Historia


Tratado de amistad, comercio y navegación


U.N.E.R.

FAC. DE CS. DE LA ADMINISTRACIÓN

Tecnicatura en Gestión y Administración Municipal

Historia Económica y Social Argentina

LA ÉPOCA DE BERNARDINO RIVADAVIA”

- Año 2005 -

INTRODUCCIÓN

La historia política y militar de Europa y América entre los siglos XVI y XVIII es el reflejo de la puja constante de las potencias europeas por aumentar sus participaciones dentro del usufructo de la economía colonial. La decadencia de las primeras potencias coloniales, Portugal y España, y el ascenso posterior de Holanda, Francia e Inglaterra fue relevante para que, sobretodo éste último quedara en una posición de predominio sobre las colonias americanas.

A fines del siglo XVII la Revolución Industrial hacía de Inglaterra una nación en plena expansión necesitada de mercados consumidores; su doctrina: el liberalismo (que pone los débiles a merced de los fuertes), se encargaría de ello con más eficacia que la acción armada. Para esto nada mejor que condicionar la mentalidad de hombres como Rivadavia, fácil presa de las ilusiones del progreso y de los buenos negocios para concretar los designios del Imperio. Los pueblos de las Provincias Unidas reciben por primera vez en la historia la influencia del elemento dinámico elemental del desarrollo en la época: el comercio exterior; surge así el puerto de Buenos Aires como intermediario natural y crece la importancia de la actividad ganadera.

Muchas y muy variadas han sido las apreciaciones acerca de la gobernación y de éste personaje que formó parte de la historia de nuestro país. Exploraremos en Rivadavia y durante su estadía en el poder al Hombre político y Humano, el fin verdadero del imperialismo financiero, las reformas políticas, económicas y sociales rivadavianas que fueron, en definitiva y entre otras, las causas de su fracaso y la caída del proyecto unitario.

“LA ÉPOCA DE BERNARDINO RIVADAVIA”

La Revolución Industrial Inglesa, es decir, la aplicación de la máquina en la elaboración de mercaderías (a fuerza humana primero y luego a vapor) ocurrida a fines del siglo XVIII -de más trascendencia histórica que su contemporánea: la Revolución Francesa-, cuyas características fueron la concentración de capitales, el levantamiento de fábricas, la producción a bajo costo, la sustitución del artesano por el obrero, el surgimiento de ciudades industriales, la despoblación de la campaña, la intensificación de las luchas de clases y el reemplazo del colonialismo directo por una forma indirecta de dominación; llevó a una revolución económica, social y política en el mundo entero. Inglaterra, ganadera primero y comerciante luego, se convierte en el emporio industrial de hilados, tejidos y de las demás mercaderías elaboradas a máquina. Fabricando mucho y a bajo costo colma en poco tiempo su mercado interno y necesita colocar sus mercancías en el exterior. Europa continental, en 1804, reacciona contra el alud de productos ingleses que obliga al cierre de sus talleres a mano y bajo la dirección de Napoleón, provoca el "bloqueo continental" que le cierra los puertos europeos en necesaria defensa contra el formidable enemigo isleño, lo que obliga al imperio a procurarse mercados de consumo fuera del continente; habiendo perdido la América sajona (Estados Unidos, independiente desde 1783),, se le hace cuestión vital la conquista de América Latina. En 1806 inicia su propósito procurando apoderarse de Buenos Aires, pero la invasión acaba en un rotundo fracaso y lleva a Santiago de Liniers a ser proclamado nuevo Virrey del Río de la Plata, destituyendo a Sobremonte; en junio de 1807 se renueva la tentativa bajo el mando del Gral. Whitelocke que había dominado a los españoles en Montevideo (Roberto Stewart, vizconde de Castlereagh y ministro de guerra británico, se opuso desde un primer momento a la expedición de Whitelocke, según lo expresa en un informe que aparece en un Memorial:-"No tiene esperanzas de conquistar este inmenso territorio (Sud América) oponiéndose por las armas a su población; si el fin es abrir a nuestros productos sus mercados, es más conveniente aproximarse como mercaderes y no como enemigos para obtener ventajas comerciales, y si las cosas llegan a madurar en una independencia de América española, Inglaterra debería favorecerla solamente como auxiliar y protectora de los nativos para evitar recelos"-), pero la milicia apoyada por el pueblo que no está dispuesto a ser tiranizado, obliga en agosto al retiro inglés del Río de la Plata; estas victorias siembran en los criollos la semilla de la liberación de España.

Inglaterra apoya la fuga de la familia real portuguesa de Lisboa y su transporte a Río de Janeiro, Brasil (1807), haciéndose pagar el servicio con la apertura de los puertos brasileños a la libre introducción de mercaderías manufacturadas, consolidando la penetración mercantil en América Latina. España, de aliada a enemiga de Napoleón, se convierte en aliada de Inglaterra pues la Junta Central de Sevilla que dirige la insurrección española necesita el apoyo naval y militar inglés, concertando en 1809 la alianza militar anglo-española mediante el tratado Apodaca-Canning que facilitaba el comercio inglés en las colonias españolas americanas. Para cumplir el tratado, la Junta envía a Buenos Aires un nuevo virrey: Baltasar Hidalgo de Cisneros, quien abre, el puerto de Buenos Aires a la entrada de productos ingleses.

Llegó entonces el momento del levantamiento del pueblo del aún Virreinato del Río de la Plata que sintió la necesidad de consolidar de una vez por todas la independencia de España, dando fin a la época colonial con la conformación del Primer Gobierno Patrio que deriva en la llamada Junta Grande: Primer Triunvirato (1810-1811, período en el que hay un quiebre territorial, perdiéndose el Paraguay, el Alto Perú y la Banda Oriental), Bernardino Rivadavia actuó como secretario de éste Primer Triunvirato y siendo destituido en 1812 viajó a Europa, Luego fue creado el Segundo Triunvirato (1812-1814) durante el cual se ensancha la brecha política-económica que había entre el interior y Buenos Aires. Las continuas guerras que se venían sucediendo llevaron a catalogar a la organización político-social de éste gobierno como dictatorial puesto que estructuró de tal manera la vida y el comercio local (único ingreso económico al momento, salvo los productos de los saladeros que fueron liberados de los aranceles de la exportación) con el objeto de recaudar con fines militares). Poniendo fin a los triunviratos, se crea el órgano ejecutivo de gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata: el Directorio (cargo suprimido en febrero de 1820 después de la derrota de los unitarios centralistas por los federales litoraleños al mando de Estanislao López por Santa Fe aliado con Francisco “Pancho” Ramírez por Entre Ríos y Corrientes en la Batalla de Cepeda).

Por otra parte, pierde la alianza tan bien habida con Artigas cuando el Congreso General Constituyente (1813) niega su ingreso como miembro del mismo, desmembrando con ello a Entre Ríos y Corrientes, que lo erigen su protector, y proclamando independiente de Buenos Aires al estado Oriental; mientras tanto (1815) Estanislao López, gobernador impuesto por Buenos Aires al frente de Santa Fe, es derrotado por los federales (aliándose más tarde con el caudillo F. Ramírez); conformando entre estas tres provincias y Córdoba la liga de los Pueblos Libres del Litoral con José G. Artigas como dirigente, quién se niega a enviar representantes al Congreso Constituyente de 1816 liderado por unitarios (Artigas es derrotado ese mismo año por los portugueses en Tacuarembó).

Finalmente el 9 de julio de 1816, con Juan M. de Pueyrredón electo Director Supremo en el Congreso de Tucumán, se declara formalmente la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. En 1819, Pueyrredón propone una Constitución con principios totalmente unitarios, entre ellos que Buenos Aires, como autoridad central, nombraría a los gobernadores provinciales; comienza así la puja de los caudillos por la creación federalizada de las trece provincias.

Derrotados los unitarios en la Batalla de Cepeda (1820) y derogada la constitución, Buenos Aires es obligada a firmar el Tratado del Pilar, por el que debe aceptar la forma de gobierno federal, así como el libre comercio del litoral, la navegación de los ríos sin restricción, y el cese de hostilidades; las provincias, por su parte, aceptan como Gobernador Provisional de Buenos Aires a Martín Rodríguez.

En 1821, Rivadavia (con fuerte sentimiento unitario e ideas progresistas inculcadas por los imperialistas ingleses deseosos de expandir su mercantilismo y comercio financiero en éste territorio), es visto con muy buenos ojos por los unitarios empeñados en hallar un candidato para la monarquía constitucional que esperaban establecer; así pasó a formar parte del funcionariado de Rodríguez como Ministro de Gobierno, a la vez que Manuel García, también llegado del exterior (Brasil), pasó a ser Ministro de Hacienda. Ambos eran reconocidos por su rango social y prestigio intelectual. Pero para el historiador argentino Vicente Fidel López, Rivadavia no era hombre de cultura, ni escritor ni orador, hablaba y escribía con prosopopeya (afectación, poner demasiado cuidado en las palabras de modo que pierden naturalidad)y desprecio de las opiniones que no fueran las suyas, pero tenía una voluntad dominante y supo imponer sus defectos como cualidades en el mediocre medio cultural del Plata, su pedantería pasó como erudición y su arrogancia como dignidad, llegando a convertirse para la clase alta en el Padre de las Luces.

A ésta altura, comienza a resquebrajarse la alianza federal entre E. López y F. Ramírez cuando éste intenta extender su autoridad sobre Corrientes y Córdoba, siendo derrotado y asesinado por Estanislao López, quien se autoproclama patriarca de la federación, pero queda debilitado por la falta de apoyo que le brindaba militarmente aquel. Buenos Aires nuevamente bloquea el Paraná monopolizando el comercio extranjero y las rentas. Las provincias, sin poder militar para tomar represalias, pronto se dieron cuenta que su tan ansiada autonomía sólo provocaba su aislamiento comercial, estando condenadas a la decadencia o a la sumisión ante Buenos Aires.

Mientras Rodríguez centraba su atención en combatir a los indios que asolaban los poblados y en extender las fronteras para el desarrollo del ganado, expansión fronteriza que aceleró la transición de carácter comercial de Buenos Aires a ganadero (en 1820, Rodríguez se equivocó al pensar que todos los indios eran iguales: los pampas del sur debieron soportar los desmanes cometidos por los ranqueles del oeste, dirigidos por José Miguel Carrera; esto lleva a la insurrección de numerosas tribus pampas hasta entonces mantenidas en términos pacíficos: los malones fueron continuos entre 1821 y 1825, las expediciones punitivas de Rodríguez resultaron ineficaces; recién a mediados de ese último año el gobernador Las Heras, dada la posibilidad de una guerra con Brasil, buscó la mediación pacifista de Juan Manuel de Rosas encomendándole un tratado de paz y limitación de "fronteras"; Rosas, que hablaba la lengua indígena y era respetado y estimado por los caciques, consiguió reunirlos en diciembre en un gran "parlamento" junto a la laguna del Guanaco; logró un notable triunfo diplomático pues los indios reconocieron la soberanía Argentina, juraron la bandera azul y blanca y se comprometieron a cesar en sus malones y rechazar una posible invasión brasileña a cambio de una ayuda anual de azúcar, alcohol y carne de yegua que les pasaría el gobierno. Quedó señalada la nueva frontera abriéndose posibilidades de llegar a Bahía Blanca); Rivadavia pasó a convertirse en la figura central de la administración. La patria, para los unitarios rivadavianos, eran las luces que solamente ellos poseían: la libertad (para pocos), la constitución (que quitaba el voto a los asalariados y jornaleros); y opuestos a la patria estaban los desprovistos de luces, los montoneros seguidores de caudillos, los federales enemigos de la constitución. La patria rivadaviana no sólo era compatible con el dominio imperialista sino que necesitaba la ayuda extranjera para mantenerse contra la antipatria nativa. A través de esas abstracciones el unitario sentía a la patria como la exclusividad política y económica de su clase social, como la sienten los coloniales de todo el mundo y en todas las épocas. El pueblo no cuenta, o cuenta como factor negativo que debe mantenerse en forzado alejamiento hasta que adquiera "mentalidad patriótica" y se resigne mansamente a una situación deprimida política, económica y socialmente. La paz de los unitarios consistía en olvidarse de la guerra desentendiéndose de San Martín que, falto de recursos, no podía seguir en su expedición al Perú; cerrar los ojos ante la ocupación portuguesa de la Banda Oriental; la segregación próxima del Alto Perú; la prosperidad era financiada con el medio sencillo de apoderarse de los recursos nacionales y hacerlos servir al adelanto municipal de la ciudad: los gastos de la provincia de Buenos Aires en 1822 eran de 2.400.000 pesos plata, pero solamente 400.000 se pagaban con recursos provinciales (patentes, licencias, contribución territorial); como no había Nación constituida el gobierno había incautado el impuesto nacional de aduana, así el ministro Rivadavia cubría el déficit de 2.000.000. Ni un centavo salía para la guerra, el país era Buenos Aires, lo demás no contaba. Mientras Rivadavia hacía un gran gobierno con sus reformas, el enorme virreinato de 1810 se dividía para siempre en cuatro porciones insoldables. En su visita a Londres en 1824, contribuyó a la creación de la Compañía Minera del Río de la Plata, empresa destinada a invertir capital británico en la búsqueda de nuevas minas; la compañía recibió una concesión de la Baring Brothers para desarrollar la nueva, prometedora y aún inexplorada mina de plata Famatina ubicada en las montañas de La Rioja.

Entre aquellas reformas podemos citar: la Reforma Militar (el objetivo fue provincializar el ejército, quedando a su cargo los gastos militares de los ejércitos nacionales inactivos; para reducir los costos sanciona las leyes de Retiro Militar y de Premios Militares; fueron retirados aquellos jefes y oficiales que no eran de confianza). Reformas Educativas (se crea la Universidad de Buenos Aires con subvención estatal, reformando los planes académicos, introduciendo la cátedra de Economía Política, llenando su biblioteca con las últimas obras de medicina, ciencias y economía política; el Colegio de Cs. Morales -1823- instauró un nuevo sistema educativo que incluía un reglamento benigno: a cada provincia se le dieron 2 becas para “instruir a sus hijos sin castigos corporales”; se suprime el uso de la palmeta; impulsó la Sociedad Literaria, la Academia de Jurisprudencia Teórico-Práctica, la Academia de Medicina y Cs. Exactas, la Sociedad de Música, la Sociedad Amigos del País, lla Escuela de Declamación y Acción Dramática). Reformas Religiosas (sus objetivos fueron: incautar los bienes de la congregación religiosa -enseres, réditos, valor del capital, etc.- y abolir la inmunidad clerical o fuero, suprimiendo el diezmo que cubría los gastos eclesiásticos,, encargándose al gobierno pagar los sueldos para disminuir la influencia de los sacerdotes regulares y hacer efectivo el control del Estado sobre la Iglesia Nacional; cambió el nombre del Cabildo Eclesiástico por Senado del Clero), Reformas en Obras Públicas (construcción de escuelas, puentes, teatros, hornos de ladrillos y edificios públicos, apertura de avenidas, recorte de ochavas, alumbrado de faroles y ornato público,, empedrado de calles y demás obras relacionadas con la refacción, reparación y construcción de puertos). Reformas Sociales (suprimió la Hermandad de Caridad, pasó la guarda de hospitales de mujeres, asilos y escuelas de niños a la Sociedad de Beneficencia, dictó la Constitución de 1826). Reformas Administrativas y Fiscales (suprime los Cabildos; incorpora modernos sistemas de Contabilidad; solicita un empréstito (1822) a Baring Brothers y crea en el mismo año el Banco de Descuentos que pasa a ser Banco Nacional en 1826; firma con Gran Bretaña el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación, a fin de aumentar la recaudación incauta la renta de aduanas, impone el gravamen de la tierra pública, llamada "Enfiteusis").

Banco de Descuentos

Desde que se permitió la libre extracción de oro y plata de Buenos Aires su fuga fue continua, esto llevó a la falta de moneda para las transacciones cotidianas y al decaimiento del comercio en 1821, mientras el crédito llegaba al 5 y 6% mensual. Los ministros Rivadavia y García reunieron a los principales comerciantes de Buenos Aires para hallar una solución al grave problema (lo correcto hubiera sido nivelar la balanza comercial con impuestos prohibitivos de aduana, o impedir la exportación de metales, pero a nadie se le ocurrió semejantes arbitrios pues estos comerciantes eran precisamente los exportadores de metal que al año siguiente se llevarían 1.358.814 pesos en oro). Rivadavia propuso la fundación de una institución que "repatriase el oro" llevado a Inglaterra. García, más versado en la poca posibilidad de traer metal de Inglaterra, entendió que los capitalistas aportarían su oro “antes escondido en sus gavetas”, a las cajas, y así el metal circularía nuevamente; quedó decidida la fundación de un Banco que sería particular "con todo el apoyo del gobierno" (mixto, en realidad). La idea fue naturalmente bien acogida: el Banco emitiría billetes de papel para suplir la carencia de metálico, que circularían sin desconfianza pues serían canjeables a la vista en las ventanillas de la institución. El comercio se reactivaría, no habría más usura y retornaría el florecimiento de antes de la evasión del metálico. Se entendió que un encaje metálico en el tesoro del banco igual a la sexta parte del papel emitido -como enseñaban los manuales de Economía Política en uso- era suficiente garantía para la circulación del papel. El 15 de enero el gobierno presenta a la junta de comerciantes el proyecto de "Banco de Buenos Aires" preparado por el ministro García; el mismo día queda formada la comisión provisoria encabezada por William Carthwright e integrada, entre otros nombres criollos, por Joshua Thwaites, James Brittain y James Barton, comerciantes de exportación. Sus bases legales serían: 1) Capital de un millón de pesos, descompuesto en mil acciones de mil pesos; los accionistas pagarían el 20% al suscribirlas, otro 20% a los 60 días, y el resto cuando el banco lo dispusiese; 2) Monopolio Bancario por veinte años prorrogables; 3) Emisión de billetes de banco a prestar mediante un interés al comercio que serían canjeables en oro a la vista; 4) Aceptación de depósitos particulares al interés fijado por el Directorio; 5) Recepción de los depósitos de Tesorería de la Provincia actuando como agente financiero de ella; y 6) Privilegios impositivos y judiciales: sus acciones y transacciones no estarían sujetas a impuestos, y no correrían en sus ejecuciones los términos comunes.

Al discutirse en la Junta de Representantes el 18, 19 y 20 de junio, el ministro García repite que el objeto del Banco es remediar la falta de metálico con una circulación garantizada de moneda de papel. Como algunos diputados observaron que la fuga del metal fue debida precisamente a quienes aparecían ahora como socios directores del Banco, García corrige que la carencia del metal no se debe a su exportación sino a encontrarse cerradas las comunicaciones con el Alto Perú, proveedor de metales, y sobre todo haber aumentado en la plaza los capitales en giro por la instalación de gran número de casas de comercio extranjeras. Poco se debate, el diputado José Moreno objeta el monopolio por 20 años que impediría la formación de otros bancos, pero replica Rivadavia que el monopolio, lejos de impedir la instalación de nuevos bancos, la favorecería; el curioso argumento no tuvo réplica y la ley quedó aprobada el 22 de junio por gran mayoría.

El 15 de julio se constituye la Sociedad de Directores y Accionistas del Banco de Buenos Aires y el 6 de agosto la institución llamada Banco de Descuentos abre sus puertas. La mayor parte de los accionistas habían pagado la primera cuota de sus acciones en pagarés que levantarían después con papel al hacerse otorgar crédito, el restante 80% sería abonado, también en pagarés. Solamente 239 acciones (menos de la cuarta parte) se pagaron en efectivo y fue el único capital metálico de la institución. Resultó un negocio magnífico ser accionista del Banco: como el descuento se fijó en el 9% anual y el interés de las acciones osciló entre el 19 y 24% por año, los inversores obtuvieron una ganancia neta del 10 ó 15% de un capital que en ningún momento arriesgaron. Con razón pudo decir Rivadavia en el mensaje de mayo de 1823: "La institución del Banco progresa más allá de toda esperanza: ofrece utilidades muy superiores a su edad”. Los billetes del Banco reemplazaron a 1os metales en las transacciones de plaza: sirvieron para que los comerciantes al exterior pudieran llevarse el poco metálico en una cantidad hasta entonces inusitada: en 1822 salieron 1.358.814 pesos oro en fragatas inglesas, les bastaba cambiar en el Banco su papel por oro a la vista. El crédito en manos de los exportadores, extranjeros comerciantes radicados en el país y ligados a los beneficios del puerto, favorecía al comercio de exportación inglés, empleándose contra los propios intereses nacionales, según lo denunciaría más tarde (1823) Nicolás Anchorena diciendo que “los patriotas de Montevideo, aprovechando la retirada de las tropas portuguesas al mando de Gral. Lecor, esperaban recuperar su independencia mediante su adhesión a Buenos Aires: entonces una casa extranjera que no existe ya en Buenos Aires, se comprometió con Lecor a darle una suma mensual en onzas de oro. ¿Y de dónde creerán ustedes, señores compatriotas que se sacaba? . . . Del Banco de Descuentos: descontando letras allí, tomando billetes y después cambiando los billetes por onzas de oro. Los directores del Banco contribuían de este modo indirecto, a continuar nuestra esclavitud y la de nuestros hermanos. ¿Y qué contestaban?: Nosotros no tenemos nada que ver con la política; a nosotros nos traen letras con buenas firmas y no tenemos más que descontar". Aún así, se procuraba rellenar con verdaderos” nombres criollos los puestos del directorio, a tal punto que a veces se recurría a algún estanciero despistado, ocurriendo episodios risueños como el trascripto en el acta de la asamblea del 27 de septiembre de 1824 (citado en uno de los estudios históricos hechos por Scalabrini Ortiz) en el que había sido elegido director alguien señalado por el acta con las iniciales S. V. (¿Sáenz Valiente?), quien no acepta expresando el motivo que tenía para no admitir dicho honor: creía lo que generalmente se dice en el pueblo y es que en el Banco los extranjeros ejercen una influencia perniciosa para el país a cuyo abuso él no quería contribuir más. El 23 de enero de 1825 el general Las Heras, militar patriota de propósitos sanos y gobernador de Buenos Aires, había sido investido por la Ley Fundamental con facultades de preparar un ejército y un tesoro nacionales a fin de llevar a cabo la guerra con Brasil, pero lo asesoraba un "perito" en economía como su ministro de Hacienda, Manuel José García. El gobierno necesitaba metálico para el Ejército de Observación acuartelado en Concepción del Uruguay al mando de Las Heras quien pedía metálico para la conservación del ejército nacional en Entre Ríos -setiembre de 1825-, donde no se aceptaban los billetes de banco, el directorio resolvió el problema creando una agencia en Concepción del Uruguay con un pequeño encaje de oro y diez mil pesos en cobre ante la previsible guerra con Brasil; el Banco no pudo dárselo. Era inútil que el general pidiera a Baring la remisión en oro del escaso remanente del empréstito, pues los banqueros de Londres no pudieron (quisieron) mandarle más de 11.000 onzas, pero como “ingenuamente” lo hicieron por intermedio del Banco, éste resolvió quedarse con el metal aduciendo que su existencia de oro disminuía y debía consolidarla. Las Heras propuso crear con el remanente del empréstito una entidad fiscal nacional para sustituir al Banco inglés en el manejo financiero, pero la mayoría del Congreso era incrédula de una acción del Estado, entonces el 5 de enero de 1826 se presenta una transacción a estudio del directorio del Banco: formar un banco verdaderamente mixto incorporando el dinero del empréstito como aporte fiscal. El Congreso vota el 28 de enero de 1826 la Ley de Banco Nacional de las Provincias del Río de la Plata que modificaba el primitivo proyecto, el 7 de febrero Rivadavia reemplaza a Las Heras en el Ejecutivo Nacional y recién entonces los accionistas aceptan la integración del Banco, pero debiendo tomarse sus acciones al 140% del valor escrito en un negocio “perfecto”: el nuevo Banco compraba en 1.400.000 pesos una deuda de 2.750.000.

En noviembre -vísperas de la declaración de guerra a Brasil- fue retirado por particulares tanto oro que la institución quedó al borde de la bancarrota y el gobierno sin onzas de plata ni chirolas de cobre para pagar al ejército. Es sugerido un remedio heroico: "resellar los pesos fuertes (de plata) dándoles un aumento para impedir su exportación"; la idea hubiera detenido la exportación de plata, pero como era de esperar,, el directorio la rechaza: en cambio sugiere al gobierno otro empréstito en Londres "en remesas de oro sellado por 1.240.000 pesos”, para nada parecía servir la experiencia con Baring. El ministro García se limitó a decir que "estaba proyectando arbitrios para suplir la falta de metálico", se supo luego que los arbitrios, eran llevar al Banco los fondos que quedaban del empréstito y autorizarle a emitir billetes, no metálico, en gran cantidad. Pero desde 1825 la mayoría de las acciones no estaban ya en manos de residentes: sobre un total de 835 acciones, 434 eran de titulares con domicilio en el extranjero, 135 de extranjeros residentes y 284 de criollos. Esta emigración es denunciada por García en el Congreso Nacional, no con indignación patriótica ni para quitarle al Banco sus privilegios, ni siquiera para poner freno a la constante salida del oro que el Banco parecía favorecer; lo hace para que los diputados obraran con discreción en las cosas del Banco y no le crearan dificultades pues, según dijo: "el país necesita de Inglaterra".

Beneficios otorgados por el Banco:

Asamblea Circulante Papel Efectivo Dividendo

1824 - febrero 910.000 154.000 10 %

1825 - febrero 1.698.000 285.000 10 %

1826 - febrero 2.700.000 255.000 11,5 %

La emisión de papel crecía mientras el efectivo aumentaba poco. En enero de 1826 se llega a tal inestabilidad de la institución que no podría resistir el cimbronazo de la declaración de guerra a Brasil. Con el bloqueo brasilero se inicia el pánico que no se resultó en corridas de depositantes para sacar sus depósitos, sino en tenedores de billetes que extrajeron todo el oro posible; además se habían encarecido las mercaderías extranjeras, presentándose la oportunidad de dar impulso a la industria local cuyas mercaderías eran vendidas a altos precios en Buenos Aires, hecho que es visto con recelo por los ingleses. Rivadavia faculta al directorio a restringir los créditos prestándose solamente a los accionistas bajo pretexto de invertirlo en empresas de sospechosas características; también el gobierno saca dinero (que jamás se devuelve): “se estaba en guerra con Brasil”, pero en realidad iba destinado al Ejército Presidencial que impondría el partido unitario en las provincias federales. El directorio se ve obligado a pedir al gobierno el curso forzoso, es decir la inconvertibilidad de los billetes de papel, y así se hace, cuando solo quedan en el tesoro apenas 14 mil onzas de oro (224.000 pesos) y 17 mil macuquinas de plata (17.000 pesos). Para no dar una sensación de desaliento, los accionistas hicieron creer que el Banco andaba viento en popa y que el “curso forzoso" había sido un paso inevitable en tiempos de guerra, votando un dividendo del 11,5% en la asamblea semestral de febrero. En realidad la ganancia era artificial y en el ejercicio de febrero de 1826, el Banco estaba expuesto a cerrar sus puertas por la enorme masa de billetes en circulación sin respaldo metálico. E1 canje lo hacían los exportadores ingleses de metal que en 1822 se llevaron 1.385.000 pesos oro y en 1825, 1.551.921. Un ardid ideado por García puso la dirección en manos exclusivas de los accionistas particulares: existía el derecho de representación para todos menos para el Estado. Con razón Julián Segundo de Agüero (futuro ministro de Rivadavia), para quitar sospechas contra el Banco mixto a los partidarios de la libre empresa, dijo en el Congreso que “aunque el Estado compre acciones, no podría ejercer perjuicio alguno a los accionistas. Con los mismos privilegios del Banco de Descuentos (monopolio bancario por diez años), ahora extendidas a toda la nación, el Banco Nacional inició sus operaciones el 11 de febrero de 1826, y el curso forzoso fue levantado. Pese a esa desvalorización y al bloqueo brasileño que impedía la exportación de oro, los tenedores de papel se aglomeraron en ventanillas, algunos obtuvieron créditos del mismo Banco que inmediatamente cambiaron por oro: a 20 días de reanudado el cambio libre del oro, éste se agotó; el Banco dispuso entonces comprar pastas y barras en las provincias y en Chile entregando en pago las letras del empréstito. Era la ruina a corto plazo, pero permitía a Rivadavia decir que se "mantenía el valor del peso". La “inconversión” fue disimulada el 5 de mayo con una ley llamada de Lingotes que permitía a los tenedores de papel cambiarlo no en simples monedas, sino nada menos que en lingotes, cosa que nunca ocurrió. Los soldados que en febrero del año siguiente triunfarían en Ituzaingó, recibirían su paga con retraso y en "certificados de la deuda" que, a pesar de no querer recibirlos, debieron aceptar y seguir combatiendo por la patria que nada les daba.

El Empréstito de la “Baring Brothers & Co.” de Londres

El 19 de agosto de 1822 la Sala de Representantes autoriza por ley Nº 430, dentro o fuera del país, negociar con el extranjero los fondos necesarios para llevar a cabo proyectos de gobierno. Así, Rivadavia solicita a mister Bary (primer gestor del empréstito inglés) un empréstito de 2 ó más millones con las adecuadas garantías para la construcción de un puerto, la fundación de una serie de ciudades de frontera para ganar territorio,, la fundación de un banco y la construcción de una red de agua potable. La propuesta consistía en negociar en la bolsa de Londres la colocación al tipo 70, es decir que Buenos Aires se obligaba por 100, pero recibía 70; transacción que se efectivizó en 1824. La operación era sencillamente una estafa a Buenos Aires pues los encomendados para firmar el primer el primer empréstito exterior del país: Parish Robertson y Castro, lograron que la casa bancaria Baring colocara al tipo del 85 pero girase a Buenos Aires al tipo del 70, repartiéndose la diferencia entre banqueros y (ellos) comisionistas; siendo emitidos 2000 títulos de 500 libras (1 millón de libras) garantizadas por Buenos Aires con la hipoteca de sus tierras fiscales (razón de la enfiteusis) inhibiéndose de disponer de ellas mientras tuviera vigencia el empréstito, con sus rentas y sus bienes. El interés pactado por los bonos era del 6% anual (el doble de la tasa usual en Londres en aquel momento). La primer colocación fue retenida por los inversores y fue de 300.000 libras; el interés de cuatro semestres retenidos por Baring de 120.000 libras; la amortización retenida por ésta casa financiera de 10.000 libras, lo que suma un total retenido de 430.000 libras y lo remesado de 570.000, aunque la deuda asumida fue directamente de 1.000.000 libras que en lugar de ser remitida en oro, la mayor parte de lo prometido llegó en letras contra comerciantes ingleses que lo abonaron al Estado con billetes impresos por el Bco. de Descuento siendo que el banco no disponía de metálico para los billetes emitidos, es decir que Buenos Aires asumió un compromiso con el exterior por un millón de libras en oro. Este empréstito fue un rotundo fracaso para el Estado y siguió un largo camino: se terminó de pagar en 1902 al valor de 5.000.000 libras, según un estudio completo realizado por Scalabrini Ortiz.

La Ley de Enfiteusis

La enfiteusis consiste en el goce perpetuo o a largo plazo de la tierra mediante el pago de un arrendamiento o canon al propietario. La Ley de Enfiteusis dictada por el Congreso Nacional el 18 de mayo de 1826 estableció en 20 años la duración de las concesiones, debiendo tasarse cada diez por un jury compuesto por vecinos del partido y titulares de derechos; el monto del arrendamiento anual sería el 8% de la tasación en los campos de pastoreo y 4% en los de agricultura; se daban facilidades para el pago del primer año abonándoselo en cuotas al solventarse la 2ª y 3ª anualidades. No decía nada del máximo a conferirse ni de la obligación de poblar. La de 1826, como la de 1822, no era una ley de colonización, sino un expediente financiero para sacar provecho a una prenda hipotecada. La aplicación de la ley resultó un fracaso, aún desde un punto de vista financiero: las tasaciones, realizadas por los mismos vecinos, fueron naturalmente bajas, pero ni aún así los enfiteutas nunca pagaron la disminuida cuota de su canon. Creyendo en sus campañas a favor de la inmigración europea con el fin de crear un capitalismo agrario, algunos vieron en las leyes de enfiteusis de la tierra pública dictadas en 1822 y 1826 una política social en beneficio de "los que trabajan la tierra, los que la hacen producir directamente con su afán y desvelos"; que la tierra "dejara de ser un arma política de corrupción y dominación"; que "los elementos de la naturaleza no deben ser objeto de la apropiación privada, y así como a nadie se le consentiría titularse dueño del sol, del viento, del mar o de los ríos, así tampoco debiera concedérsele la propiedad de la tierra", y una tentativa de "evitar que pasara al dominio privado un valor de gran necesidad para los intereses nacionales". Nada más lejos de la mentalidad de Rivadavia que era un liberal opuesto a toda asociación, no estableció la enfiteusis porque creyese a la tierra libre, no repartió "parcelas" para fomentar la pequeña agricultura, ni retuvo su dominio fiscal para custodia de los intereses nacionales: dio cientos de leguas en largos arrendamientos sin fijar un máximo de la extensión ni de la obligación de trabajarla. La dio en enfiteusis porque no pudo darla en propiedad pues la había hipotecado a los acreedores ingleses. Allí quedó su ilusión de implementar una política agraria.

En julio de 1821 el gobierno de Buenos Aires designa una Comisión de Hacienda para establecer el monto de la deuda interna nacional, si la provincia se había apoderado del Impuesto Nacional por excelencia: la aduana, era justo que corriese con los gastos nacionales (la deuda contraída en los años de la guerra de la independencia aún pendiente de pago que consistía en cupones de la "Caja Nacional" de Pueyrredón de 1818, letras de tesorería en descubierto, jornales de soldados, créditos de proveedores y aún expedientes coloniales anteriores a 1810, en fin, pequeños acreedores que no pudieron sacar adelante la orden de pago o cobrar sus letras antes de la crisis de 1820). Ahora la Nación (Buenos Aires) había desaparecido y sus créditos quedaban en el aire; como la posibilidad de cobro era muy lejano y la urgencia de dinero mucha, la mayoría de los titulares de esos créditos los habían traspasado por la décima y aún vigésima parte de su valor. Al nombrarse la Comisión de Hacienda y suponerse la posibilidad de cobrar, se produjo una puja para adquirir los créditos casi totalmente despreciados. Comerciantes bien informados compran a 30% los anteriores a 1810 y a 45% los posteriores. La Comisión de Hacienda se expide en octubre de 1821: hay cerca de 1.600.000 pesos de deuda interna nacional. El gobierno el 30 de octubre crea por ley la Caja de Amortización de Fondos Públicos encargada de canjear los créditos por certificados de "fondos públicos" que rentarán al 4% los anteriores a 1810 y 6% los posteriores. Se emiten cinco millones de certificados: dos millones son canjeados por los créditos impagos y los restantes tres millones entregados en pago de gastos extraordinarios realizados en 1822. Los "fondos públicos" estaban garantizados con especial hipoteca "sobre toda la propiedad mueble e inmueble de la provincia".

Por decreto, el 17 de abril de 1822 se inhibió a la provincia para disponer de su propiedad: se prohibió a sí misma "dar títulos de propiedad, ni rematar, ni admitir denuncia de terreno alguno": la provincia inmovilizó su tierra pública. Si no se podía vender el suelo, debería buscar otra manera de hacerlo producir y se pensó en arrendarlo. Un decreto del 1º de julio, ordenó "poner (las tierras públicas) en enfiteusis con arreglo a la minuta de la Ley sobre terrenos". Esta minuta había facultado al Escribano Mayor de Gobierno a extender escrituras de arrendamiento, con mención del canon a convenirse a todos cuantos denunciasen terrenos baldíos, sin la obligación de poblar, quedando el canon sujeto a un acuerdo entre el denunciante y la provincia. No se trataba de un plan de colonización agraria, sino de un simple recurso financiero. Por decreto, el 27 de setiembre de 1824 se fijó el mínimo, no el máximo, a darse en enfiteusis: "No podía ser menor de media legua de frente por legua y media de fondo", una suerte de estancia; las extensiones menores denunciadas como baldíos pertenecerían al lindero a "quien el gobierno considere con más derecho", no fueron muchas las solicitudes de enfiteusis entre 1821 y 1825, apenas de algunos propietarios por baldíos fiscales contiguos a sus propiedades: la gran extensión de tierra sin dueño estaba más allá de los fortines y existía el problema de los indios. La antigua frontera de 1810 que corría al norte del Salado se mantenía sin variantes diez años después de la Revolución, sólo algunos estancieros emprendedores y en buenos términos con los indios (Rosas, Ramos Mejía, Anchorena) se habían arriesgado a poblar el sur.

En Londres los comisionistas del empréstito habían dado, el 1º de julio de 1824, como válidos los "amplios poderes" otorgados por la ley, de "todos los bienes, rentas, tierras y territorios" de Buenos Aires como garantía del empréstito concertado con Baring: el Bono General estableció, pues, una segunda hipoteca a favor de los tenedores de títulos exteriores sobre la tierra ya gravada con primera hipoteca en garantía de los títulos internos. Por Ley de Consolidación de la Deuda de 15 de febrero de 1826, extiende a toda la nación la garantía hipotecaria que gravaba a la tierra de Buenos Aires: "Queda especialmente afectada al pago de la deuda nacional la tierra y demás bienes inmuebles de propiedad pública cuya enajenación se prohíbe". El reglamento de la ley del 6 de marzo dictada por Rivadavia, Presidente de la República desde el 8 de febrero, destaca que "están especialmente hipotecadas todas las tierras y demás bienes inmuebles". La tierra ganada a los indios en Buenos Aires y la seguridad por la paz del Guanaco, fue la causa de muchas concesiones de enfiteusis a partir de 1825, era zona fronteriza y no todas podían considerarse en rigor "latifundios" por su sola extensión, pero casi todas tomaron ese carácter porque sus concesionarios no las explotaron directamente, limitándose a subarrendarlas o dejarlas improductivas a la espera que pasasen los 33 años de la amortización del empréstito. La fiebre de las concesiones de enfiteusis llevó a algunos especuladores a denunciar más allá de las fronteras (las tierras ganadas a los indios estaban desiertas): eran derechos "en expectativa" de una futura extensión de las mismas, otros: agrimensores hábiles, localizaban baldíos en regiones colonizadas ocupadas por criollos sin más título que una larga posesión, un rancho y algún rodeo de vacas. Muchos de ellos, sino todos, eran propietarios por posesión larga y pacífica, pero no habían gestionado su título. El 28 de septiembre (1825) el gobierno de Las Heras dispuso que "quienes sin previo aviso se hallasen ocupando terrenos del Estado, gestionasen dentro de seis meses su concesión en enfiteusis bajo amenaza de desalojo. Ninguno lo hizo: posiblemente estos criollos se creían propietarios, no leían el Registro Oficial o no tendrían la extensión mínima de una "suerte de estancia" para pedir la enfiteusis. En consecuencia, el 15 de abril del año siguiente (1826), Rivadavia, por la ley de Capitalización, "en vista de no haberse ejecutado con todo rigor” el decreto del 28 de septiembre pasado, dispuso "desalojar irremisiblemente por la fuerza pública a los intrusos y entregar sus tierras a quienes las habían solicitado en enfiteusis". Se da así la razón del primer efecto social de la enfiteusis: el desalojo de los que trabajan la tierra para dársela a quienes especulaban con ella.

El más importante de los concesionarios, por la localización y calidad de las tierras, fue la Sociedad Rural Argentina, entidad por acciones creada para explotar la enfiteusis y hacerse dar las mejores concesiones con el apoyo de Rivadavia, presidente de la República y administrador de la provincia de Buenos Aires, y mediante la ley de Capitalización; además compran los derechos de otros enfiteutas hasta llegar a ser "un pulpo agrario cuyos tentáculos se extendían a varios partidos de la provincia": no explotaba establecimientos ganaderos, pues su negocio consistía en subarrendar, pleitear con vecinos y esperar la valorización.

Dorrego no pudo desgravar la hipoteca sobre la tierra, se limitó a reglamentar la enfiteusis tratando de hacer con ella una política de colonización, estableciendo un máximo de 12 leguas por concesión. Viamonte hace dictar en septiembre de 1829 al Senado Consultivo una ley (posiblemente proyectada por Rosas), dando en propiedad a quienes cumplieran diversos requisitos de colonización y defensa pequeños lotes de “una suerte de estancia" (media legua por legua y media) en la frontera de los indios. Fue la primera medida oficial que abolía la hipoteca sobre la tierra pública pero no se pudo cumplir de inmediato; llegado Rosas al gobierno, la pone en vigencia en junio de 1832.

El Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Gran Bretaña

El 2 de febrero de 1825 Rivadavia firma el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Gran Bretaña otorgándole grandes privilegios sobre la estructura económica de las Provincias Unidas del Río de la Plata (aunque se cree que fue García el mentor del tratado anglo-argentino junto con su aliado inglés Parish). Es importante destacar que en el Tratado a Inglaterra se la designa como “Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda”, dándosele el carácter correspondiente a un Estado jurídicamente organizado como monarquía, en cambio a las Provincias Unidas del Río de la Plata, se las designa como “Territorios”, o sea, como un área geográfica que no se halla jurídicamente constituida bajo la forma republicana, ni monárquica, ni ninguna otra forma de gobierno, sólo son “territorios” que no están conformados como un Estado, como un país y aún así quedan ligados por “perpetua amistad” a Gran Bretaña.

En el Artículo I se establece que entre el Reino Unido y las Provincias Unidas del Río de la Plata y sus habitantes habrá “perpetua amistad”; cabe aclarar que esa perpetua amistad no ha de ser con los “ciudadanos” sino con los “habitantes”, de ello podemos inferir que las Provincias Unidas habrán de estar ocupadas por “habitantes transitorios” que no sean los “ciudadanos” arraigados en ellas. En el Artículo II se determina que Gran Bretaña, “sus súbditos” y los “habitantes” que residan en ella podrán arribar con sus buques y cargas para ejercer el comercio en “cualquier puerto, paraje o ríos” de las Provincias Unidas en los cuales podrán “entrar, permanecer y residir”, pudiendo alquilar casas y almacenes en cualquiera de esos lugares para realizar sus operaciones; con esto presupone que los ríos interiores de las Provincias Unidas son de libre navegación para los británicos con exclusión de cualquier otra bandera. En tales circunstancias, la extensión de la “reciprocidad” para las Provincias Unidas a otros dominios de S.M.B. fuera de Europa señalada en el Artículo III, configuró una verdadera burla: Gran Bretaña contaba con la primera flota de guerra naval del mundo y también con la primera flota mercante, mientras las Provincias Unidas, no contaba con posesiones similares en absoluto. Por el Artículo VII la propiedad de buques de las Provincias Unidas del Río de la Plata —para ser reconocida como tal— debía reunir algunos requisitos: Los buques debían pertenecer a ciudadanos de las Provincias Unidas y no ha simples habitantes y debían haberse construido en territorios de las Provincias Unidas; además el capitán y tres cuartas partes de la tripulación debían ser ciudadanos de las Provincias Unidas, y agrega este artículo que “se estipula por la presente que todos los buques construidos en los dominios de Su Majestad Británica que sean poseídos, tripulados y matriculados con arreglo a las leyes de la Gran Bretaña, serán considerados buques británicos”. Con este triple requisito, Gran Bretaña evitaba que las Provincias Unidas pudiesen arrendarle buques a otras potencias marítimas rivales suyas, como lo eran Francia y los EE.UU. de Norteamérica en aquellos tiempos. Este tratado le fue impuesto sucesivamente y con intervalos de pocos meses a Chile, Perú, Gran Colombia (Colombia y Venezuela unidas) y México, todo el hemisferio americano quedó vinculado con el mundo sólo por buques británicos, con virtual exclusión de los buques de otras nacionalidades que no hubieren firmado con las Provincias Unidas un tratado similar. Complementando este artículo, el VI, establece que los productos que se introduzcan en Gran Bretaña, o en las Provincias Unidas (es decir, tanto de importación como de exportación) sea que se transporten en buques de las Provincias Unidas (que no existían) o británicos, pagarán los mismos derechos. Con estas estipulaciones de los artículos VI y VII virtualmente se prohibía al país regular su navegación marítima de la misma manera en que Inglaterra había regulado la suya. El Artículo VIII otorga a los “comerciantes ingleses, comandantes de buques y demás súbditos de S.M.B.” la misma libertad que tienen los naturales o hijos del país para manejar sus asuntos comerciales. No tienen obligación de emplear a naturales del país como “corredores, factores, agentes o intérpretes” ni de pagarles salarios a menos que así lo convengan, y puedan fijar los precios de los productos que se extraigan o introduzcan en las Provincias Unidas. Los ingleses se amparaban en el más riguroso liberalismo contractual con los argentinos anulando toda intervención de los poderes públicos de las Provincias Unidas en cualquier aspecto del comercio. Es importante destacar que este artículo no concede a los ciudadanos y habitantes de las Provincias Unidas la misma “reciprocidad” para actuar en esta materia en Gran Bretaña, levantando así una base de poder económico creciente que llegó a abarcar todas las regiones del país y a ejercer la suficiente influencia como para contrarrestar los impulsos naturales y espontáneos de los organismos nacionales. El Artículo IX otorgaba a las partes contratantes en sus respectivos dominios la cláusula de ser “la Nación más favorecida”, lo que lleva a las Provincias Unidas a no poder otorgar a otra Nación o a sus ciudadanos derechos superiores que los otorgados a Gran Bretaña. Con respecto a este principio hay “reciprocidad” porque jamás la estructura económica argentina, condicionada como se hallaba por Gran Bretaña, podría actuar en ese país para incidir sobre su economía y sus finanzas y jamás Gran Bretaña habría de otorgar a país alguno, beneficios superiores a los que ella da a las Provincias Unidas por este Tratado. Respecto a los gravámenes impositivos, el Artículo IV dispone que tanto los artículos procedentes de las Provincias Unidas que lleguen a Gran Bretaña como los artículos procedentes de Gran Bretaña no pagarán mayores derechos, así como los artículos que se extraigan de uno u otro lugar. El Artículo V dispone, en cuanto a gravámenes marítimos por tonelaje, salvamento, avería o naufragio, que los buques británicos de más de 120 toneladas pagarán los mismos derechos y por igual monto que los que pagan los buques (inexistentes) de las Provincias Unidas. El Artículo X autoriza la designación de los funcionarios (cónsules) encargados de ejecutar todas las franquicias otorgadas, el primer Cónsul de Gran Bretaña fue Woodbine Parish, quien presentó sus cartas credenciales expedidas por el Ministro Británico George Canning el 15 de diciembre de 1823, y fue reconocido como tal recién el 6 de abril de 1824 por Decreto que firma Bernardino Rivadavia. El Artículo XI cercena el derecho de defensa económica de la Nación en caso de guerra entre las partes contratantes. Las Provincias Unidas en caso de llegar a un enfrentamiento bélico con Gran Bretaña, no podrían proceder al “embargo, secuestro, ni a ninguna otra coacción contra las propiedades de los británicos” situadas en nuestro país. Esto se aplicó rigurosamente durante la Guerra de las Islas Malvinas: mientras el Ejército Argentino combatía como podía en el archipiélago y era masacrado, mientras se derribaban aviones de la Fuerza Aérea que hicieron proezas, mientras se hundían buques como el crucero “General Belgrano”; el Banco de Londres en Buenos Aires y todas sus sucursales permanecieron abiertas y operando normalmente, todo lo contrario al quehacer primero de una guerra: incautarse la propiedad enemiga. Por el Artículo XIII los súbditos de S.M.B. tenían pleno derecho de disposición sobre las propiedades y bienes de toda clase que tuvieran en las Provincias Unidas, pudiendo disponer de ellas por testamento. En caso de fallecimiento de un súbdito británico sin que hubiere testamento, el Cónsul General nombrará “curadores” que se encarguen de las propiedades del difunto “sin intervención alguna” de las autoridades del país, que serán únicamente anoticiadas de lo que el Cónsul toma a su cargo. En el Artículo XII, previendo que las relaciones de intereses y de súbditos británicos han de ser sin límite en el tiempo, los faculta para que tengan iglesias y capillas de su culto y cementerios propios, garantizándoles el libre ejercicio de su religión. En cambio, por lo que eventualmente sucediera, los súbditos de las Provincias Unidas en Gran Bretaña tendrán ilimitada libertad de conciencia solamente y en los recintos cerrados de las “casas de sus morada o en los sitios (templos) de su culto”, “conforme al sistema de tolerancia establecido en los dominios de S.M.B. (el anglicano)”, sistema que no toleraba el sacrificio de la misa católica, la invocación de la Virgen María ni de ningún santo. Finalmente, por el Artículo XIV las Provincias Unidas se obligaban a cooperar con la política de S.M.B. de abolición total del tráfico de esclavos, la razón: hasta antes de la invención y difusión de la máquina de vapor el comercio de esclavos estuvo casi absolutamente en manos de traficantes ingleses y portugueses; con la máquina a vapor y el trabajador asalariado se logró un sistema de producción que resultaba menos costoso que el inhumano sistema esclavocrata, además en Brasil la mano de obra esclavista resultaba competitiva para las máquinas inglesas; razón de más para que Gran Bretaña se lanzase a la prohibición de la trata de esclavos con la misma naturalidad con que antes se había dedicado a su caza; no por sentimiento, sino por intereses; de ésta manera el 24 de mayo de 1839 se firmó en Buenos Aires el Tratado entre Gran Bretaña y la Confederación Argentina para la absoluta abolición del tráfico de esclavos.

Constitución de 1826

Después de dos años de deliberación del Congreso elegido por las provincias en 1822, se dicta una nueva Constitución que difiere de su antecesora, la de 1819, en que excluye la monarquía y proclama una república; estipula la elección de un presidente y un Congreso, y una separación de poderes según el modelo de los Estados Unidos. Reconocía el derecho a las provincias en su autogobierno y proponía planes para compartir las rentas de Buenos Aires. Sin embargo, contenía varios rasgos decididamente unitarios que provocaron el disgusto de los federales ya que daba al Poder Ejecutivo un mandato de 9 años y numerosos privilegios personales, entre ellas el poder de nombrar y destituir gobernadores provinciales. Proponía instalar el gobierno en Buenos Aires separando la ciudad de su provincia circundante convirtiéndola en una jurisdicción federal. Las provincias deberían disolver sus milicias, abolir los aranceles locales, impuestos de tránsito y la emisión de sellos, y ceder las tierras al gobierno nacional (que quedarían bajo la Ley de Enfiteusis) a cambio de la cancelación de las deudas provinciales. Mientras se discutía la Constitución, el Congreso elige a Rivadavia como Presidente de las Provincias Unidas de América del Sur.

Oposición Federalista y Caída del Unitarismo

Tanto la Constitución como el nuevo régimen instaurado fueron repudiados de pleno por los caudillos, quienes desconfiaban de las promesas del gobierno central de compartir las rentas y se negaban a suprimir los aranceles provinciales y disolver sus fuerzas, argumentando que hacerlo sería invitar a Buenos Aires a invadir las provincias. Rivadavia les hizo frente, al igual que a los ganaderos locales que se quejaban (y con justa razón) de que sus dos bancos estaban monopolizados por comerciantes británicos, y desaprobaban también su plan de separar la ciudad y la provincia de Buenos Aires, considerando que el plan no era más que una estrategia para reforzar la dominación política de los grupos mercantiles a la par que despojaba de fondos a los ganaderos y apoyo militar en las guerras de fronteras.

El comercio decayó a casi un tercio en 1827 respecto de lo que fue en 1824. Con 20.000 hombres al frente de batalla de la guerra con Brasil, los gastos de ésta hicieron que fuese mucho más costosa: el bloque brasilero había obligado al gobierno a dejar de pagar los reembolsos por el préstamo de Baring, encolerizó a los ganaderos contra el gobierno (sus ganancias con las exportaciones decayeron) y a los comerciantes británicos (para quienes la inflación significaba un paralizante impuesto indirecto), interfiririendo en la economía ganadera y el comercio exterior, y como para todo hay un culpable, el único señalado por ésta situación fue el primer mandatario.

La presidencia de Rivadavia (1827), con apenas 6 meses, estaba al borde de la disolución. Las provincias de Córdoba, La Rioja, Catamarca y Sgo. del Estero, bajo el mando de Bustos, Juan Facundo Quiroga e Ibarra, habían formado una alianza militar para resistirse a la Constitución. En julio de 1827, ante rumores de una revuelta de ganaderos en Buenos Aires, y tanto los grupos mercantiles como los británicos habían quitado su apoyo al gobierno, Rivadavia renunció a la presidencia el 27 de junio, dejando el cargo el 3 de julio en medio de un tremendo caos político, diplomático, moral y financiero: no quedaba en caja ni una onza de oro, ni un peso de plata ni un billete de papel, deudas solamente (más de diez millones de pesos, dos veces el capital nominal del Banco pues los "adelantos" eran a interés compuesto). El poder corruptor del Banco en la clase social que dominaba la política era completo.

A Rivadavia lo sucede Manuel Dorrego en medio de otra sucesión de guerras civiles, quien, para aplacar a los caudillos, anuló la Constitución y reconoció la autonomía de las provincias. Las hostilidades cesan en 1828 cuando una propuesta de paz británica es aceptada por Brasil y Buenos Aires conviniendo ambos países en abandonar toda pretensión sobre la orilla oriental, admitiendo su independencia con el nombre de República Oriental del Uruguay. Sobre finales del mismo año retornan a Buenos Aires las tropas que habían combatido en la banda oriental al mando del Gral. Juan Lavalle y las conducidas por José Ma. Paz a Córdoba, ambos intentaron tomar el poder en nombre de los depuestos unitarios, así, el desafortunado Dorrego fue capturado por Lavalle y fusilado. En Córdoba, Paz derrocó a Bustos y rechazó una invasión de Quiroga. Lavalle no fue capaz de retener Buenos Aires frente a una milicia de peones y gauchos comandados por Juan Manuel de Rosas. Desplegada la bandera federal en Buenos Aires, Rosas formó una alianza con López en Santa Fe en abril de 1829 y entre ambos derrotan a Lavalle; en ésta fecha (según resulta de un informe de su apoderado F. Schmelling) Rivadavia era aún un fuerte accionista del Banco, (luego se marchó a Europa para regresar a Buenos Aires en 1834 y hacer frente a las acusaciones de sus enemigos políticos, condenado al exilio, viaja a Cádiz -España- donde muere en 1845; sus restos fueron repatriados en 1857). Después de dos largos años de anarquía, a finales de 1829 Rosas es nombrado gobernador de Buenos Aires.

CONCLUSIÓN

Como hemos podido ver, ha contado Bernardino Rivadavia a lo largo de su historiografía, diferentes corrientes críticas, algunos han llegado a ser muy duros con él tachándolo de fraudulento y corrupto, otros han creído en el hombre honrado cuyo mayor pecado haya sido quizá la inocencia y confianza en quienes lo rodeaban, lo cierto es que su historiografía siempre se caracterizó por dedicársele un capítulo a cada una de sus iniciativas comentándolas en sí mismas, sin hilar relación con el medio, las circunstancias y la realidad de lo ocurrido con cada una de ellas. San Martín, en carta a O'Higgins decía: “Sería de no acabar si se enumerasen las locuras de aquel visionario -y la admiración de una gran número de sus compatriotas-creyendo improvisar en Buenos Aires la civilización europea con sólo los decretos que diariamente llenaba en lo que se llama Archivo Oficial”. Y así es, fue Rivadavia un gran visionario, un gran hombre adelantado a su época en sus intenciones de concretar proyectar irrealizables en aquel momento, pues un hombre de gobierno que es lo que necesitaba el país, no debería correr más que la historia ni quedarse en ella, de ahí el mote de neoborbón que algunos críticos le dan. Rivadavia no fue “el más grande hombre civil de la tierra de los argentinos”, como dijera Mitre con criterio político y no histórico, pero tampoco el “atolondrado” como algunas veces se lo ha nombrado, y mucho menos “corrompido por el oro inglés” como torpe e injustamente ha sido en algún caso identificado. Fue hombre de ilusiones no de negociados; pero de ilusiones que si encontraron apoyo en la banca británica fue porque ésta participó de ellas, y hasta con mayor optimismo. Hombres y problemas deben ser considerados en su propio papel histórico.

El Cónsul General inglés W. Parish, por ejemplo, quien no se encontraba a gusto en Buenos Aires (un "lugar desagradable y desalentador” como llegó a decir) y que sin embargo “por patriotismo y sentido del deber” se quedó nueve años), analiza en sus informes al imperio las variaciones de la política y el movimiento de los intereses económicos, pero sobretodo a los hombres públicos: simpatiza por un momento con Rivadavia "tan apegado a lo que es inglés" pero nunca tuvo mayores esperanzas en sus aptitudes para conducir con tino al país (sin embargo opina de su ministro, el Dr. Manuel José García: "correcto gentleman. . . el más hábil hombre de gobierno argentino con quien trabajara sin inconvenientes el Tratado anglo-argentino de febrero de 1825". “Extrañamente”, sabrá antes que nadie "que el gobierno nacional será nombrado en febrero próximo y el Sr. Rivadavia será puesto a la cabeza" pero le choca que el vanidoso don Bernardino, ya Presidente, se tomase en serio su cargo y lo recibiese en el Fuerte "con extrema formalidad. . . muy diferente de la franca y cordial manera que me ha dado tantas satisfacciones en todas las ocasiones públicas en este país; el viaje a Londres, el cargo presidencial y la admiración de sus amigos han sido demasiado para él", comentó. Sabe también que García no será ministro de Rivadavia, escribe a Londres diciendo: "no alcanzo a comprender cómo el gobierno podría marchar sin él". Parish fue el gestor del empréstito Baring Brothers de 1824 y del consecuente Tratado del 2 de febrero de 1825 junto a García. En virtud de este Tratado, la ahora República Argentina ha quedado desde su inicio sometida a un condicionamiento económico total por parte de Gran Bretaña. Ambas operaciones tuvieron una decisiva gravitación en la formación del vasallaje de la hoy República Argentina por Gran Bretaña, la metodología fue esta: primero, convertir al país en deudor, lo cual implica cercenarle su capacidad negociadora; luego, imponerle el Tratado de condicionamientos totales. En cualquier época y en cualquier lugar un deudor, cuando contrata sobre otros asuntos con su acreedor, lo único que puede hacer es aceptar lo que le imponen, y ésta es la inalterable tragedia de la Argentina desde 1825 hasta la fecha.

Por su parte, el cónsul Forbes, que nunca ocultó cierta admiración por Rivadavia, en carta a su gobierno decía: “Yo preferiría verlo proceder con cautela, pues, si bien todas sus iniciativas han sido, en general, bien recibidas hasta ahora, él personalmente, no es popular.” Lo sorprendente para algunos incautos es que quien fracasa es Rivadavia, y no García: mientras aquél tuvo que abandonar el país con un enorme bagaje de amarguras, éste volvió a ocupar un puesto de confianza en la labor de gobernar. Hábilmente supo esquivar colaborar con Rivadavia cuando éste fue designado presidente, siendo que había sido él, y no Rivadavia quien hiciera el tratado con Gran Bretaña, quien contratara el empréstito, quien diera efectividad a la reforma religiosa haciendo aprobar la Ley de Tolerancia de Cultos, es decir, quien determinó todo lo que interesaba específicamente a Gran Bretaña. Se cree que García realizó todo esto por suponer que los intereses británicos coincidían con los que se estimaban necesarios para crear una Argentina mejor; lo cierto es que García supo retirarse a tiempo, Rivadavia, en cambio recogió como propio todo eso que podía traducirse en gloria o en fracaso, y que no estaba en condiciones de corregir. Cuando quiso hacerlo, fue llamado de “anglófilo” (simpatizante de los ingleses) por sus contrarios, y de “anglófobo” (desafecto a los ingleses) por sus amigos.

Todas las culpas recayeron sobre él, fue el precio de haber querido todos los honores. Sin embargo, ello no bastó para considerarlo una de las personalidades claves de la historia Argentina como son la de San Martín, Rosas, Urquiza y Mitre, en cuanto a que sus actos han repercutido en la posibilidad de comprender el proceso histórico general del País, ya que el destino de la Argentina se encontrará siempre ante el riesgo de errar o acertar, según la ruta que se tome, y cada una de estas personalidades, incluido Bernardino Rivadavia, señaló una posible, legándonos problemas que ellos no alcanzaron a resolver, ejemplo de éste merecido “reconocimiento” lo hace el economista Daniel Muchnik (1983): “...En los últimos años...los dólares partieron a Latinoamérica: los créditos están siendo amortizados con las tasas más elevadas de la historia contemporánea... Se podía adquirir moneda extranjera... en forma ilimitada, sin restricción alguna... La Argentina contrajo una deuda de 37.000 millones de dólares para poder (entre tantos destinos sin sentido) subsidiar la salida de capitales... Igual que con el empréstito Baring, la Argentina se endeudó sin que ingresen capitales con un cometido productivo. Igual que en 1824, operaciones externas de particulares fueron subsidiadas con el endeudamiento del Estado...”

Ninguno de los argentinos con figuración en la época advirtió que no bastaba la unidad del Estado para crear la unidad de la Nación, de manera que no es justo cargar todas las culpas sobre Rivadavia. Él, como sus contemporáneos, no pudo comprender que la unidad de la Nación no era un problema legislativo, sino un quehacer particular en un pueblo que no se había independizado de otro usurpador, sino que se había separado de otro semejante. El unitarismo, era mucho más sensato que el federalismo en aquel tiempo: Juan Facundo Quiroga le decía a Juan Manuel de Rosas en 1832: ”Usted sabe, porque se lo he dicho varias veces, que yo no soy unitario por convencimiento”; y Rosas en 1834 le respondería: “Obsérvese que una República Federativa es lo más quimérico y desastroso que pueda imaginarse, toda vez que no se componga de Estados bien Organizados en sí mismos...”. Rivadavia pensaba exactamente igual, lo que separó a unos de otros fue que en el sector rivadaviano contaron más las ideas que los hechos, mientras que en el de Quiroga y Rosas, más los hechos que las ideas. Ha sido muy difundida la anécdota de que, cuando Rivadavia se informó de lo que era el federalismo, declaró que si lo hubiera sabido antes habría sido federal.

BIBLIOGRAFÍA

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Enviado por:Jorge Luis Ramón Ferrera Mónica Viviana Maya
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