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Tres generaciones de derechos humanos


Tres generaciones de derechos humanos

Las tres generaciones de derechos humanos es una propuesta efectuada por Karel Vasak en 1979 para clasificar los derechos humanos. Su división sigue las nociones centrales de las tres frases que fueron la divisa de la revolución francesa: Libertad, igualdad, fraternidad. Los capítulos de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea reflejan en parte este esquema.Contenido

1 Derechos fundamentales

1.1 Primera generación

2 DESCA

2.1 Segunda generación

2.2 Tercera generación

Derechos fundamentales

Artículo principal: Derechos constitucionales

Son derechos fundamentales los derivados de la libertad individual o de la libertad negativa, dependerá de la interpretación de estos principios el grado hasta donde se los hace llegar en los ordenamientos jurídicos. Estos derechos fundamentales generalmente se los identifica como la primera generación de derechos.

Primera generación

Artículo principal: Derechos individuales

(Siglo XVIII y XIX) Surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano. Debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan.

Estos son algunos de ellos:

Libertad de expresión, libertad de asociación, derecho a un debido proceso y libertad religiosa.

Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.

Los derechos de primera generación, según el prof. Aldo Atilio Alessio, pueden a su vez clasificar en:

Derechos civiles: Basados en la igualdad ante la ley, los derechos son:

A la libertad individual

A la seguridad

A la libertad de pensamiento y conciencia

A la libertad de expresión

A la libertad de reunión y asociación

Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral

Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad

Derechos políticos: Se refieren a las regulaciones que permiten al hombre la participación del ejercicio en el poder político:

A la libertad de asociación política

Al Voto

DESCA

Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, o DESCA, es como son calificados los derechos de segunda y tercera generación en un solo conjunto. Son de una naturaleza diferente a los derechos fundamentales puesto que en su gran mayoría están basados en la libertad positiva o de ejecución externa; aunque unos pocos pueden ser vistos sólo como derivaciones directas o indirectas de los derechos de primera generación.

Segunda generación

Artículo principal: Derechos sociales

Se desarrollaron a finales del siglo XIX y a comienzos del siglo XX.La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, incorporados en la Declaración de 1948, debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho.

De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:

Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.

Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses (libertad sindical).

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.

Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.

La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

Tercera generación

Es el derecho a un medio ambiente sano.Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física. Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Entre otros, destacan los relacionados con:

El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

El medio ambiente.

Los derechos del consumidor.

El desarrollo que permita una vida digna.

El libre desarrollo de la personalidad.

'Tres generaciones de derechos humanos'




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Enviado por:Ludwing Medina
Idioma: castellano
País: Guatemala

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