Derecho


SS (Seguridad Social) dominicana


Índice

  • Introducción Pág. 2

  • Política de Seguridad Social Pág. 3

  • Informe final de la Comisión Permanente Pág. 5

  • Objetivos de la Ley Pág. 6

  • Beneficiados Pág. 6

  • Régimen de Financiamiento Pág. 7

  • Prestaciones Pág. 7

  • Aportación del Empleador y Trabajador Pág. 7

  • Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia Pág. 8

  • Seguro Familiar de Salud Pág. 11

  • Seguro De Enfermedades o Accidentes de Trabajo Pág. 13

  • Conclusión Pág. 14

  • Biografía Pág. 14

  • Anexos Pág. 15

  • Introducción

    La seguridad social es algo muy importante para un país. En un país en donde la gran mayoría de los ciudadanos son pobres la seguridad social haría un gran impacto en sus vidas ya que se le facilitará el pago de su salud. En el nuevo gobierno del PRD, encababezado por el Presidente Ing. Hipólito Mejía ha planteado un gran avance de la seguridad social dominicana que tiene años de atraso. Dicho proyecto ha sido aprobado por el congreso recientemente y se llevara a cabo.

    En el siguiente trabajo estudiaremos como funciona dicho proyecto y como será desarrollado. Veremos los beneficios que tendrán los dominicanos al ser aprobada la ley. Analizaremos las diferentes coberturas que presenta el ISS para las distintas clases sociales.

    Política de Seguridad Social

    La Republica Dominicana ha contado con mas de 50 años de Seguro Social que estado marcado fuertemente limitaciones serias que lo mantienen como un sistema excluyente, minoritario e infecaz. El sistema vigente pretende proteger a todo dominicano y se caracteriza en gran medida por la alta deficiencia de los servicios y un conjunto de vicios que han mantenido la cobertura real por debajo del cinco por ciento de la población a la que está supuesto a brindarle sus beneficios.

    Como consecuencia de estas deficiencias, cerca de la tercera parte de los dominicanos más pobres se ven forzados a consumir el 20% de sus ingresos en centros privados de salud para recibir algún tipo de asistencia médica. En 1996 dos de cada tres dominicanos que se hospitalizaron tuvieron que empeñar, vender o consumir sus pequeños ahorros para poder recibir servicios de salud.

    Más del 80% de los dominicanos carece de un seguro de salud que los a enfrentar el alto costo de la atención y los medicamentos con un presupuesto de indigencia familiar.

    La ineficiencia del sistema de salud y seguridad social es tan grave que siendo el gasto de salud en el país uno de los más alto de América Latina, es sin embargo uno de los países donde la población cubierta es menos, tanto en cantidad como en calidad.

    Los pensionados del actual Seguro Social apenas llegan al cinco por ciento de las personas que tienen 60 años o más, no obstante ser este segmento social al que corresponde los mayores indicadores de indigencia y de miseria absoluta.

    Al finalizar el presente siglo el 90% de los dominicanos en edad de retiro no cuentan con ninguna protección, dependiendo totalmente de las ayudas de familiares y amigos. A todo esto, con el actual seguro social no existe ninguna posibilidad de solución, ya que el régimen de pensión de esta institución cuenta tan sólo con menos del uno por ciento de las reservas financieras que demandan sus compromisos de largo plazo con los trabajadores afiliados.

    Frente a este grave problema, el gobierno del PRD y sus aliados, presidio por el Ing. Hipólito Mejía, pondrá en práctica todo el espíritu para consumir con el más alto sentido de prioridad la instauración de un sistema moderno la Seguridad Social en el país que forme parte integral de los derechos individuales de los ciudadanos y ciudadanas y contribuya efectivamente  al desarrollo humano sostenible.

    El sistema de Seguridad Social que se pondrá en funcionamiento en todo el territorio nacional tendrá un carácter universal, solidario, de libre elección, integral, plural, efectivo y satisfactorio en términos de las diversas contingencias que afectan a la estabilidad familiar.  Este nuevo sistema de Seguridad Social será eje central para la institucionalización, modernización y participación social de todos los sectores de la vida nacional, a fin de que pueda contribuir eficientemente con niveles crecientes de equidad y reducción de la pobreza.

    La amplitud de la cobertura de este nuevo sistema de seguridad social implicará la protección cada año de 300 mil dominicanos-as-con un seguro de salud, de 150 mil trabajadores-as-con un seguro de accidentes, y de 100 mil familias con el sistema de pensiones.

    Los fondos de pensiones generados por el sistema se utilizarán como una palanca de primera magnitud para el desarrollo nacional, destinado una parte importante de los mismos a la construcción de miles de viviendas populares financiadas a largo plazo a los propios trabajadores y trabajadoras con mensualidades relativamente bajas.

    Todo el sistema estará bajo la conducción del Instituto de Seguridad Social que será creado con estos fines, el cual se manejará con independencia y profesionalidad bajo la supervisión del Estado.  De este modo, el actual Instituto Dominicano de Seguro Social será convertido en un asegurador y proveedor público, igual que las entidades privadas, recibiendo la protección necesaria durante el periodo de transición hacia sus nuevas funciones en este campo.

    La nueva Seguridad Social que implantaremos tendrá cobertura total para el sector público y privado y toda la familia del asegurado-a-estará protegida, los trabajadores informales podrán integrarse al sistema, las y los asegurados estarán libres de escoger a su conveniencia los centros de salud de su preferencia, sean estos públicos o privados y los fondos correspondientes a salud, pensiones y accidentes serán manejados con fondos separados.

    Para garantizar la efectividad, la transparencia, su rentabilidad y la realviabilidad de una pensión digna a todos los cotizantes, a los que no consiguen cotizar suficientemente y a los que no pueden cotizar, la naturaleza del sistema de Seguridad Social será de capitalización individual solidaria, bajo la administración y control del sector privado y el Estado. De esta forma, los trabajadores-as-y los cotizantes en sentido general tendrán el control directo de sus fondos acumulados a través de los descuentos saláriales y los beneficios generados por la inversión de su capital.

    Comisión Permanente de Seguridad Social
    Proyecto de Ley Unificado Sobre El Sistema Dominicano de Seguridad Social

    Contenido:

    Informe final de la Comisión Permanente

    Fundamentos Políticos y técnicos Proyecto de Ley Unificado Santo Domingo, DN.- República Dominicana.
    Julio de 1999. El Congreso Nacional
    En nombre de la República

    “CONSIDERANDO:  Que el Artículo 8 de la Constitución de la República establece en su primer párrafo que “el Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social, de manera que toda persona llegue a gozar de adecuada protección contra la desocupación, la enfermedad, la incapacidad y la vejez”.

    CONSIDERANDO: Que las transformaciones económicas, sociales y políticas registradas durante las últimas décadas demandan la creación de un sistema nacional de seguridad social que contribuya en forma más efectiva al mejoramiento de la calidad de vida, a la reducción de la pobreza y las desigualdades sociales; la protección de los desamparados y discapacitados, así como a elevar la capacidad de ahorro nacional e individual y a contribuir a la sostenibilidad del proceso de desarrollo económico y social del país.

    CONSIDERANDO: Que el diálogo tripartita logró notables avances y que durante la celebración de las vistas públicas en el Distrito Nacional, en todas las provincias del país y en la ciudad de Nueva York, los ciudadanos / as hicieron importantes aportes al conocimiento de la situación real y de las expectativas de amplios sectores  sociales tradicionalmente postergados, formulando propuestas que han contribuido a enriquecer la direccionalidad y el contenido del nuevo sistema de seguridad social.

    CONSIDERANDO: Que es impostergable dotar al país de un sistema de protección de carácter público y contenido social; obligatorio, solidario, plural, integrado, funcional y sostenible; que ofrezca opciones a la población, que reafirme sus prerrogativas constitucionales, tanto colectivas como individuales, y al mismo tiempo, que reconozca, articule, normatice y supervise las diversas instituciones públicas y entidades privadas del sector, eliminando las exclusiones, duplicidades, distorsiones y discriminaciones existentes.

    CONSIDERANDO: Que existe un consenso nacional de que el mejor sistema de seguridad social es aquel que garantice la mayor protección colectiva, familiar y personal a toda la población, sin ningún tipo de exclusión; que asegure su gradualidad, sostenibilidad, funcionalidad, así como el necesario equilibrio financiero; que alcance niveles socialmente aceptables de calidad, satisfacción, oportunidad e impacto de los servicios, estimulando la elevación de los niveles de eficiencia y eficacia mediante el óptimo aprovechamiento de los recursos bajo esquemas de competencia regulada que le permitan al Estado preservar su carácter público y su función social.

    CONSIDERANDO: Que la seguridad social forma parte integral de la política social de los Estados modernos y constituye el rostro humano del proceso de reformas económicas y de modernización del Estado.

    CONSIDERANDO: Que la protección integral y universal contribuye a fortalecer el rol de los recursos humanos como la principal riqueza de la nación y la mejor estrategia para enfrentar con éxito los retos del proceso de apertura internacional en que se encuentra inmerso nuestro país.

    CONSIDERANDO: Que el mundo conmemora el año internacional de los envejecientes como forma de estimular políticas y acciones para avanzar hacia mejores condiciones de vida y mayor consideración y respeto a la población en edad de retiro.”

    Objetivos de la Ley

    Considerando todo lo dicho anteriormente la presente Ley  tiene por objeto establecer el  Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República Dominicana, para regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos, en los aspectos de la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen.

    Beneficiados ( Art. 5 )

    En el Seguro Familiar de Salud, todo ciudadano dominicano y residente legal ( en el territorio nacional ) y aquel dominicano residente de un país extranjero tiene derecho a ser afiliado al Sistema Dominicano de Seguridad Social, según lo que dispone la Ley.

    Para fines de la presente Ley la familia del asegurado incluye: a) al cónyuge o compañero / ra de vida debidamente registrado; y b) los hijos e hijastros menores de 18 años ó menores de 25 años si fueran estudiantes, mientras no sean ellos mismos afiliados al Sistema de Nacional de Seguridad Social.

    En el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia resultan como beneficiarios los siguientes :

    • Trabajadores dependientes y empleadores

    • Trabajadores dominicanos residentes en el exterior

    • Trabajadores independientes y empleadores

    • Desempleados, discapacitados e indignentes

    El Seguro Contra Riesgos Laborales resulta asegurado el trabajador dependiente y los empleadores.

    Régimen de Financiamiento ( Art. 7 )

    El SDSS estará compuesto por los siguientes regímenes de financiamiento :

  • Un Régimen Contributivo : que se componer a de los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleados, que son financiados por los trabajadores y empleadores, siendo el Estado como empleador.

  • Un Régimen Subsidiado : que protegerá a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo. También dentro de este conjunto podemos encontrar a los desempleados, discapacitados e indigentes. Esto será financiado principalmente por el Estado.

  • Un Régimen Contributivo Subsidiado : que protegerá a todos aquellos profesionales y técnicos independientes y los trabajadores por cuenta propia con ingresos que son igual o mas que el salario mínimo, con aportes del trabajador y subsidio estatal para poder sustituir la falta del empleador.

  • Prestaciones ( Art. 9 & 10 )

    El Régimen Contributivo cubrirá como mínimo :

  • Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobre vivencia

  • Seguro Familiar de Salud

  • Seguro de Riesgos Laborales y enfermedades profesionales

  • Los beneficiados del Régimen Subsidiado y Contributivo Subsidiado recibirá las coberturas de :

  • Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia

  • Seguro Familiar de Salud

  • Aportación del Empleador y Trabajador ( Art. 14 )

    El empleador contribuirá el 70 % de del Régimen Contributivo para los seguros de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, además del Seguro Familiar. El 30 % restante será pagado por el trabajador en dichos planes de cobertura. En el aspecto de Riesgos Laborales el empleador deberá cubrir a su empleado con un 100 %.

    Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia ( Art. 36 - 107 )

    Afiliación Al Sistema Previsional Contributivo

    La afiliación del trabador asalariado y el empleador a la AFP es obligatoria, única y permanentemente independiente de que el beneficiario permanezca o no en actividad , tenga 2 o mas trabajos simultáneamente o que resida fuera del país.

    Cuando un trabajador tiene mas de un empleador debe seleccionar a uno e informar a los otros de su afiliación.

    Afiliados Que Permanecen en el Sistema Actual

    Permanecerán en el sistema de reparto los siguientes :

    • Trabajadores de sector público y de las instituciones autónomas y descentralizadas, de cualquier edades están amparados por esta ley.

    • Los pensionados y jubilados del Estado, IDSS, ISSFAPOL y del sector privado recibirán una pensión de vejez, discapacidad y sobre vivencia.

    Afiliados Que Ingresan Al Nuevo Sistema de Pensión

    Los siguientes ciudadanos entraran obligatoriamente a dicho plan :

    • Los trabajadores públicos o privados que al momento coticen al IDSS o cualquier otro fondo de pensión y tengan hasta 45 años

    • Los trabajadores asalariados de cualquier edad no cubiertos al momento

    • Las personas de cualquier edad que inicien un contrato de trabaja bajo relación de dependencia

    • Los trabajadores públicos y privados que al momento están amparados en leyes o fondos de pensiones y opten por ingresar al sistema.

    • Los empleados que reciban ingresos regulares de , ya que sea en calidad de trabajadores, directivos o propietarios.

    Fondos de Pensiones Existentes

    Los Fondos de Pensión Existentes podrán permanecer operando siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones :

    • Las cotizaciones sean iguales o mayores que la ley

    • Proporción de aportes personal sea en cuentas individuales

    • Fondos de pensión sean reinvertidos y obtengan la rentabilidad real mínima.

    • Incluyan seguro de vida y de incapacidad

    • Sean regulados por la Superintendencia de Pensiones

    • Que prevean el traspaso de la cuenta personal a la AFP.

    Tipo de Pensiones

    Todos los ciudadanos conservaran los años acumulados y los derechos adquiridos en sus respectivos planes de pensiones.

    Los nuevos afiliados, sin importar su edad, recibirán una pensión adecuada a los aportes realizados, mas los intereses y utilidades acumulados durante su vida laboral. podrán hacer aportes sin exentos de impuestos.

    Tipo de Pensiones :

    • Pensión por Vejez

    • Pensión por discapacidad total o parcial

    • Pensión por cesantía por edad avanzada

    • Pensión de sobre vivencia

  • Pensión por Vejez :

      • Tener 60 años y haber cotizado un mínimo de 360 meses

      • Tener 55 años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación superior a 50 % de la pensión mínima.

  • Pensión Por Discapacidad, Total o Parcial :

      • Sufrir una enfermedad o lesión crónica

      • Haber agotado su derecho a prestaciones por enfermedad no profesional o por riesgos del trabajo

  • Pensión de Sobrevivientes :

  • En caso de fallecimiento del afiliado los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia igual al 60 % del salario cotizable de los últimos 5 años, o fracción ajustada por el índice de precios al consumidor.

    Los sobreviviente s son : cónyuges, hijos ( menores de edad ) o de 21 años, pero estudiando y discapacitados de cualquier edad.

    Modalidad de Pensiones :

  • Retiro programado

  • Renta vitalicia

  • Costo y Financiamiento del Régimen Contributivo :

    • 8 % destinado a la cuenta personal del afiliado

    • Un máximo de 1 % para seguro de vida

    • Un 0.4 % para Fondo de Seguridad Social

    • Un 0.5 para la AFP

    • Un 0.1 % para financiar la Superintendencia de Pensiones

    Las Aportaciones Para Cubrir Ese Costo Serán :

    • 2.88 % a cargo afiliado

    • 7.12 % cargo empleador

    Establece Pensión Solidaria :

  • Personas de cualquier edad con discapacidad severa

  • Personas de mayores de 60 años que carecen de recursos para satisfacer sus necesidades básicas

  • Madres solteras mayores de 45 años, con 2 o mas hijos de 18 años que carecen de recursos esenciales.

  • Monto y Financiamiento de las Pensiones Solidarias:

    60 % del salario mínimo publico, incluyendo pensión extra de navidad. El financiamiento será de acuerdo a la Ley de gastos del Estado.

    Derecho de Pensión Bajo Régimen Contributivo Subsidiado :

    A los 60 años, siempre que el fondo acumulado en su cuenta personal garantice por lo menos la pensión mínima. Para tener derecho a un subsidio para completar la pensión mínima debe tener 65 años y cotizado durante un mínimo de 30 meses.

    Monto y Financiamiento Del Régimen Contributivo Subsidiado :

    El 70 % del salario mínimo privado, indexado al acuerdo al incremento del salario mínimo será el monto. Dicho aspecto será financiado con recursos consignados en la Ley de gastos públicos del Estado.

    Administraciones de Fondos de Pensiones :

    Son sociedades financieras constituidas con el objetivo exclusivo de administrar las cuentas personales de los afiliado se invertir adecuadamente los fondos de pensiones, otorgar y administrar las prestaciones del sistema provisional.

    El Estado contará con por lo menos una AFP publica, la cual administrará los fondos de pensiones de lo s afiliados que le seleccionen y el Fondo Solidaridad Social.

    El capital mínimo de una AFP es de $10 millones en efectivo, el cual deberá ser indexado cada año.

    Seguro Familiar de Salud ( Art. 119 - 163 )

    Riesgos que cubre :

    • Promoción de la salud

    • Prevención y tratamientos de enfermedades

    • Rehabilitación del enfermo

    • Embarazo, parto y consecuencia

    Riesgos que no cubre :

    • Tratamientos por accidentes de tránsito

    • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

    Beneficiarios Del Seguro de Salud :

    • Régimen Contributivo :

      • El trabajador afiliado

      • El pensionado

      • El cónyuge

      • Hijos menores de 18 años

      • Hijos menores de 21 años que aun estudian

      • Hijos discapacitado de cualquier edad

      • Pueden incluirse otros dependientes con pago adicional.

    • Régimen Subsidiado :

      • Desempleados y sus familiares

      • Discapacitados

      • Indigentes y sus familiares

    • Régimen Contributivo Subsidiado

      • Profesionales y técnico independientes y familiares.

      • Trabajadores por cuenta propia y familiares

      • Trabajadores a domicilio y familiares

      • Jubilados y pensionados del régimen contributivo subsidiado.

    Prestaciones :

    • Régimen Contributivo :

      • Plan básico de salud

      • Estancias infantiles

      • Subsidios por enfermedad

      • Subsidios por maternidad

    • Regímenes Subsidiado y Contributivo Subsidiado

      • Plan básico de salud

      • Estancias infantiles

    Plan básico de Salud :

    Se establecerá en forma gradual y progresiva :

  • Promoción de la salud y medicina preventiva

  • Atención primaria de salud, emergencias, servicios ambulatorios, atención materna infantil y prestación farmacéutica ambulatoria

  • Atención especializada y tratamientos complejos por refriamiento, incluyendo asistencia de emergencia, ambulatoria, hospitalización y asistencia quirúrgica.

  • Exámenes de diagnostico, tanto biomédicos como radiológicos

  • Atención odontológica pediátrica y preventiva

  • Fisioterapia y rehabilitación

  • Prestaciones complementarias, incluyendo aparatos, prótesis y asistencia a discapacitados.

  • Estancias Infantiles :

    A los niños de los trabajadores de las edades de 45 días a 5 años podrán disfrutar de esta cobertura. Los servicios de este seguro incluyen :

  • Alimentación apropiada a su edad y salud

  • Servicios de salud materno infantil

  • Educación preescolar

  • Actividades de desarrollo psico-social

  • Recreación

  • Costo y Financiamiento del Seguro Familiar :

    El seguro de salud para el régimen contributivo se financiará de una cotización de 10 % del salario; un 3 % a cargo del afiliado y un 7 % del empleador.

    El financiamiento del Régimen Subsidiado será aportado por el Estado, con cargo a la ley de Gastos públicos. El Régimen Contributivo Subsidiado se distribuirá entre el Estado y los afiliados.

    Los prestadores de servicios del plan son entidades publicas, privadas o mixtas, autorizadas por la Secretaria de Estado de Salud. Estos se dedicaran a los servicios ambulatorios de diagnósticos, hospitalarios y quirúrgicos.

    NO DISCRIMINACION NI EXCLUSION

    No se podrá por ningún medio legal o de hecho, exclusiones, ni limites, salvo a los que de manera expresa señale el Plan básico de Salud., ni ejercer discriminación a los beneficiarios y usuarios del sistema por razones de sexo, edad, condición social, laboral, territorial, política, religiosa, o ninguna otra índole.

    Seguro De Enfermedades o Accidentes de Trabajo

    El Seguro de Enfermedades como ultimo de las áreas que cubre el Seguro Social simplemente cita lo siguiente :

    • Comprende toda la lesión corporal y todo estado mórbido del trabajador- obrero, empleado o aprendiz- que sufra en ocasión o por consecuencia del trabajo que presta por cuenta ajena.

    • Garantiza como mínimo prestaciones medicas y subsidios por incapacidad temporal, indemnización por perdida de capacidad profesional, pensiones de incapacidad, de invalidez y pensión de sobrevivientes.

    Conclusión

    Luego de haber finalizado este análisis de la Ley de la Seguridad Social he aprendido mucho. Encuentro que la gran mayoría de los dominicanos se verán beneficiados por la ley. Espero que el gobierno ejecute su plan de Seguridad Social eficazmente y con gran transparencia.

    Mi opinión es que el gobierno esta tomando pasos hacia delante ( no como los anteriores ) y beneficiara mucho al país. Aunque el actual gobierno reciba mucha critica creo que seguirá mejorando y que luego de un plazo de tiempo se vera como un gobierno impactante y significativo en la historia de la Republica Dominicana.

    Bibliografía

    ANEXOS

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    Enviado por:Jonas
    Idioma: castellano
    País: República Dominicana

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