Prevención de riesgos profesionales


Señalización de seguridad


El uso de la señalización está regulado en RD 485/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

El ámbito de aplicación de este RD es la señalización relativa a:

  • Las zonas, locales, vías, recorridos, peligros derivados de la actividad o la propia instalación

  • Los medios de protección, emergencia, socorro y salvamento de los lugares de trabajo con el fin de salvaguardar la S y S de los trabajotes.

Sin embargo, este RD no se aplicará a:

  • La señalización de productos químicos, sustancias y preparados peligrosos

  • La señalización utilizada para la regulación de tráfico por carretera, ferroviario, fluvial, marítimo y aéreo.

Este RD, en su Art. 5 establece la obligación del empresario de informar a los trabajadores de todas las medidas a tomar relativas al uso de la señalización de seguridad. Deberá incidir en el significado de las señales, especialmente de los mensajes verbales y gestuales. El momento de proporcionar la información será en la implantación de la señalización, cuado se proceda a implantar nuevas señales o cuando se incorporen nuevos trabajadores.

Desde un punto de vista técnico, la señalización de seguridad es el conjunto de estímulos recibidos por nuestros sentidos que pretenden condicionar, con la antelación necesaria, la actuación de aquel que los recibe frente a unas condiciones que se quieren resaltar.

Objetivos de la señalización:

  • Llamar la atención sobre los riesgos con el fin de que no se materialicen en accidentes

  • Alertar a los trabajadores cuando se produzcan situaciones de emergencia que requieran medidas urgentes de protección o de evacuación

  • Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de los medios e instalaciones de protección, evacuación , emergencia o primeros auxilios

  • Orientar y guiar a los trabajadores que realizan determinadas maniobras peligrosas.

Para que las señales sean eficaces han de:

  • Atraer la atención de los destinatarios de la información

  • Dar a conocer la información con la suficiente antelación

  • Ser claras y con una única interpretación

  • Informar sobre la forma de actuar en cada caso concreto

  • Ofrecer la posibilidad real de su cumplimiento

La señalización en sí no constituye ningún medio de protección ni de prevención, sino que complementa la acción preventiva evitando accidentes al actuar sobre la conducta humana.

Es una medida complementaria o una alternativa provisional de prevención de seguridad hasta implantar las medidas necesarias.

Situaciones que se deben señalizar:

  • Los accesos a zonas y locales en los que sea obligatoria la utilización de un equipo o equipos de protección individual. Esta obligación afecta tanto a quienes realizan las actividades, como a cualquiera que acceda durante la ejecución de la misma. La señalización no es de obligación.

  • Aquellas zonas y locales en las que para su acceso solo se admite a personal autorizado. Es el caso de la señalización de advertencia de peligro de la instalación o señales de prohibición a personas no autorizadas.

  • Señalización que tiene lugar en todo el centro de trabajo, y que permita conocer situaciones de emergencias y/o instrucciones de protección durante esas situaciones. Suelen consistir en señales acústicas o comunicaciones verbales. En las zonas donde la intensidad de ruido ambiental no lo permite suelen utilizarse señales luminosas.

  • La señalización de los equipos de lucha contra incendios, las salidas y recorridos de evacuación y la ubicación de primeros auxilios. La señal es en forma de panel. La señalización de los equipos de protección contra incendios persigue un doble motivo: poder ser vistos y conocer su ubicación.

Antes de seleccionar el tipo de señalización, se tendrán en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • la eficacia de la señalización no deberá disminuir cuando coincidan varias señales a la vez o se produzcan otras circunstancias que dificulten su percepción o comprensión.

  • No deberán utilizarse esas señales para transmitir informaciones o mensajes distintos o adicionales a los que constituyen su objetivo propio

  • Cuando los trabajadores tengan la capacidad o la facultad visual o auditiva limitadas, deberán tomarse las medidas suplementarias o de sustitución que san necesarias.

  • La señalización permanecerá mientras persista la situación que la motiva.

  • Estos medios y dispositivos deberán limpiarse, mantenerse y verificarse regularmente.

Tipos de señales

  • Señalización óptica: son las más utilizadas en los centros de trabajo. En ocasiones se acentúan a través de iluminación, que se aplica a ciertas señales cuando los riesgos a evitar son de cierta entidad.

    • En forma de panel: mediante la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo nos proporciona una determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente intensidad

    • El color de seguridad: al que se atribuye una significación determinada en relación con la seguridad y salud en el trabajo.

    • El símbolo o pictograma: es una imagen que describe una situación u obliga a un comportamiento determinado.

    • Estarán colocados en la proximidad del riesgo que deba señalizarse o, cuando se trate de un riesgo general, en el acceso a la zona de peligro. Se instalaran a una altura y posición apropiadas.

    • El lugar de su emplazamiento ha de estar bien iluminado, ser accesible y fácilmente visibles.

    • Estarán echas de material que resista lo mejor posible los golpes, las inclemencias del tiempo y las agresiones medioambientales

      • De prohibición: prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Tiene forma redonda y el pictograma es negro sobre fondo blanco, y los bordes y la banda rojos. (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35%)

      • De obligación: obligan a una determinada conducta. Tienen forma redonda y pictograma blanco sobre fondo azul. (el azul cubrirá como mínimo el 50%)

      • De advertencia: advierten un peligro. Tienen forma triangular y el pictograma es negro sobre fondo amarillo y los bordes negros. Excepcionalmente, el fondo será de color naranja para señales sobre materias nocivas o irritantes. (el amarillo cubrirá como mínimo el 50%)

      • De salvamento o socorro: están concebidas para advertirnos del lugar donde se sitúan salidas de emergencia, lugares de primeros auxilios o llamadas de socorro, etc. Tienen forma rectangular o cuadrada y el pictograma es blanco sobre fondo verde. Las correspondientes a direcciones deben acompañarse con la de primeros auxilios, etc., pues ellas solas no indican la dirección que ha de seguirse (el verde cubrirá como mínimo el 50%)

      • De equipos contra incendios: extintores, bocas de incendios. Concebidas para indicarnos la ubicación o lugar donde se encuentran. Tienen forma rectangular o cuadrada, con pictograma blanco sobre fondo rojo. (el rojo cubrirá como mínimo el 50%)

      • Adicionales: complementan a las anteriores, también se pueden considerar como tales las olfativas y táctiles.

        • Indicativas: se trata de las que no están específicamente codificadas. En general se utilizan letras blancas sobre fondo rojo o letras negras sobre fondo amarillo para situaciones de peligro, letras blancas sobre fondo rojo cuando se trate de aspectos relevantes en la prevención y extinción de incendios y letras blancas sobre fondo verde para salvamento o socorro.

      • Luminosas: las luces emitidas deberán proporcionar un contraste apropiado respecto a su entorno sin llegar a deslumbrar. Cuando sea necesario, la fuente de alimentación será independiente de la general. Cuando sean intermitentes, la duración y frecuencia nos permitirá la correcta identificación. Se revisarán antes de su puesta en funcionamiento y posteriormente de forma periódica.

      • Complementarias de riesgo permanente: utilizada en las zonas de acceso que exista riesgo de caída de personas, de objetos, choques y golpes debido a desniveles, etc. consiste en franjas alternas amarillas y negras con inclinación de 45º

      • Horizontal: se delimitarán con claridad las vías de circulación de vehículos mediante franjas continuas de un color visible, preferentemente blanco o amarillo. Esta delimitación deberá respetar las distancias de seguridad entre vehículos y objetos próximos, y entre peatones y vehículos.

  • Señalización acústica: se basa en la emisión de estímulos sonoros que son recibidos de forma instantánea. Generalmente suelen utilizarse como señales complementarias de las ópticas. El nivel sonoro ha de ser superior al ruido ambiental, al menos en 10dB (A), y no se recomienda que sobrepase los 120dB (A) en periodos muy cortos. El sonido de una señal de evacuación será continuo. Es conveniente utilizar esta señalización solo para situaciones de emergencia, evacuación o anomalías en el proceso.

  • Señalización olfativa, táctil y gustativa: no se contemplan en el RD 485/1997

    • Olfativa: consiste en emplear olores que nos transmiten algún tipo de información. Implican la formación adecuada del operario. El problema es que puede quedar enmascarada por el olor del propio medio.

    • Táctil: se basa en las diferentes sensaciones percibidas a través del tacto de materiales o superficies.

    • Gustativa: consiste en añadir a sustancias tóxicas algún aditivo de sabor desagradable para evitar su ingesta.

  • Señalización gestual: consiste en la realización de movimientos con las manos y los brazos.

    • Suelen utilizarse en caso de movimientos de maquinaria pesada o de elementos voluminosos.

    • Las señales estarán previamente codificadas y se establecerán reglas de actuación para su utilización. Las señales han de ser precisas, simples, fáciles de realizar y de comprender.

    • El que emite las señales se denomina “encargado de las señales” y el que las recibe “operador”; si este no pudiera seguir las maniobras con total seguridad deberá suspender la maniobra. El encargado de las señales deberá ser fácilmente reconocible por lo que llevará uno o varios elementos de identificación apropiados que serán de colores vivos, siendo exclusivamente utilizados por ellos.

  • Señalización de peligro y emergencia: se podrá optar por una o varias de las siguientes dependiendo de la situación de peligro encontrada:

    • Óptica o luminosa: la señal luminosa intermitente se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro

    • Acústica: se utilizarán las señales intermitentes frente a las continuas para indicar un mayor grado de peligro

    • Verbal: por medio de textos o expresiones claras, breves y precisas, de forma directa o indirecta.

    • Gestual: será precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender. Está indicada en los casos en que se presenten ruidos de fondo elevado o escasa visibilidad

    • De panel: triangular de fondo amarillo y borde negro, con el pictograma que mejor exprese la situación de peligro.

Contenido de un procedimiento de trabajo

  • Objetivo: se establecen de forma clara y escueta los objetivos que se pretenden conseguir mediante la publicación del documento

  • Campo de aplicación: se determina la tarea para la cual resultan de aplicación las directrices del documento.

  • Responsabilidades: se fija quien es el responsable de realizar cada una de las acciones descritas, de la puesta en práctica y de velar por el cumplimiento.

  • Descripción de la tarea: se indica como proceder de una forma positiva prestando especial atención a destacar las acciones que resultan marcadamente críticas.

  • Distribución y registro: se hace una lista con las personas que se estima es preciso distribuir el documento y se realiza un registro en el que aparezcan mediante firma los trabajadores implicados que recibieron y comprendieron el documento.

Norma de seguridad: documento escrito en el que se recogen unas determinadas prácticas de trabajo y cuyo cumplimiento resulta obligado. En dicho documento aparecerán las directrices, órdenes, instrucciones o consignas que instruyan al personal sobre los riesgos y la forma de prevenirlos. Estas normas, según su campo de aplicación se clasifican en:

  • Normas generales: dirigidas a todo el centro de trabajo o a amplias zonas del mismo, marcando directrices de forma genérica.

  • Normas específicas: dirigidas a actuaciones concretas señalando la manera segura de realizar operaciones determinadas.

Características

  • Pedagógica y disciplinar

  • Complementar la actuación profesional

  • Necesaria

  • Clara, breve y concreta

  • Posible, exigible y aceptada

  • Actual

Contenido de la norma

  • Objetivo. Descripción breve de la norma

  • Redacción. Desarrollo en capítulos de los diferentes apartados

  • Campo de aplicación. Especificación del lugar, trabajo y operación

  • Grado de exigencia. Especificación sobre su obligatoriedad, indicando en su caso la gravedad de la falta

  • Refuerzo. Normas legales o particulares que amplíen el contenido

  • Vigencia y actualización. Plazo de entrada en vigor y fechas de revisión

Fases de la concepción hasta su implantación

  • Creación

  • Elaboración. Redacción, supervisión y corrección por parte de la dirección de la empresa y del comité de seguridad

    • Hacer un inventario de tareas

    • Descomponer las tareas en actividades y pasos

    • Identificar las tareas o actividades críticas

    • Evaluar el riesgo de cada tarea

    • Verificar la eficiencia de cada tarea

    • Establecer y escribir medidas correctoras

    • Redactar los procedimientos de trabajo o normas de seguridad

    • Poner en practica los documentos

    • Mantener registros relativos a su cumplimiento y actualizar los documentos

  • Difusión o divulgación

  • Vigilancia de su cumplimiento

  • Actualización de la norma por cambio de la Legislación o métodos de trabajo

RIESGOS DERIVADOS DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD

UNIDAD 4. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

RESUMEN

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Idioma: castellano
País: España

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