Política y Administración Pública


Teorías del Estado de Heller y Bendix


FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

TRABAJO PRACTICO NRO. 1

1- Tanto Heller como Bendix, analizan el sistema feudal-estamental, a través de distintos elementos. Mientras Bendix hace referencia a las relaciones sociales que se dan entre el monarca y el “pueblo”, Heller se refiere a la evolución de los aparatos políticos, económicos, jurídicos y militar que permitieron la formación y consolidación de lo que hoy conocemos como estado moderno. A la vez ambos, desarrollan teorías acerca de la participación política de los distintos estamentos, donde por los general no disiente uno del otro. Por otro lado estos autores analizan los consecuencias que acarrea la revolución francesa, pero mientras Bendix plantea un enfoque conflictivo frente al tema, Heller lo toma como elemento de consolidación del estado moderno.

Básicamente el punto convergente, podría decirse que es la evolución y transformación que va desarrollándose en el sistema estamental hasta llegar al estado moderno.

2- Poliarquía: se dice del poder que se encuentra repartido entre distintos depositarios. Por ejemplo: el clero, el noble, los caballeros.

Feudalismo: estructura social premoderna del periodo medieval europeo occidental, en la cual la desigualdad de rango es una condición universalmente aceptada de la ida social. En esta primitiva estructura política, el individuo goza de los derechos y cumple con las obligaciones propias de su rango, y aunque el uso de la fuerza interviene decisivamente en la distribución de tales derechos y obligaciones, estas son establecidos contractualmente, y consagrados como tales.

Pratrimonialismo: designa el modo de administración de la casa real y los dominios del soberano; dicha administración, esta en manos de los servidores personales del rey que forman parte de la casa real y son recompensados por sus servicios según lo estime conveniente el monarca, se desarrolla como estructura de autoridad con la expansión de la jurisdicción de rey sobre sus dominios, aunque también estos pueden hallarse en expansión.

3- Si, el feudalismo y el patrimonialismo favorecieron a la poliarquía, ya que a través de estos sistema el monarca delega poder y responsabilidades a sus servidores, o diletantes, debido a la extensión de sus dominios.

Esta relación puede establecerse por lazos personales como así también por abolengos pasados.

Esta forma de organización se lleva a cabo a través de un contrato de vasallaje el cual desemboca en una poliarquía, ya que dentro de los dominios de un mismo monarca, distintas jurisdicciones controladas por los llamados `'señores feudales''.

4- `'…los dueños de estas tierras le juraron obediencia de común acuerdo, a cambio de recibir lo que ya poseían en calidad de cesio de propiedad , con los correspondientes derechos y prerrogativas …''

Se puede afirmar que la justificación de la autoridad del orden político medieval tiene una base contractual, ya que partir el “contrato de vasallaje”, se establecen vínculos entre los distintos estamentos. Porque al tener el monarca la misión de expandir sus dominios, ve la necesidad de otorgarles tierras, facultades y/o defensa a los distintos estamentos (ya sea a sus servidores, terratenientes, etc.) a cambio de fidelidad, apoyo, o aquello de le resulte conveniente, de manera tal de poder seguir expandiéndose.

5- “…Los reinados de Europa Occidental se caracterizaban por la existencia de una Iglesia Universal , que impone el deber de organización de las pretensiones absolutistas de los gobernante seculares, y en nombre de su misión trascendente somete dichas pretensiones ala concepción jurídica del derecho canónico…”

En base a esto se puede decir que se llama `'Iglesia Universal'' por la gran influencia y peso que ejerce sobre el poder del monarca, ya que si bien todos los ordenes medievales se estructuraron a partir del `'orden divino'' a través del cual se definía el rango social al que se debía pertenecer, en estos reinados de Europa Occidental la cuestión religiosa primaba sobre la cuestión secular, limitando y constituyendo la acción del monarca a través del derecho canónico.

Esta gran influencia de la iglesia en los reinados de Europa Occidental se debe a que los orígenes de la religión cristiana se remontan al imperio romano y se extendía alrededor del mediterráneo.

7- Ambos autores al hablar del sistema feudal, reconocen que se trata de una dominación tradicional: el rey esta constreñido por la tradición sagrada, que le otorga legitimidad a si mismo, a su arbitrariedad absoluta. Por lo que plantean un “estado” dualista, que con el paso del tiempo termina convirtiéndose en una poliarquía. Cuando se habla de un estado dualista se refiere a la existencia de dos poderes, por un lado el de la iglesia, y por otro lado el del monarca como soberanos frente al pueblo. Bendix considera que dicha característica le otorga al monarca una doble función representativa, por un lado una posición secular y por el otro una religiosa. Esta posición de intermediario, entre dios y el pueblo, implica que el rey no puede rechazar la limitación moral y religiosa de su autoridad sin que quede minada su legitimidad, pero a la vez la consagración de esa legitimidad justifica la arbitrariedad absoluta de su voluntad. Este autor afirma con la expansión del poder en las distintas jurisdicciones, comienza a adquirir poder los diletantes o barones representantes del rey; por lo que podemos considerar que esto permite la consolidación de una poliarquía. En este aspecto ambos autores coinciden respecto a la distribución del poder en los ordenes medievales.

8- Relaciones Estamentales.

Heller: “…Es verdad que el Estado estamental supera esa disgregación del poder , reuniéndolos a los depositarios estamentales de este en corporaciones , los estamentos, pero lo hace solo con el fin de oponerlos al príncipe como enemigo mas temibles..”

A partir de esto podemos decir que Heller ve que el monarca ante la necesidad de mantener el poder, se presenta frente a los demás estamentos como una figura temible, a quien deben obedecer; esta soberanía del monarca se basa en el supuesto “contrato divino” que él mismo contrajo con Dios y que por ende legitima su condición de gobernante consagrado ante Dios.

Bendix: “…Los aristócratas y sus servidores llegan a sentirse fuertemente identificados unos con otros, pese a la inmensa diferencia social que los

separa . La Influencia del amo sobre sus servidores es omnímoda…''

Bendix a diferencia de Heller se detiene a caracterizar las relaciones estamentales, por un lado plantea que la relación entre amos y servidores es una relación “paternalista”, donde las partes se respetan y se ven identificados unos con otros por lo que el siervo le es fiel a su amo a quien le debe lealtad, por el cuidado que este le ofrece. Por otro lado es lo que respecta al monarca sostiene que con los señores feudales por lo general se establece una relación de amiguismo, ya que estos suelen encontrarse dentro de su circulo de confianza, de manera tal que le son leales, y se produce una valoración reciproca: el monarca deposita su confianza en el diletante mientras que este reconoce la autoridad de su soberano. Es decir que según este autor la relaciones estamentales se dan de manera natural, porque los estamentos reconocen y aceptan el contrato contraído con el monarca.

9- a) “…el individuo goza de los derechos y cumple con las organizaciones propias de su rango y aunque el uso de la fuerza interviene decisivamente en la distribución de tales derechos y obligaciones, estos son establecidos contractualmente y consagrados como tales…”

En base a esto podemos decir que en la sociedad estamental no existían los derechos personales, ya que la sociedad integra estamentos que tiene funciones colectivas, es por esto que no se concibe la idea de individuo.”El individuo va a tener condición humana, si pertenece a algún estamento”, y por lo tanto los derechos son colectivos.

b) Los factores que influyeron en el reconocimiento de los derechos y obligaciones personales en el orden político moderno se pueden encontrar a partir de que surge la concepción de “individuo”, en el s.XVII ,con la aparición del renacimiento lo que implico un gran cambio social, antropológico, político. Otro que factor que tuvo gran influencia en esta concepción fue el protestantismo, que supuso una revolución cultural, una clara muestra es la alfabetización que hacían en las iglesias,

A partir de esta nueva visión “los individuos son tales porque nacieron humanos”.Estos pensamientos (acompañados de la crisis del sistema feudal y sus consecuencias) son los que impulsan lo que luego se va conocer como la revolución francesa, donde un nuevo sector social : la burguesía va a proclamar igualdad, libertad y soberanía popular. Este reconocimiento se evidencia en la conocida “declaración de los derechos del hombre”: “... La Declaración de los derechos del hombre y el del ciudadano de 1789, inspirada en la declaración de independencia estadounidense de 1776 y en el espíritu filosófico del siglo XVIII, marca el fin del Antiguo Régimen y el principio de una nueva era...''   .

10- Actualmente la actividad de participación política puede ser clasificada en directa o indirecta. En el primer caso, la comunidad toma la decisión mediante votación universal, con la intervención de cada uno de sus miembros. Los referendos y las elecciones corresponden a este tipo. En la participación indirecta los ciudadanos designan representantes o mandatarios para que tomen parte, en nombre de los primeros, en la actividad correspondiente.

A partir de esta concepción podemos decir que con el fenómeno de democratización y de ubicuidad política que atravesamos, la participación política indirecta es moneda corriente algunos ejemplos de esto son: los movimientos piqueteros, el trabajo de organización no gubernamentales como pueden ser la ONU, Greenpeace, Madres De Plaza de Mayo, etc., actividades que desarrollan los partidos políticos de manera extra gubernamental, agrupaciones gremiales, etc.

11- Absolutismo significa poder soberano o de origen divino desligado de cualquier otra instancia de poder temporal, sea el papa o el emperador. En este sistema de gobierno el estado y el monarca se consideraban como una única entidad situada por encima de la ley, y el concepto de derecho divino de los reyes era la justificación que legitimaba la pretensión de soberanía indivisible.

El rol del régimen absolutista era terminar con los conflictos jurisdiccionales propios del feudalismo, para una vez delimitado el territorio de dominio, ejercer un poder centralizado y hegemónico que lo abarque todo.

13- El feudalismo difiere del absolutismo, en que en el primero el poder estaba fragmentado, y en el segundo centralizaron e una sola persona. otra discrepancia que se presenta es, que en el plano social es que los siervos del a gleba de la etapa feudal, no tenía posibilidades de ascenso social y eran absolutamente dependientes del señor feudal: trabajo por protección. Durante el absolutismo monárquico, ante el surgimiento de un ejército centralizado, aparece la necesidad de reclutar personas para formarlo; en muchas oportunidades los siervos de la gleba van a ocupar puesto militares, que los convierte como pertenecientes a otro estamento social.

La diferencia entre el absolutismo y el liberalismo se da en el plato económico, en uno rige una economía cerrada y en el otro una economía abierta, debido a la importancia que adquiere una nueva clase social: la burguesía

15- El concepto de lo individual, empieza a surgir como consecuencia de los ideales planteados en la revolución francesa de libertad e igualdad. A partir de esto, la diferencias entre rango social va desapareciendo, y todos tiene los mismos derechos, sin depender al estamento al que pertenezcan, todos son independientes e impotentes, es decir que la nobleza ya no tenia privilegios sobre el resto del pueblo. Por ello al concluir la revolución francesa, se relatan la declaración de los derechos del hombre: “La Declaración comprende un preámbulo y 17 artículos donde se mezclan las disposiciones relativas al individuo y a la Nación. En ella se definen los derechos "naturales e imprescriptibles" como la libertad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión. Asimismo, reconoce la igualdad, concretamente ante la ley y la justicia. Por último, afirma el principio de la separación de poderes ''.

Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág. 44, Amorrortu editores, Bs. As.

Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág. 44, Amorrortu editores, Bs. As.

Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág. 43, Amorrortu editores, Bs. As.

Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág. 42, Amorrortu editores, Bs. As.

Herman Heller, Teoría del Estado , pagina 144.Fondo de Cultura Económico ,México.

Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág. 48, Amorrortu editores, Bs. As.

Ibid.pagina 15 y 16 . Reinhard Bendix. Estado nacional y ciudadanía, Pág.55, Amorrortu editores, Bs. As.

http://www.elysee.fr/elysee/elysee.fr/espagnol/las_instituciones/los_textos_fundadores/la_declaracion_de_los_derechos_del_hombre/la_declaracion_de_los_derechos_del_hombre.21654.html.

Ver anexo.

Ver anexo.Recorte periodistico.

http://www.todohistoria.com/hechos/absolutismo.htm

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Enviado por:Sabinero
Idioma: castellano
País: Argentina

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