Filosofía y Ciencia


El Espíritu de las leyes; Montesquieu. La Ilustración


Indice del trabajo

  • La Ilustración

  • Montesquieu, vida y obra

  • Del Espíritu de las Leyes

  • Análisis general de la obra

  • Esquema de la obra

  • Análisis crítico de la obra

  • Conclusiones

  • LA ILUSTRACIÓN

    En los siglos XVII y XVIII, marcados por el sello del absolutismo y de la Ilustración, la humanidad llega al dintel de un período histórico en el que va a tener lugar una orientación espiritual totalmente nueva de Europa. Si a finales del siglo XV y comienzos del XVI se inició la Edad Moderna con el Humanismo y la Reforma y con la expansión del hombre occidental por toda la Tierra, los siglos XVII y XVIII suponen una radical y profunda transformación de las concepciones propias del mundo occidental, transformación que todavía no ha perdido nada de su extraordinaria importancia; de hecho, buena parte de la cultura actual sigue alimentándose de la corriente espiritual de la época.

    La Ilustración supone la aparición de nuevas ideas sobre el mundo en general y ante todo sobre el hombre, sus fines, su historia y el ámbito en que vive: la naturaleza. El hombre vuelve a ocupar de nuevo el primer plano del pensamiento; bajo el signo de la Ilustración se concibe así mismo como espiritualmente emancipado, y sobre esta base exige y postula la libertad política del individuo. Todo esto suponía apartarse de los puntos de vista espirituales y eclesiásticos tradicionales y señalar nuevas fórmulas para la comprensión del mundo y de sus secretos y, especialmente, para la comprensión del hombre que en él se mueve y actúa: la razón, la experiencia y la crítica científica radical sustituyen a la tradición y a los modelos de pensamiento hasta entonces vigentes.

    El siglo XVIII significa, además, un cambio en la historia universal. Los siglos XV y XVI trajeron la expansión de las potencias europeas por todo el mundo y la colonización, lo que supuso la apertura de Occidente, que hasta entonces se encontraba cerrado en sí mismo e independiente del “mundo” de las demás culturas, aun así Europa seguía siendo la protagonista de la historia. Podríamos decir que la historia era considerada como la “historia universal de Europa”. Sin embargo, durante la segunda mitad del siglo XVIII se advierte la aparición de ciertos cambios que desplaza progresivamente el centro de gravedad de la historia universal, colocándolo en ámbitos extraeuropeos. Al Occidente, en Norteamérica, se emancipa un grupo de colonias inglesas con el nombre de Estados Unidos de América; al este asistimos a la progresiva ascensión de Rusia. Europa va perdiendo así su posición dominante, proceso que se culminará a partir de la II Guerra Mundial, momento en que Europa perderá definitivamente su posición preponderante en la política mundial.

    Ahora bien, si hubo un hecho que cambio el curso de la historia y con él el de la humanidad entera esa fue la revolución francesa de 1789. Realmente, pese a la crítica a que la Ilustración sometió al antiguo régimen, el siglo XVIII permaneció estrechamente ligado al XVII y a sus fundamentos (es especialmente significativa la estrecha conexión de Ilustración y absolutismo en el fenómeno del absolutismo o despotismo ilustrado) y fue la revolución francesa la que representó un verdadero corte. De hecho, los historiadores hacen comenzar la “época contemporánea” con el año 1789. No obstante, no debemos olvidar que es la corriente de la Ilustración donde se encontraban las bases de esta revolución.

    En oposición al resto de Europa la Ilustración encontró seria resistencia en el sureste y en el este de Europa. La lucha de la Ilustración por imponer la racionalidad en el pensar y en el obrar y sus esfuerzos en pro de la tolerancia, el orden, el progreso, la racionalización de la religión, el desarrollo de una racionalidad matemática y, finalmente, en pro de la superación de la “culpable minoría de edad” (Kant), dieron ocasión a una nueva manera de ver al hombre. Ahora bien, la realización política del pensamiento ilustrado no acabó de encontrarse más que en la revolución francesa, cuando la historia europea había recorrido ya todo un siglo por los caminos acostumbrados.

    Europa entre Ilustración y absolutismo

    En 1740 Europa se encontraba totalmente bajo el signo de la Ilustración. Irrumpía con carácter definitivo lo que venía gestándose desde el renacimiento y el humanismo y se había mantenido en el racionalismo del siglo XVII: los ilustrados proclamaban la autonomía del hombre en el dominio de las ideas, el arte, de la ciencia, del derecho y de la política.

    Para los estados absolutistas de Europa la monarquía constituía la expresión de la voluntad divina, mientras que los ilustrados entendían que el Estado se fundaba sobre un pacto suscrito por los hombres con el fin de defender sus derechos e intereses naturales. Hasta 1789 persistió en Europa esa contradicción entre la concepción absolutista del Estado y la Ilustración; el despotismo o absolutismo ilustrado fue fruto del compromiso que algunos soberanos suscribieron con las nuevas ideas. Dichos soberanos impusieron sus reformas que señalaban el camino del futuro, mostrándose ellos como ”primeros súbditos del Estado”.

    Ahora bien, en realidad las nuevas ideas sobre el hombre, y la convivencia humana donde primero se impusieron fue en la tierra políticamente virgen de Norteamérica cuya declaración de independencia del 4 de julio de 1766 y cuya constitución de 17 de septiembre de 1787 sirvieron de pauta..

    En Europa, sin embargo, en la segunda mitad del siglo XVIII, a parte de la espléndida manifestación del espíritu humano en las creaciones culturales de la Ilustración, aparecieron cambios decisivos en el orden económico y social. Fue Inglaterra, primer país europeo que conoció la revolución industrial donde tales cambios se manifestaron más claramente. Pero en ninguna parte fue tan claro el cambio como en Francia que no pudo resolver los problemas internos y se derrumbo bajo los embates de la Ilustración.

    Origen y naturaleza de la Ilustración

    “La Ilustración es el abandono por parte del hombre de su minoría de edad imputable así mismo...De ahí que el lema de la Ilustración sea: ten la osadía de saber, de utilizar tu propia razón”. En esta respuesta suya al interrogante “¿qué es la Ilustración ?” resume Immanuel Kant los dos rasgos fundamentales de la misma: crítica a la anterior tutela del pensamiento humano por la tradición y el dogma y la confianza exclusiva en la razón en el ámbito del conocimiento de la verdad y de la configuración racional de la vida.

    Los ilustrados se conocían los unos a los otros y sabían que se encontraban en el mismo camino. El siglo XVIII fue el siglo de las academias, de las cartas, de los salones y de los viajes. La correspondencia mantenida entre los ilustrados hizo posible su fuerte impulso. Nunca jamás fue tan revolucionario y universal un movimiento espiritual que apelaba exclusivamente al hombre. La Ilustración afectó a todas las esferas de la vida: religión, ética, política, derecho, ciencia y economía.

    La ilustración comenzó en los Países Bajos libres, donde pensadores como: Hugo Grocio, René Descartes o Spinoza encontraron un campo de operaciones relativamente libre. Fue allí donde hasta muy entrado el siglo XVIII se imprimieron los libros que la censura no autorizaba en otros países. A finales del siglo XVII la nueva ideología pasó a Inglaterra, donde la Ilustración incluye nombres como: Hobbes, Locke, Hume, Adam Smith o Shaftesbury. Por las mismas fechas la Ilustración pasó a Alemania y a Francia. En Alemania quedaron integrados entre otros, Christian Wolf, Thomasius, Gottsched y Kant. Sin embargo, la Ilustración se centro fundamentalmente en Francia, donde a mediados del siglo XVIII adquirió un carácter político totalmente nuevo. Junto a Voltaire, y además de Diderot y D'Alanbert, editores del diccionario de la Ilustración, la Encyclopédie, aparecieron pensadores tales como Montesquieu, Rousseau, Quesnay o Turgot, profundamente comprometidos con la política y la sociología. Por aquel entonces la Ilustración pasó de la teoría a la práctica, del arte, de la filosofía, de la literatura, de la teoría de la sociedad y del estado a la política, al derecho, a la economía y a la praxis.

    Si hasta muy entrado el siglo XVII la cultura occidental estuvo profundamente influenciada por el cristianismo, en la Ilustración del siglo XVIII se deshizo esta unidad de pensamiento. A partir de entonces la vida del espíritu se desarrollo en gran medida independientemente de las Iglesias. De todos modos la raíces de esta evolución son muy hondas. En el humanismo y en el renacimiento el arte y la ciencia lograron desentenderse de la tutela dogmática de la iglesia. En la Reforma se dio un paso más desde el momento en que ya no se hizo depender la salvación del hombre de las doctrinas y ética de la iglesia, sino de la fe personal. La transición a la concepción heliocéntrica del mundo impuesta por las ideas de Copérnico, Galileo y Newton representó la antítesis de una iglesia que veía en la Tierra el centro del universo. Fue a la vez el comienzo de un rapidísimo progreso de las ciencias de la naturaleza, que superaron el nivel de la tesis para tratar de corroborarla. El experimento, el análisis, la repetibilidad, la posibilidad de medir y de calcular los fenómenos de la naturaleza y de reducirlos a leyes físicas gracias a las matemáticas sustituyeron al método de deducir la concepción del mundo a partir de los dogmas de la iglesia.

    Todos estos cambios de actitud religiosa coinciden con los saberes que el hombre de los siglos XVII y XVIII adquiere en sus viajes a Persia, China, África, etc, donde viven personas que conviven pacíficamente y que creen en Dios, aún cuando sus prácticas religiosas adopten otras formas. Cambios que se fundan en una fe incondicional en la capacidad cognoscitiva de la razón. Los ilustrados creen en el progreso, siempre que los hombres actúen de acuerdo con los principios de la razón. Hasta las actitudes éticas quedan desligadas de sus vinculaciones cristianas y se establecen en la referencia de un hombre sustancialmente dotado para el bien. En este programa radica la novedad de la Ilustración, que debe dirigir sus ataques contra la Iglesia y el absolutismo, tanto más cuanto que ambos se apoyan en la tradición y en Dios. Los ilustrados refieren la religión y el Estado al hombre, no al revés: la Iglesia y el Estado están en función del hombre, no el hombre en función de ellos. Queda así puesto de manifiesto el ataque político que los ilustrados dirigen contra el absolutismo: desde el momento en que el soberano absoluto se siente “entronizado por la gracia de Dios”, se instala una posición contraria a la Ilustración, según la cual el monarca ocupa su puesto por uy para sus súbditos. Esta divergencia entre la concepción absolutista del Estado y la Ilustración se desarrolló en el siglo XVIII sobre un trasfondo económico y social cuyos cambios la extremaron aún más.

    La cultura europea durante el siglo XVIII

    En arte, hacia 1730 se advierte en Europa un cambio de gusto. El rococó es el estilo arquitectónico y decorativo que floreció en Francia bajo el reinado de Luis XV. La palabra rococó deriva de la expresión estilo rocalla (la rocalla es un tipo de ornamentación que se basa en la imitación de elementos naturales, como rosas, caracolas etc).

    En arquitectura en el siglo XVIII florecen en Europa dos corrientes arquitectónicas distintos el barroco tardío y luego clasicismo, este último nacido a mediados del siglo XVIII como reacción al rococó y caracterizado, en contraposición al dinamismo y riqueza del rococó, por el amor a la simplicidad, el equilibrio y el reposo; todas las construcciones se fundan en formas básicas como el cubo, el cilindro, el círculo o el rectángulo en planta.

    En música destaca durante la primera mitad del siglo XVIII la música alemana y sobre todo Joahann Sebastian Bach. Desde la segunda mitad del siglo XVIII Viena marco la pauta en la música europea, con los tres grandes compositores que fueron Josef Haydn, Mozart y Beethoven.

    En cuanto al movimiento intelectual la Ilustración domina el pensamiento del siglo XVIII. En términos generales la Ilustración representa una corriente espiritual racionalista-escéptica que persigue la liberación de los perjuicios y de los argumentos de autoridad, a la vez que busca una interpretación del mundo basada exclusivamente en el conocimiento de la razón, de la experiencia y de la crítica científica. Durante el siglo XVIII las ideas de la Ilustración no fueron simple especulación, sino que influyeron intensamente sobre la vida pública y sobre las formas de gobierno. Los soberanos, llevaron a la práctica el absolutismo ilustrado, buscando ante todo el bienestar de sus súbditos. El derecho de gentes admitió la necesidad de respetar la vida y la propiedad de todos los ciudadanos. En los procedimientos judiciales estaba prohibido en casi todos los países el uso de la tortura para obtener confesiones.

    Los principios de la Ilustración se encuentran perfectamente expuestos en las obras del pensador que más influyó en la Europa de su tiempo: Voltaire (pensamiento analítico, ideas racionales combativas y fomento del bienestar humano). Voltaire insiste en que, en su pensamiento, el hombre no debe dejarse guiar por los juicios recibidos (prejuicios) de los poderes históricos (dogma de la iglesia católica) y por las opiniones de la sociedad o del estado, sino que debe someter a la prueba de la razón todo lo existente y todo lo recibido.

    La Ilustración presenta variantes nacionales. Así, por ejemplo, Inglaterra, Francia y Alemania aportaron contribuciones netamente definidas al mundo mental de la Ilustración. En Inglaterra el empirismo de Bacon supuso el punto de partida del movimiento. Thomas Hobbes e Isaac Newton son los precursores del movimiento que prosiguieron Locke con su obra capital Ensayo sobre el entendimiento humano y David Hume con su Tratado sobre la naturaleza humana. Hume funda exclusivamente sobre la experiencia el estudio científico de la naturaleza humana y el análisis. Limita la posibilidad del conocimiento humano a la esfera de lo sensible. Lo que de ninguna manera es observable o experimentable no puede ser objeto de la ciencia.

    En Francia, los pensadores de la Ilustración estuvieron considerablemente influidos por el pensamiento inglés, en especial por Locke y Newton. Defendían basándose en hechos históricos la teoría del progreso, el cual consiste en la progresiva racionalización del hombre que implica su emancipación de la superstición religiosa y de las formas irracionales de gobierno eclesiástico o civil. Critican implacablemente las irregularidades de la monarquía, la prodigalidad excesiva y las arbitrariedades despóticas de los gobernantes, con sus secuelas de mala gestión de los negocios, bancarrotas y fracasos políticos en el exterior. En este sentido el ideario de la Ilustración francesa prepara la gran revolución de finales de siglo. Una de las obras capitales de este movimiento son las Cartas persas de Montesquieu (1689-1755), en la que dos supuestos persas informan a sus amigos y familias de sus experiencias en la sociedad francesa. Obra que sirve para poner de relieve la situación de Francia. También es fundamental para comprender el contexto histórico francés otra obra de Montesquieu, El espíritu de las leyes, obra en la que el autor, siguiendo el modelo inglés, propugna para su país la triple división del poder (legislativo, ejecutivo y judicial).

    Voltaire es el prototipo de la Ilustración francesa. Su crítica de la situación de su país le llevo a la cárcel y al destierro. Su obra literaria, que comprende más de cincuenta volúmenes, incluye prácticamente todos los géneros literarios. En todos sus escritos se repiten las mismas ideas: exigencia de la tolerancia, condenación de la superstición, repulsa de toda institucionalización eclesial de la religión. Políticamente defendía la monarquía y era enemigo del gobierno del pueblo; no pensó que el progreso pudiera venir del pueblo por medio de una revolución. La libertad que defiende es la del pensamiento y no aceptaba la idea roussoniana de la igualdad de todos los hombres.

    Jean- Jacques Rousseau defiende una forma de asociación que consiga para los individuos la igualdad y la libertad. Propugna la soberanía del pueblo, una radical democracia basándose en el principio de que todos los hombres son iguales, libres y buenos por naturaleza. Es la sociedad mal estructurada la causante de la maldad de los hombres. Su amor a la naturaleza y su optimismo a cerca de la bondad del hombre preludian el romanticismo.

    Montesquieu, vida y obra (1.689-1.755)

    Vida.

    Charles-Louis de Secondat, barón de la Brède et de Montesquieu nace en el castillo de la Brède, en 1.689, en el seno de una familia perteneciente a la nobleza bordolesa. Podemos decir que fue un hombre erudito, estudió derecho pero a lo largo de su vida tuvo una gran admiración por la historia, concretamente por la Antigüedad Clásica, las ciencias y las letras. Como veremos en los siguientes puntos del trabajo, Montesquieu hace gala de su amplia formación en el conjunto de su obra y de una forma determinante en Del Espíritu de las Leyes, ya que utiliza un método histórico comparativo para analizar las relaciones entre la sociedad, la ley y el gobierno. Montesquieu aprovecha sus conocimientos históricos a través de la metodología científica.

    Gracias a su formación jurídica y a su condición de noble, llegó a ser consejero del parlamento provincial de Burdeos (1.714-1.726). Al morir su tío, Juan Bautista de Secondat, barón de Montesquieu, presidente de la Sala, sin hijos (1.716), le legó su cargo con la condición que tomara su nombre -el nombre por el que se le conoce en la posteridad-. Ahora bien, Montesquieu, después de los primeros años como magistrado, dejó un poco de lado sus funciones y terminó vendiendo su cargo (según costumbre de la época, en 1.726). A partir de este momento se dedicó en pleno al estudio de las ciencias y las letras (era miembro de la Academia de las Ciencias de Burdeos desde 1.716).

    No debemos pensar en este parlamento (donde inició su vida laboral) como un órgano independiente legislativo (o normativo); sino que como un instrumento, con funciones jurisdiccionales, del poder central del absolutismo reinante en la época. Quizás este fue uno de los motivos por los que el autor bordolés decidió apartarse de su carrera funcionarial. Esta situación va a ser muy importante en la ideología y obra del autor, porque Montesquieu rechaza esta dependencia del monarca y lo manifiesta exponiendo su teoría de la división de poderes.

    Teoría elaborada por Locke y por la que estableció una división tripartita del poder según las funciones. Según el autor británico existen tres poderes: el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Estos tres poderes tienen dos titulares: el primero corresponde a la asamblea, el segundo y el tercero corresponden al rey. Lo que ocurre es que Montesquieu le da la forma con la que hoy se recoge en la gran mayoría de las constituciones modernas, es decir, redefiniendo de nuevo las funciones de cada poder y atribuyendo cada poder a un titular distinto. Así visto, no parece extraño que en la nueva definición de los tres poderes, Montesquieu sustituyera el poder federativo de Locke por el Judicial y decimos que no parece extraño porque el autor que hoy nos interesa fue magistrado de la susodicha Sala provincial de Burdeos.

    Viajó por Holanda, Austria, Hungría, Venecia, Roma y permaneció dos años en Inglaterra estudiando su constitución política (1.729 y 1.731). Fue socio de la Royal Society de Londres, de la que no olvidemos que también formó parte Locke. En todos estos países a los que viaja estudia sus fórmulas políticas, sus tradiciones, sus creencias, su historia, ..., es decir, todos aquellos elementos que caracterizan a las naciones. Montesquieu utiliza la Razón, como buen ilustrado, para analizar todos los elementos de las distintas naciones y así comprenderlas mejor. De esta manera, en Del Espíritu de las Leyes, el autor francés no recurre siempre a la comparación histórica, para motivar las conclusiones a las que ha llegado respecto de una forma de gobierno y de las Leyes que mejor le convienen, sino que también recurre a los conocimientos obtenidos con la experiencia de sus viajes.

    Casi hasta su muerte, el francés quedó absorbido, en su nutrida biblioteca de La Brède, por la redacción de la obra que hoy vamos a analizar y luego por su defensa y unos Eclaircissements (aclaraciones) en respuesta a unas críticas de que fuera objeto.

    Ya con sus primeras obras, Montesquieu alcanza una gran popularidad y aceptación entre los círculos sociales de todo el país y en concreto en los de París, donde prácticamente había trasladado su residencia y donde murió en 1.755.

    Obra.

    En 1.721 publicó Les Lettres Persannes (las cartas persas). En esta primera obra el autor presenta a dos jóvenes persas que viajando por el país galo, critican en un tono sátiro las instituciones políticas y religiosas francesas.

    Montesquieu es un hombre de la Ilustración francesa que a diferencia de la británica y de la alemana, se caracterizó por ser más política y anticlerical, es decir que el laicismo de la ilustración en Francia llega a ser más radical que en el resto de Europa. Que nuestro autor tiene un especial interés por la política ha quedado ya claro y profundizaremos más adelante sobre el tema. En Les Lettres Persannes muestra también su faceta anticlerical burlándose de los dogmas y prescripciones de las religiones positivas y especialmente del cristianismo. El autor llega a decir que el Papa es “un mago que hace creer que tres no son más que uno”.

    El éxito de esta obra fue clamoroso y a pesar de haberla publicado sin nombre de autor, enseguida se le atribuyó la autoría. Fue objeto de numerosas críticas que, como en la grán mayoría de los casos, ayudaron a difundir la popularidad de la obra. Debido a esta presentación en sociedad, Montesquieu empieza a pasar largas temporadas en París donde vive de cerca la corrupción política de la época y que criticará indirectamente en su obra maestra.

    En 1.734 publicó Considerations sur les causes de la grandeur et décadence des Romains (Consideraciones sobre las causas de la grandeza y decadencia de los Romanos), en que hace alarde de un amplio conocimiento de los autores clásicos, con insinuaciones aplicables a la situación de su época.

    Empieza a mostrar la técnica del análisis histórico comparativo como medio que utilizará más tarde en la obra objeto del presente trabajo. Método que sirve a la Razón para averiguar los principios de la naturaleza de las cosas.

    En 1.748 publicó su obra más sobresaliente, De l´Esprit des Loix (Del Espíritu de las Leyes) que según palabras del propio autor es el fruto de más de veinte años de trabajo: “... y durante veinte años he visto como mi obra empezaba, crecía, avanzaba y concluía.”. El éxito fue tan extraordinario que en año y medio se hicieron más de veinte ediciones del libro.

    Del Espíritu de las Leyes: análisis y estructura de la obra

    Análisis de la obra.

    Hemos considerado preferible comenzar por este apartado ya que es el único medio para comprender la división que hizo el autor de la obra.

    En el Prefacio Montesquieu hace una declaración de intenciones de lo que se propuso al elaborar Del Espíritu de las Leyes y de como el lector debe emprender y comprender su lectura. Quiere que se vea su obra como él la concibió, es decir, escrita desde la objetividad, ya que él no quiso en ningún momento sojuzgar las distintas formas de gobierno, ni las sociedades en las que se enmarcan, ni las Leyes que en ellas existen, sino que analizar la naturaleza de las mismas para saber cuál es la mejor correlación que se puede establecer entre sus distintos tipos; y esta ardua empresa solo es posible abordarla con la mente libre de prejuicios que a su vez son los que determinan la subjetividad en las personas. El autor escribe “... yo no he sacado mis principios de mis prejuicios, sino de la naturaleza de las cosas.”.

    Montesquieu resalta la objetividad porque su intención fue la de elaborar un tratado sistemático sobre las sociedades humanas, es decir, que realizó un tratado de sociología enfocado hacia el derecho y las formas de gobierno que existen en cada sociedad humana. Para conseguir este resultado, el autor utiliza el método científico, imperante en la época, para analizar al hombre en el marco de la sociedad que le ha tocado vivir. Al fin y al cabo es una de las ideas o elementos de la Ilustración: los ilustrados creen que la naturaleza se guía por unas leyes y que la razón es el instrumento capaz de desentrañarlas, para así hacer a la naturaleza más comprensible a los hombres.

    Pero Montesquieu no quiere establecer las pautas a seguir en un modelo único o universal de sociedad; no cree en una sociedad ideal, sino que es consciente de la diversidad que ha existido a lo largo de la historia y también existe en la actualidad de su tiempo. Para comprender tal diversidad y averiguar las leyes que rigen esa diversidad en las sociedades, Montesquieu hace una mezcla de metodología científica con un análisis histórico comparativo.

    Con lo que acabamos de decir, podríamos resumir de una manera muy atrevida que la obra analiza las distintas formas de gobierno y leyes (naturales y positivas) que pueden establecerse en las sociedades; de cómo éstas se moldean por la actuación del hombre; y de cómo este último se ve influenciado en su actuar por los agentes externos (el clima, la extensión geográfica de su país, etcétera.).

    A la hora de leer Del Espíritu de las Leyes hay que tener en cuenta los distintos significados que el autor atribuye a la palabra “ley”, ya que utiliza el término indiscriminadamente para referirse a una u otra cosa sin establecer muy claramente a qué tipo de “ley” debemos entender que se refiere. De hecho la obra comienza analizando los distintos tipos de leyes que existen en una sociedad. Primero da una definición universal válida para todo tipo de ley: “Las leyes, en su más amplia significación, son las relaciones necesarias que se derivan de la naturaleza de las cosas.”. En este sentido todos los seres tienen sus leyes, desde la Divinidad hasta el mundo material y leyes que se derivan de la naturaleza de las cosas son las que a su vez inspiran las leyes normativas que rigen el buen funcionamiento de dichas relaciones, de ahí que Montesquieu denomine a esas primeras leyes que se deducen directamente de la naturaleza: el espíritu de las leyes.

    Con estas ideas en mente, Montesquieu se propone analizar las tres formas de gobierno existentes (bajo su concepto) para desentrañar cuáles son sus correspondientes naturalezas y principios. Principios entendidos como esas leyes que se desprenden de su naturaleza y que inspiran a las leyes normativas.

  • República: Dentro de esta forma de gobierno se distinguen a su vez otras dos: la democracia y la aristocracia. La naturaleza de la república consiste en que el sujeto de poder es todo el pueblo (democracia) o algunas familias (aristocracia). El principio que mueve y hace obrar a la República es la “virtud política”, entendida como el amor a la patria, a la igualdad y a la moderación.

  • Monarquía: su naturaleza consiste en que el príncipe tiene todo el poder, pero gobierna conforme a las leyes (normativas) establecidas y con ayuda de poderes intermediarios subordinados (nobleza). Considera que sin la existencia de esas leyes ni de la nobleza, estaríamos ante el Despotismo. Su principio es el honor, o sea el prejuicio de cada persona o clase social, que consiste en exigir preferencias y distinciones. “Esta condición, que es perniciosa en una república, tiene buenos efectos en la monarquía y da vida a este gobierno. No es peligrosa, porque siempre puede ser reprimida.”

  • Despotismo: su naturaleza consiste en que una sola persona gobierna a su capricho y conforme a su voluntad, sin ninguna ley ni regla. Su principio es el temor, el cual debilita todas las virtudes (principio de la república) y anula todo sentimiento de ambición (principio de la monarquía). “En los estados despóticos no hay leyes fundamentales, ni menos depósito de leyes. De aquí proviene que en estos países la religión tiene ordinariamente tanta fuerza y constituye una especie de depósito o de permanencia. Y si no es religión, son las costumbres que allí se veneran en lugar de leyes.”.

  • Cada tipo o forma de gobierno debe obrar y legislar conforme a su principio, en caso contrario se corrompe. En la República, las leyes deben tener por objeto la virtud; en las monarquías el honor, y en el despotismo, el temor. Según estas ideas Montesquieu examina las leyes de la educación, de la administración de justicia, del lujo, de la fuerza defensiva, de la guerra, de la libertad política. Es decir que después de haber hallado el principio que rige en cada forma de gobierno, el autor nos da a entender que estos últimos elementos son los más importantes de cada sociedad o nación, por lo que las leyes que reglen esos elementos o sectores deben ser acordes con el principio que guía a cada tipo de gobierno.

    Más tarde Montesquieu analiza como la extensión geográfica de los estados influye en las formas de gobierno. El autor establece que la relación más idónea para los distintos tipos de gobierno es la siguiente:

    • La república es el gobierno más adecuado para los pequeños estados.

    • La monarquía es la forma idónea para los estados con una extensión territorial mediana.

    • El despotismo es la forma de gobierno más usual en los grandes imperios. Conclusión a la que llega después de haber estudiado el despotismo del este de Europa y de Asia (Rusia, Turquía, Persia, China).

    Como ya hemos dicho, para Montesquieu esta es la relación idónea, pero no la que se da siempre en la práctica, ya que al observar a la misma podemos observar como las repúblicas y monarquías pueden degenerar en el despotismo. Visto así, el autor parece que le otorga más importancia a que las normas positivas respeten el principio correspondiente de la forma de gobierno, a que dicho gobierno exista en la extensión territorial más idónea. Pero realmente la idea del autor no es ésta, sino que cree en la interdependencia de la forma de gobierno con su principio y con la extensión estatal; la conclusión es que como los principios de los gobiernos son susceptibles de corromperse, arrastrando consigo a los gobiernos (y en general a la sociedad), el primer imperativo de un gobierno es mantener la extensión del estado.

    Al tratar el asunto del mantenimiento de la extensión territorial (que a su vez determina el equilibrio interno de los estados), el autor hace hincapié en las repúblicas ya que estas, al ser normalmente pequeñas, son más vulnerables militarmente. La solución, según Montesquieu, es la federación de esas repúblicas, así ofrecen las ventajas de la excelencia del gobierno interior de cada una de ellas y de la fuerza de las monarquías de cara al exterior. El autor no profundiza mucho más sobre el tema por lo que nos da a entender que existe, en esas federaciones, un poder central formado por la cesión de parte de la soberanía de cada una de las repúblicas. Con esta óptica del tema, no han sido pocos los autores que han pretendido ver en Montesquieu uno de los primeros europeístas modernos.

    Para finalizar este apartado de la exposición queremos mencionar el tratamiento que ofrece el autor a otro de los factores externos (o condiciones naturales) que según el mismo, repercuten en las sociedades. Vamos a abordar el asunto del clima ya que según Montesquieu, influye de una manera muy directa en la estructura social. Hemos de decir que no es un tema muy novedoso ya que también fue tratado por autores anteriores como Bodino. La teoría de los climas implica una superioridad “política” de los estados con clima frío respecto de los estados de los estados meridionales, ya que los climas cálidos incitan a la relajación en el cumplimiento de las obligaciones en todas las esferas de la vida cotidiana. Es este el motivo por el que las leyes deben contrarrestar los efectos nocivos, o potenciar los beneficiosos, que el clima y en general los elementos externos producen en los hombres que forman la sociedad.

    Con todo lo visto hasta ahora, podemos establecer que las leyes y costumbres de cada país no son productos arbitrarios, sino que dependen de ciertas condiciones naturales (elementos externos) y deben ajustarse al principio respectivo de cada forma de gobierno que exista en cada país. Están relación con el carácter nacional (elemento externo que también puede estar determinado por el clima), con el clima, con la religión , ...., de suerte que “deben ser de tal manera apropiadas al pueblo para el cual han sido hechas, que es una gran casualidad que las de una nación puedan convenirle a otra”. En esto consiste el “espíritu de las leyes”.

    ESQUEMA DE LA OBRA

    Es esta una obra, de acuerdo con el espíritu de Montesquieu, muy sistematizada, lo que hace muy difícil realizar un esquema claro y conciso. De hecho, el libro está compuesto de 6 partes, 31 libros y 595 capítulos, capítulos todos ellos con un título y contenido independientes.

    No obstante, podríamos establecer el siguiente división:

    1ª parte: compuesta por 8 libros que tratan, en general, de las leyes (definición, naturaleza, principios, origen, etc.), de las diferentes formas de gobierno (mismo tratamiento que las leyes) y las relaciones entre las leyes y las formas de gobierno.

    2ª parte: integrada por 5 libros que analizan las leyes en su relación con las fuerzas ofensivas y defensivas y la libertad política del hombre.

    Son los 13 primeros libros los que constituyen la base de la obra de Montesquieu y donde él desarrolla sus principales teorías. En ellos muestra todo lo que concierne directamente a la organización de la sociedad y a la distribución de sus poderes. En los demás libros aparecen consideraciones económicas, filosóficas e históricas sobre las causas, los efectos y las circunstancias de encadenamiento de los diferentes estados de la sociedad en ciertos tiempos y en ciertos países.

    3ª parte: contiene 6 libros que hacen referencia a la influencia del clima en los pueblos y tratan también el tema de la esclavitud, muy relacionado para Montesquieu con el clima.

    4ª parte: formada por 4 libros que estudian las leyes en relación con el comercio, la moneda y el uso de las libertades.

    5ª parte: 3 libros que comentan la relación de las leyes con la religión.

    6ª parte: son 5 libros puramente históricos.

    ANÁLISIS CRITICO DE LA OBRA

    Montesquieu fue el primero que redujo la legislación a un sistema razonado, sistema no exento de errores, pero para juzgar a las personas es necesario situarnos en su tiempo y de todas formas, no tiene mucho sentido poner en entredicho sus bastísimos conocimientos.

    Enseñó a los hombres sus derechos olvidados y les inspiró el deseo eficaz recobrarlos, de defenderlos y asegurarlos contra la usurpación y la tiranía. De ahí que algunos autores le llamen el “legislador del género humano”.

    Libro 1º: de este libro se deduce que existen dos tipos de leyes:

    -Leyes positivas: la ley es la regla que guía nuestra acciones prescrita por una autoridad a la que creemos con derecho a hacer esta ley. Esta última condición es indispensable pues si falta, la ley se convierte en arbitraria y en un acto de violencia y opresión. A la ley le acompaña una pena inherente a la infracción de ella, un tribunal que aplica esta pena y una fuerza física que la hace ejecutar. Sin todo esto la ley es incompleta.

    - Leyes naturales: por otro lado, cuando observamos los fenómenos de la naturaleza y de nuestra inteligencia, cuando descubrimos que todos estos fenómenos se producen del mismo modo y en las mismas circunstancias, decimos que siguen leyes ciertas, leyes que llamamos leyes de la naturaleza y bajo las que se rigen fenómenos que suceden constantemente (si abandonamos un cuerpo en el aire caerá siempre hacia el centro de la tierra y siempre a la misma velocidad). Estas leyes son anteriores y superiores a las nuestras, y para que las nuestras, las positivas, sean buenas no hace falta que se deriven de las leyes de la naturaleza, sino que deben ser conformes a ellas. Lo justo fundamental es lo conforme a ellas y lo injusto lo contrario. Este es el espíritu o sentido en que deben estar hechas las leyes positivas.

    Libro 2º: Montesquieu diferencia tres tipos de gobierno:

    a) República: su naturaleza consiste en que el sujeto del poder es todo el pueblo (democracia) o algunas familias (aristocracia). Para Montesquieu esta es la forma de gobierno ideal para los Estados pequeños.

    b) Monarquía: su naturaleza consiste en que el príncipe tiene todo el poder, pero gobierna conforme a las leyes establecidas y con ayuda de poderes intermedios subordinados (nobleza). Esta es, según el , la mejor forma de gobierno para los Estados medianos.

    c) Despotismo: su naturaleza consiste en que uno solo gobierna a su capricho y conforme a su voluntad, sin ninguna ley ni regla. Para él, el modelo más eficaz para los grandes imperios, lo que supone una gran contradicción pues al mismo tiempo considera este sistema como abominable.

    Esta división sirve de base a la teoría política de Montesquieu, y para el Conde de Destut de Tracy (autor del “Comentario sobre El espíritu de las leyes”) tiene algunos fallos. En primer lugar, entiende que Montesquieu se encierra demasiado en esta división y casi toda la obra va girando en torno a estos tres sistemas de gobierno, lo que en su opinión le perjudica bastante. En segundo lugar, porque entiende que democracia y aristocracia son esencialmente diferentes para encuadrarlas dentro de un mismo título y él mismo se ve forzado muchas veces a diferenciarlos. En tercer lugar, porque en cierto modo y salvando las distancias, todos los sistemas tienen, en algún punto, características en común. La palabra republicano comprende multitud de gobiernos: desde una democracia pacífica, una aristocracia, una oligarquía,...La monarquía significa, propiamente dicha, un gobierno en el que el poder ejecutivo reside en manos de una sola persona, y eso es lo que ocurre exactamente en el despotismo. Y el despotismo significa abuso, que puede hallarse, más o menos, en todos los gobiernos, pues todas las instituciones humanas son imperfectas.

    Por eso, Destut de Tracy propone reducir la división de las formas de gobierno a dos:

    a) Nacionales: en los que todos los derechos y poderes pertenecen a la nación, residen en él.

    b) Especiales o de excepción: gobiernos, cualesquiera que sea, en que se reconocen otras fuentes legítimas de derechos y de poderes (autoridad divina, conquistador, golpe de estado) que la voluntad general.

    Para Tracy tanto una como otra pueden adoptar formas diferentes, eso es lo de menos.

    Libro 3º: en él, Montesquieu indaga sobre cuáles son los principios que hacen obrar, los principios motores de cada forma de gobierno, y concluye diciendo:

    a) El principio que mueve y hace obrar a la República es la virtud política, que se convierte en moderación cuando nos referimos a la Aristocracia. En ambos casos, consiste en el amor a la patria y la igualdad.

    b) El principio activo de la Monarquía es el honor, o sea el prejuicio de cada persona o clase social, que consiste en exigir preferencias o distinciones.

    c) El principio del Despotismo es el temor, que anula todo sentimiento de ambición.

    Destut establece esos principios motores pero dentro de su particular división de las formas de gobierno, de manera que el principio que mueve los gobiernos nacionales es el respeto por los intereses generales; el amor de los individuos a la libertad y a la igualdad, a la paz y a la justicia. Respecto a los gobiernos especiales, el principio activo sería el respeto a los derechos particulares reconocidos como legítimos (los derechos generales no son nada).

    Libro 4º: dice Montesquieu que “El gobierno es como todas las cosas de este mundo: para conservarle es preciso amarle” Conviene pues que nuestra educación nos disponga a tener sentimientos y opiniones que no estén en oposición con las instituciones establecidas. La educación debe estar dirigida por el espíritu que más conviene para la conservación del gobierno establecido, si se quiere prevenir su caída. Hace referencia Montesquieu a la importancia de primera educación recibida, pues es muy difícil desprendernos de ella.

    Por su parte, Tracy, entiende que se reciben tres especies de educación: la que se recibe de los padres, la de los maestros y la del mundo. Pues bien, el gobierno deberá por medios suaves conseguir que esa educación no se contradiga y que todas sean dirigidas al objeto que el gobierno se propone. Pero nunca podrá el gobierno quitar por autoridad los hijos a los padres para educarlos y disponer de ellos sin su participación y consentimiento.

    Libro 5º: trata de las medidas que pueden adoptar los gobiernos para conseguir que los ciudadanos tengan la educación que más conviene al gobierno establecido. Trata sobre cuáles son las leyes favorables o contrarias a una u otra forma de gobierno. Para Montesquieu, partiendo de la división que hace de las formas de gobierno, son:

    - Democracia: la virtud política consiste en renunciar de sí mismo y en la abnegación de todos los sentimientos naturales. Apuesta por las reglas de las órdenes monásticas, escogiendo entre ellos los más austeros. Para conseguirlo aconseja que se tomen las medidas más radicales: partir las tierras con igualdad; no permitir nunca que un hombre posea dos porciones; exigir que el rico tome sin dote por mujer a la hija de un ciudadano pobre; patria potestad ilimitada;

    - Aristocracia: apuesta por la máxima moderación, lo que implica que los nobles no humillen al pueblo; no se den privilegios individuales, honoríficos ni pecuniarios; que se priven de los medios para aumentar su caudal; para evitar el odio y la envidia que no haya entre ellos derechos de primogenitura ni mayorazgos ni substituciones.

    - Monarquías: aconseja todo lo que es propio para perpetuar el lustre de las familias: desigualdad de las particiones, libertad de testar, privilegios personales, lentitud en los pleitos,…

    - Despotismo: se ciñe a hacer referencia a todos los males que nacen de él como mejor medio, además, para asegurarlo.

    Para Destut de Tracy, Montesquieu se equivoca al aplicar exclusivamente los conceptos virtud, moderación, honor y terror. Tracy entiende que o se persigue favorecer los intereses particulares o los intereses generales, y a partir de ahí es más fácil saber qué leyes son las más favorables a una u otra forma de gobierno. Y pone como ejemplo el gobierno representativo (el que él considera mejor). Este sistema es de los que buscan favorecer los intereses generales y por tanto, las medidas a adoptar serán lógicamente medidas tales como propugnar la libertad (siempre que no atente contra el buen orden); asegurar la igualdad (no aumentar riquezas, por ejemplo); que reine el espíritu del trabajo, el orden y la economía; libertad de expresión; que las funciones públicas sean conferidas por la elección libre de los ciudadanos y que casi todas sean temporales.

    Libro 6º: en este libro trata las leyes civiles y criminales, la forma de los juicios y el establecimiento de las penas.

    A) Leyes civiles: dice Montesquieu que son más complicadas en lo que se llama monarquía que en el despotismo, no diciendo nada sobre la república. Para Destut de Tracy, lo que quiere decir Montesquieu con esta frase es que se debe buscar es la sencillez y uniformidad de las leyes. Pero esto es más difícil de lograr cuanto más se perfecciona una sociedad, pues más se multiplican las relaciones sociales y lógicamente las leyes que las arreglan.

    B) Forma de los juicios: “No conviene que ni el soberano ni el pueblo ni un Senado ni un monarca decida sobre los intereses de los particulares, sino por jueces establecidos de antemano para esto y que estos jueces juzguen siempre según el texto previsto en la ley.” Nada hay que decir a este respecto.

    C) Leyes criminales: deberán ser siempre lo más sencillas posibles, respetando los derechos de los hombres y seguidas literalmente en los juicios.

    D) Penas: solicitadas siempre por el ministerio o acusador público, nunca por el acusador particular, evitando así servir a las pasiones personales y dar un aspecto de venganza. Respecto a la severidad de las mismas, Montesquieu entiende que el verdadero objetivo de castigar el delito es tratar de evitar que se repita. Niega la eficacia delos castigos bárbaros e incluso demasiado severos; para él estos castigos sólo consiguen multiplicar los delitos en vez de reducirlos. No se manifieste a cerca de la pena de muerte, pero encuentra absurda la ley del talión, por lo que parece claro que no está a favor de ella.

    Libros 7º, 8º ,9º y 10º: todos ellos tratan los efectos que producen sobre la libertad de los hombres las leyes que forman la Constitución de un Estado; es decir, las que arreglan la distribución de los poderes políticos.

    Libro 7º: en este libro hace referencia al lujo. Destut critica a Montesquieu por no haber dicho claramente que es el lujo y por haber hablado de él de una manera vaga pues se limita a decir que ciertos gobiernos (monarquía y despotismo) necesitan fomentar el lujo para sostenerse. Por su parte, Destut de Tracy entiende que lujo sería realizar gastos no productivos, lo que es un gran mal mirado con respecto a la economía y en relación a la moral, pues lleva a la vanidad, a la codicia a la falta de generosidad,…Se asombra, además ,de como Montesquieu puede estar de acuerdo con que el lujo sea necesario en determinados formas de gobierno, y no para fomentar la circulación del gobierno, sino para excitar la vanidad. A nuestro modo de ver, Montesquieu no hace más que tener una visión realista y objetiva a lo largo de toda su obra. De hecho, para él, “El espíritu de la monarqía es la fuerza e el engrandecimiento, y el espíritu de la república es la paz y la moderación.” Parece claro que el lujo y el engrandecimiento están bastante unidos.

    Libro 8º: trata la corrupción de los principios de los tres gobiernos (Tracy se esperaba que mostrara los vicios propios de las formas sociales y los modos de combatirlos, pero ve como Montesquieu se ciñe a su clasificación sistemática y sólo se refiere a los principios motores honor, temor, moderación y virtud, lo que provoca que este libro peque, en su opinión, de ser demasiado subjetivo y poco práctico).

    Dice Montesquieu:

    - El principio de la democracia se corrompe cuando todos quieren ser iguales a los que ellos mismos han elegido para que los manden.

    - El principio de la aristocracia se vicia cuando el poder de los nobles se hace arbitrario y no observan las leyes.

    - El principio de la monarquía se daña cuando el príncipe atiende más a sus caprichos que a la razón y a la justicia, cuando se hace cruel.

    - El principio de despotismo se corrompe de forma diferente a los otros tres, pues si los otros se alteran porque se incumple alguna regla, el despotismo se pervierte por seguir, precisamente, algún orden o permitir alguna norma.

    Libro 9º: se refiere en este libro a las medidas políticas que puede tomar un Estado para ponerse a cubierto de los ataques de sus vecinos. Se apoya de nuevo en su divisón de las formas de gobierno:

    - República: parte de la idea de que la república es la forma de gobierno ideal para los estados pequeños, de manera que su mejor medio de defensa es unirse a otros Estados con una liga federativa (alianza). Deberán aliarse Estados con una fuerza pareja y gobernada por los mismos principios.

    - Monarquías: ve difícil que puedan federarse, pues una federación supone elevar una autoridad común sobre algunas autoridades particulares, y por consiguiente, los reyes que quisiesen formar una federación dejarían de ser soberanos.

    Libro 10º: trata del derecho a hacer la guerra y de hacer conquistas, de la conservaión de las conquistas, del uso que puede hacerse de ellas y de los medios para conservarla.

    El derecho de hacer la guerra viene del que tienen cada hombre a defender su persona y sus intereses. Sin embargo, los hombres, para no estar en guerra continuamente, deben tratar de entenderse y por eso mismo las naciones envían unas a otras embajadores y firman tratados en los que se comprometen a devolver rehenes, cuidar a los heridos, enterrar a los muertos, no romper la paz sin motivo alguno, etc. Observamos aquí una clara conexión con el Derecho de Gentes (ius gentium), derecho en el que no se detuvo mucho Montesquieu, pero que, sin embargo, tiene mucho valor su concepción del Derecho de la guerra, que no tiene otro fundamento para él que el de una defensa necesaria y nunca como medio para satisfacer el amor propio, por conveniencia o conseguir la gloria.

    Respecto al Derecho a conquistar, explica, desde la división que hace de los gobiernos, cuándo y hasta qué punto deben hacerse conquistas y cómo después de la paz se debe tratar al país conquistado. Por ejemplo, entiende que “una república que quiera conservarse libre no debe tener vasallos; admite que puede ser útil formar algunas colonias con el objeto de abrir nuevas rutas para el comercio o para dar salida a un exceso de población, pero luego deben ser emancipadas”. Por otro lado, expresa su conformidad con que “a veces un pueblo gana mucho con ser conquistado”

    Libro 11º: en este libro se plantea la siguiente cuestión: ¿Está resuelto el problema que consiste en distribuir los poderes de la sociedad del modo más favorable a la libertad?. Montesquieu entiende que la Constitución inglesa es la perfección, que en ella se encuentra el medio para asegurar la libertad política. (para Tracy, el problema no se resolverá mientras se dé demasiado poder a una sola persona)

    Libro 12º: trata las leyes que tocan directamente a cada ciudadano en sus intereses privados; de aquellas que sólo atacan o protegen la libertad individual o particular y no la pública o política. Para Montesquieu, el problema está en que las Constituciones pueden ser libres, contener disposiciones favorables a la libertad´pero no serlo el ciudadano. En la mayor parte de los Estados la libertad está más oprimida, más restringida de lo que establece su Constitución.

    Libro 13º: trata en este libro de las rentas, de las contribuciones al Estado, y se refiere a ellas como porción que cada ciudadano da de sus bienes por gozar del resto con seguridad, porción que debe ser lo más pequeña posible, sólo lo indispensable para las necesidades del Estado.

    Observa Montesquieu que cuanta más libertad haya en un país, tanto más se le puede cargar de contribuciones, ya que la libertad aumenta la actividad de las personas y de la industria, lo que aumenta sus rendimientos, y porque cuanta más libertad hay, más amas a tu gobierno y más exigente puede ser éste. Sin embargo, critica a los países europeos de haber abusado enormemente de esta ventaja.

    Tracy, aunque está de acuerdo con la definición de renta de Montesquieu, entiende que la felicidad y poder de un sociedad se consigue por medio del trabajo, de forma que el objetivo es hacerlo lo más productivo posible. Y el mejor mecanismo es disminuir lo más posible los gastos superfluos y el número de hombres que no trabajan y sólo reciben contribuciones.

    Como ya señalamos en el esquema de la obra, son estos trece libros los que contienen los principales aspecto de la teoría jurídico-política de Montesquieu.

    Conclusiones

    A la hora de elaborar el presente trabajo hemos apreciado como muchos autores coincidían en señalar una preocupación de Montesquieu por la autodestrucción, la autodestrucción es una cualidad intrínseca de ciertos organismos y en concreto de las sociedades (pueblos). Es por ello que el autor escribe de una forma sistemática (al igual que Hume y Hobbes) ya que es la forma de hallar los elementos, de cada unidad de estudio, que conducen a dicha autodestrucción. En nuestra opinión lo que realmente preocupa al autor es el equilibrio que cada organismo debe propiciarse a sí mismo para no autodestruirse. Montesquieu analiza todos los elementos de la sociedad para encontrar la correlación más idónea entre ellos y así poder mantener el equilibrio. Según el autor, el equilibrio debe predicarse de todos los aspectos de la realidad: el arte, las ciencias, las letras, la política, ... .

    Es importante ver la responsabilidad del hombre en su vida, su sociedad y en general en su entorno. Deducimos de la obra que las leyes están influenciadas por las costumbres, por las circunstancias naturales de cada momento y por el propio hombre. A partir de la Ilustración las cosas dejan de guiarse exclusivamente por su destino y por el azar, sino que el hombre también influye en su entorno al tomar sus propias decisiones, de las que es responsable aunque puedan estar también influenciadas por los elementos externos.

    La idea de Montesquieu fue la de elaborar un tratado sistemático sobre las distintas formas de gobierno y las leyes que más les convienen para que perduren en el tiempo, es decir, que pretendía elaborarla desde la más estricta objetividad; pero nada más lejos de la realidad ya que también deja entrever en su obra sus preferencias al tratar los distintos temas y las distintas posibilidades, en un tono más despectivo respecto de aquellas opciones que no consideraba tan recomendables. Así, el autor muestra sus preferencias al intentar buscar un sistema político que permitiese el progreso de la convivencia y una concepción burguesa del mundo, eludiendo los peligros del desmesuramiento o exceso que conlleva la corrupción. Es este un sistema político que asegura la Libertad individual.

    Según palabras del propio autor: “La libertad es el derecho de hacer lo que permiten las leyes... . En un estado o una sociedad en que existen leyes, la libertad no puede consistir en hacer cada uno lo que quiere, sino en hacer lo que se debe hacer y en no ser obligado a hacer lo que no se debe hacer”. Este amor por la libertad muestra las bases del sistema político que prefiere Montesquieu:

    • Unas buenas leyes políticas deben procurar las garantías suficientes para que exista la libertad.

    • Unas buenas leyes políticas son las que ordenan correctamente la Separación de Poderes. Estos poderes son el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Toman su nombre de las funciones que desempeñan y cada uno tiene un titular distinto. Es muy importante establecer bien esta separación de poderes y sobre todo respecto del ejecutivo, ya que su desequilibrio conduce a la tiranía.

    • Las estructuras políticas particulares deben ser dinámicas. A nivel del estado esto se consigue nutriendo a los órganos de gobierno con representantes elegidos por el pueblo. La fórmula más adecuada es el bicameralismo.

    • Todos estos criterios anteriores son los propios de un gobierno moderado que es el que tiene por principio la virtud (política), pero también hay que poner límites a la virtud para que el gobierno no se autocorrompa.

    • La constitución política que no siga estos principios es tiránica. Según Montesquieu existen dos formas de gobernar: la recta (correspondiente a los estados moderados) y la opuesta (la tiránica).

    • El germen corruptor más importante de un gobierno es el ejecutivo y dentro de éste el ejercito porque desprecia al senado y respeta a sus capitanes. Según Montesquieu hay que separarlos bien y conviene que el ejercito sea popular.

    Con estas bases del sistema político que prefiere Montesquieu, debemos entender por lo que leemos más tarde en la obra que es un sistema político que tiene como forma de gobierno la república, ya que es la única que tiene por principio la virtud, la única con cámaras legislativas formadas por representantes del pueblo elegidos por el mismo y al única que necesita controlarse a sí misma por medio de las leyes políticas que a su vez ordenen la correcta separación de poderes.

    Para concluir no tenemos más que resaltar la influencia de Montesquieu en la política de su época y en la de los años inmediatos a su muerte, ya que aunque no fuera este su propósito, alimentó las ideologías burguesas de aquellos hombres que dirigieron la Revolución francesa de finales del siglo XVIII, inspirando con su teoría de la separación de poderes el constitucionalismo moderno emergente en dicha época en Francia y los Estados Unidos.

    Bibliografía

    • “Del Espíritu de las Leyes”. Charles Louis de Secondat Baron de la Brède et de Montesquieu. Introducción de Enrique Tierno Galván, traducción de Mercedes Blázquez y Pedro de Vega. Editorial Tecnos, 1.998.

    • “Historia de la Filosofía, volumen 2”. Nicolás Abbagnano. Editorial Hora S.A., 1.982.

    • “Historia de la Filosofía, volumen 2”. Johannes Hirschberger. Editorial Herder, 1.982.

    • “Historia de la Filosofía, volumen 3”. Guillermo Fraile. La Editorial Católica S.A., 1.966.

    • “Comentario sobre el Espíritu de las Leyes de Montesquieu”. Conde Destut de Tracy. Traducción del doctor Ramón Salas, catedrático de Salamanca, 1.821.




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    Enviado por:El Jipi De La Colina
    Idioma: castellano
    País: España

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