Gestión y Administración Pública


Administración tributaria en Venezuela


ADMINISTRACION TRIBUTARIA

UNIDAD CURRICULAR: PRESUPUESTO

FASES O ETAPAS DEL PRESUPUESTO PUBLICO

INFORME


PLAN UNICO DE CUENTAS Y CATEGORIAS PRESUPUESTARIAS. I

NTRODUCCIÓN

A. Consideraciones Previas.

B. La Nueva Ley Orgánica de Administración

Financiera del Sector Público.

C. Modernización del Sistema de Administración

Financiera.

D. Plan Único de Cuentas.

E. Categorías Programáticas.

F. Otras Consideraciones

  • Consideraciones Previas

  • Ha sido una constante en la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) la búsqueda y aplicación de técnicas presupuestarias perfeccionadas para administrar, de modo eficiente, el volumen de recursos que se ponen a disposición de la Administración Pública.

    El Plan de Cuentas, puesto en vigencia por primera vez, mediante Resolución Nº 69, publicado en Gaceta Oficial Nº 4.540 Extraordinario de fecha 12 de marzo de 1993, debe emplearse en la formulación, ejecución y control del Presupuesto del Sector Público, es un importante avance técnico en la administración presupuestaria y financiera. En la estructura de dicho Plan, se han tomado en consideración trabajos y estudios publicados por las Naciones Unidas, Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, en cuanto a la uniformidad y homogeneidad que deben tener las Cuentas Públicas, recogidos en sus respectivos manuales e informes, así como que el mismo haga posible la conformación del Sistema de Cuentas Nacionales y Estadísticas de las Finanzas Públicas y de las clasificaciones presupuestarias.

    En los apartes que siguen se explica la fundamentación que ha guiado la conformación del Plan Único de Cuentas, en referencia.

  • La Nueva Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público

  • El continuar con el mejoramiento del proceso de administración presupuestaria, se aprobó según Gaceta Oficial Nº 37.029 del 05 de septiembre de 2000, la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, que deroga la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario.

    Una de las variables fundamentales que recoge la aplicación de esta norma, es la interrelación de los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad; los que actúan en forma integrada para un mejor control de la administración financiera del sector público.

  • Modernización del Sistema de Administración Financiera

  • Los cambios en la estructura de la sociedad y de la economía deben ser acompañados por cambios equivalentes en la estructura y sistemas del Estado, lo cual explica los esfuerzos por redefinir los objetivos, funciones, funcionamiento, administración de recursos, procedimientos de trabajo, análisis de resultados, impacto de las acciones, estructuras organizativas, para adaptar el Estado a las nuevas realidades.

    El adelanto en la teoría y en la doctrina, así como en la tecnología computacional, imponen una revisión de los mecanismos de administración presupuestaria.

    La ONAPRE incorpora al proceso presupuestario público, todos los elementos mencionados contenidos en el Plan Único de Cuentas, recogiendo el mandato legal establecido en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público.

    La administración financiera pública, (recaudar, gastar y regular el impacto en el resto de la economía y la sociedad), para lograr los objetivos y las metas del Estado, tiene en el presupuesto público la herramienta fundamental para la política económica y la gestión del Estado. Las modificaciones efectuadas al Plan Único de Cuentas, tienen por finalidad obtener un instrumento de mayor calidad informativa que junto con un criterio unificador el

    manejo de la Hacienda Pública, haga que la administración presupuestaria se convierta en la integradora de la gestión gubernamental, con validez para cualquier nivel institucional, de tal forma que se convierta en un verdadero Sistema de Información.

    El Plan Único de Cuentas es la esencia del sistema integrado de información financiera

    para el Sector Público que desarrolla el Ministerio de Finanzas, cuya implantación, como

    se ha manifestado, ofrece las bases para que el sistema funcione con éxito.

    Para que el sistema integrado opere se requiere:

    a) Que el Plan Único de Cuentas contenga una información de datos de entrada, suficientemente desagregadas.

    b) La clasificación programática del presupuesto

  • Plan Único de Cuentas

  • El Plan Único de Cuentas posibilita el cumplimiento, entre otros de los siguientes objetivos:

    1. Registro por partida simple y por partida doble, de toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública.

    2. Identificación y registro de la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.

    3. Interrelaciona y presenta la información presupuestaria y contable sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración financiera del Estado.

    4. Posibilita el tratamiento computarizado de los datos

    5. Permite el registro del impacto de la demanda del sector público, tanto del desarrollo productivo como los de distribución, acumulación y financiamiento, que se manifiestan en el Sistema de Cuentas Nacionales.

    6. Separa las transacciones del Sector Público Financiero del Sector Público no Financiero para la confección de las estadísticas de las finanzas públicas.

    7. Permite establecer los resultados económicos, financieros y los operativos de las empresas públicas no financieras.

    8. Hace posible el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto.

    9. Posibilita la aplicación de eficientes sistemas de control físico y financiero del presupuesto.

    10. Permite el seguimiento efectivo del plan anual operativo y el manejo de políticas

    fiscales y monetarias.

    El Plan de Cuentas Presupuestarias está integrado por siete grandes grupos de cuentas:

    1.00.00.00.00 Activos

    2.00.00.00.00 Pasivos

    3.00.00.00.00 Recursos

    4.00.00.00.00 Egresos

    5.00.00.00.00 Resultados

    6.00.00.00.00 Patrimonio - Capital

    7.00.00.00.00 Cuentas de Orden

    Cada grupo de cuentas básicas, a su vez, tiene cuatro niveles de desagregación identificados por códigos numéricos de ocho posiciones, y por la clasificación, denominación y descripción de las respectivas cuentas.

    La ampliación de la capacidad del código numérico es el resultado de incluir multiplicidad de conceptos y las necesidades de análisis. De esta manera los grupos de cuentas 1.00.00.00.00, 2.00.00.00.00, 5.00.00.00.00, 6.00.00.00.00 y 7.00.00.00.00, referidas a Activos, Pasivos, Resultados, Patrimonio y de Orden, respectivamente, permiten identificar los diferentes niveles en rubros y en subrubros genéricos, específicos y sub-específicos, así:

    X.01.00.00.00 Rubro

    X.01.01.00.00 Genérico

    X.01.01.01.00 Específico

    X.01.01.01.01 Sub-específico

    En esta clasificación la "X" representa al grupo.

    El grupo de cuentas 3.00.00.00.00 referidas a los Recursos permite identificar los diferentes niveles en ramos y en subramos genéricos, específicos y sub-específicos, así:

    3.01.00.00.00 Ramo

    3.01.01.00.00 Subramo

    3.01.01.01.00 Específico

    3.01.01.01.01 Sub-específico

    El grupo de cuentas 4.00.00.00.00, Egresos, permite identificar los diferentes niveles en partidas, genéricas, específicas y sub-específicas, así:

    4.01.00.00.00 Partida

    4.01.01.00.00 Genérica

    4.01.01.01.00 Específica

    4.01.01.01.01 Sub-específica

    Veamos su aplicación, para el caso de los Recursos y de los Egresos, tal como se expresa en los siguientes ejemplos:

    RAMO

    3.01.00.00.00 INGRESOS ORDINARIOS

    SUBRAMO

    3.01.02.00.00 Impuesto del dominio minero

    ESPECÍFICO

    3.01.02.01.00 Renta de hidrocarburos

    SUB-ESPECÍFICO

    3.01.02.01.01 Impuesto de exportación de hidrocarburos

    PARTIDA

    4.07.00.00.00 TRANSFERENCIAS

    GENERICA

    4.07.01.00.00 Transferencias corrientes internas

    ESPECÍFICA

    4.07.01.01.00 Transferencias corrientes internas al sector privado

    SUB-ESPECÍFICA

    4.07.01.01.08 Previsión por accidente de trabajo

    La codificación numérica anterior ha experimentado un cambio importante, pues era necesario ampliar su capacidad para desplegar sistemáticamente el ordenamiento requerido, darle cabida a todos los conceptos y mejorar su aptitud computacional. Se otorgan dos posiciones por cada nivel de desagregación, que hace posible agrupar hasta cien (01 al 99) conceptos en cada partida de nivel superior.

  • Categorías Programáticas

  • Las acciones presupuestarias deben ser adecuadamente identificadas dentro del proceso presupuestario público; en cada una de ellas se expresan los recursos financieros que se le asignarán para adquirir los insumos reales que, una vez procesados, se transformarán en productos.

    Las categorías programáticas cumplen una doble función, por un lado deben delimitar el ámbito de las diversas acciones presupuestarias y por otro, permitir la jerarquización de las mismas en orden a su relevancia presupuestaria.

    Las categorías programáticas se mimetizan con las acciones presupuestarias, asumen sus mismas características y cumplen con los mismos requisitos de consistencia.

    La presupuestación de cada acción presupuestaria debe comprender la totalidad de sus insumos presupuestarios independientemente de que la adquisición esté centralizada en otros centros de gestión productiva.

    Las categorías programáticas son las siguientes:

  • Programa

  • Se denomina programa, a la categoría que expresa un proceso de producción de un producto terminal, contenido en una red de acciones presupuestarias de una entidad, y tiene las siguientes características:

    • Es la categoría programática de mayor nivel en el proceso de presupuestación.

    • Refleja un propósito esencial de la red de acciones presupuestarias que ejecuta una entidad.

    • Se ubican como los nudos finales de la red de categorías programáticas de la entidad.

    • Se conforman de la agregación de categorías programáticas de menor nivel, las que indican las acciones presupuestarias que participan en su proceso de producción, excepto cuando no puedan identificarse centros de gestión productiva en su interior.

  • Subprograma

  • Se denomina subprograma a las acciones presupuestarias, cuyas relaciones de condicionamiento se establecen dentro de un programa.

    Para que un programa pueda contener subprogramas, el centro de gestión productiva del primero tiene que ser divisible en centros de gestión productiva menores, cada uno de los cuales, debe ser el responsable de procesos productivos, cuya producción terminal contribuya parcialmente a alcanzar la producción total del programa. Sus características son las siguientes:

    • Especifica la producción terminal del programa, siendo su producción particular, parte de la global.

    • Las producciones parciales resultantes de los procesos productivos tienen que ser sumables en unidades físicas, sin que se pierda el significado de la unidad de medida de la producción global que surge del programa del cual forman parte.

    • Los insumos requeridos por los procesos productivos de todos los subprogramas son sumables en términos financieros y cada tipo de insumo debe serlo también en unidades físicas, lo cual hace posible obtener el valor monetario y físico requeridos por insumo y total a nivel del programa respectivo.

    • Para que la categoría programática pueda ser abierta es necesarios que el centro de gestión productiva del programa sea divisible en centros menores de gestión productiva, los que serán responsables de los procesos productivos de los productos terminales correspondientes a cada subprograma.

    Cuando la producción terminal, resultante de la acción presupuestaria, bajo la categoría programa, admite desagregaciones que también son productos terminales, cada una de éstas origina un subprograma, siempre que exista el respectivo centro de gestión productiva responsable.

  • Actividad

  • Se denomina actividad, a los procesos contenidos en las acciones presupuestarias cuya producción es intermedia, configurando un centro de gestión productiva al que corresponderá la asignación formal de recursos reales y financieros.

    En función de su ubicación en la red de relaciones de condicionamiento con referencia a los programas presupuestarios, la categoría actividad puede ser específica, central o común.

    Actividad especifica

    Esta categoría es utilizada cuando el producto del proceso de la producción de la respectiva acción presupuestaria es condición exclusiva de un producto terminal y es parte integrante de la correspondiente acción presupuestaria expresada por las categorías programa o subprograma.

    Se denomina actividad específica a una acción presupuestaria cuya producción es intermedia directa y los insumos utilizados en el respectivo proceso de producción son sumables a nivel del programa, subprograma o proyecto

    El conjunto de las actividades específicas contenidas en un programa o subprograma condicionan la conformación de las características que identifican a una producción terminal.

    Actividad Central

    Se denomina actividad central, cuando los resultados de una acción presupuestaria condiciona a todos los procesos de producción terminales o a los programas de una entidad, pero no es parte integrante de ninguno de ellos.

    Una actividad central es una acción presupuestaria, cuya producción es intermedia indirecta y sus relaciones de condicionamiento afectan a todas las restantes acciones presupuestarias, los insumos que intervienen en su proceso no son sumables en términos monetarios ni en físicos a nivel de las acciones presupuestarias que son condicionadas por ella.

    Actividad Común

    Las características de la actividad común son similares a las de la actividad central, pero sólo se aplica cuando la acción presupuestaria condiciona a dos o más programas pero no a todos los de la entidad.

  • Proyecto

  • Se denomina categoría programática proyecto, a una propuesta de inversión real mediante la generación de un bien de capital, definido como una unidad de producción mínima, autosuficiente y destinado a crear, ampliar o modernizar la capacidad de oferta de bienes o servicios determinados.

    Cuando la incorporación de un activo fijo al patrimonio del Sector Público resulta de un proceso de producción bajo la responsabilidad de un centro de gestión productiva corresponde utilizar la categoría programática proyecto; en cambio, cuando la incorporación de una activo fijo se realiza mediante la adquisición del mismo, sin que medie ningún proceso de producción previo a su puesta en uso, corresponde considerarlo como un insumo.

    Los proyectos están conformados por un conjunto de actividades (planificación, dirección, etc.) y obras que componen la unidad productiva, siendo ambas partes del costo total de la inversión.

    Las inversiones de gran magnitud pueden dividirse en etapas, siendo cada una de ellas un proyecto, siempre y cuando sea una unidad de producción autosuficiente y presupuestable como tal.

    Los proyectos se subdividen en específicos, si condicionan a un solo programa; en centrales, si condicionan a todos los programas de una entidad; y en comunes, si condicionan a dos o más programas pero no a todos.

  • Obra

  • Se denominará obra a cada uno de esos elementos que asumen identidad propia como categoría programática de mínimo nivel.

    La obra constituye una unidad física perfectamente individualizable, puede ser objeto de contratación separada del resto de los componentes; actúa dentro del proyecto como una producción intermedia, porque no satisface por sí misma los objetivos o finalidades del mismo.

  • Otras consideraciones

  • El Plan Único de Cuentas permite la captura de datos de la fuente, por ello todos los organismos deben tener incluidas las cuentas que le sean propias. Sí no existiese, deben hacer la consulta a la ONAPRE a efectos de ser incluido el concepto respectivo, si corresponde.

    Es importante resaltar que se interpreta el concepto "Recursos" (que abarca los ingresos) y el de "Egresos" (que envuelve los gastos) en forma amplia. Ingresos y Gastos son conceptos restrictivos referidos sólo a los aspectos monetarios, como los ingresos del Tesoro, en tanto que el término "recursos" abarca la administración descentralizada.




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    Enviado por:Kathy
    Idioma: castellano
    País: Venezuela

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