Economía y Empresa


Unión económica y monetaria


LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA.

1 Antecedentes:

  • Ya en los inicios del tratado de Roma en 1957 por el que nació la CEE se empezó a pensar en la integración monetaria. Después de diversos estudios y fuertes oposiciones ( Francia con De Gaulle) el FMI entró en crisis tras quebrarse el sistema de cambios fijos.

  • En 1973 nace en Fondo Europeo de Cooperación Económica ( FECOM) con el fin de estabilizar los cambios monetarios reduciendo los márgenes de fluctuación de las monedas entre sí coordinando las políticas de los bancos centrales e interviniendo en los mercados monetarios.

  • Pero el FECOM no realizó las funciones esperadas debido sobre todo al primer choque del petróleo 1973-74 con los ingentes movimientos de petrodólares que desestabilizaron casi todas sus funciones.

  • El 12 de marzo de 1979 por una decisión franco-alemana se crea el Sistema Monetario Europeo SME con el fin de controlar los tipos de cambio entre monedas y estrechar las bandas de fluctuación desde el 2,25% al 5%.fijando un cambio central y un tipo de cambio inferior y superior en la banda primeramente citada, cambiándose por consiguiente la estructura de cambios de fijos a flexibles, flexibilidad que alcanzará más tarde unas bandas superiores para solucionar los nuevos problemas cambiarios planteados.

  • 5) El siguiente paso es el nacimiento del ECU como referente de los mecanismos de cambios en la CEE olvidando la referencia del dólar y dando el primer principio de independencia a la CEE. El ECU servirá a partir de este momento como unidad de cuenta de los cálculos presupuestarios europeos para la fijación de precios y a partir de 1980 para la emisión de capitales ( empréstitos, prestamos....)

    6) Entre 1992 y 1993 se vuelven a producir grandes movimientos especulativos atacando a las monedas más débiles y apostando por la devaluación de las más fuertes, recogiendo los especuladores grandes plusvalías, efecto que se sosiega con la flexibilidad de las bandas antes mencionada llegando hasta el 15% de fluctuación.

    7) Fue condición necesaria para entrar después en el nuevo sistema haber permanecido durante cierto tiempo en el SME ( 2 años mínimo) para acceder a la Unión Monetaria.

    8) Entre 1979 y 1980 la CEE pasó por una época de duros ajustes causados por la 2ª crisis del petróleo perdiendo fuerza las ideas sobre la Unión monetaria.

    9) El 1 de julio de 1981 nace el acta única europea AUE recogiendo las ideas anteriormente mencionadas y dándolas un considerable impulso en las siguientes cuestiones :

  • Reforma institucional para agilizar la toma de decisiones por mayoría cualificada.

  • Crear la Europa sin fronteras, es decir, el mercado interior único con competencias sobre cuestiones monetarias

  • Dar un impulso a la política social y a la de I+D.

  • Y aunque en el acta única europea no queda suficientemente explícito la convergencia económica y monetaria si pone los fundamentos para que los estados miembros cooperen en el equilibrio de la balanza de pagos, la estabilidad de los precios, facultando en su artículo 236 a que se pueda someter al consejo de ministros la revisión del tratado y como consecuencia de esta decisión nacerá la conferencia en Maastricht para revisar el tratado de Roma.

  • Informe Delors del 3 de abril de 1989 :

  • Fue en el encargado de estudiar la manera de llegar a la unión monetaria europea que se debatió en Madrid el 26 y 27 de julio de 1989, conferencia de la que salió la firme determinación de ir a la unión monetaria

  • Conferencia de Maastricht ( Entró en vigor el 3 del 11 de 1993). En esta conferencia se reforma y se amplia el tratado de Roma dejando despejado el camino para el nacimiento de la unión monetaria por el Tratado de la Unión Europea TUE

  • 2 Fases de la unión monetaria :

    En estas fases se crean las condiciones de un verdadero mercado interior único para el dinero después de haber creado el de mercancías y servicios ya que no era lógico crear este segundo mercado y no hacer lo mismo con los medios de pago de los mismos.

    1ª Fase: 1990 Liberalización de capitales y pagos:

    Quedó cumplimentada en 1990 con las siguientes medidas:

  • Cada estado miembro eliminó toda clase de restricciones en pagos y movimientos de capitales ( España desde febrero de 1992, no lo hicieron Grecia y Portugal)

  • Cada Estado se comprometió a realizar un plan de convergencia de cara a la unión monetaria ( en España los programas de convergencia de 1992-1994)

  • El consejo de ministros de la UE basándose en los informes de la comisión evaluaría los trabajos realizados en materia de convergencia

  • 2ª Fase: 1-1-1994 :

  • Prohibición de crédito al sector público ( art 104 TUE)

  • 1 Queda prohibida la concesión de cualquier tipo de crédito o la autorización de descubiertos por parte de los bancos centrales a favor de instituciones, rganismos, gobiernos u otros poderes y empresas públicas y la adquisición directa de deuda emitida por estas entidades.

    2 Se impide el acceso privilegiado del sector público a todas las entidades financieras distintas de los bancos centrales.

    3 La UE no responderá mediante aval a las obligaciones contraidas por los sectores públicos de sus miembros.

  • Condiciones presupuestarias

  • Las políticas monetarias se someterán a los criterios de Maastricht

    1 El déficit público no superará un valor de referencia del 3% del PIB y si se

    sobrepasa será temporalmente para volver lo antes posible al punto inicial ya

    que de no controlar este parámetro habría una fuerte inflación, los tipos de

    interés serían elevados contribuyendo a la inestabilidad monetaria.

    2 La proporción entre deuda pública acumulada y PIB no superará el valor de

    referencia del 60%.

    3 La inflación no puede ser más de 1,5 puntos por encima de los 3 países de la UE

    con menor incremento de precios.

    4 Los tipos de interés no sobrepasarán la media de los países con inflación más

    baja.

    5 Estabilidad monetaria : El 15% es la banda de fluctuación más amplia entre la

    moneda más fuerte y la más débil.

    6 Con estos criterios se llegó al pacto de estabilidad propiciado por los alemanes.

  • Independencia de los bancos centrales :

  • Los bancos centrales de cada estado tendrán una total autonomía e independencia de los

    respectivos gobiernos de los mismos, sobre todo en la fijación del tipo de interés básico apoyándose sólo en factores objetivos como el déficit público, la inflación etc. Esta independencia fue un poderoso mecanismo de avance hacia la Unión Monetaria

    d) Se constituye el Instituto Monetario Europeo (IME) cuyas principales funciones serán la cooperación entre los bancos centrales de los estados miembros, la coordinación de sus políticas monetarias, la supervisión del SME

    3ª Fase: Desde el 1-5-98 hasta Julio del 2002 :

    1ª Etapa: Hasta el 1-1-1999

  • Se hace pública la lista de los estados participes en la UM después del examen de 1998

  • Desaparece el IME y se constituye el SEBC ( sistema europeo de bancos centrales) y el BCE ( banco central europeo ) pero los bancos centrales de los estados miembros continúan funcionando.

  • Se empiezan a fabricar monedas y billetes en euros

  • Se establece el marco legal de la UME y los estudios para el camino hacia la finalización de la UM.

  • 2ª Etapa: Del 1-1-1999 a 1-1-2002

  • Se determinan los tipos de conversión irrevocables de las monedas de cada país al euro

  • El BCE se ocupa de toda la política monetaria y cambiaria respecto al euro y define

  • los tipos de interés básicos en toda la zona euro.

  • Las operaciones de mercados monetarios y las operaciones interbancarias se cifrarán en euros.

  • Se adaptan los sistemas informáticos, los cajeros automáticos etc

  • El euro es ya una moneda escritural (se pueden hacer contratos) aunque todavía subsisten las monedas nacionales el euro tendrá cada vez un papel más importante.

  • 3ª Etapa : Desde el 1-1-2002 al 30-6-2002

  • Se introducen los billetes y piezas metálicas del euro.

  • Se retiran las monedas nacionales y sólo funcionará el euro como moneda de curso legal.

  • 3 Conclusiones 

    La necesidad de la UM se basa en un axioma: “Para lograr un mercado interior único que funcione es preciso contar con una moneda única”. No se pueden extraer todos los beneficios del mercado interior único si no se fijan los tipos de cambio de carácter irrevocable para el intercambio de bienes y servicios.

    VENTAJAS :

    Son tan importantes que eclipsan a los pequeños inconvenientes

  • Mínimo déficit público tendiendo a 0.

  • Tipos de interés reducidos.

  • 3) Deuda pública contenida.

  • Estabilidad de precios.

  • Cotización internacional del euro frente a otras monedas fuertes ( Dólar, yen)

  • Concentraciones bancarias y competencia en el sector financiero, controlado por el BCE

  • 8) Disciplina económica, financiera y fiscal

    9) Nuevo marco más amplio de relaciones laborales.

    INCONVENIENTES :

  • Pérdida de independencia de cada país en las decisiones financieras sobre todo si su economía no se adapta a las del conjunto.

  • Diversidad de lenguas, salarios y políticas contra el desempleo.

  • 3) Haría falta también una unión política.

    Un fuerte gasto público no significa mayor nivel de empleo sino todo lo contrario:

    Japón : 30% PIB Gasto Público 3% Paro

    EEUU : 35% PIB Gasto público 4,7 % Paro

    UE : 47% PIB Gasto publico 11% Paro

    LA UNIÓN ECONÓMICA:

    1 INTRODUCCIÓN:

    El estudio de la teoría de la integración tiene su origen en las investigaciones efectuadas por Viner en 1950, Timbergen en 1954 y Balasa en 1962.

    En el marco teórico que establecen la integración económica se define como un proceso en el que 2 o más países establecen una serie de vínculos económicos con el fin de suprimir los límites de los mercados nacionales y crear un ámbito de magnitudes supranacionales eliminando las barreras a la libre circulación de mercancías, servicios y factores productivos.

    El tratado de la unión europea establece la creación de una unión económica y monetaria y la adopción de la moneda única con un amplio proceso de cooperación y coordinación de las políticas económicas de los diferentes países.

    Esta integración tiene 2 acepciones : una negativa que supone el desmantelamiento de las barreras y las trabas aunque sin otorgar la cesión de soberanía a órganos supranacionales y la segunda que es positiva y supone la creación de nuevas medidas de ordenación, concesión de soberanía a nuevos órganos supranacionales.

    En el proceso de creación del mercado común se exige una y otra.

    Para que tenga éxito la integración debe existir antes todo un sustrato de interrelaciones e intereses afines entre los estados a integrar :

    Por ejemplo, desarrollo socioeconómico más o menos homogéneo, proximidad geográfica, afinidades culturales, sistemas políticos compatibles y una cierta integración y complementariedad económica.

    Las razones de tipo económico para la integración se asocian a los beneficios derivados de una mayor apertura de mercados, de la libre circulación de bienes, servicios , capitales y trabajo, ya que de acuerdo con la teoría neoclásica del comercio internacional ( modelo Heckscher-Ohlin) el intercambio de la mayor especialización de un país en factor capital o en factor trabajo por ejemplo reasigna con la integración los recursos en los otros países que son deficitarios en esos factores, para lograr al final una mayor competencia con la reducción de los precios.

    Pero la participación de los países en el proceso de integración no siempre obtiene beneficios ya que puede ocurrir que algunos salgan perjudicados dependiendo de la capacidad de los agentes económicos para aprovechar las nuevas oportunidades que se derivan de la integración.

    Las razones de tipo político para la integración se fundamentan en los deseos de las naciones en compartir intereses comunes como por ej un mayor grado de libertad política.

    2 COMPONENTES ESENCIALES DEL MERCADO ÚNICO :

    El tratado de la unión europea en su artículo 3/CE recoge la definición del mercado único basándose en la consecución de 4 libertades fundamentales :

  • LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCIAS

  • LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES

  • LIBRE CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES

  • LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  • LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCIAS

  • Se realiza mediante la creación de la unión aduanera, la supresión de las restricciones cuantitativas y de efecto equivalente entre estado, la armonización fiscal, la libre competencia y la apertura de la contratación pública .

  • La unión aduanera : (art 9-29 CE)

  • La comunidad se basará en una unión aduanera que abarca la totalidad de los intercambios de mercancías implicando la prohibición entre estados miembros de los derechos de aduana, importación y exportación, de la exacción de los efectos equivalentes y la adopción de un arancel aduanero común en las relaciones de los estados miembros con terceros países. El periodo de realización será de 12 años (1958-1970)

    2 La supresión de restricciones cuantitativas y de efecto equivalente (art 30-37 CE)

    La supresión progresiva de aranceles no supuso la conclusión total de la unión aduanera, es necesaria la prohibición entre los Estados de las restricciones cuantitativas de las cuotas de importación y exportación y las medidas de efecto equivalente que limitan la libertad de comercio.

    Cuando estas restricciones son preferentemente técnicas son más difíciles de anular dada la complejidad de las legislaciones de cada Estado.

    La libertad de circulación de mercancías quiere decir que todo producto legalmente fabricado y comercializado en un estado miembro puede circular en los otros estados miembros a menos que existan inconvenientes de seguridad, salud o moralidad pública, en cuento a los monopolios nacionales de carácter comercial, no se prohiben pero obliga a los estados miembros a adecuarlos progresivamente hasta la exclusión de ellos por efecto de una mayor competencia.

    3 Armonización fiscal (art 130 CE)

    La libre circulación exige sistemas impositivos similares entre los estados miembros ya que la aplicación de impuestos nacionales a los productos de otros Estados pueden llegar a ser tan discriminatorios cómo los aranceles, el art 95 CE prohibe gravar de forma directa o indirecta los productos de los demás Estados con tributos internos superiores a los que graven directa e indirectamente los productos nacionales similares, este tema de la armonización fiscal entre Estados miembros es complejo y se tocará en otra parte del trabajo.

    4 Libre competencia  (art 85,86,90,92 CE)

    La política de libre competencia abarca la prohibición de prácticas concertadas y abuso de posiciones dominantes sobre todo en las empresas públicas con derechos exclusivos y ayudas estatales. Las prácticas concertadas abarcan los acuerdos para repartirse el mercado de vente y compra fijando los precios y suprimiendo en la práctica la competencia. Las empresas públicas con derechos exclusivos tendrán que adecuarse según el artículo 90.1 CE a las normas estrictas de la competencia salvo en 2 excepciones según el art 90.2 CE:

    • Las empresas de gestión de servicios de interés general. Ej : Agua, electricidad

    • Las que tengan carácter de monopolio fiscal Ej : Carburantes, tabaco, alcohol

    Si bien en estos 2 apartados se ha avanzado muy poco aunque si se han hecho progresos significativos en la liberalización de la energía, transportes y telecomunicaciones.

    Con respecto a las ayudas estatales son incompatibles con el mercado común si amenazan o falsean la competencia, pero se aceptan para las regiones muy deprimidas, para ayudas sociales para la lucha contra el desempleo y los reajustes laborales, medio ambiente etc y sobre estas ayudas se tiene poder de control y sanción si se utilizan mal.

    5 Apertura de la contratación pública (art 130f/CE)

    Es preciso suprimir las restricciones nacionales a la libre prestación de servicios en el ámbito de los contratos públicos de obras y suministros para dar mayor transparencia y competitividad en la contratación pública, siendo necesario que éstos contratos salgan a subasta pública en el diario delas comunidades. Pese a los esfuerzos realizados en los últimos años los resultados no son satisfactorios.

    b) LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES :

    Queda recogida en los art 97-72 CEE y se refiere a la anulación de las restricciones de capital pertenecientes a personas residentes en los Estados miembros y la discriminación de trato de capitales por razón de la nacionalidad o residencia de los mismos.

    Estos movimientos se vinculan en las variables macroeconómicas ( balanza de pagos, tipos de cambio y tipos de interés).

    Las medidas que se establecen se pueden dividir en 4 categorías , en las dos primeras ( a y b) se liberalizan incondicionalmente y en las dos segundas ( c y d ) se hace condicionadamente.

  • Inversiones directas y movimientos de capitales de carácter personal ( ahorros de emigrantes)

  • Operaciones con títulos negociables en bolsa

  • Operaciones no negociables en bolsa y créditos a largo

  • Inversiones a corto en títulos negociables en el mercado monetario ( cuentas corrientes y créditos a corto)

  • A partir del 1 de Enero de 1994 se prohiben todas las restricciones de capitales entre los Estados miembros y con 3ºs países teniendo esto relación con tráfico de capitales por venta de droga etc

    Es importante reseñar para finalizar este apartado la apertura en el sector bancario con la “ licencia bancaria única “ que implica que un banco una vez establecido en un Estado miembro podrá crear sucursales libremente en todos los países comunitarios

    y prestar servicios en igualdad de circunstancias con los demás bancos y como consecuencia de esto las personas físicas o jurídicas pueden acceder a los productos financieros en cualquier estado miembro diferente al que residen habitualmente.

  • LIBRE CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES:

  • Esto exige

  • Ejercicio de una actividad asalariada con la abolición de discriminación por nacionalidad con respecto al empleo, retribuciones y demás condiciones de trabajo art 48/CE salvo por razones de orden público, de seguridad o de salud ; es decir todas los trabajadores se pueden desplazar, trabajar y residir en cualquier estado miembro con los mismos derechos a retribuciones, formación, imdenización.

  • Derecho al establecimiento, es decir, acceso a actividades no salariales y su ejercicio, el derecho de establecimiento se extiende a la sociedad mercantil o civil, a sociedades cooperativas y demás personas jurídicas que se hallen constituidas conforme a la legislación vigente.

  • Libre prestación de servicios, que se dan cuando las prestaciones son realizadas a cambio de remuneración englobando actividades industriales, mercantiles o artesanales o de profesiones liberales.

  • Esta libertad ha exigido medidas de aproximación y coordinación en los sistemas de seguridad social y prestación de servicios sociales así cómo también el reconocimiento de títulos de educación superior que tengan un periodo de formación de más de 3 años en todos los estados miembros.

  • LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:

  • Esta libertad de prestación de servicios se ha exigido siempre ligada a los temas tratados anteriormente como libertad de capitales, libertad de circulación de trabajadores etc.

    DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR PÚBLICO DE EUROPA Y ESPAÑA

    Es obligado comenzar haciendo referencia a los principios clásicos que pueden regular la actividad económica de un país en el que tanto los teóricos como los políticos reconocen la participación del Estado como alternativa al mercado.

    Estos principios son:

  • Principio de mercado, regula y ordena las relaciones de la oferta y la demanda y actúa a través del sistema de precios.

  • Principio de coacción o principio de autoridad, a través del cual la autoridad pública lleva a cabo sus actividades.

  • Costumbre, utiliza el uso social para determinar la norma a la que se ajusta la administración de los recursos escasos.

  • El análisis del Sector Público es fundamental en el estudio de la actividad económica de los países de la Unión. El Sector Público ha adquirido una gran importancia tanto cualitativa como cuantitativa en todos los estados miembros de la Unión Europea.

    Para poder alcanzar la fase tres de la Unión Económica y Monetaria hay que consolidar fiscalmente los Sectores Públicos de los estados que en ella participan, estudiar sus estructuras, dimensión y grado de vulnerabilidad para poder armonizar de la mejor manera la política fiscal, porque ante las mismas ventajas monetarias se tendería a instalar empresas en los países fiscalmente más ventajosos.

    En la Unión Europea el Sector Público de los estados miembros tiene una gran dimensión debida sobre todo al desarrollo de una economía basada en el sistema de “Estado del Bienestar” que si bien es un sistema muy protector amparado por las políticas públicas (prestaciones económicas y provisión de bienes sociales) también tiene sus desventajas debido a su gran tamaño.

    Entre los aspectos positivos del Estado de Bienestar se encuentran:

    • La garantía para los ciudadanos europeos de unos niveles mínimos de bienestar gracias a los sistemas de protección social.

    • Un mayor y mejor equilibrio entre la oferta de bienes públicos y privados para satisfacer las necesidades.

    • Una estabilidad y cohesión social que ayude al desarrollo de la economía de mercado y a los fallos del sistema.

    Entre los efectos negativos están:

    • Los efectos desincentivadores provocados por unos altos impuestos que pueden afectar al empleo, al ahorro, al consumo y que pueden originar “pillería fiscal”.

    • Los efectos de existencia de demasiada regulación pública sobre la competitividad; las economías se ven sometidas a un alto grado de apertura y a la necesidad de esta adaptación.

    • Los efectos negativos de los desajustes de la actuación pública en inflación, tipos de interés, inversión, estabilidad monetaria y equilibrio externo.

    EL SECTOR PÚBLICO EUROPEO

    La dimensión presupuestaria del Sector Público no es muy elevada se basa en las aportaciones de los estados miembros y se ajusta al principio del presupuesto equilibrado pues no puede permitirse déficit como un país. La cifra del presupuesto no es muy elevada pero eso también se debe a que muchos organismos tienen su propio presupuesto y sistema de financiación al cual se ajustan como por ejemplo la Comunidad Económica del Carbón y del Acero, la Comunidad Económica de la Energía Atómica,...

    Podemos decir que el volumen de los fondos del Sector Público Europeo se divide en dos partes importantes:

    • una pequeña parte para financiar los órganos de control y de toma de decisiones de la Unión (Consejo de Europa, Consejo Europeo, Parlamento Eropeo,...)

    • una gran cantidad se destina a cubrir los gastos de la Política Agricola Común. La P.A.C, principalmente a financiar el FEOGA - Garantía. La PAC ha pasado ya por varias etapas en la Comunidad. Crear la P.A.C. ha requerido un gran esfuerzo en las negociaciones ya que el sector agrícola es siempre el sector de cada país en el que existe más proteccionismo. Asimismo la Unión es muy proteccionista con este sector en el exterior; se intenta proteger el mercado agrícola interior.

    Las aportaciones a la Comunidad por parte de los estados miembros son muy desiguales: los más contributivos son los países centroeuropeos (Alemania, Holanda, Bélgica) y los que menos son países como Grecia o España.

    Desde la perspectiva de gasto europeo España es de uno de los países que más ayudas recibe de la Unión mediante los Fondos Estructurales y los Fondos de Cohesión. Los Fondos de Cohesión solamente los reciben España, Grecia, Irlanda y Portugal. España recibe la mayor parte.

    Los Fondos de Cohesión van destinados en concreto a proteger el medioambiente. España es el país con mayor biodiversidad y sin embargo hasta hace poco el medioambiente no se protegía. Hasta poco antes de nuestra entrada en la Comunidad no existía en España un Ministerio de Medioambiente pero las ayudas europeas despertaron la “conciencia ecológica” de España.

    La P.A.C. destina más fondos a otros países de Europa como Irlanda o Bélgica, por ejemplo a pesar de la gran cantidad de producción del sector primario español, la necesidad de estas ayudas y a los esfuerzos por los representantes españoles de atraer más ayudas a la agricultura española.

    EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO HACIA LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA

    La Unión Económica y Monetaria pretende ser una zona de estabilidad económica. Hay problemas que causan inestabilidad e irregularidades en los estados y que deben ser corregidos para que se admita la incorporación a la UEM. Se hace imprescindible colocar unos criterios de inexcusable cumplimiento por los países aspirantes a la UEM pues serían los países que estarían en condiciones de pertenecer a la Unión Económica y Monetaria.

    Los criterios para la convergencia se firman en el Tratado de Maastricht y son los siguientes:

  • Contar con una tasa de inflación como máximo por encima de un punto y medio porcentual respecto a la media de los tres países con menor inflación. Así se garantiza la estabilidad de precios manteniendo las cifras macroeconómicas constantes.

  • Situar los tipos de interés dentro de un margen de dos puntos por encima de la media de los tres países miembros con menores tipos

  • No llegar al 60 % en el ratio deuda pública / PIB, a fin de evitar los lastres que para cualquier proyecto de gasto público razonable pudiera suponer un endeudamiento ingente. Este criterio ha sido cumplid sólo por una parte de los países, lo más normal es que se reduzca pero en muchos casos no lo suficiente para cumplir el criterio de la deuda pública.

  • No tener un déficit fiscal superior al tres por ciento del PIB, lo que implica la necesidad de un sistema tributario prácticamente autosuficiente.

  • Estabilidad en el sistema cambiario en el SME que se tradujo en el requisito de entrar y mantenerse entre unas franjas más estrechas del sistema.

  • Ahora que la UEM y la Moneda Única son una realidad podemos observar que de los Quince, lo han conseguido 11 países que deseaban entrar a formar parte de la UEM y cumplían los criterios de convergencia de Maastricht, España entre ellos

    EL SECTOR PÚBLICO ESPAÑOL

    España aún tras integrarse en la Unión Económica y Monetaria refleja una tasa de inflación y tipo de interés algo mayor que la media europea. Sólo hay que observar el mercado de trabajo para ver el principal problema estructural de España (existe un desempleo del 19%).

    Además la balanza comercial es deficitaria y sólo se ve compensada con las exportaciones de servicios, sobre todo gracias al turismo (que es vender algo que tenemos en cantidad sol y playa y actualmente otras formas de turismo).

    Los Fondos Estructurales se asignan a España para intentar resolver los desequilibrios regionales en el país (ajustar los niveles de riqueza de las grandes ciudades y el del resto de regiones que tienen rentas inferiores).

    PRINCIPALES PROBLEMAS DEL SECTOR PÚBLICO ESPAÑOL

    Observando los Presupuestos Generales del Estado observamos que la partida que más gasto acumula es la destinada al gasto social, hay unas transferencias a las economías domésticas muy elevadas lo que nos muestra un grave problema debido al desempleo y otras pensiones y prestaciones sociales que el Estado realiza.

    Otra partida problemática es la Deuda Pública que es muy elevada y que acarrea el pago del interés de la deuda, aunque se está poniendo interés en resolverla i gual que todos los países de la Unión Europea. El peso de la Deuda, por sus efectos negativos, comprometía el crecimiento de la inversión

    Las subvenciones a la agricultura nos muestran en interés del Sector Público en esta materia; tiene por objeto aumentar la productividad, equiparar el sector agrario con los demás países de la Comunidad, y desarrollar el primario español de acuerdo a los criterios de la Política Agraria Común.

    EL PRESUPUESTO COMUNITARIO

    - PROCEDIMIENTO PRESUPUESTARIO:

    La tramitación del presupuesto comunitario se divide en cinco fases:

    1) Primera deliberación por el consejo:

    La comisión se encarga de la elaboración del anteproyecto del presupuesto que deberá remitir al Consejo de Ministros.

    El Consejo puede modificar el texto, previa consulta a la Comisión, aprobándolo en su caso por mayoría cualificada.

    El presidente del Consejo informa de los planes al Parlamento, el cual asigna un ponente encargado de examinar los ingresos y gastos de la Comisión y otro que estudia el resto de los gastos e ingresos.

    El Consejo, una vez aprobado el proyecto, debe remitirlo al Parlamento.

    2) Primera lectura parlamentaria:

    La primera lectura parlamentariadebe finalizar en un plazo de cuarenta y cinco días desde la fecha de remisión del proyecto.

    El dictamen de la Comisión se debate en pleno. Sólo serán aceptadas las enmiendas avaladas por el voto favorable de cuatro miembros de la comisión correspondiente o por un grupo parlamentario.

    La votación se realiza en tres partes: en la primera se votan las enmiendas de modificación, después cada sección presupuestaria y al fina la propuesta de resolución global.

    3) Segunda deliberación por el consejo:

    El Consejo se pronuncia de forma definitiva sobre los gastos obligatorios, exigiéndose mayoría cualificada para la aprobación de las propuestas que supongan un aumento del gasto. En cuanto a los gastos no obligatorios, el Consejo sólo puede modificarlos por mayoría cualificada.

    4) Segunda lectura parlamentaria:

    La actuación del parlamento es menor ya que sólo puede actuar sobre los gastos no obligatorios.

    5) Declaración final de aprobación del presupuesto:

    La aprobación final la realiza el presidente del Parlamento europeo.

    - EL SISTEMA DE INGRESOS Y GASTOS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA COMUNIDAD:

    Las facultades presupuestarias del Parlamento eran muy reducidas y se limitaban a la modificación del proyecto del presupuesto. Esta situación cambiará a partir del tratado de Roma al otorgarle la posibilidad de aumentar el gasto.

    Las competencias parlamentarias en materia de gastos e ingresos son:

    a) Gastos:

    El Parlamento puede modificar los gastos obligatorios pero no puede ni suprimirlos ni reducirlos.

    Sobre los gastos no obligatorios, el Parlamento tiene la facultad de enmienda por mayoría simple.

    b) Ingresos (hasta 1989):

    El Consejo, a propuesta de la Comisión y previa consulta del Perlamento establecerá las disposiciones sobre los ingresos.

    Hay tres categorías de ingresos propios:

    1- Exacciones, primas, importes suplementarios y elementos adicionales de la política agraria común con terceros países.

    2- El arancel exterior común

    3- Los recursos provenientes de los estados miembros.

    - LA ESTRUCTURA DE INGRESOS Y GASTOS: PROBLEMAS Y PERSPECTIVA:

    Un inconveniente en las propuestas de la comunidad ha sido que los gastos han ido creciendo mientras que los ingresos se han contraido, lo que ha dado lugar a un endeudamiento.

    En el fondo del problema se encontraba el déficit de la PAC debido al crecimiento de la producción por encima del consumo y la necesidad de conceder subvenciones.

    LA NUEVA POLITICA PRESUPUESTARIA DE 1998:

    La nueva reforma fue tanto a nivel de gastos como de ingresos. Se puso en marcha un control más eficaz del gasto, así como una acción más amplia e interna en el área de las políticas estructurales.

    Los métodos para conseguir estos objetivos son:3

    - LIMITES A LOS RECURSOS:

    El límite global a los recursos utilizables por la comunidad se fijó en forma de porcentaje del PNB de toda la comunidad. En 1992 ese tope máximo estaba en el 1.2% del PNB para los créditos de pago y en el 1.3% en cuanto a créditos de compromiso.

    -COMPOSICION DE LOS RECURSOS:

    Los recursos propios comunitarios son los siguientes:

    - Los recursos propios tradicionales, derechos de aduana, exacciones reguladoras agrícolas y cotizaciones sobre el azúcar. Además los derechos aduanerossobre la CECA dejan de ser recursos para los estados individuales y se disponen a disposición de la comunidad, descontándose un 10% para el propio país en concepto de gastos de recaudación.

    - El tercer recurso, basado en el IVA, pasaron a integrarlo dos elementos: el primero se calculaba aplicando un tipo uniforme a todos los estados miembros, sobre la base de sus ingresos previsibles por IVA; ese referente se niveló al 55% de su respectivo PNB. EL segundo tramo lo constituyó la aportación de cada estado miembro por el concepto de compensación al Reino Unido (cheque británico). La suma de ambos tramos no podía exceder del 1.4% de la base de dicho impuesto. En caso de superarse ese tope, la parte del cheque británico se imputaba al cuarto recurso.

    - MECANISMOS DE COMPENSACION AL REINO UNIDO:

    Once estados comunitarios financian el cheque británico, pero Alemania, el máximo pagador, sólo contribuye con 2/3 de su participación teórica.

    A España y Portugal se les concede un reembolso equivalente a su aportación.

    LA CUMBRE DE EDIMBURGO: EL FONDO DE COHESION

    En la cumbre de Edimburgo se introducen modificaciones sobre el cuadro de financiación de la Comunidad Europea que tratan sobre:

    - Se retrasa la reducción del porcentaje del IVA desde el 1.4% al 1% de la base imponible del IVA

    - También se retrasó la disminución de la base imponible máxima del IVA sobre la que se calcula el porcentaje, aplicándose de inmediato sólo para los paises con PNB inferior al 90% de la media comunitaria (Irlanda, Grecia, Portugal y España).

    Estos aspectos suponen la reducción del recurso del IVA en cuanto a ingresos presupuestarios, por lo que el recurso PNB debería crecer en importancia.

    Dentro de las decisiones del Consejo de Edimburgo, se recogieron dos iniciativas complementarias. En primer lugar, la posibilidad de introducir un tipo uniforme fijo para el recurso IVA, en sustitución del mixto vigente, de porcentaje y de tope sobre la base. En segundo lugar un estudio para crear un quinto recurso.

    EL PRESUPUESTO DESDE 1995 HASTA 1999

    - EL PRESUPUESTO DE GASTO 1995/1999

    1) Política agraria común.

    Cubre todos los gastos obligatorios del FEOGA-Garantía. Se encarga de financiar el coste de los reajustes producidos en la comunidad por turbulencias monetarias.

    2) Acciones estructurales.

    Abarca a los fondos estructurales y al fondo de cohesión así como a otras medidas agrarias, regionales...

    3) Políticas internas.

    Financia las acciones comunitarias en materia de formación, educación y juventud, cultura, empleo, salud, energía...

    4) Acciones exteriores.

    Ayudas a países en vías de desarrollo y a terceros paises, ayuda alimentaria, cooperación con los países del este...

    - PRESUPUESTO DE INGRESOS 1994/1995

    1) Recursos propios tradicionales.

    Están formados por las exacciones agrícolas, las cotizaciones por azúcar, y los derechos de aduana.

    2) Recurso con base en el IVA, por el 1.4% de la base de este impuesto.

    3) Recurso complementario con base PNB.

    Este recurso equilibra el presupuesto comunitario. Se obtiene de restar a los créditos de pagos previstos, el total de los demás ingresos necesarios que se recogen en el presupuesto.

    4) Recursos totales.

    ARMONIZACION FISCAL EUROPEA

    En el Tratado de Roma se dan los primeros pasos de armonización fiscal pero no se dio la unificación completa. Se trataba de reducir las diferencias existentes entre los sistemas tributarios de los distintos países miembros con el objetivo de facilitar la libre circulación de bienes, personas y servicios.

    - EL INFORME NEWMARK

    Para preparar el desarrollo del tratado de Roma sobre fiscalidad, la Comisión formó el "Comité Fiscal y Financiero". El objetivo de este Comité era estudiar si las disparidades fiscales de los distintos países impedían (y en que grado) el correcto funcionamiento del Mercado Común y cuáles deberían ser las medidas que pudieran modificar las situaciones no deseables.

    Las conclusiones de este informe son 3:

    1- Primera fase:

    a) Sustituir el impuesto indirecto sobre la cifra de negocios por un impuesto sobre el valor añadido (IVA)

    b) Armonización de la forma y nivel de imposición de gravamen sobre intereses y dividendos.

    c) Modificación sobre las convenciones sobre doble imposición vigente.

    2- Segunda fase:

    a) Armonización sobre la imposición sobre sociedades como paso anterior al impuesto sobre sociedades.

    b) Medidas de armonización del impuesto sobre la renta:

    c) Conclusión de una convención multilateral para evitar la doble imposición en caso de no haber sido concluida en la primera fase.

    d) Supresión de los impuestos especiales sobre el consumo.

    3- Tercera fase:

    a) Creación de un servicio común de información con el objetivo de asegurar un buen control fiscal.

    b) Creación de un fondo común que estará alimentado en gran parte con los ingresos obtenidos de los derechos de importación.

    c) Creación de un tribunal especial con competencia suficiente para los litigios fiscales.

    - EL PROGRAMA FISCAL DE 1975

    Tras la presentación del informe Newmark siguió un periodo de inactividad en cuanto a reformas hasta que en 1975, en medio de una gran crisis se adoptó un programa en materia fiscal que contenía:

    1) Impuesto del valor añadido: implantar métodos uniformes de recaudación.

    2) Impuesto sobre el consumo y otros impuestos indirectos: lograr una recaudación más uniforme.

    3) Franquicias a favor de particulares: armonizar su aplicación y adaptación periódica de su cuantía.

    4) Impuestos directos: armonizar los impuestos sobre sociedades y la deducción en los impuestos sobre dividendos.

    5) Fraude y evasión fiscal: mayor colaboración entre las administraciones fiscales de los distintos paises.

    En conclusión, se trata de lograr unas metas que a día de hoy no se han llagado a alcanzar. Únicamente se han logrado dos:

    - La aplicación generalizada del IVA

    - La base uniforme

    -EL IVA:

    El cálculo del IVA utilizado por los estados miembros de la comunidad se realiza por el método de sustracción.

    El método de sustracción consiste en gravar todas las fases del proceso productivo y de distribución. La suma total es igual al impuesto que tendrá que pagar el consumidor final.

    - Directivas comunitarias sobre el IVA:

    Se dieron varias directivas sobre el IVA:

    1) La primera directiva explicaba los motivos por los que se debería implantar el IVA:

    - Los impuestos en cascada condicionan la distribución mientras que el IVA no.

    - Con respecto al comercio exterior, el IVA es neutral, prava la importación y desgrava la exportación y a efectos fiscales da lo mismo importar o que se fabrique en el país, ya que se le aplica el mismo impuesto.

    Se pretendía que el IVA se implantase en dos etapas:

    a) Adopción general del IVA

    b) Supresión de las compensaciones en frontera

    2) La segunda directiva reguló las normas comunes para la aplicación del IVA

    3) La tercera, la cuarta y la quinta directiva pretendían retrasar la aplicación del IVA en Italia

    4) La sexta directiva tenía dos objetivos:

    - Armonizar la implantación del IVA como paso anterior a la puesta en marcha de la segunda etapa.

    - Hacer posible la autonomía financiera de la comunidad, de forma que se destinara como máximo el 1% de la base imponible uniforme.

    5) Las directivas séptima y octava sirvieron para completar algunos temas que la sexta había dejado sin resolver.

    - ARMONIZACION DEL IVA Y DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES EN EL MERCADO INTERIOR UNICO:

    1) Armonización del IVA:

    El nuevo sistema de fiscalidad indirecta fue completada tras varios años de negociaciones.

    Los doce optaron por crear tipos mínimos de IVA (15%) en lugar de proceder a una armonización estricta. También establecieron un régimen provisional para mantener el pago en el país de destino de la mercancía.

    Desde 1993 hasta 1997 funcionó un régimen de IVA de caracter transitorio. A partir de 1997 pagan el impuesto en el país de compra.

    El periodo transitorio provocó:

    a) Las mercancías no eran controladas a su paso por las fronteras intracomunitarias lo cual facilitaba el flujo de mercancías.

    b) El vendedor debe realizar una declaración mensual de los bienes que ha expedido y el comprador tiene que informar sobre sus adquisiciones. Estas declaraciones facilitan el intercambio de información entre las administraciones fiscales de los estados miembros.

    2) Armonización de los impuestos especiales:

    Algunos productos como el café, la gasolina y los cigarrillos no pagan el IVA sino los impuestos especiales.

    Hasta 1993 esos impuestos eran fijados libremente por cada estado lo que originaba grandes divergencias haciendo inevitables los controles fronterizos.

    Con vistas al mercado único, la comunidad consideró necesario armonizar estos impuestos para tres grupos de productos: tabaco elaborado, bebidas alcohólicas e hidrocarburos.

    Es por esto que los estados miembros llegaron a un acuerdo sobre los mínimos que gravan esos productos.

    - LA ARMONIZACION DE LA IMPOSICION DIRECTA:

    Aunque la armonización de la imposición directa se previó en el tratado de Roma, en la práctica, la exigencia de unanimidad en materia de legislación fiscal imposibilitó su desarrollo.

    Hasta el 23 de Julio de 1990 no se aprobaron por parte del Consejo las directivas sobre el "Régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de acciones entre sociedades de diferentes estados miembros" y el "Régimen fiscal común aplicable a matrices y filiales de los estados miembros"

    También en esa misma fecha se aplicó el denominado " convenio de arbitraje" Aparte de esas tres directivas fue positivo el encargo por la Comisión de un comité de expertos para el estudio de la incidencia de los distintos tributos en cuanto a la consecución de un mercado interior. Este comité dio unas recomendaciones.

    -Las recomendaciones del comité:

    El Comité fue mucho más allá del principio de subsidiariedad, propugnando actuaciones comunitarias a todos los niveles.

    En relación con el impuesto de sociedades, se planteó un análisis de los métodos utilizados en los distintos paises para eliminar la doble imposición sobre los dividendos, que son dos:

  • Clásico: es el que somete a tributación tanto los beneficios distribuidos por la sociedad como los dividendos percibidos por los accionistas.

  • b) Imputación: se gravan los beneficios distribuidos pero se concede una deducción en la cuota del accionista.

    El comité no se pronunció sobre cuál de los dos métodos era el mejor, siendo preferible la adopción de un sistema común.

    En cuanto al tipo impositivo, la comisión ealboró un proyecto estableciendo un mínimo obligatorio del 30% para evitar una competencia fiscal excesiva. Se propuso además un tipo máximo no mayor del mínimo en más de un tercio (40%)

    LA ARMONIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL:

    1 INTRODUCCIÓN:

    La problemática de la armonización social a nivel comunitario tiene su origen en una simples cuestiones:

    ¿Un mercado común y único puede acomodarse a una pluralidad de sistemas sociales diferentes?

    ¿ No haría falta un mínimo de coordinación entre ellos?

    ¿No sería necesaria una armonización de los sistemas ?

    Todas estas cuestiones son abordadas en el Tratado de Roma (1957) art 3 y 51, en el acta única europea (1986), en la carta social europea (1989) y en el tratado de la unión europea (1992), sacando como conclusión fundamental de todos ellos que si se persigue el Estado del bienestar con los derechos individuales, la economía de mercado etc es necesario armonizar también los sistemas de protección social para conseguirlos plenamente y que los países con menores dotaciones de gastos sociales se nivelen con los que tienen un mayor presupuesto para ello evitando la competencia desleal por medio de ventajas transferidas vía precios.

    Las categorías fundamentales para la armonización ( enfermedad, invalidez, vejez, salud, paro etc) se verán más adelante detalladamente.

    Probablemente con el paso del tiempo dadas las divergencias de sistemas sociales de cada estado, fue abriéndose paso la idea de que la armonización de los sistemas era muy dificil por no decir imposible y se fijó como meta la coordinación de los mismos con una fijación de objetivos concretos prioritarios a conseguir, conservando cada estado la elección de las vías para conseguirlos.

    2 MARCO JURÍDICO :

  • El art 117 CE manifiesta que todos los estados miembros coinciden en la necesidad de promover la mejora de las condiciones de vida y trabajo de todos los miembros pero no facilita instrumento jurídico para llevarlo a cabo.

  • El art 118 CE insta a la comisión a promover una estrecha colaboración entre los estados en lo tocante a empleo, condiciones de trabajo etc pero no dice como se llevara a cabo.

  • El art 119 CE establece de forma más clara que los estados miembros garantizarán la igualdad de retribuciones para los trabajadores masculinos y femeninos.

  • El art 120 CE exhorta a los estados a mantener la equivalencia entre los regímenes de vacaciones retribuidas.

  • El Acta Única Europea incorpora al tratado disposiciones obligatorias en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el medio de trabajo y la necesidad de promover el diálogo social

  • La carta social europea regula los principios sociales generales pero sin carácter vinculante.

  • El tratado de la UE menciona una política de lo social que incluye un FONDO SOCIAL EUROPEO con objetivos sobre lo social y competencias comunitarias sobre la materia facilitando ayudas a toda una serie de acciones sociales :

  • programa Now, Youstar y Horizont.

  • Pero los temas sociales tienen un tratamiento más bien abstracto y carecen de instrumentos jurídicos vinculantes

  • Jurídicamente existen 2 posiciones:

  • No normativa: Europa social debe manifestarse como un estímulo a la armonización social con programas de educación y formación.

  • Normativa : Defiende la necesidad de crear un marco supranacional en el que se aseguren un mínimo de igualdad y protección que eviten el dumping social es decir el translado de empresas hacia estados con menor protección y menor coste salarial para descapitalizar a los estados más exigentes en lo social

  • 3 CASOS CONCRETOS:

    1 Convergencia en prestaciones familiares.

    Es muy diferente en cada país miembro tanto en el volumen de las prestaciones como en las modalidades de distribución.

    Actualmente existe una gran disminución de la natalidad que ha conducido a la casi desaparición de las familias numerosas.

    Existe un replanteamiento del modelo familiar ( divorcios, parejas de hecho, hijos fuera del matrimonio y acceso de la mujer al mercado de trabajo).

    Y aunque en todos los estados existe una tendencia a la regresión y contracción de estas prestaciones existe en todos los estados aunque varían en el volumen y la gestión.

    La convergencia debería tender a conseguir los siguientes objetivos :

    • Garantía a las familias de unos ingresos mínimos de subsistencia y si ciertas familias tienen dificultades que no pueden solucionar por si mismas debería existir una protección social mínima financiada por la colectividad.

    2 Prestaciones de substitución de renta.

    Es necesario identificar una sería de grupos diana para la convergencia :

  • Parados jóvenes en busca del primer empleo ( reducción de las cuotas, oferta de trabajo conveniente, oferta de formación con asignación económica y seguro de enfermedad)

  • Parados de corta duración ( garantizar durante un tiempo la rente perdida, seguro de enfermedad )

  • Parados de larga duración ( garantía de una renta mínima para una existencia digna ligada a un porcentaje del salario mínimo, control de los medios económicos del parado para que busque trabajo, exención de cargas sociales a las empresas que den trabajo a este colectivo, reservas de ciertas plazas en la administración para parados cualificados, seguro de enfermedad)

  • Personas que entran tarde en el mercado de trabajo ( mujeres después de criar a los hijos, carreras universitarias con especialización, sería necesario tener ofertas de trabajo conveniente, formación complementaria asignada economicamente, readmisión en los trabajos abandonados por maternidad en el mismo puesto y condición y seguro de enfermedad)

  • Parados con incapacidad laboral transitoria o definitiva ( buscar puestos de trabajo de convenientes para este colectivo) tanto en el sector público como en el privado con la garantía del estado.

  • 4 SALUD:

    La asistencia sanitaria se entiende no sólo como ausencia de males y enfermedades sino como un estado total de bienestar físico, mental y social y es un derecho fundamental de todo ser humano sin distinción de raza, religión, condición política, social o económica.

    Es necesaria la convergencia en estos costes sanitarios para no crear vía precios mercados imperfectos en la CEE.

    Sería necesario relacionar las inversiones en asistencia sanitaria con relación al PIB de cada estado primero y de nivelación con todos los demás países después, intentando hacer una sociedad más justa tanto en el montante de la inversión como en su distribución.

    La convergencia sanitaria debe existir también en la igualdad de acceso y tratamiento de cada uno de los habitantes en su país y en todos los países de la comunidad a una asistencia sanitaria de calidad tanto en el tiempo como en el servicio.

    Como meta final deberíamos tener en cuenta aspectos importantes para la salud en general como contaminación, dietas, condiciones de vivienda y dedicación preferente a los principales males de este siglo : SIDA, cáncer y droga.

    Como meta final deberíamos tender a igualar la esperanza de vida en sentido ascendente en todos los estados.

    5 VEJEZ :

    La población de la CEE con más de 65 años asciende a un 15% del total y en el año 2020 será el 19% y como la natalidad ha descendido de una manera alarmante y la esperanza de vida cada vez es mayor deberemos tener en cuenta estos factores a la hora de conseguir los siguientes objetivos de convergencia.

    Deberían ponerse los medios para garantizar a la vejez una vida digna, una oferta detallada de cuidados y servicios, una participación en la vida cultural y la permanencia dentro de lo posible en el entorno habitual de cada anciano para evitar el desarraigo.

    Una pensión mínima digna debería garantizarse a todo jubilado revalorizándose cada año según el coste de la vida.

    Si existiesen jubilados que no han cumplimentado los periodos para recibir la pensión debería complementarse de alguna manera para recibir al final una pensión digna teniéndose también en cuenta los periodos de desempleo, incapacidad o enfermedad.

    El año 1993 fue declarado año europeo de persona de edad avanzada, esperemos que el Estado garantice todos estos puntos anteriormente citados para el bien de la comunidad.

    CONCLUSIÓN:

    El tratado constitutivo de la CEE es parco en temas sociales, la Europa social salvo la igualdad de trato entre hombres y mujeres y la libre circulación de trabajadores apenas recibe tratamiento en los primeros años de formación del mercado común. Su desarrollo surge con pujanza en la década de los 70-80 pero los resultados no son demasiado alentadores.

    La falta de un marco jurídico supranacional junto a la variedad de sistemas sociales en los siguientes estados han hecho casi imposible la adopción de medidas comunes ; más que de armonización se trata de conseguir una convergencia común para conseguir unos objetivos determinados en el ámbito de lo social, quizá con el tiempo se llegue a la creación de un solo sistema de armonización social para toda la CEE.

    ÍNDICE

    • La Unión Económica

    • Introducción

    • Componentes esenciales del mercado único

    • La Unión Económica y Monetaria

    • Antecedentes

    • Fases de la Unión Monetaria

    • Conclusiones

    • Definición y características del Sector Público de España y Europa

    • El Sector Público europeo

    • Evolución del Sector Público hacia la Unión Económica y Monetaria

    • El Sector Público español

    • Principales problemas del Sector Público español

    • El presupuesto comunitario

    • Procedimiento presupuestario

    • El sistema de ingresos y gastos en el presupuesto general de la Comunidad

    • La estructura de ingresos y gastos: problemas y perspectiva

    • La nueva política presupuestaria de 1998

    • Limites a los recursos

    • Composición de los recursos

    • Mecanismos de compensación al Reino Unido

    • La cumbre de Edimburgo: los Fondos de Cohesión

    • El presupuesto desde 1995 hasta 1999

    • El presupuesto de gasto 1995/1999

    • El presupuesto de ingreso 1995/1999

    • Armonización fiscal europea

    • El informe Newmark

    • El programa fiscal de 1975

    • El IVA

    • Armonización del IVA y de los impuestos especiales en el mercado interior único

    • La armonización de la imposición directa

    • La armonización de la protección social

    • Introducción

    • Marco jurídico

    • Casos concretos

    • Salud y vejez

    • Conclusión

    BIBLIOGRAFÍA

    • RIVAS, Alfonso “Convergencia en prestaciones de protección social entre los países de la U. E.” 1996

    • TAMAMES, Ramón “La Unión Europea” 3ª edición 1995

    • TAMAMES, Ramón “La Unión Monetaria y el euro, la recta final” 1998

    • UTRILLA DE LA HOZ, Alfonso y LÓPEZ LÓPEZ, Maria Teresa “El Sector Público en la Europa de los 15” Civitas Editorial 1ªedición 1995

    • UTRILLA DE LA HOZ, Alfonso y LÓPEZ LÓPEZ, Maria Teresa “El Sector Público español” Actualidad Económica Editorial 1991




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    Enviado por:Jose González Cambeiro
    Idioma: castellano
    País: España

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