Salud


Eutanasia


EUTANASIA

ÍNDICE

Pág.

1.- Definición y Tipos.

3

2.- El Derecho a la vida y la Eutanasia.

5

3.- Eutanasia y autonomía de la persona.

7

4.- Eutanasia y medicina.

10

5.- El paciente terminal y la ética de la medicina paliativa.

12

6.- Ortotanasia.

15

7.- La Terapia antiálgica.

17

8.- Eutanasia y naturaleza humana.

19

9.- Eutanasia, una reflexión antropológica.

20

10.- La Eutanasia desde el punto de vista del profesional sanitario.

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11.- Eutanasia, relevancia jurídico - penal.

27

12.- Inexistencia del derecho a la eutanasia en el ordenamiento jurídico.

29

13.- Reflexiones en torno a la regulación legal de la eutanasia.

31

14.- Eutanasia contra el 5º mandamiento.

33

15.- Reflexiones éticas ante el tema de la eutanasia.

37

16.- Eutanasia, la experiencia holandesa.

39

17.- Bibliografía

42

1.- DEFINICIÓN Y TIPOS

El término eutanasia etimológicamente significa “buena muerte” (eu = bueno y tanatos = muerte), si bien esta traducción se presta a múltiples interpretaciones en el sentido de que una muerte durante el sueño sería una buena muerte y no sería eutanasia. Así, podemos definirla como “acción deliberada de poner fin a la vida de un enfermo”.

El diccionario de la Lengua Española se refiere a ella como a una “muerte sin sufrimiento físico y provocada voluntariamente”.

TIPOS DE EUTANASIA

  • Eutanasia activa: un ejemplo de este tipo de eutanasia sería la administración de una dosis mortal de cierta sustancia y podemos definirla como una acción deliberada de poner fin a la vida de un enfermo con el propósito de causarle la muerte.

  • A este respecto, la Sección 1 del Artículo 2 de la Convención Europea sobre Derechos Humanos afirma textualmente que: “la ley protegerá el derecho a la vida de todos los individuos.”

  • Eutanasia pasiva: por ejemplo: no prescribir antibióticos a un enfermo terminal con neumonía. Consiste en provocar la muerte a través de la omisión deliberada de un cuidado debido y necesario para la curación o la supervivencia.

  • Distanasia y Adistanasia: La distanasia es un término usado para referirse a la práctica que tiende a evitar la muerte usando no sólo los medios ordinarios sino medios extraordinarios muy costosos en sí mismos o en relación con la situación económica del enfermo

  • Por su parte la adistanasia consiste en la aplicación de fármacos al enfermo terminal con el fin de aliviar su sufrimiento, aunque esto implique un cierto acortamiento de su vida.

    En relación con la eutanasia es necesario hablar también de los dos puntos siguientes:

  • Cuidados intensivos: la confusión nos ha llevado a asociar estos cuidados a la prolongación de la vida. Sin embargo, el fin de esta unidad no es incrementar o acortar la vida, sino mejorar la calidad de esa vida.

  • En ocasiones, en estas unidades se realiza investigación biomédica (rigiéndose por normas establecidas), de modo que podría probarse, en un paciente que no responde al tratamiento convencional, un fármaco autorizado para otros fines, pero que no ha sido usado con anterioridad en una situación semejante.

    En algunos países existen procedimiento reglados que el paciente puede usar para hacer peticiones referidas al fin de su vida:

    • Uno de ellos es el documento “Últimas Voluntades”, donde el individuo señala en qué condiciones desea ser sometido a medidas extremas de cuidados.

    • La segunda manera es a través de un agente con poderes perdurables, en la que ese mismo individuo nombra a una 3ª persona para que decida lo que es mejor, llegado el momento, en función del conocimiento que ésta tiene de la voluntad expresada previamente por el paciente.

  • Las unidades de cuidados paliativos: el dolor no es algo ni obligado ni exclusivo de un estado terminal. Estas unidades surten frente a la necesidad de atención que requieren aquellos pacientes que se encuentran en fase terminal con el fin de ocuparse de sus necesidades (físicas, psicosociales y espirituales)

  • 2.- EL DERECHO A LA VIDA Y LA EUTANASIA

    Uno de los límites que se reconoce con facilidad es el de la inviolabilidad de la vida humana, tras la vida no hay sólo unos determinados procesos biológicos, sino la totalidad de la persona que hay que respetar.

    Así el homicidio se podría definir como acción u omisión intencional que produce la cesación de los procesos vitales de un individuo inocente de la especie humana, supone un gran atentado a la dignidad del hombre.

    Este derecho a la vida humana es también una exigencia para la propia persona, el hombre carece de un derecho perfecto sobre su vida y sobre sus miembros, el cuerpo humano es parte y componente del sujeto de derecho, no objeto del derecho.

    Todos tienen el derecho de conservar su vida, ya que nadie se ha hecho a si mismo ni se ha dado la dignidad y el valor que posee.

    En definitiva, el cuerpo está estrecha y orgánicamente relacionado con el interior.

    El derecho - deber a la vida aparece pues como el primero y más fundamental de todos los derechos que posee la persona, un derecho que es anterior al respeto de la libertad del sujeto, puesto que la primera responsabilidad de su libertad es hacerse cargo responsablemente de su propia vida.

    Por otro lado, desde una postura antropológica dualista, se considera que el hombre está compuesto por una mente y un cuerpo y que este cuerpo está al servicio de la mente como un juguete; cuando este no proporciona placer y es fuente de dolor se desecha.

    Esta visión (antropológica) dualista es la que consta en la actual cultura de la muerte y en las diversas posturas que abogan por la eutanasia.

    La eutanasia voluntaria no es un derecho de la persona, sino una acción arbitraria que va en contra de todo el ser. Si se acepta la posibilidad del suicidio asistido, se aceptaría que la vida es susceptible de diferentes grados de respeto desde el plano ético.

    La apertura a la opción voluntaria eutanásica significa una enorme constricción del ejercicio de la libertad; elegir la muerte no es una opción entre muchas, sino el modo de suprimir todas las opciones.

    En definitiva sería un signo claro de una falta de capacidad para asumir la muerte con sentido, así como para entenderla.

    La muerte digna consiste en encarar la propia muerte y vivirla con grandeza de ánimo, viviendo el tiempo que queda y evitando el término “ensañamiento terapéutico”, que es el factor sobre él que se apoyan muchos para justificar la eutanasia, pero no hay que olvidar que rechazar este ensañamiento no es equivalente a aceptar dicha eutanasia.

    La verdadera alternativa es la humanización de la muerte, la respuesta a la desesperación de quien reclama la muerte debe ser la solidaridad.

    El objetivo no es proporcionar una buena muerte al enfermo, evitándole el dolor, sino ayudarle a vivir responsable y conscientemente en el momento de su muerte; la medicina moderna está muy avanzada pero poco preparada para tratar humanamente al enfermo incurable, de ahí la idea de recurrir a la eutanasia.

    En los momentos en que la medicina no puede curar debe actuar para aliviar, acompañar y ayudar a la persona para que asuma esta situación, aquí es donde debe entrar también la sociedad, familia, personal sanitario, para que tenga el afecto y el cariño de todos los que le rodean a la hora de su muerte.

    Un médico anglosajón decía en torno a esa polémica del ensañamiento terapéutico lo siguiente: “si no le pueden aliviar el dolor, no pida usted la eutanasia, cambie de médico porque el suyo es un incompetente”.

    Eso hace referencia a que la farmacopea actual dispone de todo tipo de analgésicos y otros tratamientos del dolor y ansiedad para aplicar al enfermo terminal.

    En resumen estas son las coordenadas que deben tener la profesión médica y la de enfermería, en consonancia con el primer deber deontológico de respetar y salvaguardar toda vida humana, especialmente aquellos más indefensos.

    3.- EUTANASIA Y AUTONOMÍA DE LAS PERSONAS

    Según el Dr. León R. Kass, (profesor de la Universidad de Chicago), la expresión morir con dignidad, significa que hay formas más o menos dignas de morir, y las peticiones a favor de una muerte digna, aumentan, porque cada vez hay más gente que ve como otros mueren de forma poco digna, y temen que ocurra esto a sus familiares.

    También dice que la posibilidad de morir dignamente, puede frustrarse por muchas cosas: coma, parálisis total, locura, senilidad, o incluso por intervenciones médicas, que van dirigidas a prolongar una muerte segura.

    Lo que deshumaniza la muerte. Aumenta el deseo de autonomía y dignidad frente al fin de la vida.

    Personas que antes eran independientes, se sienten impotentes, al convertirse en seres pasivos, que dependen de los demás y se encuentran rodeados de tubos y artilugios mecánicos y eléctricos.

    La muerte significaría para ellos suprimir estos factores que degradan y deshumanizan el fin de la vida.

    Se entiende esta preocupación, pero para alcanzar una muerte digna no basta con suprimir todos estos obstáculos, porque una muerte digna no consiste solamente en ausencia de factores externas, no viene dada desde el exterior, sino que se precisa mucho ánimo, que proviene del alma de quien afronta la muerte.

    La muerte digna ha de significar una actitud digna y una conducta positiva ante el último momento.

    ¿Cuál es el modo de enfrentar dignamente la muerte?

  • Saber que uno se está muriendo, entonces tratará de resolver sus asuntos pendientes, cumplir promesas o despedirse.

  • Tratar de ser en cierto modo agente, tener actividad, y no ser un ser pasivo, un paciente completamente

  • Tratar de mantener algunas relaciones de tipo social, familiares y profesionales.

  • Por último debe saber afrontar de forma consciente y en la intimidad del alma el hecho crudo de la muerte próxima.

  • También debemos destacar que un buen marco de relaciones humanas a lo largo de la vida es importante para tener una muerte digna, ya que recibiremos hasta el último momento un trato respetuoso por parte de los demás.

    La muerte digna, requiere que los allegados traten al ser humano hasta el final con delicadeza, como una criatura a imagen y semejanza de Dios.

    De este modo, no tendrá lugar la deshumanización ante la muerte, ya que la causa principal de ésta es el rechazo al contacto y al afecto con el moribundo

    Queda claro entonces, que una muerte digna no es un asunto que se reduce a quitar enchufes o a suministrar sustancias letales.

    Pero, ¿qué hacer en los casos extremos? Porque no todos tienen la fortuna de morir tranquilamente, en casa, y rodeados del afecto de los suyos. Para el Dr. León R. Kass, interrumpir una terapia o tratamiento, puede ser compatible en algunas circunstancias con el respeto a la vida, porque ésta puede ser respetada no sólo potenciándola o preservándola, sino haciendo que llegue a su término de modo natural.

    Para León R. Kass, la eutanasia realizada por médicos le parece contradictoria por dos razones:

    • Generaría grandes consecuencias sociales.

    • Principalmente porque matar a un paciente, aunque éste lo pida, va en contra del arte de curar.

    Otras personas, dicen que la eutanasia voluntaria es un acto libre, que reafirma la dignidad de una voluntad libre, contra la ciega necesidad. Pero las personas que contemplan la eutanasia desde este punto de vista, ¿no estarán buscando realmente una salida para sus problemas?, ¿no sería más digno tener la suficiente valentía para afrontarlos?.

    Otros argumentan que la legalización de la eutanasia favorece la libertad humana, porque aumenta las opciones posibles, pero elegir la muerte no es optar por una opción entre muchas, sino suprimir todas las demás.

    Con esta opción se desencadenaría una fuerte presión social, y las personas ancianas o con grandes enfermedades y deficiencias, optarían por tomar esta opción.

    Los partidarios de la eutanasia no comprenden lo que es la dignidad humana y la confunden con el humanitarismo.

    La pregunta que formulan es ¿por qué eliminamos a los animales cuando sufren sin remedio, pero obligamos a los humanos a resistir has el último momento?.

    Para ellos, esto es inhumano, pero para León R. Kass es poco humanitario, y damos este trato a los animales porque no son humanos.

    Eliminamos a los animales porque no se dan cuenta que se están muriendo, y porque no pueden alcanzar un final digno. La compasión es el único sentimiento que despierta en nosotros un animal moribundo, en cambio cuando un ser humano, que se encuentra consciente nos pide la muerte, no podemos mirarlo como a un animal mudo, ya que se trata de un humano y que además él mismo solicita ayuda para llegar al final.

    Hay que ser fuerte y afrontar con valentía el mal, resistir el miedo y el dolor, porque las muertes más admiradas son las de quienes, sabiendo que van a morir, son capaces de afrontar con valentía este hecho, tienen fuerza, ánimo, y esperanza y además dejan todos sus asuntos en regla, se despiden de familiares y amigos, etc…

    Eutanasia no voluntaria.

    ¿Qué decir de aquellos seres que están en determinadas condiciones (coma, estado senil…) que ni siquiera pueden solicitarla? ¿Es cierto que carecen de toda dignidad humana?.

    Se tendrían que examinar casos concretos, porque muchas personas en estados de vida disminuida. Se han relacionado, de forma parcial, con otros humanos, respondiendo a palabras o música, alegrándose por la presencia de seres queridos, gozando con recuerdos, o al contrario irritándose y poniéndose tristes.

    Y, ¿qué hacer en los casos extremos cuando una persona en estado vegetativo no mantiene ningún tipo de relación con quién le rodea? ¿Hay en estos casos dignidad humana? ¿Por qué no tratarlos como animales, librándolos de su miseria?

    Incluso en estos casos no se puede estar totalmente seguros de la ausencia de consciencia en el enfermo, porque se han dado casos de personas que han despertado de un coma profundo, y posteriormente ha contado que tenían conciencia clara de todo lo que sucedía en sus alrededores.

    En estos casos lo más justo para León R. Kass es estar al lado del enfermo, y dejarle morir de forma natural, pero nunca le aportaría los medios mínimos para seguir viviendo, ni tampoco le suministraría una inyección letal, ni nada similar para provocar la muerte al paciente.

    Debemos de saber que la fenitud no es una desgracia, un mal, y que podemos encontrar la dignidad humana hasta el último momento de la vida.

    4.- EUTANASIA Y MEDICINA

    Necesitamos, lo primero tener una clara percepción de lo que son la eutanasia y la muerte y formar nuestra conciencia acerca de cuando abstenerse de prestar cuidados médicos a un paciente es una maldad y cuando una acción correcta.

    La precisión de los conceptos o de las palabras que los designan es una necesidad, a la vez intelectual y ética en este tiempo con sus campañas y discusiones sobre el tema precursores del debate parlamentario para la legalización de la eutanasia.

    Para alejar el riesgo de la confusión semántica, todos nos vamos a olvidar de la ascendencia etimológica y de las significaciones de la eutanasia y que, a partir de ahora, por eutanasia entendamos el matar sin dolor y deliberadamente a personas que se tienen como destinadas a una vida atormentada por el dolor o limitada por la incapacidad, con el propósito de ahorrarles sufrimientos o de librar a la sociedad de una carga inútil.

    Entendida la eutanasia así, pierde significado la distinción deontológica entre las formas activa (provocar inmediatamente la muerte mediante la aplicación de un agente letal) y pasiva (provocar la muerte mediante la omisión deliberada de un cuidado debido y necesario para la curación o la supervivencia).

    Utilizaremos también expresiones tales como: selección neonatal (para designar el infanticidio que se aplica a ciertos niños malformados o deficientes, negándoles la alimentación y el tratamiento.); suspensión de nutrición y líquidos (para disfrazar el dejar morir de hambre y sed); solo cuidados de enfermería (para ocultar que alguien vigila los efectos de la administración de dosis masivas de hipnóticos hasta que llega la muerte); o morir con dignidad (que esta dejando de ser una formula del matar por compasión en situaciones extremas de dolor o inutilidad, para convertirse en el eslogan bien de la eliminación de parapléjicos, deprimidos, o de ancianos que viven solos y que empiezan a tener problemas para cuidar de sí mismos, o bien de la demanda libertaria del derecho a ser matado sin dolor en el lugar, tiempo y modo que cada uno decida).

    La reciente Declaración sobre la Eutanasia, promulgada por la Asociación Medica Mundial en 1987 comienza así: “La eutanasia, es decir, el acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente, ya sea por su propio requerimiento o a petición de los familiares, es contraria a la ética”.

    En las conclusiones del grupo de trabajo de la British Medical Association para revisar las directrices de la Asociación sobre eutanasia se lee: “no se debe cambiar la ley.

    La muerte deliberada de un ser humano debe seguir siendo un delito”.

    La Comisión Central de Deontología declara: “Se suelen utilizar en los medios de opinión expresiones como: “ayudar a morir” o “muerte digna”.

    La asistencia medica al moribundo es uno de los más importantes y nobles deberes profesionales del medico, mientras que la eutanasia es la destrucción deliberada de una vida humana que, aunque se realizara a petición de la víctima o por motivos de piedad en el que la ejecutara, no deja de ser un crimen que repugna profundamente a la vocación medica sincera”.

    Resumiendo la doctrina deontológica vigente hoy, tenemos:

    • Nunca el medico puede matar por acción u omisión: toda eutanasia por acción u omisión, es decir, activa o pasiva, pedida por el paciente o aplicada sin su consentimiento, es una grave falta deontológica.

    • El medico no puede iniciar tratamientos de poca importancia y sin esperanza. La obstinación terapéutica es un error ético y una falta de competencia:

    • El medico no puede, fuera de casos de obvia incapacidad o perdida de razón, viciar los deseos del paciente de no ser tratado. El paciente tiene un deber ético de preservar su vida y de aceptar los tratamientos para salvarla, si se trata de medios que ofrecen una esperanza razonable de beneficiarle y que pueden obtenerse y aplicarse sin grave inconveniencia, dolor o gasto. El paciente tiene derecho a rechazar todos aquellos tratamientos que no ofrecen una esperanza razonable de beneficio y que no pueden obtenerse y recibirse si no es con gran sufrimiento.

    • Los recientes avances en tratamiento eficaz del dolor y de la enfermedad terminal han eliminado el riesgo de anticipar indebidamente la muerte de ciertos pacientes.

    • Hoy la discusión en torno a la eutanasia ya no se centra en el problema clásico de matar por compasión. Su centro de gravedad se ha desplazado a la cuestión del pretendido derecho de ser matado en el lugar, el tiempo y el modo que uno decida y de obtener para ello la cooperación del medico. Cada vez más, la eutanasia se exigirá como ayuda al suicidio voluntario.

    5.- EL PACIENTE TERMINAL Y LA ÉTICA DE LA MEDICINA PALIATIVA

    La eutanasia, para un número creciente de seres humanos, está dejando de ser un problema, porque se está convirtiendo en una solución.

    Esto no es una idea de minorías progresistas, ya que en muchas sociedades de mentalidad utilitarista, empieza a ser el parecer mayoritario.

    Las encuestas de opinión y de interpretación, están constatando un crecimiento continuado de los que creen que es la solución más humana y digna que se puede ofrecer a ciertos sujetos.

    La Medicina paliativa se ha convertido en la única respuesta válida frente al desafío de la eutanasia.

    Ahora analizaremos esto en tres puntos:

  • Los textos deontológicos relativos a la Medicina Paliativa:

  • En realidad, no debiera existir una deontología específica del paciente terminal. Este es un enfermo más, que no queda excluido de la regla universal de no discriminación consagrada por todos los Códigos de conducta profesional.

    Este precepto es razón suficiente para trasvasar a la medicina paliativa toda la riqueza de la deontología general.

    Algunos de los textos deontológicos referentes a la medicina paliativa son: una parte de la Declaración de Venecia de la Asociación Médica Mundial, algunos artículos del Código de Ética y Deontología Médica. También la Declaración sobre la Eutanasia que en 1987, publicó la Comisión Central de Deontología.

    • Así los párrafos que nos interesan de la Declaración sobre enfermedad terminal. Adoptada por la 35 Asamblea Médica Mundial, en Venecia en 1983:

    1.- El deber del médico es curar y aliviar en la medida de lo posible el sufrimiento, teniendo siempre a la vista los intereses de sus pacientes.

    2.- No admitirá ninguna excepción a este principio, ni siquiera en caso de enfermedad incurable o malformación.

    • El capítulo VI del Código de Ética y Deontología Médica dice a nivel general, el artículo 25.1 que "no es deontológico admitir la existencia de algún periodo en que la vida humana carezca de valor" Ya, más específicamente, el artículo28.1 condena la eutanasia: "el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de un paciente ni por propia decisión, ni cuando el enfermo o sus allegados lo solicitan ni por ninguna otra exigencia. La eutanasia y homicidio por compasión".

    • El Código Deontológico de la enfermería española de 1989, establece en su artículo 18 la dignidad ética de la atención paliativa: "Ante el enfermo terminal, la enfermera/o, consciente de la calidad profesional de los cuidados paliativos, se esforzará por prestarle hasta el final de su vida, con competencia y compasión, los cuidados necesarios para aliviar sus sufrimientos. También proporcionará a la familia la ayuda necesaria para que puedan afrontar la muerte, cuando ésta ya no pueda evitarse".

    • Por último, la Declaración sobre la Eutanasia que, en 1987, la Comisión Central de Deontología hizo pública. Los fragmentos que nos interesan son: "la asistencia médica al moribundo es uno de los más importantes y nobles deberes del médico (…) el médico está obligado a desempeñar su genuina función de ayudar y atender al morir de sus pacientes por medio de un tratamiento competente del dolor y la angustia. Ha de empeñarse en procurar el mayor bienestar material; ha de favorecer, según las circunstancias, la asistencia espiritual y el consuelo humano al moribundo; prestará también su apoyo a los allegados de éste. El médico también dignifica la muerte cuando se abstiene de tratamientos dolorosos e injustificados y cuando los suspende, porque ya no son útiles".

    Así pues, la conducta de los profesionales de la salud ante el enfermo terminal se resume en que no podrá provocarle la muerte, pero deberán abstenerse de tratarle agresivamente con terapias inútiles.

  • Los fundamentos éticos de la medicina paliativa:

  • La medicina paliativa ha alcanzado ya el rango de especialidad médica. De hecho, es medicina genuina y reconocida.

    La medicina paliativa se apoya sobre dos pilares básicos de la ética médica:

  • El respeto y protección de la debilidad: los cuidados paliativos se aplican a pacientes terminales. Lo más saliente de éstos es el deterioro de la vida de relación, la demencia, el estado vegetativo persistente. ¿Qué debe hacer ante estas situaciones?.

  • Se ha sugerido recientemente que se puede hallar una vía media entre los defensores de la intangibilidad de la vida y los promotores de la eutanasia voluntaria y de la ayuda médica al suicidio en la aceptación, por parte de médicos enfermeras y familias, del rechazo, espontáneo o inducido, por parte del paciente de la nutrición y la hidratación. Se ha querido incluso justificar tal conducta como respetuosa de la libre decisión del paciente.

    Hay muchos que comparten que la muerte por inanición y deshidratación no necesariamente va acompañada de sufrimiento: al contrario, algunos, dentro y fuera de la medicina, afirman que suele presentar un carácter en apariencia analgésico, plácido y confortable, en contraste con el sufrimiento que pierden provocar los intentos de mantener permeables las líneas venosas, sondas nasogástricas…

    Hoy en día, el rechazo de la debilidad se está aceptando y ejerciendo en una escala sin precedentes. Para los médicos y enfermeras que administran cuidados paliativos, su trabajo consiste en cuidar de gentes en el grado extremo de debilidad. (El respeto médico por el paciente ha de se proporcionado a la debilidad de éste).

  • El carácter limitado de las intervenciones médicas agresivas: hemos de tener presente que hay límites éticos que no debemos sobrepasar, porque nuestras acciones serían inútiles y dañosas. Dos cosas son necesarias para esto:

    • La primera es tener una idea precisa de que a pesar de su agresividad y eficacia, llega un momento en que nuestros recursos y actuaciones son inoperantes.

    • La segunda es comprender que el abandono del paciente no es una respuesta ética a la situación terminal; pero si lo es a la atención paliativa.

  • La atención paliativa, vacuna contra la eutanasia:

  • Los cuidados paliativos encierran una ética de gran densidad. Se puede decir que los cuidados paliativos constituyen el antídoto frente a la tentación de la eutanasia.

    6.- ORTOTANASIA: UN ENFOQUE DE ATENCIÓN AL NIÑO CON ENFERMEDAD TERMINAL

    Introducción:

    El asombroso avance que la ciencia médica ha logrado en las últimas décadas ha permitido brindar la esperanza de prolongar la vida a muchos enfermos, pero ha dado origen a múltiples situaciones que confrontan los valores morales; una de esas situaciones concierne a los pacientes con enfermedad en fase terminal, en quienes la finalidad del tratamiento consiste en ayudar al enfermo a vivir de un modo aceptable y con la mayor calidad de vida posible.

    Calidad de vida: se considera como las mejores condiciones que puedan proveerse en cada niño.

    El enfoque dominante de la atención en medicina moderna es el biomédico u organicista, que asume que la enfermedad es el resultado de una alteración biológica.

    Otra parte de este enfoque es el aspecto curativo en el que los esfuerzos de los médicos están encaminados a la curación de las enfermedades y restablecimiento de la salud, pero un porcentaje cada vez más elevado de niños cursan con procedimientos agudos o crónicos, tales que la curación no es posible; en esta situación la razón de preocupación es la eutanasia, que para muchas personas se está convirtiendo en la solución para los enfermos terminales, ésta es tolerada desde hace muchos años en Holanda y ha sido recientemente legalizada en Australia.

    La respuesta a este gran desafío lo ofrecen los cuidados paliativos que no intentan prolongar una vida que se agota, pero tampoco acortarla; sólo destinados a mejorar la calidad de vida mientras sea posible, y al apoyo a los familiares.

    Conceptos:

    Enfermo en estado terminal: Algunos autores lo definen como “el paciente que cursa con un proceso patológico agudo, subagudo, o más habitualmente crónico, evolutivo, no resolutivo y sujeto sólo a manejo paliativo”.

    Para el Manual de Ética del American College of Phisicians es “el paciente cuya condición se cataloga como irreversible, independientemente que reciban o no tratamiento y que muy probablemente morirá en un periodo de 3-6 meses.

    Pero La Sociedad Española de Cuidados Paliativos lo define como aquella en la que existe una enfermedad avanzada, incurable, progresiva, sin posibilidades razonables de respuesta al tratamiento específico; que provoca problemas como síntomas intensos, multifactoriales y cambiantes, un gran impacto emocional de enfermos, familias y personal de salud, con un pronóstico de vida generalmente inferior a 6 meses.

    Hay ejemplos como:

    • El caso de Gonzalez-Baron y colaboradores, que consideran la fase terminal en los pacientes oncológicos cuando la expectativa de vida es menor a 2 meses.

    • Otro es el de El Departamento de Oncología del Instituto Nacional de Pediatría que considera fase terminal en un niño con leucemia cuando tiene 3 o más recaídas.

    Medidas ordinarias o proporcionadas

    Son todas las intervenciones para diagnóstico y/o tratamiento que se aplican a un paciente con posibilidades definidas de curación o recuperación; se deben incluir a los niños con cáncer y otras enfermedades y expectativa de vida de varios meses o años.

    Medidas extraordinarias o desproporcionadas

    Corresponden a las medidas para diagnóstico y/o tratamiento que, al aplicarlas a un paciente sin posibilidad definida de recuperación sólo consiguen prolongar el proceso de morir por horas, días o pocas semanas.

    Ejemplos:

    • La ventilación mecánica, es un ejemplo de medida ordinaria para recién nacidos con enfermedad de membrana hialina, pero hace 25 años era considerada como extraordinaria.

    Otros ejemplos de medidas extraordinarias son:

  • Corrección de hiperkalemia en un niño con enfermedad terminal con diálisis peritoneal.

  • Colocación de un ventilador mecánico a un niño en fase terminal y con insuficiencia respiratoria.

  • Realizar gasometrías u otros exámenes sólo con fines académicos.

  • Utilizar inotrópicos en el niño agónico.

  • Atención del niño con enfermedad terminal

    En el caso de niños con enfermedad en fase terminal, el equipo de salud deberá limitarse a aliviar los dolores físicos y morales del paciente; a mantenerlo confortable, limpio, sin aromas desagradables; a tratar su angustia y evitar que se sienta solo o abandonado; a favorecer o permitir los juegos o distracciones de su preferencia y a permitir la cercanía y apoyo total de sus padres, familiares y de manera muy importante de sus amigos o compañeros de escuelas; todo ello con finalidad de mantener en lo posible calidad en su vida y asimismo, deberá evitar emprender medidas terapéuticas inútiles y obstinadas.

    7.- LA TERAPIA ANTIÁLGICA COMO FACTOR QUE ANULA LA EUTANASIA

    Según JOHN BONICA, fundador y pionero de las Unidades del dolor, las directrices de la terapia contra el dolor han de responder a dos objetivos: modificar la percepción o modificar la reacción.

    Para lógralo, el algógolo ha de atenerse a la anamnesis esmerada, el diagnóstico exacto, la vinculación psicológica, el dominio de las técnicas y la elección de la menos perjudicial.

    La terapia antiálgica es la suma de intervenciones destinadas a la supresión, atenuación e incluso cambio de percepción de las sensaciones dolorosas anormales, mejorando la calidad de vida.

    Los problemas que presentan los síndromes dolorosos han hecho necesaria la creación de unidades especializadas para su estudio y tratamiento, ya que a la consideración vulgarizada del dolor, consecuencia de la enfermedad, ha imperado el reconocimiento del dolor con independencia de la enfermedad que lo genera. Las enfermedades que presentan el complejo síndrome del dolor son, principalmente; el cáncer, las cefaleas, las neuralgias, las metabolicopatias, las neuropatías, las vasculopatias y algunos postoperatorios muy específicos.

    La medicina es capaz de controlar el dolor en el 95% de los casos con métodos que anulan totalmente el argumento más importante de los defensores de la eutanasia activa.

    Según la Sociedad Española de Ciudadanos Paliativos, situación terminal es aquella en la que existe una enfermedad avanzada, incurable, progresiva, sin posibilidades razonables de respuesta al tratamiento especifico, que provoca problemas, como los síntomas intensos, multifactoriales y cambiantes, un gran impacto emocional en los enfermos, familiares y equipos de tratamiento, con un pronostico de vida generalmente inferior a seis meses, en la que existe una gran demanda de atención y en la que el objetivo fundamental consiste en la proporción del confort y la calidad de vida del enfermo y de su familia, basada en el control de los síntomas, el soporte emocional y la comunicación.

    Actualmente, a la utilización de las drogas analgésicas hay que añadir los agentes coadyuvantes, que vienen a neutralizar o paliar los efectos psicológicos y físicos añadidos a los cuadros de dolor. Así, contamos con ansioliticos, antidepresivos, hipnóticos, antiflogísticos, laxantes, neuropáticos, corticoides y anticonvulsivantes, entre otros.

    Las técnicas a utilizar comienzan por las farmacológicas, siguiendo las recomendaciones de la OMS, que recomienda comenzar por las analgésicos menores y terminar con los mayores.

    Los analgésicos no narcóticos AINES son drogas de acción periférica, cuyo mecanismo se centra en la inhibición de las enzimas claves en la biosíntesis de los mediadores del proceso inflamatorio, prostaglandinas, por lo que junto a su acción analgésica, se presentan como antipiréticos y antiinflamatorios.

    Los factores de riesgo de los AINES se deben a la dosis, duración del tratamiento, al preparado, edad, sexo, predisposición genética y a la hipoproteinemia.

    La siguiente fase del tratamiento del dolor pasa por los bloqueos anestésicos y neurolíticos por vía subaracnoidea, epidural, paravertebral, troncular y local. Ciertos dolores requieren procedimientos quirúrgicos o neuroquirúrgicos o radioterapia.

    También se utiliza la acupuntura y electroacupuntura, mesoterapia, tratamiento muscular.

    Entre la terapia física esta la termoterapia exógena por calor, con transmisión y contacto directo de aplicación superficial con acción antiálgica y antiinflamatorios por calor húmedo o rayos infrarrojos; o la termoterapia endógena, que produce disminución en la tendencia a producir edemas y un efecto anestésico de la sensibilidad cutánea.

    La electroterapia con iontoforesis permite introducir medicamentos a través de la piel, sin necesidad de aguja.

    Con la iontoforesis, los iones se pueden transportar a través de la piel mediante una corriente eléctrica, la energía mecánica por infrasonidos o ultrasonidos, las radiaciones con magnetoterapia o laserterapia, la masajeterapia.

    Por el componente psíquico del dolor se emplea la psicoterapia con métodos racionales de psicoanálisis, técnicas de grupo y métodos sugestivos de hipnosis, meditación y biofeedback. A la terapia antiálgica se unen en determinadas circunstancias los cuidados paliativos cuyo objeto es obtener el máximo grado posible de calidad de vida mientras exista. Las decisiones más importantes a tener en cuenta en los cuidados paliativos son: aspectos morales, tratamiento, relación medico-paciente, comunicación médico-familia, efectos legales, aspectos emotivos y psicológicos, control de los sistemas complementarios, rehabilitación, nutrición y asistencia domiciliaria u hospitalaria.

    Podemos comprobar, que la terapia antiálgica es lo suficientemente rica en posibilidades para garantizar la analgesia al enfermo con dolor, por muy intenso que sea.

    8.- EUTANASIA Y NATURALEZA HUMANA

    Cuando se plantea el debate sobre la eutanasia, casi todos los argumentos suelen discurrir sobre dos ejes fundamentales:

    • El derecho a una muerte digna.

    • La capacidad del profesional sanitario para acortar o alargar la vida.

    Se suele dejar de lado algo fundamental que no lo podemos obviar y es el significado, el valor que le damos, lo que entendemos por naturaleza humana.

    ¿En qué consiste en realidad esa vida que el médico jura preservar, ¿se extiende la dignidad de lo humano hasta el último residuo vital, o por el contrario, se pierde antes?.

    ¿Acaso no puede ocurrir que el esfuerzo por curar y cuidar se convierta en algo absurdo si terminan por producir un efecto contrario a lo que se había propuesto?

    Dependiendo de cual sea nuestra adscripción en la determinación de la naturaleza humana, así serán las decisiones que adoptemos en las situaciones de terminalidad de los pacientes.

    Nosotros entendemos que la vida, la vida humana de calidad requiere tener unas características:

    • Que el individuo sea capaz de sostener su propia experiencia vital y asumir sus propios actos.

    • Que mantenga su capacidad de relación con los demás.

    Por lo que, siguiendo el principio de calidad, habría que mantener aquella vida sólo cuando cumpla los requisitos antes señalados, es decir, cuando el sujeto se encuentre en una situación de dominio o control de su experiencia vital.

    9.- LA EUTANASIA. UNA REFLEXION ANTROPOLOGICA

    El respeto a la libertad individual y la necesidad de no “ imponer “ a nadie las propias convicciones acerca de la vida buena, etc., llevan a muchos a la afirmación de un supuesto derecho a la “ muerte digna “.

    No se trataría de otra cosa que trasladar, a la última etapa de la vida, los grandes principios de la libertad, la igualdad y la fraternidad.

    Parece que no cabe objetar nada a esto, máximo si se da la condición de que el interesado lo solicite después de un examen ponderado de las circunstancias y tras haber llegado a la convicción de que su vida ya no merece ser vivida.

    Carecería de contenido humano aquella vida sobre la que ya no se puede ya tener iniciativa.

    A su vez sin libertad plena, no habría dignidad. En determinados casos de enfermedades irreversibles, en los que el nivel de calidad de vida no supera unos mínimos deseables, el médico debería ser un instrumento de la voluntad de paciente, para asistirlo en su decisión.

    La muerte, en fin, es inevitable, pero sí es evitable el sufrimiento y debería estar al arbitrio de cada cual, el decidir sufrir más o menos.

    Este concepto de la libertad humana responde a las exigencias de un discurso más retórico, que teórico.

    Un pleno dominio sobre sí, es una ilusión de libertad, poéticamente posible, pero no la realidad de la que tenemos experiencia.

    Vivimos nuestra libertad como algo esencialmente limitado, primero por el derecho de que ninguno hemos elegido libremente ser libres, ni tampoco, yendo más atrás, ser.

    En segundo lugar, porque nuestro ejercicio actual de la libertad implica una determinación hacia algo concreto, lo cual implica la imposibilidad práctica de elegirlo todo.

    Ciertamente, se trata de una determinación peculiar: una autodeterminación, en la que la propia voluntad es lo que se dirige hacia algo que la inteligencia presenta como bueno y practicable, y ello supone una indeterminación extrínseca, previa al acto de elegir.

    Pero el acto de elegir la opción, que es donde la libertad alcanza el grado de realidad, implica superar esa indeterminación previa, que es un nivel meramente potencial de libertad, ( es más una condición de la libertad electiva que el acto mismo de la elección libre ).

    En tercer término, tenemos amplia experiencia del influjo que sobre nosotros tienen opciones que hacen otras personas, y no solo en los primeros años de la vida, sino a lo largo de todo su curso.

    Que la libertad humana no sea absoluta, no significa que el hombre no es libre en absoluto.

    Significa que esa libertad tiene limites. La indeterminación y la espontaneidad son acepciones puramente “ metafóricas “ de la libertad, con las que esta no deber ser confundida.

    Si la libertad humana no es absoluta es porque el ser humano tampoco lo es, y en consecuencia, no está en su mano el disponer absolutamente de su vida, ni decidir el final de ésta, entre otras razones porque dicho final lo es sólo en sentido biológico.

    La iniciativa que tenemos sobre nosotros mismos es fundamento indudable de una peculiar dignidad en el ser humano, pero dicho fundamento no es estrictamente último, monta a su vez sobre el hecho de que hemos sido creados, de que hemos sido traídos a la realidad, y a la realidad humana, no precisamente merced a una iniciativa nuestra.

    Por tanto, lo que radicalmente somos, es administradores de un don. Todo esto afecta profundamente a nuestra vivencia de la libertad. Es mejor ser libre que tener libertad ( si bien ello no significa que tenerla sea desdeñable ).

    El sufrimiento humano, al igual que la muerte, es una realidad profundamente antropológico.

    La reivindicación del supuesto derecho a una “ muerte digna “, solo puede entenderse en una cultura que ha hecho del bienestar, un valor absoluto y que, por tanto, lo identifica con la felicidad.

    10.- LA EUTANASIA DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL PERSONAL SANITARIO

    Se ha realizado una encuesta a todos los médicos y A.T.S. colegiados en Valladolid en el mes de enero del pasado año ( 3841 personas) y a una serie de estudiantes de sexto curso de Medicina ( 118 personas).

    Se les dio una encuesta formada por 60 variables acerca de la muerte, la eutanasia y el enfermo terminal. Los datos que nos interesan son los referentes a la eutanasia y son aquellos en los que nos centramos.

    La muestra está formada por las siguientes personas:

    • 422 médicos que suponen una muestra representativa de médicos.

    • 423 A.T.S. que suponen también una muestra representativa.

    • 118 alumnos de sexto curso de la Facultad de Medicina.

    Los médicos y A.T.S. encuestados tienen características similares a las de la población.

    Había un mismo porcentaje de mujeres que de hombres con mayor predominancia de las primeras en el grupo de A.T.S.

    Se ha obtenido respuesta de los profesionales de menos de 40 años en mayor medida.

    Porcentualmente los que más responden son los especialistas en Medicina Interna y medicina Intensiva. En cambio las especialidades Médico - quirúrgicas registran menor representación.

    Método

    Como instrumento se utiliza una escala la cual se envió por correo en forma de encuesta a todos los médicos y A.T.S. de la provincia de Valladolid y a los estudiantes de Medicina.

    Para favorecer la participación se envió una carta explicativa donde es indicaba qué es la encuesta, sus objetivos y las condiciones para responder; todo ello de manera completamente anónima.

    Los encuestados debían mandar el cuestionario al Departamento de Medicina de la Facultad con un sello franqueado para evitar molestias que dificultaran la participación.

    El método usado en la escala es el método de Likert que consiste en una serie de afirmaciones sencillas con una escala que graduaba desde el “muy en desacuerdo” hasta “ muy de acuerdo”.

    Para comprobar que las preguntas han sido comprendidas, poder introducir sugerencias y realizar modificaciones se hizo una encuesta aleatoria con 50 médicos, 50 A.T.S. y 50 alumnos: para ello se cambió el orden de algunas variables , se incluyeron tres preguntas sobre el tratamiento del dolor y se eliminaron ocho preguntas de la muerte.

    Resultados y Discusión

    El 93 % de los encuestados se manifestaron favorables a la utilización de fármacos para aliviar el dolor, aunque ello pueda producir secundariamente un cierto acortamiento de la vida ( impropiamente llamada eutanasia indirecta).

    A continuación se da la opinión de varios autores:

    VEGA VEGA ( 1989) encontró que a mayoría de los encuestados se manifiestan a favor de tratar el dolor aunque el paciente pierda la conciencia, se le acorte la vida o no lo solicite.

    PACHECO ( 1988) encontró que, frente a la eutanasia indirecta, están de acuerdo el 96.3 % de los médicos , el 80.8% de A.T.S. y el 82.3 % de estudiantes.

    Al 80.3 % de los médicos les resulta aceptable la omisión de medios extraordinarios o desproporcionados para prolongar artificialmente la vida de un enfermo terminal (adistanasia).Lo mismo piensan el 75.5% de las enfermeras y el 69.5% de estudiantes.

    0La mayor parte de los que están a favor de la administración de fármacos para aliviar el dolor de un enfermo terminal está también a favor de la omisión de medios extraordinarios para mantener artificialmente en vida a un paciente terminal.

    En el estudio de PACHECO sobre la distanasia se muestran de acuerdo la mayoría de los encuestados , siendo los estudiantes los que menos lo están.

    PAMBLANCO ( 1988) encontró que la omisión de cuidados excepcionales para alargar la vida de un enfermo no es válida para el 16.3% de los encuestados.

    VEGA VEGA (1989) encuentra que, respecto a la utilización de medios extraordinarios en un enfermo terminal, consciente o en estado de coma, sólo el 16 % de los encuestados se manifiestan de acuerdo con su empleo.

    No es eutanasia ninguna de las dos prácticas señaladas anteriormente , ante las que está de acuerdo el la gran mayoría de los médicos y A.T.S., lo están algo menos los estudiantes, quizá por su falta de experiencia con enfermos terminales.

    “ Eutanasia” no es desconectar todos los medios artificiales de mantenimiento de la vida cuando existe muerte encefálica ( ausencia de respiración espontánea, EEG durante 30 minutos repetido seis horas después) como en el caso de los transplantes de órganos , pues existe una muerte clínica , aunque haya una vida biológica.

    El 78.9% de los médicos y el 75.9% de las enfermeras se manifiesta desfavorable a la eutanasia pasiva. Tampoco les parece aceptable al 87.3% de los estudiantes, existiendo diferencias significativas entre de estos y las de los otros dos grupos.

    Aunque la mayoría no está a favor de la eutanasia pasiva, a medida que la creencia en otra vida de los encuestados es menor, más a favor de la eutanasia pasiva están.

    Cuanto más de acuerdo están los médicos y A.T.S. en que sus convicciones religiosas les ayudarán a aceptar mejor los sufrimientos de una enfermedad mortal, menos favorables son a la eutanasia pasiva.

    Puede ser que los estudiantes estén menos de acuerdo con el personal sanitario acerca de la eutanasia pasiva porque conocen mejor el verdadero significado de ésta ya que lo han aprendido en sexto curso. El significado real de la eutanasia es la eliminación deliberada de la vida humana con medios de apariencia médica.

    En una encuesta realizada por el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona ( 1989) la gran mayoría de los colegiados se manifiestan a favor de la eutanasia pasiva, entendiendo por esta las tres situaciones siguientes:

  • No comenzar o parar un tratamiento cuando el enfermo lo pida de una forma seria o explícita.

  • No comenzar o parar un tratamiento cuando su inicio o continuación no tenga sentido de acuerdo con los criterios médicos disponibles en la actualidad.

  • Comenzar un tratamiento que es necesario y que por su naturaleza está dirigido a mitigar el sufrimiento grave de un enfermo , incluso si su muerte es o puede ser probablemente acelerada como una consecuencia de ese tratamiento.

  • Dentro del término “ eutanasia pasiva” se han considerado tres supuestos que no lo son:

    • La situación 3 es poco frecuente hoy en día: las técnicas disponibles para mitigar el sufrimiento, si se emplean con pericia, raramente conducen a graves deterioros.

    • La situación 2 consiste en negarse al “ensañamiento terapéutico”. Esta negación a los abusos técnicos innecesarios, son legales y deontológica (lo mismo que el caso tres).

    • La situación 1 abarca al enfermo que ve con claridad que está muriendo y se despide del médico o no lo requiere al llegar al empeoramiento de su enfermedad y al enfermo que, por ejemplo, pide el alta voluntaria teniendo el deber de cuidar de su salud. El médico actúa correctamente en ambos casos: en el primero porque le concede a al muerte el lugar que le corresponde y en el segundo porque no puede actuar contra la voluntad del enfermo a no ser que sea un enfermo psiquiátrico.

    Lo que tradicionalmente se ha denominado “eutanasia pasiva” es la omisión de medios ordinarios con el objeto de suprimir la vida del enfermo.

    Respecto a la eutanasia activa (muerte deliberada de un paciente mediante la administración de un fármaco mortal), la gran mayoría de los encuestados no está de acuerdo.

    En la encuesta del Colegio de Médicos de Barcelona, los médicos favorables a la eutanasia activa no supera el 10 % . La diferencia entre Barcelona y Valladolid puede ser que en el primer caso se haya realizado la encuesta a través de entrevistas personales.

    WILLIAMS observó que el 15 % de los médicos eran partidarios de la eutanasia activa.

    Para PAMBLANCO el 8.6 % de los encuestados se declararon partidarios de la eutanasia activa.

    VEGA VEGA encuentra que el 10 % de los encuestados se manifiesta totalmente de acuerdo con la eutanasia activa. Entre los partidarios de ésta el 71% cree que debe ser solicitada por el propio enfermo.

    En ambos estudios se cree que es más favorable la aplicación de la eutanasia activa voluntaria que a petición de la familia.

    En la encuesta de Barcelona destaca la petición casi unánime (96%) de la objeción de conciencia para los legislativos en caso de que se legislara la eutanasia.

    Se ha comprobado que el sexo no influye en las actitudes ante la eutanasia y sí hay una relación con la edad.

    La casi totalidad de las enfermeras que piensan que la terapia del dolor está al alcance de los pacientes, no está a favor de la práctica de la eutanasia activa.

    La gran mayoría de los profesionales médicos, A.T.S. y estudiantes que no son partidarios de la eutanasia activa tampoco lo son de la pasiva.

    Respecto a la eutanasia eugenésica y social , eliminación de vidas inútiles para la sociedad, casi todos los individuos se manifiestan en contra. Y la mayoría del personal que no está de acuerdo con esta forma de eutanasia tampoco lo está de la eutanasia pasiva. Y lo mismo ocurre con la eutanasia activa en pacientes moribundos.

    De todos maneras, los encuestados señalan que no consideran que existan vidas inútiles.

    Si se legalizara la eutanasia se podría llegar a un proceso progresivo de degeneración como ocurre en la India con el problema del aborto, que ha llevado a que se realice el aborto dependiendo del sexo del feto.

    Si se legalizara la eutanasia se podrían realizar todo tipo de abusos. El hecho de morir es complejo y en él inciden diferentes circunstancias. Además en algunos casos tras la muerte de una persona puede haber intereses económicos, que podrían provocar gran número de abusos.

    Es muy grande el peligro de pasar de la eutanasia aplicada a personas que la solicitan, a la impuesta a enfermos inconscientes. Hay que resaltar que los mayores esfuerzos para legalizar la eutanasia se llevan a cabo en países desarrollados técnicamente donde hay un gran envejecimiento de la población, no se integran socialmente y ello es un precedente de la muerte física.

    En ningún país se ha legalizado aún.( caso especial de los Países Bajos).

    Sobre qué entienden los médicos y enfermeras acerca de morir con dignidad se suele asociar la “muerte digna” a morir sin dolor, rodeado de los familiares y sin exceso de intervencionismo exterior( DOMINGUEZ Y URRACA).

    En la encuesta hecha en Valladolid el concepto de “muerte digna” es morir rodeado del cariño y apoyo de los seres queridos, eliminando dolores y sufrimientos en la medida de lo posible sin manipulaciones médicas innecesarias aceptando la muerte con serenidad con apoyo espiritual si se desea.

    Existen unas treinta sociedades de eutanasia voluntaria en todo el mundo. Para sus miembros la eutanasia es el derecho a una muerte digna, derecho a elegir la propia muerte, derecho a la ayuda de un médico para morir…

    La casi totalidad de los encuestados consideran importante el estudio de los aspectos éticos de la atención médica de los enfermos terminales y de otros aspectos de ética médica en la carrera.

    ADAMI y cols. (1989) muestran que el 715 de los encuestados responden que la ética en la práctica del médico de familia es tan importante como la competencia profesional; el 26 % opina que la importancia es mayor. El 97% le dan una importancia central a la ética en la práctica médica. Estos resultados muestran que el personal sanitario no tiene una posición tecnicista y muestra gran preocupación por la persona.

    11.- EUTANASIA: RELEVANCIA JURIDICO-PENAL DEL CONSENTIMIENTO

    La eutanasia, en si, es equivalente a hablar de muerte voluntaria. Esto implica la existencia del consentimiento por parte del sujeto solicitante de la misma.

    En el marco del Derecho Penal, el consentimiento, a la hora de hablar de Eutanasia, constituye un caso especial dentro de las causas de justificación de la misma al no estar recogido en calidad de tal en el articulo 8 del Código Penal.

    Al analizar la relevancia jurídico-penal que pudiera tener el consentimiento en los casos de eutanasia , nos encontramos con varios problemas:

  • No existe un delito de eutanasia tipificado como tal en nuestro actual código. Es tan sólo el Código Penal de 1.928 en su articulo 517, el que permitía al Tribunal rebajar la pena “ a su prudente arbitrio “ en ciertos supuestos de auxilio ejecutivo al suicidio.

  • No existe jurisprudencia española a la cual nos podamos referir para conocer el tratamiento que se ha hecho en los casos en los que se plantea el consentimiento como justificación de la eutanasia.

  • El Código Penal español no cuenta con una regulación del consentimiento de carácter general, con lo que no existen criterios fijos para medir el alcance y la validez del mismo

  • Aunque si podemos afirmar que lo único que está claro es que el único factor con posibilidades reales de atenuación de la pena, a la hora de juzgar los casos de eutanasia, es el consentimiento, ya que, sin la presencia del mismo estaríamos ante delitos más graves como el homicidio, asesinato o parricidio.

  • Régimen jurídico de la eutanasia en el actual código penal.

  • La normativa existente, desde el punto de vista penal, en nuestro país puede “acoger“ los supuestos eutanásicos aun no existiendo un delito tipificado como tal.

    En relación con la eutanasia, el principal articulo que se estudia es el 409, ubicado en el Capitulo I - “Del homicidio“ - del Titulo VIII - “Delitos contra las personas“-. La eutanasia se trata, por tanto, de un delito contra la vida. El articulo 409 dice: “El que prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide será castigado con la pena de Prisión Mayor, si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, será castigado con la pena de Reclusión menor.“

    Pero si tenemos en cuenta el articulo 407 que establece: “ El que matare a otro será castigado, como homicida, con la pena de Reclusión menor “, vemos que la sanción asignada al homicidio común coincide con la impuesta en el articulo 409 para los casos de eutanasia o de inducción al suicidio.

    Esto induce a pensar que dado el punto de vista legislativo, la relevancia del consentimiento es nula, y el homicidio consentido queda equiparado al homicidio común, si privilegio atenuatorio alguno.

  • Relevancia jurídico-penal del consentimiento en los casos de eutanasia.

  • La doctrina española se ha manifestado en relación a la validez del consentimiento como factor justificador de las acciones eutanásicas y analizando el articulo 409 del Código Penal, proponen distintas regulaciones, es decir, dan al consentimiento diferente relevancia y consideración. Aunque, por norma general, no se suele admitir el consentimiento como justificación de la eutanasia.

    Así, en una postura extrema, se encuentran Cobo y Carbonell, quienes no consideran punible el homicidio cuando conste fehacientemente el consentimiento de la víctima. Pero esta propuesta es considerada una utopía , ya que legitimaría un derecho al suicidio.

    Por otro lado está Romeo Casabona, quien establece que el consentimiento del interesado no es suficiente para fundamentar la licitud de la conducta en la eutanasia, aunque si tiene efectos atenuatorios que afectan a la menor gravedad de lo ilícito, pero la eutanasia siempre permanecería como un hecho antijurídico.

  • El proyecto de nuevo Código Penal de 1.992.

  • La modificación que ha sufrido el articulo 409, en el Proyecto de Código Penal de 1.992, en el articulo 149, en la parte que afecta a la eutanasia, queda como sigue:

    “El que causare o cooperare activamente con actos necesarios a la muerte de otro, por la petición expresa y sería de éste , en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a la muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a los señalados en los números 2 y 3 de este articulo“.

    La pena sería la inferior en uno o dos grados a la del homicidio consentido (6 a 10 años) o a la de la cooperación con actos necesarios en el suicidio de una persona (2 a 5 años).

    Con esta regulación se sigue manteniendo punible la cooperación, en cualquiera de sus formas, en la muerte de una persona que así lo requiera.

    12.- INEXISTENCIA DE UN DERECHO A LA EUTANASIA EN EL ORDEN JURIDICO ESPAÑOL.

    Por eutanasia entendemos, jurídicamente, toda acción u omisión que procura directa o activamente la muerte del enfermo.

    El articulo 15 de la Constitución establece que todos tienen derecho a la vida y esta fuera de discusión que en ese “todos” están incluidos todos los hombres sin distinción alguna.

    Dando por supuesto que el ser humano en las ultimas fases de su vida, cuando se acerca la muerte, esta incluido en él “todos”, sigue teniendo derecho a la vida.

    Es evidente que la relevancia penal de una conducta que causa la muerte ajena no es igual si media el previo consentimiento del enfermo terminal, por lo que el tratamiento penal puede ser distinto para cada una de las posibles modalidades de la eutanasia, pero siempre habrá de ser configurada como delito.

    Hay que hacer una distinción importante entre los derechos que son garantías de libertad frente al Estado, como es el derecho a la vida y el derecho a la propiedad.

    El consentimiento no legitima el homicidio ni la ayuda a quien por si se da la muerte y seria inútil invocarlo en el exterminio de las vidas atormentadas, porque precisamente el Estado, en virtud de la garantía constitucional esta obligado a proteger la vida humana con independencia de la voluntad de vivir o morir que tenga el ser vivo.

    Por el contrario el derecho de propiedad confiere a su titular una potestad de decidir sobre aquello que posee en cuanto a mantener la propiedad, a abandonarla, destruirla...

    Existe un derecho a la vida que es ejercitable, por quien tiene tal derecho, frente al Estado y frente a los demás ciudadanos, pero que no determina el derecho a disponer de la propia vida.

    Desde un punto de vista filosófico se afirma: “todos los hombres deben ser respetados y tratados por igual aun en el caso de explícitamente renuncien a ello.

    La prioridad de la justicia sobre la autonomía es tal que nadie puede hacer daño a los demás, incluso en el caso de que así lo pidan.

    No estamos obligados a hacer el bien a una persona en contra de su voluntad, pero sí debemos no hacerle mal aunque él se oponga a ello.

    La justicia es inseparable de la no maleficencia, del mismo modo que la autonomía lo es de la beneficencia.

    Lo que esto quiere expresar es que la idea de justicia (“dar a cada uno lo suyo”) esta por encima de la propia libertad de los ciudadanos para renunciar a lo suyo, es decir, yo debo dar a otro lo que este se merece; en el caso del derecho a la vida, los medios necesarios para mantenerse en vida, incluso aunque él no quiera.

    En el Código penal español se considera delito, articulo 409, el auxilio o inducción al suicidio, al que corresponde una pena, en el texto en vigor actualmente, de prisión mayor (de 6 años y un día a 12 años) si se ejecuta la muerte.

    El anteproyecto de Código penal de 1984 mantiene en un nuevo articulo que ahora pasa a ser el 144, el tipo delictivo del auxilio o inducción al suicidio, aunque gradúa la pena, no en base a los criterios del Código penal en vigor en estos momentos, sino en base al criterio de si la colaboración es necesaria o no.

    En la ultima reforma de 1989, este articulo no se modifico, en estos momentos quien se niegue a prestar la colaboración necesaria para mantener en vida a una persona en peligro de muerte comete un delito, el de omisión del socorro debido, aunque se trate de un suicida.

    La idea de fondo que late en la configuración constitucional del derecho a la vida, es considerar a este como garantía frente a la intervención ajena, como un derecho a que la propia vida no sea eliminada ni por el estado ni por terceros agentes ciudadanos, pero no configura, no crea, un derecho a la libre disposición sobre la propia vida.

    13.- REFLEXIONES EN TORNO A LA REGULACIÓN LEGAL DE LAS CONDUCTAS EUTANÁSICAS

    Partiendo de que: “Nadie puede acabar con la vida de otro, aunque ese otro quiera que acaben con su existencia”.

    Surge un tema polémico: la eutanasia. Nuestro Código Penal no regula directamente la eutanasia, sin embargo este aspecto encajaría perfectamente en el artículo 409:

    "El que prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide será castigado con la pena de prisión mayor; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar el mismo la muerte, será castigado con la pena de reclusión menor".

    Del análisis de este artículo se desprende que son tres las figuras que entra a regular:

  • La inducción al suicidio.

  • El auxilio al suicidio.

  • El auxilio ejecutivo al suicidio.

  • La inducción al suicidio: Difícilmente puede sancionarse al inductor de la eutanasia, es decir, si el resultado perseguido (la muerte) se ha producido, ¿cómo probar que fueron las palabras, los gestos, o los hechos del inductor los que motivaron la misma?

  • El auxilio al suicidio: Se entiende por tal aquella conducta activa y omisiva que tiene por resultado la muerte del sujeto pasivo. Un ejemplo de esta conducta sería la de aquel personal sanitario que conociendo y aceptando las intenciones suicidas del enfermo terminal y queriendo la producción del resultado, deja a su alcance una sustancia que usada inadecuadamente puede provocar la muerte.

  • La muerte no se provoca directamente por el sujeto activo, sino que este se convierte en instrumento necesario para que esta se produzca. Es decir, sin su participación el paciente no podría llevar a cabo su propia muerte.

  • El auxilio ejecutivo al suicidio: En el auxilio ejecutivo al suicidio, la participación del sujeto activo llega hasta el punto de cometer por sí mismo el suicidio de otro. En este supuesto, es necesario que el paciente desee su muerte, ya que en otro caso estaríamos ante un homicidio.

  • En cualquier caso, es necesario destacar que lo que se está penalizando es la participación de un tercero en la muerte de un sujeto que la desea, es decir, no se penalizan las conductas suicidas puesto que se ha entendido que cada cual puede disponer de la propia vida, pero lo que no puede es recibir la cooperación de otros para acabar con ella.

    El código penal, en su reforma del 89, no quiso entrar a regular directamente la eutanasia, entre otras cosas por lo muy dividida que se encontraba la opinión popular y lo difícil que resultaba obtener una regulación que diera satisfacción a todas las demandas.

    Tampoco el anteproyecto menciona el término eutanasia, pero sí regula la conducta eutanásica estableciendo que:

    "El que causare o cooperare activamente con actos necesarios a la muerte de otro, por la petición expresa y seria de este, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes o difíciles de soportar será castigado con pena de prisión de 6 meses a tres años".

    Parece haber sido elaborado para que no quedaran cabos sueltos, resultando los siguientes aspectos:

    • Se penalizan tanto la acción directa como la cooperación, siendo necesario que esta sea activa. Faltaría definir exactamente qué cualidad ha de tener la conducta para ser considerada activa.

    • Se necesita la expresa y seria petición de la víctima. Para ello el sujeto ha de estar en pleno dominio de sus facultades y emociones, lo cual es bastante difícil cuando uno se enfrenta a la realidad de su propia muerte o dolor.

    • Es necesario que la víctima sufra una enfermedad grave que le conduzca necesariamente a la muerte. Sabemos de la existencia de multitud de enfermedades que hoy afectan a nuestra población y que conducen inevitablemente a la muerte, lo que no sabemos es en que plazo se ha de producir esta.

    • En cuanto a los padecimientos, estos han de ser permanentes o difíciles de soportar. Esta cuestión también suscita dudas. Así, en lo que se refiere a la permanencia de los padecimientos, existe un catálogo de patologías que los producen y que podrían tener cabida aquí, pero sin embargo, existen patologías que producen padecimiento permanente y a cuyos enfermos no resulta frecuente escuchar pedir que acaben con su vida.

    Conclusión:

    Con lo expuesto pretendemos hacer ver la dificultad de regular en todos los aspectos una figura como la eutanasia por las peculiaridades que cada caso presenta. Siempre quedarán cuestiones que no han sido tomadas en cuenta por el redactor de la ley.

    En lo que a la pena respecta, mientras que el homicidio o la inducción y auxilio al suicidio tiene penas que oscilan entre los seis años y un día a doce años, en los supuestos más leves, y de doce años y un día a veinte años, en los más graves, la reforma proyectada contempla para las conductas eutanásicas una pena privativa de libertad que oscila entre los seis meses y los tres años.

    14.- EUTANASIA: CONTRA EL QUINTO MANDAMIENTO

    Las personas mayores, más sensibilizadas ante la muerte, son quienes desean más bien asegurarse la opción de la eutanasia, o bien están hondamente preocupados por el riesgo de la terminación involuntaria de la vida.

    Cuando debatimos sobre la eutanasia normalmente llegamos a punto muerto, al no existir un consenso generalizado sobre los términos empleados.

    Por definición, eutanasia significa “acto deliberado de poner fin a la vida de una persona, a solicitud suya, por otra persona”. Generalmente, el motivo es un sufrimiento como resultado de una enfermedad incurable y que se considera insoportable.

    El principal objetivo que persigue la eutanasia es evitar un estadio terminal de la vida marcado por el sufrimiento.

    Otro término relacionada con este tema es el suicidio asistido, que es “la asistencia deliberada, a solicitud suya, en el acto de que una persona ponga fin a su vida”.

    En este caso, el motivo suele ser el deseo de esa persona de no seguir con vida debido a un impedimento físico, un trastorno psiquiátrico u otra desgracia.

    Holanda es uno de los países más avanzados en el tema de la eutanasia. En este país, “poner fin a la vida de una persona enferma sin su conocimiento o voluntad” no se denomina eutanasia, sino que se denomina “acto de poner fin a la vida sin solicitud”.

    Por lo tanto, en Holanda eutanasia “a secas” siempre significa la terminación solicitada de la vida.

    Sin embargo, en Estados Unidos eutanasia “a secas” significa muchas veces poner fin a la vida del enfermo sin su conocimiento y lo que en este país se conoce como eutanasia voluntaria se denomina de Holanda suicidio asistido por un médico.

    Si hablamos de porcentajes a favor y en contra de la eutanasia en diferentes países, tenemos los siguientes resultados:

    • En Holanda:

    • El 12% rechaza la eutanasia en cualquier condición.

    • El 54% practicó la eutanasia por lo menos una vez.

    • El 34% se muestra dispuesto a acceder a la petición de un enfermo de poner fin a su vida.

    • En Bélgica:

    • El 54% de los médicos están a favor de practicar la eutanasia en determinadas circunstancias, al igual que el 72% de los médicos de Luxemburgo.

    • En Australia del Sur:

    • El 45% apoya la legalización de la eutanasia activa en determinadas situaciones.

    • El 19% había llevado a cabo el acto de poner fin a la vida.

    LA LEGISLACIÓN, PRESIONADA

    La legislación existente tiene que ir adaptándose a los cambios sociales, ya que ésta tiene que reflejar las tendencias y los criterios éticos predominantes en la sociedad.

    En Holanda, se mantiene la punibilidad formal de la eutanasia, del suicidio asistido y de la terminación activa de la vida.

    Sin embargo, un médico que haya practicado alguna de estas acciones puede utilizar en su defensa una fórmula de “necesidad” estipulada en el artículo 40 del Código Penal.

    Esta necesidad implica un conflicto de obligaciones, ya que por un lado está la obligación de respetar la vida de acuerdo con la ley vigente y por otro está la obligación de mitigar cuanto se pueda el sufrimiento del enfermo.

    En algunos casos, se sostiene que ésta última obligación sólo se puede cumplir poniendo fin a su vida, por lo que las dos necesidades colisionan.

    Si esta alegación de necesidad prospera se considera que el médico es absuelto ya que se considera que no ha realizado ningún acto ilegal. Para que una alegación de necesidad prospere es necesario que el médico haya observado ciertos requisitos de asistencia debida que se encuentran señalados en un apéndice al artículo 10 del Acta sobre la Disposición de los Fallecidos.

    Entre ellos, el más importante es el de elevar un informe al juez municipal de primera instancia.

    Otro es que en la partida de defunción no le está permitido reflejar que el fallecimiento del enfermo fuera por causas naturales.

    • En Oregón, en un referéndum en 1994, se votó mayoritariamente a favor de legalizar el suicidio asistido por un médico, pero esto todavía no se ha traducido en una modificación legal.

    • En Australia, el 25 de Mayo de 1995, el Parlamento del Territorio del Norte legalizó directamente la eutanasia voluntaria mediante la promulgación del “Acta de los Derechos del Enfermo en Fase Terminal 1995”.

    De acuerdo a esta ley, un enfermo que haya cumplido los 18 años puede solicitar a su médico que acabe con su vida en caso de que sufra una enfermedad terminal que le ocasione un sufrimiento insoportable. (Se define enfermedad terminal como “aquélla que, sin la administración de medios extraordinarios o un tratamiento admisibles para el enfermo, conducirá a muerte ; art4; cfr.art.7).

    La muerte del paciente no se registra como una muerte no-natural. El médico no pondrá fin a la vida del enfermo si él cree que quedan opciones paliativas y el dolor del enfermo puede reducirse a un nivel soportable.

    ¿UN MANDAMIENTO CONTRADICTORIO?

    El Consistorio Extraordinario de Cardenales de 1993 solicitó por unanimidad al Papa que dedicase una encíclica exclusiva al tema de la eutanasia. Esta encíclica fue publicada en marzo de 1995 bajo el título de “Evangelium vitae”.

    En este documento, la eutanasia, el suicidio asistido y la terminación activa de la vida sin solicitud son contemplados como ilícitos en virtud del quinto mandamiento: “No matarás”.

    Ello es expresado ,exactamente, con estas palabras:”...en concordancia con el Magisterio de mis Predecesores y en comunión con los Obispos de la Iglesia Católica ratifico que la eutanasia (- tanto a solicitud del interesado como sin su consentimiento-) constituye una grave violación de la Ley Divina, por cuanto se trata de la muerte deliberada e inadmisible moralmente de una persona humana”.

    El criterio que la Iglesia Católica tiene sobre el respeto a la vida humana puede resultar ilógico, ya que por un lado rechaza el aborto inducido, la eutanasia y el suicidio y por otro no rechaza totalmente la pena de muerte.

    La naturaleza del quinto mandamiento sólo es absoluta cuando se relaciona con los inocentes.

    Por ello, dado que la eutanasia implica la terminación de la vida de un ser humano inocente constituye un mal intrínseco. Sin embargo, esto es debatible, dado que en una situación de eutanasia el móvil es la terminación de una vida calificada de “insoportable”, no la inocencia o culpabilidad del interesado.

    Pero el quinto mandamiento no debe interpretarse como una prohibición puramente negativa únicamente, sino que también tiene un objetivo positivo: proteger la vida humana.

    UN MANDAMIENTO UNIDO A UN COMETIDO

    El “Evangelio de la vida” abarca mucho más que el quinto mandamiento (que sólo da un “mínimum” para los actos morales), ya que significa un cometido que implica la conservación de la vida mediante métodos proporcionados.

    Si esto ya no puede ser llevado a cabo, los médicos, las enfermeras y los familiares harán todo lo que puedan para reducir el sufrimiento del enfermo a dimensiones soportables.

    En los últimos 20 años, a través de nuevas combinaciones de analgésicos, técnicas muy mejoradas de administración del medicamento y la posibilidad de interceptar selectivamente haces de fibras nerviosas sensoriales, se ha conseguido suprimir lo suficiente el dolor. La cirugía, la radioterapia y la quimioterapia llevan, generalmente, a un desarrollo más moderado de la enfermedad que en circunstancias naturales.

    En la actualidad, si no fuera porque el umbral para soportar el dolor y el sufrimiento se determinan, en gran parte, psicológicamente, habría menos razones para considerar la eutanasia. Hoy en día, la capacidad de sufrimiento y de hacer frente a la adversidad se han visto reducidas drásticamente.

    LEGISLACIÓN

    El Territorio del Norte australiano parece haberse puesto a la cabeza en el tema de la eutanasia al legalizarla directamente ,pero en cuanto a la normativa sobre ella sigue siendo Holanda la que fija el rumbo.

    En el Territorio del Norte la eutanasia sólo está legalmente permitida en casos de enfermedad terminal y cuando los cuidados paliativos no dan alivio alguno.

    La normativa holandesa sobre este tema tiene muchas más variedades, pero en la práctica resulta defectuosa, ya que un 75% de los médicos no informan sobre los casos de eutanasia.

    15.- REFLEXIONES ÉTICAS ANTE EL TEMA DE LA EUTANASIA

    La muerte como acto humano necesita de una reflexión ética; pero, ¿Cuales son los problemas ante los que tiene que enfrentarse dicha ética?.

    Desde un punto de vista estrictamente ético la cuestión fundamental es el conflicto de valores morales que subyace a la cuestión de la eutanasia, un conflicto entre el valor de la vida y el valor de morir. ¿Tiene el paciente el derecho a “morir dignamente”, o, por el contrario, la vida es un valor moral que ha de ser respetado por encima de todo?.

    En el fondo, la pregunta fundamental en el tema de la eutanasia es quien es el sujeto de la decisión última sobre terminar con la vida del paciente terminal.

    La postura tomada ante el tema de la eutanasia está también relacionada con nuestra propia posición ante la muerte, hay diversas formas de enfrentarse ante la muerte como por ejemplo eludir la preocupación de la muerte, negarla, “apropiarse” de ella considerándola como uno de los elementos constitutivos de la vida.

    En nuestros días, debido sobre todo a los múltiples avances científico-técnológicos, nos encontramos con un problema ético fundamental: la eutanasia. ¿Hay que respetar la vida a toda costa? ¿el mandato “no matarás” significa “no cometerás crímenes”, o puede ser también aplicable a la eutanasia?.

    Otro gran problema es el de la legislación: la ley debería estar lo suficientemente elaborada como para no dar lugar a dudas y, quizá, exigir un período concreto de prueba antes de tomar una decisión final.

    En un referéndum celebrado en Zurich en 1977, se aprobó una propuesta para modificar la legislación vigente sobre la legalización de la eutanasia de acuerdo con las siguientes condiciones:

  • Que el enfermo sufriese de una enfermedad incurable, dolorosa y mortal

  • Que esta situación fuese certificada por tres médicos

  • Que el enfermo hubiese manifestado ante notario y dos testigos su voluntad de morir

  • Que, después de 72 horas, el enfermo siga manifestando su deseo de morir, teniendo plena facultad para poder tomar esta decisión

  • Que la eutanasia la practicase un médico con diploma federal, siendo otro médico diferente a los antes mencionados.

  • En general, las distintas actitudes que se pueden tomar ante la situación de un enfermo terminal son las siguientes:

  • Creer que la vida es un valor absoluto y que, por tanto, no se puede actuar provocando cualquier acción sobre él.

  • Intentar conservar la vida del enfermo con medios ordinarios, aunque no con medios extraordinarios.

  • Negarse a tratar a un paciente incurable que ha contraído una enfermedad curable, pudiendo acelerar, así, la muerte del paciente.

  • Interrumpir, con el consentimiento del paciente, el tratamiento que se le esté haciendo.

  • Interrumpir, sin el consentimiento del paciente, el tratamiento que se le esté haciendo.

  • Permitir al paciente que tome, si así lo desea, una sobredosis de narcóticos o sedantes.

  • Administrar al paciente, con su consentimiento, una inyección letal.

  • Administrar al paciente, sin su consentimiento una sobredosis.

  • En general, existen dos posturas totalmente irreconciliables respecto a la eutanasia: el biologicismo, que idolatra la vida por encima de cualquier otra consideración y que, por tanto, defendería la lucha por la vida a toda costa, y el elitismo, que distinguiría entre “persona humana real” y “ser sólo biológicamente humano”, lo que llevaría a discutir en qué casos se pueden considerar a ciertos seres “personas reales” o no.

    Esta segunda postura también sería peligrosa, ya que podría conducir a querer quitar la vida a seres que, por el motivo que fuera, pudiesen suponer una carga.

    Entre ambas posturas podría situarse una postura intermedia que consideraría a todo paciente como totalmente humano sin que por ello se pretenda considerar la vida como un valor absoluto e intentar prolongarla bajo cualquier concepto.

    Si después de una deliberación profunda y de un análisis de la situación particular de cada paciente se toma en consideración la eutanasia, habría que tener en cuenta algunos factores, como por ejemplo:

    • Que la decisión no es exclusiva del equipo médico, más aún si la decisión del médico no coincide con la del enfermo. Hay que respetar la decisión del propio enfermo,

    • Que la decisión tampoco ha de ser tomada precipitadamente ya que, antes de caer en coma, el paciente puede estar preparándose psicológicamente para morir,

    • Que el enfermo ya no tenga fuerzas suficientes como para luchar contra la muerte.

    Desde un punto de vista ético, el argumento del respeto a la voluntad del paciente merece ser tomado en consideración, al igual que pueden respetarse las creencias religiosas del paciente en estado terminal.

    Sin embargo, siguiendo el argumento del respeto a la voluntad expresada por el paciente, también hay que tener ciertas garantías de que conocemos realmente dicha voluntad.

    Para ello, hay que tener en cuenta una serie de factores:

    • el paciente que está sufriendo puede atravesar algunas fases de ira o de depresión que le lleven a solicitar la eutanasia en esos momentos

    • el paciente puede estar pidiendo la eutanasia sólo para conseguir terminar con los dolores que está teniendo; quizá si consiguiésemos aliviarle esos dolores no solicitaría la eutanasia

    • en algunos casos la petición de eutanasia puede significar sencillamente que el paciente pide ayuda a la sociedad, para que ésta atienda mejor a los pacientes que estén cercanos a la muerte.

    16.- EUTANASIA: LA EXPERIENCIA HOLANDESA

    En Holanda se define la eutanasia como: la terminación activa de la vida de un paciente a su petición, por un médico.

    Es decir que la petición del paciente se ha hecho parte de la definición de eutanasia.

    Para la realización de la eutanasia, la Real Asociación Médica Holandesa y la Comisión Estatal sobre la eutanasia del gobierno de Holanda han establecido unos criterios que incluyen:

  • La petición explícita y reiterada del paciente que no deje lugar a dudas respecto a su deseo de morir.

  • El sufrimiento mental o físico del paciente debe ser muy severo y sin esperanza de alivio.

  • La decisión del paciente debe ser bien informada, libre y constante.

  • Todas las opciones curativas han sido agotadas o rechazadas por el paciente.

  • Que el médico responsable consulta el caso a otro médico.

  • Se calcula que en Holanda reciben la muerte dulce 5.000 ó 6.000 personas al año.

    En muchos casos la eutanasia no es voluntaria, y a menudo tiene poco de dulce.

    El arma dialéctica utilizada para influir sobre el público, los médicos y los legisladores, a fin de abrir el camino a la legalización de la eutanasia, es el concepto de eutanasia voluntaria.

    Sin embargo, existen graves razones, por las que la civilización occidental rechazó en el pasado la eutanasia voluntaria, y que siguen siendo válidas, tanto en el momento presente como en el futuro.

    La supuesta voluntariedad de la eutanasia es siempre dudosa, y a menudo falsa. En Holanda, los médicos han tratado de coaccionar a los pacientes, las esposas a los maridos y los maridos a las esposas, con el fin de llevar a cabo la eutanasia voluntaria.

    Durante veinte años, la población holandesa ha sido sometida a una insistente propaganda a favor de la muerte, que se ha presentado como un acto valeroso, inteligente y progresista.

    No se han escatimado esfuerzos para convencer a la gente de que eso es lo que deben hacer, lo que la sociedad espera de ellos, lo mejor para ellos mismos y sus familias.

    El resultado es que los ancianos empiezan a considerarse como una carga para la sociedad, y a creer en la obligación de plantearse la posibilidad de la eutanasia o incluso pedirla.

    Recientemente, la Asociación de Pacientes Holandeses presentó al Parlamento documentos que mostraban la fuerte presión a que los enfermos están sometidos por parte de los médicos y de sus familias a la hora de tomar la decisión de pedir la eutanasia.

    Es llamativo que los doctores que practican la eutanasia hayan matado tantos pacientes a petición de los propios interesados, mientras que otros, más tradicionales, todavía no han oído semejante petición de labios de un paciente.

    La eutanasia voluntaria, en contra de lo que creen algunos de sus partidarios, es inseparable de otras formas de eutanasia abiertamente involuntarias. Está muy extendida la práctica de dejar morir intencionadamente a determinadas personas.

    Ese objetivo se logra negando a tales personas tratamientos necesarios para su supervivencia.

    Cada año los médicos dejan morir al menos a 300 recién nacidos subnormales; privan del tratamiento quirúrgico, necesario para corregir sus dolencias cardiacas congénitas, a niños con el síndrome de Down, negándose a usar anestesia; y rehusan implantar marcapasos a pacientes mayores de 75 años o tratar edemas pulmonares agudos a ancianos y a personas sin familiares cercanos.

    Algunos médicos justifican tales conductas argumentando que lo mejor para esos pacientes es que mueran cuanto antes; pero a menudo la explicación que se da es que la sociedad no debe ser abrumada con la carga de mantener en vida a esas personas.

    Las decisiones se toman sin el conocimiento de los enfermos y contra su voluntad.

    La eutanasia se ha rechazado también porque conduce a un siniestro deterioro de la sociedad.

    Un estudio realizado entre pacientes hospitalarios mostró que muchos tienen miedo de sus propias familias porque podrían decidir la aplicación de la eutanasia o presionarles para pedir la muerte.

    A causa de este miedo, algunos ancianos rehusan ser internados en asilos o sanatorios, ser hospitalizados, ver al médico o tomar medicamentos.

    Es de esperar que se produzcan más deterioros si el movimiento pro-eutanasia, tras obtener la legalización de la eutanasia voluntaria, logra el resto de sus objetivos declarados.

    Para poder existir, un ser humano necesitará la aprobación del gobierno: una inversión del principio democrático de que los gobiernos para existir, tienen que recibir la aprobación del pueblo.

    Además se supone que la eutanasia evita al enfermo la agonía que precede a la muerte y los sufrimientos de una enfermedad prolongada.

    Pero no es este el caso. Millones de personas mueren con una muerte humana, con incertidumbre, miedo y esperanza; como miembros queridos de su familia, de la comunidad humana; rodeados por quienes no les dejaran partir.

    Por el contrario, la eutanasia provoca un extremado sufrimiento psicológico: la excomunión, la exclusión en vida de una persona de la comunidad de los vivientes.

    Los médicos han rechazado tradicionalmente la eutanasia porque se daban cuenta de que todos cometemos errores, que los diagnósticos son inciertos y los pronósticos notoriamente poco fiables.

    No sabemos la frecuencia con la que en Holanda se ha llevado a cabo la eutanasia basándose en un diagnóstico que muy bien puede ser erróneo, porque los partidarios de la eutanasia y los médicos que la practican no han accedido a la propuesta de verificar cada caso mediante la autopsia.

    El riesgo de error al diagnosticar una enfermedad mortal basta para rechazar la eutanasia.

    El error de un médico es siempre deplorable, pero admite disculpa si lo cometió tratando de mejorar la salud del paciente.

    Pero el error de un médico al practicar la eutanasia es imperdonable y además irreparable: el paciente está muerto.

    La petición del paciente no es necesaria, esa base firme en que la eutanasia pretende apoyares.

    Cualquier persona, en un momento de angustia, puede expresar unos deseos de los que se retractará al día siguiente.

    La sociedad no puede permitirse una justificación legal y moral para matar.

    BIBLIOGRAFÍA

    Cuaderno de Bioética Nº 4, Octubre - diciembre 1990.

    Cuaderno de Bioética Nº 6, Abril - junio 1991.

    Cuaderno de Bioética Nº 7, Julio - septiembre 1991.

    Cuaderno de Bioética Nº 8 Octubre - diciembre 1991.

    Cuaderno de Bioética Nº 11 Julio - septiembre 1992.

    Cuaderno de Bioética Nº 16, Octubre - diciembre 1993.

    Cuaderno de Bioética Nº 27 Julio - septiembre 1996.

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    Enviado por:Ojanguren Llanes
    Idioma: castellano
    País: España

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