Derecho


Teorías de la delincuencia constitucional


  • TEORIAS DE LA DELINCUENCIA CONSTITUCIONAL DE BENIGNO DI TULIO

  • Di Tulio, criminólogo italiano, es un continuador de las tesis lombrosianas que resalto la importancia del examen clínico, psico-fisiologico del delincuente como base para captar la dinámica motivacional del comportamiento delictivo.

    Sostiene el autor, que las causas del delito se deben a la correlación individual somato-psíquica y carácter (constitución morfológica individual) y de factores sociológicos del mundo circundante (ambiente social y natural donde vive el hombre).

    Explica el criminólogo que los delincuentes constitucionales son: “sujetos que, por su particular estructura somática y funcional bio-psíquica, presentan una predisposición mayor al delito, que la que se encuentra en el hombre medio normal conformista.

    La inferencia nos enseña, que el concepto de la delincuencia constitucional morfológica, no debe entenderse como un estado patológico, pero si como una predisposición a realizar actos delictivos como consecuencia de una “perversidad instintiva constitucional”, de la cual se derivan manifestaciones más graves y persistentes de maldad, depravación o degeneración psicológica y moral, que se manifiesta en brutalidad y predisposición por la delincuencia general.

  • Factores Causales de la Constitución Delincuencial

  • Para Di Tulio, la herencia no transmite la criminalidad, sino solo la predisposición criminal, la cual requiere de otros factores criminológicos.

    El criminólogo Benigno Di Tulio considera cuatro factores concurrentes:

  • FACTORES HEREDITARIOS.

  • Di Tulio sostiene que el proceso de herencia puede ser afectado por elementos tóxicos e infecciosos que provocan lesiones o perturbaciones en las células germinales, las mismas que pueden alterar gravemente el desarrollo físico y psíquico de la persona.

    Dentro de este marco hipotético incluye lo que denomina factores morbosos, submorbosos y degenerativos, que van determinando las tendencias o predisposiciones, en conexión con el mundo circundante social, lo que sería la personalidad moral o amoral y enferma, así como la predisposición al delito y peligro social.

    Admite Di Tulio, que el fenómeno de la herencia puede efectuar o perturbar el patrimonio cromosómico y genético, por procesos tóxicos o infecciosos, que causan lesiones en la estructura funcional y bioquímica en las células germinales (blastoftoria). También puede afectar el proceso de desarrollo del embrión y del feto, ciertos procesos negativos de carácter toxico e infeccioso (embrioftoria). Ambas perturbaciones químicas y microbianas pueden afectar gravemente el desarrollo físico y neuropsiquico de la persona.

    En atención a la tesis anterior, el científico italiano divide a la población humana en tres categorías genéticas:

    Primera clase: conjunto de personas con afortunada combinación de “genidios”, los que predominan sobre los defectuosos y tarados, siendo compensados por los morales genéticamente.

    Segunda clase: conjunto de personas con “genidios” mediocres, que conforman cerca del 90% de la población.

    Tercera clase: conjunto de personas indeseables genéticamente. Por ser producto de una combinación defectuosa de “genidios”, con insuficiente compensación, entre los que se encuentran los delincuentes y criminales, con predisposición al crimen. Omite la influencia negativa del medio social.

    2.2 CARACTERES MORFOLOGICOS

    Aquí Di Tulio se aparta de la tesis de Lombroso pues considera que solo existen anomalías morfológicas pero que estas anomalías como factor constitucional del delincuente son todavía imprecisos.

    La concepción constitucional morfológica del delincuente, explica Benigno Di Tulio, del siguiente modo: “en la moderna antropología criminal, se está en efecto de acuerdo en sostener que el estudio del delincuente debe ser siempre hecho desde todo punto de vista: morfológico, funcional y psicológico, según el método que, por lo restante ha estado perfeccionando, siguiendo el desarrollo alcanzado por las ciencias biológicas y psicológicas y especialmente por la ciencia de la constitución individual y de la biotipología y ontogénesis humana”.

    Existe notoria frecuencia de caracteres morfológicos anormales en los delincuentes, pero es preciso y necesario diferenciar aquellos que son a su vez expresión de fenómenos degenerativos en general y particularmente variaciones individuales. Anomalías de tipo de reacción y de adaptación y alteraciones biotipologías que son propias de las razas fundamentales: blanca, negra, mongólica, modelada por el nivel de vida material, social y cultural.

    Luego postulan las indagaciones étnico-raciales, basadas en medidas antropométricas que deben practicarse para el examen morfológicos del delincuente, con mediciones de estatura, el diámetro vertical o el largo de los miembros superiores o inferiores; el diámetro antero-posterior hipocondriaco; el diámetro transversal de la pelvis.

    En el examen morfológico-constitucional de los delincuentes tienen relevancia, estima Di Tullio, el estudio de los tatuajes, que estaría demostrando una escasa sensibilidad al dolor, además podría revelar sus inclinaciones vivenciales, sus tendencias instintivas y otras formas de conducta delincuencial y socialmente peligrosas.

    Sobre esta materia concluye el criminólogo italiano: “Esto está establecido, podemos terminar afirmando que el examen morfológico es siempre de gran importancia para el estudio del delincuente, porque permite el relevamiento de la regularidad o ausencia del desarrollo orgánico general, y la eventual presencia de desarmonías o perturbaciones en el crecimiento a los que se acompaña generalmente también anomalías funcionales, neurológicas que pueden influir más o menos intensamente sobre el desarrollo de los caracteres psíquicos”.

  • FACTORES FUNCIONALES

  • Dentro de este factor se ubica básicamente los trastornos bioquímicos que alteran el temperamento.

    Concurrente con el examen morfológico-constitucional del hombre delincuente, el científico otorga gran importancia al examen de varios caracteres funcionales o fisiológicos, que constituyen la base de toda la vida bio-quimica, humoral y psíquica individual, sostén del propio temperamento del cual se origina en parte el carácter individual y el conjunto de condiciones o factores bio-psiquicas y sociales que pueden originar varias tendencias o actitudes delincuenciales.

    Al delincuente como ser biológico necesita practicársele el examen funcional riguroso con criterio de la “semiótica moderna” y con el auxilio de todos aquellos medios científico-técnicos disponibles de carácter clínico, físico, químico, psicológico y sociológico, que permitan sondear las más intimas y delicadas funciones individuales del organismo y sistemas fisiológicos, que admitan explicar las relaciones entre funciones vegetativas, de relación y psíquicas, entre temperamento y carácter y entre las funciones endocrinas, neuronales y psicológicas y las disposiciones morales que se traducen en conductas antisociales que podrían convertirse en conductas delictivas.

    El examen funcional de la personalidad del delincuente, estima Di Tulio, se debe practicar según las normas semiológicas a través de las exploraciones: “del aparato cardio-vascular, del aparato respiratorio, del aparato digestivo, del aparato genitourinario y del sistema nervioso central, especialmente del encéfalo, el de la vida de relación y el periférico, así como el vegetativo simpático y parasimpático, sin excluir el sistema de las glándulas de secreción interna”, que regulan, coordinan, dirigen y controlan las funciones biológicas y psíquicas del hombre normal, anormal y criminal. Se explica que los trastornos funcionales o disfunciones y anomalías de un órgano o sistema funcional, específicamente el sistema endocrino y el nervioso, central y el encéfalo, pueden predisponer a la delincuencia, si existe una fuerte excitación o estimulo de los factores sociales del mundo circundante y las malas condiciones de vida material y social que rodean al individuo.

    La finalidad del examen funcional, consiste en: “buscar la eventual existencia en el delincuente, de señales de inmadurez, debilidad vital hereditario o disminución de la resistencia constitucional, o de síndrome de crecimiento, entre los cuales, como especial importancia, se presentan las neuropatías y psicopatías durante el proceso de crecimiento y los síndromes neuro-vegetativos, bien a tipo simpático caduco, bien a tipo prevalentemente vago caduco, bien a tipo mixto y alternado. Es necesario examinar todas las eventuales manifestaciones de hipoevolutismo, de infantilismo, de precocidad submorbosa, etc., por la influencia de tales fenómenos puede asumir en las relaciones del desarrollo de la propia criminalidad”. Tampoco se pueden descuidar las condiciones o factores de la vida social y material o económica que circundan al individuo.

    Así, el estudio y examen de la personalidad del delincuente desde el punto de vista funcional, comprenden el examen del sistema nervioso central con el cerebro y el de relación, así como el vegetativo, en relación con el sistema endocrino hormonal de las glándulas de secreción interna y de mas sistemas y aparatos del cuerpo humano, conjuntamente con las funciones cerebrales y psíquicas , como los caracteres morales de la conducta del hombre, en conexión o correlación con los factores económico, sociales, políticos y culturales, que es el medio necesario de la vida social del hombre honorable y del delincuente.

  • FACTORES PSIQUICOS

  • Practicado el examen morfológico de la persona del autor del delito, debe seguir el examen psicológico del delincuente y del agente socialmente peligroso, que permita la apreciación o valoración de la capacidad para delinquir y de la dinámica del delito en cada caso concreto, de la individualidad personal del delincuente y del sujeto peligroso. Con tal objeto, se puede utilizar cualquier método que la biotipología, la psicopatología y la psicología señalen como útiles para el estudio de la personalidad humana.

    En la medida que el examen morfológico y funcional son minuciosos, también el examen psíquico del delincuente y del sujeto socialmente peligroso, debe practicarse con atención, como recomienda Di Tulio: “Esto quiere decir que también el examen psíquico del delincuente debe ser lo más completo posible, y deben servirse de todas y las variadas directivas semiológicas científicas modernas, dado que cada una de ellas, si bien en diversa medida, pueden siempre contribuir a rendir más eficaz el sondeo de la sique del criminal, y la valoración e interpretación de las variadas situaciones psíquicas que concurren al desarrollo de la común actividad criminosa”.

    El examen psicológico de la personalidad del delincuente, comprende el pensamiento, la inteligencia, los sentimientos, las voliciones, las tendencias instintivas, el temperamento y el carácter, como los factores afectivos y la esfera intelectiva, así como la volitiva. Se debe examinar la conciencia, la atención, la memoria, la ideación, el contenido de las ideas, la capacidad del juicio y de la crítica, el humor, las formas reactivas, las disposiciones fundamentales de ánimo, las disposiciones instintivas originarias y afectivas, la excitabilidad, los factores emocionales, la reactividad general y la voluntad en sus varios elementos constitutivos, así como la avaricia, ambición, codicia, y tendencias al mal, además la peligrosidad social.

    La esfera efectivo-emotiva y reactiva, como la sentimental revelan una importancia muy grande en el estudio del delincuente, por cuanto las anomalías más frecuentes se encuentran en la base del desarrollo de las actividades y fenómenos psicológicos. Sobre la base de estos conceptos y nociones, se debe practicar el examen psíquico del delincuente, iniciándose la búsqueda y la valoración de los elementos instintivos y afectivos que primero aparecen en el desarrollo del individuo, para pasar luego a la valoración de los caracteres intelectuales y volitivos, estima el criminólogo italiano.

    El examen de la inteligencia debe fundamentarse teniendo en cuenta lo que se entiende por la inteligencia media de la población o grupo o clase social, al cual pertenece el delincuente. Después de evaluar esta esfera superior de la personalidad humana, se puede comenzar por el examen de la conciencia que en los delincuentes asume particular importancia cuantitativa y cualitativa, dentro de las variables del comportamiento delictuoso, que permite entender y tener conocimiento de sus propios actos y del mundo externo circundante, mediante el cual percibe lo licito, e ilícito o injusto y la criminalidad de sus pensamientos, sentimientos y determinaciones que le permiten seguir el curso de los acontecimientos de su conducta y de los fenómenos del mundo exterior, que posibilitan el control del comportamiento y valoración de los actos, como legítimos o ilegítimos y de determinarse según esta apreciación.

    Esto presupone el examen integral de la personalidad del delincuente , que comprende: examen morfológico funcional o fisiológico, examen psíquico en sus esferas: de la inteligencia, de la afectividad, de la voluntad, y examen anamnésico- biográfico de la individualidad personal, en el aspecto normal o anormal ( de naturaleza psicopática y neurótica), patológica o psicopatológica(enfermedades mentales o psicosis); y el examen moral y sociológico de la personalidad del sujeto del delito.

  • FORMAS DE LA CONSTITUCION DELINCUENCIAL

  • La concepción de la constitución delincuencial, reviste cuatro orientaciones fundamentales:

    • Forma hipoevlutiva

    • Forma neuropsicopatica

    • Forma psicopatía

    • Forma mixta

    Esto significa que los criminales constitucionales pueden exhibir características ligadas a un estado de inferioridad psicobiológica o de hipoevolución, o trastornos funcionales neuro-psiquicos; anomalías psíquicas de la personalidad y una forma de mixtura de los tres procedentes.

    3.1 DELINCUENTE CONSTITUCIONAL CON ORIENTACIÓN HIPOEVOLUTIVA

    Esta forma de delincuencia constitucional, revela manifestaciones sintomatológicas en que prevalecen caracteres degenerativos psicobiologicos y anomalias con prevalente expresión en un estado supuesto de inferioridad biológica que la ciencia no admite y de un estado particular hipoevolutivo de carácter psíquico. Di Tulio estima que esta forma de delincuencia representa al hombre primitivo, al hombre salvaje y de la barbarie prehistóricos de la Comunidad Primitiva genética, de cazadores, recolectores y pescadores, que por su modo de sentir y actuar, haría recordar al hombre de las cavernas, trashumante o nómade, incapaz del todo de asimilar los productos sociales, las normas sociales de convivencia, de las costumbres y formas de vida e la civilización burguesa o socialista actual, por eso no puede adaptarse fácilmente y es propenso a manifestar la impulsividad e inadaptabilidad al trabajo metódico, a las normas sociales y a las leyes; se comporta al estilo del hombre salvaje incivilizado, culturalmente condicionado.

    Los individuos de constitución hipoevolutiva manifiestan una detención en el desarrollo ontogénico con caracteres morfo-fisio-psíquico, que son de naturaleza inferior hipoevolutiva en relación del grado de evolución media de los individuos del mismo país y del mismo tipo de sociedad y civilización. Estos delincuentes registran caracteres morfológicos, funcionales y psíquicos degenerativos y hasta perversos, si son privados intelectual y éticamente, por influencia del medio social criminógeno, pero no por inferioridad biosiquica como afirma Di Tulio.

    3.1.1 CARACTERES MORFOLOGICOS

    Se encuentra una leve prevalencia de notas macrosomicas que recuerdan la constitución atlética muscular e hiperpituitarica, de Kretschmer, siendo de mayor importancia las anomalías de tipo cráneo-facial, que pueden interpretarse como manifestaciones de disgenopatias por dispituitarismo de endocrinopatías.

    Prevalecen entre estas anomalías las siguientes: la frente baja y descendente; sobresalen las arcadas orbitales, las orejas en asa, el prognatismo, el exagerado desarrollo de los cigomas, de las mandíbulas y de los ángulos mandibulares, así como la prevalencia de la sección facial sobre la craneana; de los brazos sobre la estructura. Esta tesis de Di Tulio, nos hace recordar al concepto de naturaleza atávica y el delincuente nato de Lombroso y Ferri, en su clasificación de los delincuentes. El criminólogo describe los caracteres morfológicos: “En el examen morfológico de tales delincuentes constitucionales con orientación hipoevolutiva, ante la frecuencia con que se encuentran, son de particular interés las cicatrices y tatuajes que presentan en el cuerpo con seguro significado degenerativo”. No está comprobada totalmente esta teoría de la degeneración morfológica como causa de la criminalidad. No todos los que exhiben tatuajes y estas anomalías físicas son delincuentes. La delincuencia principalmente es de causas económico-sociales, políticas y culturales.

    3.1.2 CARACTERES FUNCIONALES

    Los más frecuentes son el zurdismo, la reflexividad exagerada sobre los actos delictivos; la irregularidad de los reflejos neuro-vaso-motrices que son escasos y lentos; además, estos delincuentes constitucionales revelan anomalías sensoriales, como la agudeza superior a lo normal, obtusidad de la sensibilidad dolorosa, por las estrechas relaciones que presenta con el carácter de la ausencia del sentido moral (la locura moral o locura insanity), que se caracteriza por la falta de sensibilidad, compasión y escrúpulos. El sujeto no tiene sentimientos humanitarios de solidaridad y fraternidad.

    3.1.3 CARACTERES PSIQUICOS

    Los delincuentes constitucionales hipoevolutivos, presentan caracteres psíquicos bien definidos, como limitada capacidad intelectual, por el escaso desarrollo de todos los atributos intelectuales, como los factores superiores de la personalidad: razonamiento lógico. Ideación superior, pensamiento, voluntad y la facultad crítica de la conciencia moral, que da la nota de una grave y persistente imprevisión en la comisión de los actos delictivos.

    La escasa capacidad intelectual, está vinculada estrechamente al desarrollo fisio- psíquico general defectuoso, que no alcanza al mayor grado y dignidad evolutiva, el cual radica en los lóbulos frontales del sistema nervioso encefálico, en donde toman origen los procesos psíquicos superiores de la personalidad humana, somato-psíquica. Estos caracteres se exhiben según Di Tulio: “como constantes, numerosos y variadísimos; en vez de los tatuajes, son inspirados por lo menos al odio, a la venganza, a la avaricia, a la vanidad, a la obscenidad, etc., y que siempre son expresión de graves imprevisiones y escasa sensibilidad al dolor, además de fuerte bajeza moral. Estos caracteres psicológicos, manifiestan también a los delincuentes de capacidad intelectual superior como los narcotraficantes, criminales de guerra, genocidas, contrabandistas, terroristas de Estado: militar o policial y subversivos, violadores de derechos humanos, asesinos múltiples, los delincuentes de “cuello blanco” y corbata y los “business-men crime”, delincuentes de los altos negocios y finanzas, homicidas y asesino políticos, etc.; estas conductas criminales y antisociales no son privativas de los delincuentes hipoevolutivos psicológicos, de la “baja preyé”, como estiman los criminólogos franceses.

    3.2 DELINCUENTE CONSTITUCIONAL CON ORIENTACION NEURO-PSICOPATICA

    Di Tulio concibe, que esta forma de delincuencia constitucional es mas frecuente que otras de distinta etiología causal. Bajo esta denominación de delincuencia neuro-psicopatica expone las formas: epileptiforme, neurasteniforme y la histeriforme, Con fundamento escribe: en ella, la predisposición al delito, más que por anomalías de carácter hipo-evolutivo, está sostenida por anomalías neuro-psíquicas del carácter y del temperamento y más precisamente detenidamente la personalidad del delincuente empleando todos los métodos científicos y técnicos adecuados, psicológicos, psicopatológicos y clínicos.

    3.2.1 FORMA CONSTITUCIONAL EPILEPTIFORME

    Cuando en el examen parcial criminológico de un delincuente se establece que ha sufrido o sufre crisis convulsivas e epileptiformes y de trastornos neuro-psiquicos en general, debe precisarse si se trata de un neuro-psicopático común, con episodios de criminalidad de tipo ocasional o de un tipo criminal con trastornos del sistema nervioso y con aquellos tipos que sufren ciertos fenómenos convulsividad que se encuentran en los delincuentes constitucionales con orientación neuro-psíquica epileptiforme, diferencia que se precisa para el diagnostico, el pronóstico y tratamiento criminológico.

    El delincuente constitucional epileptiforme, manifiesta caracteres propios de inquietud, agresividad, impulsividad. Esto es, estos sujetos no están carentes por completo de altruismo, pero cuando se abandonan a hechos violentos, se marginan del derecho y de la ética y se convierten en antisociales y delincuentes. Exhiben una conducta de inmoralidad exuberante, desde la niñez, con precocidad del instinto sexual, ananismo, amor al riesgo temerario: se dedica a ejercicios violentos; se torna prepotente, insolente y con espíritu de rebelión; se dedica a la vagancia y a la búsqueda de aventuras antisociales e inmorales: comete estafas, robos y agresiones a sus semejantes, cuando se interponen en su camino egoísta o designios delictivos y antisociales, por eso cometen:” actos de verdadera hostilidad, violencia, agresividad y maldad en el actuar que llega a la brutalidad y a la ferocidad”.

    El delincuente constitucional epileptiforme, registra caracteres morfológicos, funcionales y psíquicos, como el tipo longilibleneo o microspláncnico, con caracteres de asimetría morfológico-anatómica, en los que destaca la asimetría facial y craneana o toráxica, según el caso.

    • Los caracteres funcionales o fisiológicos se manifiestan en convulsiones psíquicas, alteraciones funcionales del sistema nervioso y en la reflexión motivada; estas anomalías psíquicas pueden estar vinculadas a disfunciones hipo o hiper fisiológicas de las glándulas de secreción interna, específicamente de la tiroides, de la paratiroides y suprarrenales, además, de los trastornos de taquicardia y cefaleas.

    Para los caracteres psíquicos de estos individuos ya hemos considerado algunas notas, pero es necesario resaltas aquellas anomalías cualitativas y cuantitativas que afectan las disposiciones instintivas, como el de la defensa-ofensa, ataque, irritabilidad, intranquilidad psicomotora que pueden inducir a cometer actos de violencia criminal. Su responsabilidad por estos hechos delictivos está en relación directa al grado de conciencia y conocimiento de sus actos lesivos, que se justifican cuando concurren circunstancias de inimputabilidad (art. 20° Inc 1) C.P., por trastorno psicótico; cuando el acto delictivo es materia de imputabilidad disminuida (art. 21° C.P.), el tratamiento será de penalidad atenuada.

    3.2.2. FORMA CONSTITUCIONAL NEURASTENIFORMA

    El delincuente constitucional neurasteniforme es menos frecuente en la vida social, pero el trastorno neurasténico es concurrente con cierta predisposición por el delito, por tener un componente en la personalidad, particulares síndromes neurasténicos.

    Los individuos que exhiban esta forma de constitución delincuencial, acusan fácilmente el sentido de fatiga y el agotamiento físico y psíquico: “presenta prevalentes caracteres de relevante agotamiento neuro - muscular, de escasa resistencia a las fatigas, que afecta a los sentimientos, también en las ocupaciones habituales propias. Prevalece también en estos individuos el erotismo con tensión nerviosa, o la depresión con hipoestesia. Están predispuestos a una vida de parasitismo, de vagancia y a la criminalidad en general, estima Di Tulio.

    El destacado criminólogo recomienda la necesidad de diferenciar al neurasténico común, que ocasionalmente puede hacerse delincuente constitucional con orientación neurasténica. En la primera categoría aparecen caracteres como el estado habitual de debilidad irritante, por la tendencia del individuo a caer más o menos fácilmente en el estado de excitación nerviosa y de reactividad anormal, acentuándose bajo influencia de estímulos emotivos o tóxicos de naturaleza exógenos que provocan disturbios neuro - vegetativos, provocados por estados más o menos graves de tensión nerviosa que generan fenómenos de ansía y angustia que los predispone en un estado de hiperexcitabilidad que puede conducir al sujeto a reacciones de violencia, afirma Di Tulio.

    En la segunda categoría clasificatoria que propone el autor, tenemos los delincuentes constitucionales con orientación neurasténica, en los cuales se encuentran algunas modificaciones del síndrome espasmódico, que surge en el estado amoral - delincuencial, que actúa favoreciendo el desarrollo de las tendencias particulares al delito de lesiones, homicidio y contra el honor. De este modo, el estado neurasteniforme en especial, acentúa la tendencia a la comisión de delitos, que encuentra su origen en aberraciones genéticas, en la constitución delincuencial, bajo influencia del medio ambiente social. Debe anotarse además, estos delincuentes constitucionales con orientación epileptoide, con el cual no se debe confundir. La etiología del trastorno los diferencia, el primero es de origen neuro-vegetativo general, el segundo es neuro-psíquico-electro-cerebral.

    El sujeto con trastornos constitucionales neurasténicos, además de ser proclive y avezado al delito, es socialmente peligroso, en tal sentido precisa adoptar medidas de seguridad para prevenir las tendencias al delito, como previene Di Tulio. Es de anotar, además que, por razones antropológicas, económicas y sociales, el estado de debilidad moral se viene a acentuar entonces en estos delincuentes, que se les reprocha de ociosos y vagabundos, se transforman fácilmente en parásitos sociales, capaces de cumplir acciones inmorales de todo género, haciéndose muy frecuentemente sujetos altamente peligrosos, cuando la propia criminalidad, en relación con la justicia penal, entran en colisión violenta.

    Numerosos sujetos son sometidos a medidas de policía, solamente porque son culpables de persistentes tendencias al ocio, a la vagancia y al parasitismo social que, por haber cometido escasos y leves delitos, se presentan por otra parte fuertemente peligrosos, en cuanto son culpables de toda suerte de depravaciones sexuales, de continuos actos de perversidad social y moral, como de formas más infamantes de lenocinio y rufianismo; cuando son avarientos, amantes del lujo y del dinero, se inclinan por el hurto, robo y estafas.

    Se debe, por tanto, sostener que, por cuanto el lenón, el rufián y los vagabundos pueden encontrarse en toda otra categoría de delincuentes, no hay ninguna duda que estos antisociales y sujetos peligrosos provengan de la ociosidad y el parasitismo.

    Individuos socialmente peligrosos con formas de criminalidad que se desarrollan prevalentemente en aquellos sujetos que presentan una constitución delincuencial con orientación neurasténica depresiva, que son estimulados por las condiciones sociales de existencia material y carencias culturales y de conducta amoral, “trastornos que pueden inducir a cometer delitos contra la propiedad y las buenas costumbres. Estos individuos están prevalentemente predispuestos al ocio, a la vagancia, al parasitismo, y a volverse, más o menos fuertemente peligrosos, según también por las condiciones ambientales de carencias sociales en que viven”.

    Esta forma de delincuencia constitucional neurasténica, puede ser presa fácil de los factores sociales del mundo circundante, que aportan los estímulos y excitaciones nocivos, que provocan en esa personalidad anormal, las tendencias o predisposiciones del estado peligroso que inclinan a la delincuencia en todas sus formas delictivas.

    3.2.3. FORMA CONSTITUCIONAL HISTERIFORME

    La delincuencia constitucional con orientación histeriforme es frecuente, sobre todo en el campo de la criminalidad femenina, afirma Di Tulio, apreciaciones fundadas en estudios y observaciones practicadas por el investigador, y confirmada por otros autores. Previene, que no se debe confundir la orientación histérica de la delincuencia constitucional, materia del análisis criminológico, con el carácter histérico común, que no tiene habitualmente tendencia ni relación con la criminalidad; por ser de naturaleza ocasional, esta apreciación científica se basa en el hecho, que la constitución histeriforme es siempre de naturaleza prevalentemente de tipo degenerativo neuro-psíquico, siendo la constitución delincuencial sólo una expresión sintomática del trastorno neuro-somático-funcional.

    Los delincuentes constitucionales, con orientación histeriforme, presentan características variables de sintomatología, consistentes en anomalías instintivas y afectivas propias de todo delincuente constitucional, así como perturbaciones variadas del sistema nervioso central y encefálico de relación y del vegetativo, con particulares caracteres psíquicos, siendo más relevante en la constitución histeriforme, que en el histerismo común, por el contenido y componente inmoral y antisocial relevante. Estos individuos tienen capacidad imaginativa pronunciada, excitada hasta la fantasía, por eso están predispuestos a inventivas extrañas, a la mentira, a las farsas, las calumnias, difamaciones e injurias, resalta la ambición exagerada hasta la vanidad; son propensos a la variación humoral, la lujuria desenfrenada, así como fuerte emotividad, sugestionabilidad y debilidad evolutiva.

    Di Tulio estima que las personas histeriformes, especialmente la femenina, como las mujeres delincuentes y prostitutas profesionales, las drogadictas y otras antisociales, son de constitución histérica.

    El autor, comenta la obra clásica de César Lombroso: “La donna delinquente”, donde encuentra la diferencia del tipo de mujer delincuente, de carácter de perversidad instintiva y de inmoralidad constitucional agravada, por disfunciones neuro-psíquicas de tipo histeriforme, perversiones y depravaciones sociales y éticas, con síntomas de convulsibilidad, que rodean a la mujer delincuente pasional y de aquella manifiestamente psicopática.

    Caracterizan a los delincuentes constitucionales con orientación histeriforme, frecuentes crisis convulsivas, motrices y psíquicas, episodios de violencia contra las personas que le rodean, fenómenos que se desarrollan bajo influjo de estímulos tóxicos (alcohol y drogas) y emotivos; hábitos nocivos que les predispone a una vida desordenada de contrastes y fantasmagóricas, de vanidad, de lujuria, de fraudes y de violencia que inducen a cometer toda clase de delitos, aún los más graves. Este comportamiento es estimulado e incitado por estímulos exógenos del mundo circundante social, que provoca reacciones criminales y antisociales en estos tipos constitucionales y en los demás delincuentes.

    Cuando los caracteres histeriformes se acentúan hasta alcanzar los límites morbosos y psicóticos, entonces estos individuos se pueden transformar en criminales constitucionales, en delincuentes locos o enfermos psíquicos, jurídicamente inimputables, en la esfera del Derecho Penal (Art. 20° Inc. 1) C.P.).

    3.3. DELINCUENTE CONSTITUCIONAL CON ORIENTACIÓN PSICOPÁTICA

    La tercera tesis de Benigno Di Tulio, se refiere a la delincuencia constitucional de carácter psicopática, anomalía de la personalidad bastante frecuente, afirma el investigador criminólogo. La predisposición y tendencia al delito está determinado por particulares anomalías psíquicas que comprometen el carácter, el temperamento, los afectos, los sentimientos y las tendencias instintivas; también afectan la voluntad y la esfera crítica moral de la conducta.

    La psicopatía como causa de la criminalidad y de la conducta antisocial, es materia de atenciones de los criminólogos, por la importancia que reviste. Muchos investigadores identifican la delincuencia con la psicopatía, conclusiones que estimamos exagerada. No todos los delincuentes son psicópatas, tampoco todos los psicópatas son delincuentes en potencia o actos, sino determinados anormales, empero esta anomalía caracteriológica de la personalidad puede predisponer al delito, si los estímulos e incitaciones del ambiente social favorecen y precipitan la reacción criminosa. Otros científicos consideran un alto porcentaje, como del 40% de delincuentes que manifiestan trastornos psicopáticos.

    En la constitución delincuencial psicopática. Di Tulio estudia las diversas orientaciones como la deficitaria, obsesiva, paranoide, esquizoide, cicloide e inestable.

    3.3.1. ORIENTACIÓN DEFICITARIA

    En la orientación psicopática deficitaria prevalecen las notas distintivas de un deficiente desarrollo intelectual y de una mentalidad de tipo mongoloide que linda con las oligofrenias o deficiencias mentales. No cabe duda que existen sujetos con predisposiciones constitucionales al delito y de conducta peligrosa, cuya etiología surge de desviaciones instintivas y de una debilidad moral constitucional, consecuencia de un escaso desarrollo de los caracteres superiores de la esfera intelectual y de alteraciones corticales del cerebro.

    DI Tulio resalta, que los delincuentes constitucionales deficitarios están marcados por el complejo intelectual deficitario que revelan fallas en la personalidad, con trastornos de carácter y del temperamento. Por estos factores, estos individuos están destinados a la contribución de la criminalidad general, por exhibir trastornos funcionales delicados del raciocinio por inferioridad bio-psicológica. Estos factores preparan el terreno para que estos sujetos se conviertan en ladrones, estafadores (incentivados por la pobreza, desocupación y alimentación deficitaria), incendiarios, violentos y aún homicidas, con mayor frecuencia cuando se encuentran bajo la influencia de sugestiones malsanas y estímulos criminógenos del mundo circundante social nocivo, que fácilmente los puede autosugestionar, estimular, condicionar y predisponer a la criminalidad.

    3.3.2. ORIENTACIÓN OBSESIVA

    Esta forma de orientación psicopática constitucional, es más frecuente e importante y persistente, como manifestación obsesiva que refuerza la predisposición al delito y al estado peligroso, afirma el investigador italiano, y a continuación dice: “El delincuente constitucional, con orientación psicopática obsesiva está por lo tanto, caracterizado por el hecho que, en su personalidad, junto a las otras anomalías, existe aquella particular condición fisio-psíquica, que viene recordando bajo el nombre de temperamento obsesivo o diátesis obsesiva, lo mismo diátesis de incoercibilidad psíquica (Tanzi), y que parece estar determinada por un estado de hiperestesia afectiva (Tanzi), o de hipotensión psicológica (Sauret), o debilidad de voluntad (Ribot).

    En estos sujetos toda idea delictuosa tiende a desarrollarse con particular frecuencia en insistencia, si es que el medio social lo favorece, pero una vez desarrollada, polariza la conciencia y conducta, de leve obsesión, facilita intensamente su actuación en el campo del delito o de la antisocialidad. La idea obsesiva se materializa por una situación a una actuación lícita o ilícita en el potencial delincuente con personalidad psíquica constitucional anormal; puede ser de naturaleza degenerativa con tendencia patológica, pero también como expresión psicopática de carácter anormal en su forma de reacción dominante con fenómenos de angustia, o con sentido de satisfacción y placer, en otros casos, la reacción anormal, se presenta en forma de impulsión más o menos morbosa, que puede ser la expresión sintomática de otras enfermedades neuro-psíquicas.

    El fenómeno criminoso aparece en el delincuente constitucional obsesivo, como reiterante en el delito, porque la conducta anormal, está prácticamente dominada por la impulsibilidad, por cometer un hecho ilícito; por impulso obsesivo anormal, el individuo puede convertirse en un cleptómano (impulso incontenible a robar) o por impulsos criminosos de piromanía (tendencia a la provocación de incendios) en homicida o delincuente sexual y otros actos delictivos leves o graves; según el impulso obsesivo. En estas personalidades anormales, falla la voluntad y la facultad de autocrítica de los actos morales. La voluntad y la inhibición están debilitados por el trastorno psíquico obsesivo, que estimulado por el ambiente social y las malas condiciones de vida material, social y cultural, desarrolla una potencia criminal, efectiva y poderosa.

    3.3.3. ORIENTACIÓN PARANOIDE

    La delincuencia constitucional psicopática paranoide se desarrolla entre otras anomalías bio-psíquicas, que alteran y trastornan la conducta del agente, reforzando de este modo la predisposición al delito y al estado peligroso. Los caracteres paranoides, han estado puestos de relieve, especialmente en algunas categorías de delincuentes políticos burgueses de extrema derecha tradicional, representantes de las fuerzas belicosas y criminales del capitalismo imperialista y de la burguesía nativa; casos históricos son los dictadores sanguinarios nazifascistas: Adolfo Hitler de Alemania; Benito Mussolini en Italia; Francisco Franco de España; Anastasio Somoza de Nicaragua; Alfredo Stroessner de Paraguay; Rafael Trujillo de Santo Domingo; Duvalier de Haití; gobiernos de “gorilas” militares en Guatemala y El Salvador; Augusto Pinochet de Chile; Rafael Videla de Argentina y otros déspotas asesinos, autores de crímenes contra la humanidad, como de genocidio, terrorismo de Estado, crímenes de guerra y violación de Derechos humanos, no obstante, que se autoproclaman demócratas, liberales, socialdemócratas, demócrata-cristianos, etc.

    Ciertos estafadores habituales y peligrosos, revelan trastornos paranoides de carácter psicopático. Esta forma de delincuencia constitucional, también se manifiesta en otras categorías de delincuentes comunes, que desarrollan su actividad criminosa. La anomalía paranoide también ha sido denominada con otros nombres, como “semidementes”, “destornillados”, “degenerados superiores”, “psico-degenerados”. El psicópata constitucional paranoide, dice Di Tulio:”revela su anomalía desde la infancia, demostrándose, además, egoísta, orgulloso, desconfiado, testarudo, intensamente proclive a la rebelión, y a la política agitada, a los cuartelazos y a la revolución social, a las riñas y a la indisciplina, haciéndose así fácilmente antisociales y delincuentes comunes”.

    El psicópata constitucional paranoia, a causa de su anomalía psíquica, fácilmente interpreta erróneamente sus propios derechos, intereses, ideas, y deseos, como con facilidad se consideran “Victimas” y marginados, descuidados, maltratados, ofendidos y hasta “perseguidos frente a cualquier desilusión y fracaso en sus actividades”. La autovaloración de su personalidad los impulsa a cometer acciones ilícitas, dañosas o delictivas con finalidad reividicativas, que los convierte fácilmente en difamadores, y con mayor frecuencia en perseguidos-perseguidores o querellantes infatigables, no gratos, hasta por hechos o cosas nimias, con mínimo o sin valor e importancia, en la escala de intereses y derechos materiales, económicos, sociales, políticos, personales, ideológicos.

    Los políticos psicópatas paranoides, con mentalidad anormal pueden determinar, una criminalidad grave y de grandes proporciones en agravio del pueblo y de sus opositores en las lides políticas, en beneficio del capital financiero monopolitico imperialista, o del capital nativo de la oligarquía financiera antinacional, que representan los intereses mezquinos y egoístas de la clase capitalista y terratenientes antinacionales en la sociedad burguesa, las clases dominantes, saben explotar la criminalidad política, altamente peligrosa de políticos desequilibrados y degenerados social y éticamente que pueden ser fácilmente fanatizados y sectorizados, propensos a las proclamas líricas y demagógicas, “del memoriado”, según los políticos tradicionales.

    Los instructores del pentágono y de la CIA, se aprovechan y se utilizan a oficiales y desequilibrados y anormales de las fuerzas armadas y de las fuerzas políticas, que tienen rasgos de psicopatía paranoide, estos sujetos provienen de los países subdesarrollados de América latina, el caribe, África y Asia, que los van transformando mediante procesos de aprendizaje y adoctrinamiento de ideologías criminales de prevención moral, en escuelas policiales y militares en los EEUU, como en Fort Gulick, Fort Benning, Fort Braga y otros Forts, hasta que los convierte en psicópatas asesinos y en brutales criminales de guerra de gran peligrosidad social, que agraden a su propio pueblo. Los instructores del ejercito norteamericano y del CIA previamente los depravan, pervierten y degeneran la conciencia moral y de la autocrítica, oficiales desequilibrados psíquicos y éticos y luego inculcan doctrinas militares y púdicas, nefastas y criminales denominadas “seguridad nacional”, de “defensa continental”, de defensa del “mundo occidental y cristiano”, de las “fronteras ideológicas internas”. Los entrenan en planes genocidas de exterminio aniquilamiento de la población civil, de los guerrilleros revolucionarios del movimiento de liberación nacional, y de los campesinos que habitan en zonas del conflicto armado.

    Una vez que esos oficiales militares o policiales embrutecidos y bestializados, los entrenan en metodologías, tácticas y estrategias contrasubversivas de la “guerra sucia” (matanzas, discriminales, genocidas de la población civil) cuyo aprendizaje se manifiesta en atrocidades que perpetraran contra las poblaciones pacificas e inermes, generalmente campesinas. Así tenemos los tristemente celebres”carniceros” y “hienas asesinas”, accomara, pukayacu, soccos, cayara y de otras aldeas o comarcas campesinas de Ayacuchos, Apurimac, Huancavelica, y de los penales de lurigancho, el frontón, y santa bárbara, de lima y callao.

    Los delincuentes constitucionales con orientación psicopático-paranoide, civiles, militares o policiales o paramilitares asesinos están generalmente predispuestos a toda actividad criminosa en el campo político-social y militar o policial donde los fanatiza, los embrutece y bestializa, por eso se convierten en perseguidores, perseguidos, creyantes, reformadores o defensores del orden social con fanatismo increíble; son obstinados en el uso de la violencia y el crimen, en las estafas, fraudes y raterías, estos sujetos desequilibrados fácilmente pueden convertirse en rebeldes, vengativos y sanguinarios, sin escrúpulo alguno, por tanto registran alta taza de peligrosita social y criminalidad.

    3.3.4 ORIENTACION EZQUIZOIDE

    En esta forma de delincuencia constitucional con orientación psicopática esquizoide, a diferencia del paranoide, el individuo presenta una relevante tendencia a la interiorización de la vida afectivo-emotiva, y a la realización ególatra de sus propios deseos, personales, egoístas, con escasa participación de la vida social. En estos desequilibrados de psicopatía esquizoide o esquizotimia, su pensamiento va dirigido prevalentemente a una vida de fantasmagoría y tienden a alejarse de la realidad y a perder su sentido real y valor pragmático de la vida social.

    Los psicópatas esquizoides se caracterizan por ser individuos introvertidos y egocéntricos, ególatras, con mentalidad psíquica obtusa; al encerarse en sí mismos en su interiorización en que aparentemente falta una normal resonancia emocional a los estímulos exteriores del mundo circundante social, hecho que no permitirá establecer las condiciones necesarias para una armónica relación entre el Yo intimo y el Yo social. Esta forma de conducta muchas veces son perturbadas por actos irracionales, insensatos, absurdos, de violencia criminal imprevista de delitos aparentemente sin intención, debido al grave desorden que afecta a los procesos psíquicos superiores de la personalidad como la inteligencia, la voluntad, el pensamiento y la reflexión critica y ética de los actos, que se exteriorizan en conductas y comportamientos antisociales, que facilitan el afloramiento y la realización de varias tendencias delictuosas, hechos que surgen de la diátesis amoral-delincuencial que están en la base de su propia personalidad. Este es el reflejo de preexistente-predisposición al delito y formas de peligrosidad social.

    “Por tales razones. -dice Di Tulio- los delincuentes constitucionales con orientación esquizoide muy frecuentemente son extraños, bizarros, inquietos, poco sociables, egoístas obsunadamente indisciplinados, simuladores, violentos, etc., y pueden considerarse fuertemente predispuestos a delitos de todo genero”

    El carácter esquizoide puede evolucionar fácilmente hacia la demencia precoz y esquizofrenia; de igual modo, la orientación esquizoide de la delincuencia constitucional también puede transformarse en una psicosis esquizofrénica, de lo que se infiere, que en todo delito grave de sangre hay que pensar, que la causa de desarrolla especialmente estos trastornos psíquicos, sobre todo si aparecen, motivos fútiles y generalmente absurdos e inadecuados, debe hacer reflexionar, que el comportamiento del culpable que revela cinismo persistente y hasta repugnante, estaría demostrando la existencia de la psicosis esquizofrénica, la mas grave y la verdadera locura que solo el diagnostico medico-legal psiquiátrico podría revelar las verdaderas dimensiones de la mente esquizoide o esquizofrénica criminal, que puede ser de naturaleza constitucional, de carácter patológico, en el primer caso el delito será la expresión del criminal loco. Y el segundo, el reflejo del loco criminal.

    3.3.5 ORIENTACION CICLOIDE

    En el grupo de delincuentes constitucionales con orientación psicopática, aparece el psicópata constitucional cicloide, con notas distímicas, o carácter de periodicidad de exaltación de la vida afectiva y emocional con periodos de estados de depresión psíquica. La anomalía psicopática realza el fenómeno psíquico o de periodicidad que asiste en alternarse las fases del leve o grave excitación psicomotriz, con fases de leve depresión.

    Los sujetos que están en la fase depresiva, presentan un estado asténico general, con indiferencias más o menos acentuadas hacia las personas, el ambiente, los negocios y sus propios intereses personales. Tienen tendencias a retirarse o alejarse del trabajo y de las propias ocupaciones y caen en un estado de ocio, holgazanería y parasitismo social y familiar. En la fase de excitación presenta un estado de hiperactividad, con exuberancia de energía y movimiento, hasta irracional e irreflexivo.

    Los delincuentes constitucionales psicopáticos de orientación distímica o cicloide, pueden desarrollar sus tendencias criminosas, debido al influjo del medio ambiente social y las fases distímicas que alteran su mente y carácter o conducta. La fase depresiva provoca un prevalerte desarrollo de actividades antisociales y delictivas, orientadas la ociosidad y a toda la forma de aprovechamiento ilícito y de parasitismo social. La fase de excitación es motivo de dedicación a negocios ilógicos e inmorales, es decir, en delitos contra la propiedad privada o personal, y en estafas de modo especial, o bien en actos de violencia más o menos graves, según tenga por objetivo, el logro de la representación de los resultados lícitos o ilícitos.

    Los estados de crisis distímicos, que se desarrollan el los delincuentes constitucionales cicloides, no deben confundirse con las psicosis distímicas verdaderas y propias, denominadas también, psicosis maniaco-depresivas o circulares. Estas psicosis pueden determinar las causas etiológicas de fenómenos delictuosos; son delitos que por su dinámica, se diferencian de los que por su etiología son de naturaleza netamente patológica o psicopatológica. Finalmente, como afirma Benigno Di Tulio, los delincuentes constitucionales psicopáticos de orientación cicloide, presentan graves y persistentes tendencias a la fuga, el vagabundaje, el robo y otros delitos en general, debido a la predisposición constitucional anómala de los factores psíquicos constitucionales psicopáticos, que los expone a una variedad criminógena y a conductas antisociales, por la anomalía distímica: movimientos psicomotrices y estados depresivos enfermizos de la personalidad.

    3.4 DELINCUENTE CONSTICUIONAL CON ORIENTACION MIXTA O INESTABLE

    Benigno Di tulio, afirma que existen delincuentes constitucionales con orientación psicopática mixta, es decir caracterizados porque se encuentran concentrados en común denominador, los caracteres y anomalías constitucionales y trastornos psicopáticos estudiados.

    El criminólogo sostiene: “sin ninguna duda los delincuentes constitucionales con orientación mixta, no solamente son los mas numerosos, sino también, habitualmente los mas peligrosos. Los que constituye una importante confirmación de lo que ha estado muchas veces repetido, es decir, que el carácter de la gravedad del fenómeno criminoso es, en general, directamente proporcional a la multiplicidad y complejidad de sus factores causales”. Cuando se examina con la óptica criminológica, la personalidad de un criminal, culpable de graves y numerosos delitos y faltas, puede suceder que se constate clínicamente que el sujeto antisocial, revela que su constitución delincuencial es diferenciada y calificada por la pericia criminológica, como de orientación sintomatológica mixta. Este fenómeno bio-psíquico se puede explicar fácilmente, debido al hecho de las combinaciones de anomalías psicopáticas, pertenecientes a diversas orientaciones bio-constitucionales que rindan tendencias delictuosas más dinámicas y vigorosas, por consiguiente más graves y peligrosas por las variadas actividades criminosas.

    Por ejemplo, cuando se juntan y combinan las anomalías de orientación hipo-evolutiva con aquellas de orientación neuro-psicopática, desarrollan actividades criminosas, orientadas a la determinada perversidad y a la violencia, que los convierten en sujetos desalmados y hasta sanguinarios, embrutecidos y bestializados, depravación que puede ser de naturaleza bio-constitucional o adquirida por adoctrinamiento por teorías criminales militares, como el de “seguridad nacional”. Casos reales de psicópatas asesinos y sanguinarios, terroristas militares, policiales, paramilitares y determinados subversivos genocidas, criminales de guerra, violadores de derechos humanos, grupo de enemigos de la humanidad.

    En las demás orientaciones psicopáticas constitucionales, se pueden juntar y combinar en un solo delincuente, los caracteres de diferentes orientaciones como aquellos que pertenecen a varias formas de trastornos bio-constitucionales y de anomalías psicopáticas. Es posible, que en el mismo sujeto confluyan caracteres epileptoides e histeroides, que son de la misma orientación neuro-psicopática o caracteres deficitarios obsesivos y paranoides, o de caracteres deficitarios, esquizoide, cicloides, etc., que pertenecen a la misma orientación psicopática. Estos individuos revisten gran interés clínico, médico-legal y criminológico, debido al hecho que, la dinámica de cada delito, complica el diagnostico criminológico, por la complejidad de la actividad criminógena que revelan mayor gravedad, por su frecuencia habitual y sus formas de peligrosidad social.

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    *teorias antropológico-criminales - Manuel Espinoza V.

    *Criminología - Alejandro Solis Espinoza




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    Enviado por:Juan Cornejo
    Idioma: castellano
    País: Perú

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