Economía


Concepto y características del Grupo


4.1. CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS DEL GRUPO

  • Es un conjunto de entidades jurídicas, formalmente independientes, ligadas entre si por vínculos eco y finan, a través de participaciones de unas compañías en el capital de otras

  • Características:

  • Control de unas sociedades sobre otras

  • Las decisiones dependen de la dirección del grupo

  • Desde el punto de vista eco se configura como una unidad

  • La emp q ejerce el control se denomina matriz, dominante o tenedora

  • La emp q soporta el control se denomina filial, dependiente o subsidiaria

  • Cuando 2 o mas emp controlan a otra y ejercen una dirección colegiada se habla de multigrupo (Joint Venture)

  • Se presume la existencia de un grupo cuando existe “ dirección única”

  • La consolidación de cuentas tiene su razón de ser en q la información contable de las emp individualizadas no permite tener una visión del conjunto

4.2 NORMAS DE CONSOLIDACIÓN EN ESPAÑA

  • Ley 19/1989 de reforma parcial y adaptación a la legislación mercantil a los directivos de la CEE

  • Real decreto 1815/1991 sobre normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas

4.3. EXISTENCIA DE GRUPO Y OBLIGACIÓN DE CONSOLIDAR

  • Existe grupo y obligación de consolidar, cuando existe sociedad dominante

  • Sociedad dominante es la sociedad mercantil q, siendo socio de otra sociedad, se encuentra con relación a esta, en alguno de los casos siguientes:

  • Posea directa o indirectamente la mayoría de los derechos de voto

  • Tenga la facultad de nombrar o de destituir a la mayoría de los miembros del órgano de admon

  • Pueda disponer, en virtud de acuerdos con otros socios, de la mayoría de los derechos de voto

  • Haya nombrado exclusivamente con sus votos la mayoría de los miembros del órgano de admon, q desempeñen su cargo en el momento en q deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios anteriores

  • 4.4. COMPOSICION DEL GRUPO DE SOCIEDADES

    • A efectos de la consolidación de cuentas está formado por la sociedad dominante y una o varias sociedades dependientes

    • El grupo a efectos de la consolidación incluye también a las sociedades multigrupo y asociadas

    • Sociedades multigrupo:

    • Son aquellas, no incluidas como dependientes, q son gestionadas por una o varias sociedades del grupo, q participan en su capital, conjuntamente con otras ajenas al mismo

    • Existe gestión conjunta sobre otra sociedad cuando se produce alguna de la circunstancias siguientes:

    • En los estatutos se establece la gestión conjunta

    • Existen pactos q permiten a los socios ejercer el derecho de veto en la toma de decisiones

    • Sociedades asociadas:

    • Son aquellas en las q una o varias sociedades del grupo ejercen una influencia notable en su gestión

    • Existe influencia notable en la gestión de otra sociedad, cuando se cumplen los dos requisitos siguientes:

    • Q una o varias sociedades del grupo participen en su capital social

    • Se establezca una vinculación duradera contribuyendo a su actividad

    • Se supone influencia notable cuando las sociedades del grupo poseen , al menos, el 20% del capital de una sociedad y el 3% si cotiza en bolsa

    4.5. CONJUNTO CONSOLIDABLE

    • Se denomina conjunto consolidable el conjunto de sociedades q se consolidan por el MIG o MIP

    • Se denomina perímetro de consolidación al conjunto integrado por las sociedades q forman el conjunto consolidable y las sociedades a las q sea aplicable el procedimiento de puesta equivalencia

    • Composición del perímetro de consolidación:

    • Conjunto consolidable: - grupo propiamente dicho. Conjunto formado por la dominante y las dependientes q se consolidan por el MIG - Sociedades multigrupo q se consoliden por el MIP

    • Sociedades a las q se debe aplicar el procedimiento de puesta en equivalencia

    4.6. GRUPOS NO OBLIGADOS A CONSOLIDAR

  • Por su tamaño:

    • Ley 19/1989: cuando en la fecha de cierre del ejercicio el conjunto de las sociedades no sobrepase los limites para la presentación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada ( activo no superior a 1580, importe neto cifra de negocios inferior a 3160, numero trabajadores no superior a 250)

    • Normas de consolidación: según las normas de consolidación especificas se establecen transitoriamente unos limites hasta 1-1-2000 (activo no superior a 2300, importe neto cifra negocios inferior a 4800, numero de trabajadores no superior a 500)

    • Criterios para valorar activos y cifra de negocios del grupo:

    • Evaluar las magnitudes después de realizados los ajustes del proceso de consolidación

    • Evaluar antes de ajustes y eliminaciones, aumentando el limite de activos y cifra de negocios en un 20%

  • Por ser la sociedad dominante dependiente de otra sociedad española o de otro estado de la CE

  • - Requisitos: - que la sociedad dominante esté participada en al menos un 50 % por otra dominante

    - q no se opongan accionistas minoritarios q posean el 10% del capital de la dominante y lo hayan solicitado 6 meses antes de la fecha de cierre

    4.7. FILIALES QUE PUEDEN EXCLUIRSE DE LA CONSOLIDACIÓN

    • Las q no representen un interés para la imagen fiel

    • Cuando existen restricciones importantes al ejercicio de los derechos de la dominante

    • Aquellas en las q la información generaría gastos desproporcionados o retrasos

    • Las q tengan actividades muy diferenciadas

    • Si hay una adquisición de participación con el objetivo de vender en el c/p, esta claro q la dominación es una situación transitoria

    4.8. FORMAS DE DOMINIO

  • Participación directa de la matriz en la filial o filiales: dominio directo simple o radiado

  • Participación indirecta de la matriz en la filial o filiales: dominio indirecto simple o radiado

  • Participación en la filial o filiales u estas a su vez participen en la matriz: dominio reciproco simple o dominio reciproco radiado

  • Combinación simultanea del dominio directo y el indirecto : dominio triangular. La matriz domina directamente a dos filiales e indirectamente a través de una de ellas a la otra

  • Combinación de dominio directo e indirecto en el q una filial participo en la matriz: dominio circular. La matriz domina a una filial, esta a otra y así sucesivamente hasta q una participa en la matriz




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    Enviado por:Jorge Hernández
    Idioma: castellano
    País: España

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