Historia
Estatuto de Bayona de 1808
COMENTARIO DE TEXTO
TEXTO.-
“...Españoles: entrando en territorio de la nación que la Providencia me ha confiado para gobernar, debo manifestarle mis sentimientos. Subiendo al trono cuento con almas generosas que me ayuden a que esta nación recobre su antiguo esplendor. La Constitución cuya observancia vais a jurar, asegura el ejercicio de nuestra santa religión, la libertad civil y política, establece una representación nacional; hacer revivir vuestras antiguas cortes, mejor establecidas ahora... (y) ...siendo el garante de la libertad individual [ ... ] será tambien [ ... ] el asilo honroso con cuyas plazas se veran recompensados los más eminentes servicios que se hagan al Estado [ ... ] Pasiones ciegas, voces engañosas, e intrigas del enemigo común del continente que sólo trata de separar las Indias de la España, han precipitado algunos de vosotros a la más espantosa anarquía; mi corazón se halla despedazado al considerarlo;K pero mal tamaño puede cesar en un momento. Españoles: reuníos todos; ceñíos a mi trono; haced que disensiones internas no me roben el tiempo ni distraigan los medios que únicamente quisiera emplear en vuestra felicidad. Os aprecio bastante para no creer que pondréis de vuestra parte cuantos medios hay para alcanzarla; y éste es mi mayor deseo.”
Publicado en la Gaceta de Madrid.
1.- Clasificación.-
1.1.- Naturaleza del texto.-
Se trata de un manifiesto real, de carácter público, donde se hace una declaración de intenciones y una convocatoria a la concordia de todos los españoles, tras la jura de la Constitución de Bayona. Publicado en la Gaceta de Madrid, el 16 de julio de 1808.
1.2.- Circunstancias del texto.-
El contexto histórico en el que ha de situarse el texto comentado es el correspondiente al pleito dinástico entre los Borbones españoles y las abdicaciones de Bayona, que traen como consecuencia la cesión de la corona de España a Napoleón I Bonaparte y de éste a su hermano José Bonaparte.
El 19 de marzo de1808, fecha del Motín de Aranjuez, Carlos IV abdica en su hijo Fernando VII ante el temor a los disturbios populares y a la suerte que pudiera correr Godoy, a quien por Decreto del día anterior había exonerado de sus empleos de generalísimo y almirante. Aunque en el decreto de abdicación afirma hacerlo por propia voluntad y como consecuencia de sus problemas de salud, lo cierto es que el día 23 envía una carta a Napoleón explicándole los sucesos de Aranjuez y afirmando que ha renunciado al trono por la fuerza de las circunstancias, a la vez que se pone en manos del Emperador.
El hecho de que la familia real española se acogiese a la protección de Napoleón y se sometiese a su arbitraje, da pie a éste para decidir la sustitución de la dinastía borbonica por su propia dinastía familiar. El mariscal Murat es encargado de lograr la retractación de Carlos IV de su renuncia al trono a favor de Fernando, lo que se plasma en un Acta de protesta expedida el 23 de mayo, pero con fecha de documento de dos días antes para darle más verosimilitud.
El último obstáculo a este proyecto de cambio dinástico está en Fernando VII, quien es convocado a una entrevista personal con el emperador, primero en Burgos, luego en Vitoria y por fin el Bayona, donde ha sido llevada toda la familia real.
Las presiones del emperador para lograr la devolución de la corona a Carlos IV mediante la abdicación de Fernando en su padre se encuentran con la resistencia justificada en un problema de procedimiento legal alegando que no existen las condiciones legales apropiadas, ya que la exclusión del trono español de la actual dinastía no se podría hacer sin el expreso consentimiento de la Nación española, reunida en Cortes y en un lugar seguro.
La renuncia de Fernando VII a la corona a favor de su padre se produce tras las noticias de las sublevaciones populares de Madrid el 2 de mayo y la consiguiente amenaza de muerte por parte de Napoleón. Previamente, existe un Tratado de cesión de la corona de España por Carlos IV a Napoleón., de fecha 5 de mayo, al que se adhiere Fernando como Príncipe de Asturias.
La maniobra política culmina con el nombramiento de José Napoleón, hermano mayor del emperador, como rey de España. La necesidad de dar valor jurídico al cambio de dinastía se plasma en dos hechos:
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Reunión de una Junta de Notables en Bayona, en representación de los tres brazos de las cortes tradicionales: clero, nobleza y estado llano. Su misión sería legitimar el traspaso de la corona.
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Redacción de la Constitución de Bayona, carta otorgada en la que se establecen instituciones como el Senado, las Cortes y el Consejo de Estado, y que será jurada por José Napoleón el 8 de Junio.
1.3.- Autor del texto.-
El autor del Manifiesto es José Napoleón I Bonaparte y al poco de entrar en España. Se fecha en Vitoria, el 12 de Julio de 1808, camino de la Corte de Madrid.
1.4.- Destinatario del texto.-
Por tratarse de un manifiesto, es de carácter público y dirigido a la colectividad de españoles y también a los miembros de la Diputación general reunidos en Bayona.
2.- Análisis y explicación.-
2.1.- Análisis del texto.-
Del citado documento se pueden sacar varias expresiones, de cuyo analisis se desprenden las circunstancias que rodean al mismo:
“La Constitución...”
El 6 de Julio de 1808 es aprobada en Bayona la Constitución, jurada dos días después por José I, como paso previo a su coronación. Esta constitución es propiamente una Carga Otorgada por el monarca, con un sistema político autoritario, que establece instituciones como Senado, Cortes y Consejo de Estado sin iniciativa legal.
“Antiguas cortes”
Es evidente el deseo de producir un efecto de continuidad entre el antiguo sistema de gobierno y el nuevo régimen, ya que a través de la nueva constitución (la de Bayona) se revive la antigua institución condenada a la inactividad por el despotismo borbónico, a la vez que es mejorada mediante la institución de un senado.
“Garante de la libertad individual”
Es una referencia, en el texto original, al Senado, cuyas funciones son la conservación de la libertad individual y de imprenta. En cuanto al nombramiento de sus miembros, el propio Manifiesto da a entender que se trata de una sinecura [asilo honroso] como recompensa de los servicios prestados al Estado.
“Enemigo Común del Continente”
Es una clara alusión a la Gran Bretaña. A la que Napoleón intenta doblegar mediante una política de aislamiento económico. Ya en Septiembre de 1806 ha promulgado el Decreto de Bloqueo y, el 27 de Octubre de 1807, suscribe con Carlos IV el Tratado secreto de Fontainebleau, cuyo objeto es la invasión y desmembramiento de Portugal, aliado inglés y base de operaciones en el continente.
“Vuestra felicidad”.
Esta alusión a la felicidad colectiva es un vestigio de las ideas ilustradas del siglo XIII, según las cuales el poder se legitima en la búsqueda de la felicidad pública, entendida en el sentido de la riqueza material y la prosperidad de la nación.
2.2.- Explicación.-
La llegada de José I a tierras españolas se hace por Vitoria, desde donde lanza el manifiesto a la nación [entrando en el territorio...]. Denota su condición de rey extranjero que, al pisar suelo nacional, busca congraciarse con sus gentes para lo que adopta un tono conciliador y dice contar con almas generosas que le ayuden al buen gobierno.
Las personas adictas al nuevo gobierno son las llamadas afrancesados o juramentados, entre los que hay que contar, en primer lugar, con los miembros de la Junta de Bayona que sancionan la constitución otorgada por Napoleón y juran fidelidad al nuevo monarca, y con aquellas personas que han recibido una fuerte influencia cultural francesa a partir del siglo XVIII. Como la buena voluntad no tiene valor político, su gesto no es apreciado por los españoles, quienes le considerarán, hasta su salida del territorio, un Rey Intruso.
La Constitución de Bayona, siguiendo el iderario de la Revolución Francesa, toma la defensa de las libertades ciudadanas como la inviolabilitad del domicilio, la libertad de movimientos, la igualdad jurídica y la supresión de privilegios y, a la vez, es garante de la religión católica, según se recoge en su título I. Con ello se pretende buscar la adhesión de la Iglesia y de las clases más conservadoras, al asegurar el control ideológico y moral sobre el pueblo.
Empleando un tono paternal y admonitorio que informa todo el Manifiesto, la propia persona del rey se propone como alternativa a las calamidades de la guerra, cuyo origen está en la acción de Inglaterra, interesada en la anarquía interna para así lograr sus fines: separar las Indias de la corona española. Consecuencia de la unión de intereses del trono y los españoles será el fin de las disensiones internas que redundará en la felicidad pública Así, la nueva monarquía se presenta como el remedio a la guerra y a la pérdida de las riquezas que supone el bloqueo inglés al tráfico marítimo.
3.- Conclusión.-
3.1.- Aportaciones del texto.-
Ciertamente se trata de un documento de escasa aportación al desarrollo político de aquel momento histórico, y de nula influencia en los hechos inmediatamente posteriores. Tiene el valor de ser un testimonio, una manifestación de intenciones de un rey que ha sido impuesto por la fuerza de las armas y gracias a la intriga política, sin consultar la voluntad nacional. Desde esta perspectiva, su efectividad es prácticamente nula, ya que el reconocimiento de la autoridad que lo expidió no se da por parte de ninguna de las instituciones entonces en vigor en la Península, opuestas a la ocupación y ellas mismas depositarias de la soberanía nacional ante el vacío de poder causado por el secuestro de la familia real.
De hecho, la derrota francesa en Bailén supone el abandono de la Corte por parte de José I, y su huida hacia Burgos y Vitoria, hasta la entrada de Napoleón en España al frente de la Grande Armée. Éste, una vez que se entrevistara con el zar Alejandro I en Erfurt, evitando la posibilidad de que Austria abriese un nuevo frente bélico, ocupa de nuevo la península en menos de un mes y repone en el trono a José I. De nuevo ocupa el trono mediante un acto de fuerza que deslegitima la buena voluntad expresada en el manifiesto.
3.2.- Crítica del texto.-
El manifiesto es consecuencia de un acto previo, que es el nombramiento como monarca recibido de manos de Napoleón tras las abdicaciones del rey y su heredero. Pero esta situación plantea el problema jurídico de consulta al país. De acuerdo con la teoría política en España sobre el origen divino del poder, la sociedad, desde el momento de su constitución, lo transmite en su integridad al soberano mediante un contrato tácito, y el soberano lo transmite a sus herederos. Pero al extinguirse la dinastía el contrato pierde vigor y la soberanía vuelve a su detentador original, por lo que se exige una nueva consulta a la sociedad.
En este caso, el secuestro del soberano lo inhabilita para tomar libremente la decisión de rescisión del contrato. Y esta es la razón que esgrime Fernando VII en la carta que envía en Bayona a su padre el mes
de mayo de 1808, advirtiéndole que se trata de excluir a su dinastía del trono de España para ser sustituída por la imperial francesa, por lo que [esto no podemos hacerlo... sin el expreso consentimiento de la Nación española, reunida en Cortes y el lugar seguro]. Puesto que están en país extraño y bajo presión, dificilmente nadie podría creer que actuarían con libertad.
Por estas razones, al carecer de valor jurídico el nombramiento de José I como rey, queda invalidado cualquier otro acto legal o político emanado de su autoridad.
3.3.- Interés del texto.-
Su interés deriva de su valor intrínseco como documento político y, sobre todo del contexto histórico en que se produce. La llamada a la Nación española a defender sus intereses con la promesa de un gobierno “de unidad nacional” - en expresión moderna - bajo una invitación expresa [ceñíos a mi trono], contrasta con la actitud de resistencia política y armada de la población.
En la oposición al gobierno intruso destaca una incipiente burguesía que asume el principio de soberanía nacional en forma de Juntas Supremas Provinciales ante la pasividad del Consejo de Castilla y las autoridades provinciales. La evolución de los hechos llevará a las cortes constituyentes en Cádiz que suponen una revolución de las estructuras del Artiguo Régimen y el intento de formar un Estado liberal.
De cualquier forma, el reinado de José Napoleón I Bonaparte es efímero, ya que Napoleón es derrotado en Leipzig en otoño de 1813 y la necesidad de concentrar fuerzas en centroeuropa le obliga a la firma del Tratado de Valençay el 12 de diciembre, por el que repone en el trono a Fernando VII.
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