Derecho


Constitucionalismo español


DERECHO CONSTITUCIONAL

Curso 1º

Gestión y Administración Pública

CURSO ACADÉMICO

1995 - 1996

DERECHO CONSTITUCIONAL

TEMA 1: INTRODUCCIÓN.

1.- Aspectos Metodológicos.

2.- Elementos Básicos para el estudio del Derecho Constitucional.

3.- Supuestos ideológicos del movimiento constitucional.

4.- Etapas del Constitucionalismo Español.

TEMA 2: HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL (I).

5.- Los orígenes del régimen constitucional en España.

6.- Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812.

7.- El Estatuto Real de 1834.

8.- La Constitución de 1837.

9.- La Constitución de 1845.

10.- El Sexenio Revolucionario y la Constitución de 1869.

11.- La Primera República y el Proyecto Constitucional de 1873.

12.- La Restauración y la Constitución de 1876.

TEMA 3: HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL (II).

13.- La Dictadura de Primo de Rivera y sus intentos institucionalizadores.

14.- El Régimen del Segunda República y la Constitución de 1931.

15.- El Régimen Político Franquista.

1-. ASPECTOS METODOLÓGICOS

La historia constitucional española no encuentra su explicación únicamente mediante el estudio de los textos constitucionales. Son necesarios análisis sociológicos, ideológicos e institucionales. Son necesarios varios instrumentos que hacen referencia a cinco distintos niveles:

NIVEL 1º: el jurídico. Se dedica al estudio de los textos constitucionales.

NIVEL 2º: el institucional. Dichas instituciones suelen anteriores a los propios textos informativos, e incluso perviven con posterioridad a ellos. Un ejemplo de ello son la monarquía y el ejército.

NIVEL 3º: el social. Las distintas fuerzas sociales que intervienen en el proceso constitucional p.ej. la burguesía.

NIVEL 4º: el político. Ideologías de la época y movimientos políticos como el anarquismo, el catolicismo... etc.

NIVEL 5º: el internacional. Que influye en los hábitos de conducta españoles, pero en muchos casos es una influencia contraria, es decir, influye para hacer lo contrario de lo que se hace en el extranjero.

2-. ELEMENTOS BÁSICOS PARA EL ESTUDIO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

2-1. Características del Estado Español

El Estado Constitucional Español se va a construir bajo la responsabilidad de una auténtica oligarquía*, cerrada a cualquier percepción, tanto interior, esto es social, como exterior, esto es internacional. El capitalismo español va a ser distinto del capitalismo del resto de Europa. Esto es debido a esa oligarquía cerrada, que fue quien lo formó, surgiendo como consecuencia directa de la desamortizaciones, tanto religiosas como civiles, y de la reforma agraria. Por todo ello la nobleza va a perder gran parte de su poder político en favor de esta oligarquía burguesa. Ya con la Restauración se termina de dibujar el Estado Español, el cual es fuertemente centralista. La participación política del pueblo va ser prácticamente nula. Dicha participación se verá incrementada con la instauración del sufragio universal. El cual en el fondo era más bien restringido, ya que solo podían votar los hombres mayores de 25 años, y además estaba influido por el caciquismo. La mayor parte del pueblo español es ajena a la realidad política y constitucional, lo que provoca la aparición del movimiento anarquista.

2-2. El sistema de partidos.

Las clases dominantes se van sucediendo a lo largo de nuestra historia político - constitucional. Estas forman un grupo que no forjó un auténtico sistema de partidos, pero porque no lo necesitó. Con aquel mínimo censo electoral no era necesaria la formación de partidos políticos.

Lo más parecido a un sistema de partidos se produce durante la Restauración. Cánovas del Castillo copia el sistema inglés y se produce la dualidad entre liberales y conservadores hasta la Crisis de 1898.

2-3. La vigencia temporal de las constituciones.

A nivel constitucional, la historia española se caracteriza por un movimiento pendular entre constituciones de carácter liberal y de carácter conservador. Pero duran más los periodos conservadores (70 años en total) que los liberales (17 años, únicamente). Este desajuste temporal viene dado por la intervenciones del ejército en la vida política.

La hegemonía de poder político - temporal es conservadora, aun reconociendo el movimiento pendular.

2-4. Ausencia de un sistema de libertades públicas.

En las constituciones españolas falta un eje fundamental que son las declaraciones de derechos. Es altamente significativo como hasta 1869 no aparecen declaraciones de derechos fundamentales. Únicamente aparecen derechos individuales que nunca se reflejan de una forma práctica (siempre de forma teórica) p.ej el derecho al voto, libertad de prensa, derecho al asociacionismo. Hasta 1887 no se da una ley que regule el derecho de asociación. La población española, al estar ausente de la vida político - constitucional va dejar las manos libres a la oligarquía para que se mantenga en la cima del poder político. También debemos observar la notoria incompetencia de las fuerzas democráticas para consolidar sus opciones políticas (con la excepción de la II República).

2-5. Periodos Constituyentes.

Se conoce como periodo constitucional al plazo de tiempo durante el cual se produce la elaboración de una constitución p.ej. el periodo constitucional de la Constitución actual sería el 76-77.

En España ha habido gran cantidad de periodos constitucionales. Pero en último caso el texto constitucional siempre es el texto del vencedor político del momento. Quien hace las constituciones el vencedor político, y así impone su reglas al resto de los sujetos del estrato social.

La presencia del ejercito tiene un papel fundamental, no militar sino político. En último caso obedece a tres factores:

- a la inexistencia de un sistema de partidos.

- a la fragilidad de las libertades públicas.

- al carácter reducido y cerrado de la oligarquía.

3-. SUPUESTOS IDEOLÓGICOS DEL MOVIMIENTO CONSTITUCIONAL.

3-1. Plano Ideológico.

Hay que señalar que se produce un desfase entre la formulación ideológica del movimiento constitucionalista y la burguesía, como sujeto que predica dicha ideología. Es decir, existe una dualidad entre ideología y sujeto que postula sobre esa ideología. Se produce un deterioro de las estructuras estamentales como resultado de dos acciones independientes entre sí:

- Acción política ilustrada.

- Acción ideológica del movimiento liberal.

La raíz de la crisis del Antiguo Régimen va a intervenir en último caso en la acción de personas aisladas p.ej. Melchor de Jovellanos redactará su esencial informe sobre la ley agraria, en el que critica con dureza la realidad económica y social española.

3-2. Plano económico y social.

Se parte del consentimiento de la liberación de las fuerzas políticas y económicas. Ello supone liquidar las viejas estructuras de monopolios de barreras aduaneras internas. supone la liberalización de la industria y del comercio, provocando una nueva concepción que transforma el concepto de tierra en una mercancía más. Cuando se produce este proceso cae el Estado Absoluto debido a su incapacidad para dominar la situación existente, evolucionando al sistema liberal burgués.

3-3. Plano Político.

A partir de la Revolución Francesa comienza a producirse en las clases dominantes españolas un estado de opinión favorable al cambio político. Es en esos sectores donde comienzan a aflorar la ideas en pos del cambio. Esta reforma pasa, lógicamente, por la conquista del poder y su institución por un estado burgués representativo, caracterizado por:

- la igualdad de todos los ciudadano ante la ley.

- la Soberanía Nacional. El poder proviene de la nación (Cortes - Rey)

Este planteamiento es la consecuencia a nivel político de la renovación de la fuerzas sociales y políticas. La Constitución de Cádiz de 1812 es el resultado más claro de dichas modificaciones sociales y políticas. Bastará con un mínimo intento de renovación para que la monarquía de Fernando VII se derrumbe y se pase de una Monarquía Absoluta a una Monarquía Liberal. Estos intentos reformistas surgen con la invasión francesa, pero se complican al hallarse incrustados dentro de la Guerra de la Independencia. Esta guerra es algo más que una mera lucha contra el invasor francés, ya que esconde contradicciones sociales e ideológicas muy graves. Cuando se habla de contradicciones, nos referimos a que pese a luchar contra Napoleón, se quiere adoptar su sistema constitucional. La Constitución de Bayona influirá en la de Cádiz de 1812.

El problema fundamental es que en España no acompañó a la revolución burguesa una auténtica reforma agraria. Ya que así se hubiese privado a las estructuras feudales de su mayor fuente de poder: la tierra. Las reformas de Carlos III fueron insuficientes y surgen las desamortizaciones en España, creándose una auténtica burguesía feudal. Debido a la ausencia de una burguesía fuerte no se va a dar una auténtica revolución política porque la burguesía va a ser sustituida por el ejército. Durante todo el siglo XIX España va a verse caracterizada por la ausencia de una burguesía fuerte que sepa ocupar su sitio político en la estructura social. La burguesía es antifeudal, pero partidaria del ejército y de la participación de este en cuestiones civiles. Los burgueses son grupos eminentemente progresistas, su meta es la Revolución Industrial, pero ideológicamente son reaccionarios. El principal sujeto es desde el punto de vista ideológico es el progreso pero en la práctica es reaccionario por ello el burgués es sustituido por el militar. Por esta contradicción oligárquica va a impedir la consolidación del estado liberal español. El desarrollo del liberalismo español va a ser diferente al desarrollo del liberalismo europeo. Podemos hablar de lo que se conoce como "liberalismo a la española", caracterizado por:

a) Libertad. Pero libertad referida al rechazo del privilegio estamentado. Son libres los propietarios, y estos son los únicos capacitados para votar.

b) Obsesión por limitar el poder estatal. Así nuestros liberales se muestran muy ingeniosos para proteger el derecho a la propiedad frente al resto de los demás derechos.

c) Hostilidad hacia la Iglesia. Pretenden tratar a la Iglesia Católica como si fuera una asociación más.

d) Gobierno representativo, en función de la voluntad de los ciudadanos.

e) Libertad de asociación. Pero esta es solo teórica, porque no se permiten los sindicatos obreros.

Todo este “liberalismo a la española” viene caracterizado por la razón, quien caracteriza toda la historia constitucional liberal española. Esta razón deriva de la naturaleza humana, que se impone a todos los seres. El que se siente liberal cree profundamente en el principio de la razón como la piedra angular sobre la que se va a sustentar todo el edificio constitucional español.

4-. ETAPAS DEL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL

4-1. Sujetos.

a) Absolutistas

Apoyan la no limitación del poder real. No desean un texto constitucional. Soberanía real.

Catolicismo a ultranza, ya que creen que es algo consustancial a la propia sociedad española.

A lo largo del siglo pasaran a llamarse carlistas.

b) Moderados

Si a la limitación del poder real mediante un texto constitucional. Soberanía compartida (Rey - Cortes).

Tolerancia religiosa. Admiten otras religiones pero como oficial del estado mantienen la católica.

A lo largo del siglo pasarán a llamarse doctrinarios.

Limitación del poder real mediante un texto constitucional. Soberanía popular. Libertad de cultos.

A lo largo del siglo pasarán a conocerse como demócratas.

España es el país con mayor número de constituciones. Por otro lado ha de destacarse como los pronunciamientos militares han sido el fenómeno clave de nuestra historia constitucional.

Los liberales españoles entendía por constitución una forma crítica que se ofrecía como un reino de Dios en la tierra. Era algo que lo arreglaba todo. La constitución no es una puerta hacia el progreso, es el progreso mismo. La constitución no es un nuevo orden es el reflejo de algo que ha sido definido por la tradición. Las constituciones pasan pero no así las tradiciones nacionales. Lo que está por encima de la constitución es esa tradición nacional.

Los sujetos que intervienen en la elaboración de los textos constitucionales van a ser antagónicos y aunque cambien de nombres sus diferencias continúan latentes produciendo a menudo luchas fratricidas.

4-2. Etapas del constitucionalismo.

Estos tres personajes políticos llegarán a producir ocho constituciones, que pueden ser agrupadas en seis grupos:

1) 1812-1833

Desde la publicación del texto de Cádiz a la muerte de Fernando VII.

2) 1833-1873

Estatuto Real de 1834. Se reúnen las fuerzas de poder. En 1837 constitución progresista en el 45 moderada, con la revolución de Prim se instaura la Constitución de 1869.

3) 1874-1921

En 1874 estalla la revolución de Martínez Campos. El único texto constitucional es la constitución de 1876.

4) 1921-1931

Dictadura de Primo de Rivera. No hay texto constitucional.

5) 1932-1975

No hay texto constitucional, solo leyes básicas. Dictadura del General Franco.

6) 1975 - nn. dd

Constitución de 1976.

4-3. Rasgos constitucionales.

Divididos en dos grupos:

1-. Internos

Caracterizado por la no originalidad de los textos constitucionales, es decir lo textos se van copiando los unos de los otros.

Excesiva carga ideológica (son constituciones de partido). El grupo que llega al poder elabora su propio texto constitucional. Cuando cambia el poder cambia la Constitución.

2-. Externos

Caracterizado por su falta de arraigo social. La mayoría de la sociedad no interioriza el texto constitucional como algo propio. A la vez se exige que la constitución, por su mera presencia, arregle las cosas.

El juego político permanece al margen de los textos constitucionales. Una sola vez siguieron los cánones de reforma constitucional marcados por la constitución anterior para elaborar la nueva (1845-1876).

4-4. Constantes constitucionales. Características de las constituciones españolas.

Año Suj Sober Tendencia Poderes Proc. de Refor. Duración

1812 la Nación Progresista Separados Rígido 5 años

1834 el Rey Moderada No separa Flexible 3 años

1837 la Nación Progresista Separados Flexible 8 años

1845 el Rey Moderada No separa Flexible 24 años

1869 la Nación Progresista Separados Rígido 4 años

1876 el Rey Moderada No separa Flexible 47 años

1931 la Nación Progresista Separados Rígido 8 años

Jorge Valls Campos_________________________________________________________________TEMA 1

Derecho Constitucional

1º de G.A.P.




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Enviado por:Jorge Valls
Idioma: castellano
País: España

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