Economía y Empresa


La empresa, el mercado y la ley; Coase


TEORÍA DE LA EMPRESA

RESUMEN DE LA SEGUNDA LECTURA:

EL PROBLEMA DEL COSTE SOCIAL

"LA EMPRESA, EL MERCADO Y LA LEY", R. H. COASE, ALIANZA EDITORIAL, MADRID, 1994.

3 de noviembre de 1997


El artículo trata de las externalidades negativas, es decir, aquellas actividades de las empresas que tienen efectos negativos sobre terceros.

El análisis económico tradicional se centra en los conceptos de producto social y privado, siguiendo el tratamiento de Pigou. Desde este punto de vista los economistas han llegado a la conclusión de que debe hacerse responsable a aquél que hace el daño, o bien cobrarle un impuesto.

Coase, por el contrario, no es partidario de este tipo de análisis.

En primer lugar, Coase defiende que este problema es de naturaleza recíproca y el objetivo es evitar el daño más grave.

Con frecuencia se podrá llegar a una solución satisfactoria cuando el sistema de precios funciona de forma eficaz.

Un ejemplo de ello es el del ganadero que cría novillos y el agricultor y sus respectivas parcelas no están valladas, por lo que el ganado ocasiona destrozos al agricultor. Siendo posible que resultase más económico para el ganadero no vallar y pagar al agricultor por el daño ocasionado a sus cultivos.

Esta situación no tiene por qué conducir a un aumento del área sembrada por el agricultor y, en cambio, sería posible que llevase a un abandono del cultivo.

El arreglo económico al que se llegue dependerá de la astucia del agricultor y del ganadero como negociadores; y dicho acuerdo no afectará a la asignación de recursos, sino que alterará la distribución de ingresos y riqueza entre ambos.

En un sistema de precios, que funciona sin costes, y sin responsabilidad por daños el resultado final no varía, es decir, no importa si el ganadero es considerado el responsable del daño o no.

Si bien es necesario el establecimiento inicial de derechos que posibilite la existencia de transacciones mercantiles, el resultado final (que maximiza el valor de la producción) es independiente de la situación legal.

Este ejemplo se ve completado por cuatro casos reales:

  • el del médico que era molestado por el ruido de la maquinaria utilizada por un repostero.

  • el del proceso de fabricación de esteras de fibra de coco trastornado por el humo de una fábrica de sulfato de amoníaco.

  • el de un problema de molestias por humo entre casas contiguas.

  • y, finalmente, el de una molestia por ventilación de una bodega al propietario de la parcela adyacente.

  • De ellos se deduce los acuerdos entre las partes tendrán idéntico resultado independientemente de lo que dicte el juez y en términos de causalidad ambas partes son responsables. Además el problema económico en todos los casos de efectos perjudiciales es el de maximizar el valor de la producción.

    Pero para un acercamiento mayor a la realidad, debe considerarse el coste de las transacciones en el mercado. En este caso, la empresa representa una alternativa a la organización de la producción a través de transacciones de mercado; ya que si fuera posible llegar al mismo resultado entre las parte con menores costes, se elevaría el valor de la producción.

    La solución para tratar el problema de los efectos perjudiciales sería la empresa cuando los costes de ésta fueran menores que los de las transacciones mercantiles eliminadas. Pero cuando una empresa fuese insuficiente, se podría canalizar mediante una sola organización.

    Una solución alternativa sería la regulación gubernamental directa, en este caso el gobierno puede evitar el mercado si lo desea. El gobierno parece presentar ventajas frente a una organización privada, pero se le achaca: que puede incurrir en costes elevados, que las restricciones impuestas no sean eficientes y que no se puedan aplicar a todos los casos.

    Coase afirma que los economistas han tendido a sobreestimar las ventajas que se derivan de la regulación gubernamental.

    Los tribunales influyen de forma directa en la actividad económica, por lo que aunque sea posible cambiar la delimitación legal de los derechos mediante transacciones mercantiles, es preferible evitarlas.

    Es importante que los jueces comparen entre la utilidad y el daño producido para ver si el efecto perjudicial puede ser considerado una molestia. El que algo constituya o no un perjuicio debe determinarse con referencia a su circunstancia.

    Existe una larga lista de molestias legalizadas, y Coase ejemplifica mediante el caso de los aeropuertos y ferrocarriles. Por el bien de la utilidad pública, los afectados deben incorporar esos inconvenientes, aunque sus derechos privados tienen prioridad frente a la ley si se produjo un inadecuado funcionamiento en la actividad normal. La sanción legal tiene la facultad de hacer legal lo que de otra manera podría ser una molestia. Por tanto, existe el peligro de que la extensiva intervención del Estado en el sistema económico pueda conducir a la protección de los responsables de los efectos perjudiciales.

    Pigou es partidario, y así lo expone en The Economics of Welfare, de controlar el controlar el juego de las fuerzas económicas por los gobiernos con tal sabiduría como para promover el bienestar económico.

    Mediante el ejemplo de los ferrocarriles que causan incendios por chispas Pigou intenta mostrar cómo es posible que la actuación estatal mejore las conductas "naturales". Coase no está de acuerdo.

    Pigou distingue entre el caso en que una persona presta servicios por los que no recibe un pago (externalidad positiva) y el caso en el que causa un perjuicio y no se da ninguna compensación a las partes perjudicadas.

    Además, frente a los economistas modernos partidarios de los impuestos, Pigou prefiere la subvención.

    Para Coase la teoría de Pigou está repleta de errores y sus seguidores mantienen su teoría mediante la tradición pigouiana.

    El producto privado es el valor del producto adicional que resulta de una actividad en particular de una empresa. El producto social es igual al producto privado menos la caída en el valor de la producción en otra parte por la que la empresa no compensa.

    Coase prefiere el concepto del coste-oportunidad frente al del producto social. El enfoque coste-oportunidad debe utilizarse en las cuestiones de política económica y no sólo en el análisis de la empresa.

    Además Coase redefine el concepto de factor de producción como el derecho de realizar ciertas acciones físicas. El coste de ejercer un derecho es siempre la pérdida que se produce en otra parte como consecuencia del ejercicio de ese derecho.

    El texto finaliza con la reflexión de que antes de pasar a un nuevo sistema hay que estudiar los costes del sistema existente y la forma de tomar las decisiones.

    Preguntas:

  • En el ejemplo del ganadero y agricultor, si se hace al primero responsable ¿causaría un comportamiento oportunista por parte del agricultor una variación de los resultados que maximizan la producción? En ese caso se contradiría las afirmaciones:

  • ... dicho acuerdo no afectará a la asignación de recursos, sino que alterará la distribución de ingresos y riqueza entre ambos... (pág. 125).

    ... el resultado final (que maximiza el valor de la producción) es independiente de la situación legal... (pág.127).

    ¿Es importante interpretar los resultados en términos del coste de oportunidad? ¿Puede existir la posibilidad de utilizar los recursos en otra actividad? Si es así ¿cuándo?

  • Qué significa que el resultado final es independiente de la situación legal si el sistema de precios funciona sin costes? (pág. 127)

  • Según Coase la distribución inicial, el poder negociador y otros factores no afectan al resultado final, dada una asignación de recursos concreta (pág. 127). Pero ¿cambia la distribución? ¿Influyen los derechos de propiedad en esta afirmación? ¿Por qué?

  • Coase afirma que la delimitación de los derechos legales tiene efectos sobre los costes del mercado (pág. 135). ¿Puede la empresa ser una alternativa más eficiente al mercado?

  • ¿Por qué dice Coase que la regulación gubernamental directa no permitirá obtener mejores resultados que si se permite que los problemas los resuelva el mercado o la empresa? (pág. 137).

  • ¿Por qué el Estado es sólo eficiente cuando los costes para resolver el problema son elevados? (pág. 137).

  • Coase afirma que la regulación gubernamental debe ser recortada (pág. 138) ¿en qué se basa?

  • En el ejemplo del negocio de pescado frito (pág. 141) Coase ve bien trasladar dicho establecimiento de un lugar del barrio de viviendas de "estilo más distinguido" a otro de "peor estilo" con vecinos pobres ¿hay alguna razón justificable?

  • En el caso del ferrocarril que provoca incendios por las chispas (pág. 151) y la compañía ferroviaria es considerada no responsable ¿tiene algún incentivo para compensar a los afectados?

  • El artículo critica el método de análisis de Pigou. ¿Está justificada esta crítica? ¿En qué se basa? ¿Cuál es la solución más adecuada?

  • Un impuesto provoca que decrezca el valor de la producción de los factores empleados por la fábrica (pág. 161) ¿por qué? ¿necesariamente los factores se utilizarán en otra parte de manera menos productiva?

  • Coase afirma que el propósito de las regulaciones no debe ser eliminar el efecto de la contaminación por humo, sino asegurar que se produzca la cantidad óptima de contaminación, que será la que maximice la producción (pág. 162) ¿Cuál es la cantidad óptima de humo? ¿Qué costes consideramos?

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    HELIOS VÁZQUEZ MORÁN 4ºE

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    Enviado por:Helios Vázquez Morán
    Idioma: castellano
    País: España

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