles pero que fueron muy importantes en los años 70; estos talleres dependen del organismo autónomo “Trabajos Penitenciarios” pero que a su vez está controlado por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Los talleres suelen estar asociados a fábricas o empresas que les encargan la elaboración de productos; por lo general se trata de trabajos en cadena y por lo tanto monótonos que no ofrecen al preso unos conocimientos para seguir trabajando en esto tras salir de la cárcel. Este tipo de trabajos fueron aprobados por la Ley en el Decreto de Mayo de 1937 cuando se reconoció el derecho al trabajo de los presos pero su única pretensión era la explotación de los mismos.

    Actualmente, el motivo de que los presos acepten estos trabajos es realmente una cuestión de ocio ya que no tienen prácticamente nada que hacer, aparte de esto también obtienen otros beneficios o privilegios como una comida mejor, posibilidad de comunicación con otras personas, ganan la confianza del personal y lo que es más importante, consiguen una reducción de pena por trabajo y buen comportamiento. Por todo esto los trabajos en la cárcel no deberían ser considerados como ya que sólo ofrecen al preso una vía de escape y un quehacer (como actividad de ocio) pero en ningún caso un trabajo digno o profesional.

    III. Ocio

    Las alternativas de ocio en la cárcel son muy escasas por no decir inexistentes; los presos suelen optar por actividades laborales o culturales (cuando se lo permiten) para no hacer sus días tan largos y matar el tiempo de alguna forma. Aparte de esto, el único espacio de ocio que tienen los presos es el patio.

    Uno de los comportamientos más peculiares que se han observado en las cárceles ha sido el llamado “paseo penitenciario” que consiste en andar muy deprisa (solo o acompañado) en una misma dirección y con un paso uniforme de manera repetitiva y monótona; por lo general al salir de la cárcel los presos continúan con el mismo modo de “pasear” como si siguieran aún en el patio de la prisión.

    En algunas cárceles, además existen instalaciones deportivas y en ese caso, se encuentran también en el patio, dejando un espacio menor para los que quieren estar sentados tranquilamente o pasear. A pesar de tener estas instalaciones, generalmente carecen de material o equipación deportiva para poder llevar a cabo un deporte, así como una falta de organización por parte del propio personal de la cárcel a la hora de formar equipos de fútbol, baloncesto o incluso monitores que ayuden a los presos con el ejercicio.

    IV. El personal de las cárceles

    El personal de las cárceles está implicado en todas las actividades de los presos y por ello tienen una gran importancia y repercusión en el funcionamiento del sistema, en los presos y en sus actividades diarias. El personal de las prisiones, es básicamente un personal administrativo, jurídico y de seguridad pero apenas tienen funciones sociales o educativas.

    En el ámbito de la educación hay una carencia de personal docente capacitado pedagógicamente y motivado laboralmente, nos encontramos ante un personal muy escaso y desconocedores de las deficiencias educativas que sufre el preso y de su comportamiento ante la situación de encontrarse recluido.

    En cuanto al trabajo de los presos, encontramos los mismos problemas, el personal de las cárceles no está capacitado para instruir a los presos en un oficio o un trabajo y por lo general ponen trabas a aquellos que quieren trabajar o estudiar porque el movimiento constante de los presos supone para el personal una mayor tarea de vigilancia, tienen que abrir y cerrar puertas, comprobar que no hay problemas o disputas, que están todos los presos y ninguno se ha escapado, etc. Por eso las personas que trabajan en la prisión no están involucrados en la reinserción de los presos sino que se limitan a sus funciones de vigilancia.

    V. Eficacia y negligencia del personal

    La normativa penitenciaria determina que todo el personal ha de estar integrado en las actividades de tratamiento hacia el preso pero el Reglamento no especifica cómo ni establece unos sistemas de comunicación entre los funcionarios, por ello el rendimiento del personal por lo general es muy bajo, porque no existe una implicación por su parte en la reeducación del preso.

    El régimen penitenciario impide una relación personal entre el funcionario y el preso debido a la importancia que se le da al orden y la seguridad. La mayor parte del día, el preso está con un funcionario de vigilancia encargado de abrir y cerrar las puertas, que el preso llega a ver como el responsable de quitarle su libertad y por tanto las relaciones que se puedan crear serán hostiles y no positivas. En muchas ocasiones el funcionario puede llegar a infringir las leyes limitando los derechos de los presos respaldándose en que éstos no tienen a quien acudir ni medios legales para denunciar la incapacidad del personal para ejercer su trabajo de forma competente y adecuada.

    El problema suele residir en la formación de dicho personal, que necesitaría unos estudios en actividades terapéuticas para saber el modo apropiado de tratar a un preso (no podemos olvidar que nos encontramos ante individuos con una conducta desadaptada y el fin de la cárcel es la reinserción).

    4. EFECTOS LESIVOS DEL INTERNAMIENTO

    Los efectos que tiene la estancia en la cárcel sobre el individuo abarca todos los aspectos que pueden encontrarse en una persona ya sea psíquica, física o socialmente.

    Partiendo de la base de que la cárcel es un centro privativo de la libertad y altamente limitador podemos observar sus consecuencias comparando a los presos con animales criados en cautividad; al igual que éstos las personas que están en la cárcel tienen un comportamiento totalmente diferente al de su naturaleza puesto que no se encuentran en su situación normal sino que están en constante vigilancia y privados de su intimidad.

    I. Consecuencias psicosociales

    La vida en la cárcel es muy diferente de la que podemos llevar en una ciudad o un pueblo debido a la constante vigilancia, la falta de espacio personal y muchos otros factores; los presos que pasan un tiempo en la cárcel terminan adaptándose a esta situación y a éste entorno anormal en el que se encuentran recluidos y por ello al salir de la cárcel no saben cómo comportarse porque su psicología está desarrollada de acuerdo con otro sistema diferente al nuestro, creando diferencias y enfrentándose de nuevo a una inadaptación con su nuevo medio.

    Otra consecuencia del internamiento es la conducta del individuo frente a la institución que puede ser de autoafirmación agresiva de modo que intentará rebelarse contra todo lo que son las restricciones, el personal, las normas y todo lo que tenga que ver con el sistema penitenciario creando una actitud agresiva y violenta; o puede reaccionar con la sumisión anulando todas sus decisiones personales y creencias para hacer lo que la institución le propone o impone, lo que conlleva una pérdida de personalidad.

    El estar recluido durante mucho tiempo también influye en las relaciones personales que pueda tener un preso respecto a las que tenía antes de internar ya que no puede ver a sus allegados con la frecuencia que desea ni puede desarrollar sus relaciones sociales con normalidad. Por este motivo también puede ver alterada su sexualidad debido a la falta (o cambio) de contactos y relaciones sexuales, lo que supone una alteración a su vez de la afectividad y posiblemente una pérdida de vinculaciones y relaciones interpersonales.

    En cuanto a la personalidad del preso, nos encontramos con graves alteraciones producidas por el internamiento como puede ser la ausencia de control; al haber tanto control por parte de la institución el preso llega a perder su autocontrol y pasa simplemente a obedecer las normas que le imponen. Con esta pérdida del control, también se suele perder el sentido de responsabilización así como las expectativas de futuro e incluso puede llevar a los presos a un suicidio; durante el año 2001 en las cárceles españolas se registraron 21 suicidios.

    Por último, la consecuencia más importante en el ámbito psicosomático es el estado de ansiedad que sufren la mayoría de los presos debido a una escasez de actividad, una sensación de vacío (pasan muchas horas del día sin hacer nada) y la constante soledad a la que se exponen; aunque pueda parecer de menor relevancia que alguna otra enfermedad no lo es ya que este estado de ansiedad desemboca en otras tantas enfermedades o adicciones como puede ser la droga.

    II. Drogas

    La falta de actividades de ocio que tienen los presos, sumado al estado de ansiedad en el que se encuentran suele conducirles al consumo de drogas de cualquier tipo como forma de evasión. Muchas de las personas que entran en la cárcel tienen un contacto con la droga anterior al internamiento pero al encontrarse sin nada después de haber perdido sus motivaciones, metas y expectativas de futuro caen en la drogadicción y a su vez en un ambiente de ilegalidad (aún dentro de la cárcel) del que raramente consiguen salir, en el año 2001 murieron 22 presos por culpa de las drogas.

    El problema de las drogas en la cárcel no se limita a los problemas que acarrea su consumo sino al tráfico ilegal que se introduce en la prisión. Frente a la política represiva que se mantiene tanto en la cárcel como en el resto del país respecto al tema de la droga las respuestas obtenidas son la de la ilegalidad y la creación de mafias para poder llevar a cabo el tráfico de la droga (el 50% de la delincuencia en la cárcel está relacionado con el tráfico de drogas).

    A pesar de los diversos programas que el Ministerio del Interior y varias ONGs han llevado a cabo en las prisiones españolas para disminuir el consumo de drogas, la cifra de la población reclusa drogodependiente es del 54% y el tipo de drogas que toman va desde benzodiacepinas (tranquilizantes), heroína o hachís hasta cocaína (ésta en menor cantidad debido a su alto precio).

    En cuanto a la motivación personal por dejar las drogas se podría decir que no existe porque la mayoría de los presos la toman porque así al menos pasan unos días sin enterarse de nada y sin preocuparse; los efectos les dejan idos. Sobre el tráfico de drogas, para ellos es un buen negocio; ganan más dinero que trabajando y el esfuerzo es menor, si les cogen no les harán nada porque ya están en la cárcel y algún día saldrán. La falta de ilusión por un futuro les hace aferrarse a la droga y por lo tanto el problema es casi imposible de erradicar a menos que se cambie la estructura del sistema penitenciario.

    III. Enfermedades

    Como resultado de la drogodependencia nos encontramos con muchas enfermedades que se ven acentuadas por la falta de higiene y de personal capacitado. La más común y preocupante es el SIDA, que aparte de trasmitirse por sangre (muchos se ven obligados a compartir jeringuillas) también se trasmite por reproducción sexual. Frente a lo que debería ser la cárcel (un sitio de seguridad) todavía quedan problemas como éste. Las violaciones y relaciones que se mantienen a escondidas sin el uso de preservativo ha hecho que el SIDA se extienda entre los presos creando un ambiente de malestar y sólo en el año 2001 en las cárceles españolas 37 personas murieron a causa de esta enfermedad.

    Otras enfermedades muy comunes que algunos no consideran como tal, son las enfermedades somáticas producidas por el hacinamiento de los presos y afectan a nuestros sentidos. Debido a la arquitectura de las prisiones y a la diferencia de claros-oscuros y los colores que se ven en la cárcel, la vista sufre un pequeño desajuste que hace que los colores que veamos predominantes sean los marrones, ocres y grises; al igual que con la vista pasa lo mismo con el olfato (se acostumbra a un olor característico y luego es difícil de reconocer otros olores), la audición (el oído se acostumbra a un ruido de fondo constante que produce un deterioro y con el tiempo incluso sordera), el gusto (por la comida insípida que comen allí el gusto también se pierde). Aparte de esto, también podemos encontrar una desnutrición y debido a la falta de movilidad, los espacios pequeños y la humedad del ambiente también un engarrotamiento muscular.

    IV. Malos Tratos

    Los casos de malos tratos que se dan en la cárcel son muy abundantes pero para saber de ellos hay que recurrir a testigos porque es un asunto que permanece prácticamente a la sombra y el personal penitenciario se empeña en taparlo respaldado en la falta de fiabilidad de los presos y la ausencia de una organización o institución defensora de los derechos de los presos. Desde que existen las primeras cárceles se han dado los malos tratos, pero a medida que la sociedad ha evolucionado estos malos tratos por parte de los funcionarios han sido peor vistos cada vez y actualmente están sancionados en el artículo 173 del Código Penal.

    Las frecuentes palizas que reciben los presos no son la única forma de malos tratos que se dan en la prisión sino que también lo son las agresiones sexuales, el uso de porras, sprays o hierros, atamiento con esposas a la cama durante varios días, la negación a una atención o tratamiento médico y las torturas psicológicas; según el testimonio de varias personas la cárcel es escenario de un trato denigrante para las personas y totalmente en contra de los derechos fundamentales del hombre. Los lugares donde suelen tener lugar dichas torturas suele ser en los búnkers o celdas de aislamiento para que los presos sean escuchados por el menor número de gente posible y de ese modo no llevar a cabo la denuncia.

    Tras muchos años sin tener noticias de presos maltratados, estos últimos se han registrado muchas denuncias, una de las más alarmantes producida en Quatre Camins donde 26 presos fueron maltratados el 30 de abril del pasado año; si nos referimos a los datos podemos observar que poco a poco las denuncias por malos tratos están aumentando destapando la realidad de las cárceles y llegando a los medios de comunicación: en el año 96 se registraron 32 denuncias y en dos años, aumentaron hasta la cifra de 107 denuncias.

    5. POSIBILIDADES DE LA REINSERCIÓN ATENDIENDO

    A LA LEGISLACIÓN

    La reinserción consiste en la reintegración de la persona marginada en la sociedad pero para llevar a cabo dicha reinserción en las cárceles debemos analizar los medios que utilizan y si son efectivos dentro del contexto en el que se encuentran.

    A pesar de que la cárcel tiene como única función la reinserción de la persona con una conducta inadaptada podemos encontrar tres tipos de establecimientos penitenciarios:

    • Establecimiento de preventivos (destinados a la retención y la custodia de detenidos).

    • Establecimiento de cumplimiento de penas (destinados a la ejecución de las penas privativas de la libertad).

    • Establecimientos especiales.

    Dentro de estos últimos hay una subclasificación donde se diferencian los centros hospitalarios, los centros psiquiátricos y los centros de rehabilitación social, según el artículo 11 de la Ley Orgánica General Penitenciaria destinados para la ejecución de medidas penales.

    Si realmente el objeto final del internamiento es la reinserción deberíamos preguntarnos a qué se debe el hecho de esta clasificación puesto que uno de los establecimientos especiales está destinado a dicha tarea pero en realidad todos y cada uno de los establecimientos deberían estar dedicados a ello o al menos el establecimiento de cumplimiento de penas; pero en vez de eso nos encontramos con que lo extraordinario, lo especial, es donde se lleva a cabo la tarea para la cual debería estar predispuesta la cárcel en su conjunto.

    La estructura del sistema penitenciario se basa sobre unos pilares básicos como es el de la reinserción y supuestamente están apoyados en la Constitución Española, la Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario, pero éstos pilares no son sólidos ya que existen muchas contradicciones en las leyes y la forma de llevarlas a cabo. El fin esencial de la institución penitenciaria es educar para la vida en libertad pero se hace desde la privación de dicha libertad lo cual no parece ser demasiado verosímil sino más bien una excusa para aparentar el buen funcionamiento del sistema o un propósito sin cumplir cuyo problema es un mal planteamiento del sistema y de las leyes.

    I. Régimen FIES

    Otra de las contradicciones que podemos encontrar es la creación del régimen FIES (Fichero de Internos de Especial Seguimiento), que se creó como una base de datos para registrar a los presos con una especial peligrosidad y en ellos se incluyen narcotraficantes, pertenecientes a bandas armadas o a cuerpos de seguridad y otro tipo de presos que pueden ser peligrosos por haber organizado motines o simplemente huelgas o revueltas dentro de la cárcel. En un principio podría haber sido efectivo si el régimen se limitara a una vigilancia especial, pero éste se extendió a una Instrucción dictada en diciembre de 1996 por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias en la que se determina una nueva forma de vida para los presos FIES y limita sus derechos sin respetar lo establecido por la Constitución Española, el Reglamento Penitenciario ni la LOGP.

    En primer lugar los presos pertenecientes a este régimen son aislados del resto, lo cual es totalmente contrario a la reintegración social como fin del internamiento pero atendiendo a la legislación encontramos con que los derechos fundamentales son vulnerados:

    • Las visitas de convivencia recogidas en el artículo 45.6 del RP tienen una duración máxima de 6 horas, pero a los presos FIES tan sólo se les permite dicha convivencia durante 3 horas máximo;

    • las llamadas telefónicas son reducidas a dos mientras el artículo 47.4 del RP establece cinco por semana;

    • la lectura de revistas, periódicos o libros, les está completamente prohibida a pesar de que en la Instrucción sólo limita esta difusión a aquellos ejemplares que carezcan de depósito legal o “atente contra la seguridad del Establecimiento”; esta medida incumple el artículo 20.1 de la CE en el que se declara la libertad a recibir información veraz por cualquier medio de difusión y el artículo 58 de la LOGP que hace referencia a esta libertad;

    • los cacheos establecidos por la Instrucción son uno por cada salida o entrada a la celda (al menos salen una vez por la mañana y otra por la tarde) lo que supone una presión psicológica para el preso sin contar que en el Artículo 93 del RP reduce este cacheo a uno diario en caso de que existan razones contrastadas de pensar que el individuo oculte algún objeto o sustancia peligrosa.

    En general podemos decir que este régimen de vida especial desarrollado en base al total aislamiento (para evitar que hablen con otros presos las celdas contiguas están vacías , se les permite pasar 21 horas en la celda y no pueden bajar al patio si hay otro interno de sus mismas características) no respeta el artículo 25.2 de la Constitución que declara que “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados” ni el artículo 1 de la LOGP y el art. 2 de la RP en los que se establece la reinserción social como fin primordial para cualquier actividad penitenciaria.

    6. CONCLUSIONES

    Tras haber leído toda la información que he recopilado y a medida que he ido haciendo el trabajo he podido llegar a la conclusión que esperaba extendiendo mis conocimientos sobre el tema.

    Las conclusiones que he sacado en claro son que la cárcel es una institución cuya finalidad es la reinserción pero que ésta en ningún caso se cumple debido a la contradicción de las leyes; que el internamiento de los presos lejos de producirles algún beneficio sólo causa efectos lesivos tanto psicológicos como físicos; que el personal penitenciario no ha sido formado para su actividad sino que son funcionarios desmotivados laboralmente incapaces de cooperar con el preso y llevar a cabo su reinserción; que los programas de educación y trabajo carecen de soporte en un proyecto establecido y efectivo; que los presos no reciben un trato digno empezando por la carencia de un espacio personal, la desatención médica y los malos tratos que sufren por parte de los carceleros; y que la cárcel como institución no permite el desarrollo de la personalidad del preso ni su reintegración en una sociedad como individuo adaptado.

    7. BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES

    LIBROS

    • Enjuiciamiento criminal

    Ed: Thomson Civitas. Madrid, 2003

    • La cárcel y sus consecuencias; la intervención sobre la conducta desadaptada

    Jesús Valverde Molina Ed: Popular. Madrid,1991

    • Vigilar y castigar

    Michael Foucault Siglo XXI Editores S.A. Madrid, 1996

    • La voz dormida

    Dulce Chacón Ed: Alfaguara

    • Esclavos por la patria

    Isaías La fuente Ed: Temas de hoy 2002

    • Desde la noche y la niebla (mujeres en las cárceles franquistas)

    Juana Doña Jiménez Ed: de la Torre 1978

    • Psicología penitenciaria. Áreas de intervención terapéutica.

    J. García y V. Sancha 1987

    • Ley y reglamento penitenciario

    • Diccionario Avanzado

    Ed: SM Madrid

    PÁGINAS WEB

    • http://www.geocities.com/capitolHill/

    • http://combios.es/amnistia

    • http://www.nodo50.org/desdedentro

    • http://www.hartza.com

    • http://www.rae.es

    • http://lenguaje.com

    • http://noticias.juridicas.com/base_datos

    • http://www.cnt.es

    • http://lahaine.org/espana/carceles_exterminio.htm

    • www.mir.es/instpeni

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    • http://www.pensamientocritico.org

    • http://www.ucm.es/info/eurotheo/normativa/reinserción.htm

    • http://www.pce.es

    • http://www.retena.es/personales/mizubel/politicapenitenciaria.htm

    • http://criminet.ugr.es

    • http://www.tsred.org

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    Enviado por:Yoli Obyze
    Idioma: castellano
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