Política y Administración Pública


UE (Unión Europea). España. Instituciones


Instituciones de la Unión Europea

La Unión Europea se basa en un sistema institucional único en el mundo.

Efectivamente, los Estados miembros aceptan delegar una parte de su soberanía en instituciones independientes que representan a la vez los intereses comunitarios, los nacionales y los de los ciudadanos. La Comisión defiende tradicionalmente los intereses comunitarios, todos los Gobiernos nacionales están representados en el Consejo de la Unión y los ciudadanos de la Unión eligen al Parlamento Europeo directamente. Así, Derecho y democracia constituyen los fundamentos de la Unión Europea.

La Unión Europea consta de quince miembros, actualmente. Sus instituciones y una breve descripción de sus funciones, se pueden resumir en los siguientes puntos.

Entre los organismos europeos debemos distinguir cuatro grupos:

1- Consejo Europeo: Nexo entre la UE y la CE.

2- Instituciones básicas: Parlamento Europeo, Comisión Europea, Consejo de la Unión Europea y el Tribunal de Justicia.

3- Instituciones financieras: Banco Central Europeo y Banco Europeo de Inversiones.

4- Instituciones de Apoyo: Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Comité de las Regiones y Comité Económico Social.

1.1 Consejo Europeo
Desde 1974, los jefes de Estado o de gobierno se reúnen por lo menos dos veces al año en un Consejo Europeo o una «cumbre europea».
El Consejo Europeo se ha convertido en un elemento de creciente importancia de la Unión, en le que se establecen las prioridades, se ejerce la dirección política, se proporciona el impulso a su desarrollo y se resuelven contenciosos difíciles que no ha resuelto el Consejo de Ministros.

2.1 Parlamento Europeo
Sus miembros son elegidos directamente por los ciudadanos de cada país y representan a los 370 millones de europeos.
Tiene el derecho de ser consultado en la mayoría de las propuestas que haga la Comisión Europea antes de su presentación al Consejo de Ministros.
Sus objetivos básicos son aprobar leyes y controlar al poder ejecutivo.

2.2 Comisión Europea
Diseña las políticas y las presenta al Consejo de Ministros para que éste decida. Una de las comisiones más importantes es la de Economía y Finanzas (ECOFIN), formada por los Ministros de Economía y Finanzas de los países integrantes.
Actúa como el corazón de Europa, del que otras instituciones obtienen gran parte de su fuerza y objetivos.


2.3 Consejo de la Unión Europea
Formado por los ministros de los quince Estados miembros reunidos en sectores.
Los Estados miembros legislan para la Unión, establecen sus objetivos políticos, coordinan sus políticas nacionales y resuelven las diferencias existentes entre ellos y con otras instituciones.

2.4 Tribunal de Justicia
se encarga de estudiar y dirimir si un determinado país ha quebrantado los acuerdos establecidos por la Comisión o a quebrantado las leyes europeas.

3.1 Banco Central Europeo
Operativo desde el 1 de Enero de 1999. Está compuesto por un Directorio (seis miembros, incluido el Presidente, elegido por ocho años no renovables) y un Consejo de Gobernadores (los miembros del Directorio más los gobernadores de los Bancos Centrales Nacionales). El BCE es el responsable de la política monetaria, y tendrá una independencia total de las otras instituciones europeas y los gobiernos nacionales.

3.2 Banco Europeo de Inversiones
Su propósito es promocionar la inversión y la cooperación económica entre los Estados miembros de la UE. Su razón de ser fue galvanizar las inversiones europeas en los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial.
En la actualidad también promueve el desarrollo económico de países fuera de la unión, como pueden ser los africanos del Mediterráneo.

4.1 El Defensor del Pueblo
Todo ciudadano europeo tiene el derecho de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, en el caso de que fuera víctima de un acto de mala administración de la parte de las instituciones u órganos comunitarios.

4.2 Tribunal de Cuentas
Es el representante de los contribuyentes, encargado de comprobar que la Unión Europea invierte su dinero siguiendo las normas presupuestarias y para los objetivos a los que está destinado.

4.3 Comité de las Regiones
El Comité de las Regiones demuestra la voluntad de respetar las identidades y prerrogativas regionales y locales así como de hacerlas participar en el desarrollo y ejecución de las políticas de la UE.
Existe la obligación legal de consultar a los representantes de las autoridades locales y regionales en una serie de asuntos que les conciernen directamente.

4.4 Comité económico social
Desempeña una función consultiva ante la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo. Los dictámenes que emite (previa consulta o por iniciativa propia) son elaborados por representantes de los diferentes sectores de la vida económica y social de la Unión Europea.

Instituciones en España

•El Poder Legislativo: El Parlamento
    
   •El Congreso
    
   •El Senado
    
   •Instituciones Parlamentarias de Control

   •El Poder Ejecutivo: El Gobierno

   •El Poder Judicial:
    
   •Tribunal Supremo de Justicia
    
   •CGPJ
    
   •Fiscal General del Estado
    
   •L.O. del Poder Judicial

 La Constitución Española es la norma fundamental de organización política de la Nación española. Aprobada por los españoles en referéndum celebrado el 6 de diciembre de 1978, entró en vigor el 29 de diciembre de ese mismo año.

  España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La propia Constitución es fruto del consenso entre todas las fuerzas políticas que la elaboraron.

  La “Carta Magna” incorpora un cuadro de derechos fundamentales y libertades públicas de todos los ciudadanos, con garantía reforzada y con tutela efectiva ante los Tribunales ordinarios o en amparo ante el Tribunal Constitucional.

  La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. La forma política de España es la Monarquía parlamentaria.

   El jefe del Estado es el Rey Don Juan Carlos I de Borbón, símbolo de la unidad y permanencia de la nación. El Rey arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales y ejerce las funciones que le atribuyen la Constitución y las leyes.

La Constitución consagra el principio de separación de los poderes del Estado en tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

  El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Es un órgano independiente de cualquier otro y no forma parte del Poder Judicial: sólo está sujeto a la propia Constitución y a la Ley Orgánica que lo regula.

   El Tribunal Constitucional salvaguarda los derechos fundamentales de los ciudadanos por la vía del llamado "recurso de amparo", una vez agotadas las instancias judiciales ordinarias. También controla la constitucionalidad de las leyes. Por último, resuelve los conflictos de competencias que se suscitan entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí.

   El Tribunal Constitucional está integrado por doce miembros, nombrados por el Rey: ocho a propuesta de las Cortes Generales, dos del Gobierno y dos del Consejo General del Poder Judicial. La designación se realiza por un periodo de nueve años y el Tribunal se renueva por terceras partes cada tres años, sin que sus componentes puedan ser reelegidos.

El Poder Legislativo: El Parlamento

El ejercicio de la potestad legislativa del Estado corresponde a las Cortes Generales, que representan al pueblo español y controlan la acción del Gobierno. Están compuestas por dos Cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. Se trata de un sistema parlamentario que responde al tipo "bicameral imperfecto", no siendo equiparables las competencias de una y otra Cámara. Diputados y senadores son elegidos por cuatro años. Existe la posibilidad de disolución anticipada de las Cortes a iniciativa del Presidente del Gobierno.

ACTUAL COMPOSICIÓN DEL PARLAMENTO

Resultados comparativos de las elecciones legislativas
(3 de marzo de 1996 y 12 de marzo de 2000)

2000

1996

Partidos

Escaños

%

Partidos

Escaños

%

PP
PSOE
IU
CiU
PNV
CC
BNG
HB*
ERC
EA
UV
PA
IC-V
CHA

183
125
8
15
7
4
3
 
1
1
-
1
1
1

44.54
34.08
5.46
4.20
1.53
1.06
1.32

0.84
0.44
0.25
0.90
0.52
0.33

PP
PSOE
IU
CiU
PNV
CC
BNG
HB*
ERC
EA
UV
PA
IC-V
CHA

156
141
21
16
5
4
2
2
1
1
1
-
-
-

38.85
37.48
10.58
4.61
1.28
0.89
0.88
0.73
0.67
0.46
0.37
0.54
-
0.20

* HB no se presentó a las elecciones porque propugnaba la abstención.

Poder Ejecutivo

El Gobierno

Al Gobierno le corresponde ejercer la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Está encabezado por un Presidente, nombrado por el Rey, tras obtener la confianza mayoritaria de los parlamentarios que componen el Congreso de los Diputados.

   El Gobierno tiene responsabilidad colectiva de sus acciones políticas ante el Congreso de los Diputados, ante el que comparece semanalmente para dar cuenta de su gestión. El principal instrumento de que disponen las fuerzas parlamentarias para ejercer un control sobre el Gobierno se denomina "moción de censura", regulado en la Constitución.

   El Presidente dirige las acciones del Gobierno, coordinando las funciones de los miembros que lo componen. Los vicepresidentes, en su caso, y los ministros, son nombrados y separados de su cargo por el Rey, a propuesta del Presidente. El órgano colegiado del Gobierno es el Consejo de Ministros, que se reúne cada semana. En estos momentos, el Gobierno está compuesto por el Presidente, dos Vicepresidentes, que se encargan además de los Ministerios de la Presidencia y de Economía y Hacienda, y doce ministros.

Poder Judicial

La justicia emana del pueblo y es administrada en representación del Rey por los jueces y magistrados del Poder Judicial. Éstos son independientes, no pueden ser cesados y están sujetos únicamente al imperio de la Ley.

  • El Tribunal Supremo de Justicia es la más alta instancia jurisdiccional del Estado (salvo en lo que afecta a las garantía constitucionales, que incumbe al Tribunal Constitucional). El Presidente del Tribunal Supremo es nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

   • El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de los jueces y magistrados. Una ley orgánica establece el funcionamiento y gobierno de Juzgados y Tribunales, el estatuto de los miembros del Consejo General y sus funciones. Este órgano está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo preside, y por veinte miembros designados por el Rey a propuesta de las Cortes Generales para un periodo de cinco años.

   • El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno, tras consultar al Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal tiene como misión la de promover las acciones judiciales en defensa de los derechos de los ciudadanos y de los intereses públicos protegidos por la ley, ya sea de oficio o a petición de los interesados. También es su responsabilidad velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante estos la satisfacción del interés social.

   • La Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye el ejercicio de la potestad jurisdiccional no sólo a los tribunales y juzgados establecidos en las leyes sino también a los instituidos en los tratados internacionales. España se adhirió en 1979 al Convenio de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. Por ello, los ciudadanos españoles, una vez agotadas las instancias judiciales nacionales, tienen abierta la vía ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.

   Actualmente está en proceso de implantación una iniciativa aprobada por Ley para la participación de los ciudadanos en la administración de Justicia, mediante la celebración de juicios con jurados populares.

Cuerpo electoral

(españoles de 18 años o más)




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