Política y Administración Pública


UE (Unión Europea)


INDICE

INTRODUCCIÓN

OBJETIVOS

CAPITULO I HISTORIA

CAPITULO II ORGANIZACIÓN

CAPITULO III INSTITUCIONES

CAPITULO IV VENTAJAS DE LA UNIÓN EUROPEA

CAPITULO V UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA

CAPITULO VI EUROPA DEL SIGLO XXI

CAPITULO VII TRATADO DE COOPERACIÓN CON CHILE

CAPITULO VIII ANEXOS

ANEXO I TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA

ANEXO II TRATADOS

ANEXO III MAPA DE LA UNIÓN EUROPEA

ANEXO IV BANDERAS DE LOS PAÍSES MIEMBROS

ANEXO V BANDERA DE LA UNIÓN EUROPEA

ANEXO VI HIMNO DE LA UNIÓN EUROPEA

BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

La Unión Europea (UE) es una familia de países europeos democráticos que se han comprometido a trabajar juntos en aras de la paz y la prosperidad. No se trata de un Estado destinado a sustituir a los actuales Estados, pero es más que cualquier otra organización internacional. En realidad, la UE es única. Sus Estados miembros han creado instituciones comunes en las que delegan parte de su soberanía, con el fin de que se puedan tomar democráticamente decisiones sobre asuntos específicos de interés común, a escala europea. Esta unión de soberanías también se denomina "integración europea".

La Unión Europea (UE) no es una federación como los Estados Unidos ni simplemente una organización de cooperación entre gobiernos, como las Naciones Unidas, sino que tiene un carácter único. Los países que constituyen la UE (sus "Estados miembros") comparten su soberanía para ser más fuertes y tener una influencia mundial que ninguno de ellos podría ejercer individualmente.

Compartir la soberanía significa, en la práctica, que los Estados miembros delegan algunos de sus poderes decisorios a las instituciones comunes creadas por ellos para poder tomar democráticamente y a nivel europeo decisiones sobre asuntos específicos de interés conjunto.

La integración europea ha proporcionado medio siglo de estabilidad, paz y prosperidad económica. Ha contribuido a elevar el nivel de vida, a construir un mercado interior, a introducir el euro y a afirmar la voz de la Unión en el mundo. La Unión Europea (UE) fue creada tras la Segunda Guerra Mundial. Los símbolos europeos permiten identificar a la Unión Europea como entidad política. Desde 1986, la bandera adoptada por el Consejo de Europa se utiliza como bandera de la Unión Europea.

OBJETIVOS

Los objetivos principales de la Unión son:

  • Instituir una ciudadanía europea (Derechos fundamentales; Libre circulación; Derechos civiles y políticos);

  • Garantizar la libertad, la seguridad y la justicia (Cooperación en el ámbito de Justicia e Interior);

  • Fomentar el progreso económico y social (el Mercado Único; El euro, la moneda común; Creación de empleo; Desarrollo regional; Protección del medio ambiente);

  • Afirmar el papel de Europa en el mundo (Seguridad Exterior Común; La Unión Europea en el mundo).

La mayor preocupación de la Unión Europea es conseguir que los auténticos protagonistas de la integración europea sean las personas y sus intereses. Las instituciones europeas han reconocido el respeto de los derechos humanos como un principio general del Derecho europeo y han desarrollado diversos derechos en relación con la libre circulación en la Unión Europea.

Con el Tratado de Maastricht, la relación entre los ciudadanos de los Estados miembros y la Unión Europea se ha hecho más directa, gracias a la creación de la ciudadanía europea, que ha introducido toda una serie de derechos de orden civil y político.

Unidad en la diversidad: Europa es un continente con muchas tradiciones y lenguas diferentes, pero también con valores compartidos. La UE defiende estos valores. La UE fomenta la cooperación entre los pueblos de Europa, promoviendo la unidad y conservando al mismo tiempo la diversidad, y garantizando que las decisiones se tomen teniendo en cuenta al máximo a los ciudadanos.

En el mundo del siglo XXI, cada vez más interdependiente, será aún más necesario que los ciudadanos europeos cooperen con personas de otros países con un espíritu de curiosidad, tolerancia y solidaridad.

HISTORIA

CAPITULO I HISTORIA

Los países europeos están caracterizados por su reducida extensión, por consiguiente, ningún país puede tener todos los elementos que necesita. La II Guerra Mundial (1939-1945) devastó la economía del continente. Algunos europeos esperaban que la reconstrucción de Europa Occidental llevaría a un acuerdo para crear un Estado europeo unificado, pero la idea de una Europa unida se quebró con el comienzo de la Guerra Fría (surgimiento del sistema comunista en el Este) y la desconfianza que todavía inspiraba Alemania Occidental. Dos franceses, el político y financiero Jean Monnet y el ministro de Asuntos Exteriores Robert Schuman, creían que Francia y Alemania podrían superar su secular antagonismo si existían incentivos económicos que estimularan la cooperación. En mayo de 1950, Schuman propuso la creación de una autoridad común para regular la industria del carbón y del acero en Alemania Occidental y Francia; la oferta se extendía también a otros países de Europa Occidental. La idea fue bien recibida por el gobierno de Alemania Occidental y por los de Bélgica, Italia, Luxemburgo y Países Bajos. Junto con Francia, estos cinco países firmaron el 18 de abril de 1951 el Tratado de París (efectivo desde el 10 de agosto de 1952), por el que se creaba la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). El gobierno británico rechazó el carácter supranacional de la CECA y optó por no unirse a dicha organización.

En junio de 1955, en Messina (Sicilia, Italia), los ministros de Asuntos Exteriores de los seis estados que conformaban la CECA decidieron estudiar las posibilidades para lograr una mayor integración económica. Este nuevo esfuerzo desembocó en la firma del Tratado de Roma (25 de marzo de 1957), por el que se creaban la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom). Esta última resultó tener poca importancia, ya que cada gobierno nacional mantuvo el control sobre su programa de energía nuclear.

Comunidad Económica Europea

En términos económicos, el Tratado de la CEE estableció un plazo de doce años para la eliminación de las barreras comerciales entre sus miembros, la implantación de un arancel común para las importaciones del resto del mundo y la creación de una política agrícola conjunta. Políticamente, el Tratado otorgó a los gobiernos nacionales un papel mayor que el del Tratado de la CECA, aunque también determinó que la CEE fuera más supranacional conforme progresaba la integración económica.

Como respuesta a la CEE, el Reino Unido y otros seis países no comunitarios formaron la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA) en 1960. Sólo un año después, tras el evidente éxito económico de la CEE, el Reino Unido inició negociaciones para su ingreso. Pero en enero de 1963 el presidente francés Charles de Gaulle vetó la candidatura británica, especialmente por sus estrechos lazos con Estados Unidos. De Gaulle volvió a vetar la entrada británica en 1967.

Creación de la CE

Las metas económicas básicas del Tratado de la CEE se fueron cumpliendo gradualmente y las tres comunidades (CEE, CECA y Euratom) fusionaron sus respectivos ejecutivos en julio de 1967. Este hecho supuso el nacimiento de la Comunidad Europea (CE). Sin embargo, no se hizo ningún progreso sobre ampliación o cualquier otra propuesta hasta que De Gaulle hubo dimitido como presidente de Francia, en mayo de 1969. El siguiente presidente francés, Georges Pompidou, estaba más abierto a nuevas iniciativas en el seno de la CE. En diciembre de 1969, y a su propuesta, se celebró una reunión de los líderes de los estados miembros en La Haya (Países Bajos). Esta cumbre preparó el terreno para la creación de una forma de financiación permanente de la CE, el desarrollo de un marco de cooperación en política exterior y la apertura de negociaciones para el ingreso de Reino Unido, Irlanda, Dinamarca y Noruega.

Ampliación de la CE

En enero de 1972, casi después de dos años de negociaciones, se firmaron los tratados para la adhesión de los cuatro países aspirantes el 1 de enero 1973. Reino Unido, Irlanda y Dinamarca se adhirieron como estaba previsto; sin embargo, en un referéndum los noruegos votaron en contra de su ingreso.

En el Reino Unido continuó la oposición a la pertenencia a la CE. Después de que el Partido Laborista volviera a ocupar el poder en 1974, llevó a cabo su promesa electoral de renegociar las condiciones de la pertenencia británica (especialmente las financieras); la renegociación produjo cambios marginales, pero creó un periodo de incertidumbre en el interior de la CE. Un gobierno laborista dividido confirmó la pertenencia a la CE y convocó un referéndum nacional sobre el tema en junio de 1975. A pesar de la fuerte oposición de algunos grupos, el pueblo británico votó a favor de la permanencia.

En 1979 y 1980, el Gobierno británico, que afirmaba que el valor de su contribución superaba con mucho el valor de los beneficios recibidos, intentó una vez más cambiar los términos de su pertenencia. El conflicto se resolvió en la primavera de 1980, cuando varios países miembros aceptaron pagar una mayor contribución a los costes de la CE. En 1984 se acordó que el Reino Unido recibiría una disminución parcial de su contribución anual neta a la CE, comenzando con una rebaja de 800 millones de dólares para ese año.

Grecia ingresó en la CE en 1981 y, tras ocho años de negociaciones, en 1986 se adhirieron España y Portugal. Otros acontecimientos importantes en las décadas de 1970 y 1980 fueron la ampliación de la ayuda de la CE a países menos desarrollados (especialmente a antiguas colonias de los países miembros); la institución del Sistema Monetario Europeo (SME) para dar una cierta estabilidad a las relaciones entre las monedas de los estados miembros, y los avances en la eliminación de las barreras comerciales interiores con la finalidad de establecer un mercado único.

Mercado Único Europeo

El avance más significativo en la CE durante la década de 1980 fue la marcha hacia la puesta en práctica de un mercado único europeo. La campaña para lograr este objetivo fue promovida por Jacques Delors, antiguo ministro de Economía y Finanzas francés, que se convirtió en presidente de la Comisión Europea en 1985. En la Cumbre de Milán (Italia), la Comisión propuso un plazo de siete años para eliminar prácticamente todas las barreras comerciales que aún existían entre los estados miembros. El Consejo Europeo aprobó el plan, y el propósito de alcanzar el Mercado Único Europeo el 1 de enero de 1993 aceleró las reformas en la CE e incrementó la cooperación y la integración entre los estados miembros. Finalmente, todo ello culminó con la formación de la Unión Europea.

Un obstáculo para la total integración económica era la Política Agraria Común (PAC). Durante la década de 1980, la PAC recibía las dos terceras partes del desembolso anual de la CE (los ingresos se obtenían de los aranceles sobre las importaciones y de hasta un 2% del impuesto sobre el valor añadido (IVA) recaudado en cada uno de los países miembros). La PAC alentaba la producción de grandes excedentes de algunos productos que la CE tenía el compromiso de comprar, lo que era un modo de conceder subsidios para unos países a expensas de otros. En una cumbre extraordinaria celebrada en 1988, los líderes de la CE establecieron unos mecanismos para limitar esos pagos; en el presupuesto de 1989, y por primera vez desde la década de 1960, las ayudas a la agricultura representaron menos del 60% del gasto total de la CE.

Acta Única Europea

El calendario fijado para alcanzar el Mercado Único Europeo puso al descubierto la necesidad de otorgar un mayor poder a la CE para resolver las cuestiones anejas a la eliminación de las barreras comerciales antes de la fecha tope. El Consejo de Ministros tenía que alcanzar acuerdos unánimes sobre cada decisión, con lo que, de hecho, se daba a los estados miembros poder de veto y se demoraba el proceso político. El Acta Única Europea, introducida en diciembre de 1985 y aprobada por los doce miembros en julio de 1987, introdujo los mayores cambios en la estructura de la CE desde el Tratado de Roma de 1957. Entre las modificaciones incluidas figuró la introducción del sistema de mayoría cualificada que ayudó a acelerar el proceso de creación del Mercado Único Europeo.

El Acta Única Europea introdujo también otros cambios importantes: el Consejo Europeo, que había aportado el impulso principal para la consecución del Mercado Único, consiguió personalidad jurídica; el Parlamento Europeo logró tener mayor voz e influencia; y los estados miembros acordaron unificar normativas fiscales, sanitarias y referentes al medio ambiente. Además, se estableció el Tribunal de Primera Instancia para atender las apelaciones a las decisiones de la CE que presentaran personas, organizaciones o empresas; y cada Estado miembro decidió alinear su política económica y monetaria con la de sus vecinos, utilizando el SME como modelo.

Cambios en Europa y en la CE

Los partidarios de una unión económica y monetaria argumentaban que no habría mercado único mientras las restricciones sobre las transferencias de dinero y las primas de cambio limitaran el flujo libre de capitales. Se sugirió un plan en tres etapas para alcanzar la Unión Económica y Monetaria (UEM). Al mismo tiempo, la Comisión Europea propuso una carta social sobre derechos humanos. Reino Unido se opuso a ambas propuestas, manifestando su preocupación por la pérdida de soberanía que sufriría cada Estado si se incrementaba el poder de la CE. Sin embargo, se sumó al proyecto de la UEM cuando los cambios operados por toda Europa provocaron la necesidad de una respuesta rápida unida de la CE.

Cuando el comunismo se desplomó en Europa del Este, muchos de los países de su órbita buscaron en la CE ayuda política y económica. La CE aceptó concertar acuerdos de ayuda militar y de asociación con muchos de esos estados, pero descartó adhesiones inmediatas. Una cumbre de emergencia, celebrada en abril de 1990, hizo una excepción con Alemania Oriental, permitiendo que este país fuera automáticamente incorporado a la CE tras la reunificación alemana. En la misma cumbre, la República Federal de Alemania y Francia propusieron una conferencia intergubernamental para conseguir alcanzar una mayor unidad europea después de los grandes cambios políticos que habían tenido lugar. La Conferencia Intergubernamental, junto con una conferencia similar que preparaba la UEM, comenzó a trabajar en una serie de acuerdos que desembocaron en el Tratado de la Unión Europea.

El Tratado de la Unión Europea

Representantes de cada país de la CE negociaron el Tratado de la Unión Europea en 1991, y en diciembre el Consejo Europeo se reunió en Maastricht (Países Bajos) para examinar un borrador. Tras intensas negociaciones entre los miembros, el tratado final fue firmado por el Consejo Europeo el 7 de febrero 1992. Una disposición del Tratado establecía que los electores de cada Estado miembro tenían que aprobar la Unión Europea por referéndum; el Tratado fue ratificado en octubre de 1993.

La Unión Europea nació el 1 de noviembre de 1993, fecha en que el Tratado entró en vigor.

El 1 de enero de 1995 se produjo una cuarta ampliación de la UE con el ingreso de Austria, Finlandia y Suecia.

Ese mismo mes, el hasta entonces primer ministro luxemburgués, Jacques Santer, elegido el año anterior para ejercer la presidencia de la Comisión Europea, sustituyó a Delors al frente de la misma. El futuro reto de la UE pasaba por afrontar el cumplimiento de lo acordado en Maastricht. En este sentido, el 15 de diciembre de 1996 se aprobó el estatuto jurídico del euro (nombre adoptado un año antes para la futura moneda única europea), el nuevo SME y el llamado Pacto de Estabilidad, por el que los estados miembros deberían continuar sus respectivas políticas de convergencia una vez que, en 1999, comenzara a utilizarse la nueva moneda.

El 1 de mayo de 2004 experimentó su mayor ampliación con la entrada de diez nuevos miembros: Letonia, Lituania, Estonia, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Chipre y Malta. Tras este múltiple ingreso, la Unión Europea engloba a 455 millones de personas.

Con el Tratado de la Unión Europea se otorgó la ciudadanía europea a los ciudadanos de cada Estado miembro. Se intensificaron los acuerdos aduaneros y sobre inmigración con el fin de permitir a los ciudadanos europeos una mayor libertad para vivir, trabajar o estudiar en cualquiera de los estados miembros, y se relajaron los controles fronterizos. Se fijó como meta conseguir una moneda única europea para 1999.

El euro arrancó ese año para once países, aunque su entrada en vigor no se oficializó hasta el 1 de enero de 2002.

Finalmente, se logra una unión no sólo aduanera, también económica, cultural, social, racial y educativa.

Ampliación al Este

La futura consolidación de la UE como entidad aglutinadora de gran parte de los territorios europeos (tanto en el orden político como económico) quedó refrendada en una nueva cumbre del Consejo Europeo celebrada en Luxemburgo en diciembre de 1997. En ella se gestó y planificó el proceso por el cual la UE admitiría el ingreso de nuevos países miembros en su seno.

Salvo en los casos chipriota y turco, el grupo de candidatos estaba integrado por estados de Europa oriental.

Finalizada la cumbre, once países recibieron la invitación formal para comenzar los distintos y progresivos pasos de adhesión. Esos once países fueron divididos en dos grupos, cada uno de los cuales representaría una distinta “velocidad” de ingreso.

Chipre, la República Checa, Estonia, Polonia, Hungría y Eslovenia fueron seleccionados en el primer bloque; de hecho, el 30 de marzo de 1998 comenzaron las conferencias intergubernamentales que suponían el inicio de las primeras negociaciones formales.

El segundo grupo (compuesto por países que necesitarían mayor tiempo para cumplir los necesarios requisitos de ingreso) lo formaban Bulgaria, Letonia, Lituania, Rumania y Eslovaquia (a los que luego se sumó la candidatura de Malta).

En ambos casos, el cumplimiento de determinados parámetros económicos y políticos sería obligatorio para el definitivo ingreso de cada uno de estos estados. La no mención de Turquía abrió una profunda brecha en las relaciones entre este país y la UE, aunque la candidatura turca fue finalmente aceptada en diciembre de 1999.

ORGANIZACION

CAPITULO II ORGANIZACIÓN

La Unión Europea se basa en el Estado de Derecho y en la democracia, no es ni un nuevo Estado que reemplace a los existentes ni es comparable a otras organizaciones internacionales. Sus Estados miembros delegan su soberanía a las instituciones comunes que representan los intereses de la Unión en su conjunto en cuestiones de interés común. Todas las decisiones y procedimientos se derivan de los tratados fundamentales ratificados por los Estados miembros.

El funcionamiento de la UE se basa en el principio del Estado de Derecho, por cinco instituciones, que desempeñan cada una de ellas un papel específico:

  • Parlamento Europeo (elegido por los ciudadanos de los Estados miembros);

  • Consejo de la Unión (integrado por los Gobiernos de los Estados miembros);

  • Comisión Europea (iniciativa y órgano ejecutivo);

  • Tribunal de Justicia (garantiza el cumplimiento de la ley);

  • Tribunal de Cuentas (gestión saneada y legal del presupuesto de la UE).

También forman parte de la Unión Europea otros cinco organismos:

  • Comité Económico y Social Europeo (expresa las opiniones de la sociedad civil organizada sobre cuestiones económicas y sociales);

  • Comité de las Regiones (expresa las opiniones de las autoridades regionales y locales sobre política regional, medio ambiente, educación, etc.);

  • Defensor del Pueblo Europeo (trata denuncias de los ciudadanos referentes a la mala gestión de una institución u organismo de la UE);

  • Banco Europeo de Inversiones (contribuye a los objetivos de la UE financiando inversiones públicas y privadas a largo plazo);

  • Banco Central Europeo (responsable de las operaciones de política monetaria y de divisas).

   

Varias agencias y organismos completan el sistema.

INSTITUCIONES

CAPITULO III INSTITUCIONES

Parlamento Europeo - La voz del pueblo

El Parlamento Europeo, elegido cada 5 años por sufragio universal directo, es la voz democrática de los 455 millones de ciudadanos europeos. Los diputados del Parlamento Europeo se sientan no por bloques nacionales sino por grupos políticos a escala europea que reúnen a los principales partidos políticos de los Estados miembros de la UE.

CUADRO: Número de escaños por grupo político, al 1 de abril del 2003:

Grupo político

Sigla

Escaños

Partido Popular Europeo (democristianos) y Demócratas Europeos

PPE-DE

232

Partido de los Socialistas Europeos 

PSE

175

Partido Europeo de los Liberales, Demócratas y Reformistas

ELDR

52

Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica

GUE/NGL

49

Verdes/Alianza Libre Europea

Verdes/ALE

44

Unión por la Europa de las Naciones

UEN

23

Europa de las Democracias y la Diferencias

EDD

18

No inscritos

NI

31

TOTAL 

624

Los orígenes del Parlamento Europeo se remontan a los años 50 y a los tratados fundacionales. Desde 1979 sus diputados son elegidos directamente por los ciudadanos a los que representan.

Las elecciones tienen lugar cada cinco años y todo ciudadano de la UE inscrito en las listas electorales tiene derecho a votar. Así el Parlamento expresa la voluntad democrática de los 480 millones de ciudadanos de la Unión y representa sus intereses en las discusiones con las otras instituciones de la UE.

Número de escaños por país

(en orden alfabético, siguiendo el nombre del país en su propia lengua)

 

1999-2004

2004-2007

2007-2009

Bélgica

25

24

24

Bulgaria 

-

-

18

Chipre

-

6

6

República Checa

-

24

24

Dinamarca

16

14

14

Alemania

99

99

99

Grecia

25

24

24

España

64

54

54

Estonia

-

6

6

 

1999-2004

2004-2007

2007-2009

Francia

87

78

78

Hungría

-

24

24

Irlanda

15

13

13

Italia

87

78

78

Letonia

-

9

9

Lituania

-

13

13

Luxemburgo

6

6

6

Malta

-

5

5

Países Bajos

31

27

27

Austria

21

18

18

Polonia 

-

54

54

Portugal

25

24

24

Rumania

-

-

36

Eslovaquia

-

14

14

Eslovenia

-

7

7

Finlandia

16

14

14

Suecia

22

19

19

Reino Unido

87

78

78

TOTAL (MÁXIMO)

626

732

786

¿Dónde se encuentra la sede del Parlamento?

El Parlamento Europeo trabaja en Francia, Bélgica y Luxemburgo.

Las sesiones plenarias mensuales, a las que asisten todos los diputados, se celebran en Estrasburgo (Francia), "sede" del Parlamento. Las reuniones de las comisiones parlamentarias y las sesiones plenarias adicionales se celebran en Bruselas (Bélgica), mientras que Luxemburgo acoge a las oficinas administrativas (Secretaría General).

¿Qué hace el Parlamento?

El Parlamento tiene tres funciones principales:

  • Comparte con el Consejo el poder legislativo. El hecho de que sea una institución elegida directamente ayuda a garantizar la legitimidad democrática de la legislación europea.

  • Ejercita el control democrático de todas las instituciones de la UE y en especial de la Comisión. Tiene potestad para aprobar o rechazar el nombramiento de Comisarios y derecho a censurar a la Comisión en conjunto.

  • Forma con el Consejo la autoridad presupuestaria de la UE y puede por lo tanto influir en el gasto de la UE. Al final del procedimiento presupuestario adopta o rechaza el presupuesto en todos sus elementos.

  • 1. El poder legislativo

    El procedimiento más común para aprobar la legislación de la UE es la "codecisión", que se aplica en una amplia gama de campos. Esto sitúa al Parlamento y el Consejo en pie de igualdad y las leyes aprobadas utilizando este procedimiento son actos conjuntos de ambos.

    En otro tipo de propuestas el Parlamento debe ser consultado y se requiere su aprobación para determinadas decisiones políticas o institucionales importantes.

    El Parlamento también impulsa la nueva legislación examinando el programa de trabajo anual de la Comisión, considerando qué nuevas leyes serían apropiadas y pidiendo a la Comisión que presente propuestas.

    2. Control democrático

    El Parlamento ejerce de varias formas el control democrático de las otras instituciones europeas. 


    En primer lugar, cuando se designa una nueva Comisión, el Parlamento se entrevista con todos los candidatos a los cargos de Comisarios y presidente de la Comisión, candidatos presentados por los Estados miembros y que no pueden ser nombrados sin la aprobación del Parlamento. 


    En segundo lugar la Comisión es políticamente responsable ante el Parlamento, que puede presentar una moción de censura pidiendo su dimisión. 


    Más generalmente, el Parlamento controla examinando regularmente los informes enviados por la Comisión (informe general, informes sobre ejecución del presupuesto, sobre la aplicación del Derecho comunitario, etc.). Por otra parte, los diputados plantean constantemente cuestiones escritas y orales a la Comisión. 


    Los Comisarios asisten a los plenos del Parlamento y a reuniones de las comisiones parlamentarias, manteniendo un diálogo continuo entre ambas instituciones.


    El Parlamento también supervisa el trabajo del Consejo ya que los diputados le plantean cuestiones escritas y orales y el Presidente del Consejo asiste a los plenos y participa en debates importantes.


    El Parlamento colabora estrechamente con el Consejo en ciertas áreas, tales como Política Exterior y de Seguridad Común y cooperación judicial y en algunos problemas de interés común como la política de asilo e inmigración y medidas para combatir la tenencia de drogas, el fraude y la delincuencia internacional. La Presidencia del Consejo mantiene al Parlamento informado sobre todos estos temas. 


    El Parlamento puede también ejecutar el control democrático mediante el examen de peticiones de los ciudadanos y creando comisiones temporales de investigación.


    Finalmente, el Parlamento aporta ideas a las cumbres de la UE (reuniones del Consejo Europeo). En la apertura de cada cumbre se invita al Presidente del Parlamento a expresar las opiniones e inquietudes de su institución ante determinados problemas y puntos del orden del día del Consejo Europeo. 

    3. Control del Presupuesto

    El presupuesto anual de la UE es decidido conjuntamente por el Parlamento y el Consejo. El Parlamento lo discute en dos lecturas sucesivas y no entra en vigor hasta que lo firma su Presidente.

    La Comisión de Control Presupuestario del Parlamento (COCOBU) supervisa cómo se gasta el presupuesto y anualmente el Parlamento decide si aprueba o no la gestión por la Comisión del presupuesto del ejercicio previo. Este proceso de aprobación es técnicamente conocido como "descargo".

    ¿Cómo está organizado el trabajo del Parlamento?

    El trabajo del Parlamento está dividido en dos etapas principales:

    Preparación del pleno. Es hecha por los diputados en las diversas comisiones parlamentarias especializadas en ámbitos particulares de la actividad de la UE. Los asuntos para debate también son discutidos por los grupos políticos.

    Pleno. Los plenos, al que asisten todos los diputados, se celebran normalmente en Estrasburgo (una semana al mes) y a veces en Bruselas (dos días). En estas sesiones el Parlamento examina la legislación y vota las propuestas de enmiendas antes de llegar a una decisión sobre el texto en conjunto.

    Otros puntos del orden del día pueden incluir comunicaciones del Consejo o la Comisión o cuestiones sobre lo que ocurre en la Unión o el mundo.

    Presidente del Parlamento Europeo: Josep Borrel Fontelles

    Ciudad sede del Parlamento: Estrasburgo, Francia.

    Consejo de la Unión Europea - La voz de los Estados miembros

    El Consejo es la principal instancia decisoria de la UE. Como el Parlamento, fue creado por los tratados fundacionales en los años 50. Representa a los Estados miembros y a sus reuniones asiste un ministro de cada uno de los gobiernos nacionales de la UE.

    Los ministros cambian en función de los temas del orden del día. Por ejemplo, si el Consejo aborda asuntos medioambientales a la reunión asisten los ministros de medio ambiente de cada país de la UE y entonces se le denomina "Consejo de Medio Ambiente

    Las relaciones de la UE con el resto del mundo son tratadas por el "Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores" pero esta configuración del Consejo también tiene una responsabilidad más amplia con respecto a los problemas de política general por lo que a sus reuniones asiste cualquier ministro o secretario de Estado designado por su respectivo gobierno.

    En total hay nueve configuraciones distintas del Consejo:

  • Asuntos generales y relaciones exteriores;

  • Asuntos económicos y financieros ("ECOFIN");

  • Justicia e interior;

  • Empleo, política social, salud y consumidores;

  • Competitividad (mercado interior, industria e investigación);

  • Transporte, telecomunicaciones y energía;

  • Agricultura y pesca;

  • Medio ambiente;

  • Educación, juventud y cultura.

  • Sin embargo el Consejo sigue siendo una única institución.

    Cada ministro participante puede comprometer a su gobierno, es decir, que su firma es la firma de todo el gobierno, y también es responsable ante su parlamento nacional y los ciudadanos a quienes dicho parlamento representa. Esto garantiza la legitimidad democrática de las decisiones del Consejo

    ¿Qué hace el Consejo?

    El Consejo tiene seis responsabilidades básicas:

  • Aprobar leyes europeas. En muchos ámbitos legisla en común con el Parlamento Europeo.

  • Coordinar las políticas económicas generales de los Estados miembros.

  • Concluir acuerdos internacionales entre la UE y una o más organizaciones de Estados o internacionales.

  • Aprobar el presupuesto de la UE, junto con el Parlamento.

  • Desarrollar la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE (PESC, véase Política Exterior y de Seguridad Común), basándose en las directrices decididas por el Consejo Europeo.

  • Coordinar la cooperación entre los tribunales nacionales y la policía en materia.

  • La mayoría de estas responsabilidades se refieren a ámbitos "comunitarios", es decir, aquellos en los que los Estados miembros deciden poner en común su soberanía y delegar sus poderes de toma de decisiones a las instituciones de la UE. Estos ámbitos constituyen el "primer pilar" de la Unión Europea.


    Sin embargo, las dos últimas se refieren en gran parte a áreas en que los Estados miembros no han delegado sus poderes sino que simplemente trabajan juntos. Esto se llama "cooperación intergubernamental" y cubre el segundo y tercer "pilar" de la Unión (PESC, y policía y cooperación judicial en materia penal). 

    1. Legislación

    Mucha legislación de la UE es adoptada conjuntamente por el Consejo y el Parlamento (véase La toma de decisiones en la Unión Europea).


    Por regla general el Consejo sólo actúa a propuesta de la Comisión y es la Comisión la que tiene normalmente la responsabilidad de garantizar que la legislación de la UE, una vez adoptada, se aplica correctamente. 

    2. Coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros 

    Los países de la UE han decidido que quieren una política económica general basada en una estrecha coordinación de sus políticas económicas nacionales. Esta coordinación es llevada a cabo por los ministros de economía y hacienda, que colectivamente forman el Consejo de asuntos económicos y financieros ("ECOFIN").

    3. Conclusión de acuerdos internacionales 

    Cada año el Consejo "concluye" (o sea, firma oficialmente) varios acuerdos entre la Unión y otros países, así como con organizaciones internacionales. Estos acuerdos pueden cubrir áreas amplias tales como comercio, cooperación y desarrollo o pueden tratar temas específicos como textiles, pesca, ciencia y tecnología, transporte etc.


    Además el Consejo puede concluir convenios entre los Estados miembros de la UE en campos tales como impuestos, derecho de sociedades, protección consular o también cooperación en justicia e interior (véase Justicia e interior).

    4. Aprobación del presupuesto de la UE

    El presupuesto anual de la UE es decidido conjuntamente por el Consejo y el Parlamento. Si ambas instituciones no se ponen de acuerdo las normas permiten al Consejo tomar la decisión final sobre los "gastos obligatorios" (principalmente agricultura y gastos derivados de acuerdos internacionales con países no pertenecientes a la UE), mientras que el Parlamento tiene la última palabra en el gasto "no obligatorio" y la aprobación final del presupuesto en conjunto

    '{UE}'

    5. Política Exterior y de Seguridad Común

    Los Estados miembros trabajan para desarrollar una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Pero política exterior, seguridad y defensa son asuntos sobre los que los Estados miembros de la UE siguen teniendo individualmente un control independiente y al no haber puesto en común su soberanía nacional en estas áreas, el Parlamento y la Comisión sólo desempeñan aquí un papel limitado. Sin embargo los países de la UE tienen mucho que ganar si trabajan juntos en estos asuntos y el Consejo es el principal foro en que esta cooperación intergubernamental tiene lugar.


    Para responder más eficazmente a crisis internacionales, el Consejo Europeo (Helsinki, diciembre de 1999) decidió que la UE crearía una "fuerza de reacción rápida" de hasta 60.000 hombres, que podría ser desplegada en el plazo de 60 días y permanecer desplegada por lo menos un año.


    No se trata de un "ejército europeo", ya que los militares seguirán siendo miembros de sus fuerzas armadas nacionales, bajo mandato nacional, y su papel se limitará a realizar tareas de tipo humanitario, rescate, salvaguardia de la paz y gestión de crisis.


    Para aportar control político y directrices estratégicas en momentos de crisis, el Consejo Europeo (Niza, diciembre del 2000) decidió crear nuevas estructuras políticas y militares permanentes en el Consejo de la Unión Europea:

  • Comité Político y de Seguridad;

  • Comité Militar de la Unión Europea;

  • Personal militar de la Unión Europea, integrado por expertos militares destinados en la Secretaría del Consejo por los Estados miembros.

  • Personal militar está dirigido por el Comité Militar, al que asiste (véase Agencias de la Política Exterior y de Seguridad Común). 

  • '{UE}'

    6. Justicia e interior

    Drogas, terrorismo, fraude internacional, trata de seres humanos y explotación sexual de niños son problemas que preocupan mucho a los ciudadanos europeos. Se trata de actividades criminales transfronterizas y solamente una cooperación transfronteriza puede abordarlas eficazmente. Si Europa quiere hacerlo y dar a todos sus ciudadanos igualdad de acceso a la justicia civil en toda la UE, los tribunales nacionales, las policías, las aduanas y los servicios de inmigración de todos los países de la UE tienen que trabajar juntos.

    Se trata de asegurar, por ejemplo:

  • que la sentencia de un tribunal de un país de la UE en caso de divorcio o custodia de hijos sea reconocida en los demás países de la UE;

  • que las fronteras exteriores de la UE son vigiladas eficazmente;

  • que las aduanas y la policía intercambian información sobre movimientos de sospechosos de tráfico de drogas o personas;

  • que los solicitantes de asilo son igualmente tratados en toda la UE, para impedir que se dirijan al país que podría ofrecerles más ventajas. 

  • Este tipo de problemas, colectivamente conocidos como "justicia e interior", son tratados por los ministros del ramo, que actúan colectivamente como Consejo de Justicia e Interior. 

    ¿Cómo está organizado el trabajo del Consejo?

    COREPER

    En Bruselas cada Estado miembro de la UE tiene un equipo permanente ("representación") que le representa y defiende su interés nacional en el seno de la Unión. En la práctica, el jefe de cada representación es embajador de su país ante la UE.

    Estos embajadores (conocidos como "representantes permanentes") se reúnen semanalmente en el Comité de Representantes Permanentes (COREPER). El papel del Comité es preparar el trabajo del Consejo, a excepción de los problemas agrícolas, estudiados por el Comité Especial de Agricultura. El COREPER es ayudado por varios grupos de trabajo, compuestos por funcionarios de las administraciones nacionales.

    Presidencia del Consejo

    La Presidencia del Consejo es rotatoria y tiene una duración de seis meses. Es decir, cada país de la UE se hace cargo de la agenda del Consejo y preside todas las reuniones durante un semestre, promoviendo las decisiones legislativas políticas y trabajando en pro de acuerdos entre los Estados miembros.

    Para el período 2003-2006 el calendario es el siguiente::

    2003

    Primer semestre:

    Grecia

     

    Segundo semestre:

    Italia

    2004

    Primer semestre:

    Irlanda

     

    Segundo semestre:

    Países Bajos

    2005

    Primer semestre:

    Luxemburgo

     

    Segundo semestre:

    Reino Unido

    2006

    Primer semestre:

    Austria 

     

    Segundo semestre:

    Finlandia

    Verbigracia, si el Consejo de medio ambiente se reúne durante el segundo semestre del 2006 la reunión será presidirá por el ministro finlandés de medio ambiente puesto que Finlandia asumirá la Presidencia del Consejo en ese momento.

    Secretaría General 

    La Presidencia es ayudada por la Secretaría General, que prepara y garantiza el buen funcionamiento de la institución a todos los niveles.


    En 1999 Javier Solana fue nombrado Secretario General del Consejo y también Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), y en esta calidad ayuda al Consejo a elaborar y aplicar decisiones políticas. También desarrolla el diálogo político, en nombre del Consejo, con países no pertenecientes a la UE.


    El Secretario General está asistido por un Vicesecretario General responsable de los asuntos corrientes de la Secretaría General.

    ¿Cuántos votos por país?

    Las decisiones del Consejo son tomadas por votación. El número de votos depende del tamaño de la población del país, pero este número no es estrictamente proporcional sino que se ajusta en favor de los países menos poblados.


    Hasta el 1 de mayo del 2004, el número de votos que cada país puede emitir es el siguiente:

    Alemania, Francia, Italia, Reino Unido

    10

    España

    8

    Bélgica, Grecia, Países Bajos, Portugal

    5

    Austria, Suecia

    4

    Dinamarca, Irlanda, Finlandia

    3

    Luxemburgo

    2

    TOTAL

    87

    A partir de esa fecha (cuando los nuevos Estados miembros entrarán a formar parte de la UE) y hasta el 31 de octubre del 2004 existen acuerdos transitorios para modificar la ponderación de votos.


    A partir del 1 de noviembre del 2004 el número de votos que cada país podrá emitir será:

    Alemania, Francia, Italia, Reino Unido

    29

    España, Polonia

    27

    Países Bajos

    13

    Bélgica, República Checa, Grecia, Hungría, Portugal

    12

    Austria, Suecia

    10

    Dinamarca, Irlanda, Lituania, Eslovaquia, Finlandia

    7

    Chipre, Estonia, Letonia, Luxemburgo, Eslovenia

    4

    Malta

    3

    TOTAL

    321

    "Toma de decisiones por mayoría cualificada"

    El procedimiento de votación más común en el Consejo es la "toma de decisiones por mayoría cualificada". Esto significa que para que una propuesta pueda adoptarse se necesita el apoyo de un número mínimo de votos.

    Sin embargo, en algunos ámbitos particularmente sensibles tales como la PESC, la fiscalidad, el asilo o la inmigración, las decisiones del Consejo tienen que ser unánimes. Es decir, cada Estado miembro tiene poder de veto en estas áreas.


    El acuerdo unánime ya es difícil de lograr entre 15 países pero en una Unión ampliada a 27 o más, será prácticamente imposible. Si siguiera rigiéndose por sus actuales normas, la UE se paralizaría, incapaz de actuar en muchos campos importantes. Por ello el Tratado de Niza cambió las normas, permitiendo al Consejo tomar decisiones por mayoría cualificada en muchos ámbitos que anteriormente requerían unanimidad. 

    Hasta el 1 de mayo del 2004 el número mínimo de votos requerido para alcanzar una mayoría cualificada es de 62 (de 87, es decir, el 71,3%). Durante un período de seis meses a partir de esa fecha, cuando los nuevos Estados miembros entrarán a formar parte de la UE, se aplican acuerdos transitorios. 


    A partir del 1 de noviembre del 2004 se alcanzará la mayoría cualificada :

      • si una mayoría de Estados miembros lo aprueba (en algunos casos basta una mayoría de dos tercios), y

      • si se reúne un mínimo de 232 votos, lo que supone el 72.3% del total (a grandes rasgos el mismo porcentaje que en el sistema anterior). 

    Además, un Estado miembro puede pedir confirmación de que los votos a favor representan al menos el 62% de la población total de la Unión. En caso de que no sea así, la decisión no será adoptada.

    Presidente del Consejo Europeo: __________________________ (nacionalidad holandesa)

    Ciudad sede del Consejo: Bruselas, Bélgica y Luxemburgo, Luxemburgo.

    Comisión Europea - El motor de la Unión

    La Comisión es una institución políticamente independiente que representa y defiende los intereses de la UE en conjunto. Es la fuerza impulsora del sistema institucional de la UE: propone la legislación, políticas y programas de acción y es responsable de aplicar las decisiones del Parlamento y el Consejo.

    Como el Parlamento y el Consejo, la Comisión Europea se estableció en los años 50 conforme a los tratados fundacionales de la UE.

    ¿Quién forma la Comisión?

    El término "Comisión" se utiliza en dos sentidos. Primero, hace referencia a los miembros de la Comisión, es decir, el equipo (Colegio) de hombres y mujeres designados por los Estados miembros y el Parlamento para dirigir la institución y tomar sus decisiones. En segundo lugar, se refiere a la propia institución y a su personal.


    Oficiosamente, los miembros de la Comisión son conocidos como "Comisarios". Todos han ocupado cargos políticos en sus países de origen y muchos han sido ministros, pero como miembros de la Comisión se comprometen a actuar en interés de la Unión en conjunto y sin aceptar instrucciones de los gobiernos nacionales.


    Cada cinco años se designa una nueva Comisión, en un plazo de seis meses desde las elecciones al Parlamento Europeo. El procedimiento es el siguiente:

    • los gobiernos de los Estados miembros consensúan el nombre del nuevo Presidente de la Comisión;

    • El Presidente designado negocia con los gobiernos de los Estados miembros los otros Comisarios;

    • El nuevo Parlamento entrevista a los comisarios y emite su dictamen sobre el conjunto del "Colegio". Si el dictamen es positivo, la nueva Comisión puede empezar oficialmente a trabajar el siguiente mes de enero.

    El mandato de la actual Comisión finaliza el 31 de octubre del 2004. Su Presidente es Romano Prodi. 


    La Comisión es políticamente responsable ante Parlamento, que tiene el poder de destituirla adoptando una moción de censura. La Comisión asiste a todas las sesiones del Parlamento Europeo para aclarar y justificar sus políticas y también contesta regularmente a las preguntas escritas y orales planteadas por los diputados.


    El trabajo cotidiano de la Comisión corre a cargo de sus funcionarios administrativos, expertos, traductores, intérpretes y personal de secretaría, que suman aproximadamente 24.000 funcionarios europeos. Esta cifra puede parecer elevada pero de hecho es inferior al personal empleado por la mayor parte de los ayuntamientos europeos de tamaño medio.


    Lejos de ser burócratas anónimos, estas personas son ciudadanos ordinarios de todos los países de la UE, seleccionados por oposición y que trabajan juntos para construir una Unión Europea fuerte y exitosa. 

    ¿Dónde está la sede de la Comisión?

    La sede de la Comisión está en Bruselas (Bélgica), pero también tiene oficinas en Luxemburgo, representaciones en todos los países de la UE y delegaciones en muchas capitales de todo el mundo.

    ¿Qué hace la Comisión?

    La Comisión Europea tiene cuatro funciones principales:

  • Proponer legislación al Parlamento y al Consejo;

  • Gestionar y aplicar las políticas de la UE y el presupuesto;

  • Hacer cumplir la legislación europea (junto con el Tribunal de Justicia);

  • Representar a la UE en la escena internacional, por ejemplo, negociando acuerdos entre la UE y otros países.

  • 1. Propuestas de nueva legislación

    De conformidad con el Tratado, la Comisión tiene el "derecho de iniciativa". Es decir, es la única responsable de elaborar propuestas de nueva legislación europea, que presenta al Parlamento y al Consejo. Estas propuestas deben defender los intereses de la Unión y de sus ciudadanos y no los de países o sectores industriales específicos.


    Antes de presentar una propuesta la Comisión debe ser consciente de las nuevas situaciones y problemas que se plantean en Europa y considerar si la legislación de la UE es la mejor manera de tratarlos. Por ello está en contacto permanente con una amplia gama de grupos de interés y con dos organismos consultivos, el Comité Económico y Social (compuesto por empresarios y sindicatos) y el Comité de las Regiones (compuesto por representantes de autoridades locales y regionales). También pide las opiniones de parlamentos y gobiernos nacionales. 


    La Comisión sólo propondrá que la UE actúe si considera que un problema no puede ser solucionado más eficazmente a nivel nacional, regional o local. Esta forma de abordar los problemas al nivel más bajo posible se llama "principio de subsidiariedad". 


    En cambio, si la Comisión concluye que se necesita una legislación de la UE, entonces elabora una propuesta para abordar efectivamente el problema y satisfacer la gama más amplia de intereses. Para fijar los detalles técnicos, la Comisión consulta a expertos, constituidos en diversos comités y grupos de trabajo. 

    2. Ejecución de las políticas de la UE y del presupuesto

    Como órgano ejecutivo de la Unión, la Comisión es responsable de gestionar y ejecutar el presupuesto de la UE y las políticas y programas adoptados por el Parlamento y el Consejo. Las autoridades nacionales y locales son las que realizan la mayor parte del trabajo real y del gasto, pero la Comisión se encarga de supervisarlo.

    Un ejemplo de política gestionada activamente por la Comisión es la de competencia: la Comisión supervisa los cárteles y fusiones y se asegura de que los países de la UE no subvencionen a sus industrias, distorsionando así la competencia.


    Los ejemplos de programas comunitarios gestionados por la Comisión van desde el programa "Interreg" y "Urban" (asociaciones transfronterizas entre regiones europeas y ayudas para regenerar zonas urbanas degradadas) hasta el "Programa marco comunitario" de investigación a escala europea o el programa "Erasmus", de intercambio de estudiantes.


    La Comisión gestiona el presupuesto bajo el ojo atento del Tribunal de Cuentas, ya que ambas instituciones deben garantizar una buena gestión financiera. El Parlamento Europeo sólo aprueba la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto si está satisfecho con el informe anual del Tribunal de Cuentas.

    3. Hacer cumplir la legislación europea

    La Comisión actúa como "guardiana de los Tratados", lo que significa que, junto con el Tribunal de Justicia, es responsable de garantizar la correcta aplicación de la legislación de la UE en todos los Estados miembros.


    Si constata que un Estado miembro no aplica una ley de la Unión, y por lo tanto no cumple sus obligaciones legales, la Comisión adoptará medidas correctivas.


    En primer lugar pone en marcha un proceso jurídico llamado "procedimiento de infracción" que consiste en el envío de una carta oficial al Estado miembro, en la que se expone por qué la Comisión considera que ese país infringe la normativa comunitaria y se establece un plazo para que el gobierno ofrezca a la Comisión una respuesta motivada.


    Si este procedimiento no permite corregir la situación, la Comisión remite el asunto al Tribunal de Justicia, que puede imponer sanciones. Las sentencias del Tribunal son de obligado cumplimiento para los Estados miembros y las instituciones europeas.

    4. Representante de la UE en la escena internacional

    La Comisión Europea es un portavoz importante de la Unión en la escena internacional ya que permite a sus Estados miembros hablar "con una sola voz" en foros internacionales como la Organización Mundial del Comercio.

    La Comisión también tiene la responsabilidad de negociar acuerdos internacionales en nombre de la UE. Un ejemplo conocido es el Acuerdo de Cotonú, que establece las condiciones de una importante asociación de ayuda y comercial entre la UE y los países en vías de desarrollo de África, el Caribe y el Pacífico. 

    ¿Cómo está organizado el trabajo de la Comisión?

    Corresponde al Presidente de la Comisión distribuir y modificar, en caso necesario, las áreas de responsabilidad política entre los Comisarios durante el mandato de la Comisión. El Presidente, con la aprobación de la Comisión, puede exigir también la dimisión de un Comisario.


    El Colegio de Comisarios se reúne una vez por semana, generalmente los miércoles, en Bruselas. Cada punto del orden del día es presentado por el Comisario responsable de esa área política y el Colegio toma una decisión colectiva al respecto.


    El personal de la Comisión se organiza en 36 departamentos, conocidos como "Direcciones Generales" (DG) y servicios (por ejemplo, el Servicio Jurídico).


    Cada DG es responsable de un área política particular y está dirigida por un Director General, responsable ante uno de los Comisarios.


    Son las DG las que realmente conciben y elaboran las propuestas legislativas de la Comisión, pero estas propuestas sólo se convierten en oficiales cuando son adoptadas por el Colegio en su reunión semanal. El procedimiento es aproximadamente el siguiente:

  • Supongamos, por ejemplo, que la Comisión ve necesidad de elaborar una legislación de la UE que impida la contaminación de los ríos de Europa. La Dirección General de Medio Ambiente elabora una propuesta, tras mantener amplias consultas con la industria y los agricultores europeos, los ministerios de medio ambiente de los Estados miembros y las organizaciones ecologistas.

  • La legislación propuesta se discute con todos los departamentos pertinentes de la Comisión y se modifica en caso necesario. A continuación es comprobada por el Servicio Jurídico y aprobada por los gabinetes de los Comisarios, formados por personas de confianza de los Comisarios.

  • Una vez que la propuesta está lista, el Secretario General la incluye en el orden del día de una próxima reunión de la Comisión, en la que el Comisario de medio ambiente explica a sus colegas por qué se propone esa legislación. El texto se somete luego a debate. Si hay acuerdo, el Colegio adopta la propuesta y el documento se envía al Consejo y al Parlamento Europeo para su examen.

  • Si hay desacuerdo entre los Comisarios, el Presidente procede a una votación. Si la mayoría se pronuncia a favor, la propuesta se adopta y contará desde ese momento con el apoyo incondicional de todos los Comisarios.

  • Limitar el tamaño de la Comisión 

    Una Comisión con demasiados miembros sería inoperante. Hasta el 1 de mayo de 2004 había 20 Comisarios, dos de cada uno de los Estados miembros más poblados y uno del resto. Con la ampliación de la UE a diez países más el 1 de mayo de 2004, el número de Comisarios ha pasado a 30.


    Sin embargo, a partir del 1 de noviembre de 2004, fecha en que tomará posesión la Comisión 2004-2009, habrá solamente 25 Comisarios, uno por país.


    Cuando Bulgaria y Rumania se adhieran a la Unión, ésta tendrá 27 Estados miembros. En ese momento, el Consejo fijará por unanimidad el número máximo de Comisarios, que deberá ser inferior a 27, y su nacionalidad se decidirá con arreglo a un sistema de rotación que resulte perfectamente equitativo para todos los países.

    Presidente de la Comisión Europea: Romano Prodi (nacionalidad italiana)

    Ciudad sede de la Comisión Europea: Bruselas, Bélgica.

    Tribunal de Justicia - Defensa del Derecho

    El Tribunal de Justicia europeo garantiza el respeto del Derecho comunitario y la uniformidad de interpretación del mismo. Es competente para conocer de litigios en los que pueden ser partes los Estados miembros, las instituciones comunitarias, las empresas y los particulares. En 1989 se le adjuntó el Tribunal de Primera Instancia.

    Cuando se adoptan normas comunes en la UE, es vital que se cumplan en la práctica, y que se comprendan de la misma manera en todas partes. Esto es lo que garantiza el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. El Tribunal resuelve conflictos sobre la interpretación de los tratados y la legislación de la UE. Si los tribunales nacionales dudan sobre cómo aplicar normas de la UE, acuden al Tribunal de Justicia. Los particulares también pueden demandar a las instituciones de la UE ante el Tribunal. El Tribunal está compuesto por un juez independiente de cada país de la UE y tiene su sede en Luxemburgo.

    Ciudad sede del Tribunal de Justicia: Luxemburgo, Luxemburgo.

    Tribunal de Cuentas - El valor del dinero europeo

    El Tribunal de Cuentas europeo comprueba la legalidad y regularidad de los ingresos y gastos de la Unión y se asegura de la buena gestión financiera del presupuesto europeo.

    Los fondos de que dispone la UE deben utilizarse de forma legal, económica y para el propósito previsto. El Tribunal de Cuentas es el organismo que vigila cómo se gastan los fondos de la UE. En efecto, estos auditores ayudan a los contribuyentes europeos a obtener un mayor rendimiento del dinero que se destina a la UE.

    Ciudad sede del Tribunal de Cuentas: Luxemburgo, Luxemburgo.

    Banco Central Europeo - Dinero estable para Europa

    El Banco Central Europeo establece y aplica la política monetaria europea; dirige las operaciones de cambio y garantiza el buen funcionamiento de los sistemas de pago.

    El Banco Central Europeo es el responsable de la moneda única, el euro.

    El Banco gestiona independientemente la política monetaria europea, decidiendo, por ejemplo, cuáles deben ser los tipos de interés.

    El objetivo principal del banco es garantizar la estabilidad de los precios, de modo que la economía europea no se vea perjudicada por la inflación. Pero la política monetaria también apoya otros objetivos políticos decididos en la UE.

    Su gestión corre a cargo de un Presidente y un consejo de dirección, en estrecha colaboración con los bancos centrales nacionales de los países de la UE

    Ciudad sede del Banco Central Europeo: Frankfurt, Alemania.

    Comité Económico y Social Europeo - Participación de los interlocutores sociales

    El Comité Económico y Social es el representante ante la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo de los puntos de vista e intereses de la sociedad civil organizada. Debe ser consultado sobre los temas de política económica y social y además puede emitir dictámenes de iniciativa sobre los asuntos que considere de especial importancia.

    Desde los patronos a los sindicatos y desde los consumidores a los ecologistas, los 222 miembros (número que aumentará en el 2004) del Comité Económico y Social Europeo representan a los principales grupos de interés de la UE. El Comité es un organismo consultivo que da su opinión sobre aspectos importantes de las nuevas iniciativas de la UE. Esto forma parte de la tradición europea común de implicar a la sociedad civil en la vida política

    Comité de las Regiones - La perspectiva local

    El Comité de las Regiones vela por el respeto de la identidad y las prerrogativas regionales y locales. Es de consulta obligatoria en ámbitos como la política regional, el medio ambiente y la educación. Está formado por representantes de las entidades regionales y locales.

    Muchas decisiones tomadas en la UE tienen repercusiones directas en los niveles local y regional. A través del Comité de las Regiones, se consulta a las autoridades locales y regionales antes de que la UE adopte decisiones en ámbitos tales como la educación, la salud, el empleo o el transporte. Los 222 miembros del Comité (número que aumentará en el 2004) suelen ser autoridades regionales o alcaldes de ciudades. 

    Banco Europeo de Inversiones - Dinero estable para Europa

    El Banco Europeo de Inversiones (BEI) es la institución financiera de la Unión Europea. Financia proyectos de inversión para contribuir al desarrollo equilibrado de la Unión.

    Defensor del Pueblo Europeo

    El Defensor del Pueblo europeo puede ser consultado por toda persona física (ciudadanos) o jurídica (instituciones o empresas) que residan en la Unión y se consideren víctimas de un acto de "mala administración" por parte de las instituciones u órganos comunitarios.


    Supervisor Europeo de Protección de Datos 

    La figura del Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) se creó en 2001 de conformidad con el artículo 286 del Tratado de la Comunidad Europea. 


    El SEPD tiene la responsabilidad de garantizar que las instituciones u organismos de la UE respeten el derecho de las personas a la intimidad en el procesamiento de sus datos personales. 

    El Supervisor y un Supervisor Adjunto son designados por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea por un período renovable de cinco años. 

     

    VENTAJAS DE LA UNION EUROPEA

    CAPITULO IV VENTAJAS DE LA UNIÓN EUROPEA

    Libertad de circulación

    Los ciudadanos de la Unión Europea pueden viajar, estudiar y trabajar en cualquiera de los 15 países de la Unión Europea. La UE se esfuerza constantemente para dar a sus ciudadanos mayor libertad de circulación como derecho fundamental y para suprimir la discriminación por razones de nacionalidad.


    En la mayor parte de la UE se puede viajar sin llevar pasaporte y sin ser detenido en controles fronterizos. Con muy pocas excepciones, se puede comprar cualquier cosa en cualquier lugar y traerlo de vuelta a casa.


    La UE no decide qué se aprende en la escuela, pero trabaja para garantizar que las cualificaciones educativas y profesionales se reconozcan adecuadamente en otros países de la UE. La UE trabaja para proporcionar acceso a oportunidades de aprendizaje para todo el mundo, en el propio país y en el extranjero, a través de asociaciones y sistemas de intercambio, y suprimiendo obstáculos burocráticos. Más de un millón de jóvenes se han beneficiado de programas de la UE, tales como "Erasmus", para realizar sus estudios y proseguir su desarrollo personal en otro país europeo.

    Mantenimiento de la paz

    Gracias a la unidad que se ha creado entre los países de la UE en los últimos 50 años, la guerra entre estos países es ahora impensable. En vista de este éxito, en la actualidad la UE participa cada vez más en el mantenimiento de la paz y la estabilidad en los países vecinos.


    La Unión Europea desea prevenir conflictos. La UE es el mayor donante de ayuda financiera a lugares en conflicto en todo el mundo. Trabaja activamente en acciones dirigidas a la pacificación y al mantenimiento de la paz, y gestiona muchos proyectos que contribuyen a que los derechos humanos y la democracia se apliquen en la práctica.


    Para permitir que sus Estados miembros hablen y actúen al unísono en el panorama mundial, la UE está desarrollando su Política Exterior y de Seguridad Común, y existen planes para una mayor cooperación en cuestiones de defensa.

    Un espacio de libertad, seguridad y justicia

    Todos deseamos seguridad. Parte del malestar que puede amenazar la vida cotidiana tiene raíces internacionales, y los países europeos están realizando un esfuerzo conjunto para abordar estos problemas. Entre ellos figuran el terrorismo internacional, el tráfico y el consumo de droga, la trata de seres humanos y la explotación ilegal de mujeres extranjeras para la prostitución. Los países de la UE están decididos a luchar contra estos males adoptando normas comunes y a través de la cooperación policial, aduanera y judicial.

    La UE también interviene en la política de asilo y de inmigración. La UE garantiza el respeto del derecho a solicitar asilo. Al mismo tiempo, los países de la UE están coordinando sus políticas de refugiados y tratando de abordar el problema en su origen, luchando contra la pobreza y previniendo conflictos en países de los que sus ciudadanos podrían desear huir.

    Menos fronteras y más puestos de trabajo

    La protección del empleo en Europa y la creación de nuevos puestos de trabajo es una de las principales misiones de la Unión Europea. La industria europea no podrá proporcionar más puestos de trabajo a menos que las condiciones económicas sean adecuadas. La Unión trabaja precisamente para lograr estas condiciones adecuadas.

    Con la creación de un mercado único sin fronteras y de una moneda única, el euro, la UE ya ha dado un gran impulso al comercio y al empleo en Europa. La UE cuenta con una estrategia para fomentar el crecimiento y para generar más y mejores puestos de trabajo. Los empleos del futuro se crearán a través de la investigación, la formación y la educación, el espíritu emprendedor, la adaptabilidad a los nuevos métodos de trabajo y la igualdad de oportunidades para todos.


    Un tercio del presupuesto de la UE se destina a los fondos estructurales, que promueven el crecimiento y el empleo en regiones menos favorecidas, a fin de garantizar un reparto más uniforme de la riqueza en Europa.

    Una sociedad de la información para todos

    En un mundo de rápidos cambios tecnológicos, la UE participa cada vez más ayudando a la investigación europea a lograr la excelencia científica. En diversos sectores que cubren todo el espectro de la tecnología moderna, la UE financia proyectos realizados por centros de investigación, universidades y la industria.

    Se está haciendo hincapié en poner la investigación y la innovación al servicio de objetivos socioeconómicos concretos, tales como la creación de empleo y una mayor calidad de vida. Las prioridades de investigación de la UE incluyen, entre otras ciencias de la vida, la nanotecnología; el espacio; la calidad de los alimentos, el desarrollo sostenible y la sociedad del conocimiento.


    La UE también intenta crear las condiciones que nos permitan utilizar la nueva tecnología en nuestra vida diaria. Gracias a las decisiones de la UE sobre las normas técnicas GSM, los europeos son líderes mundiales en la utilización y la fabricación de teléfonos móviles.

    Cuidado del medio ambiente

    La contaminación no respeta las fronteras nacionales. Por esta razón, la Unión Europea desempeña un papel especial en la protección del medio ambiente. Muchos problemas medioambientales de Europa no podrían abordarse sin una acción conjunta de todos los países de la UE.


    La UE ha adoptado más de 200 directivas de protección del medio ambiente que se aplican en todos los Estados miembros. La mayoría de las directivas tienen como objetivo prevenir la contaminación del agua y del aire y fomentar la eliminación de residuos. Otras cuestiones importantes son la protección de la naturaleza y la supervisión de los procesos industriales peligrosos. La UE quiere organizar el transporte, la industria, la agricultura, la pesca, la energía y el turismo de manera que puedan desarrollarse sin destruir los recursos naturales - en pocas palabras, el desarrollo sostenible.


    Ya tenemos un aire más limpio gracias a las decisiones de la UE de los años 90 de poner catalizadores en todos los coches y suprimir el plomo de la gasolina.


    En 1993, la Unión creó la Agencia Europea de Medio Ambiente, con sede en Copenhague. Este organismo recoge información sobre el estado de nuestro medio ambiente, permitiendo que las medidas de protección y las normas se basen en datos fiables.

    Ampliación para una Europa más fuerte y más estable 

    Hasta mayo de 2004, los Estados miembros de la UE serán 15, con un total de 380 millones de ciudadanos. En 2004 se unirán a la UE diez países más, principalmente de Europa Central y Oriental. Bulgaria y Rumania probablemente se unirán en 2007, con lo que la población total de la UE ascenderá a casi 500 millones. Turquía es también un país candidato y podría unirse cuando se cumplan todas las condiciones para la adhesión.

    Para adherirse a la UE, un país debe tener una democracia estable que garantice el Estado de Derecho, los derechos humanos y la protección de las minorías, y una economía de mercado, así como una función pública capaz de aplicar y gestionar las normas de la UE.


    La UE proporciona considerable ayuda financiera y asesoría para ayudar a los países candidatos a prepararse para la adhesión. Esta cooperación sin precedentes ha reportado beneficios a los ciudadanos de los actuales Estados miembros y de los futuros Estados miembros. El comercio se ha incrementado en gran medida, y se ha facilitado el tratamiento de los problemas que nos afectan a todos, como la contaminación transfronteriza y la lucha contra la delincuencia.


    La próxima ampliación es la más ambiciosa que se ha producido nunca en la Unión Europea. Nunca antes se han adherido a la UE tantos países nuevos, ni se ha crecido tanto en términos de superficie y población, ni se ha abarcado tantas historias y culturas distintas. Esta oportunidad histórica unirá al continente europeo, consolidando la paz, la estabilidad y la democracia, y permitiendo a sus pueblos compartir los beneficios del progreso y el bienestar generados por la integración europea.

    Mantenimiento de una UE democrática, justa y eficaz

    La UE necesita un sistema más moderno y eficaz de toma de decisiones a medida que se amplía de 15 a 25 miembros y posteriormente a más. Pero las medidas que se adopten deberán ser equitativas para todos los Estados miembros, viejos y nuevos, grandes y pequeños.


    Cada país de la UE tiene un número determinado de votos que puede emitir cuando el Consejo de Ministros toma decisiones. La población de cada país también elige a un determinado número de miembros del Parlamento Europeo. Estos números reflejan el tamaño relativo de la población del país. Cambiarán en 2004, después de que se hayan adherido diez países y tras las elecciones del Parlamento Europeo.

    Las nuevas cifras serán las que figuran a continuación (en orden alfabético según el nombre del país en su propia lengua). Una decisión del Consejo requiere a menudo un voto favorable de países que representen alrededor del 72% de los votos.

    UNION ECONOMICA Y MONETARIA

    CAPITULO V UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA

    SISTEMA MONETARIO EUROPEO

    El 13 de marzo de 1979 entró en vigor el Sistema Monetario Europeo (SME), lo que suponía el primer paso para la consecución de una unión económica y monetaria.

    Sus orígenes se remontaban al denominado Plan Werner (formulado en 1970 por el entonces primer ministro luxemburgués, Pierre Werner), que pretendió alcanzar la total unión monetaria en 1980, previsiones demasiado optimistas, en tanto que las monedas de los estados miembros fluctuaron y la devaluación de algunas de ellas limitó el crecimiento económico y favoreció el aumento de la inflación. El SME pretendía estabilizar los tipos de cambio y frenar la inflación, al limitar el margen de fluctuación de cada moneda miembro en una pequeña desviación desde un tipo de cambio central.

    Se introdujo una unidad de cuenta europea común (el ECU) mediante la cual se podía establecer el tipo de cambio central. El ECU afectaría a todas las monedas de la CE con un peso acorde con la importancia económica de cada país. Cuando una moneda alcanzaba el límite del margen de fluctuación, situado en un 2,25%, los bancos emisores de los respectivos países debían intervenir vendiendo la moneda más fuerte y comprando la más débil. El SME también exigía a los gobiernos que adoptasen políticas económicas apropiadas para prevenir la continua desviación del tipo de cambio central. El SME ayudó a mantener tasas de inflación más bajas en la CE y aligeró el impacto económico de las fluctuaciones monetarias durante la década de 1980.

    Los factores claves del éxito del Mercado Común fueron la proximidad geográfica de sus Estados miembros, así como su alineamiento económico. Con ello se consiguió ir tejiendo poco a poco una red comercial que después ha seguido desarrollándose en materia de comercio industrial, tanto a nivel interior en la Comunidad como exterior con los países no miembros.

    El mercado común para la industria y los servicios pretende alcanzar la configuración de un gran mercado interior en el que sea posible no solo un libre movimiento de la producción, sino además una libre circulación de capitales y personas. Estos dos mercados junto al agrario constituyeron la parte real de la llamada Unión Económica, que se completa a finales de los 90 con la Unión Económica y Monetaria.

    En materia cambiaria se creó en 1972 la llamada “Serpiente Monetaria en el Túnel” con el fin de restringir entre sí la fluctuación de las monedas de los países participantes. Se establecieron tipos de cambio bilaterales dentro de un margen de +/- 2,25% con el Dólar como banda de referencia. La primera crisis del petróleo disparó las tasas de inflación y creó una gran confusión en cuanto a las medidas económicas a seguir. Finalmente, los países decidieron resolver el problema en solitario dando al traste con esa pretendida estabilidad que se buscaba en 1972.

    Precisamente, la creación del Sistema Monetario Europeo surgió a partir de esa primera idea de estabilidad cambiaria.

    Establecimiento del Sistema Monetario Europeo

    En Marzo de 1979 el Consejo Europeo autorizó la puesta en marcha del Sistema Monetario Europeo (SME). Había que solventar los problemas derivados de la “Serpiente Monetaria”: el Mercado Común no podía funcionar si los tipos de cambio, y por tanto los precios, fluctuaban de una manera considerable.

    Se estableció un Mecanismo de Tipos de Cambio e Intervención (MCI), con libertad de acción por parte de los Bancos Centrales de los Estados de la UE. También se ideó una única divisa europea, el ECU, constituida por una cesta de todas las monedas comunitarias. Así, el cambio de cada moneda nacional fluctuaría respecto al ECU, y respecto a cada una de las restantes.

    Tras la pérdida de sus objetivos iniciales (estabilidad monetaria), y ante las sucesivas tormentas monetarias surgidas con posterioridad a su creación (salida de la Libra esterlina y de la Lira italiana del SME y devaluación sucesiva de la Peseta), el Consejo Europeo celebrado en Hannover en 1988 encargó al Comité Delors la creación de la moneda única. Este cometido perseguía, entre otras cosas, lograr dicha estabilidad monetaria. Además de conseguir el mantenimiento de una cierta estabilidad cambiaria, supuso un mayor grado de coordinación entre las políticas económicas y monetarias. Afianzó al mismo tiempo la cooperación entre Bancos Centrales, consiguiéndose así un mayor nivel de convergencia en términos de tipos de interés y de inflación. Acuerdo alcanzado en 1989 en Madrid que establece el calendario y las fases que ha de atravesar el proceso de construcción económica de Europa, para lo que deciden preparar una conferencia intergubernamental sobre este tema.

    La primera fase prevé el desarrollo de un Sistema europeo de bancos centrales (SEBC); la segunda contempla la instauración en 1994 del Instituto Monetario Europeo (IME); finalmente la tercera fase, cuya entrada en funcionamiento estaba prevista para 1999, supone la creación de la moneda única. El desarrollo efectivo de este proceso está sujeto a la evolución de un conjunto de indicadores económicos en cada uno de los países miembros.

    Dos hitos importantes en la consecución de la UEM se produjeron en octubre de 1990, cuando la libra esterlina entró en el sistema monetario europeo, y junio de 1989, cuando la peseta hizo lo mismo.

    Creación del Instituto Monetario Europeo

    El primero de enero de 1994, inicio de la segunda fase de la UEM, se crea el Instituto Monetario Europeo (IME), asumiendo las funciones del Fondo Europeo de Cooperación Monetaria, que a su vez se disuelve.

    El IME esta encargado de la supervisión del Sistema Monetario Europeo, y de reforzar la cooperación entre los Bancos Centrales nacionales y las políticas monetarias de los estados miembros. También supervisa la utilización del Ecu hasta su desaparición, velando por el correcto comportamiento del Ecu en los mercados cambiarios. Todo ello con el fin de garantizar una estabilidad de los precios.

    Ya en la segunda fase de la UEM, el Instituto Monetario Europeo será el encargado de especificar el marco normativo para que el Sistema Europeo de Bancos Centrales y el Banco Central Europeo comiencen a desempeñar sus funciones.

    Acuerdos de la Cumbre de Madrid

    La Cumbre de Madrid, celebrada el 15 de Diciembre de 1995, congregó a los lideres de los quince estados miembros de la Unión Europea. En esos momentos se cerraba la presidencia española del Consejo de Europa.

    En la Cumbre de Madrid se aprobó la agenda para la moneda común y se acordó por unanimidad la denominación de la moneda única bajo el nombre de “Euro”.

    Se fijó la fecha clave de principios de 1998, en la que el Consejo evaluará que países miembros accederán a la tercera fase de la UEM; decidiéndose, en el Ecofin del 14 de septiembre de 1997 en Luxemburgo, como definitiva la fecha del primer fin de semana de mayo de 1998.

    Los criterios de convergencia acordados en Maastricht fijaran la posibilidad de ingreso en la UEM.

    El debate de Madrid supuso también el inicio de una política laboral más activa en el marco comunitario. Los estados miembros centraron a partir de entonces su esfuerzo en el fomento del empleo y la consecución del Euro.

    Pacto de Estabilidad y Crecimiento

    Los lideres de los Estados miembros firmaron el Pacto de Estabilidad y Crecimiento en diciembre de 1996. Su objetivo era garantizar la disciplina presupuestaria de los países que acceden a la tercera etapa de la UEM.

    El criterio de convergencia que fijaba el 3% de límite de déficit, debe entenderse como un valor de referencia únicamente franqueable en circunstancias excepcionales. Será considerado como excepcional cuando sea resultado de un acontecimiento inhabitual que se escape al control del Estado miembro del que se trate o cuando sea consecuencia de una recesión económica grave.

    La vigilancia de este criterio de convergencia radica en que la estabilidad del Euro depende en gran medida del grado de saneamiento de las finanzas públicas. Esto ayudara también al logro del objetivo de estabilidad de precios por parte del BCE.

    Con esta finalidad, los países integrados en el área del Euro deberán presentar programas de estabilidad que incluirán los objetivos tanto de deuda como de déficit público a medio plazo, y las correspondientes medidas destinadas a alcanzarlos.

    En el Pacto, se establecieron también las sanciones a las que estarán sujetos los países que no actúen de manera efectiva contra el déficit público excesivo. Será el Consejo de la Unión Europea el encargado de declarar la existencia de esta situación irregular y de enviar las recomendaciones pertinentes al Estado miembro en cuestión. Un depósito inicial acabará convirtiéndose en multa en caso de que el equilibrio no se corrija.

    Nacimiento del euro y del Banco Central Europeo

    Si decisiva fue la cumbre relativa a la ampliación de la UE hacia el Este, de histórica se puede calificar la reunión que el Consejo Europeo celebró en Bruselas los tres primeros días de mayo de 1998. En ella, la UEM recibió el espaldarazo definitivo para afrontar su fase determinante, caracterizada por la puesta en marcha del euro y del Banco Central Europeo (BCE).

    Pese a que ya se conociera su nombre, la Cumbre de Bruselas debe considerarse como fecha de nacimiento del euro como moneda única europea. En la capital belga quedaron identificados los once países en los cuales el euro se convertiría en moneda única a partir del 1 de enero de 1999 (fecha oficial en que el euro pasó, de hecho, a ser la unidad monetaria financiera de aquéllos). La definitiva fase de la UEM no sería, pues, afrontada por los Quince de forma simultánea. Reino Unido, Dinamarca y Suecia decidieron autoexcluirse en este primer arranque, mientras que Grecia no pudo cumplir los criterios de convergencia (relativos a las tasas de déficit, deuda pública, inflación y tipos de interés) fijados en Maastricht para poder acceder al euro en este primer momento. Además, en Bruselas quedaron fijadas las paridades bilaterales (determinantes para el mecanismo de tipos de cambio del SME) de las distintas monedas nacionales. Asimismo, nació el llamado Euro Once, organismo informal que habría de congregar a los respectivos ministros de Economía y Finanzas de los once países integrantes del grupo de vanguardia del euro.

    Por lo que respecta al BCE, en Bruselas quedó establecido que comenzaría a realizar actividades preliminares a partir del 1 de julio de 1998 (al igual que el euro, su fecha oficial de entrada en funcionamiento fue el 1 de enero de 1999). Con sede en Frankfurt del Main, recogió las competencias de su predecesor (el Instituto Monetario Europeo), convirtiéndose en el organismo que, desde el 1 de enero de 1999 (y de forma conjunta con los distintos bancos centrales nacionales, con los que conforma el Sistema Europeo de Bancos Centrales), pasó a determinar las políticas económica y monetaria por las que se regiría la moneda única. La composición del primer Comité Ejecutivo (o directorio) del BCE había constituido motivo de severos enfrentamientos entre distintos países miembros, especialmente por lo que se refería a quién ocuparía su presidencia. Finalmente se consensuó una primera directiva integrada por el holandés Wim Duisenberg (presidente), el francés Christian Noyer (vicepresidente, cuatro años), el alemán Otman Issing (vocal, ocho años), el italiano Tommaso Padova-Schioppa (vocal, siete años), el español Eugenio Domingo Soláns (vocal, seis años) y la finlandesa Sirkka Hämäläinen (vocal, cinco años).

    En la cumbre del Consejo Europeo celebrada en Feira (Portugal) en junio de 2000 se anunció que Grecia, finalmente, había cumplido los criterios de convergencia necesarios para incorporarse al grupo del euro, hecho que tendría lugar el 1 de enero de 2001. En cambio, en Dinamarca se celebró un referéndum el 28 de septiembre de 2000 en el que el 53,1% de los votantes optó por rechazar la integración danesa.

    Finalmente, el 1 de enero de 2002 el proceso de unión monetaria culminó con la entrada en circulación del euro como única moneda de curso legal en los doce países del grupo.

    Cuestión de la financiación y crisis institucional

    El nacimiento del euro y del BCE, símbolos de la tercera y definitiva fase de la UEM, así como el futuro ingreso de nuevos países, fueron factores determinantes en la importancia que adquirió la cuestión de la financiación de la UE , en tanto que afectaba a las aportaciones que cada país debía hacer a los presupuestos comunes y a las partidas de éstos que recibiría en distintos conceptos. En diciembre de 1998, el Consejo Europeo, reunido en Viena, abordó las primeras negociaciones y propuestas para la reforma de la financiación de la UE; en el fondo de la cuestión se encontraba la negociación de la denominada Agenda 2000, paquete presupuestario para el primer septenio (2000-2006) del siglo XXI, cuya discusión prosiguió en el transcurso de la cumbre extraordinaria que el Consejo desarrolló en febrero de 1999 en el castillo de Petersberg (cerca de Bonn, Alemania).

    Muy poco tiempo después, la UE afrontó una de las crisis institucionales más graves de su historia: el 16 de marzo de ese mismo año, tras ver la luz un informe redactado por un comité de expertos independiente (conocido como Grupo de Sabios) acerca de las irregularidades cometidas en el seno de la Comisión Europea, todos los miembros de ésta, con Jacques Santer al frente, presentaron su dimisión. En los últimos días de ese mismo mes de marzo de 1999, el Consejo Europeo, reunido en Berlín, propuso al ex primer ministro italiano, Romano Prodi, para que se convirtiera en sucesor de Santer al frente de la Comisión (nombramiento que aprobaría el Parlamento Europeo el 6 de mayo siguiente y que le llevaría a tomar posesión cuatro meses más tarde). Además, en Berlín tuvo lugar la definitiva discusión entre los líderes de la UE para pactar la Agenda 2000. Tras enconadas disputas, se llegó a un acuerdo acerca del reparto de los principales componentes de ésta: los Fondos Estructurales (que incluyen el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER; el Fondo Social Europeo, FSE; el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, FEOGA; y el Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, IFOP) y los Fondos de Cohesión.

    Política exterior y de seguridad común

    El siguiente reto de la UE fue decidir el marco concreto en el que tendría lugar su proyecto de política exterior y de seguridad común (PESC), previsto -pero no desarrollado- por el Tratado de Amsterdam. -Ése fue el principal punto de discusión de la Cumbre del Consejo Europeo que tuvo lugar en Colonia (Alemania) los días 3, 4 y 5 de junio de 1999 (en un contexto marcado por la crisis de Kosovo y por el nuevo papel internacional asumido por la OTAN). En Colonia, los jefes de Estado y de gobierno de los Quince acordaron fijar la finalización del año 2000 como plazo máximo en el que la UE crearía el órgano coordinador de su política defensiva (que, en principio, supondría la subsunción de la UEO en la UE y el establecimiento de un comité militar, un centro de satélites y diversos consejos conjuntos de los ministros de Asuntos Exteriores y de Defensa) y nombraron al español Javier Solana (cuyo mandato como secretario general de la OTAN finalizaba ese mismo año) secretario general del Consejo de Ministros (cargo, más conocido como mister PESC, al que el Tratado de Amsterdam otorgaba la máxima responsabilidad en la organización de la política exterior y de seguridad común de la UE). Por lo que respecta a la nueva estrategia de defensa, se apostó por incrementar el peso que la UE debería tener en el conjunto de las relaciones internacionales y por el papel específico que habría de desempeñar, dentro del marco de la OTAN, en las misiones que tuvieran a Europa por escenario. También se logró el compromiso de los estados miembros caracterizados por el mantenimiento de políticas neutralistas (especialmente Austria, Irlanda, Finlandia y Suecia) para participar en misiones de paz. La materialización del denominado Pacto de Estabilidad para los Balcanes y la creación de una agencia encargada de aplicarlo fueron las primeras manifestaciones de este nuevo paso.

    Fue en la cumbre europea celebrada en diciembre de 1999 en Helsinki cuando se aprobó la creación del denominado Eurocuerpo, llamado a convertirse en la piedra angular de la PESC. Esta unidad, que estaría operativa en un plazo no superior a 2003, sería un cuerpo militar conjunto y permanente, integrado por 15 brigadas (entre 50.000 y 60.000 soldados), cuya actividad se desarrollaría, por medio de operaciones de acción rápida, en misiones de paz, ayuda y rescate. Un año después, la UE asumió las funciones que hasta entonces había desempeñado la UEO.

    El Tratado de Niza: reforma institucional y ampliación

    Durante los días 7, 8, 9 y 10 de diciembre de 2000, reunido en Niza (Francia), el Consejo Europeo abordó los puntos no resueltos en el Tratado de Amsterdam. Se acordó la reforma institucional de la UE, un nuevo reparto de poder en su seno y se establecieron, a partir de las dos premisas anteriores, los cauces estructurales necesarios para poder afrontar su próxima ampliación hasta un número de 27 estados. Fue uno de los episodios más trascendentales de la historia reciente de la organización, y alcanzar cierto consenso se convirtió en una difícil tarea, pues cada país pretendió garantizarse una posición lo más privilegiada posible de cara al futuro.

    En Niza quedó establecida la ponderación de votos que cada país tendría a partir del 1 de enero de 2005 en el Consejo de Ministros. El sistema oscilaría entre un mínimo de 3 y un máximo de 29 (para los casos de Alemania, Reino Unido, Francia e Italia, que entonces tenían 10); España pasaría de 8 a 27. Asimismo, quedaron fijadas las tres posibilidades para bloquear la aprobación de decisiones: por la suma de votos que alcancen la cifra de la minoría de bloqueo, por la oposición de la mitad más uno de los estados o por la oposición de los votos que representen a un 38% de los habitantes de la UE (en virtud de la denominada "cláusula de verificación demográfica"). Es decir, la aprobación de una propuesta requeriría la mayoría cualificada de los votos, la mayoría simple de los estados y que la población de éstos suponga por lo menos el 62% de la total de la UE.

    Pese a que el Tratado de Amsterdam fijaba el número máximo de eurodiputados en 700, el Parlamento Europeo incrementaría su número de miembros hasta 732. Los países con más escaños serían Alemania (99), y Reino Unido, Francia e Italia (72 cada uno). España contaría con 50.

    También quedó fijada la futura composición de la Comisión. El ejecutivo europeo no podría rebasar la cifra de 27 comisarios, por lo que los países que contaban con 2 (Alemania, Francia, Reino Unido, Italia y España) perderían uno a partir de 2005, para que los nuevos países miembros contasen con el suyo. No obstante, podrá fijarse por unanimidad el número definitivo de miembros de la Comisión, siempre que sea inferior a 27, lo que exigiría un sistema rotatorio de comisarios. Por otro lado, el presidente de la Comisión, que veía reforzados sus poderes, pasaría a ser elegido por los estados miembros por mayoría cualificada (y no por unanimidad), y su designación requeriría la aprobación del Parlamento.

    En Niza también se discutieron cuestiones como la del derecho de veto (que seguiría vigente en determinadas áreas) y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Este documento, integrado por 54 artículos y redactado ese mismo año, fue proclamado -pero no incorporado- al Tratado, y su definición jurídica se aplazó hasta 2004. Precisamente para este último año se anunciaba una nueva conferencia que delimitaría las competencias entre la UE y sus miembros. Además, el Tratado de Niza creaba un sistema, denominado “de cooperaciones reforzadas”, por el que un grupo de países (en número mínimo de ocho) podría progresar en el camino de la integración en áreas específicas. Se sancionaba, por tanto, la opción del sistema de “velocidades”.

    VENTAJAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA

    Los principales beneficios que obtendrán los Estados miembros de la Unión Económica y Monetaria serán:

  • Simplificación de las operaciones dentro de la UEM, eliminándose los costes derivados de la existencia de varias monedas.

  • Eliminación de la incertidumbre asociada a la variación de los tipos de cambio de las monedas de los Estados miembros.

  • Descenso de la prima de riesgo derivado de la alta variabilidad de los tipos de interés a largo plazo. En principio, implicara un posible aumento de las inversiones en proyectos que actualmente no se realizan debido al alto coste del capital.

  • Estabilidad monetaria y de precios, mediante la integración de los mercados interiores.

  • Incremento de la competencia entre las diversas instituciones financieras, por lo que las alternativas de financiación abiertas a particulares y empresas se verán ampliadas y mejoradas de forma sustancial.

  • Estabilidad macroeconomía sostenida en el tiempo, ya que:

  • Los criterios de convergencia fijados en el Tratado de Maastricht garantizan que los Estados miembros cuenten con una baja inflación y unas finanzas publicas suficientemente saneadas como para poder entrar en la tercera fase de la UEM.

    El criterio relativo a los tipos de interés a largo plazo asegura que la convergencia entre los Estados miembros y la estabilidad macroeconómica sean sostenidas en el tiempo.

    El Pacto de Estabilidad y Crecimiento permitirá que los Estados miembros sigan comprometidos con la estabilidad macroeconomía, y fundamentalmente con el control de los déficit públicos. Para ello se verán obligados a presentar una serie de informes semestrales que garanticen el cumplimiento de la convergencia.

    El nuevo entorno económico europeo será de mayor crecimiento y estabilidad, lo que generará un mayor volumen de inversión, y permitirá la creación de más empleo.

  • El euro se convertirá en la tercera gran moneda internacional, junto al Dólar y al Yen. Ello permitirá que una gran proporción del comercio mundial se realice en Euros, lo que reducirá la vulnerabilidad de la UEM a fluctuaciones del tipo de cambio, y fortalecerá el poder de negociación de la Unión Europea en los foros internacionales.

  • La introducción del Euro, tendrá efectos positivos tanto sobre las inversiones como sobre el comercio exterior:

      • Aumento de los flujos de inversión provenientes del resto de Europa.

      • Aumento de las inversiones directas del resto del mundo.

      • El euro tendrá una posición en el Sistema Monetario Internacional comparativamente mejor que la suma de las antiguas monedas que lo componen, desbancando, en cierto modo, la posición de privilegio del Dólar.

    Ventajas de la UEM para las grandes empresas

    • Aumento de la inversión y del comercio por la aplicación del mercado interior hasta 370 millones de potenciales consumidores.

    • Reducción de los costes de gestión de tesorería y operaciones de cambio de divisas para las grandes empresas con actividad en Europa, así como desaparición del riesgo de cambio asociado a estas operaciones.

    • Facilidad en la toma de decisiones y en la planificación estratégica y financiera a largo plazo, derivadas de una menor incertidumbre en los mercados.

    • Reducción de los costes de las exportaciones e importaciones.

    • Tipos de interés bajos y estables.

    Ventajas de la UEM para las pequeñas y medianas empresas

    • Reducción de los costes de las exportaciones, por lo que la búsqueda de mercado fuera de la geografía nacional será mucho más sencilla, brindando a las PYMES la posibilidad de multiplicar la venta de productos y servicios en un área mucho mas amplia y de extender considerablemente su cartera de clientes.

    • La reducción del riesgo de tipo de cambio permitirá a las PYMES el acceso a nuevas formas de financiación.

    • Tipos de interés bajos y estables posibilitaran un más fácil acceso de las empresas a la financiación ajena.

    • La existencia de una mayor competencia en la UEM, puede ser aprovechada por las PYMES para el lanzamiento de nuevos productos y de nuevas soluciones técnicas; un paso adelante que beneficiara a la economía europea en su conjunto.

    Ventajas de la UEM para los consumidores y ciudadanos

    • Mayor facilidad en los desplazamientos entre países.

    • Transferencias de fondos a otros países, con mayor facilidad y a menor coste.

    • Creación de mercado más transparente, que permitirá la comparación de precios, favoreciendo una aproximación en los mismos.

    • Reducción del coste de los préstamos, debido a tipos de interés bajos y estables.

    • Crecimiento económico más sostenible que favorecerá la creación de empleo.

    DESVENTAJAS DE LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA

    En cuanto a las desventajas de la moneda única, la más inmediata para los distintos agentes económicos es los costes de adaptación al Euro; como, por ejemplo, los que se producirán en los procesos administrativos de las empresas o el propio esfuerzo de los ciudadanos para asimilar el cambio en referencias de precios.

    La política monetaria única, diseñada por el Banco Central Europeo, de atendiendo a las condiciones económicas de todo el área del euro.

    Esa pérdida de control de los Estados miembros de la UME sobre tipos de cambio podría, incluso, extenderse a la política presupuestaria, si se llevara realmente una armonización estrecha de las políticas fiscales nacionales.

    Algunos críticos añaden que podrían originarse problemas de desempleo imposibles de combatir por falta de instrumentos de política económica y autoridades nacionales, como consecuencia de la Unión Monetaria.

    En este caso, quizá seria necesaria la introducción de algún tipo de relaciones presupuestarias entre las áreas más ricas y las más pobres de la UEM, convergencia real de los Estados miembros.

    Cesión de la soberanía nacional

    Cesión de la política cambiaria como mecanismo

    Reducción de la soberanía presupuestaria: Limitaciones del déficit público

    Costes derivados de la sustitución de las monedas nacionales por el euro

    Ausencia de una política presupuestaria europea

    INFLUENCIAS DEL EURO

    El Euro y los Consumidores

    Los consumidores europeos serán sin duda los principales beneficiarios del Euro. Entre las principales ventajas que obtendrán figuran:

    • Mejores precios al existir una competencia entre los productores.

    • Acceso a los productos y servicios de todo el área Euro con mejor relación calidad/precio.

    • Bajos tipos de interés en sus créditos al existir una mayor estabilidad de precios.

    • Ahorro de costes en comisiones de cambios de moneda en turismo, compras en el extranjero, etc.

    Como contrapartida, se producirán también algunos inconvenientes. Entre ellos, adaptarse a un nuevo esquema de precios en el que aparecerán de nuevo los decimales.

    De igual modo, en un primer momento, y a pesar de la existencia de reglas oficiales para los redondeos, pueden producirse algunos desajustes en los precios, que tenderán a desaparecer inmediatamente por la intensificación de la competencia. Es más, algunos expertos consideran incluso que la introducción del Euro tendrá incluso un efecto deflacionario.

    El Euro y las Empresas

    El impacto del Euro en las empresas será, en general, beneficioso. Ahora bien, según el sector en que compitan, los productos que comercialicen o su posicionamiento en la cadena de valor, obtendrán ventajas mayores o menores.

    En general puede decirse que en el área del Euro:

    • Aumentará el acceso a los mejores proveedores y/o clientes.

    • Se reducirán los costes financieros.

    • Se incrementarán las oportunidades de fuentes alternativas de financiación.

    • Se simplificaran los procedimientos y sistemas de las empresas con actividad significativa en otros países europeos.

    En cuanto a los problemas que se van a presentar, destaca en primer lugar la adaptación de sus procedimientos contables e informáticos a múltiples cambios, entre ellos la reintroducción de los céntimos.

    También, la necesidad de disponer de un personal más formado y capacitado.

    Con respecto al comercio, el sistema dual de precios y el largo período de canje plantearán problemas particulares que, en un primer momento, pueden llegar a suponer entre el 1 y el 2% de las ventas durante ese período.

    Sin embargo, el principal problema al que se enfrentan las pequeñas y medianas empresas es la aún escasa concienciación para la toma de decisiones a la hora de adaptarse al Euro.

    El Euro y el Sector Bancario

    Como es natural, el sector bancario será uno de los más afectados por el Euro. De entrada, la implantación del Euro tendrá efectos negativos sobre todas las entidades financieras porque:

    • Existirán costes importantes de ajuste, sobre todo, en el periodo de coexistencia de denominaciones. Estos costes afectarán particularmente a los sistemas contables e informáticos y también a otros como los de formación de personal, orientación a clientes, etc.

    • Disminuirá parte del negocio tradicional bancario: transacciones en divisas, cambio de monedas, etc.

    • El entorno será más competitivo, con una mayor facilidad de los bancos para operar en distintos países.

    • Proseguirá la reducción de márgenes y comisiones.

    Sin embargo, pensando en el medio y largo plazo, los efectos del Euro serán sin duda favorables, ya que:

    • Se impulsará la demanda al producirse un abaratamiento de los servicios financieros.

    • Las empresas y los particulares tendrán mayores alicientes para endeudarse.

    • La tasa de ahorro financiero tenderá a aumentar al estar más controlada la inflación.

    • Como resultado, se incrementará la cifra de negocio, aunque los márgenes sean menores.

    EUROPA DEL SIGLO XXI

    CAPITULO VI EUROPA DEL SIGLO XXI

    El 15 de diciembre de 2001, al término de una cumbre celebrada en Laeken (Bélgica), los jefes de Estado y de gobierno de los países miembros de la UE aprobaron la llamada Declaración de Laeken, sobre el futuro de Europa.

    El documento trazaba la actual situación de la UE frente al reto de la ampliación y de la globalización. Igualmente, fijaba la necesidad de simplificar y redistribuir los actuales tratados de la Unión, así como la conveniencia de que éstos condujeran a largo plazo a la adopción de una Constitución.

    El texto establecía la convocatoria de una Convención que a partir de marzo de 2002 debatiría sobre el futuro de Europa y diseñaría la reforma institucional y constitucional de la UE.

    Los Quince designaron como presidente de dicha Convención al ex presidente francés Valéry Giscard d'Estaing, el cual presentó en octubre de 2002 el primer anteproyecto del Tratado Constitucional de la UE.

    Enconadas discusiones sobre el reparto de votos para cada Estado -es decir, la modificación del sistema aprobado en Niza- y la mención o no de la religión cristiana en el preámbulo de la Constitución europea retrasaron su aprobación, y no fue hasta junio de 2004, en una histórica Cumbre de Bruselas, cuando los Veinticinco sellaron la nueva Carta Magna.

    La Ley Fundamental habrá de ser ratificada por los parlamentos nacionales, o en referendos vinculantes, antes de junio de 2006, y bastaría con que lo hiciesen cuatro quintas partes de los países para que pueda entrar en vigor.

    En cuanto a futuras ampliaciones, queda para 2007 la entrada de Rumania y Bulgaria. Turquía fue citada para 2004, con vistas a una evaluación de sus reformas. Sólo si éstas satisfacen plenamente los criterios políticos exigidos por la UE sería posible el inicio de negociaciones para su adhesión.

    TRATADO DE COOPERACIÓN CON CHILE

    CAPITULO VII TRATADO DE COOPERACIÓN CON CHILE

    ANEXOS

    CAPITULO VIII ANEXOS

    ANEXO I TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA


    I

    Texto del Tratado

    Preámbulo

    Primera parte

    Principios

    Segunda parte

    Ciudadanía de la Unión

    Tercera parte

    Políticas de la Comunidad

    Cuarta parte

    Asociación de los países y territorios de Ultramar

    Quinta parte

    Instituciones de la Comunidad

    Sexta parte

    Disposiciones generales y finales

    Anexos

    II

    Protocolos

    III

    Declaraciones

    IV

    Convenio de aplicación sobre la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad

    V

    Acta Final

    www.europa.eu.int

    ANEXO II TRATADOS

    A) Tratados de Roma

    Acuerdos firmados por Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y la República Federal de Alemania (25 de marzo de 1957) por los que se constituyeron la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (Euratom).

    Las negociaciones para la elaboración de los tratados se iniciaron en Bruselas durante el mes de junio y fue P. H. Spaak el encargado de presidirlas y dirigirlas.

    Los pilares básicos que establece el Tratado de creación de la Comunidad Económica Europea son dos: el derribo progresivo de las barreras arancelarias entre los países miembros, es decir, una unión aduanera, y la armonización de sus estrategias en materia económica, es decir, una política económica común.

    El periodo transitorio para el desarme arancelario debía finalizar en el año 1970, y los resultados habían sido espectaculares: la unión aduanera se había concluido, la política agraria se había estructurado y los intercambios comunitarios se habían quintuplicado.

    B) CECA

    "El 18 de abril de 1951 se firma el Tratado de constitución de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), integrada por Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo. La iniciativa, una vez mas, para crear esta institución partió del entonces ministro de Asuntos Exteriores francés, Robert Schuman. Lo que se dio en llamar como la "pequeña Europa" tenía como misión, por una parte, coordinar la producción franco alemana de carbón y acero pero, sobre todo, la de sentar las bases para un futuro mercado común europeo y, según definición de Schuman, constituir el embrión "de una futura federación europea que asegure el mantenimiento de la paz".

    En los años siguientes, diversas iniciativas como la creación de la Comunidad Europea de la Agricultura, en 1954, y el proyecto fracasado de crear un organismo de coordinación de las políticas sanitarias de los seis socios, fueron perfilando lo que el Tratado de Roma, del 25 de marzo de 1957, consagraría como la Comunidad Económica Europea (CEE), un organismo con eminente finalidad económica, pero que introducía en sus bases postulados que abrían la puerta para una Europa social.

    Así, el Tratado, que entraría en vigor el 1 de enero de 1958, establecía como puntos prioritarios: la libre circulación de mercancías, capitales, servicios y personas, además del establecimiento de un política agraria común y la creación de una política monetaria coordinada entre las respectivas divisas. El Acta de Roma define los organismos de la nueva organización paneuropea: Comisión (integrada por comisarios designados por los estados miembros), Consejo (integrado por los respectivos ministros de asuntos exteriores o primeros ministros), Parlamento y Tribunal de Justicia.

    También creó una unidad de cuenta, cuyo valor expresado en oro equivalía al del dólar americano. Al mismo tiempo, se creaba la Comisión europea para la energía atómica, Euratom, encargada de desarrollar armónicamente la energía nuclear en el Viejo Continente.

    C) EURATOM

    Euratom es la Comunidad europea de la energía atómica. Organismo fundado el 1 de enero de 1958 con el objetivo de establecer las condiciones necesarias para la formación y desarrollo de industrias nucleares con fines pacíficos, la coordinación de esfuerzos de los países miembros y la difusión de conocimientos en materia nuclear. Surgido del Tratado de Roma el 25 de Marzo de 1957, y constituido en un principio por los miembros de la CECA, en 1967 se integró en la CEE. El poder ejecutivo reside en la Comisión de las Comunidades Europeas, asesorada por un Comité para Ciencia y Técnica y un Comité Económico y Social. El resto de los órganos son comunes a la CEE y la CECA. Tiene su sede en Bruselas.

    Los gobiernos francés, alemán y británico han perseverado en el desarrollo de la energía de fisión nuclear aunque las opiniones en sus países se hallen divididas. En ninguna otra parte de Europa occidental se están construyendo actualmente centrales nucleares. La situación era muy distinta a principios de los años ochenta, cuando Bélgica, Finlandia, Italia, España, Suecia, Suiza y Yugoslavia se hallaban todas ocupadas en la construcción nuclear.

    Suecia intenta remplazar su actual nivel de electricidad nuclear con alternativas ambientalmente benignas. Otros países han seguido una política de inactividad. En medio de una escasez de nuevos pedidos, la conclusión de algunas centrales se ha aplazado indefinidamente.

    En las décadas de 1940 y 1950 tras los desarrollos nucleares importantes de Europa se encontraban motivaciones militares. Tanto el Reino Unido como Francia deseaban asegurar la independencia en armas nucleares, que aún siguen siendo esenciales en su política de defensa.

    Euratom era uno de los pies del trípode sobre el que se había construido la Comunidad Europea (los otros dos eran la Comunidad del Carbón y del Acero, y la Comunidad Económica). En los años cincuenta, cuando se creó Euratom, "átomos para la Paz" era un slogan. Muchos ingenieros y políticos veían la central nuclear como el mejor camino para un suministro de energía barato y limpio. Podía acabar con la dependencia de Europa de los poco fiables ríos de petróleo que fluían alrededor del mundo en petroleros.

    En las décadas siguientes, el trabajo nuclear y los reactores prototipo se llevaron la parte del león de la investigación energética. En 1988, los doce países de la Comunidad Europea tenían, entre todos, 139 centrales. Más de la mitad se terminaron durante los años ochenta, la mayor parte en Francia y la República Federal de Alemania. El auge nuclear terminó cuando la alarma pública a propósito del accidente de Chernobyl en la URSS coincidió con la caída de los precios del petróleo y con las revisiones a la baja de las previsionesde demanda de electricidad.

    Los programas nucleares continuaron en Europa oriental y en la URSS hasta los años noventa. Los países de Europa occidental que nunca habían alcanzado la etapa de construcción de centrales nucleares, no presentan intenciones de hacerlo en el próximo futuro. El trabajo para el desarrollo de los reactores de fusión se inició en diversos países hace más de 30 años, aunque la mayor parte de la investigación no se clasificó hasta 1958. Se vio pronto claro que el éxito no llegaría rápidamente.

    Con la fundación de Euratom en 1958 los europeos ya habían reconocido la necesidad de una investigación conjunta. La coordinación de un programa para investigar las reacciones termonucleares controladas realizadas en los laboratorios asociados de los estados miembros se asignó a la Comisión Europea, que también participa en el coste. Los programas competitivos de EEUU, Japón y la URSS son comparables en alcance. Todos ellos recibieron un impulso significativo a mediados de los años setenta, cuando la escasez de petróleo señalaba la necesidad de fuentes energéticas alternativas.

    D) CERN

    Estas Siglas representan el Conseil Européen pour la Recherche Nucléaire, centro europeo de investigaciones atómicas que tiene su sede en Ginebra y sus instalaciones experimentales en Meyrin, cerca de Ginebra. Construido y mantenido conjuntamente por la República Federal de Alemania, Dinamarca, Francia, Grecia, Reino Unido, Suecia y Suiza sobre la base del acuerdo del 1 de julio de 1953, al que más tarde se adhirieron Austria (en 1959) y España (desde 1983). Como países observadores están Yugoslavia, Polonia y Turquía. El número de investigadores invitados es de aproximadamente 600. El instituto posee un supersincrotrón de protones de 400 GeV (desde 1976), un sincrotrón de protones que alcanza hasta 28 GeV (desde 1959) y dos anillos de almacenamiento (desde 1971).

    En estos aceleradores se han realizado investigaciones de física de altas energías en un régimen de trabajo de cooperación internacional ya que la comunidad científica y tecnológica de la Europa occidental es más amplia que la Unión Europea, que no incluye algunos países de gran nivel científico como Suecia y Suiza. Las colaboraciones más importantes, incluyendo al CERN, la Agencia Espacial Europea, Eureka e incluso ver los programas de investigación propios de la CE, involucran a participantes de fuera de la Comunidad Europea. El puente del Consejo de Europa entre los países de la CE y los que no lo son se hace más importante a medida que la Comunidad avanza hacia su mercado único.

    E) La Europa de los doce

    Grecia se adhiere en 1981, mientras que España y Portugal lo hacen en 1986, reforzando así el flanco sur de la, a partir de entonces, llamada Europa de los doce. La CEE, que durante sus primeros años se había centrado casi exclusivamente en temas económicos, dejando al Consejo de Europa las cuestiones de tipo cultural y social, englobaba ya al grueso de la Europa Occidental, y se disponía a emprender transformaciones profundas en una estructura, que se volvía cada día más compleja. Si hasta 1986, la CEE había sido, en lo esencial, un organismo para la integración franco alemana, la llegada de nuevos miembros exige la introducción de nuevos mecanismos de gestión: se emprende la tarea de dotar a la CEE de una nueva estructura política, con nuevas competencias legislativas, también en materia social y cultural.

    El Acta Única Europea de 1986 refuerza considerablemente los poderes de la Comisión, destinada a convertirse en el auténtico gobierno europeo, al tiempo que se crea el Fondo Social Europeo, destinado a incrementar la solidaridad entre los miembros. También introduce el mecanismo de mayorías relativas para la aprobación de normas, en detrimento de la necesaria unanimidad requerida hasta la fecha. Estas innovaciones se vieron lastradas por la actitud escéptica de los gobiernos británico y danés, lo que llevó a concebir una Europa de dos velocidades. La CEE pasaría a denominarse Comunidad Europea (CE).

    F) Tratado de Maastricht

    Acuerdo firmado el 9 de febrero de 1992 por los jefes de Estado y Gobierno de los doce países que en ese momento formaban la Unión Europea, quedando ratificado en el Tratado de la Unión Europea (TUE) en octubre de 1993. Por él se aprobó, para 1999, la unión monetaria y económica plena, mediante la creación de un Banco Central Único, una sola moneda, el ECU, una política social única (excepto para Gran Bretaña, que se opuso a ella) y una política exterior y de defensa común. Su ratificación por los distintos estados encontró dificultades en Dinamarca, donde fue rechazado por un referéndum en 1992 y aprobado, con algunas modificaciones y garantías, al año siguiente.

    El Tratado también incluye nuevas competencias para la Comunidad, entre las que se incluye: mayor esfuerzo en la protección de los consumidores, política común respecto a la concesión de visados, estrategia común de protección de la salud, desarrollo de las redes de transporte, fijación contractual de la cooperación al desarrollo, política industrial, cultura, fortalecimiento de la protección del medio ambiente, de la investigación y del desarrollo, así como en política social (con la excepción del Reino Unido), cooperación en cuestiones de política interna. Maastricht también concede más derechos al Europarlamento, como una mayor participación en la legislación.

    Criterios de convergencia

    En este tratado se establecen los criterios de convergencia que aseguren que los estados que participarán en la UEM cumplen con una “solidez mínima” de sus economías:

    1) Estabilidad de los precios

    Durante 1997, la tasa de inflación, medida por el índice de precios al consumo, no deberá superar en más de 1,5 puntos la media de los tres Estados miembros con una menor tasa de inflación.

    2) Finanzas públicas sostenibles

    Las finanzas públicas deben presentar un carácter sostenido, que se determina cuantitativamente en un protocolo anexo al TUE y que hace referencia tanto a la deuda publica como al déficit publico de los Estados miembros.

    • El déficit presupuestario no debe sobrepasar el 3% PIB, excepto en el caso de que dicha proporción haya disminuido sustancial y continuamente y se acerque al nivel de referencia; o de que este valor se supere solo excepcional y temporalmente, sin que se aleje demasiado del valor de referencia.

    • La deuda pública no debe superar el 60% del PIB y, de sobrepasarse la proporción mencionada, esta deberá ir disminuyendo suficientemente, aproximándose al valor de referencia a un ritmo satisfactorio.

    3) Participación en el mecanismo de tipos de cambio del Sistema Monetario Europeo

    La moneda del Estado miembro deberá haberse mantenido dentro de los márgenes normales previstos por el mecanismo de tipos de cambio del SME al menos durante dos años, sin tensiones graves ni devaluaciones.

    4) Tipo de interés

    El tipo medio de interés nominal no deberá exceder en más de 2 puntos la media de los índices a largo plazo de los tres Estados miembros que presenten una menor tasa de inflación durante el año 1997.

    G) Tratado de Ámsterdam

    El tratado de Amsterdam, firmado en junio de 1997, daba como finalizada la Conferencia Intergubernamental que desde enero de 1996 llevaba tratando distintos problemas que afectaban al funcionamiento de la Unión Europea. La medida más importante que se adopto fue la aprobación del Reglamento del Euro.

    En este Reglamento se establecen disposiciones de derecho monetario para los países miembros de la Unión Europea que han adoptado el Euro como moneda única, como son:

    • La continuidad de los contratos, disposiciones sobre el redondeo y el tipo de conversión irrevocable fijado, sustitución de referencias al Ecu por referencias al Euro, homogeneidad para los países miembros en la denominación de las unidades fraccionarias de la nueva moneda, medidas para la rápida introducción del Euro como moneda única, la utilización del Euro como unidad de cuenta del BCE y de los Bancos Centrales de los Estados miembros, el desarrollo de las operaciones de política monetaria en Euros a cargo del SEBC, las características del periodo transitorio, consideraciones sobre los pagos (también los transfronterizos), redenominacion de deuda publica viva a Euros, medidas de protección contra la falsificación de billetes y monedas, expiración del periodo transitorio, etc.

    • Determinadas disposiciones relativas al Reino Unido, Irlanda del Norte y Dinamarca en referencia a su participación en la tercera fase de la UEM.

    • Condiciones de aplicabilidad del Reglamento en cuestión.

    El Tratado de Amsterdam y sus consecuencias

    Si bien el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht marcó las directrices sobre las que habría de construirse el futuro europeo, pronto se consideró la inevitable necesidad de revisarlo, especialmente para adoptar una reforma institucional que permitiera, a corto plazo, el previsible ingreso de nuevos estados miembros. Tal percepción fue la que surgió en la Conferencia Intergubernamental del 29 de marzo de 1996.

    Con la intención de elaborar un nuevo tratado, se celebró una cumbre del Consejo Europeo en Amsterdam (Países Bajos), en junio de 1997, con el objetivo de abordar la reforma de algunos de los más importantes y controvertidos puntos de la Unión: reforma de sus instituciones, defensa, libre circulación, justicia, flexibilidad y empleo.

    Los dos primeros puntos, fundamentales para la consolidación de la UE, no fueron revisados. Respecto a los cambios institucionales (reducción del número de comisarios por Estado miembro en la Comisión, reparto del poder en el Consejo de Ministros y aprobación de las propuestas por mayoría, en vez de por unanimidad, entre otros), las diferencias entre los jefes de Estado y de gobierno asistentes obligaron a retrasar la adopción de reformas hasta una nueva Conferencia Intergubernamental. Únicamente se llegó al acuerdo de que, cuando la UE se viera ampliada, existiría sólo un comisario por país en la Comisión.

    La cuestión del sistema defensivo en que habrá de enmarcarse la UE fue, igualmente, pospuesta, debido a la oposición británica a plantear la integración de la Unión Europea Occidental (UEO) en la UE. El Tratado de Amsterdam quedó, por tanto, carente de resoluciones auténticamente reformadoras: la ratificación del Pacto de Estabilidad y el acuerdo para fomentar políticas activas de empleo, financiadas por el Banco Europeo de Inversiones (BEI), fueron sus principales logros.

    La latente preocupación por la cuestión del desempleo (que en 1997 afectaba, aproximadamente, a 18 millones de personas en el conjunto de países integrados en la UE) condicionó, especialmente por parte francesa, la ratificación del Pacto de Estabilidad a la adopción de políticas tendentes a erradicar dicho lastre social. A fin de abordar este asunto, el Consejo Europeo se reunió en Luxemburgo los días 20 y 21 de noviembre de 1997, en la que fue denominada “Cumbre del Empleo”. El principal acuerdo adoptado por el Consejo determinó la creación de un programa (ejecutable en cinco años) por el cual se ofrecería la reinserción laboral o formativa a los cesantes menores de 25 años que llevasen seis meses sin trabajar y a todos los trabajadores con un año de permanencia en situación de desempleo. El BEI aumentaría los créditos dirigidos al cumplimiento de este plan.

    Finalmente, el Tratado de Amsterdam fue firmado el 2 de octubre de 1997 y, tras las necesarias ratificaciones parlamentarias nacionales de los Quince, entró en vigor el 1 de mayo de 1999. Su texto definitivo preveía el futuro establecimiento de una política exterior y de seguridad común (PESC) y la reforma del funcionamiento institucional, aunque sólo dejaba enunciadas ambas cuestiones.

    Otras notables disposiciones del nuevo documento “constitucional” de la UE eran las referentes a la planificación y coordinación de políticas conjuntas para fomentar el empleo; la lucha contra todo tipo de discriminación (el Consejo de Ministros quedaba facultado para suspender el derecho de voto de cualquier Estado miembro que vulnerara de manera grave o constante los derechos humanos); la libre circulación de personas y la progresiva supresión de controles fronterizos (se incorporó al Tratado el Acuerdo de Schengen, resultante de los acuerdos firmados en 1985 y 1990 por Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y Países Bajos, y más tarde suscritos por Italia, España, Portugal, Grecia y Austria); y la adopción de políticas sociales y medioambientales comunes.

    ANEXO III MAPA DE LA UNIÓN EUROPEA

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    Países en amarillo: Países miembros de la Unión Europea

    Países en marengo: Países candidatos a la Unión Europea

    ANEXO IV BANDERAS DE LOS PAÍSES MIEMBROS

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    ANEXO V BANDERA DE LA UNIÓN EUROPEA

    Los símbolos europeos permiten identificar a la Unión Europea como entidad política.

    Desde 1986, la bandera adoptada por el Consejo de Europa se utiliza como bandera de la Unión Europea. En ella, está representado un círculo de doce estrellas amarillas sobre fondo azul (la cifra "12" es un símbolo de perfección y de plenitud).

    El 9 de mayo, día de Europa, conmemora la declaración hecha en 1950 por Robert Schuman, acto que se considera dio nacimiento a la Unión Europea

    ANEXO VI HIMNO DE LA UNIÓN EUROPEA

    Oda a la Alegría (escrito por Friedrich Schiller en 1785)

    En 1793, a la edad de 23 años, Ludwig van Beethoven conoció la obra del escritor alemán y desde ese momento manifestó su inspiración y deseo de ponerle música, surgiendo así la Novena Sinfonía en RE Menor, Op. 125 cuyo movimiento final es para coro y solistas sobre la "Oda de la Alegría" de Schiller.

    En 1972, el Consejo de Europa lo adoptó como himno. Herbert von Karajan, uno de los más grandes directores contemporáneos, accedió a una petición del Consejo de Europa de escribir tres arreglos instrumentales para piano solo, viento y orquesta sinfónica.

    En 1986, fue adoptado como Himno de la Unión Europea.

    Alegría, hermosa centella divina

    Hija del Elíseo,

    Ebrios de fuego penetramos nosotros,

    Oh, celeste diosa en tu sagrario.

    Tus hechizos vuelven a unir

    Lo que la moda con rigor había separado.

    Todos los hombres se vuelven hermanos,

    Allí donde tu ala dulce se posa.

    Quien haya tenido la fortuna

    De ser amigo de un amigo;

    Quien haya conquistado una mujer amable

    Mezcle al nuestro su júbilo. ¡Si!

    ¿Quién puede llamar suya un alma

    tan solo sobre la redondez de la tierra?

    Pues el que no, que se aleje

    Llorando de esta humanidad.

    Todas las criaturas beben la alegría

    Del seno de la naturaleza;

    Todos los buenos, todos los malos,

    Siguen su senda del huerto de rosas.

    Ella nos dio besos y linajes,

    Y un amigo fiel hasta la muerte.

    Al gusano se le dio la voluptuosidad

    Y el querubín se yergue delante de Dios.

    Gozosos como vuelan sus soles

    A través de los espléndidos cielos,

    Corred, hermanos, en vuestro camino,

    Alegres como el héroe hacia la victoria.

    ¡Abrazaos, millones de criaturas!

    ¡Ese beso, para el mundo entero!

    Hermanos sobre la bóveda de estrellas

    Tiene que habitar un padre amante.

    ¿Os prosternáis, millones de criaturas?

    ¿Presientes tu, oh mundo, a tu Creador?

    Búscalo más arriba de la bóveda de las estrella

    ¡Sobre las estrellas tiene Él que habitar!

    (Traducción del alemán al español.)

    BIBLIOGRAFÍA

    • Portal de la Unión Europea

    • Portal del Parlamento de la Unión Europea

    • Portal del Consejo de la Unión Europea

    • Portal de la Comisión de la Unión Europea

    • Portal Banderas del Mundo

    • Portal del Congreso Nacional de Chile




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    Enviado por:Paola Parra
    Idioma: castellano
    País: Chile

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