Economía
Agencias aduanales
AGENCIAS ADUANALES
Un Agente Aduanal en México es un profesionista independiente autorizado por la Secretaría de Hacienda para ejercer la práctica privada de intermediación entre los contribuyentes y la Aduana para realizar la importación o exportación de mercancías. Específicamente, el Agente Aduanal realiza la documentación oficial, clasifica los bienes de acuerdo al sistema armonizado, determina las contribuciones a pagar, así como las obligaciones adicionales aplicables, realiza el pago de los impuestos, coordina las maniobras necesarias, reconoce las mercancías, recopila la documentación de los pagos por cuenta del cliente.
Un agente aduanal no es un empleado del gobierno, pero vigila el cumplimiento cabal de las leyes mexicanas por parte de los importadores y exportadores, y puede perder su patente en caso de errores graves. Un agente aduanal no es un apoderado aduanal, pues este último sirve exclusivamente a una empresa en particular de la que es empleado, mientras que el agente aduanal sirve al publico en general.
MARCO LEGAL BÁSICO
Aunque muchas leyes y ordenamientos legales aplican para comercio exterior, las más importantes son las siguientes:
· Ley Aduanera, que establece las maneras en las que debe realizarse el despacho aduanero de las mercancías, los distintos regímenes a que puede asignarse las mercancías, los documentos que amparan la legal estancia en el país, los mecanismos para valuar las mercancías y determinar los impuestos, las responsabilidades de los importadores y exportadores, las infracciones y las sanciones a las mismas.
· Reglamento de la Ley Aduanera, que regula con mayor detalle lo establecido en la Ley Aduanera, y definiendo más claramente ciertos procedimientos.
· Resolución Miscelánea de Comercio Exterior, que señala las Reglas de carácter general con que las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público están obligadas a interpretar las leyes y reglamentos a procedimientos específicos relacionados con el comercio exterior. Además, en sus anexos se publican formatos oficiales para ciertas solicitudes y documentos relacionados con el comercio exterior, y se definen mercancías prohibidas o sujetas a requisitos especiales, etc.
· Código Fiscal de la Federación, que establece en general los derechos y obligaciones de los contribuyentes, entre ellos la definición de impuestos, actualizaciones, tipos de cambio, obligaciones documentales, formalidades, y medios legales de defensa en lo fiscal.
· Ley de Comercio Exterior, que establece mecanismos para promover las exportaciones, vigilar la competencia internacional y sancionar mediante cuotas compensatorias la subvención o las discriminaciones de precios, proteger la economía nacional en caso de daño pro causas de comercio exterior mediante medidas de salvaguardia, define reglas que determinan el país de origen de un bien, define los aranceles y las restricciones no arancelarias y los modos en que podrán establecerse y modificarse.
· Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que señala qué artículos deberán cumplir con el pago de este impuesto. En términos generales, pagan IVA al momento de su importación los mismos bienes que son gravables al enajenarse en el mercado nacional, no pagan IVA las exportaciones.
· Ley del Impuesto Especial para Productos y Servicios (IEPS), que señala que deberán pagar este impuesto algunas mercancías, especialmente las bebidas alcohólicas, el tabaco y los cigarrillos, gasolina, diesel y gas natural.
· Ley del Impuesto sobre Autos Nuevos (ISAN), que señala los casos en que la importación de vehículos debe gravase con este impuesto y a qué tasa, de acuerdo al valor del vehículo.
· Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) , que señala las condiciones en que las mercancías importadas o exportadas serán sujetas a tarifas preferenciales en México, Estados Unidos y Canadá. Especialmente importantes son las Reglas de Origen, así como el capítulo 3, en el que se señalan requisitos especiales para los importadores temporales.
· Otros tratados de libre comercio, que señalan la documentación necesaria para obtener un trato arancelario preferencial con los países con los que México tiene acuerdos comerciales.
Las leyes vigentes pueden consultarse en el sitio de Internet de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. La Resolución Miscelánea de Comercio Exterior se actualiza frecuentemente, y pueden consultarse todas las actualizaciones en el sitio de legislación vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo Resoluciones. Los tratados internacionales están disponibles en Internet en el sitio de la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía.
INFORMACIÓN PARA EXPORTADORES
En cuanto a la aduana mexicana, la exportación de mercancías es bastante sencilla. Deberá proporcionarse una factura, contratar a un agente aduanal para las llenar un pedimento de exportación y contratar el transporte internacional. Muy pocos productos requieren permisos o normas oficiales mexicanas en el punto de exportación (aunque hay excepciones como el tequila, el aguacate), o pagar impuesto distinto al simple derecho de tramite aduanero.
Y sin embargo, exportar no es nada fácil. Implica no solamente asegurar el abasto del producto, sino conocer las necesidades de un cliente extranjero y poder cumplir con sus requisitos en tiempo y forma, así como las leyes extranjeras, en su mayor parte desconocidas en un primer intento. Además, siempre quedan los riesgos de cobranza internacional y transportes, así como el cumplimiento de estrictas normas de calidad o seguridad establecidas por gobiernos extranjeros. Por último, siempre es posible recibir demandas legales de consumidores extranjeros dañados por los productos que exportamos.
Para quienes empiezan a exportar, es conveniente que aseguren su capacidad de abasto del producto (producido o comprado), minimicen los costos y tiempos del medio de transporte y comprendan cabalmente las necesidades de su cliente, incluso las legales y crediticias. Un buen comienzo es acudir a Bancomext para informarse de quiénes requieren el producto en el exterior, y conocer las oportunidades de información, financiamiento y seguros. Por supuesto, conseguir la mayor información posible antes de efectuar la compraventa internacional sobre las capacidades de pago del cliente y los costos y requisitos de la exportación y sobre todo, de la importación al territorio del otro país puede evitarnos sorpresas desagradables. Cuando hablamos de exportar significa competir con el mercado mundial, y eso implica que nuestro producto, servicio y precio deben ser capaces de superar a los de los demás exportadores de cualquier parte del mundo.
INFORMACIÓN PARA IMPORTADORES
México se ha abierto en buena medida a los mercados internacionales, y quienes introducen mercancías extranjeras a México se han beneficiado de menores impuestos y requisitos, aunque todavía es necesario cumplir con un buen numero de formalidades que marcan las leyes mexicanas al momento del despacho aduanero e incluso posteriormente.
Primeramente, antes de comenzar a hacer pedidos internacionales es necesario conocer las obligaciones legales de los importadores. Quienes importan comercialmente deben contar con un registro federal de contribuyentes y obtener la inscripción en el Padrón de Importadores (algunos productos exentos) . En algunos casos, es necesario contar con un registro adicional, en el Padrón de Sectores Específicos. Deben organizar su contabilidad de tal forma que puedan separar las mercancías nacionales de las extranjeras, y conservar documentos que acrediten la legal estancia en el país de las mercancías. Es su obligación proporcionar datos verídicos al agente aduanal respecto a los valores y descripción de la mercancía, así como su lugar de origen y demás características.
En segundo lugar, necesitamos conocer las obligaciones específicas de cada uno de los bienes que pretendemos importar. Usualmente, esta es definida de acuerdo a la clasificación arancelaria del producto, la cual es determinada por el agente aduanal, y está sujeta a cambio de acuerdo con la opinión de las autoridades aduaneras. Es imposible describir aquí todos los requisitos para importar todas las mercancías, pues éstas varían de acuerdo a su clasificación arancelaria, su lugar de producción o procedencia de pero podemos señalar qué tipo de formalidades pueden esperarse.
· Pago de impuestos y derechos. Los bienes importados deben pagar impuestos de importación (variables de acuerdo al producto -su clasificación arancelaria-, el país de origen, la inscripción en programas especiales de la Secretaría de Economía), y según el producto, IVA, ISAN, o IEPS. Adicionalmente se paga un derecho de tramite aduanero equivalente a 8 al millar del valor en aduana de las mercancías (0 si originarios de Estados Unidos, Canadá o Chile, mínimo -aprox. 160 pesos - en caso de la Unión Europea ). Los impuestos se pagan en base al valor CIF punto de entrada al país, es decir, que deben sumarsele al valor pagado todos los fletes y gastos hasta el punto de entrada a México no incluidos en ese precio.
· Certificación de origen. Deberá presentarse un certificado de origen para obtener las preferencias arancelarias aplicables por ciertos tratados comerciales internacionales, por ejemplo con EUA, Canadá, Chile o la Unión Europea, por mencionar algunos. También es importante para evitar pagos de cuotas compensatorias y para que las autoridades entreguen ciertos permisos de importación, por ejemplo, para determinar el riesgo para ciertas enfermedades o parásitos presentes en ciertos países.
· NOMs. En el caso de algunas mercancías, es necesario cumplir con las normas oficiales mexicanas de calidad o etiquetado del producto, para la seguridad de los consumidores mexicanos y del medio ambiente.
· Permisos y autorizaciones de importación. Ciertos bienes requieren permisos de alguna dependencia oficial para poder ingresar al país, y es importantísimo conocer los requisitos de estas autoridades para obtener los permisos, pues sin ellos la mercancía simplemente no puede entrar al país.
· Avisos a la autoridad. En algunos casos, es necesario avisar a las autoridades antes de realizar una importación, dando información y documentos relacionados con el producto. Por ejemplo, muchos alimentos requieren presentar un aviso sanitario de importación ante la Secretaría de Salud, señalando el producto, su caducidad, y anexando un certificado de autoridad sanitaria extranjera que determine que el producto es apto para consumo humano y puede venderse libremente en el país de origen.
· Pago de cuotas compensatorias. Son impuestas por México contra ciertos productores o ciertos países, pero afectan a todos los importadores del bien en cuanto tienen la obligación de certificar su origen para evitar este pago, que muchas veces puede ser muy importante.
· Depósitos en cuentas aduaneras de garantía. El gobierno ha establecido ciertos precios mínimos de referencia (precios estimados) para comparar contra el valor de ciertos bienes. En caso de importar un bien a un precio menor, deberá depositarse en efectivo los impuestos correspondientes a la diferencia de precio en una cuenta aduanera de garantía. Esta puede recuperarse pasados 6 meses sin que la autoridad establezca una investigación por subvaluación.
· Información individual del producto y el proveedor. Proporcionar siempre que sea posible números de modelo, serie u otros que permiten identificar individualmente las mercancías de otras similares. Para ciertos bienes, dar ciertos datos requeridos específicamente por la autoridad. Adicionalmente, es necesario proporcionar el número de identificación fiscal del proveedor en el país de procedencia de las mercancías, de acuerdo a las autoridades fiscales de ese país (equivalentes al RFC).
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Enviado por: | Cowboy |
Idioma: | castellano |
País: | México |