Derecho


Asamblea Constituyente boliviana


TRABAJO

DE

INVESTIGACIÓN

TITULO: “Asamblea Constituyente”

NOMBRE:

COLEGIO:

CURSO:

ASAMBLEA CONSTITUYENTE

  • Conceptos de Asamblea Constituyente.

  • La Asamblea Constituyente es el mecanismo de carácter participativo y democrático utilizado para la reforma total de la Constitución Política del Estado y se encuentra establecido en la misma desde 2004. Es una reunión que se realiza para deliberar y dar solución a problemas que acosan a la sociedad se da entre los distintos delegados de diversos sectores sociales que son elegidos de manera democrática. Se recurre a esta medida generalmente como respuesta a situaciones criticas en el país.

    En una Asamblea Constituyente, luego de discutir y llegar a acuerdos, se redacta el texto de la nueva Carta Magna. Una vez cumplido este deber, la Asamblea se disuelve.

  • Objetivo y Alcances.

  • En una Asamblea Constituyente, se puede realizar una modificación completa de la Constitución Política del Estado, pero con la condición de que no altere algunas normas que ya estuvieren establecidas en la Constitución, es decir, debe respetar todos los derechos y deberes ya escritos de las personas, mas bien se tratará de profundizarlos para ampliar sus alcances, como también las leyes que indiquen las obligaciones a las que esta ligado el Gobierno para con los ciudadanos y todas las personas que conforman el Estado Boliviano.

  • Temas a debatir en la Constituyente.

  • Como temas principales están: La propuesta de los departamentos del oriente boliviano de adoptar el sistema autonómico para ejercer en el gobierno; la propiedad de los recursos energéticos y naturales, y la mayor participación de la ciudadanía en las decisiones del gobierno, poniendo mas énfasis en el sistema democrático y representativo.

    Otros temas a tratarse son los de la posesión de tierras y territorios, la limitación de la inmunidad parlamentaria y un aumento en las garantías para con los ciudadanos.

  • Cambios a introducir en la Constitución Política del Estado.

  • Se hará la reforma de artículos fundamentales, que se destacan por haber abierto el camino legal a la convocatoria a la Asamblea Constituyente y al referéndum, romper el monopolio de los partidos políticos de la representación ciudadana, ampliar los derechos y garantías ciudadanos, con la incorporación del hábeas data, y limitar la inmunidad parlamentaria.

    Además una serie de temas que están dirigidos a incorporar en la Carta Magna demandas ciudadanas que viabilicen y profundicen el sistema democrático, para ampliar la participación de la gente en las decisiones nacionales.

    Y por supuesto los temas sobre la naturaleza territorial del Estado, es decir el unitarismo, autonomías, federalismo; sobre tierras y territorios; el sistema electoral y político; los regímenes especiales; la propiedad de los recursos naturales y energéticos, que son los más acuciantes, por que debido a ellos se produjeron tantos enfrentamientos y crisis sociales.

  • Acuerdos previos a realizar antes de instalar y elegir la Asamblea Constituyente.

  • Antes de concretar la Asamblea Constituyente se debe realizar el Anteproyecto de Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea, que es un documento elaborado por una comisión especialmente asignada para la Asamblea Constituyente del Honorable Consejo Nacional, quienes para redactarla, deberán considerar las propuestas legislativas y proyectos de Ley Especial enviados por organizaciones indígenas, de mujeres, la Universidad Católica Boliviana y parlamentarios de las cámaras de Senadores y Diputados. Este anteproyecto, antes de pasar a consideración del Congreso Nacional debe ser debatido en audiencias públicas convocadas por la Comisión congresal que lo elaboró y ser debatido por todos los sectores de la sociedad boliviana.

    Luego de aprobado este documento por el Congreso Nacional, se convoca la Asamblea Constituyente a través de la Ley Especial, que a su vez será sancionada por dos tercios de voto de los miembros presentes del congreso y promulgada por el Presidente de la República, quien no tiene el poder de vetarla.

  • Quienes deben integrar la Asamblea Constituyente.

  • Pueden ser integrantes de la Asamblea Constituyente, según el anteproyecto, quienes cumplan con los siguientes requisitos:

    • Ser boliviano o boliviana de origen.

    • Los hombres que hayan cumplido los deberes militares.

    • Tener cumplidos los 18 años de edad al día de la elección.

    • Estar inscrito en el registro Electoral.

    • Ser postulado por un partido político, agrupación ciudadana o pueblo indígena con personalidad jurídica reconocida por el órgano electoral.

    • Presentar aceptación escrita y personal de su postulación para la habilitación a una circunscripción.

    • No haber sido condenado a pena corporal, salvo rehabilitación concedida por el Senado, ni tener pliego de cargo, ni sentencia condenatoria ejecutoriada; no estar comprendido en los casos de exclusión y de incompatibilidad establecidos por la Ley Especial de Convocatoria.

  • Instrumento de representación para elegir a los Constituyentes.

  • A cerca de quienes y cuantos deberían ser los delegados que participen en la Asamblea, se presentaron varias opciones, aquí presento un resumen de algunas.

    • La participación indígena.

    Propuesta de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia. Plantea que la Asamblea esté conformada por doscientos cuatro delegados. Por el principio de representación étnica, se elegirá un total de sesenta y ocho constituyentes, treinta y cuatro de los pueblos indígenas del oriente, chaco y amazonía y treinta y cuatro de los pueblos indígenas de las tierras altas, todos elegidos de acuerdo a las normas, usos y costumbres internas.

    Por el principio demográfico territorial se elegirá ciento treinta y seis constituyentes en las sesenta y ocho circunscripciones uninominales, dos por cada una. Para esta elección se dividirá el territorio de la república en treinta y cuatro circunscripciones por representación étnica en las regiones del oriente, chaco y amazonía en las que se encuentran asentados 34 pueblos indígenas pertenecientes a la CIDOB; 34 circunscripciones por representación de las tierras altas en las que se encuentran pueblos indígenas que están afiliados al CONAMAQ; y por 136 circunscripciones electorales uninominales resultado de la división en urbanas y rurales de las 68 que existen actualmente.

    Propuesta del diputado Evo Morales. La Asamblea estará conformada por 204 delegados constituyentes, tres por cada una de las sesenta y ocho circunscripciones uninominales, uno por mayoría y dos por minoría, en cada circunscripción indiferente de la condición del constituyente elegido por mayoría, el segundo deberá pertenecer a algún pueblo indígena, etnia o nación originaria y el tercero deberá ser del sexo femenino.

    • La representación de las mujeres.

    Propuesta del Encuentro Nacional de Mujeres. La Asamblea Constituyente estará conformada por 181 delegados constituyentes. En las nueve circunscripciones electorales departamentales se elegirán cuarenta y cinco constituyentes, las listas de los cinco candidatos elegidos por cada circunscripción guardarán alternancia entre hombres y mujeres. En las sesenta y ocho circunscripciones uninominales se elegirán ciento treinta y seis constituyentes, es decir dos por cada una. El elector votará obligatoriamente a un hombre y una mujer, para ello se tendrán dos columnas, una para las mujeres y otra ara los hombres.

    Sin embargo aun no se tiene una información actualizada sobre cual de todas las muchas propuestas fue aceptada, o sobre quienes irán como representantes a la Asamblea.

  • Sistema de asignación de representantes.

  • Los constituyentes serán elegidos por votación siguiendo las modalidades establecidas por la Convocatoria, proceso que será ejecutado por la Corte Nacional Electoral.

    El número y la forma de elección de los asambleístas implica definiciones sobre cuatro aspectos: la división territorial, el sistema electoral, el sistema de asignación de escaños y las previsiones sobre la paridad y alternancia.

  • La Asamblea Constituyente y las Autonomías Departamentales.

  • La autonomía es un sistema de gobierno que permite a los departamentos tener su gobierno propio, lo que le otorga la potestad de poder administrar su propios recursos económicos de un forma mas directa, poder elegir a sus autoridades y tomar sus propias decisiones con la finalidad de mejorar la calidad de vida de cada no de los departamentos y por lo tanto, de Bolivia. Este sistema de gobierno es el que propone el oriente boliviano mas que todo, manifestándose en contra de un gobierno centralista y pide además la realización de un referéndum vinculante donde el pueblo pueda dar a conocer su opinión, pero que sea realizado antes de la Asamblea Constituyente para que, según dicen, se respete la decisión soberana de aquellos departamentos que decidieron que quieren la autonomía como sistema de gobierno mas equitativo e inclusivo.

  • Experiencias de países vecinos.

  • En Sudamérica, en los últimos años se llevaron a cabo Asambleas Constituyentes en Colombia en 1991, Ecuador en 1998, Perú entre 1992 y 1993 y en Venezuela en 1999; en todos estos países la Asamblea Constituyente fue llevada a cabo como respuesta a una difíciles situaciones de crisis sociales y políticas.

    • Colombia. La Asamblea fue realizada en 1991; estuvo integrada por setenta constituyentes elegidos mas cuatro representantes de los grupos guerrilleros con derecho a voz pero no a voto, pues una de las expectativas era resolver el problema de la violencia. Otra de las medidas que se tomaron fue incluir en la Constitución Política de Colombia algunos mecanismos de participación política como el plebiscito, el referéndum, la iniciativa normativa, el cabildo abierto y la revocatoria de mandato.

    • Ecuador. Esta Asamblea Constituyente fue realizada en 1998; estuvo integrada por setenta representantes, dos por cada provincia mas uno por cada trescientos mil habitantes. La Asamblea introdujo a la Constitución entre otras normas, los derechos indígenas en cuanto al uso del territorio y el uso oficial de las lenguas indígenas y la educación intercultural y bilingüe.

    • Perú. La Asamblea de este país fue realizada entre 1992 y 1993; estuvo conformada por ochenta representantes. Entre las normas que se incorporaron a la Constitución política del Perú, se reformó el Poder Legislativo volviéndolo unicameral, se otorgó mas poderes al Presidente, incluyendo el de disolver el Congreso pero solo bajo ciertas circunstancias y se estableció un sistema que permite la reelección presidencial inmediata por un periodo.

    • Venezuela. La Asamblea realizada en 1999, estuvo integrada por 128 Constituyentes más tres representantes indígenas; entre las normativas aprobadas, elevo a rango constitucional una importante empresa petrolera venezolana, reservando su gestión y el control exclusivamente al Estado. Tambien reconoció los derechos indígenas, que eran una minoría hasta entonces excluida.




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    Enviado por:Bolivianita
    Idioma: castellano
    País: Bolivia

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