Relaciones Laborales


Seguridad e higiene en el trabajo


SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

I - PARTE GENERAL Y JURÍDICA

TEMA I

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

1.1.- INTRODUCCIÓN, CONCEPTOS DE TRABAJO, RIESGO Y PREVENCIÓN.

Aunque el trabajo representa la principal actividad creativa del hombre en busca de rentabilidad, ocurre que cuando este modifica los materiales y los medios de su entorno que se encuentra condicionado por una serie de riesgos que debe prevenir para mantener la salud, tanto propia como la del entorno, con lo cual en caso contrario, no existiría esa rentabilidad deseada sin contar las responsabilidades que se deriven de esta manera el trabajo hay que entenderlo como una transformación de la naturaleza porque mediante un control planificado de la técnica, de la organización y de la motivación.

El trabajo incide en función de la demanda, de los nuevos riesgos y de la organización, luego el trabajo repercute sobre el hombre y la mujer y tambien sobre la naturaleza y sobre el resto de la sociedad.

Hombre/Mujer

Demanda Técnica

Nº de riesgos Organización

Naturaleza

Sociedad

Las formas de trabajo aunque sean de tipo manual o intelectivo, están obligadas a tener un equilibrio que va más allá de la mera organización y va más allá de la mera formación, comunicación, acoplamiento biomecánica, los ritmos y los plazos y la competencia y calidad.

Manual: esfuerzo dinámico

Formas de Trabajo

Intelectivo: esfuerzo mental.

Formación

Comunicación

Equilibrio Acoplamiento

Ritmo- plazo

Competencia- calidad

El acoplamiento biomecánica si sólo se queda en el aspecto físico es lo que se entendía antes como antropotecnología (es una parte, la parte física de la ergonomía). Las diversas formas de trabajo obligan a aplicar cuidados y protecciones como prevención contra los accidentes, lo cual en conjunto se ha denominado seguridad e higiene, el trabajo y ha representado siempre la técnica más o menos normalizada para mejorara las condiciones de trabajo, en cada sector y auxiliándose de otras ciencias, la ingeniería, la física, la química, la medicina y últimamente se han añadido las ciencias sociales (derecho, psicología y sociología, etc.). Ambas ramas han buscado una armonía entre el trabajo y el hombre apoyadas por la ergonomía (que pretende (eliminar) todas las cargas física y psíquicas en el trabajo).

La seguridad en el trabajo concretamente se ocupa de evitar daños por lesiones procedentes de máquinas o útiles del trabajo, así como de factores físicos del entorno, tales como espacios, iluminación, transportes o esfuerzos.

La Higiene, por su parte, como tema laboral se ocupa de los daños por enfermedades profesionales, procedentes d la contaminación ambiental ó del entorno del trabajo en base a riesgos físicos(ruidos, temperatura y radiaciones), riesgos químicos (sustancias tóxicas) y riesgos biológicos (bacterias, hongos y virus, así como su posible extensión al medio ambiente.

La ergonomía ha promocionado aspectos psicosociales que inciden en el trabajo para evitar riegos de inadaptación, estrés, falta de comunicación, fatiga, etc. Exigiendo que se desarrolle la autonomía en el trabajo, la creatividad, etc. Todo ello acompañado de técnicos de aprendizaje, en base a la formación de los trabajadores (hace hincapié en la ergonomía cognitiva, estudia las formas para mejorar el conocimiento).

La preocupación por estos problemas nace de forma aislada en 1.778 el Consejo de Castilla redacta un edicto para protección de los albañiles en las obras).

Todo esto se ha ido aglutinando en organismos de tipo internacional, como la OIT, que tras la primera Guerra Mundial y por el tratado de Versalles de 1.919 se establece como oficina internacional del trabajo con sede en Ginebra, dependiendo de la Sociedad de naciones, a partir de este momento difunde normas técnicas y crea convenios particulares y generales con el mundo del trabajo de piases a nivel individual o colectivo, a partir de 1.948, tras la Segunda Guerra Mundial, la OIT se amplia pasando a enterderse como Organización Internacional del Trabajo.

Trabajo Modificación Equilibrio Riesgos

Ambiente

Físico

Químico Bio

Político-Social Imadente/Accidente

Bio Ético-cultural Enfermedad/Lesión

Aumenta = Positiva Insatisfacción

Prevención Efectos Inadaptación

Mínima Negativa Alienación

Revisando el desarrollo de este esquema, se aprecia que el trabajo como actividad se alimenta de un proyecto de matices tecnológicos, humanos y organizativos, a la vez que el diseño o el proyecto es previo a toda organización, a su vez origina unas condiciones de trabajo que se establecen en base al sometimiento, tanto a la ley como a la Seguridad e Higiene.

La Ley hay que entenderla como algo que se alimenta mediante contratos, pactos y seguros de vida, mientras que la Seguridad e Higiene funciona exclusivamente a través de la ley vigente y es el estudio de partes de trabajo que determina la ergonomía.

Cuando el riego se transforma en accidente y ocasiona perdidas, en el apartado de la salud hay que entenderlo como un trinomio bio-psico-social, toda vez que la salud deber ser integral y que la salud biológica representa un concepto fisiológicos, la psíquica un concepto psico-perceptivo y la social un concepto político- grupal.

Por ello la O.M.S. proclama el derecho de toda persona a la integridad física y mental, definiendo la salud como el conjunto de posibilidades individuales y sociales que faciliten el desarrollo armónico de la persona.

DAÑOS PROFESIONALES Y TÉCNICAS DE CONTROL

SEGURIDAD: Daños y lesiones

HIGIENE DE TRABAJO: Todo lo que atañe a contaminación: contaminación industrial (intoxicaciones), como contaminantes están: el ruido (ex)

ERGONOMÍA: Tratado de mejora del trabajo. Es la ciencia que asiste a la Seguridad e Higiene,

tiende al confort, para hacer que el trabajo sea agradable

Ojo: no confundir (ex)- ANATÓMICO: Se adapta a la espalda (es parte de la ergonomía), cumplimentar el acoplamiento bio-mecánico. Y ERGONOMICO, que es un conjuntar con el resto del entorno. Tiende a librar cargas física ó psíquicas.

El acoplamiento biomecánico se estudia en antropotécnología, es la primera parte de la Seguridad e Higiene, que se dedica a la ergonomía, añade aspectos psicosociales a la antropotecnología (adaptar el puesto al hombre).

La salud es un concepto amplio que existe hoy en día es:

  • físico,

  • psíquico,

  • social

  • La ergonomía ha promocionado aspectos psicosociales, que inciden en el trabajo para evitar riesgos de inadaptación, estrés, falta de comunicación, fatiga, etc., exigiendo que se desarrolle la autonomía en el trabajo, la creatividad, etc., todo ello acompañado de técnicas de aprendizaje sobre la base de la formación de los trabajadores (enseñanza práctica par adultos), (haciendo hincapié en la ergonomía cognitiva: que estudia las formas para mejorar el conocimiento.

    La preocupación por estos problemas de Seguridad e Higiene nace de forma aislada (por ej. En 1.778 el Concejo Supremo de Castilla redacta un edicto para protección de los albañiles en las obras). Todo esto se ha ido aglutinando en Organismo Internaciones(como la O.I.T.) que tras la Primera Guerra Mundial y en el Tratado e Versalles de 1.919 se establece como Oficina Internacional del trabajo, con sede en Ginebra (dependiendo de la Sociedad de Naciones). A partir de este momento difunde normas técnicas y crea convenios particulares y generales con el mundo del trabajo de países, a nivel individual y colectivo. A partir de 1.948 tras la II Guerra Mundial, la O.I.T. sé amplia pasando a entenderse como Organización Internacional del Trabajo que asesora a la O.N.U. y actualmente a la C.E.E.

    En la práctica el esquema de la Seguridad e Higiene representa la relación funcional entre trabajo y riesgo, lo cual implica una retroalimentación con un circuito de prevención y corrección avalado tanto por las leyes como por la técnica.

    Actividad normas peligros daños rentabilidad

    .

    Esquema preventivo Trabajo- Riesgo

    El trabajo como actividad presupone un proyecto tecnológico, humano, organizado e implica prevención, esa presencia va a ir pasando por las Condiciones de Trabajo que supone normas.

    Las Condiciones de Trabajo abarca la legislación y la de Seguridad e Higiene.

    De los accidentes de trabajo se ocupa la medicina y la técnica (atención primaria, etc.).

    Acción peligrosa: fallo humano

    Condición peligrosa: fallo material o maquina de accidente

    Acción-condición, se une una imprudencia del hombre que se junta a un fallo material (ej. Soldar junto a un gas explosivo).

    Después están los riesgos laborales (peligros) que se estudian por parte del Estado en Unidades de Seguridad y Salud en el Trabajo ( Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ---INSHT), a nivel de Empresa tienen que existir servicios de prevención en la Empresa propios o ajenos.

    Ambos ( Estado y Empresa) desarrollan la ley y las técnicas aplicables por que no existan accidentes mediante el análisis de puestos de trabajo. Además evalúan los riesgos y planifican la prevención. Tambien hay que tener una evaluación de riesgos en la Empresa. También una formación y participación del trabajador en la Empresa.

    Accidentes de trabajo: se ocupan de ello la medicina y la técnica, la medicina con atención, examen médico, control y seguimiento. La técnica se estudia en cuanto a física, química, aspectos psico-sociales.

    Si se hace bien se puede distinguir si el accidente es por acción (fallo humano) ó por condición (fallo de la máquina), tambien se puede dar conjuntamente (ej. soldador al lado de explosivos)

    Incidentes: cuando un accidente no llega a ocurrir, pero se ve que puede ocurrir, también hay que estudiarlo para mejorarle y que el diseño técnico se ocupe para evitarlo.

    El servicio de seguridad ha de tener un mapa de riesgos. Lesión en caso de enfermedad—hay que tener un mapa sobre enfermedades. Se estudia el ambiente, entorno, satisfacción, clima humano y se hacen recomendaciones para mejorarlo.

    Perdidas son: de salud, economía y calidad. Esto repercute en el personal y familia, tienen un aspecto social en la Empresa, Estado y Entorno.

    Todo ello exige una corrección.

    Revisando el desarrollo del esquema se aprecia que el trabajo como actividad se alimenta de un proyecto de matices tecnológicos, humanos y organizativos, a la vez que el diseño ó el proyecto es previo a cualquier organización. A su vez origina unas condiciones de trabajo que se establecen sobre la base del sometimiento tanto a la ley como a la Seguridad e Higiene. La ley hay que entenderla como algo que se alimenta mediante: contratos, pactos y seguros de vida, mientras que la Seguridad e Higiene funcionan exclusivamente a través de la ley vigente y del estudio de puestos de trabajo que determine la ergonomía.

    Cuando el riesgo se transforma en accidente y ocasiona pérdidas, en el apartado de la salud hay que entenderlo como un trinomio bio-psico-social, toda vez que la salud debe ser total o integral, toda vez que la salud biológica representa un concepto fisiológico, la psíquica un concepto psicoperceptivo y la social un concepto político -grupal. Por ello la O.M.S. proclama el derecho de toda persona a la integridad física y mental, definiendo la salud como el conjunto de posibilidades individuales y sociales, que facilitan el desarrollo armónico de la persona. Toda vez que con anterioridad decía “ sin tara física ó enfermedad constatada”. La O.M.S. como cultura del mundo occidental pretende evitar todas las lesiones y enfermedades haciendo hincapié en la idea de tender hacia el bienestar total. En España, esta idea se ha recogido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.) 31/1.995, acompañada del Reglamento de los Servicios de Prevención que se establece en el R.D. 39/1.997.

    Además se acompaña de numerosos R.D. correspondientes a disposiciones mínimas para proteger al trabajador de cada riesgo profesional, bien general o propio de su sector de trabajo.

    También estos Decretos se auxilian en ANEXOS TÉCNICOS, dentro del propio Decreto o bien con normas técnicas de carácter internacional homologadas especialmente para máquinas y herramientas de trabajo: UNE, EN, ISO, AENOR, DIN.

    La ISO, es la homologación internacional de Normas, la estándar

    AFNOR ( Asociación Francesa de Normalización)

    DIN (alemana)

    UNE (normas técnicas españolas)

    EN ( Comunidad Europea)

    En el camino del esquema, para la prevención del accidente, aparece el estudio y el tratamiento de su origen potencial, que es el riesgo laboral, que se define como “ cualquier situación potencial que puede producir un daño material o personal durante el trabajo.

    Esta probabilidad es la que deben prevenir tanto los Institutos Oficiales de Seguridad e Higiene en el Trabajo en cada Comunidad, como los Servicios de Prevención de la Empresa, bien sean propios o contratados. La idea es partir de un análisis técnico de cada puesto de trabajo, para establecer una evaluación total de riesgos y como consecuencia pasar a desarrollar una planificación preventiva en la que se incluye desde cambios de diseño, aparatos y prendas de protección, hasta una formación y una participación integrada del trabajador en la Empresa.

    Los riesgos profesionales se pueden esquematizar a partir del trabajo:

    Trabajo

    Modificación Equilibrio Riesgo

    Ambiente

    Físico, Químico, Biol. Bio

    Psíquico Psico

    Social: Político, legal Social

    Etico-cultural

    Aumenta=positivos

    PREVENCIÓN EFECTOS

    Minimiza=Negativos

    Este esquema sé amplia de la estadística habitual médica o técnica dedicando especial atención a determinadas formas de trabajo, uso de productos y manipulación de máquinas, estableciendo mapas de riesgo donde bajo signos convencionales se indique los tipos de accidente que se producen.

    EL ACCIDENTE DE TRABAJO: CAUSAS, VARIANTES Y TÉCNICAS DE CONTROL

    Desde el p. de v. legal existen dos daños profesionales: el accidente de trabajo y la enfermedad profesional, aunque desde la prevención en daños derivados del trabajo con mayor ó menor dilatación en el tiempo. Por daño hay que entender toda alteración negativa originada por uno o varios riesgos profesionales sobre personas o cosas.

    EL ACCIDENTE, por estar sometido en el mundo del trabajo a un contrato laboral implica una tutela legal, así se define como toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena (art. 84 de la Ley 1 /94 L.G.S.S.). Por ello si existiese dolo o voluntad de lesionarse se pierde este valor conceptual. Por otro lado dado su matiz de ayuda social asume enfermedades anteriores aceleradas por motivo del trabajo y se extiende incluso al accidente llamado “ in itínere”: Al ir ó volver del trabajo, durante una salida autorizada, viajes de representación, (por supuesto también se excluye el dolo, o infracciones con intencionalidad).

    En el accidente deriva una tecnología muy diferenciada que abarca según el siguiente esquema, pérdidas efectivas y potenciales que inciden en un deterioro general que deben tutelar los Estados.

    RIESGO ACCIDENTE INCIDENTE

    Pérdidas Pérdidas potenciales

    Efectivas +

    Enfermedad Inseguridad

    Lesión Tensión

    Materiales Insatisfacción

    Productos F. Imagen

    DETERIORO ENTORNO

    Personal- Familiar

    Empresa

    Social Estado

    Compañeros-gremio

    ENFERMEDAD PROFESIONAL, entendemos a la producida por elementos o substancias del trabajo por cuenta ajena, ocasionando incapacidad permanente o progresiva para el ejercicio de una profesión, incluyendo el agravamiento de otras persistentes(art. 85 Ley 1/94, L.G.S.S.)

    LOS DAÑOS A LA SALUD:

    Desde el p. de v.. Técnico aparecen daños a la salud que van más allá del accidente, la enfermedad, y estos son 5:

    1. - El Accidente blanco,

    2. - El incidente

    3. - El envejecimiento prematuro

    4. - La insatisfacción laboral

    5. - La fatiga profesional.

    Entendiendo por tales:

  • EL ACCIDENTE BLANCO, es aquel accidente que sólo produce daños materiales o económicos, es decir, sin dañar a las personas (ex), mientras que

  • INCIDENTE, es todo acontecimiento fortuito y no deseado de matiz no lesivo, pero que podría haber ocasionado alguna lesión en otras condiciones (a nivel prevencionista es un accidente de las que hay que eliminar las causas de riesgo que en otras circunstancias pudieran producir daños

  • EL ENVEJECIMIENTO PREMATURO, supone un desgaste del organismo humano con pérdida de las defensas naturales producido por ciertos grados de nocividad, derivados del trabajo y que asume el cuerpo sin llegar a presentar las lesiones habituales o enfermedades tipificadas aunque es notorio que la edad biológica se presenta como superior a la real.

  • LA INSATISFACCION LABORAL, que puede derivar de la falta de adaptación al trabajo por causas propias o bien por agresiones continuadas del medio laboral, o de la organización empresarial. Puede tener origen en causas físicas, psíquicas y sociales derivando a estados de ansiedad ó de depresión que aumentan en gran medida la opción al accidente.

  • LA FATIGA PROFESIONAL, que aparece en personas cuya tarea no permite una recuperación normal, debido a trabajos continuados, repetitivos o al límite de un esfuerzo normal, con lo cual se produce agotamiento físico en unos casos y descontrol mental y apatía en otros. Se manifiesta como una dificultad para actuar y para pensar, con lo cual se anulan las alertas necesarias parar evitar los riesgos. Presentan un desgaste poco aparente pero cuando se materializa es de difícil recuperación y que afecta a centros neurálgicos del cerebro.

  • 1.4. CAUSAS DEL DAÑO Y SUS TÉCNICAS DEL CONTROL

    El accidente en general desequilibra las condiciones de trabajo porque aunque incide como un riesgo previsto no es deseado y origina pérdidas, sus causas se interpretan de 3 tipos:

    (ex)

  • TÉCNICAS, que representan condición peligrosa (fallos técnicos)

  • HUMANAS, que representan la acción peligrosa, (fallo humano)

  • MIXTO, que representan acción-condicción, (fallo técnico + humano)

  • A) Se entiende por fallo técnico, o condición peligrosa, el que procede de máquinas sin protección, materiales tóxicos ó explosivos en el medio de trabajo, proyecciones de materiales atrapamientos, etc. B) Por acción peligrosa o fallo humano, se entiende cuando un trabajador no se protege él y el entorno con medidas de protección, como pueden ser botas, gafas, casco o cabinas propias para trabajos especiales, con lo cual una C) causa mixta de (ex) acción-condicion supone que coincidan estos dos extremos, ej. Que un soldador realice su trabajo sin protecciones para él y para el entorno, o bien que suelde al lado de elementos explosivos, o bien que se trasladen materiales para una escalera sin barandilla, etc.

    Como riesgos técnicos hay que entender también condiciones peligrosas derivadas de la planificación, de la organización en el trabajo, de la falta de medios para realizarle y del mantenimiento y conservación de maquinas y útiles (mantenimiento, alimentación de máquinas para el trabajo y conservación vigilar su deterioro.

    Mantenimiento---- alimentación

    Conservación--- cambien los repuestos (reparación)

    Las acciones peligrosas, como riesgos que proceden de la actividad humana, oscilan desde imprudencia en la forma de actuar, hasta falta de formación en el trabajo, inadaptación, falta de estabilidad emocional y no hacer uso de las protecciones adecuadas o de la señalización.

    (CONTAMINACION: afecta a varias personas a la vez, por ej. : el ruido)

    ACCION PELIGROSA==== > FALLO HUMANO

    CONDICIÓN PELIGROSA=== FALLO TÉCNICO

    ACCIÓN MIXTA======= ACCIÓN-CONDICIÓN (acción por parte de hombre y condición peligrosa) (ej. Una persona va corriendo y además no hay barandilla).

    Para prever estas deficiencias existen técnicas de control que son tan amplias y diversas como los factores que inciden en cada puesto de trabajo (ex). Estableciéndose listas de elementos que hay que considerar para verificar cada puesto de trabajo y que se denominan “check-lists”, ó listas de verificación o chequeo que resumen la normativa vigente para cada especialidad ó puesto de trabajo en aspectos técnico-legales.

    A nivel de grupo, en definitiva se reduce a capítulos que de forma genérica pueden ser 6:

    1º. Las condiciones de las máquinas, de los medios para trabajar (seguridad industrial) (EX) (ojo, que esto se refiere a la seguridad)

    2º. - La contaminación ambiental (física, química ó biológica) (higiene industrial) (ex)

    3º La incidencia medioambiental, referido al aire, al suelo y al subsuelo

    4º La eliminación de cargas en el trabajo (eliminar lo molesto, tender al confort)--- Se ocupa la ergonomía.

    5º. -La administración de recursos humanos (el acoplamiento entre adaptación y aprendizaje) y esto lo hace la psicología social

    6º. - La planificación, la organización y la gestión del trabajo, que se ocupa de ello la sociología industrial.

    El análisis de estas facetas se realiza en conjunto de forma mixto y alternativa ya que todo trabajo incluye medios, personas y entorno con trabajos que aunque sean especializados combinan alternativamente cada capítulo citado:

    Salud

    Accidente

    Física

    Biológica

    Psíquica

    Social

    Causa

    Efecto

    Estudia las condiciones materiales del ambiente

    Contenido de adaptación al trabajo

    Organización del trabajo, clima humano

    Acción

    Condición

    (control)

    Daño

    Pérdidas

    (Análisis)

    Seguridad

    Medicina Ingeniería, Organización

    Higiene

    Psicosociología

    % satisfacción: Salario, Estabilidad, Promoción, Creatividad, Libertad.

    Prevención

    Corrección

    Ergonomía (confort)

    Fin tema 1.

    TEMA 2

    PLANIFICACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA

    2.1. MOTIVOS QUE ORIJINAN LA ACCIÓN PREVENTIVA

    Los motivos principales de la organización del trabajo de cara a la prevención son tres:

    1. - Motivos humanitarios

    2. - Motivos económicos

    3. - Motivos legales

    La acción preventiva en materia de riesgos laborales presupone tener planificado el trabajo antes de ejecutarle para que no se produzcan accidentes. Aún con ello aparecen imponderables derivados de fallos humanos. La L.P.R.L. obliga a planificar desde la concepción del proceso (diseño), para concienciar que a partir de unos cimientos de formación tanto el obrero como el patrono deben valorar los motivos que explican esta necesidad.

    1º. - El motivo humanitario: tiene aspectos físicos y psicosociales. Por aspectos físicos se entiendes las lesiones, la enfermedad ó la muerte, por aspectos psicosociales, el sentimiento, sufrimiento, la reeducación, la incapacidad, ó la minusvalía, extensivos a la familia, la empresa, y los compañeros.

    2º. - Los motivos económicos, se dividen en dos:

    a.- Costes directos b.- costes indirectos

    Se consideran:

  • costes directos, el salario del lesionado, los medicamentos, las indemnizaciones y la producción perdida.

  • por costes indirectos, el tiempo que pierden los compañeros y los técnicos en asistir al accidentado y estudiar el problema. La investigación del caso por parte del servicio medico, del servicio de seguridad y el de organización del proceso, así como, el nuevo adiestramiento del accidentado y su recuperación y también los servicios dependientes de la administración

  • 3º. - Motivos legales: 3 facetas:

    a.- las sanciones penales de tipo personal, tienen que haber un responsable físico.

    b.- Las sanciones jurídicas a la empresa, responsable jurídico.

    C.- Posibles sanciones al trabajador, cuando exista dolo, ó engaño, no accidente.

    La planificación preventiva tiene como característica básicas, derivadas de los motivos enunciados, la idea de integrar tanto riesgos humanos como riesgos materiales, aprovechar los recursos económicos y establecer medidas de emergencia, de vigilancia, de formación y de participación.

    2.2. SEGUIMIENTO DOCUMENTAL

    La idea de prevención aparece desde el momento en que se considera éticamente obligada y a la vez amparada por leyes y normas. En España destacan con anterioridad a la nueva L.P.R.L. En 1.940 el Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo; en 1.971, la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y en 1.986, el Reglamento Seguridad en Máquinas. La nueva Ley (31/95) aunque en aspectos concretos, dimana de la Directiva Europea 89/391 CEE, que a su vez se elaboró por un trabajo conjunto de países como Alemania, Francia, Holanda, Bélgica, Canadá y España. Durante un coloquio internacional de educación y formación para la prevención de accidentes en 1.989 en París.

    La importancia de esta Asamblea, en que se trataron por primera vez, se trato de la fatiga físico-psiquica y estrés, se cuidaron aspectos como el acondicionamiento de un espacio para el ocio y también una educación y formación en prevención diferenciare para cuatro tipos de personas: - trabajador: 1. - jóvenes, 2. - asalariados, 3 dirigentes, 4, expertos.

    Este paso es el que se plasma en España en nuestra Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995, de 8 de Noviembre y en el Real Decreto que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, R.D. 39/1l.997, de 17 de enero.

    Esta Ley y Reglamento se apoya en el posible control total de pérdidas que habitualmente aparecen como derivación de riesgos no previstos, el seguimiento documental exigible al Empresario (Graduado Social o responsable), aparece en el Capítulo II, Sección 1ª del Reglamento de los Servicios y puntualiza 11 aspectos obligatorios:

    ex

    1. -Debe existir una evaluación de riesgos.

    2. - Una planificación de una acción preventiva.

    3. - Medios de protección y de prevención

    4. - Resultados de controles periódicos.

    5. - Controles de salud de los trabajadores.

    6. - Relación de accidentes y enfermedades profesionales.

    7. - Análisis de situaciones de emergencia con planes y previsión de las mismas.

    8. - Medidas de primeros auxilios (botiquines ó servicios médicos).

    9. - Lucha contra incendios y evacuación, con planes y previsiones

    10. - Designación de trabajadores dedicados a prevención con la formación e instrucción permanente.

    11. - Actas de Comités de Seguridad e Higiene y salud en el trabajo.

    Además de esta actividad documental, el Empresario debe disponer de libros de inspección, control de radiaciones ionizantes, los ruidos, o bien de especialidades concretas que hagan peligrar la salud del trabajador, teniendo que archivar esta documentación hasta 30 años después de que haya concluido su relación laboral con la Empresa. Todo ello acompañado de ficha de exámenes médicos de cada trabajador.

    SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN (S.G.P.R.L.)

    Para su mejor concreción como regla general existe la norma española UNE 81.900 EX (EXPERIMENTAL), DEL AÑO 96, homologada por AENOR (Asociación Española de Normalización.)

    Esta norma aporta datos de planificación estableciendo prioridades tanto de gestión como de control, de registros diarios, evaluación y responsabilidades correspondientes tanto a personal como a dirección, recursos, comunicación y formación.

    Como principios de acción preventiva en el ámbito legal cada Empresario puede elegir sistemas de gestión propios ó las que ofrezca el mercado, ya que deben estar homologados y se pueden realizar en el ámbito manual, administrativo o por ordenador, siempre que garanticen los principios del artículo 15 de la ley de Prevención de R.L. que son 9 principios:

    1. -Evitar los riesgos(según registro documental de acciones, normas y pedidos)

    2. - Evaluar lo que no se pueda controlar, asegurándolo y utilizando los medios posibles.

    3. - Combatir los riegos en su origen (art. 15 L.P.R.L.)

    4. - Adaptar el trabajo a la persona (análisis del puesto y profesiogramas).

    5. -Sustituir lo peligroso por lo menos peligroso o anularlo

    6. - Utilizar la evolución técnica disponible (se puede solicitar ayudas a la Unión Europea)

    7. - Garantizar la información, formación y participación de los trabajadores.

    8. - Priorizar la prevención colectiva sobre la individual (y según orden de gravedad), numerar de 0 a 10.

    9. - Integrar la prevención en la Organización y en el gasto habitual de la Empresa

    2.4. ACTIVIDADES PREVENTIVAS DE LA EMPRESA

    La principal es crear la figura legal del Delegado de Prevención que regirá los Comités de Seguridad y Salud en cada Empresa y la forma autónoma, dada su autonomía el delegado velará por evitar cualquier deficiencia señalada por la Ley y fomentará con todos los medios de la Empresa la mejora de la salud del trabajador haciendo que el trabajo resulte apetecible y creativo. A través del Servicio de Prevención en la Empresa, sea propio o contratado el Comité se reunirá como mínimo cada 3 meses para establecer los controles de prevención incluyendo medidas correctoras, estadísticas, mapas de áreas en la que se producen accidentes, todo ello debe de estar disponible para informar al trabajador y poder ser revisado por cualquier inspección. En lo que respecta a mapas sobre prevención de riesgos se utilizan normalmente codificaciones, con signos convencionales que pueden diferenciar:

    = Incidentes

    = Daños

    = Accidentes sin baja

    = Accidentes con baja

    Otros símbolos:

    = Ruido

    - = Microfilm (contaminado

    = Vibraciones

    = Polvo

    = Carga mental

    = Esfuerzo físico

    Él trasfondo de esta actividad preventiva para la Empresa se encuentra entre los artículos 16 al 24 de la L.P.R.L. de 31/1995, así por ej. El art. 16 exige la evaluación de riesgos y la planificación de la acción preventiva, el 17, el control de equipos de trabajo y de los medios de protección colectiva ó personal.

    • Equipos de trabajo: las máquinas

    • Equipos de protección: E.P.I.s ( Equipos de protección individual): máscara, gafas (bien colectiva o personal).

    El art. 18 exige informar y consultar a los trabajadores

    El art. 19 habla de formar a los trabajadores en temas de prevención, periódicamente se ha de pasar por cursillos de prevención.

    El art. 20 obliga a establecer planes de emergencia.

    El art. 21 habla de informar, adoptar medidas y comunicarse con los superiores ante un riesgo grave e inminente, referido a esto la L.P.R.L llega a explicar que si hay 2 miembros del Comité de Seguridad e Higiene deciden parar la producción se para.

    El art. 22 pide garantizar el control de la salud, que viene dado por la Ley General de Seguridad.

    El art. 23 habla de crear y mantener la documentación personal

    El art. 24 habla de coordinar y responsabilizarse de los trabajos subcontratados.

    IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS

    La evaluación de riesgos aunque parte del art. 16 de la L.P.R.L. se concreta en el Reglamento de los Servicios de Prevención 39/1.997, a través de sus capítulos 1ª y 2ª, y que se detallan en el articulado del uno al séptimo, explicando contenido y procedimientos. Art. el art. 3ª del Reglamento se define la evaluación de riesgos “como el procedimiento dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse para adoptar las medidas que lo eliminen o reduzcan, tanto en el ámbito individual como colectivo, así como para establecer un control periódico sobre las condiciones, métodos, organización y salud en los trabajadores.”

    La evaluación inicial debe realizarse con un análisis de cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta el acoplamiento bio-mecánmico de cada persona, el entorno, los sistemas de organización y el método de trabajo.

    Según el art. 7, la documentación de cada puesto (ex) debe reflejar:

    1) en primer lugar la identificación de puesto y en segundo lugar

    2)los riesgos existentes, y los trabajadores afectados y

    3)en tercer lugar el resultado de la evaluación y medidas que procedan

  • y en cuarto lugar la referencia concreta a procedimientos, métodos y ensayos utilizados.

  • Además de la evaluación inicial se exigen evaluaciones posteriores que serán acumulativas y ocurrirán además de una revisión anual (ex) cada vez que exista una modificación: cambio en los equipos, en los materiales, en las técnicas de trabajo, y en las cualidades de los trabajadores, incluyendo por supuesto cambio, del entorno y de la Organización.

    El art. 29 del Reglamento Sev. Prev. especifica en el tema de las posibles auditorías, la empresa que no concierten la prevención con una Entidad especializada, están obligadas a realizarla como mínimo cada cinco años.

    Satisfacción

    Mejora (costes)

    1ª fase 2ª fase 3ª fase 4ª fase

    Formación

    En la práctica la identificación consiste en de manera explícita en una ficha modificable identificar las condiciones físicas del trabajo con el comportamiento de los trabajadores en actividad, valorando su peligrosidad en función de la Ley y de la Norma y cuando se pueda- ergonomía, en función del confort

    ANALISIS

    PUESTO TRABAJO

    Definición-------------

    Trabajador-------------

    Máquina----------------

    FASES

    Aprovisionamiento

    (operaciones)

    Amolado (pulido)

    Depósitos-traslado

    Contable- producción

    Traslado Material

    Detección de riesgo

    EVALUACIÓN DE RIESGO (EX)

    Gravedad

    Probabilidad

    Ligera

    Media

    Extrema

    Baja

    T

    To

    M

    Media

    To

    M

    I

    Alta

    M

    I

    IN

    T -Trivial

    To - Tolerable

    M - Moderada

    Gravedad I - Importante

    IN - Intolerable

    Ojo: ( ex) es pregunta de examen te dice la gravedad y tienes que saber si el riesgo es M- moderada o I o In (importante o intolerable), etc.

    CUADRO DE FACTORES Y REISGOS ASOCIADOS

    Factores de riesgo (agentes)

    Riesgos

    SEGURIDAD

    HIGIENE

    ERGONOMIA

    E,H

    E,S,H

    E,H

  • Espacios y superficies de trabajo

  • Escaleras

  • Plataformas de trabajo y aberturas

  • Puertas y salidas

  • Iluminación

  • Ventilación y climatización

  • Temperatura y humedad

  • Limpieza y servicios de higiene

  • Almacenamiento de materiales

  • Señalización

  • Pantallas de visualización

  • Aparatos a presión: Calderas

  • Aparatos a presión: Compresores

  • Herramientas manuales

  • Máquinas

  • Riesgos eléctricos

  • Incendios

  • Aparatos y equipos de elevación

  • Puentes-grúa

  • Grúas móviles

  • Carretillas automotoras

  • Transportadores

  • Movimiento manual de cargas

  • Sustancias químicas peligrosas

  • Suministro de gases

  • Ruido

  • Vibraciones

  • Radiaciones ionizantes

  • Radiaciones no ionizantes

  • Exposición a contaminantes químicos

  • Exposición a contaminantes biológicos

  • Carga física

  • Carga mental

  • Protecciones personales

  • Jornada y ritmos de trabajo

  • Equipos de trabajo

  • 01,02,03,07,11,23

    01,03,05,07

    01,02,03

    01,03,07,08,11,23

    07,20,24,25

    26,27

    14,15

    01,02,06,17,26,28

    05,06

    01,07,11,16,20,21,23

    02,14,16,19,24,26,28,29,30,31,32,33

    01,02,04,07,15,16,17,18,20,21,32

    07,11,16,20,32,36

    04,09,10,31,34

    10,11,12,15,21,30

    16,20

    21

    01,03,05,06,09,11,20,34

    01,03,05,11,13,16

    01,05,07,09,11,12,16,23

    01,05,07,12,23,35

    01,05,11,17

    02,09,13,35

    17,18,20

    17,20,21

    32

    36

    19

    19

    27

    26

    35

    33

    01,09,10,18,27,30,32,34

    30,35

    01,05,10,11,12,14,16,20,21,23,24,27

    RIESGOS

    O1. Caidas de personas a distinto nivel

    02. Caidas de personas al mismo nivel

    03. Caidas de objetos por desplome o derrumbamiento

    04. Caidas de objetos en manipulación

    05. Caídas de objetos desprendidos

    06. Pisadas sobre objetos

    07. Choques contra objetos inmóviles

    08. Choques contra objetos móviles

    09. Golpes de objetos y herramientas

    10. Proyección de fragmentos o partículas

    11. Atrapamiento por o entre objetos

    12. Atrapamiento por vuelco de máquinas, tractores o vehículos

    13. Sobreesfuerzos

    14. Exposicion a temperatura ambientales extremas

    15. Contactos térmicos

    16. Exposición a contactos eléctricos

    17. Exposición a sustancia nocivas o inflamables

    18. Contactos con sustancias cáusticas o corrosivas

    19. Exposición a radiaciones

    20. Explosiones y/o incendios. ,

    21. Incendios

    22. Accidentes causados por seres vivos

    23. Atropellos o golpes con vehículos

    24. Fatiga visual

    25. Deslumbramientos.

    26. Exposición a contaminantes biológicos.

    27. Exposición a contaminantes químicos

    28. Disconfort

    29. Reflejos

    30. Estrés

    31. Fatiga postural

    32. Exposición al ruido

    33. Fatiga mental

    34. Cortes

    35. Fatiga física

    36. Exposición a vibraciones.

    Riesgo de organización: hay que estudiar el ritmo de trabajo ó el diseño.

    Aclaración del esquema.

    Para el desarrollo del análisis de puestos de trabajo hay que tener en cuenta las 3 fases fundamentales:

  • Detección

  • Evaluación

  • Planificación

  • 1. - Detección, (análisis) el analizar el puesto de trabajo hay que desglosar lo que previamente debe existir que es la ficha de programación técnica del trabajo, con el fin de establecer fases del mismo y operaciones de cada fase.

    a.- Análisis de cada puesto de trabajo, hay que contar con la ficha de programación técnica del trabajo 1) Diferencias las fases de las operaciones particularizando movimientos. 2. - Establecer actividades complementarias ó desplazamientos, 3. - Añadir trabajos no habituales pero planificados en la ficha de trabajo, como puede ser el mantenimiento y la conservación, 4, incluir tareas compartidas o inespecíficas (acopios, limpieza, coordinación transporte, etc.) 5. - Particularidades del entorno, referidas a iluminación, temperatura, corriente de aire, etc. 6. Planificación de la organización (en lo que atañe al método a seguir de trabajo, al ritmo de trabajo y a la productividad exigida).

    2ª fase: DETECCIÓN DE RIESGOS

    Corresponde utilizar los chek list, estos serán adecuados a la legislación (son las listas de chequeo) o guías del INSHT. Además habrá de utilizarse el profesiograma del trabajador

    3ª Fase: EVALUACIÓN RIESGOS LABORALES

    Que deberá servir para la elección de equipos y productos adecuados para la salud del trabajador, así como de las prendas de protección, detectando en paralelo modificaciones psicosociales de la organización. Esta valoración global deberá diferenciar por orden de gravedad cada faceta y a su vez dará prioridad a los casos generales sobre los particulares para favorecer la posterior planificación. Para que la evaluación se convierta en planificación, debe establecerse un seguimiento en función de la probabilidad de materializarse los riesgos- con valores de baja, media y alta probabilidad, enfrentadas al tipo de gravedad que se denomina ligera, media ó extrema, pero que deduce una estimación global desde lo trivial a lo intolerable con una valoración numérica de 1 a 10. Algunos autores lo realizan con una valoración de 1 a 5 lo que por supuesto abarca menos matices.

    Los índices de gravedad técnicamente pueden establecer una guía de consecuencias leves, graves y muy graves entendiendo para que sirva de referencia que por:

    Leve se entiende: dolores de cabeza, de espalda ó pequeños cortes en la piel,

    grave, se entiende la pérdida de dedos o falanges, cortes notables, dermatitis y traumatismo de tipo oseo-muscular,

    Muy graves pueden considerarse las lesiones múltiples, el cáncer o la muerte.

    Para apoyar el gasto hay que interpretar como índice de recargo en los costes debidos a muerte o incapacidades que supone en trabajos de categoría media de 5 a 25 millones de pesetas o en trabajos peligrosos de 10 a 28 millones.

    La evaluación del riesgo es consecuencia que se define también en la ley como la valoración de la probabilidad de ocurrencia e intensidad de los daños esperados con unos riesgos determinado ó por su totalidad. Abundando en el tema de la evaluación, el Reglamento de los Servicios de Prevención en su art. 8º y 9º) ó resulta concluyente pues una evaluación con planificación. Así por ej. El art. 8 dice: “cuando el resultado de la evaluación ponga de manifiesto actuaciones de riesgo, el empresario planificará la acción preventiva que proceda en función de su magnitud y el número de trabajadores. El art. 9 dice que la planificación debe contener en 1er. lugar medios humanos y materiales que sean necesarios, en 2º lugar debe disponer de una asignación de recursos económicos en 3er. Lugar obliga a establecer medidas de emergencia, en 4º lugar exige una vigilancia de la salud en 5º lugar información de los trabajadores y en 6º lugar cumplimentación año por año.

    4ª fase: PLANIFICACION

    Al ser preventiva, tiene como característica básicas, la gestión y la organización sobre la base de unos costes tanto personales como sanitarios, como de daños a la propiedad ó de responsabilidad legal. Por ello la ley indica que la planificación debe ser un componente más de la Organización empresarial, también, la responsabilidad de dicha gestión, hay que entender que recae en toda la línea jerárquica desde el Director al trabajador menos cualificado y en 3er. Lugar la planificación incluye información, formación y participación de los trabajadores de manera obligada cuando proceda (obligada para personal de nuevo ingreso, uso de nuevas tecnologías o cambio en los procesos de trabajo).

    El contenido que debe presentar la planificación integra en estas características básicas 6 factores:

  • Factores de riesgo humano, y de riesgo material.

  • Recursos económicos, técnicos y de diseño

  • Aprovisionamientos de materiales y de aspectos subcontratados

  • La prevención en su fase productiva, debe ocuparse de cada fase del proceso de trabajo referido a cada entorno

  • Las medidas de emergencia y de vigilancia de la salud, deben actualizarse de forma periódica.

  • La información, formación y participación de los trabajadores, debe establecerse de manera conjunta de trabajadores y empresa (visada por el Comité de Seguridad e Higiene y por los Sindicatos).

  • Para entender los costes empresariales, hay que dividirles en 4º conceptos

    (ex)

    1. - Daños de tipo personal: , en el que entran horas perdidas por el personal accidentado, horas perdidas por otro personal, horas extraordinarias, prestaciones sociales, contratación de posibles sustitutos, formación añadida, adiestramiento, etc.

    2. - Daños a la propiedad: , materias primas, materias elaboradas, productos en preparación, maquinarias, instalaciones, posible contaminación ambiental

    3. - Daños sanitarios: de botiquín y los primeros auxilios, los desplazamientos, uso de la clínica, seguro de accidentes y posible rehabilitación

    4º. - Costes legales: , que absorbe responsabilidades y sanciones

    (Ex: posible pregunta de examen; nos da un supuesto y tenemos que identificar a que daños corresponde). -

    Fin del tema 2.

    TEMA 3

    FUENTES JURÍDICAS NACIONALES: LEY DE PREVENCIÓN Y SU DESARROLLO REGLAMENTARIO

    3.1. FUENTES JURÍDICAS NACIONALES

    3.1.1. ANTECEDENTES

    En España existen referencias de los orígenes de la prevención desde el S. XI, existiendo actas legislativas sobre accidentes de trabajo con ocasión de la construcción de la Catedral de León, en el S.XVII, las Ordenanzas de Minas del Franco-Condado (parte Francesa) =Alta Borgoña. Posteriormente en las Leyes de Indias se regula los trabajos mineros de Platino. Volframio y Vanadio, estableciéndose la figura del defensor del indio, dependiendo de Virreyes y conquistadores. Se regula en esta Ley de Indias las fortificaciones, fábricas y minas, matizando que el trabajo sea de 8 horas máximo/día, teniendo en cuenta, la complexión física del trabajador y limitando al máximo a 2 arrobas (23 Kg). Igualmente se prohibía el trabajo a indios menores de 18 años.

    En el S. XVIII las compañías de seguros establecen dispositivos de prevención e inspecciones periódicas de los talleres para defender sus intereses. Oficialmente en 1.775, López de Arévalo, publica una memoria del trabajo en las minas de Almadén (mercurio). En 1.880 Antonio Cibar publica una memoria sobre el peligro de las minas de carbón aunque le siguen otros autores clarificando los establecimientos industriales s/ el grado de insalubridad. A partir de 1.944 se crea Comités de Seguridad e higiene y en 1.947 se promulga la Ley de Enfermedades Profesionales. En 1.957 tras crearse los servicios médicos de empresa se decreta trabajos peligrosos para mujeres y menores. En 1.971 se publica la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo que ha estado en vigor hasta 1.999.

    3.12. EVOLUCIÓN DE LAS FUENTES JURIDICAS

    Nuestra L.P.R.L. (31/1.995 de 8 de Noviembre). Esta Ley es el pilar fundamental para articular la Seguridad e Higiene y la salud en el trabajo, porque conlleva una nueva dimensión de prevención, que implica tanto al Empresario como al trabajador, sustituye a la antigua Ordenanza General (O.G.S.H.T) (9.3.1971), actualmente derogada, porque situaba a la Empresa en un ámbito de relativa impunidad ya que no valoraba la prevención de riesgos, sino solamente el cumplimiento de normas estandarizadas y estáticas. Ahora la Ley bajo el nuevo concepto europeo es flexible, participativa y progresiva, pues exige un diseño planificado dentro de la organización empresarial, y además promueve una ejecución continuada. Al modificarse la ley 50/1.998, sobre medidas fiscales, administrativas y de orden social se incluye como infracción las acciones u omisiones de los Empresarios en servicios de prevención, auditorias, etc. Como responsabilidades civiles y penales.

    También en paralelo el C. Civil principalmente en su art. 1902 a 1910 castiga toda acción u omisión al Empresario del daño causado a un tercero con obligación a repararle. También interviene la Ley General de Seguridad Social, R.D. 1/1.994 en cuanto al complemento médico y en las prescripciones complementarias. La propia Ley de Prevención de Riesgos Laborales, complementa en su art. 6, leyes y normas que vendrán acompañadas de Anexos técnicos, así como de guías ó normas técnicas homologadas ( UNE, DIN, etc.). La L.P.R.L. da respuesta a otras fuentes jurídicas como son la C.E. (art. 40.1.2), al E.T. (arts. 4,5,6 y 19), a los Convenios de la O.I.T. especialmente el 155, al Acta Única Europea (arts. 100 a y 118 a) y finalmente a la Directiva CEE de la que emana Dtª 89/1.391 CEE.

    El Art. 40.2 C.E. encomienda a los poderes públicos velar por el desarrollo de la Seguridad e Higiene mediante una política de prevención y protección de riesgos para defender la salud del trabajador.

    El E.T. Ley 8/1.980, refundido 1/1.995, el Art. 4 exige la integridad física, con una Seguridad e Higiene adecuada; el Art. 5 del E.T. obliga a observar las medidas de Seguridad e Higiene que se adopten, el Art. 6 E.T. se habla del trabajo prohibido a menores de 16 años y a los mayores de 18 años, eliminar trabajos nocturnos e insalvables, y en el art. 19 E.T. habla de la protección eficaz en S.H. de la participación del trabajador de la formación, de cambio de puestos, cuando fuera necesario e incluso la denuncia por escrito cuando exista probabilidad de riesgo serio.

    La O.I.T. Conv. 155, ratifica la responsabilidad del Estado en materia de Seguridad y Salud, incluyendo el Medio Ambiente y el Acta Unica en su art. 100-A, establece seguridad para los productos de mercado interno y en el art. 118.A. se refiere a la mejora del medio de trabajo, incluida la política social de Seguridad y Salud.

    Como norma complementaria a la Ley existe el Reglamento de los Servicios de Prevención, que corresponde al RD 39/97. También se incluye un número considerable e R.D. bien para cada sector de riesgo ó bien para temas generales que son comunes a varios sectores (incendios, equipos de trabajo, E.P.I.s, lugares de trabajo, señalización, etc. (ver página que dio en clase).

    NORMAS PRINCIPALES DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO

    La LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ( lprl) = Ley 31/1.995, 8 Noviembre ( B.O.E. 269 de 10.11.95) y en vigor a partir de 10.2.96., es el pilar fundamental para articular la Seguridad e Higiene y Salud en el Trabajo por cumplimentar, la/el:

    • Constitución Española (arts. 40.2 y 149.7).

    • Estatuto Trabajadores ( ar. 19).

    • Convenio O.I.T. 155

    • Acta Unica Europea (art. 100-a y 118-a).

    • Directiva Marco 89 /391-CEE (art. 6.2).

    • Código Civil (art. 1902 a 1910).

    Y se acompaña de los siguientes Reales Decretos (algunos anteriores a la Ley, y por lo tanto en vigor hasta que se actualicen), así como de Leyes Sanitarias y de Seg. Social:

    R.D. 2001/83- REGULACION JARNADAS, DESCANSOS Y ASPECTOS DE ERGONOMÍA.

    LEY 14/1986- LEY GENERAL DE SANIDAD

    R.D. 886/88 - PRODUCTOS QUIMICOS DE ALTO RIESGOS

    “ 1316/89 - EXPOSICIÓN AL RUIDO

    “ 53/92 - PROTEC. SANITARIA CONTRA RADIACIONES IONIZANTES

    “ 1942/93 - REGLAMENTO INST s PROTEC. CONTRA INCENDIOS

    “ 1/1.994- LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    “ 159/95 - COMERCIALIZACION Y LIBRE CIRCULACION INTRACOMUNITARIA DE E.P.I.S ( EQUIPOS DE PROTECCIONA INDIVIDUAL).

    “ 363/95 - reglamto sustancias nuevas y clasif. envasadas y etiquetadas como peligrosas.

    “ 2177/96 - PREVENCIÓN DE INCENDIOS DE EDIFICIOS.

    “ 39/97- RECLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

    “ 413/97 RADIACIONES IONIZANTES.

    “ 485/97 -señalización sobre seguridad y salud en el trabajo

    “ 486/97 seguridad y salud en los lugares de trabajo (común)

    “ 487/97 - MANIPULACION CARGAS Y RIESGOS DORSOLUMBARES (común)

    “ 488/97- EQUIPOS CON PANTALLAS DE VISUALIZACION (común)

    “ 664/97- PROTECCION CONTRA RIESGOS DE AGENTES BIOLÓGICOS

    “ 665/97. UTILIZACION EQUIPOS PROTECCION INDIVIDUAL (común): casco, gafas

    “ 1215/97- UTILIZACION EQUIPOS DE TRABAJO (máquinas, herramientas, útiles)

    “ 1216/97- TRABAJO A BORDO DE BUQUES DE PESCA

    “ 1389/97 ACTIVIDADES MINERAS

    “ 1627/97- SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS EN CONTRUCCIÓN

    “ 1316/99. SEGURIDAS Y SALUD EN EMPRESAS DE AMBITO TEMPORAL

    “ 1389/97- ACTIVIDADES MINERAS.

    “ 1627/97- SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS EN CONTRUCCION

    “ 216/99- SEGURIDAD Y SALUD EN EMPRESAS DE AMBITO TEMPORAR

    “ 1836/99- REGLAMENTO INSTITUCIONES NUCLEARES Y RADIACTIVAS

    OM 30.03.99- DIA DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (28 ABRIL)

    O.M. 29.04.99- REQUISITOS COMUNICACIÓN APERTURA O REANUACIÓN ACTIVIDADES EN LOS CENTROS DE TRABAJO

  • LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SU REGLAMENTO

  • (leerlo completo, puede caer en examen cualquier cosa)

    Ley 31/1.995 de 8 de Noviembre.

    Entró en vigor 3 meses más tarde, el 10.II.96. Y en su exposición de motivos recuerda y cumplimenta la Constitución Española, no sólo en el art. 40.2 sino además también interviene el Art. 149.7. Habla de la competencia del Estado. La legislación laboral se ocupa también de la sanidad y de los productos farmacéuticos. El apartado 19 (149,19 se ocupa de la pesca marítima mercante. Art. 21, art. 149.21 se ocupa de los ferrocarriles y los transportes.

    Con el Acta Unica (art. 100 a 118ª), con él Convenido de la O.I.T. (art. 155) y con la directiva marco (89.3.91) que a su vez promueve otras directivas

    91/383 CEE Trabajo temporal

    92/85 CEE Maternidad en el trabajo

    94/33 CEE Jóvenes trabajadores

    Además de cumplimentar la ley estas legislaciones básicas también de ella derivan en primer lugar aspectos técnicos de las medidas preventivas que servirían de soporte básico a la planificación preventiva (guías, anexos y normas homologadas).

    En segundo lugar se crea una comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo, para coordinación de las Administraciones Públicas (delegaciones de trabajo, institutos y departamentos autonómicos) en tercer lugar: protege al trabajador exigiendo del empresario una planificación preventiva a ser posible desde el diseño de un proyecto empresarial global, mediante una evaluación de riesgos, una formación y una actualización constante, en cuarto lugar incluye la consulta y participación de los trabajadores, en quinto lugar, resulta el deber de coordinación de los empresarios sobre contratas y subcontratas y en sexto lugar crea delegados de prevención y comités de Seguridad y Salud en cada Empresa, en séptimo lugar establece obligaciones básicas para fabricantes, importadores y suministradores, en octavo regula responsabilidades y sanciones. En Síntesis la L.P.R.L. se desarrolla a través de 54 artículos, distribuidos en siete capítulos, con 13 disposiciones adicionales, 2 transitorias, una derogatoria única y dos disposiciones finales.

    CAPITULO 1 (1-4 artículos)

    Trata del objeto, ámbito de aplicación y definiciones.

    El art. 1º presenta los siguientes artículos

    El art. 2º promover la seguridad y la salud, implica el aplicar medidas y actividades para la prevención de riesgos.

    El art. 3º Esta Ley no será de aplicación en funciones públicas tales como policía, aduanas, protección civil y peritaje forense, sin embargo si entran los establecimientos militares con su normativa específica, así como tampoco se ocupa del servicio de hogar familiar.

    El art. 4 se define prevención como conjunto de actividades ó medidas previstas en todas las fases de cualquier actividad con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, también define riesgo laboral, daños, procesos de trabajo, etc. diferenciando: equipos de trabajo y equipos de protección individual.

    CAPITULO II (arts. 5 AL 13)

    Trata de política en materia de prevención de riesgos para proteger la Seguridad y la Salud en el trabajo.

    Art. 5º, dice que el objetivo de política de mejora se realizará con la colaboración de la Administración del Estado, autonomías y Administración Local.

    Art. 6º, cita como se establecerán normas reglamentarias, con requisitos mínimos para limitaciones en el trabajo, procedimientos de evaluación, organización y funcionamiento.

    Art. 7º Actuación es de la Administración Pública.

    Art. 8. - Se refiere a la misión del I.N.S.H.T. en su función de asesoramiento, promoción y apoyo técnico.

    Art. 9º Se habla de la vigilancia y control de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que inspecciona, elabora informes y puede ordenar la paralización de una Empresa cuando haya riesgos graves.

    Art. 10º , habla de la actuación de las Administraciones Públicas de tipo sanitario según la Ley General de Sanidad 14/86

    Art. 11. Habla de coordinación administrativa entre autoridades laborales, sanitarias e industriales.

    Art. 12, Habla de la participación de empresarios y trabajadores, tanto la aplicación de la Ley, como en la evaluación de riesgos y su plan preventivo.

    Art. 13. - habla de la creación de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo para coordinar actuaciones que vienen regidas por la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

    CAPITULO III (art. 14 al 29)

    Y trata de derecho y obligaciones en prevención de riesgos. En ellos puntualiza obligaciones para la Empresa y para el trabajador.

    En el Art. 15. Explica los principios de acción preventiva consistentes en 4 puntos:

    1. - Evitar riesgos

    2. - Evaluar riesgos (los que no se pueden evitar)

    3. - Combatir los riesgos en su origen

    4. - Adaptar el trabajo a la persona, aquí implica desde utilizar el profesiograma a con las características de cada persona, y evitar el trabajo monótono y repetitivo.

    Art. 16. - se ocupa de la evaluación de los riesgos a partir de una evaluación inicial modificable cada año ó cuando las condiciones de trabajo lo indiquen. Esta evaluación implica controles periódicos, modificar métodos de producción e implicar a todos los niveles jerárquicos de la Empresa.

    Art. 17. - Se habla de los equipos de trabajo y medios de protección, referidos no sólo al trabajo sino también a momentos de reparación, de mantenimiento y de conservación. Estos medios de protección de las máquinas deben ser prioritarios porque deben tratar de evitar prendas individuales de protección.

    Art. 18. Implica tanto información, consulta y participación de los trabajadores.

    Art. 19. Formación de los trabajadores, incluyendo que debe ser dentro de horas de trabajo o si no descontado.

    Art. 20. Se habla de medidas de emergencia, primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento rápido y eficaz, a dispositivos de la lucha contra incendios.

    Art. 21, se refiere a riesgo grave o inminente que obliga a la paralización de la actividad simplemente porque lo soliciten la mayoría de los representantes legales ó los delegados de prevención, con un comunicado inmediato a la Empresa y a las autoridades laborales que normalmente contestas en 24 horas.

    Art. 22. Habla de la vigilancia de la salud, sobre la base de reconocimientos médicos o vigilancia periódica, son con carácter voluntario por parte del trabajador, excepto si hay peligro constatado para él o para los demás trabajadores, pero incluyendo el derecho a la intimidad, salvo a riesgos que afecten al puesto de trabajo. (leer la ley)

    Art. 23. Documentación sobre evaluación de riesgos, medidas de protección, resultados, controles y notificaciones.

    Art. 24. - Trata de coordinación de actividades empresariales referida a la información sobre protección y prevención y a la vigilancia de empresas contratadas y subcontratadas.

    Art. 25. - Protección de trabajadores especialmente sensible a determinados riesgos, se estudia el acoplamiento a trabajos especiales o bien porque existen discapacidad física, psíquica o sensorial en el trabajador. También hay que evitar trabajos que tengan incidencia o factores de riesgos en la función de procreación de trabajadores (los trabajos que en el ámbito físico, químico o biológico, dañen los órganos sexuales entorpeciendo la procreación).

    Art. 26. - Se ocupa de la protección de la maternidad, afectando al embarazo ó al feto, y exigiendo en ese caso una movilidad funcional, también en esta protección a la maternidad pueden entrar los exámenes prenatales y lactancia que suponen una ausencia obligada y remunerada.

    Art. 27. Habla de la protección de los menores de 18 años, evaluando falta de experiencia o problemas de inmadurez.

    Art. 28. - Relaciones de trabajadores temporales, obligan a garantizar una información previa, un control médico y un aviso por parte de la Empresa usuaria a las Empresas de Trabajo Temporal, de la problemática de riesgos.

    Art. 29. Obligaciones de los trabajadores en prevención de riesgos.

    Cumplimentar todas las normas, hacer un uso adecuado de los medios, equipos y dispositivos, informando al superior ó a compañeros sobre riesgos detectados y cooperando con todas normas que dictamine la autoridad competente (su incumplimiento se considera delito laboral sobre la base del E.T. art. 58.1)

    CAPÍTULO IV (arts. 30-32) DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

    El Art. 30 habla de la protección y prevención sobre la base de designar trabajadores que estén suficientemente instruidos e informados como prevencionistas y con las garantías que como representantes asignan el E.T. en los arts. 56 y 68.

    Estas funciones pueden asumirlas el Empresarios que tenga menos de 6 trabajadores siempre y cuando desarrolle su actividad en centro del trabajo y esté capacitado también en este art. 30 cuando el servicio de prevención sea propio es obligado someterse a auditorias externas.

    Art. 31. - Habla de los servicios de prevención, en el sentido de dar asesoramiento a la Empresa, apoyo en el diseño, coordinación de la prevención, ayuda en la evaluación de riesgos, así como el establecer prioridades y en el complemento de formación, primeros auxilios, diseño y ensayo de emergencias y controles de salud.

    Art. 32. - La actuación preventiva de las mutuas de accidentes y enfermedades profesionales debe ajustarse a la Ley 42/94 sobre medidas fiscales, administrativas y de orden social.

    CAPITULO V (art. 33- 40) CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES

    Art. 33 dice que la Empresa deberá consultar a los trabajadores la planificación y organización del trabajo. Las nuevas tecnologías y sus consecuencias, la organización de la protección de la salud, y la prevención de riesgos, así como la designación de trabajadores ó servicios externos y la asignación de trabajadores encargados de medidas de emergencia, y de la organización de la formación

    Art. 34. - Habla de los derechos de participación y representación y se refiere a que debe existir representantes colectivos y sindicales en los Comités como Delegados de Prevención, como representantes sindicas en tema de prevención, rigiéndose todos por el E.T., la Ley de Representación del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas y la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

    Art. 35. - De los Delegados de Prevención. Serán representantes de los trabajadores, figurando como delegado de prevención el delegado de personal, cuando la Empresa llegue hasta 30 trabajadores.

    Entre 31 - 49 trabajadores, existirá un Delgados de prevención sacado de los Delegados de Personal

    50-100 trabajadores 2 delegados

    101-500 trabajadores 3 delegados

    501- 1000 trabajadores 4 delegados

    1001- 2000 trabajadores 5 delegados

    2001- 3000 trabajadores 6 delegados

    3001 -4000 trabajadores 7 delegados

    4001- trabajadores 8 delegados

    Art. 36. - Habla de las competencias y facultades de los Delegados de Prevención que son:

    • Deben colaborar, promover, vigilar y controlar ante el Empresario la acción preventiva, estando facultados para acompañar a técnicos, acceder a datos, recibir información y colaborar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (incluye tanto el proponer mejorar como paralizar la actividad en caso de riesgo grave).

    Art. 37. - Garantías y de sigilo profesional de los Delegados de Prevención.

    Art. 38. Habla del Comité de Seguridad y Salud, existe a partir de 50 trabajadores y se forma con igual cantidad de delegados de prevención que de representantes de la Empresa, reuniéndose cada 3 meses como mínimo, también participa en los Comités con voz pero sin voto los delegados sindicales, responsable técnicos ó trabajadores cualificados, cuando se precisen.

    Art. 39. - Habla de competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud, consiste en participar en programas de prevención, de evaluación, planificación y organización de actividades de protección y formación preventiva, así como desarrollar iniciativas sobre métodos y procedimientos (deberá conocer las situaciones de riesgos no sólo a través de informes y daños, sino sobre el terreno y en su trabajo habitual debe establecer un programa anual de servicios.

    Art. 40. - Colaboración con la inspección de trabajo y Seguridad Social. La colaboración sé desarrollar entre trabajadores, sus representantes y los inspectores dialogando sobre consultas ó resultados de las visitas en los centros de trabajo, así como a la elaboración de actuaciones en las que la inspección consulte a sindicalistas y empresarios.

    CAPÍTULO 6. - OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES, IMPORTADOS Y SUMINISTRADORES.

    Art. 41. - Todos los enunciados antes citados, asegurarán las posibles fuentes de peligros de sus productos, así como información, utilización necesaria de maquinas y productos.

    CAPÍTUO 7º (Arts. 42 - 59) RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

    Art. 42, responsabilidades compatibles entre sí (responsabilidades administrativas, penales y civiles)

    Art. 43. - Requerimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social normalmente se hacen por escrito con plazo de subsanación de anomalías, salvo cuando el paro sea pro gravedad.

    (ex)

    Art. 44. - Paralización de trabajos. La Inspección interrumpirá trabajos que impliquen riesgo grave (la Empresa puede3 impugnarlo en 3 días y debe resolverse en 24 horas). ( durante la paralización es obligado el pago de salarios).

    Art. 45. - Infracciones Administrativas. Acciones u omisiones reglamentadas en materia de prevención que clasifica la inspección en: leves, graves y muy graves.

    Art. 46. - Infracciones leves, corresponden a falta de limpieza, falta de información de riesgos, ó de utilización de normas y documentos técnicos.

    Art. 47. - Infracciones graves, falta de evaluación de riesgos, los controles médicos, que no haya información de accidentes y enfermedades profesionales, la falta de acoplamiento trabajadores, puesto, falta de archivo de accidente y falta de planificación en la prevención.

    Art. 48. - Infracciones muy graves, falta de cumplimentación de las normas sobre embarazo y lactancia para la mujer, el no paralizar trabajos graves una vez notificados y superar límites de nocividad (tóxicos, etc. )

    Art. 49. Sanciones, se diferencian en grados: mínimo, medio y máximo, para cada tipo de infracción en función de su peligrosidad.

    (ex)

    Graduación

    Califica-

    ción.

    Grado MÍNIMO

    Grado MEDIO

    Grado MÁXIMO

    Leves

    Hasta 50.000 Ptas.

    50.001- 100.000 ptas.

    100.001- 250.000 ptas.

    Graves

    250.001- 1.000.000 pts

    1.000.001-2.500.000

    ptas.

    2.500.001 -5.000.000 ptas.

    Muy Graves

    5.000.001- 20.000.000

    ptas.

    20.000.001- 50.000.000 ptas.

    50.000.001 - 100.000.000 ptas.

    Art. 50, la reincidencia, cuando sobre un mismo tipo de riesgo y calificación, en un mismo año y se duplica el castigo pero sin exceder el tope máximo.

    Art. 51. - prescripción de infracciones, las leves prescriben al año, las graves a los 3 años y las muy graves a los 5 años, se entiende desde la fecha de la infracción.

    Art. 52 Competencias sancionadores.

    (ex)

    La Inspección de trabajo S.S.

    Hasta 5.000.000 millones

    Director General de Trabajo y S.S.

    Hasta 15.000.000 millones

    Ministro Trabajo y S.

    Hasta 50.000.000 millones

    Consejo Ministros

    Hasta 100.000.000 millones

    Art. 53. - La suspensión o cierre del centro de trabajo, corre a cargo del Gobierno o de las CCAA, cuando existan circunstancias de excepcional gravedad.

    Art. 54. Limitaciones para contratar con la administración, cuando se cometen infracciones muy graves hay limitaciones para contratar con la Administración.

    En las 13 disposiciones adicionales, se comentan los órganos estatales adscritos, se definen y se establecen fondos de prevención. En las 2 disposiciones transitorias, se indica a la aplicación de disposiciones más favorables para los Delegados de Prevención y Mutuas

    La Disposición Derogatoria Única, se notifican títulos, Decretos y órdenes derogadas, resaltando la anulación de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene, en vigor hasta esta Ley.

    3.2. - REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

    RD 39/1997, 17 En. ( BOE 27/311.97), Reglamento de los Servicios de Prevención

    OM 27-6-97 ( BOE -159/4.7.97)

    RD 780/1998, 30 Ab. ( BOE 104/1.5.98)

    El Reglamento de los Servicios de prevención, trata de la acreditación de las Entidades de prevención (por cuenta ajena) a través de auditorias, gestión, información en general y el RD 780/1998, trata de formación mínima de la función preventiva para personas que se ocupaban hasta el presente de ese tema, trata de acreditaciones para el personal que lo desarrollaba hasta el año 1.999.

    El Reglamento dimana del art. 6 de la Ley de Prevención de R. L.: “El Gobierno procederá a su regulación a través de la correspondiente norma reglamentaria...”

    El Art. 31 LP.R.L. también aborda la partida de los servicios que asesoren en la planificación de la acción preventiva. El Reglamento adecua las capacidades o aptitudes que son necesarias para la formación y funciones en material de prevención a desarrollar en tres niveles:

    • nivel básico

    • nivel intermedio

    • nivel superior

    El R.D. 39/97, está articulado con 7 capítulos que abarcan 39 art. , 9 disp. Adicionales y 4 transitorias, 2 finales y 6 anexos sobre programas de formación para cada tipo de función especificando horas mínimas de duración

    CAPITULO I (arts. 1 y 2), DISPOSICIONES GENERALES.

    Art. 1, de la integración de la actividad preventiva en la organización empresarias, con participación de los trabajadores y de toda la línea jerárquica (esta se entiende con derecho a consulta, evaluación, planificaciones de los temas de prevención).

    Art. 2, habla de la acción de la Empresa en la prevención, a través del estudio de puestos de trabajo y de su evaluación (con referencias a establecer un plan de prevención y en función de las condiciones de trabajo y del resultado de la evaluación de riesgos)

    CAP II (art. 3 al 9) EVALUACIÓN DE RIESGOS Y DE LA PLANIFIACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA.

    Art. 3. - La definición de evaluación, que define como estimar la magnitud de riesgos no evitados para eliminarles, reducirles ó controlarles periódicamente.

    Art. 4. - Trata del contenido general de la evaluación, destacando las condiciones de trabajo existentes y la sensibilización del trabajador para elección de equipos de trabajo, cambia en las condiciones de trabajo, e incorporación de trabajadores, según su adecuación al puesto.

    Art. 5. - Habla del procedimiento para la evaluación y planificación de la prevención y menciona el uso de guías y normas técnicas (une, guías ISHT, del ministerio de Sanidad, ó de las Comunidades Autónomas.

    Art. 6. - Revisión, se analizan causas, actividades de reducción de riesgos, controles y especialmente situaciones epidemiológicas.

    Art. 7. - Documentación. Se habla de la identificación de los puestos de trabajo para el análisis de riesgos sobre trabajadores afectados, también se solicitan resultados de cada evaluación de riesgos y medidas preventivas con referencia al método de medición.

    Art. 8. - Necesidad de la planificación (eliminar, controlar y reducir los riesgos).

    Art. 9. - Contenido, asignar los medios humanos y materiales necesarios, tener en cuenta los recursos económicos, incluir medidas de emergencia, vigilancia de la salud, información y formación a todas las escales, actividades según la magnitud y número de trabajadores y finalmente cumplimentación anual, aunque supere el tiempo de planificación.

    CAPITULO III (Arts. 10 al 22). Organización de recursos para las actividades preventivas

    Art. 10. - modalidades, explicando que la organización de recursos puede ser propia ó de servicio ajeno, en la propia puede ser el Delegado de Personal ó trabajadores.

    Art. 11. - Asunción personal por parte del Empresario de la actividad preventiva. El Empresario puede desarrollar la acción preventiva si cuenta con menos de 6 trabajadores, si tiene su trabajo habitual en el centro, si tiene capacidad para desarrollar y si la actividad no entra en el ANEXO I (PAG. 3042 DEL Boletín 27 de 31 de enero 97).

    ANEXO I

    Incluye trabajos con exposición a radiaciones ionizantes, o agentes tóxicos, a agentes cancerígenos, a envasado de substancias peligrosas, productos químicos y biológicos con riesgo, actividades de material explosivo, minería, inmersión bajo el agua, obras de construcción, actividades de la industria siderúrgica y de construcción naval, productos de gases comprimidos y en trabajos que tengan una alta concentración de polvo de sílice, así como riesgos eléctricos de alta tensión.

    Ojo (ex), el anexo 1 limita a trabajos de tipo intelectual (con buen ambiente y sin peligro de conexión eléctrica, o sea excepto oficinas, educación etc. ). -

    Art. 12. - La designación de trabajadores adecuados con la formación adecuada en las condiciones que no sean las anteriores.

    Art. 13. - Capacidad y medios de los trabajadores designados. Deben de tener la capacidad suficiente en materia de formación, dedicación exclusiva y deben serlos suficientes para desempeño de la actividad.

    Art. 14. - Servicio de prevención propios, normalmente les tendrá toda Empresa con mas de 500 trabajadores (ex) ó si los trabajos corresponden al ANEXO I, basta con que sobrepasen 250, ó también irán en función de lo que decida la inspección de trabajo, lo cual se solventará en un plazo máximo de 1 año, contratándose mientras tanto servicios ajenos.

    Art. 15. - Organización y medios propios, indica la dedicación exclusiva a los trabajadores con instalaciones propias y especializadas como mínimo en dos funciones de la prevención de riesgos, como pueden ser la seguridad e higienes, la sanidad, la ergonomía ó actividades psicosociológicas. La organización de servicios de prevención, obliga a una actuación coordinada sobre los puestos, a una evaluación de riesgos y a una formación de personal, con información anual a disposición de las autoridades laborales, informando de accidentes y datos sanitarios mediante programes que establezcan una memoria anual

    Art. 16. - De los servicios de prevención ajenos, se desarrollarán cuando sea insuficiente los trabajos asignados o no se desea los servicios propios, ó por consulta a la representación de los trabajadores.

    Art. 17. - Requisitos de las Entidades Especializadas, para poder actuar como Servicio de Prevención. Deben disponer de una Organización y un equipo adecuado a su actividad, además de depositar una garantía que cubra su posible responsabilidad y no tener relaciones de tipo comercial, financiero ó de otro tipo con la Empresa concertada.

    Art. 18. - Recursos materiales y humanos de las Entidades especializadas como Servicios de Prevención. Deberán contar con instalaciones y recursos adecuados, con personal cualificado, disponiendo como mínimo de un experto en cada rama de las principales disciplinas preventivas:

    Seguridad

    Higiene

    Ergonomía

    Psicosociología.

    Art. 19. - Funciones de las Entidades especializadas que actúen como servicios de prevención. Deben asumir todas las funciones de prevención que corresponda a cada Empresa y en cada nivel jerárquico.

    Art. 20. - Concierto de la actividad preventiva. Los conciertos cuando el Empresario estime hacerlo con una Empresa ajena, deberán concertarlo por escrito consignando en este orden:

  • Identificación de la Entidad especializada.

  • Identificación de la Empresa destinataria y de sus centros de Trabajo.

  • Aspectos concretos de la actividad preventiva que se recomienda

  • Vigilancia de la salud de los trabajadores

  • Duración del concierto

  • Condiciones económicas.

  • Además, las Entidades especializadas deberán redactar una memoria anual, separando los Centros de Trabajo y que pueda ser disponible por la Autoridad Competente y por los Trabajadores.

    Art. 21. - Servicios de Prevención Mancomunados. Esto se refiere a que se pueden constituir Servicios de Prevención simultáneamente a cuantas Empresa que trabajen con un mismo Centro de Trabajo, edificio o zona. También a empresas que pertenezcan a un mismo sector que estén en una misma zona o área.

    Art. 22. - Actuación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y E. P. Como Servicios de Prevención.

    Se aplicará la misma norma que a servicios de prevención ajenos.

    CAPITULO IV (arts. 23 al 28) ACREDITACION DE ENTIDADES ESPECIALIZAS COMO SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS.

    Art. 23. - Solicitud de la acreditación, consiste en un proyecto, donde se hagan constar 4 apartados.

  • Aspectos de la actividad preventiva, referidos a la actividad

  • Ambito territorial y profesional así como número de empresa y cantidad de Trabajadores que abarque.

  • Previsiones de dotación de personal, cualificación y dedicación, indicando también instalaciones y medios así como su ubicación para desarrollo de la prevención.

  • Suscripción de una póliza de responsabilidad por una cuantía mínima de 200 millones de pesetas. Anualmente actualizada en función del IPC.

  • Art. 24. Autoridad Competente, pero si la solicitud esta bien, la Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales, y la acreditación será valida para todo el ámbito del Estado.

    Art. 25. Aprobación provisional, a partir de la solicitud, de acreditación de esta entidad ajena, la resolución se dictará en un plazo de 3 meses, si en ese plazo no se ha expresado la resolución, se entiende desestimada. Contra la resolución de la autoridad laboral puede interponerse recurso en el plazo de 1 mes.

    Art. 26, Acreditación, una vez autorizada la solicitud se debe acreditar 5 cosas:

  • El número de identificación fiscal y código de cotización a la Seguridad Social

  • Debe figurar contratos del personal asignado indicando duración, cualificación y tiempo de dedicación

  • Las instalaciones y los medios deben señalarse según planos de ubicación.

  • Debe presentarse la póliza de seguro contrastada

  • Contratos establecidos con otras entidades que pudieran ayudarla, cuando haya subcontratación ó Empresa que se compromete ha hacer análisis.

  • Transcurrido el plazo de 3 meses si la entidad no ha comunicado a la autoridad laboral el desarrollo del proyecto se entiende caducado. Dentro de los datos de acreditación, la Autoridad Laboral, informada por la autoridad sanitaria volverá a ratificar el desarrollo del proyecto, disponiendo de un plazo de 3 meses que se puede ampliar a 6, cuando se estime conveniente por parte de la autoridad.

    Art. 27, mantenimiento de las condiciones de acreditación. Las entidades autorizadas deben mantener su acreditación en las condiciones en que se autorizó, ya que cualquier cambio sin autorización previa extinguirá la acreditación otorgada.

    Art. 28. Registro. El Registro de estas Entidades corresponde a la CCAA por un lado y a la Administración General del Estado, por lo que las primeras deberán remitir copia autorizada a la D. G. De Trabajo y Migraciones (IMSERSO), en 8 días hábiles.

    CAPITULO V. AUDITORIAS (art. 29- 33)

    Art. 29, Ambito de aplicación. Las auditorias son obligadas para cualquier Empresa que no hubiera concertado los servicios de prevención ajeno.

    Las auditorias deben repetirse cada cinco años ó cuando lo requiera la autoridad laboral en función a los siniestros o riesgos que considere importantes.

    Las Empresa hasta 6 trabajadores no incluidos en el ANEXO I, están exenta de auditoría cuando cumplimenten ante la autoridad laboral una notificación de sus condiciones.

    Art. 30, Concepto y objetivos de las auditorias, las auditorias son un instrumento de gestión para evaluar con eficacia el sistema de prevención, teniendo como principales objetivos:

  • La evaluación de riesgos bien inicial o periódica, verificando sus resultados.

  • La auditoría debe de comprobar la planificación de actividades, especialmente ante riesgos concreto y específicos.

  • Debe analizar la adecuación entre los procedimientos y los medios para realizar la actividad de prevención.

  • Art. 31. Documentación, debe ser un informe que esté a disposición de la autoridad laboral y de los representantes de los trabajadores.

    Art. 32. - Requisitos para desarrollo de las auditorias. Deben realizarlo personas con conocimiento y medios adecuados siempre que no tengan vinculaciones de ningún tipo con la Empresa contratante ni pudiendo incluso realizar laboras de prevención

    Art. 33. Autorización. Para desarrollar la auditoría, las entidades especializadas deberán contar con autorización de la Autoridad Laboral que corresponda en cada autonomía, contando con los plazos anteriormente citados sobre solicitudes y resoluciones.

    CAPITULO VI. FUNCIONES Y NIVELES DE CUALIFACION ( Arts. 34-37)

    Art. 34. Clasificación de las funciones. Se clasifican en tres grupos:

  • Funciones de nivel básico

  • Funciones de nivel intermedio

  • Funciones de nivel superior

  • De cuyos contenidos formativos se informa en los ANEXOS IIIº A VIº

    (Ex), Según la especialización: seguridad, higiene, ergonomía, psicología aplicada, sanidad

    Art. 35. Funciones de NIVEL BÁSICO

    • -Promover comportamientos seguros y utilización correcta de los equipos de trabajo.

    • Promover actuaciones con relación al orden, la limpieza, la señalización y su mantenimiento.

    • Realizar evaluaciones elementales

    • Colaborar en la evaluación y riesgos con un control general

    • Actuar en casos de emergencia y primeros auxilios (gestionando las primeras intervenciones)

    • Cooperar con los servicios de prevención cuando sea necesario.

    Para el desarrollo de esta actividad se debe poseer una formación profesional correspondiente a las actividades señaladas y acreditar una experiencia mínima de 2 años en la Empresa.

    La formación mínima debe correr a cargo de alguna institución pública ó autorizada con una formación mínima de 50 horas, cuando corresponde a las especialidades señaladas en el ANEXO I, mientras para las restantes (las de oficina), basta con una formación de 30 horas.

    Art. 36. - Funciones de NIVEL INTERMEDIO

    • Promover con carácter general la prevención en la Empresa.

    • Realizar evaluaciones de riesgos, salvo las que correspondan a nivel superior.

    • Proponer medidas de control, hasta la responsabilidad de nivel superior.

    • Realizar actividades de información y formación de los trabajadores.

    • Participar de la planificación - preventiva- y dirigir actuaciones de emergencia y primeros auxilios.

    • Colaborar con los servicios de prevención y tener una formación no inferior a 300 horas.

    Art. 37. - Funciones de NIVEL SUPERIOR

    • Corresponde a las mismas de nivel intermedio, añadiendo la realización de las evaluaciones de riesgos de las que son responsables de su medición y aseguramiento de resultados. Igualmente es responsable de formación e información a todos los niveles en la materia de su área de especialización, -higiene, sicosocial, seguridad, ergonomía.

    • La planificación preventiva con intervención en el resto de especialidades.

    • La vigilancia y control de la salud, que se amplía en el apartado 3 de este mismo artículo.

    2ª apartado: Exige contar con una titulación universitaria y poseer una formación mínima de 600 horas.

    3er. Punto: En lo que se refiere a salud, aunque las funciones sean desarrolladas por personal sanitario, tableen implica hacer un control y seguimiento, teniendo en cuenta que dicha especialidad estará atendida por un médico de trabajo, A.T.S. D. U.E.

    • Revisar la salud de los trabajadores, después de incorporarse al trabajo ó cuando aparezcan nuevos riesgos.

    Otro punto: Forma de desarrollar la vigilancia de la salud aunque este controlada por el Ministerio de Sanidad y las CCAA y de acuerdo con la Ley General de Sanidad, los exámenes deberán controlar no sólo la exploración clínica y el control biológico sino también su ANNAMNESIS, (seguimiento del enfermo y su entorno, describiendo detalladamente el puesto de trabajo, tiempo de permanencia, riesgos detectados y medidas de prevención), además de esto se supervisará que el personal sanitario disponga de la ausencia al trabajo por motivos de salud, por riesgos de salud y riesgos que aunque no afecten están latentes, también se incluyen los riesgos de trabajos en situación de embarazo o parto reciente, trabajos de menores y trabajos especialmente sensibles.

    CAPITULO VII. COLABORACION DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN CON EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD (Art. 38 y 39).

    Art. 38. En base a la propia Ley 31/95 LPRL, y la Ley General de Sanidad, los Servicios de Prevención colaborarán con los Servicios de Atención Primaria de la Salud, así como los de asistencia especializada para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades.

    Art. 39. - Información sanitaria, los Servicios de Prevención colaborarán con el sistema de información en salud laboral, establecido por el Ministerio de Sanidad y Consumo, así como con las CCAA, dentro del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

    ANEXOS

    ANEXO I

    Se refiere a todos los trabajos ya vistos, que tengan riesgos (trabajos manual, agentes tóxicos, productos químicos y biológicos de alto riesgo, tratamiento de explosivos, trabajos de minería ó de inmersión bajo el agua, obras de construcción, siderometalúrgica, gases comprimidos, riesgos eléctricos de A.T. y trabajos que produzcan concentraciones de polvo silíceo.

    ANEXO II

    Es un modelo en notificación de condiciones que hacen innecesaria una auditoria. Empresas de menos de 6 trabajadores que no estén incluidas en el anexo 1

    ANEXO III

    Trata de criterios generales para los programas formativos, de las funciones con nivel básico, medio y superior, da a elegir entre las disciplinas relacionadas con Medicina en el Trabajo, seguridad en el trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada, también indica que como materia de legislación hay que conocer, la Comunitaria, la Española y Normas Específicas Internacionales. Además en este capítulo la formación deben integrar las distintas disciplinas, articulando materias comunes.

    ANEXO IV

    Habla de contenidos mínimos del programa de formación para el desempeño de funciones de nivel básico. Reseña unos conceptos básicos de Seguridad y Salud, un estudio de riesgos generales, un estudio de riegos específicos, elementos de gestión de la prevención y primeros auxilios, diferenciando para las Empresas comprendidas en el anexo I, una formación total de 50 horas y de 30 para las que no se encuentren en dicho ANEXO (EX)

    ANEXO V

    Es el contenido mínimo para la formación de funciones de nivel intermedio, amplia los conceptos básicos, incluye metodología de prevención, añade riesgos relacionados con el medio ambiente de trabajo, incluye técnicas de seguimiento y control, así como de organización y gestión de la prevención, totalizando una formación de 300 horas.

    ANEXO VI

    Trata del contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de funciones de nivel superior, además de exigir título universitario, la formación consta de 3 partes fundamentales:

    1º. - Una obligatoria y común, con 350 horas lectivas.

    2º. - Una de especialización optativa entre las antes enunciadas (seguridad, higiene, ergonomía y psicosociología), Cada una con una duración mínima de 100 horas (es optativa)

    3º. - La realización de un trabajo final dirigido ó controlado, equivalente a 150 horas, suponiendo un total de 600 horas lectivas.

    Fin tema 3.

    Preguntas de examen;

    Delegados ¿cuántos en función del número de trabajadores

    Comité de Seguridad e Higiene, ¿cuando en función del número de trabajadores?

    Quien hecha las multas y en que cuantía

    Directiva marco 89, Ley 31/95 y Reglamento

    TEMA 4

    NORMAS JURÍDICAS INTERNACIONALES: DIRECTIVAS U.E. Y CONVENIDOS DE LA O.I.T.

    4.1. ANTECEDENTES HISTORICOS DE SEGURIDAD E HIGIENE A NIVEL INTERNACIONAL

    A nivel de cultura mundial tanto Griegos como Romanos, desde la antigüedad describe los efectos perniciosos del trabajo, así aparecen:

    HIPÓCRATES (s. IV. A C.), médico griego ya mencionaba los efectos del plomo tanto en mineros como en siderometalúrgicos.

    PLINIO “ el viejo”, escritor naturalista romano (año 25 a. C. Al 69 d. C), cita en su historia natural la protección obligada para no inhalar polvo de las minas de cinabrio (azufre y mercurio)

    En la España Romana se regula también problemas de parásitos y falta de higiene en las obras de LUCANO (año 29 A 65 D.C.).

    ESTRABÓN, geógrafo griego, que denuncia la evacuación de humos de los hornos de plata del Pirineo, con lo cual establece altura de chimenea para mejorar la respiración

    MAIMONIDES, Hebreo- español de Córdoba del s XII. Redactan tratado sobre tóxicos, añadiendo comentarios de otros autores como Hipócrates, Galeno y Avicena.

    Durante del Renacimiento el Benedictino ELLENBOG (alemán), en 1530 analiza la intoxicación por vapores de plomo y mercurio, sugiriendo medidas preventivas.

    BAUER (autor Alemán), George, alias “ Giorgio Agrícola”= “ De Re Metálica”, era físico en 1546 escribe esta obra, citando problemas de salud en la función del oro y de la plata, incluyendo enfermedades de asma, úlceras en los pulmones, accidentes mineros y formas de evitarles.

    PARACELSO, Teofrasto Won Hohenheim, era un investigador, biólogo, catedrático de Basilea, en su obra en 1567 titulada “ sobre la tisis de los mineros y el mal de la montaña”. En ella describe enfermedades de fundidores y metalúrgicos, con análisis muy detallado de las enfermedades, lo que sirvió de guía hasta el S. XVIII.

    B. RAMMAZZINE; profesor médico de la universidad de Módera (Italia). Y hacia 1700 escribe su obra “ De morbis Artificum Diatriba”, en esta obra desarrolla la medicina del trabajo creando la higiene acompañada de pausas del trabajo, así como analizó la incidencia de la temperatura y de las posturas en el trabajo (funda la ergonomía, (ex): postura estática y postura dinámica en el trabajo.

    En 1.867 aparece DOLLFUS ( Engel), en Francia crea la Asociación de Prevención de Accidentes en 1867 que fue copiada por Bélgica e Italia publicando más tarde un albún en 1889 sobre dispositivos de seguridad, que se publicó a través de la exposición universal de París de 1889.

    HEINRICH, en 1.931 se distingue por su obra “ prevención del accidente en la industria “, formulando normas de protección a los trabajadores que desarrolladas en USA, fueron admitidas y copiadas más tarde por Inglaterra y Alemania. Estas normas datan de EEUU, cuando en 1896 se formulara:

    • NFPA= National Fire Protect Assoc.

    Y en 1912

    • NSC = National Safety Council ( Consejo nacional de la Salud)

    Y extractándose ambas asociaciones aparecen en Administración de la Seguridad y Salud Laboral

    • La OSHA= National occupational Safety and Heath asociation.

    Esta última está registrada en el acta administrativa que aprueba el Congreso de EEUU en 1971.

    NORMAS JURÍDICAS INTERNACIONALES

    Aparecen como una conciencia común internacional para la protección contra los accidentes y enfermedades profesionales, así como ante posible contaminación del entorno por las grandes perdidas económicas y humanas que ocasiona y tiene lugar a partir de la Sociedad de naciones formada al acabar la Primera Guerra Mundial con la Paz de Versalles de 1918, lo que deriva en 1.919 en la futura de la O.I.T. en Ginebra como Oficina Internacional del Trabajo, encargada de la creación de normativa a homologar por cada nación a través de convenios ó Recomendaciones, incluyendo la libertad Sindical, Salarios, Salud y Seguridad e Higiene. Aunque en muchos casos las nacionales sólo lo ratifican parcialmente.

    Por el tratado de la C.E.C.A. ( París 1.951), se centra la atención a elementos industriales que inciden en la Seguridad y Salud Laboral. Más tarde se amplía con el tratado de Roma ( C.E.E)- 1.957, y aquí se incita a la Comisión Europea para que los Estados miembros colaboren en materias de Condiciones de Trabajo, Protección contra accidentes, enfermedades profesionales e Higiene en el trabajo.

    Toda esta actividad políticamente viene derivada del cambio de cultura desde la Conferencia de San Francisco de 1.945, cuando tras la 2ª Guerra Mundial se cambia la Sociedad de Naciones por la ONU y la O.I.T. pasa de ser oficina a ser Organización Internacional. Esta cultura tome especial interés con la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1.948 y más tarde con la Carta Social Europea de Turín en 1.961 haciendo que la Unión Europea progrese y se implique en la legislación y desarrollo de la O.I.T. así aparecen 176 Convenios (España tiene sólo 44 suscritos y 183 Recomendaciones. De estas recomendaciones destacan:

    • Recomendación 112 -OIT_1.959, referente a la medicina del trabajo en la Empresa

    • Recomendación 151 de la Comisión de la CEE, de 1.966 sobre obligación del control médico de los trabajadores

    • Resolución del Consejo, Directiva 74/325 CEE, que trata del programa de acción social, creándose a la vez un Comité General Europeo de Seguridad e Higiene en el trabajo cuya composición debe de ser tripartita (3 naciones mínimo).

    (ex)

    • DIRECTIVA: Obligan sólo a los países integrantes en cuanto al control de resultados (la forma y los medios para conseguirlo son potestad de cada Estado.LAS DECISIONES, LOS REGLAMENTOS: son similares, estos tienen obligación directa y concreta.

    • LAS RECOMENDACIONES: son Consejos autorizados, sobre consultas de un país ó de varios pero cuyo efecto nunca es vinculantes.

    • LOS DICTAMENES, son opiniones o juicios, sobre temas que tampoco son vinculantes.

    ( Recomendaciones y Dictámenes aunque no son vínculantes éticamente son necesarios como valores de la política empresarial ó como paso previo a la creación de Reglamentos).

    Esta política de tipo internacional sé continua en la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales fundamentales establecida en Estrasburgo en 1.983 (la firmaron los 12 países excepto Gran Bretaña).

    Derivado de esto se crea también los programas primero y segundo sobre acción en materia de seguridad y salud en los lugares de trabajo y se desarrollan respectivamente en 1.978 para temas del EURATOM, mientras que para la C.E.E. se desarrollan en 1.984, también con el primer programa se crea la Directiva marco sobre Higiene ( Directiva 80/1107 CEE) y abarca otras Directivas específicas sobre ruido, contaminación, etc.

    España se integra en esta dinámica Europea a partir de 1.985 aunque ya aceptaba Convenios de la O.I.T. desde 1.948, y Directivas y Reglamentos de la C.E.E. desde 1.980.

    A partir del Tratado de roma de 1.957, España participa activamente en el tema de mejora de las condiciones de vida de los trabajadores en base al art. 117 de este tratado.

    Igualmente se puede decir aunque con posterioridad que también cumplimenta el Tratado de Bruselas (editado el 17.07.86, y en vigor el 01.07.87), en sus Arts. 100ª y 118ª (el 100 a trata de la Seguridad en productos del mercado interno y el 118 a en la mejora del medio de trabajo en Seguridad y Salud).

    Por todo ello tras este último tratado de Bruselas (1.987) conocido como del Acta Unica Europea se crea un tercer programa de acción en Seguridad y Salud en 1.988, que activa el primer coloquio internacional de Mayo de 1.989 en París sobre Educación y formación para la Prevención, emitiéndose a continuación la Directiva Marco 89/391 de la CEE, sobre Seguridad y Salud que se emite el 12 de Julio de 1.989, unida a otras directivas sobre equipos, pantallas, agentes cancerígenos, etc. En este año 1.989, la Carta Social Europea resume los Derechos Fundamentales de los trabajadores citando en su art. 9 que la Seguridad y la Salud en los puestos de trabajo implica formación y participación de los trabajadores. En esta carta también se incluyen temas de jubilación, minusvalía e igualdad de la mujer.

    Más tarde como fase de divulgación en 1.992 se organizó el año Europeo de la Seguridad e Higiene en los lugares de trabajo, con lo que finaliza el tercer programa.

    Tras el Tratado de Maatricht, en 1.993, cuando el Mercado Europeo se convierte en Unión Europea, continua el tema de Seguridad y Salud con el 13º Congreso Mundial sobre Seguridad y Salud ocupacional, al que asistieron 1600 representantes mundiales en Nueva Delhi en Abril de 1.993, elaborando activamente la Unión Europea con el diseño del Libro Verde en materia de Seguridad y Salud en el trabajo pasando a crear en 1.994 la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo en Bilbao, sustituyendo a la antigua Fundación Europea para la mejora de las Condiciones de Vida del Trabajo, entrando en funcionamiento en 1.995. Este mismo año se diseña el Libro Blanco de este mismo tema y la Comisión de la U.E. crea el llamado Comité de Altos Responsables de la Inspección de trabajo que ya actuaba de hecho desde 1.982. Finalmente en Octubre de 1.997, se establece el 2ª Semana Europea de la Seguridad y Salud, completándose del 23 al 25 de Febrero del 2.000 con el primer Congreso Internacional de Prevención de Relaciones Laborales en Tenerife y últimamente del 23 al 27b de Octubre del 2.000 se desarrollo la 4ª semana Europea de la Seguridad y Salud en el Trabajo dedicada por la Agencia Europea según mandato de la Comisión de los trastornos musculoesqueléticos y que ocupan el 25 % del total de los accidentes laborales.

    4.3 DIRECTIVAS DE LA U.E.

    INTRODUCCIÓN

    Dimanan del consejo de la U.E. y obliga a las naciones integrantes a conseguir los resultados propuestos, aunque cada una lo desarrolle en forma y medios oportunos

    En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, las Directivas responden a tres tipos:

    a.- Relativas a Colectivos de Trabajadores

    b.- Relativas a lugares de Trabajo

    c.- Relativos a riesgos físicos, químicos y biológicos (o higiene industrial)

    (ex)

  • DIRECTIVAS RELATIVAS A COLECTIVOS DE TRABAJADORES

  • (EX) Directiva MARCO 89/391 -CEE- Medidas para promover la Mejora de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

  • DIRECTIVAS RELATIVAS A LUGARES DE TRABAJO

  • Directiva 89/654 CEE= Disposiciones mínimas en Lugares de Trabajo.

    Directiva 92/58 - CEE = Señalizaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo

  • DIRECTIVAS RELATIVAS A RIESGOS FISICOS, QUIMICOS Y BIOLÓGICOS

  • Directiva 80/836- EURATOM= Protección a trabajadores contra Radiaciones Ionizantes ( compl 86/29)

    Directiva 86/29 EURATOM Disposiciones mínimas Población y Trabajadores c/ Radiaciones Ionizantes.

    4.4. - CONVENIOS CON O.I.T.

    1959 Recomendaciones 112 = Medicina del Trabajo en Empresas

    1981 Convenio 155 = Seguridad y Salud de Trabajadores y M. Ambiente (ratificado por España 26. Julio 1.985

    Existen Comités de Expertos Mixtos sobre O.M.S. y O.I.T. que derivan de la 71ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada el 26/ Junio de 1.985, a fin de crear Normas.

    La O.I.T. se funda a partir del Tratado de Versalles de 1.918 y empezará a funcionar en Ginebra a partir de 1.919, como oficina internacional del trabajo, mientras que a partir de la Conferencia de San Francisco y cambios de la Sociedad de Naciones por la O.N.U. es cuando la O.I.T. por la conferencia de Montreal de 1.946 pasa a identificarse como Organización Internacional del Trabajo, quedando como oficina su secretaría, quiere esto decir que en vez de coordinar la actuación laboral sólo en materia legal, sindical y de seguridad e higiene la amplia a la elaboración de convenios, recomendaciones y decisiones que apoyan hoy día organismo como la CECA, el Euratom y la U.E. carece de fuerza coactiva pero ante estos organismo ya citados dispone de medidas de presión, mediante informe y estudios puntuales. Desde 1.979, la O.I.T. coopera incluso con sus organismos homólogos de EEUU( OSHA NIOSH Principales convenios de la O.I.T. aceptados por España (los son la fotocopia que dio en clase).

    TEMA 5

    LA NORMATIVA TÉCNICA APLICABLE, BIEN SEA NACIONAL O INTERNACIONAL

    La normalización hay que entenderla como prescripciones que establecen. Hay tantos países como comunidades internacionales normalmente por disponer de un grado de desarrollo cultural, económico o social suficiente para homologar la calidad y la seguridad de sus productos en base principal al orden y a la estandarización de repuestas.

    Las Legislación Española por R.D. 735/79 creo la normativa para cumplir por entidades colaboradoras que se dediquen a expedir certificados de calidad o de simple homologación. Mas tarde en el R.D. 2584/81 aprueba el reglamento general de actuaciones del ministerio de industria y energía en el campo de la normalización y de la homologación (modificado con otras 2 del 85, el 734 y 1614 y ordenan y clasifican dichas actividades).

    Por orden ministerial (del Ministerio de Industria y energía), el 26.2. 86 se crea la asociación española de normalización y certificación AENOR.

    Colaboran otros reales decretos como son 1.407 /87 que trata de las entidades de inspección y control aprobado el reglamento de seguridad y de productos, equipos e instalación, más tarde en 1.989 el R.D. S88 aprueba directivas anteriores del año 83 y 88 sobre normas y reglamentos técnicas y finalmente el RD 560/95 deroga y corrige los decretos anteriores (RD 1250, 1251, 1707 y 2222/85).

    En España las normas técnicas se han venido utilizando principalmente para ejecutara una fabricación homologada, estandarizando productos de ingeniarías, química, farmacia y siderometalurgia principalmente, las normas típicas se denominan UNE (una norma española) y cuando se han ido avalando por la U.E., se denomina ( une-en; une- CEN), que es añadir a la norma española la norma europea.

    Las normas, unas son escritas dando explicaciones pero la mayoría suelen ser dibujos.

    En España a través del reglamento de los Servicios de Prevención y según su art. 5.3. nos habla de que cuando la evaluación de riesgos exija la realización de mediciones se pueden articulas 4 tipos de normas, que son:

    -Normas UNE

    -Guías INSHT

    -Guías IN, silicosis

    Guías Ministerio de Sanidad y Consumo

    Guías de instituciones competentes de las Comunidades Autónomas

    -Normas Internacionales

    -En ausencia de las anteriores: guías de otras entidades de reconocido prestigio.

    Normas internacionales:

    UNE, española

    INI, Italiana

    DIN, Alemana

    ISO, Organización Internacional de Estandarización ( Anglo Americana)

    CEI, Comisión Electrótécnica Internacional

    NF, Normas Francesas

    BS, Gran Bretaña

    GOST, U.R.S.S.

    FR, U.SA

    Comités y asociaciones que complementan la norma

    AN, CEN, ISA, AENOR, AFNOR, NNI, ASA, AISI, AIMA, APD

    TEMA 6

    ETIOPATOGENIA DE LOS ACCIDENTES LABORALES

    Si analizamos por separado etiologías, tenemos que entender (que es una parte de la medicina, que estudia las causas de las enfermedades)

    Eti- Origen

    Patogenia: mecanismo

    PATOGENIA: Investiga y estudia los mecanismos, por los que un agente nocivo ó patógeno desencadena enfermedades. Con esta definición mista, se pretende analizar las causa y mecanismos desencadenantes de los accidentes y las enfermedades profesionales.

    Las causas de los accidentes y enfermedades profesionales parten de factores técnicos y humanos, es decir de condiciones inseguras ó de actos inseguros, a su vez las causas también pueden parcelarse en grupos diferenciales que son los siguientes:

    1º. - Causas de accidentes.

    2º. - Causas de enfermedades

    3º. - Causas principales o básicas

    4º. - Causas secundarias o desencadenantes.

    5º. - Causas inmediatas.

    6º. - Causas remotas.

    Las cuatro últimas causas se pueden alternar por cada una de las dos primeras.

    Como un esquema que justifica el factor humano en los accidentes, aparecen

    CAUSAS

    DESENCADENANTES DEFICIENCIAS

    ORGANIZATIVAS

    FACTORES PERSONALES FACTORES TRABAJO

    INADECUADOS INADECUADO

    Causas Básicas -No sabe - Organización

    - No quiere - Ritmo

    - No puede - Materiales

    ACCION INSEGURAS CONDICION INSEGURA (ex)

    Causas Inmediatas

    ACCIDENTE

    LESIONES PERMANENTES DAÑOS A LA PROPIEDAD

    Consecuencias

    DAÑOS -PERDIDAS

    6.2. - FACTORES MATERIALES Y SOCIALES QUE INTERVIENEN EN EL ACCIDENTE

    Los agentes que provocan los riesgos de inseguridad en términos generales se clasifican en

    Factores: - materiales

    • personales

    • sociales

    Abarcando por ejemplo

    Los materiales: tanto lo físico, como lo químico o lo biológicos

    (ex)

    a)FACTORES MATERIALES

    FISICOS

    * QUIMICOS

    * BIOLOGICOS

    Mecánicos: - estáticos

    • dinámicos

    eléctricos

    ópticos

    temperatura *

    Atmos. humedad

    Féricos velocidad aire

    Presión atm.

    Neumáticos-hidráulicos

    *Acústicos y vibratorios

    *Radiaciones: - ionizantes

    -no ionizantes

    Aerosoles

    Polvo

    Sólidos Humo

    En Fibras

    El Aerosoles

    Aire Líquidos nieblas

    Gases

    Vapores.

    Agentes sólidos

    Agentes líquidos

    Bacterias

    Virus

    Parásitos

    Hongos

    • HIGIENE: Lo químicos, lo biológicos, temperatura, acústica, radiaciones.

    • SEGURIDAD: El resto.

    B) FACTORES PERSONALES

    FISIOLOGICOS

    PSICOLÓGICOS

    PSICOSOCIALES

    Organos Vista

    De los Oído

    Sentidos Olfato

    Gusto

    Tacto

    Sist. Nervioso

    Aparato Sist. Oseo

    Locomotor Sist. Muscular

    .Personalidad:Temperamento+carácter+voluntad+entendimiento.

    .Estabilidad emocional

    -Extroversión

    -Introversión

    Aptitudes:

    • Inteligencia

    • Tiempo reacción

    Actitudes

    Motivación-satisfacción

    Liderazgo

    Comunicación informal

    Presiones grupales_

    • Formales

    • Informales

  • FACTORES SOCIALES

  • FORMATIVOS

    CULTURALES-EMPRESA

    ADECUACIONES

    Trabajadores

    .operarios

    .mandos medios

    .directivos

    Conocimiento:

    • Profesional

    • Capacitación

    Políticas empresa.

    -Organización gestión

    -Procesos trabajo.control

    Administración:

    -horarios

    • turnos

    -Remuneración

    Experiencia:

    • Concreta

    • Polivalente

    Trabajador- puesto

    Producto- mercado

    Seguridad

    Empresa Higiene

    Salud

    Satisfacción general

    La importancia de estos factores radica en asumir en su totalidad todos los factores haciendo hincapié en que ninguno se desarrolle a nivel superior a los demás. Aunque la técnica por corresponder masivamente a los materiales, ocasione mayor número de accidentes a primera vista, el motivo es que obedece a una causa inmediata y sin embargo la causa desencadenaste puede ser un factor de adaptación ó simplemente de mala información ó de liderazgo.

    La ley con sus Decretos actualizados implica una aptitud preventiva que debe asumir la Empresa como una necesidad no sólo humana sino a la vez rentable. Por la ergonomía, vemos que es utópico una mejora total para evitar el accidente, que en cada persona puede aportar como desencadenante del accidente un problema personal.

    6.3. PREDISPOSICON AL ACCIDENTE MARBEL( Ley de )

    Existen persona que por su forma de ser (temerosas, inconscientes, confiadas, apáticas, etc.), no ven el peligro ó cree que a ellos no les pasará nada. Esta falta de prevención es precisamente lo que les encasilla en una predisposición al accidente, como una causa lógica pero que podría evitarse, por ej.

    Los datos relativos a una empresa, con 5000 empleados, con 1000 accidentes (baja + no-baja) al año pueden aparecer datos muy significativos que pueden ser:

    15 operarios

    9

    5

    3

    3

    1

    2 accidentes

    3

    4

    5

    6

    7

    30

    27

    20

    15

    18

    7

    36

    Media 3,25

    • (repetidos)

    883 (únicos)

    1000 AÑO

    Analizando someramente estos datos, se accidentan el 20 % de la plantilla (1000 x100/ 5000= 20%). Sin embargo sólo un 0,56 % de la plantilla (es decir los 36 que se repiten en varias ocasiones (36x100/5000) pasan a tener un 11,7 % de los accidentes (117x100/5000). Lo cual corrobora la predisposición de este grupo a accidentarse con lo cual el motivo de la prevención no tiene porqué ser total, pero sin embargo es necesario porque el grupo de accidentados habituales cambia de individuos. También se podría estudiar entre las personas que intervienen un solo accidentes (883) si tuvieron algún accidente en años anteriores.

    Ley de MARBEL

    La discusión que se plantea entre la predisposición y el azar, sobre los accidentes en el trabajo, suele explicarse a cuenta de la Ley de Marber- psicólogo Alemán, que enunciaba que “ casi siempre en un grupo de trabajadores “ el 75 % de los Accidentes de Trabajo que se producen recaerá sobre el 25 % de ese grupo, mientras que el otro 25 % de los accidentes se diluye entre el 75 % restante de trabajadores.

    Estudios sobre el tema demuestran que el grupo de trabajadores predispuestos no está formando siempre por los mismos individuos, es decir cada trabajador puede pasar por fases de estado de predisposción a los accidentes.

    Analizando test de selección de personal, los resultados no son claros, salvo en puestos muy especializados en los que priman ciertas condiciones físicas (brazos, pilotos, etc.).

    Otro factor que invade la accidentalidad es la formación, porque las alertas en temas de prevención suponen aprendizajes de adecuación que obligan a cambiar a las formas de pensar y de actuar en el trabajo. Una prueba de ello son los métodos creados sobre la base de eliminar movimientos repetitivos o innecesarios en trabajos manuales.

    Resumen de todo esto se deduce:

    1º. - Que hay que cuidar tanto el factor técnico como el humano, simultáneamente.

    2º. - Que el factor técnico es imprescindible mejorarle desde el diseño, así como los métodos de trabajo, ya que la buena actuación de un operario no compensa a nivel estadístico las deficiencias de maquinaria, equipos e instalaciones (no obstante el adiestramiento en prevención, es evaluare como un plan necesario cuando no se puede mejorar el diseño.

    3º. - Si existe un 25 % de operarios con predisposición al accidente, es necesario incrementar en n la misma proporción la Seguridad e Higiene dentro del factor técnico de la Empresa

    Fin del tema 6.

    TEMA 7

    7.1. - TECNICAS DE SEGURIDAD Y SALUDA LABORAL

    Definición: Aquellas derivadas de la aplicación especializada en materia de Seguridad en el Trabajo, Higiene industrial, Ergonomía, Medicina del Trabajo y Psicosociología Aplicada, a fin de eliminar o minimizar los daños laborales.

    Motivo: Detectar Riesgos (identificar, mediante listas de chequeo)

    Determinar sus causas (origen potencial). Localizar etiología del accidente.

    Eliminarlas o reducirlas (medidas preventivas), experto en diseño ó ergónomo.

    Clasificación de las técnicas de seguridad y salud laboral

    En cuanto a:

    APLICACIÓN

    TIPO

    OBJETO


    Analíticas (previas o posteriores) - Específicas Factor Humano

    Operativas (actuaciones): cambiar (sectoriales) (Agente personal) La forma del trabajo. - Generales

    Organizativas (Planificadas) . Organizativo Factor Técnico

    .sasillo (agente material)

    7.2. ETAPAS Y PLANTEAMIENTO:

    Preventivas (“ a priori”) y Correctivas (“ a posteriori” del accidente).

    Técnicas

    Organizativas

    Servicios Prevención (propios - ajenos)

    Comités de Seguridad y Salud

    Control y Vigilancia

    Gestión Planifid “- auditoría”.

    Técnicas

    Operativas

    Factor técnico

    Actuación Diseño- Proyecto:

    -Instalación y M. Ambiente

    • Máquinas y útiles (diseño de seguridad además de la producción)

    • Métodos y Procesos (métodos de trabajo) y ordenación de trabajo.

    Factor Humano

    Selección del Personal

    Formación previa (acogida nº ingreso)

    Adiestramiento

    *formación permanente: actualización de nuevas tecnologías,

    *normas: lectura de reglamentos y conocimiento de señales y

    *métodos: uso adecuado de los sistemas de trabajo.

    Técnicas

    Analíticas

    Análisis de Puestos: se analizará cada vez que cambie el proceso de trabajo

    Incidencia del entorno: si no se ha respetado el proyecto inicial- pasillos, zonas libres, contenedoras, etc.).

    Programa Organizativo Ritmo de trabajo

    Evaluación - Planif. Preventiva, evaluando las 3 anteriores

    Técnicas analíticas

    Investigación del Accidentes.

    • Notificación y Registro (añadir accidentes blanco e incidente)

    • Clasificación de los accidentes (área anatómica, zonal (mapa de riesgos), etc.

    • Análisis estadístico (índices F, G, I... - Frecuencia, Gravedad, Incidencia)

    Actualización Evaluación Riesgos.

    Revisión Planificación Preventiva.

    Técnicas Operativas

    Factor técnico

    Dispositivos Seguridad (modif. : modificar protecciones y el mantenimiento: a) preventivo, conservación, engrase predictivo: mediante electrodos, para detectar zonas envejecidasdadas o recalentadas.

    Instalaciones y M. Ambiente (protecciones).

    Máquinas y Entorno (diseño: modificar diseño cuando sea necesario por trabajo, peligro y, EPIs: que requieren mantenimiento o modificación.).

    Proceso y Métodos.

    Factor Humano

    Formación Gº Riesgo ( especializada) --+ posibilidades de accidente

    Información

    Readaptación Gº General (permanente, emergencias- información general a todo el personal de la Empresa, comprobar sí se han realizado simulacros de emergencia.

    Técnicas organizativas

    Servicio Prevención ( propio/ajeno).

    Comité de Seguridad y Salud

    Control

    Gestión

    Planificación

    Actualizada Auditoría

    7.3. ANÁLISIS DE SU EFECTIVIDAD

    ( EX) El proceso pertenece a técnicas operativas

    La efectividad de las técnicas de Seguridad y Salud, reside en evitar que el riesgo se convierte en lesión- accidente ó enfermedad-. Analizando el esquema anterior por fases, se deduce que las técnicas preventivas deben imponerse a las correctivas (y a un buen diseño, quitar protecciones a posteriori).

    Aun que por influencia de la productividad en el trabajo, se dé prioridad a las mejoras técnicas porque son más visibles las protecciones y los resguardos, sin embargo el clima humano en el trabajo es un factor que ocupa en muchas empresas hasta el 40% de la accidentalidad, destacando principalmente este factor humano cuando el trabajo no esta adaptado al hombre, así se puede afirmar que la efectividad depende de 6 factores:

    1º. - El momento de su aplicación preventiva.

    2º. - De la mejora de las técnicas analíticas (hoy día informatizadas).

    3º. - Por la mejora de las técnicas operativas, cuidando la calidad de las protecciones y el mantenimiento productivo.

    4º. - La mejora de las técnicas organizativas (especializando a los servicios de prevención) y controlando la gestión en el día a día.

    5º. - La mejora del clima humano, destinando tiempo y medios a la motivación y a la participación frente al riesgo.

    6º. - La cumplimentación de las normas a todas las escales (la ejemplaridad es una pieza fundamental por parte del mando).

    TEMA 8

    TECNICAS ANALÍTICAS

    8.1. DE LAS INSPECCIONES DE SEGURIDAD: DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

    DEFINICIÓN: Se entiende por inspección de seguridad, la técnica analítica de tipo preventivo que como prioridad debería ser anterior al accidente y que posteriormente es obligada. Consiste en un análisis detallado de la situación de seguridad tanto en las máquinas como en herramientas, instalaciones, protecciones e incluso el propio trabajador, con objeto de detectar situaciones de riesgo que deriven de factores técnicos, humanos ó mixtos- ambivalentes- que deben ser eliminados ó minimizados. ( Actualmente las inspecciones se denomina también estudios técnicos, auditorias, análisis de puestos, evaluación e riesgos, etc. ), porque son parte ó van implícitos en la propia inspección de seguridad. De una u otra manera toda inspección consta de 4 apartados:

    1. - Identificación de las causas del riesgo

    2. - Clasificación de dichos riegos

    3. - Evaluación de los riesgos, estableciendo un orden prioritario.

    4. - Implantación y seguimiento de medidas correctivas- en orden a su urgencia y gravedad.

    INSPECCIONES DE

    SEGURIDAD

    PROMOTOR

    Propia Empresa:

    • Servicio de prevención: propio ó contratado.

    • Conocimiento de ello el Comité de Seguridad y Salud.

    • Debe disponer de técnicos en seguridad es posible brigadas auxiliares ó subcomités.

    • Tienen que existir áreas diferenciadas por especialidades y a controlar por técnicos cualificados.

    • Ha de tener Entidades Auditores especialmente para temas de medio Ambiente y vigilancia contra incendios. ( Ex).

    ENTIDADES AJENAS (EX)

    • Las Mutuas de accidentes y Compañías de seguros.

    Los Organismos Oficiales ( Inspección de Trabajo; Técnicos de la Autonomía, del Ayuntamiento, de Fomento, etc. , que pueden promover una inspección y trabajar empresas proveedoras de instalaciones, máquinas y equipos).

    FINALIDAD

    Ordinarias

    Son las que habitualmente (periódicamente y programada), su objetivo es en breve tiempo comprobar todas las instalaciones de la Empresa y especialmente las zonas con riesgos graves. ( material tóxico ó explosivo)

    Extraordinarias

    Son las realizadas por motivos no previstos generalmente graves (accidentes e incidentes), se entienden también las de las Inspección de trabajo que es periódicas.

    METODO

    FORMALES

    Son periódicas y disponen de una metodología propia a fin de obtener el máximo de eficacia ( check- List)- listas de chequeo.

    INFORMALES

    Son las extraordinarias ó aperiódicas(es decir no periódicas), en las que se incluyen no sólo las inspecciones oficiales, sino las motivadas por causas imprevistas ó espontaneas (averías, alarmas, accidentes), ó derivadas de un control casual de un proveedor.

    8.2. - DETECCION DE RIESGOS Y SU EFECTIVIDAD

    Par la detección de riesgos sea efectiva, existen 2 condiciones previas básicas:

    1º. - Disponer de técnicas bien formadas y con experiencia consolidada.

    2º. - Usar y si es necesario elaborar listas de chequeo ( check list), para que recuerden durante la inspección todos los puntos que deben de ser verificados, evitando así posibles despistes antes situaciones de apremio o inspecciones a lo largo de grandes talleres y con material vario.

    Ex 8.2.1. LISTAS DE CHEQUEO O “CHECK LIST”.

    En términos generales detectan como mínimo 10 tipologías de riesgos generales cuando no son específicas para algún tema de importancia, así las 10 tipologías inspeccionar son las siguientes:

    1ª. - Trata de INSTALACIONES GENERALES; Se enumera en ella la revisión del estado de conservación de los locales, pisos, escaleras, pasillos, aberturas en paredes y suelos, separación de máquinas, señalización, iluminación, temperatura, humedad relativa, ventilación y limpieza.

    2ª. - INSTALACIONES DE SERVICIOS CON FLUIDOS, COMO PUEDEN SER: LIQUIDOS, GASES Y ELECTRICIDAD- fluido eléctrico- ex.

    Hay que distinguir la instalación eléctrica en la que hay que ver el Estado de conservación, si la tensión es la adecuada, las protecciones, la señalización y los planos de ubicación para el caso de incendio.

    b) Las instalaciones de agua, aceites y líquidos en general, con lo cual se analizará el Estado de tuberías, la presión adecuada, la proximidad a zonas de alta temperatura, la resistencia de depósitos y tuberías, y los planos de ubicación y la señalización

  • Instalación e gases, corresponden al aire a presión, oxígeno y combustibles, (se revisa el estado general de instalaciones fijas y portátiles- (por ej. El butano). También se analizarán los recipientes a presión, las señalizaciones (necesarias y visibles) y los planos de ubicación.

  • 3ª) Instalaciones contra incendios.

    Por la índole de los incendios la revisión es periódica y debe quedar constatada la fecha de inspección cuando es posible sobre el propio objeto cundo ocurre con los extintores, además hay que revisar las BIEs ( Bocas de Incendio Equipadas), bien sean de a. La red de hidrántes ó b. (columnas fijas de hidrantes. Además sistema c) automáticos de detección o de extinción: Además salidas de evacuación (normales y de emergencia), extintores, otros equipos de bombeo, iluminación de emergencia, así como remolques y vehículos contra incendios si les hubiera.

    Tambien hay que contrastar si el personal asignado está especializado, así como si se han realizado simulacros de emergencia y evacuación.

  • Operativos de manutención: Entran en la manutención normal los:

  • - Manipulación normal: el transpor de las correas (observar sí se realiza de forma segura y se ajusta a lo legislado)

    Levantamiento de cargas (revisar riegos dorso-lumbares)

    Almacenaje (sistema adecuado y ubicación).

    -Transporte mecánico, revisar:

    .Las carretillas elevadora.

    .Montacargas

    .Polipastos y demás

    .Camiones y tractores

    .

    .Cintas transportadoras

    .Cadenas automáticas, transpalets (rodillos con ruedas, caminos de rodillos).

    .Robots y automatismo programables.

    -Maniobras: revisar el peso de cargas y su posible posicionamiento sobre persona.

    -Almacenamiento mecánico- revisar estanterías, paletillas y contenedores).

    e) Revisar máquinas: características especiales (con posible movilidad, antigüedad de la máquina, posible modificación, estado de protección(ventanillas, carcasas...), sistemas de seguridad, tipos de mandos de la máquina (tipos de mandos: puestos en marcha, parada y desconexión). Los limitadores de recorrido: accesibilidad a la máquina. Espacio para ver el trabajador, est. De mantenimiento y los de emergencia y corte de suministros (eléctrico, neumático, hidráulico...)

  • Herramientas portátiles: son normales y con motor electrizo. Hay que mirar el estado de uso, su utilización adecuada y forma de almacenaje en las eléctricas se añade el revisar la tensión de alimentación y el almacenaje considerando la variante de estar desconecta, cables enrollados... inde en tableros.

  • Recipientes a presión. Revisar caldera y compresores, el estado de conservación de las instalaciones adicionales (alimentación), así como la temperatura ambiente, tambien se revisa de forma periódica según aconseje el fabricante, marcando fecha y datos del revisor.

  • Las EPIs- comprobar si están homologadas, en estado y conservación, así como si han sufrido modificaciones no autorizadas.

  • Trabajadores con riesgos especiales. Están trabajadores en altura, se vigila la seguridad personal y de barandillas (cinturón de seguridad, evitar una caída). Trabajadores con equipos de soldadura, se revisa el material, protecciones del personal y el entorno (por proyecciones, explosión).

  • Trabajadores de grúas y escaladores, revisar anclajes, cinturones de seguridad, cabinas de alta tensión, tener cuidado con los servicios de limpieza, carretillero, en función de la velocidad, equilibrio de la carga (fijándose en la forma de la carga y la densidad).

    Trabajadores especiales en el mante o dirección; Trabajadores con proyección (talleres mecanizados, función, formaj...). Trabajadores agropecuarios (cursillo y estabulación). Trabajadores tóxico ó con explosivos.

    10) Factores ambientales

    Son los que corresponden a contaminantes ó higiene industrial

    NERP=CxExP

    Nivel Estimado de Riesgos Potección= Conservación Exposición Probabilidad

    Contaminantes (higiene Industrial)

    Físicos

    Ruidos: contaminación sonora (ex) no es seguridad es higiene.

    Vibraciones y trepidaciones.

    Ultrasonidos

    Estrés térmico

    Radiaciones

    (ex)

    ionizantes

    Rayos x,,,

    Neutrones y nucleares

    No ionizantes

    Laser, microondas,

    Infrarrojos, ultravioleta, radiofrecuencia.

    Químicos

    Aerosoles

    Polvos, Fibras,

    Humos metálico

    No metálico

    Nieblas, Vapores, Gases

    Biológicos

    Nieblas, Vapores, Gases, Virus, Bacterias, Hongos, Parásitos

    8.3. MEDIDAS CORRECTORAS

    Una vez que se revisan los “ Chek List”, debe pasarse a una inmediata corrección de los riesgos, para ello se realizará una denuncia de los puntos a corregir de esta lista:

    En 1er. Lugar por orden prioritario de urgencia por su gravedad

    En 2º lugar en función del número de personas que puede afectar.

    Como sistemas de evaluación existen varios: el más típico aunque con códigos diversos consiste en determinar de forma mecánica el valor del riesgos. Este sistema denominado nivel estimado de riesgo potencias ( NERP) lo que hace en medir o igualarse con la consecuencia (e), tiempo de exposición (E) y probabilidad (P) del riesgo.

    TEMA 9

    TECNICAS ANALÍTICAS

    9.1. LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES, DEFINICIÓN Y FINALIDAD

    El análisis del accidente supone poder prever que no se repita al menos en igualdad de condiciones un tipo de riesgo y tambien deducir las variantes que pueden dar lugar a variar la probabilidad. Como definición.

    La investigación de accidente pretende recoger datos de los mismos tras un análisis realizado por varios estamentos ( Jefes de Area, Servicio Médico y Servicios de Prevención). Se pretende detectar interrogantes clásicos como el qué, quien, como cuando y porqué. Como finalidad.

    La detección de causas implica como finalidad un registro de datos para la investigación de riegos.

    En la finalidad se da prioridad a las causas y al registro de datos de la siguiente forma:

    Las causas hay que ponerlas en evidencia para eliminar en lo posible la accidentalidad a corto plazo. Sería conveniente incluir los incidentes, ya que como causas, hay que incluir todo aquello que si no hubiera sucedido antes del accidentes, este no hubiera ocurrido. Por otro lado como registro hay que anotar mediante parte oficial- impreso oficial- toda serie de datos donde se recogen todas las respuestas del accidentado si es posible de su mando, de sus compañeros y testigos, revisando por zonas y especialidades todos los datos que son controlables incluyendo: estado de la persona, métodos empleados en el trabajo y posibles incidencias del entorno. La finalidad incluye dar respuesta a interrogantes anteriores así como facilitar datos a los expertos en Seguridad e higiene.

    9.2. METODOLOGÍA DE APLICACIÓN

    La metodología ha de tener en cuenta 6 características

    • OBJETIVA, Ser objetiva, es decir imparcial y basada en los hechos, eliminando suposiciones o situaciones habituales.

    • ESPECIALIZADA, Ser especializada, es decir que esté realizada por técnicos formados en Seguridad e higiene (con conocimientos suficientes de legislación laboral, máquinas, equipos, etc.

    • ANALÍTICA, es decir debe efectuar un análisis con acopio de todos los datos posibles para codificar, comparar y valorar los hechos para que nos conduzcan a conclusiones lógicas.

    • SIN CULPABLE, no buscar culpables porque desvirtuaría los hechos, sino acciones incorrectas (en caso contrario los investigadores perderías fiabilidad para el futuro)

    • TOTAL, debe investigarse todos los tipos de accidente (debe ser una investigación total: debe investigarse accidentes baja y no baja, asistencia primaria y un simple incidente (cualquiera de ellos aporta significado para futuras acciones correctoras).

    • SELECTIVA, reseñar los accidentes más significativos ó en el caso de que haya muchisimos inspecciones los de baja- graves -.

    METODOLOGIA

    Objetiva

    Especializada

    Analítica

    Sin culpable

    Total

    Selectiva

    Todo esto se basa en la teoría de la causalidad: cada accidente tienen como mínimo una causa. Las causas tienen muchos motivos y las causas se relacionan factorialmente (proporcionan motivos comunes, normalmente interrelacionados).

    Tª Causalidad

    Cada Accidente, una causa

    Cada causa, muchos motivos

    Las causas interrelacionan factorialmente (espina de pescado).

    9.3. TIPOS DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES Y

    LEY H.W. HEINRICH

    Toda investigación sigue un orden cronológico que se completa en base a 4 fases

    • Investigación primaria, que debe realizarla el mando directo del accidentado.

    • Investigación sanitaria, que se realiza por el servicio médico de empresa, que se informa directamente del accidentado ó de posibles testigos que normalmente le acompañen.

    • Investigación técnica, realizada por los técnicos en prevención, apoyándose en la información previa al mando y en la del médico. Además inspeccionarán el lugar del accidente y entrevistarán ala accidentado- cuando es posible- contrastándolo con testigos y si fuera preciso con el servicio médico de Empresa cuando hubiera datos contradictorios.

    Ante un accidente grave implicaría realizar una simulación del mismo.

    • Investigación legal, que es la realizada por el departamento de personal con carácter administrativo- no es propiamente una investigación ya que sólo aporta datos de baja y tiempo de absentismo, ay que debe anotarse a nivel oficial para comunicarlo a las Autoridades laborales. No obstante es importante para cualquier estudio estadístico posterior.

    Derivado de los tipos de accidente, tambien se puede establecer unos valores que distribuyen el análisis estadístico:

    TIPOS DE ACCIDENTE

    Baja

    No baja

    Primera cura/ servicio médico

    Accidente blanco

    Incidente

    El Accidente Baja:

    Mortal

    Grave

    Muy Grave

    Leve

    El Accidente No baja, se puede entender como de Asistencia primaria por parte de los médicos, mientras que las primeras curas se entienden como asistencia de los servicios médicos y reincorporación inmediata al trabajo.

    El Accidente Blanco, es aquel que sólo produce daños materiales ó económicos sin afectar a las personas (se utiliza sin embargo para el control total de perdidas).

    El Incidente, cuando carece de lesiones personales o económicas apreciables, es decir cuando es un suceso no deseado que se queda en un conato de accidente ó en un susto.

    Ley H.W. HEINRICH

    MORTAL

    10%

    LEVE

    SIN LESION

    = 330 suerte: 90 %

    fatalidad

    cataclismos 2%

    Hay un 10% de accidentes reconocidos y sin embargo de 300 sin lesión, deduce como norma que la fatalidad no existe, pues sólo ocurre en un 2 % y en casos de cataclismos inesperados ya que para él el accidente siempre es falta de previsión, sea humana o técnica. Este autor explica que cuando no hay lesión, si creemos en el azar deberíamos decir que existe un 90 % de suerte.

    ACCIDENTE AÑO (media 15 últimos) Datos accidentes en España

    Muertes 1952 5´3 días

    Acc. No Baja 146.428 401´2 día

    Acc. Baja 591.043 1619´3 días

    49.357 = “ in itínere”

    739.423 2025´8 días

    690.066 = puesto de trabajo

    Estas pérdidas supondrían económicamente el cierre durante un año de 356 empresas con mas de 5.000 obreros sin contar las implicaciones personales, familiares y del entorno

    MUERTE (accidente + Enfermedad) AÑO

    • CANCER- SUSTANCIAS NOCIVAS

    • OTRAS DOLENCIAS

    • ACCIDENTES TRABAJO

    • ACCIDENTES “ IN ITINERE”

    7.156 ---19´6 DÍAS

    Fin tema 9

    TEMA 10

    TENICAS ANALÍTICAS: NOTIFICACIÓN Y REGISTRO DE ACCIDENTES CLASIFICACIÓN E IMPRESOS QUE SE UTILIZAN.

    NOTIFICACIÓN DEL ACCIDENTE. Si partimos que el accidente es “ toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión ó por motivos del trabajo por cuenta ajena”, esto implica que el contrato laboral lleva unas obligaciones inherentes al empresario y al trabajador.

    Para el empresario, es obligado prestar asistencia médica y notificarlo a las autoridades laborales, en función de lo que establece la L.P.R.L. y la L. General de Seguridad Social.

    Para el trabajador, implica que el accidente no es tal sin no está motivado por causas laborales, incluyendo tambien cuando existe dolo, es decir posible voluntad de lesionarse o bien engañar ó simular un daño. Asimismo tambien entra el concepto de imprudencia temerario o negligencia en el que se atiende al lesionado pero puede someter a un régimen disciplinario de sanciones.

    En el accidente, como lesión se incluye cuando procede de enfermedades anteriores, aceleradas por motivo del trabajo, tambien la variante denominada de accidente “ in itínere”, que es el que se ocasiona en el trayecto que realiza el trabajador entre su domicilio y el de la empresa- o viceversa. El accidente “ in itínere”, incluye cometidos derivados del trabajo como viajes de representación, comisiones de servicios al exterior y por supuesto tambien el dolo ó infracción intencionada.

    La notificación, es un registro que cumplimenta parte de una inspección de un accidente, por lo cual se cumplimenta a través de una documentación oficializada que se denomina: “parte de accidente de trabajo”. En esta “ parte” se implica:

    a.- El mando director del accidentado

    b.- El Servicio médico de empresa

    C.- El Servicio de prevención correspondiente.

    Este parte es obligado por Ley con independencia de la gravedad del accidente y de otros estudios que realicen los servicios de prevención, por ello normalmente debe registrarse, codificarse y archivarse tanto en la línea jerárquica de la Empresa como en el Servicio Médico ó en el de Prevención de Riesgos.

    Concretamente en el Servicios de Prevención de Riesgos se archivará modificando el profesiograma, es decir anotando la posible lesión ó invalidez para determinados trabajos. Tambien se utiliza para la estadística oficial a fin de cotejar con otras Empresas de la misma especialidad ó del mismo sector, en función de los índices de frecuencia, gravedad, etc.

    CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTE Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    Clasificación: Se refiere normalmente a los servicios médicos y al texto refundido de la Ley General de Seguridad Social. En él explica las diferencias de:

    Baja

    No baja

    Asistencia primaria

    Incidente

    Que se deben de comunicar a las autoridades laborales.

    La baja a nivel médico da lugar a un pronóstico de:

    Leve

    Grave

    Muy grave

    Mortal

    Mientras que en función de su duración aparecen diversos grados de incapacidad que establece la inspección médica.

    Como esquema, se puede representar:

    Temporal

    Parcial

    Incapacidad Total

    Absoluta

    Permanente Gran Invalidez

    La incapacidad temporal, supone la incapacidad del trabajador temporalmente en estado de baja tanto por enfermedad como por accidente. Se entiende que una vez curado el trabajador puede realizar el mismo trabajo anterior a su baja, puede durar hasta 12 meses, más 6 que se pueden conceder por presunción de curación que sea necesaria, e incluso excepcionalmente hasta 30 meses cuando la asistencia médica obliga a demorar la declaración de invalidez que procediera a través de la Junta Clasificadora.

    La incapacidad permanente, la establece el tribunal calificador de tipos de invalidez de la Inspección Médica y ocurre cuando al dar de alta al trabajador este presenta reducción anatómica ó funcional grave que le impida desarrollar su capacidad de trabajo, con lo cual pasa a subdividirse en parcial, total, absoluta y gran invalidez.

    Incapacidad permanente parcial, ocurre cuando el trabajador una vez curado tiene una pérdida en la capacidad de su trabajo habitual no inferior al 33%, más del 33 % y menos del 100%. Lo cual supone una bonificación salarial de 24 meses s/ BR y se puede dedicar a otro trabajo.

    Incapacidad Permanente total: se asigna al trabajador que una vez curado queda incapacitado para el trabajo que realiza habitualmente (aunque pudiera realizar otro trabajo). Dispone el trabajador accidentado de un subsidio vitalicio del 55% BNC mes anterior a la baja, pudiendo pasar al 75% si el trabajador rebasa los 55 años, con lo que este 20% a mayores se concede si no realiza otro trabajo.

    Incapacidad permanente absoluta. Se identifica con el trabajador que una vez curado queda incapacitado en un 100%, para ralizar cualquier profesión u oficio. Su pensión vitalicia es el 100 % de la B.R.

    Gran Invalidez, incida a los trabajadores con la Incapacidad Permanente absoluta que precisen de la asistencia de otra persona, para desarrollar actos esenciales de la vida- comer, vestirse, desplazarse -. Su pensión vitalicia 100% se aumenta en un 50% para remunerar a quien le atienda.

    En el caso de muerte, por Accidente de Trabajo ó Enfermedad profesional, se entiende extinguido el contrato aunque de él deriven las indemnizaciones que procedan para la familia- 45% viuda, 20% hijos.

    Todas las invalideces citadas originan jornadas de trabajo perdidas que incrementan el llamado baremo de penalización para desarrollar el Indice de Gravedad.

    EN EL SIGUIENTE CUADRO SE INCLUYE EL BAREMO ESTABLECIDO EN LA O.M.T. 16.01.40. BOE 29.01.40, PARA DETERMINAR LAS JORANADAS PERDIDAS EQUIVALENTES. Establecido en la Troceaba conferencia de estadígrafos del trabajo de 1.982.

    NATURALEZA DE LA LESIÓN

    PORCENTAJE DE

    INCAPACIDADES

    JORNADAS PERDIDAS

    Muerte

    100%

    6.000

    Perdida de un brazo por encima del codo

    75%

    4.500

    Pérdida de la mano

    50%

    3.000

    Pérdida o invalidez permanente del pulgar y de un dedo

    25%

    1.500

    Pérdida de pie o invalidez permanente del dedo gordo o de dos o más dedos del pie

    5%

    300

    Pérdida de la vista (un ojo)

    30%

    1.800

    Sordera total

    50%

    3.000

    Las lesiones permanentes no invalidantes tienen asignado un baremo de indemnización por Orden Ministerial de 16.01.99, en el que tambien se aprueban otros anteriores, destacando que esta indemnización son sin perjuicio de lesiones no invalidantes

    . perdida dedo índice y medio (derecho) 204.000 ptas.

    . pérdida dedo índice y medio (izquierdo) 153.000 ptas.

    • Sin embargo la pérdida de sustancia ósea del cráneo oscila de 24.000 a 129.000 ptas.

    . Pérdida de un riñón 360.000 ptas.

    . Pérdida del olfato 102.000 ptas.

    . Pérdida de la nariz 672.000 ptas.

    . Disminución de la agudeza visual de un ojo

    menor del 50% 96.000 ptas.

    mayor del 50% 162.000 ptas.

    . Alteraciones de la voz y del lenguaje 204.000 ptas.

    CLASIFICACION DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO SEGÚN LA O.I.T.

    La O.I.T. como órgano asesor de la O.N.U. y de la C.Europea, al establecer convenios de nivel internacional clasifica los accidentes en función de 11 características diversas:

    (EX)

    1ª Según la fórmula y tipo del accidente: heridas, fractura, quemadura, etc.

    2ª Agente causante: la maquina, una acción peligrosa.

    Naturaleza (son grados) de lesión: leve, grave, mortal (EX)

    Ubicación de la lesión: parte anatómica del cuerpo: cabeza, ojos, piernas.

    5ª Actividad industrial y número de operarios.

    6ª El propio lugar del accidente.

    7ª En función del sexo y la edad del accidentados.

    8ª Profesión y cualificación del accidentado

    9ª Antigüedad en la profesión y experiencia concreta en el puesto.

    10ª Fecha concreta del accidente (anotando no sólo día y hora, sino día de la semana y turno (y en el turno la clasificación de sí es turno fijo, alternativo, jornada dividida, horas extra).

    11ª Tipo de contrato: fijo, eventual ó por horas.

    IMPRESOS QUE SE UTILIZAN ANTE EL ACCIDENTE

    Además del impreso oficial que existe s/ el parte de accidente de trabajo y el de relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica, pueden existir para su estudio complementario, los impresos que considere oportunos el servicio de prevención a fin de desarrollar un seguimiento estadístico, y un análisis de los riesgos, en los que se llega a añadir a veces alarmas de fatiga ó de insatisfacción

    Impresos:

    • Ficha resumen para identificar los peligros

    • Ficha análisis del accidente

    • Relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica

    Los modelos oficiales OM 16.012.87, se pone como modelos oficiales:

    • Parte de accidente de trabajo

    • Relación de accidentes sin baja

    • Relación de altas ó fallecimientos.

    Como impreso de accidente tambien puede existir aquel que utiliza datos sobre el tipo de lesiones ó ubicación del accidente. Tambien se considera un estudio complementario lo que pueden cumplimentar los mandos y los agentes de prevención de riesgos para estadística y previsión de futuros accidentes. De toda esta práctica estadística se diseñan tablas, se complementas tambien deduciendo junto a los agentes de los riesgos la valoración añadida de factura e insatisfacción en el trabajo.

    Fin tema 10

    TEMA 11

    ANÁLISIS ESTADÍSTICO DE LA ACCIDENTABILIDAD EN LA EMPRESA

    INDICE DE FRECUENCIA (ex)

    Es de los índices estadísticos, el que más se usa como siniestralidad, se estableció en la X Conferencia de la O.I.T. en 1.962, normalmente son datos mensuales que se recopilan trimestralmente, semestralmente y al año.

    El índice de frecuencia, aporta la estadística de accidentalidad en proporción a las horas trabajadas en cualquier empresa, en la práctica representa el número de accidente por millón de horas trabajadas en un colectivo determinado

    Número Total de Accidentes (Baja y No Baja) 6

    IF general = _________________________________________ . 10

    Ó total Número total de Horas Trabajadas.

    (Ex) Cuando no se consideran los accidentes no-baja, el índice de frecuencia, se denomina oficial

    Numero Total Accidentes ( Baja 6
    IF Of = ______________________________ x 10

    Número Total Horas Trabajadas.

    Esta fórmula se entiende el número total de horas trabajadas representa el tiempo que se considere (mes y año, etc.) horas al día x días trabajados x número de empleados, a ello se restarán las pérdidas debidas al titular y a posibles compañeros durante el accidente y se añadirán posibles horas extras. En esta fórmula, no entran los accidentes “ in itínere”, aunque sigan siendo accidentes debido a que se escapen de la prevención por parte de la empresa (por el mismo motivo, sólo se consideran días laborales).

    A est índice se le llama de frecuencia total ó general cuando se añade los accidentes no-baja, ya que el fin es prever posibilidades a medio, corto plazo, en función de las épocas más proclives al accidente. El índice del que se elimina los accidentes no-baja, se denomina oficial (se usa en publicaciones externas, pero no sirve para investigar).

    El índice de frecuencia es el más aprovechado ya que se utiliza no sólo por meses y de forma anual, sino en comparación con la media de los últimos 5 años y con la media de cada sector profesional. Cuando se establece un diagrama para compara estos valores se denomina

    INDICE DE FRECUENCIA MOVIL ANUAL, y es el que sirve para destacar los cambios de clima, las vacaciones, nuevos ingresos ó cambios en el proceso de trabajo.

    INDICE DE GRAVEDAD

    Representa la accidentalidad a partir de considerar el número de días con baja en proporción al número de horas trabajadas.

    En la práctica son número de jornadas perdidas cada 1000 horas trabajadas.

    NJP (b+ bP) 3

    IG = _______________ x10

    NTHT

    Representa el número de jornadas perdidas dividido por el número total de horas trabajadas y x 10 3

    BP = Baremo de penalización

    Jornadas perdidas: las que sean baja y el bP

    • En esta fórmula para una verdadera investigación habría que incluir las jornadas perdidas por obreros que pararon aunque no se accidentaren, la producción perdida, el tiempo de supervisión, el adiestramiento del sustituto del accidentado cuando se incorpora y el coste de la dedicación administrativa.

    -Por otra parte en esta fórmula las jornadas perdidas se sacan de los días realmente trabajados incluyendo vacaciones y sin embargo no se cuenta ni el día del accidente ni el día que se incorpora el trabajador a su puesto.

    INDICE DE INCIDENCIA

    Corresponde al registro del número total de accidentes (baja y no-baja), por cada 1000 trabajadores y dividido por el número de trabajadores promedio. Algunos autores el número de trabajadores promedio lo denominan número medio de trabajadores expuestos. Esto puede dar lugar a confusiones por ejemplo en un taller el número de trabajadores expuestos puede parecer que sólo sean de taller y esto no es así.

    NTA ( B y No B) 3

    I.I = __________________________ 10

    N.T.P.

    ( N.M.T.E.)

    En esta fórmula conviene entender el número de trabajadores promedio como la media general de los trabajadores que se tienen normalmente a lo largo del año, incluyendo por supuesto a los que de oficina (no confundir ante la modalidad de trabajadores expuestos que sólo sean los de taller). Como el Indice de Frecuencia esta fórmula puede desarrollarse de forma oficial o de forma general, si se incluye o no los accidentes no baja.

    Este índice se utiliza cuando falla el de gravedad ante casos de una población trabajadora oscilante o con contratos esporádicos, como suele ocurrir en los gremios de construcción, agricultura, hostelería, etc.

    INDICE DE DURACIÓN MEDIA DE LAS BAJAS

    Representa la relación inversa entre el número de días baja por accidente y el número de accidentes baja.

    3

    I.D.M.B = __I.G._10 = NJP (B + nP)

    I.F. NTA

    3

    NJP (B + bP) 3 IG NOP (B+ bP) .10. NTHT

    IG oficial=______________. 10 ___ = ____________________________

    NTHT IF NTHT. NTB. 10 3

    NT B 6 IG NTP (B + nP) 1

    IFoficial = ________ . 10 ____ = _____________ ___3

    NTHT IF NTB 10

    IG NTP (B+nP) 1

    ___ = ____________. ___3

    IF NTB 10

    IG 3

    ___.10 = IDMB

    IF

    Lo utilizan psicólogos y sociólogos para enterderlo como un fallo en los métodos de trabajo o falta de adiestramiento suficiente o incluso por motivos de insatisfacción en el trabajo.

    INDICE DE PÉRDIDAS

    Supone representa perjuicios económicos que juntamente con el índice de gravedad aportan la idea de gastos ante el riesgo entendido como que la prevención es rentable.

    I.P= __Coste perdidas_

    N.T.H.T. (Número total de horas trabajadas)

    DIAGRAMAS ANALÍTICOS

    Además de los ya mencionados en la lección anterior, sobre el tipo de lesiones o ubicación corporal el análisis estadístico se sigue efectuando principalmente a través de gráficos de líneas, diagramas, histogramas, ciclogramas (sectores, quesitos), y cartogramas (mapas).

    Fin tema XI

    TEMA XII

    TÉCNICAS OPERATIVAS SOBRE EL FACTOR HUMANO

    1.- SELECCIÓN DE PERSONAL Y ADIESTRAMIENTO

    Se refiere a aquellas técnicas que de forma operativa debe de desarrollar el empresario para desarrollar una selección adecuada del personal y dado que esta selección es eminentemente profesional completarla con un desarrollo adecuado de los cambios de comportamiento que sean necesarios.

    De esta manera se entiende que la selección de personal se ocupa principalmente de establecer un profesiograma y desarrollar unas condiciones de trabajo óptimas.

    El profesiograma es una ficha individual que corresponde a un seguimiento del trabajador de tal manera que no sólo se le identifica físicamente a partir del examen médico sino que se complementa con datos de actitudes y capacitación para el trabajo. Por tanto se entiende por profesiograma como una ficha profesional de cada individuo en la empresa por lo que deben constar:

  • Datos biométricos, es decir médicos, físicos

  • Enfermedades y lesiones o mutilaciones. El motivo puede ser acoplarle al lugar de trabajo.

  • Aptitudes (conocimientos)

  • Actitudes (rasgos de personalidad)

  • Capacitación, que aunque es algo afín a las aptitudes, representa la destreza para el puesto (practica rentable).

  • En las condiciones del contrato. Deben estar definidos a nivel individual con los aditivos que supongan el Convenio Colectivo o nueva normativa lega. Estas condiciones se deben plasmar en 6 puntos:

    1. - Debe estar acondiconado a edad y sexo. Esto no sólo es interesante para el trabajador sino tambien para la empresa.

    2. - Se debe especificar muy bien la jornada, horarios y turnos.

    3. - el salario debe ser lo suficientemente digno para que no time al trabajador.

    4. - De existir una estabilidad en el empleo acompañada de seguridad en el propio trabajo.

    5. - La adaptación de acuerdo con la especialidad del interesado.

    6. - La participación debe inculcársele como un problema de liderazgo dentro de la organización.

    ( esquema de incidencia de la Seguridad e Higiene en los Recursos Humanos)

    Explicación del esquema:

    La Selección de personal es una técnica medico-psicológica para detectar las personas adecuada para cada trabajo, mediante un reconocimiento médico y test que miden capacidades: intelectuales, espaciales, numéricas, memorísticas, etc.

    A estos datos, se añaden tambien las aptitudes ó expediente académico del interesado, así como alguna prueba práctica de capacitación para el puesto. A la ficha personal que evolucionará con cada modificación oportuna se la denomina profesiograma, e implica sobre la L.P.R.L el cuidar el acoplamiento del trabajador a su puesto de trabajo.

    Cambios de comportamiento. Este debe de ser generalizado y en muchos casos particularizado sobre todo cuando atañe a la prevención de accidentes. Para unificar comportamientos ante el riesgo es vital comenzar desde una motivación que acompañe el adiestramiento oportuno sobre la base de una formación sobre el puesto de trabajo y además generalizada sobre el entorno.

    Los factores que intervienen en el adiestramiento ó aprendizaje buscan establecer una adaptación toda vez que se han tenido que organizar campañas de inadaptación en el trabajo denunciado por los servicios médicos de empresa y debidas a una mala planificación técnica. Otros factores pueden ser: el interés, el rendimiento, la creatividad, la comunicación y la afiliación. Para desarrollar todos estos factores de adiestramiento hay que apoyarles y coordinarles sobre la base de una buena formación, campañas de propaganda y cursillos no sólo alternativos, sino de reciclaje.

    Formación: Técnica hay que cuidar una formación general en Seguridad e Higiene, debe exigir cuando hay que elegir representantes en el Comité de Seguridad e Higiene y especifica en cada puesto de trabajo y sustitutoria, es decir cada vez que haya cambios. Además todo ello no hay que conformarse con dar una formación al entrar, sino dar una formación continua (como mínimo anual), en esto entran las practicas de emergencia y primeros auxilios.).

    Tanto la formación como el desarrollo de interés y cambios de comportamiento implica crear unos incentivos (premios significativos, que no es preciso que sean e metálico) y en último caso, se utilizará la disciplina adecuada para quien se obstina en no actuar de forma correcta, toda vez que es un imperativo legal y por bien de la mayoría. La ley 31/95 dedica a estos puntos los artículos 14,15,17,30 1 37 y 45 a 53.

    Tambien el Reglamento de Servicios de Prevención R.d. 39/9, explica las obligaciones como imperativo legal a través de los artículos,. 8,9,12, 13, 15 y 38 y 39.

    Formación Se les da charlas, normalmente en horas de trabajo, orientadas a temas de liderazgo y de seguridad e higiene. Charlas de comunicación, motivación y aprendizaje. Se le puede dar al grupo que más lo necesite.

    SOCIOLOGÍA (funcionamiento del grupo)

    Promoción

    Habla de planes de carrera, como una programación futura de posible promoción.

    Es aprovechar el Organigrama de la Empresa para ir buscando posibles sustitutos.

    En los planes de carrera entra el índice en cada persona que piensa promocionar, los estudios que le falta para el siguiente ascenso.

    En la gran empresa cuando se puede se suele dar en grupo y en horas de oficina ( cursos de inglés, informática, etc.).

    LAS NUEVAS TENOLOGÍAS:

    Para evitar accidentes hay que tener al día las nuevas tecnologías: autómatas y robots.

    SISTEMAS ORGANIZATIVOS

    Hay que conocer temas de calidad total, sociotécnicos y desarrollo organizacional.

    12.2. INFORMACION/ FORMACION

    - Clasificación de las medidas informativas y educativas en Seguridad e Higiene en el Trabajo.

    Es un punto a cuidar y a clasificar por las empresas ya que superada la fase de supervivencia, es decir, el salario y alimentación, la siguiente necesidad es la estabilidad y la seguridad que como decía MASLOW , representa la garantía de futuro. Para ello, el Reglamento de los Servicios de Prevención explica en sus arts. 15,34, la instalación de equipos y medios, así como funciones a desarrollar en que materia educativa (medicina, seguridad e higiene, ergonomía y pscosociología aplicada). Todo esto en la práctica va acompañado de una información que debe ser educativa a nivel general y referida a medios y a máquinas para lo cual en muchos casos hay que retroceder a estudios primarios cuando sea necesario.

    Por otro lado existen acciones puntuales como pueden ser las campañas de educación, higiene, etc.

    La empresa debe informar al trabajador de la organización o cambios en cualquier puesto de trabajo ó proyecto.

    Modernamente tambien se ocupa la gran empresa de problemas de ocio, asesorando en temas de seguridad e higiene durante épocas de vacaciones e incluso en la administración del tiempo (para personas jubiladas o próximas a jubilarse).

    En campañas de seguridad e higiene normalmente se realizaran como mínimo durante un mes al año y en ella se promocionan los siguientes aspectos:

    1. - Charlas informativas en el ámbito de diálogos, sobre problemas pendientes de Seguridad e Higiene.

    2. - Publicaciones; que suelen ser compra de normas a través de folletos normalmente ilustrados para que sea más fácil su captación

    3. - Señalizaciones, se tienen en cuenta la promoción de carteles y avisos.

    4. - Stands. Expositores, unas veces fijos, otras móviles que las diversas secciones de una fábrica ofrecen todo tipo de prendas de protección acompañados de explicaciones orales y tambien con medios audiovisuales.

    VALORACION DEL RIESGO

    Factor

    CLASIFICACION

    Cod. Numérico

    Interpretación

    Consecuencias ©

    ( Resultado más probable de un accidente potencial)

    A) Muchas muertes o daños superior a 100 millones de pesetas

    100

    Catástrofe

    b) Varias muertes o daños superiores a 50 millones de pesetas

    40

    Desastre

    c) Muertes o daños superiores a 20 millones de pesetas

    15

    Muy Seria

    d) Lesión permanentes o daños superiores a 10 millones de ptas.

    7

    Seria

    e) Lesión temporal o daños superiores a 1 millón de pesetas

    3

    Importante

    f)Primeros auxilios o daños superiores a 100.000 ptas.

    1

    Notable

    Exposición (E)

    ( Frecuencia con que ocurre la situación de riesgo)

    La situación de riesgo se presenta

    10

    a) Continuamente(o muchas veces al día)

    Muy alta

    b) Frecuentemente (aproximadamente una vez al día)

    6

    Alta

    c) Ocasionalmente (una o dos veces a la semana)

    3

    Media

    d) Poco usual (una o dos veces al mes)

    2

    Baja

    e) Raramente (una o dos veces al año)

    1

    Muy Baja

    f) Muy difícilmente (no ha ocurrido en años, pero es concebible)

    0,5-

    Incierta

    Probabilidad (P)

    ( Probabilidad de que la secuencia de accidente se complete)

    Secuencia completa de accidente

    10

    Debe esperarse

    a) Es el resultado más probable y esperado si la situación de riesgos tiene lugar (ocurre frecuentemente)

    b)Es completamente posible y nada extraño- Tiene una probabilidad del 50%)

    5

    Rara pero posible

    C) Sería una secuencia o coincidencia rara: no es normal que suceda (probabilidad del 10%)

    3

    Rara pero posible

    d) sería una coincidencia remotamente posible. Se sabe que ha ocurrido. Probabilidad 1 %

    1

    Poco usual

    e) Nunca ha sucedido en muchos años de exposición, pero es posible que ocurra

    0,5

    Concebible pero improbable

    f) Es prácticamente imposible que suceda (una probabilidad entre un millón)

    0,2

    Imposible

    RELACIÓN DE AGENTES MATERIALES CONSIDERADOS Y RIESGOS QUE GENERAN

    Condiciones de seguridad

    Riesgo de accidentes

    Riesgo de enfermedad profesional

    Fatiga

    Insatisfacción

    1. -Pasillos y superficies de transito

    2. - Espacios de trabajo

    3. - Escaleras

    4. - Máquinas

    5. - Herramientas manuales

    6. - Objetos. Manipulación manual

    7. - Objetos. Almacenamiento

    8. - instalación eléctrica

    9. - Aparatos a presión

    10. - Instalación de gases

    11. - Aparatos y equipos de elevación

    12. - Vehículos de transporte

    13. - Incendios

    14. - Sustancias químicas

    010,020,070,080

    010,020,050,070

    010

    080,100,110

    040,090,100

    040,090,110

    020,030,050,070

    161,162

    200

    200,211

    010,050,080,110

    120,130

    211,212,213,214

    170,180,211

    *

    *

    *

    CONDICIONES AMBIENTALES

    15. - Exp. Contaminantes químicos

    16. - Exp. Contaminantes biológicos

    17. - ventilación industrial

    18. - Ventilación Climatización

    19. - Ruido

    20. - Vibraciones.

    21. - Calor y frío.

    22. - Radiaciones ionizantes

    23. - Radiaciones no ionizantes

    24. - Iluminación

    220

    140,150

    190

    190

    310

    320

    310,320

    320,350

    330

    340

    350

    360

    370

    380

    *

    *

    *

    *

    *

    *

    CARGA DE TRABAJO

    25. - Carga física

    26. - Carga mental

    130

    410,420,430,440

    450,460,470

    ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

    510,520,530

    540,550,560

    Agentes materiales y riesgos asociados a los mismos.

    RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO. CODIGOS DE FORMA

    RIESGO DE ACCIDENTE

    010 Caída de personas a distinto nivel

    020 Caída de personas al mismo nivel

    030 Caída de objetos por desplome o derrumbamiento

    040 Caída de objetos en manipulación

    050 Caída de objetos desprendidos

    060 Pisadas sobre objetos

    070 Choques contra objetos inmóviles

    080 Choques contra objetos móviles

    090 Golpes/cortes por objetos o herramientas

    100 Proyección de fragmentos o partículas

    110 Atrapamiento por o entre objetos

    120 Atrapamiento por vuelco de maquinas o vehículos

    130 Sobreesfuerzos

    140 Exposición a temperaturas ambientales extremas

    150 Contactos términos

    161 Contactos eléctricos directos

    162 Contactos eléctricos indirectos

    170 Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

    180 Contactos con sustancias cáusticas y o corrosivas

    190 Exposición a radiaciones

    200 Explosiones

    211 Incendios. Factores incendio

    212 Incendios. Propagación

    213 Incendios. Medios de luchas

    214 Incendios. Evacuación

    220 Accidentes causados por seres vivos

    230 Atropellos o golpes con vehículos

    RIESGOS DE ENFERMEDAD PROFESIONAL

    310 Exposición a contaminantes químicos

    320 Exposición a contaminantes biológicos

    330 Ruido

    340 Vibraciones

    350 Estrés término

    360 Radiaciones ionizantes

    370 Radiaciones no ionizantes

    380 Iluminación

    FATIGA

    410 Física. Posición

    420 Física. Desplazamiento

    430 Física. Esfuerzo

    440 Física. Manejos de cargas

    450 Mental. Recepción de la información

    460 Mental. Tratamiento de la información

    470 Mental. Respuesta

    INSATISFACCION

    510 Contenido

    520 Monotonía

    530 Roles

    540 Autonomía

    550 Comunicaciones

    560 Relaciones

    TEMA 13

    COSTE DE LOS ACCIDENTES

    Asume el estudio de los costes directos, indirectos y la relación entre prevención y coste.

    Estudiar este corte tiene como trasfondo, el planificar adecuadamente el gasto económico para que sea rentable la prevención.

    En resumen es detectar la relación entre prevención y accidente aunque no tiene sentido valorar la salud eficientemente en primer lugar porque lo superar otros valores de tipo ético y social no distante su estudio implica un compromiso para la población trabajadora y para el Estado ante la ley. No obstante hay que entender que la prevención nunca evita totalmente el riesgo, por existir facetas imprevisibles.

    Resumiendo para hacer una prevención integrada debe existir 3 cosas:

    Prevención integrada

    -Compromiso social- la salud (integridad física del trabajador)

    -Objetivo Tecnico-legal- calidad de vida y cobertura jurídica

    -Ventaja Económica- Ahorro general dentro de la productividad

    La prevención es rentable no por si misma pero si por el aspecto de usarla adecuadamente, de forma eficaz en cada fase, estableciendo un orden de prioridades, calculando el gasto óptimo entre accidente y su prevención, para lo cual existen técnicas analíticas que organizadas de forma suficiente rentabilizan los gastos de prevención sobre un coste total entre lo asegurado y lo evitado.

    Los diferentes conceptos de perdidas se pueden agrupan en 8:

    1º) Los daños humanos (indemnizaciones, a propios y terceros)

    2º) Costes sociales y legales (votos a Seguridad Social, complementos salario, perdida beneficio, sanciones y gastos de abogados y gestorías).

    3º) Equipamientos (máquinas, útiles e instalaciones).

    4º) Los materiales (daños a material primar y a productos acabados y semielaborados. Edificios fluidos o vehículos.

    5º) Bajo rendimiento - perdidas que las técnicas dedicas reparación como el tiempo de sustitutos, e incluso bajo rendimiento. De compañeros por impacto del accidente (moral).

    6º) Tiempo abonado pero no trabajado. El día del accidente para el accidentado, el tiempo por ayuda de compañeros y gastos de oficina u otros para elaborar informes, transporte, etc.

    7º) Penalización ene el mercado. Posibles rechazos en mat. Deficiente, incumplimiento de compromisos o perdida de clientes.

    8º) Gasto sanitario, en los que entre cirugía, transporte y dedicación del personal sanitario.

    Tambien a nivel contable, los costes se clasifican en Dir. Ind.

    Directos:

    • Las pólizas de seguros

    • Indemnizaciones

    • Gastos sanitarios

    • Posibles sanciones

    • Los gastos jurídicos

    • Gastos materiales de aprendizaje: sustituto, responsable

    • Amortizaciones

    • Adiestramiento de acci. O nuevo acoplamiento a otro puesto.

    • Depreciación posible de la imagen de la Empresa (ante clientes)

    Indirectos:

    • Perdidas productivas

    • Pérdidas de tiempo

    • Perdidas de mercado

    • Perdidas de equipos

    • Perdidas de material

    • Perdidas personales (de motivación, ritmo y agrado por el trabajador)

    • Perdidas posible de imagen del Empresa ante los trabajadores (catástrofe)

    METODOLOGIA DEL CALCULO DE COSTES

    La metodología aparecen varios autores:

    H.W. Heindich

    -R.M. Simonds

    -W.T. Fine.

    -M.B. Wallace

    -D. Andreoni

    -P.C. compes.

    HEINRINCH (se basa en los coste indirectos). Destaco en el congreso Nacionales USA en 1.927, estableciendo que para el cálculo de accidentes en el mundo laboral. El coste indirecto es aprox. 4 veces el directo CI= 4cd., con lo cual el coste total

    Ct= Cd+ Ci = 5 Cd

    SIMONDS, Utiliza el coste promedio a, aumentando la imprecisión de Heinrich, dice que el CT = C asegurado + C no asegurado.

    C no asegurado

    Coste Ct

    Asegurado

    B

    Nº Accidentes

    A=B

    C no A se eleva en función del número de Accidentes.

    Con lo cual el coste total es la sumo Ca+ Cna.

    De esta formula SIMONDS explica que aunque es obligado ante costes para disminuir el accidente la curva del coste de la prevención aumenta siempre y seguirán produciéndose accidentes lo cual nos obliga a buscar que la prevención sea rentable a partir de un punto en el que con cierto número de accidentes el gastos es mínimos.

    Coste C. Total C No asegurado

    Punto óptimo

    C

    Prevención

    C. Asegurado

    C. Prevención

    El coste promedio le utiliza totalizando el tº medio de asistencia a los accidentados por el salario medio más el coste de la asistencia más el coste administrativo

    Coste

    Total C + ( Acc. + prev)

    Acc. +

    prevención

    Nº Acc.

    Willian T. FINE EVALUACION MATEMÁTICA

    Gp = __Gp__

    Gc x Fc.

    Justificación

    Preventiva = Gª de Peligrosidad

    Gª Corrección x factor de coste

    GP = Ex P xC ( Exposición x Probabilidad x Consecuencia.

    Exposicion= mide 0´5 (no ocurrido); 1 (rara vez), 3 (c/ 15 días) y 10 continuamente

    P= mide 0´1 (no ocurrido), 1 (rara vez), 6 (el 50_%) y 10 normalmente

    C = mide 1 (hasta 150.000 $), 25 (hasta 15.000.000$) y 100 (mayor 150.000.000$)

    Por GC es el grado de disminución por medida correctora y se mida (1... 6)

    Por FC es el coste de la medica correctiva propuesta en cada momento, mide de ( 0´5 ... 10) oscilando de 25$ a más de 50.000 $.

    El resultado final es: la justificación si el dato es menor de 10 es una inversión dudosa y es entre 10 y 20 es justificado y si es mayor 20 es muy justificada

    J- menor 10

    Dudosa

    10 menor J mayor 20

    Justificada

    J mayor 20

    Muy justificada

    AUTORES

    Horns B. Wallach

    Diego Andreom.

    COMPES. Se distingue este autor por diferencia de costes comunes de los individuos como agrupaciones independientes lo cual es un trabajador muy minucioso que se ha desarrollado en el tratamiento informático especialmente en Alemania.

    Costes comunes y costes individuales.

    Fin tema XIII

    TEMA XIV

    MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LUGARES

    DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD

    Este tema es uno de los más importantes porque al dedicarse a los lugares de trabajo se ocupa de todos las especialidades y riesgos ya que aportan normas para sectores tan diversos como la construcción, metal, ocupándose principalmente de espacios de trabajo, sus accesos y de normas generales de iluminación, temperatura, etc.

    Derivado de la ley de Prevención de Riesgos Laborales, 31/95, corresponde a los lugares de trabajo el RD 486/1997 de 24 de abril. A su vez dimana de la directiva 89/ 654 de CEE de 30 nov.

    Para el estudio generalizado de los riesgos en los lugares de trabajo se parte de los códigos de forma que codifican tanto riesgos de accidentes con E. P. En función de las condiciones de seguridad y ambiente de trabajo, así como de los derivados de la carga de trabajo ó fatiga e incluso de la organización como posible factores psicosociológico de satisfacción.


    Los riesgos generales como factores básicos representan junto a los códigos de forma 48 factores básicos de los cuales 27 se dedican a la Seguridad y saluda, 8 a condiciones ambientales- higiénicas, 7 a la fatiga, 6 a la insatisfacción propia de factores psicosociológicos. Esta relación de factores básicos sirve para clasificar los gastos materiales, los accidentes, los riesgos asociados con tablas de siniestralidad, algunas E. Para valorar según el perfil de cada puesto de trabajo y tambien para mejoras ergonómicas, estudios de remuneración y clasificación de criterios que deben estar incentivadas

    CONDICIONES CONSTRUCTIVAS (Edificios y lugares de trabajo)

    Estas condiciones aparecen RD 486/1997, en su art. 4º y en el anexo 1. En general lo que configura este artículo 4, es la necesidad de un diseño seguro frente a caídas, golpes y derrumbamientos, así como a situaciones de emergencia. Mientras que el anexo 1 pasa a puntualizar 13 aspectos concretos

    1º. - La Seguridad estructural

    2º. - Espacios de trabajo y zonas de peligros

    3º. - Suelos, aberturas, niveles y barandillas.

    4º. - Tabiques, ventanas y vanos

    5º. - Vías de circulación

    6º. - Puertas y portones

    7º. - Rampas, escaleras de tránsitos y de servicio.

    8º. - Escalas fijas

    9º. - Escalas de mano

    10º. - Vías y salidas de evacuación

    11º. - Condiciones de protección contra incendios

    12º. - Instalaciones eléctricas

    13º. - Condiciones para minusválidos.

    La seguridad estructural (industria general), considera los riesgos de desplomes por abuso de sobrecargas obligando a indicar con rótulos claros y visibles la carga admitida en cada planta, área o escalera en función de los metros cuadrados que puedan ser ocupados por un peso determinado. La seguridad estructural a nivel de fábricas se obliga a poner el peso máximo por metro cuadrado

    Espacios de trabajo

    Exigen como superficie y cubicación (m3), exigen como mínimo 3 mts de altura en los talleres y almacenes y 2,5 mts en oficinas y comercios.

    En superficie cada trabajador debe disponer de una superficie libre de 2 metros cuadrados, y en cuanto a metros cúbicos debe disponer de 10 metros cúbicos libres. (EX)

    ALTURA 3 mts. Taller

    2,5 mts Oficinas y Comercios

    SUPERFICIE LIBRE 2 MTS cuadrados

    En metros cúbicos debe disponer de 10 mts. cúbicos libres

    Pregunta: ¿ en unos puestos que ocupa la máquina 5 mts. Cuadrados, cuanto ha de tener el puesto mínimo (7 mts. Cuadrados) 5 + 2 libres)

    Ojo: la normativa antigua O.G.S.H, puede seguir normas antiguas

    R.D. 486/1977 que actualiza la O.G.S.H.T. (ex)

    3. - SUELOS, ABERTURAS, DESNIVELES Y BARANDILLAS

    SUELOS: Serán de material antideslizantes, la abertura y desniveles, tendrán obligatoriamente barandillas de protección. Cuando

    La altura de caída sea superior a 2 mts. , Las barandillas serán rígidas y con una altura mínima de 90 cms. (ex)

    90 cms. rígida

    2 mts.

  • TABIQUES, VENTANAS Y VANOS

  • LOS TABIQUES

    Si son transparentes ó traslúcidos deben estar señalizados y ser de material seguro y por supuesto separados de los puestos de trabajo ó de vías de circulación

    LAS VENTANAS, deben ser de fácil apertura y sin peligro de rotura

    VANOS, deben de tener iluminación cenital ( en los puntos superior del techo y una ventilación adecuada.

    5. - VIAS DE CIRCULACIÓN

    Presentarán una anchura mínima en puertas que den al exterior de 80 cms. Y en los pasillos de 1 mts. ( Si circulan vehículos de transportes la ley dice que dejar el ancho suficiente pero las normas ´tecnicas lo complementan diciendo que en el caso de los vehículos que circulen en una sola dirección el ancho será el propio del vehículo más 60 cms. (Ex) y en el caso de que se circule en dos direcciones la anchura sería el doble de vehículo más ancho más 90 cms.

    60 cms.

    90 cms.

    6. - PUERTAS Y PORTONES

    • Si son transparentes deben estar señalizadas a la altura de la vista,

    • Cuando las puertas son de vaivén deben ser transparentes al menos con la suficiente superficie que permitan la visibilidad de la zona a la que se accede.

    Visor

    Puerta

    vaivén

    Señalización

    .Si las puertas son correderas deben tener sistema de anclaje para impedir que se salgan de su propio carril

    Tope

    • Si la puerta es de apertura vertical, debe tener un sistema de seguridad que impida la caída, tambien debe tener en cuenta si a la vez se pliega, que no sobresalga dicho pliegue sobre zonas de transito, además dispondrá de apertura manual ante emergencias.

    Transito NO

    Puerta de pie

    2 mts.

    Hoy en día está prohibido hacia el exterior

    -Si son puertas de acceso a escaleras se abrirán hacia los descansillos siempre que estos sean independientes a las escaleras, y tendrán una anchura mínima equivalente a la de los escalones.

    -Si son puertas por donde circulan personas y vehículos deberán disponer de la suficiente seguridad para las personas

    7. - RAMPAS, ESCALERAS FIJAS Y DE SERVICIOS

    Tambien serán no deslizantes y en el caso de las escaleras y sus plataformas cuando sean de pavimento perforado deberán tener una abertura de los intersticios no mayor de 8 mm.

    8 mm.

    Plataformas de pavimento perforado: abertura menor 8 mm.

    (EX) RAMPAS, deben de tener una pendiente máxima de 12 % cuando la longitud es de 3 ó menos metros.

    3 metros o menos

    en el caso de que la longitud esté entre 3, la pendiente sea como máximo del 10 %.

    10 %

    3 mts 10 mts.

    y en el caso de que superen los 10 metros de longitud la pendiente máxima será de 8 %.

    8 %

    + de 10 mts.

    Las ESCALERAS FIJAS, deben de tener una anchura mínima de 1 metro, si son de transito normal, ya que si son de servicio pueden medir 0,55 metros

    1 metro

    Escalera NORMAL

    0,55 Mts.

    Escalera de SERVICIO

    Esta prohibida las ESCALERAS DE CARACOL

    Salvo si son de servicio (sí de servicio)

    Sí de servicio

    Los escalones deben de ser todos iguales y con una huella de 23 a 36 cms. Y de contra huella de 13 a 20 cms.

    Huella: 23 a 36 cms.

    Contrahuella : 13 a 20 cms.

    (EX)

    Las escaleras de servicio, la huella mínima es de 15 cms. Y la contrahuella máxima de 25 cms.

    Huella: 15 cms. mínimo

    15 Contrahuella : 25 cms. Max

    25

    SERVICIO

    ESCALERA DE SERVICIO

    15 cms. Mínimo de huella

    25 cms. Máximo de contrahuella

    La altura entre descansos de escaleras debe de ser de 3´7 mts. y su profundidad en dirección de la escalera no debe ser menos de 1 mts. ó mitad de ancho de la escalera si esta fuera superior a la medida habitual, manteniéndose un espacio libre vertical desde los peldaños no inferior a 2,2 mts.

    1 mts.

    3´7 mts.

    descanso

    DESCANSILLOS

    2´2 Mts.

    Techo

    1 mts.

    3´7 mts.

    Altura entre descansillos: 3´7 mts.

    Altura máxima al techo: 2´2 mts.

    En escaleras mecánicas y cintas rodantes deben existir dispositivos de parada que sean identificables con facilidad

    Parada

    8. - ESCALERAS FIJAS

    30 cms.

    40 cms.

    escala

    Son típicas en terrazas, tejados, torres y plataformas a distinto nivel, exigen que estas escalar tengan un tramo final prolongable de 1 mts. por encima del ultimo peldaño cuando no exista barandilla. El ancho mínimo de estas escalas debe ser de 40 cms. De ancho y con una distancia entre peldaños de 30 cms.

    1 mts.

    40 cms. 40 cms.

    75 cms.

    16 cms. Peldaño a pared mínimo

    75 cms desde el borde del peldaño hacia la espalda de una posible persona de zona libre.

    Sobre el eje central del peldaño dispondrá de un espacio libre de 40 cms. A cada lado mínimo.

    Con más de 4 mts. la altura deberán las escalas disponer de una protección circundante, salvo en pasos ó en conductos cerrados. Tambien se instalarán plataformas de descanso cada 9 mts. ó fracción que supere esta altura.

    • mts.

    Balcón

    9 mts.

    9 mts.

    4 mts

    4 mts.

    9) ESCALERAS DE MANO

    1. - Prohibidas las de construcción improvisada para evitar roturas ó desplazamientos (deben estar homologadas, por tanto

    2. - Los largueros de una escalera deben ser de una pieza.

    Los peldaños deben estar bien ensamblados y si es de madera debe estar sin pintar ó con laca transparente- para ver posibles roturas-

    3. - Si mide más de 5 mts. de longitud debe llevar una identificación de la garantía de resistencia por parte del fabricante.

    4. - El uso de la escalera sobre la pared debe formar un ángulo con la horizontal de aproximadamente 75 º

    L

    75 º

    L/4

    Rebasar en lo posible 1 mts. cuando se utilice sobre el tejado.

    5. - Si la escalera es de tijera debe disponer de anclaje de seguridad ó diseño que impida la apertura total

    6. - Las escaleras se utilizarán ancladas (conteras fija) en la base y sujetas al paramento

    Además deben utilizarse ascendiendo y descendiendo y trabajando de cara a los peldaños.

    • (EX) Si el trabajo se efectúa a más de 3 ½ de altura debe hacerse uso del cinturón de seguridad.

    8. - No se utilizarán por dos o más personas a la vez (utilización individual), ni con pesos. Dimensiones útiles que comprometan la seguridad del trabajador.

    10) VIAS Y SALIDAS DE EVACUACIÓN.

    1.-Deben permanecer siempre expeditas, desembocando hacia el exterior con zonas de seguridad prohibiéndose que dichas puertas sean correderas ó giratorias.

    2.-Su número y distribución depende del número de trabajadores, equipos y dimensiones suficientes (evacuación en menos de 5 minutos).

    Las puertas situadas en un recorrido de emergencia deben estar bien señalizadas evitando que no se tape dicha señalización y de acuerdo con el decreto de señalizaciones 485 de 1.997.

    Las vías y salidas de evacuación deben disponer de una iluminación de seguridad suficiente e independiente de la normal.

    11) CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

    En los lugares de trabajo deben estar equiparados de servicios contra incendios en función: del número de trabajadores, de los equipos de trabajo y de las características físicas y químicas de las sustancias existentes, incluyendo cuando sea necesario detectores y sistemas de alarma.

    Los extintores que no sean automáticos deberán estar visibles y señalizados con fácil manipulación y acceso.

    Todo el material contra incendios debe revisarse mínimo cada 6 meses.

    12) INSTALACIÓN ELÉCTRICA

    Toda instalación debe evitar riesgos de incendio, de explosión, de contactos directos e indirectos, mediante dispositivos de protección (como puede ser el diferencial para contactos y el magnetotérmico para cortocircuitos).

    13) MINUSVÁLIDOS

    En toda empresa que tenga puestos de trabajo para minusválidos, está obligada a acondicionar no solamente el puesto de trabajo, sino tambien puertas, vías de comunicación, escaleras y servicios higiénicos.

    14) ORDEN, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO

    ( Art. 5, Anexo 2)

    Es un tema obligado en seguridad, toda vez que el desorden, la suciedad y la falta de cuidado especialmente de herramientas e incendios en todos los sectores profesionales.

    El orden, además de rentable porque incluye ahorro de tiempo en la localización de piezas y herramientas, lo que a su vez revierte tambien en el ahorro de tensiones y gasto de energía, haciendo el trabajo más fluido y agradable.

    Resumiendo, las normas fundamentales del orden consisten en:

  • En que no existan cosas innecesarias en el puesto de trabajo y que los necesarios estén en su lugar.

  • Se deben asegurar los apilamientos de productos y herramientas, cuidando no sólo su estabilidad, sino tambien el estado de los embalajes, recipientes(contenedores de rejilla), ó bien las plataformas de madera denominadas palets.

  • La ley generaliza la idea de vías libres de obstáculos y de suciedad, limpieza diaria incluyendo techos y paredes, eliminación de manchas de grasa ó sustancias peligrosas y en instalaciones de ventilación exige un control de su funcionamiento. Todo esto se complementa en normas técnicas catalogadas hoy día con los símbolos:

    UNE - EN

    DIN - EN norma europea

    ISO

    AFNOR

    Derivado de estas normas aparecen detalles referidos a 8 puntos.

  • Las herramientas y útiles deben de colocarse en armarios o tableros preferentemente sombreados con la silueta del útil ó bien en estantes tipo soporte o en ganchos adecuados con anclaje de seguridad.

  • Los desperdicios, recortes y desechos deben evitarse y especialmente que se esparza por el suelo, retirándoles periódicamente durante cada jornada en recipientes adecuados ó con medios automáticos, su finalidad es evitar tropiezos, toxicidad, lesiones e incendios, especialmente si existen focos de calor, de soldadura ó máquinas de corte.

  • Se evitará tambien los líquidos en el suelo, tanto agua como aceites, etc.), mediante canalizaciones, alfombras ó secantes.

  • Del color de las máquinas, no sólo está para diferenciar sus elementos móviles de los fijos, sino que debe ser el color idóneo para su conservación, mantenimiento y limpieza. Los colores claros detectan no sólo la suciedad sino posibles fugas de aceites, vapores, etc.

  • Colores claros: amarillento, verdoso

    Móviles: color naranja ó rosáceo

  • Color de los locales: Tambien debe de ser claro, así como de material lavable, para facilitar la higiene y aumentar la luminosidad, su limpieza debe asegurar la señalización de obstáculos, las vallas, extintores y avisos de evacuación ó salida de emergencia (todo ello no sólo aumenta la seguridad sino tambien mejora el estado de ánimo de los trabajadores ya que supone un estímulo visual y en consecuencia mayor rendimiento y satisfacción

  • Señalización de pasillos y almacenes,

  • Tanto en el trabajo fijo, como a nivel de transeúnte, debe existir una señalización para que el personal trabajador no circule fuera de los pasillos asignados. Estos indicativos obligan a que se marquen las zonas de apilamiento de contenedores y a que se respeten las de transito para su cometido (los carteles de señalización se instalarán en zonas visibles, atornillándoles, fijándoles con tornillos, y sí fuera necesario un anclaje de seguridad.

    Las señales de evacuación deben acompañarse con luces de emergencia además de la iluminación habitual.

  • En los trabajos de elevación de cargas, se debe vigilar la zona despejándola y asegurándola con señales fijas intermitentes y si fuera preciso personando un vigilante.

  • En trabajos de traslación de material. Además de utilizar una velocidad moderada durante el traslado debe asegurarse la carga y disponer de señales luminosas intermitentes de color amarillo ó ámbar, acompañadas de señales acústicas para vehículos a motor (lo cual incluye mantener despejados los pasos y accesos).

  • 14.4 CONDICIONES AMBIENTALES EN LOS LUGARES DE TRABAJO

    (ex) RD 486/97

    Art. 7, Anexo III

    Como idea general deberá evitarse temperaturas y humildades extremas, así como corrientes de aire, malos olores y radiaciones solares directas (luz indirecta). En casos difíciles de subsanar es imprescindible alternar al personal mediante rotación de puestos (ej. si la temperatura no es buena- bajo “ cero”, en un patio, etc.).

    Se establecen como temperaturas adecuadas las siguientes, se fija:

    Para trabajos sedentarios

    17º a 27º

    Temperatura ideal para ambos

    Para trabajos dinámicos- ligeros- no sedentarios

    14º a 25º

    ( date cuenta que (EX) mínimo 17º y máximo 25º)

    Con referencia a la humedad del aire (EX) se establece entre un 30% y un 70 %, a excepción de zonas donde existan riesgos de electricidad estática en que será de 50% a 70%. (EX)

    La velocidad del aire, no debe de exceder a un ambiente frío de 0,25 mts/ seg. , en un ambiente cálido y trabajo sedentario, no debe exceder de 0,50 mts/ seg. Y en un ambiente cálido y trabajo dinámico, no debe pasar de 0,75 mts/ seg.

    Velocidad del aire

    AMBIENTE FRIO

    0,25 MTS/SEG.

    CALIDO, SEDENTARIO

    0,50 MTS/SEG.

    CALIDO Y DINÁMICO

    0, 75 mts/seg.

    Ante el caso del aire acondicionado no debe pasar de 0,25 mts/ seg. En trabajos sedentarios ni de 0,35 mts/ seg. En trabajos dinámicos.

    La ventilación

    O renovación de aire puro implica ventilar durante ½ hora antes los puestos de trabajo y durante el trabajo, se deberá renovar el aire limpio a razón de 30 m2/hora y por trabajador(se entiende en zonas sedentarias y sin humo de tabaco) ya que en caso contrario cuando el trabajo es dinámico ó si existe humo de tabacos se aumentaría la renovación del aire limpio a 50 m3.

    Ventilación ½ horas

    Sedentaria sin humo

    30 m3/por hora y trabajador

    Trabajo dinámico ó con humo

    50 m3/hora trabajada

    Estos datos se complementan con el R.D. 1.618/1.980, sobre el Reglamento de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

    En cuanto a los extractores de humos hay que vigilar que su funcionamiento sea el apropiado no sólo para eliminar el aire viciado, sino para renovar la temperatura con aire limpio.

    En trabajos a la intemperie, el empresario facilitará ropa adecuada (anorax) y zonas de recuperación (bien para el frío, el calor o ante tóxicos).

    14.5º ILUMINACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO

    X= longitud de onda: ciclos/seg.

    780 nm rojo

    naranja LUZ

    amarillo VISIBLE

    380 nm violeta

    Amplitud de

    Onda o

    intensidad

    La intensidad se mida con un luxómetro ( LUX)

    INTENSIDAD

    Amplitud de onda

    COLOR

    Longitud de onda

    ( Incorporar página entregada por el profesor: LUMINOTECNICA, radicación visible)

    ¿ Cómo se aprovechan los contrastes de luz?

    VISIBILIDAD POR CONTRASTE CRÓMATICO ( TINTA SOBRE PAPEL)

    Nº Tinta

    Papel

    1 negra

    2 Verde

    3. - Azul

    4. - Blanca

    5. - Negra

    6. - Amarilla

    7. - Blanca

    8. - Blanca

    9. - Blanca

    10. - Roja

    11. - Verde

    12. - Roja

    Amarillo

    Blanco

    Blanco

    Azul

    Blanco

    Negro

    Rojo

    Verde

    Negro

    Amarillo

    Rojo

    Verde

    Es lo que más contraste produce, por ejemplo tinta negra sobre papel amarillo.

    NIVELES DE ILUMINACIÓN RECOMENDADOS POR LA LEGISLACIÓN EXISTENTES:

    NIVELES DE ILUMINACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO

    R.D. 486/1997

    Medido sobre el puesto

    De trabajo

    ( sobre la mesa)

    (Puesto de trabajo de

    de 100 a 1000 lux)

    Zona o parte del lugar del trabajo

    Nivel mínimo de la iluminación (lux)

    Zonas donde se ejecutan tareas con:

    1º Bajas exigencias visuales (paso)

    100 lux

    2º Exigencias visuales moderadas (movimientos, manutención de maquinas)

    200 lux

    3º Exigencias visuales altas (contrastes colores, planimetría)

    500 lux

    4º Exigencias visuales muy altas (contrastes colores, planimetría)

    1000 lux

    (Areas de trabajo

    de 50 a 100 lux)

    Medidas en el

    Ambiente

    (incluyendo pasillo)

    (pasillos de

    25 a 50 lux)

    Areas o locales de uso ocasional(tránsito de servicio)

    50 lux

    Areas o locales de uso habitual (transito trabajo)

    100 lux

    Vías de circulación de uso ocasional(mantenimiento y accesos)

    25 lux

    Vías de circulación de uso habitual (entradas y salidas)

    50 lux

    Todos estos niveles se duplicaran cuando exista riesgo de caída, choque, el trabajo cree peligro o si no se apreciaran bien ciertos colores con su fondo


    Medidas preventivas de carácter general:

    • Efectuar una evaluación de los niveles de iluminación existentes en los diferentes puesto.

    • Aumentar el flujo luminoso de los focos instalados, (o bien disminuir la altura de colocación).

    • - Efectuar un adecuado mantenimiento de los tubos fluorescentes y lámparas de descarga.

    • Aumentar el número de luminarias existentes.

    )

    NOTAS TECNICAS DE PREVENCION NÚM. 242 ( Revisada s/ Ley de Prevención de Riesgos Laborales núm. 31 de 1.995 / 8 noviembre

    La distribución de la luz debe ser uniforme evitando variaciones bruscas cuando un área precise mayor exigencia que otras próximas.

    Es muy importante evitar deslumbramientos directos (anexo 4º, C) tanto de luz solar como de artificial, como protección visual para el trabajador. En esto entra tambien: se evitarán deslumbramientos indirectos por causa de superficies reflectantes.

    Se anularán fuentes de luz que provoquen efectos estroboscópicos, debidos a intermitencia de las ondas o a dispersión de contrastes (es propio de las barras fluorescentes que deben disponer de rejilla difusora y de pantalla anterior y posterior protectora).

    Los lugares de trabajo dispondrán de luces de evacuación y de seguridad para emergencia con fuente de alimentación distintas a la habitual.

    El sistema de iluminación deberá estar asegurado contra riesgos de incendio o explosión.

    ( Incluir aqui el cuadro de efectos psicológicos de los colores de las fotocopias (“ notas técnicas de prevención) IMPORTANTE.

    14.6. LOS SEDRVICIOS HIGIÉNICOS Y LOCALES DE DESCANSO

    R.D. 486/ Art. 9 Anexo V

    1º) SOBRE AGUA POTABLE. Debe existir en todos los centros de trabajo y ha de ser accesible, suficientemente, señalizado y protegido (está prohibido aplicar los labios a los grifos), por lo que se aconseja que el agua se emita a través de surtidores.

    SURTIDOR

    2º) LOS VESTUARIOS, DUCHAS, LAVABOS Y RETRETES.

    Todos ellos deben disponer de colores claros y lavables, los vestuarios deben estar provistos de asientos, armarios o taquillas individuales con llave, aislados de zonas con posible contaminación, y en las empresas donde no se precise cambio de ropa (oficinas), bastan con que tengan colgadores y armarios).

    El aseo dispondrá de toalla, ó sistema de secado, lavabo, jabón y espejos, así como duchas por trabajos sucios ó contaminados, disponiendo de agua caliente ó frío de manera suficiente.

    En cuanto a lavabos y retretes deben estar próximos al puesto de trabajo y al vestuario ó zonas de descanso, provisto de cierre interior y de percha(para uso femenino se dispondrá de recipientes cerrados especiales), este espacio medirá como mínimo 1´20 de superficie x 2´30 de altura mínimo, tambien en numero suficiente.

    3º LOCALES DE DESCANSO

    Cuando la actividad así lo exija(no administrativos), se dotarán locales suficientes con mesas y asientos con respaldo. En el caso de trabajadoras embarazadas y madres lactantes deberán disponer de la posibilidad de descansar tumbadas. Tambien se exigen medidas para no fumadores con zonas separadas y ventilación adecuada

    4º PUNTO.- LOCALES PROVISONALES Y AL AIRE LIBRE

    Son obligados, cuando el trabajador tenga que alejarse del domicilio habitual ó el centro de trabajo no permita regresar en el mismo día. Se instalarán comedores y dormitorios en condiciones adecuadas para descanso y alimentación.

    Los dormitorios tendrán luz natural además de la eléctrica y ventilación no inferior a 2 horas, calefacción sin gases tóxicos, camas metálicas de 0´80 x 1´90 mínimo a 40 cms. Del suelo y con una superficie libre de aire por cama de 12 m3.

    Cuando se acompañe de vivienda completa dispondrá la vivienda de retrete, inodoro, lavabo y ducha. La habitación tendrá una altura mínima de 2´60, y como superficie por cama se estimará 7 m2.

    Los comedores estarán separados de focos insalubres ó molestos y las cocinas dispondrán de captación de humos, cámaras frigoríficas y recipientes de residuos cerrados hasta la evacuación.

    14.7. MATERIAL Y LOCALES DE PRIMEROS AUXILIOS.

    R.D. 486/97 en el Art. 10, Anexo 6º. El material sanitario será el adecuado al número de trabajadores y a los riegos de cada profesión y además de disponer de fácil acceso y distribución de medios. Estará claramente señalizado y se revisará y repondrá el material periódicamente.

    (EX) Los locales de primeros auxilios son obligados para 50 ó más trabajadores o bien para 25 trabajadores con riesgos graves, ó simplemente si los trabajadores están situados a más de 2 km. De una localidad con asistencia sanitaria.

    Obligado botiquín

    + 50 trabajadores

    Mayor de 25 trabajadores (con riesgo)

    2 Km. Una localidad

    Ojo, (EX), con 24 trabajadores (con peligro) no es obligatorio el botiquín.

    El local será el adecuado en el sentido de estar libre de otros materiales disponiendo de una fuente de agua potable, camilla y botiquín portátil, con facilidad de acceso a los lugares de trabajo y a la inversa.

    Dispondrá de material adaptado a los trabajos habituales de la Empresa, de botiquines portátiles que se puedan asignar a cada zona de trabajo, disponiendo en términos generales del siguiente material: 12 cosas:

    Desinfectantes, analgésicos

    Antisépticos autorizados

    Gasas estériles

    Algodón hidrófilo

    Vendas y esparadrapo

    Apósitos y adhesivos

    Tijeras

    Pinzas

    Guantes desechables

    Inyectables de urgencia

    Termómetro clínico

    ( Se dispondrá de un socorrista capacitado)

    Este R.D. 486/97, no será de aplicación en los siguientes sectores:

    1º. - Transportes fuera de la Empresa.

    2º. - Obras de construcción

    3º. - Industrias extractivas.

    4º. - Buques de pesca

    5º. - Campos de cultivo ó bosques.

    14.8. - MANIPULACIÓN DE CARGAS

    Se estudia porque entraña riesgos dorsolumbares. Se inicia su estudio a partir del Convenio 127 de la O.I.T. (año 69) y trata de pesos máximos en el trabajo. Hoy con el R.D. 487/97, el Empresario esta obligado a evitar cargas manuales mediante el uso de equipos mecánicos y a dar información al trabajador sobre su manipulación, pesos aconsejables, centro de gravedad de un producto y riesgos dorsolumbares. El riesgo general se produce en función del peso, del volumen y de la inestabilidad de la carga principalmente, aunque también cuenta los espacios libres, el suelo irregular, el calzado, la iluminación, el ritmo de trabajo, la ropa, las aptitudes físicas y la torsión durante la manipulación. (EX)

    Con relación al centro de gravedad de una carga existe la norma UNE-ENE.20.7.80, ESTA OBLIGA A SEÑALAR EL CENTRO DE GRAVEDAD DE CUALQUIER OBJETO MANIPULABLE CON UN SIMBOLO, ASI:

    (EX) Las carretillas elevadoras se inclinan hacia el centro de gravedad.

    Centro de

    Gravedad

    Como cultura, para la manipulación de cargas se ha de adiestrar al trabajador, provocando una cultura de adiestramiento y exige no curvar la espalda, elevando gradualmente los pesos de forma rígida, conservando el centro de gravedad, es decir debe flexionar muslos y piernas, manteniendo recta la columna vertebral, aunque haya que echarse hacia atrás, para equilibrar la carga, esto evita la patología de:

    -lumbagos

    -hernia discal

    -cifosis

    -lordosis

    -escoliosis.

    (ver 3 fotocopias entregadas por el profesor: prevención del riesgo lumbar

    Factores técnicos de riesgo dorso

  • Los provocados por la carga: El peso debe ser inferior a 25 Kg. Con lo cual los mayores deben ser cargados por 2 personas o utilizar medios automáticos. En el caso de que la manipulación corra a cargo de mujeres, jóvenes o mayores el ideal es no pasar de 15 kg. No obstante a personas con suficiente fuerza física y entrenamiento adecuado se autorizan hasta 40 kg. Cuando el trabajador de carga se realice sentado el peso máximo será de 5 kg. Y está prohibido el mantener cargas por encima de una altura de 1,75.

  • El tamaño debe ser inferior a 75 cm. De longitud o del ancho de hombros de la persona que la maneja.

    La forma de los defectos a trasladar debe tener bordes de 90 grados o inferior para poder suplirse o fijar las normas.

    El movimiento se realizará en función del centro de gravedad (si se desconoce o no se indica es que está proporcionado) y tambien teniendo en cuenta si existen partes móviles, además de estos tres aspectos hay que evitar el eje entre hombros y talones, ya que aumenta el riesgo a partir de 30ª

    30 º

    Esto supone que la PROPORCION DE 30º, 60º Ó 90º, el peso debe tener un factor de 0´9, 0´8, y 0´7 respectivamente. Si el peso máximo es 25 kg. En función de la amplitud de giro:

    30º. por factor de corrección 0´9 --- 22,5 Kg. De peso máximo (25 Kg x 0´9 = 22´5)

    60º. —por factor de corrección 0´8 ---- 20 Kg. De peso máximo

    90º-- por factor de corrección 0´7 kg. De peso máximo

    Dentro de los factores provocada por la carga hay que añadir la peligrosidad cuando se manejan objetos con astillas, productos fijos ó calientes en exceso, manos sudorosas, etc. = mente hay que evitar el encajonamiento de cargas, el medir los esfuerzos de desbloqueo mediante palancas y posicionamientos adecuados.

    El riesgo espacial

    Hay que cuidar que el plano de trabajo no esté formado por encima de los hombros ni por debajo de los nudillos.

    Tambien hay que tener en cuenta el espacio de la maniobra que se enciente que sea suficiente.

    También en grados distancias hay que utilizar la ayuda mecánica, otro riesgo añadido puede ser la imprecisión de la ruta.

    C) Riesgos físicos y ambientales

    Revisar suelos irregulares o resbaladizos adecuandoles ó utilizando protección que sean necesaria.

    Tener en cuenta que la iluminación sea la adecuada.

  • Riesgos por organización

  • La frecuencia del trabajo, el ritmo, la falta de información, la ropa adecuada y el reposo necesario.

    E)Riesgo postural

    Hay que tener en cuenta en el empuje o tracción cuidar el centro de gravedad y la aplicación de las cargas a una altura entre hombro y nudillos de la mano.

    Tirones de las máquinas o personas en función de la resistencia del peso.

    La posible inestabilidad de la carga.

    Los giros con la carga aprovechando a veces la propia inercia con un empuje progresivo.

    Tener en cuenta las posturas mantenidas corrigiendo con alternancia los trabajos que sean forzados (discos vertebrales)

    TEMA XV

    NORMAS DE SEGURIDAD COMO SEÑALIZACION

    (EX)

    486/97 - R.D. Lugares de Trabajo

    485/97 - R.D. normas de seguridad y señalización

    4/87 - Manipulación de cargas dorsolumbares.

    CLASIFICACION DE TIPO DE NORMAS

    5 TIPOS

    1º Por su promulgación

    de tipo: oficial

    privado

    Norma de tipo oficial, (directivas de la U.E; R. Decretos; Reglamentos; O. Ministeriales)

    Normas de tipo privado, los internas propias de cada empresa, según los riesgos que impliquen los productos que maneja.

    2º. - Por su actuación

    2.a. - Individuales; todas las que corresponden a las E.P.I.s

    2.b. - Colectivas; las generales que afectan en orden, limpieza, edificios, etc.

    3º. - Por tipo de extensión territorial:

    3.a. - Nacionales: (U.N.E.)

    3.b. - internacionales (DIN, ISO, AFNOR)

    3.c. - supranacionales (CEE, derivadas de la O.I.T.)

    4. -(EX) Por su cumplimentación; puede ser

    4.a. - Obligatorias

    4.b. - Voluntarias

    4.c. - De emergencia

    5. - Por el sector al que pertenezcan:

    5.a. - Sector eléctrico

    5.b. - Sector químico

    5.c. - Sector metalúrgico

    5.d. - Construcción, alimentación, etc.

    Se establece a partir del R.D. 485/97

    Normas de Seguridad (concepto)

    Concepto. Cumplen la función de advertir u obligar a los trabajadores que han de realizar unos trabajos, los riesgos posibles del mismo o bien las medidas a adaptar para evitarles.

    Principio básico. Serán claras y precisas y objetivas y particularicen los datos generales de cualquier texto legal, siendo su actuación la de informar disciplina y estandarice datos técnicos de cara a cualquier actuación práctica.

    Para ello estarán basados:

    -formativo

    -Disciplinar

    -Ética profesional

    Clasificación (5)

    1º.- Por su promulgación: oficial (directivas, R.D. Reglamento y O.M.)

    privado (internas según riesgos de los productos)

    2º. - Por su actuación:

    -Individuales; corresponden a los E.P.I.s

    -Colectivas; afectan a orden, limpieza de edificios en general.

    3º. - Por extensión territorial:

    -Nacionales. UNE

    -Internacionales- DIN, ISO, AFNOR

    -Supranacionales-CE, Derivadas de la O.I.T.

    4º. - Por su cumplimentación

    -Obligatorias

    -Voluntarias

    -Emergencia

    5º. - Por el sector al que pertenezcan

    -Eléctrico

    -Químico

    -Metal

    -Etc.

    15.2. SEÑALIZACION DE SEGURIDAD COMO CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN

    Aunque la señal en si misma no es un medio de protección, actúa previniendo comportamientos que son necesarios, con lo cual las características de las señales deberán tener 4 características:

    1. - Atraer provocando una respuesta.

    2. - Identificar el peligro, claramente y con antelación (en el espacio físico)

    3. - Debe informar sobre una actuación concreta

    4. - Debe posibilitar el ser cumplida.

    Estas 4 características implican que las señales se ajustan a una simbología normalizada para representar de forma específica, peligros, precauciones, obligaciones e instrucciones de seguridad.

    La clasificación suele establecerse en función de 2 conceptos:

    1º. - Del código de colores

    2º. - De los tipos de percepción

    1º)

    CODIGO DE COLORES

    ROJO Bermellón

    Peligro, prohibición, detención, y señales contra incendios

    AMARILLO ANARANJADO

    Precaución, peligro no inmediato

    VERDE INTENSO

    Seguridad, ausencia de peligro, se utiliza para señales de emergencia y salvamento

    AZUL COBALTO

    Obligación, Implica informaciones o instrucciones.

    BLANCO Y NEGRO

    Contraste y símbolos, pictogramas

    2º) TIPOS DE PERCEPCION

    Las señales se clasifican en como los percibimos a través de los sentidos.

    -OPTICAS: Se entiende las que estén en paneles con señales, avisos, mensajes breves, los colores adecuados tambien indicadores luminosos, y tambien (Ex) balizamientos, delimitando zonas con barreras, boyas, cintas y banderolas.

    -ACUSTICA: Timbres, sirenas y alarmas.

    • OLFATIVAS: Todos los aditivos olorosos que acompañan a determinados productos que sean inodoros para identificarles.

    • TACTILES: Son las señales que inciden sobre la señalización de superficies rugosas normalmente en recipientes y empuñaduras para evitar riesgos.

    • GUSTATIVAS: Son aditivos con sabor desagradable que se añaden en los productos tóxicos.

    • GESTUALES: Implican gestos humanos codificados para realizar maniobras (especialmente en puentes grúa)

    • VERBALES:Señales que puede realizar la voz humana, mediante mensajes cortos que suelen ir sincronizados con los gestuales

    (EX) Estrobador: el que acompaña a un gruista haciendo señales, para facilitar su visibilidad ó ayuda a la carga.

    15.3. - NORMATIVA DE LAS EÑALES DE SEGURIDAD

    (EX)

    Se ajustan a normas, destacando como más definitorias las usadas sobre panel y las gestuales, para las señales sobre papel se establecen una serie de normas y colores:

    SEÑALES DE SEGURIDAD BÁSICAS

    SENAL

    COLOR

    FORMA

    COLOR DE CONTRASTE

    COLOR DE SIMBOLO

    SIGNIFICADO

    ROJO

    Circulo

    Blanco

    Negro

    Prohibición

    AMARILLO ANARANJADO

    Triángulo

    Equilátero

    Negro

    Negro

    Precaución

    VERDE

    Rectángulo

    Cuadrado

    Blanco

    Blanco

    Seguridad, vía evacuación

    ROJO

    Rectángulo

    Cuadrado

    Blanco

    Blanco

    Equipos de lucha contra incendios

    AZUL

    Círculo

    Blanco

    Blanco

    Información,

    Instrucción

    Como un apartado para las obras provisionales zanjas o reparaciones, se deben utilizar cintas de balizamiento, si es posible de material rígido en granjas rojas y blancas ó bien amarillas y negras para delimitar las zonas de trabajos auxiliándose cuando es de noche de luces reflectantes ó de intermitencias.

    Además de estas consideraciones existen normativas para las instalaciones de energía eléctrica, de incendios, radiaciones químicas, etc. Entre las que destacan principalmente los colores para tuberías y aparatos a presión.

    Por ejemplo:

    Colores de tuberías de un taller, están determinadas por la norma UNE 1063 y la DIN 2403.

    (ex)

    TRANSPORTE DE TUBERÍA COLOR

    GASES

    AMARILLO

    AGUA

    VERDE INTENSO

    VAPOR

    ROJO FUERTE

    AIRE(oxígeno a presión)

    AZUL MEDIO

    Gases( Ni ó gas alumbrado)

    AMARILLO

    FLUIDOS QUIMICOS (líquidos ó gases)

    GRIS MEDIO

    ACEITES

    PARDO, MARRON MEDIO

    COLAS, RESIDUOS Ó ALQUITRANES

    NEGRO

    ACIDOS

    NARANJA

    HIDRÓXIDOS, BASES Ó MAT. RADIOACTIVO

    VIOLETA

    Tambien existen colores complementarios, para las tuberías. Estos colores vienen representados por 2 o tres franjas de otro color distinto al asignado a cada producto.

    Je:

    Vapor inflamable

    (amarillo)

    FRANJA

    INDICA QUE

    ROJA

    El producto es concentrado o va a presión

    BLANCA

    El producto transportado es caliente ó inflamable

    NEGRA

    El producto está en bruto ó va con residuos

    AMARILLA

    El producto está o bien depurado ó bien condensado

    VERDE

    El producto va acompañado de nitrógeno

    VIOLETA

    El producto va acompañado con amoniaco

    Además esto derivado del Reglamento Electrónico los CABLES ELÉCTRICOS, según la norma 24/13 del 73

    CABLE

    COLOR

    Cable neutro

    Azul claro

    Puesta a tierra

    Amarillo y verde

    Fase

    R

    Recubierta de negro

    Fase

    S

    Recubierta de marrón fuerte

    Fase

    T

    Recubierta de color gris

    Tambien existe otro reglamento para APARATOS A PRESIÓN, BOTELLAS Y BOTELLONES DE GAS, al amparo del Decreto 1244/79 y de la Instrucción Técnica Complementaria (I.T.C.) Ap.7 ( Aparatos a Presión núm. 7)

    GAS

    PRODUCTO

    COLOR

    INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES

    Rojo

    Inflamables y combustibles

    Negro con gris

    Oxidantes ó bien gases inertes (neón, xenón, helio)

    Verde

    Para tóxicos y productos venenosos

    Amarillo

    Productos corrosivos

    Naranja

    Para hidrocarburos como el butano y el propano

    Gris plateado

    Para mezclas de calibración(reacciones químicas de otros gases inertes y anhídrido carbónico-CO2)

    Gases inertes: neón, xeón, helio (Ne, Xe, He)

    ( Se acompañan ahora las cinco fotocopias de señalización dadas por el profesor).

  • SEÑALES DE PROHIBICIÓN (EX)

  • Blanco

    Banda de izquierda a derecha en 45º

    El 35º superficie total de la señal el rojo

    (EX)

    Banda descendente de izquierda a derecha a 45º de la horizontal

    El rojo tiene que ocupar como mínimo el 35% de la superficie total de la señal

    3. - SEÑALES DE OBLICACION

    Forma redonda en color azul, pictograma blanco

    (EX), el azul debe cubrir el 50% de la señal

    El azul 50% de la señal

    Pictograma blanco

  • SEÑALES RELATIVAS A LA LUCHA CONTRA INCENDIOS

  • Forma cuadrada o pictograma blanco sobre fondo rojo

    O el rojo cubrirá como mínimo el 50 % de la superficie de la señal

  • SEÑALES DE SALVAMENTO Y SOCORRO

  • - Rectangulares o cuadrada

    - Pictograma blanco sobre fondo verde

    • El verde deberán cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal

    SEÑALES DE ADVERTENCIA

    FORMA TRIANGULAR. Pictograma negro sobre fondo amarillo, bordes negros (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50º de la superficie de la señal)

    TEMA 16

    RIESGOS ELÉCTRICOS

    DEFINICIÓN RIESGOS ELÉCTRICOS

    Se entiende por tal la posibilidad de circulación de la corriente eléctrica a través del cuerpo humano produciéndole algún deterioro y tambien se incluye por recalentamiento de los conductores eléctricos el provocar incendios.

    La electricidad considerar como una fuerza imprevisible para la industria efectivamente es el sistema nervioso que regula ó genera el desarrollo y bienestar, pero tambien grandes riesgos debido a que es una energía limpia que ni se ve, ni se oye, ni se huele, por ello sus característica interesan incluso más allá de la industria ya que los usuarios se extienden hasta el caso de cualquier familia individual.

    Provoca pocas incapacidades permanentes porque cuando se produce algún accidente eléctrico suele ser de carácter grave en el 90% de los casos, esto se explica en función de que el hombre posee reflejos condicionados adquiridos frente al fuego, al frío, al calor, a los desprendimientos, pero no ante esta fuerza invisible.

    LOS MEDIOS QUE SE EMPLEAN COMO CONDUCTORES Y AISLANTES

    Como conductores eléctricos (elementos que facilitan el paso de la corriente son de 3 tipos:

    CONDUCTORES

    ELECTRICOS

    1)SOLIDOS: La plata, el Cobre, Hierro, Aluminio, (Ag, Cu, Al, Fe, W) Wolframio (tursteno). Tambien algunos elementos compuestos en los que puede entrar cromo y manganeso

    2)LIQUIDOS: Mercurio. Acido sulfúrico; Acido Nítrico; Ácido Clorhídrico.

    3) GASES: Inertes: Neón, Xenón, Helio ( Ne, Xe, He), Nitrógeno (Ni) y los vapores de mercurio (el aire húmedo es conductor) (EX)

    AISLANTES

    ELÉCTRICOS

    Aire seco

    Aceites

    Barnices

    Amianto

    Mica

    Mármol

    Porcelana

    Vidrio

    Caucho

    Ebonita

    Cloruro de Polivinilo

    Sedas

    Tejidos en general

    ¿CÓMO PUEDEN SER LOS DAÑOS POR CONTACTOS ELÉCTRICOS?

    1) DIRECTOS 2) INDIRECTOS

    1)DAÑOS POR CONTACTOS DIRECTOS

  • El tejido dérmico(la piel), a cuenta de quemaduras que interiormente provocan coagulación de los protidos de los músculos pudiendo llegar a la carbonización.

  • El sistema muscular, y el nervioso y se produce crispación, lo que supone una tetanización de los músculos (contracciones bruscas por agarrotamiento de los tendones, y tambien inhibición de los centros nerviosos porque la descarga normalmente hace desaparecen la ionización de las neuronas.

  • El sistema cardiováscular, puede producir colapso por fibrilación ventricular(del corazón) que representa un ritmo general acelerado. Tambien pueden llegar al paro cardiaco, al desvanecimiento, a provocar gangrenas, problemas renales, así como otros de tipo ocular y auditivo.

  • El sistema respiratorio, produce la asfixia por paralización de los músculos respiratorios (diafragma y músculo intercostales)

  • 2) DAÑOS POR CONTACTOS INDIRECTOS

  • Caídas y golpes contra objetos

  • Cortes y quemaduras

  • Con efecto tardío pueden aparecer problemas de neurosis y de sicosis.

  • FACTORES DE RIEGOS ELÉCTRICO

    Se entiende como tales, tanto los humanos como los técnicos.

    Los factores humanos, dependen de la edad, del sexo, de enfermedades personales, de la experiencia en este tipo de trabajos, de la sudación(ojo los que sudan), del aislamiento de las personas (guantes, botas, gafas, etc.). Además el estado emocional y la capacitación ó destreza personal.

    Para que exista la posibilidad de desarrollar un factor humano, obviamente ocurre cuando el cuerpo humano hace de conductor, es decir cuando se integra por un mal contacto, formando parte de un circuito eléctrico sin la adecuada resistencia.

    Para tener en cuenta los factores técnicos hay que considerar como idea principal la Ley de J.S. Ohm, que nos dice que la intensidad que puede recorrer un cuerpo es directamente proporcional a la tensión que le recorre e inversamente proporcional a la resistencia que ofrece.

    Tensión

    Ley de Ohm: Intensidad _________

    Resistencia

    La tensión (T) representa normalmente la diferencia de potencial que existe entre dos puntos de la entrada y salida de una corriente. La Resistencia representa la protección que se ofrece contra el paso de una corriente

    FACTORES TÉCNICOS QUE IMNPLICAN TENER EN CUENTA 6 COSAS FUNDAMENTALES.

    1º) Que la intensidad de una corriente al pasar por el cuerpo puede oscilar de un simple umbral de percepción a 1 m amperio hasta más de 3000 mA que supondría la muerte

    (Ojo): lo que nos mata es la intensidad

    2) El tiempo de exposición y

    3) la trayectoria de la corriente por el cuerpo: -brazo-brazo

    -Brazo, pie

    -descarga en tierra, etc.

    4) La naturaleza de la corriente: alterna, continua, baja tensión, alta tensión

    5) la resistencia del cuerpo humano (calzado, sudor, seco...).

  • La tensión aplicada para que tenga cierta seguridad deber ser menor (EX) de 24 V. (voltios), en locales húmedos y menor de 50 V. En locales ecos.

  • En general hay que considerar como baja tensión la que es inferior a 1000 voltios. Aunque comercialmente se suele utilizar a 660 voltios, a 380 v. A 220 v. Y a 125 v.

    La Alta tensión, se supone que es superior a 1000 voltios.

    Para corriente alterna: 1000 voltios


    Para corriente continua a partir de 1500 voltios

    (EX)

    ALTA TENSIÓN

    Corriente Alterna, mayor 1000 voltios

    Corriente Continua, mayor 1500 voltios

    BAJA TENSION

    Menor de 1000 voltios: 125 v., 220 v. 380 v., 680 v.

    ALTA TENSION

    Mayor de 1000 voltios(corriente alterna)

    Mayor de 1500 voltios(Corriente continua)

    16.2. NORMATIVA ELECTRICA (ver hoja del profesor)

    Los criterios técnicos y legales provienen de los Reglamentos de Baja y Alta Tensión, de los Decretos sobre lugares de trabajo y de la normativa de obras de construcción. Además se incluyen I.T.Cs (Instrucciones Técnicas Complementarias)

    RESISTENCIA C. HUMANO (C.E.S.- 479) Comité Electrónico Internacional

    Tensión

    Contacto(V)

    Resistencia en Ohmios

    Piel seca

    Piel húmeda

    Piel mojada

    Piel sumergida

    Mayor o igual a 25 V.

    5000 Ohmios

    2500

    1000

    500

    50 V

    4000 Ohmios

    2000

    875

    440

    250 V

    1500

    1000

    650

    325

    Valor Promediado

    1000

    1000

    650

    325

    16.3. - DAÑOS Y LEXIONES EN EL ORGANISMO

    Escala de KOEPPEN Y TOLAZZA

    0´1 mA

    Umbral de percepción

    0,4 mA

    Se produce un hormigueo por electrización de la piel

    10 mA

    Se produce tetanización de los brazos

    23 mA

    Aparecen peligros respiratorios, mezclados con impedimento para soltarse de la corriente

    25 mA

    (EX) Intensidad mínima peligrosa, en la que según la trayectoria de la corriente, la lesión puede ser alguna de las citadas o todas ella y además una gran tensión nerviosa

    27 mA

    Se produce asfixia por tetanización del músculo diafragma

    30/80 mA

    Se produce la fibrilación ventricular, que suele ir unida al anterior

    400 mA

    Se producen quemaduras internas que suelen impulsar o despedir al cuerpo fuera del contacto, golpes, etc.

    3000 mA

    La muerte aparente (respiración artificial, etc.)

    Con la escala de Koeppen y Tolazza, explica las lesiones en daños en el Organismo. Daños que producen la tensión, según su baremo desde 1 mA a 3000 mA.

    Tetanización: pérdida de líquidos en los brazos y descalifica la zona afectada (falta de calcio), se les agarrota la mano y no se pueden soltar.

    Lo que daña en definitiva son los amperios(intensidad), a partir de 25 miliamperes. Por lo que es obligado aumentar la resistencia ó utilizar la tensión mínima, teniendo en cuanta que el peligro aumenta con la sudoración personal y con ambientes húmedos.

    Referente al TIEMPO DE EXPOSICION, la NORMA UNE 20572, DEL AÑO 92, UTILIZANDO COMO MODELO ADULTOS DE MÁS DE 50 Kg. Considera que se puede admitir 150 milisegundos de tiempo hasta 3 seg. Con lo que se oscila en corriente de 220 voltios, desde lo que puede ser el umbral de percepción hasta quemaduras internas.

    La corriente eléctrica produce normalmente corriente de defecto cuando existe un defecto de aislamiento en su circuito (bien entre masa y tierra; entre dos masas ó entre masa y conductos, tambien existe la llamada corriente de contacto cuando se desvía por el cuerpo humano. Esta corriente de contacto puede dividirse en: contactos directos, contactos indirectos.

    CONTACTOS DIRECTOS, cuando tienen lugar a través de las partes activas de su equipo (cables, clavijas, enchufes).

    CONTACTOS INDIRECTOS: Cuando al tocar partes no diseñadas para el paso de la corriente aparece que por defectos tienen tensión (carcasas, mangos, paredes, etc.),

    ( ver 3 fotocopias del profesor)

    Fase R

    380 V

    380 V

    Fase S

    380 V

    Fase T

    220V

    NEUTRO

    Tierra

    Esquema de un circuito provocado por cualquier fuerza electromotriz en sus fases R, S y T

    El NEUTRO, se llama así porque compensa las cargas de las fases, pero es activo porque es la línea de retorno de la distribución eléctrica.

    Para entender los riesgos de la electricidad hay que recordar que tiene que existir un circuito con una diferencia de potencial

    Tensión

    Intensidad = _______________ T = V1 -V2 = Energía.

    Resistencia

    (La tensión es una diferencia de potencial entre dos puntos)

    Con lo cual el peligro para el cuerpo humano es:

    1º.- Que el cuerpo humano forma parte del circuito

    2º. - Que sea o no conductor

    RESUMIENDO: Otro peligro, a veces imperceptible es que haya conexión de la corriente eléctrica a MASA: entendiendo ésta como el conjunto de piezas conductoras en una instalación eléctrica, que se ponen en combinación con el suelo mediante una toma de tierra. Por eso, un automóvil, representa un circuito cerrado aislado por los neumáticos, salvo que se coloque una toma de tierra y elimine la electricidad estática cuando llueve ó a través de alguna persona cuando hace contacto.

    La diferencia de potencial de la corriente cuando pasa por el cuerpo humano se entiende como tensión de contacto (que puede ser directo ó indirecto).

    Teniendo en cuenta la fórmula de Ohm.

    T

    I = _______ (lo que mata es la intensidad)

    R

    Tensión = Intensidad x Resistencia; Esto nos obliga a utilizar intensidades muy bajas y resistencias máximas para obtener un voltaje adecuado.

    Intensidad : Amperios

    Tensión : Voltios

    Resistencia : Ohmios

    (T) Voltio

    (I) Amperio =__________

    (R) Ohmios

    Ejemplo: para tener 25 V. En sala húmeda y 50 V en ambiente seco, tenemos que tener 0´010 A y 2500 Ohmios

    (EX)

    T = I.R = 0´010 A x 5000 Ohmios = 50 V (seco)

    25 Voltios = 0´010 A x 2500 Ohmios (HUMEDO)

    50 Voltios = 0´010 A x 5000 Ohmios (SECO)

    ( SE EVITA SUFICIENTEMENTE EL PELIGRO)

    Ejemplo max.: (EX)

    T 220 Voltios

    I = ______ = ________________= 0´025 Amperios (mínimo para que no haya peligro)

    R 8500 Ohmios

    Si hemos dicho que los contactos eléctricos pueden ser directos ó indirectos.

    El contacto directo se provoca cuando se unen dos conductores activos, ó bien uniendo un conductor con masa y tierras con lo cual típicamente pueden aparecer

    • tipos de contactos directos:

    1º: FASE -TIERRA

    2º: FASE- NEUTRO

    3º: FASE - MAQUINA (con tierra)

    4º : FASE- MAQUINA (sin protección tierra)

    (Incluir esquema por SH. 16.7)

    Los contactos indirectos

    Normalmente ocurre un contacto con masas que accidentalmente están bajo tensión ó tienen corriente de defecto, es decir defecto de aislamiento en el circuito. Esto ocurre cuando se desgasta por roce las partes metálicas; tambien por envejecimiento de la línea o barrenados, tambien por sobrecalentamiento y sobrecarga, tambien por manipulaciones incorrectas, tambien por una perforación accidental (taladradora,...), tambien por rotura de un cable conductos que haga contacto con alguna parte de la masa.

    (Ver esquema paga. 16.6)

    MEDIDAS PREVENTIVAS Y RECOMENDACIONES PRACTICAS

    MEDIDAS

    PREVENTIVAS

    Información

    Normativas

    Instructivas

    Señalización

    Identificación

    Protección

    Instalación

    Contactos Directos

    Contactos Indirectos

    Clase A

    Clase B

    Personas

    Prendas

    ........

    Las técnicas de seguridad contra riesgos eléctricos, se generalizan en dos tipos:

    a.- De información

    b.- De protección

  • Las normas de información: 1. - normativas; 2. - Instructivas; 3. - De señalización, 4. - De identificación y detección.

  • 1. - Las normativas: Son las normas específicas y las generales en coordinación con normas afines.

    2. - Las instructivas; se entiende el formar adecuadamente al personal de cada taller en las normas mínimas de contactos, sean directos o indirectos.

    3. - De señalización, aportando señales que sean necesarias, especialmente las de prohibición.

    4. - De identificación y detección, adiestrando al personal a que antes de cada actuación compruebe las tensiones eléctricas con los aparatos de medición (voltímetro, polímetro, etc.)

  • Como medidas de protección: 1. - Problemas sobre la instalación 2. - Problemas sobre personas

  • 1. - Probremas sobre la instalación: a) Contactos directos, b) Contactos indirectos

  • Contactos directos: Hay que tratar de buscar una normativa de separación o alejamiento de las partes activas, en las que como mínimo debe existir 1 mts. en la periferia de los pies y 2,5 mts. Entre los pies y la zona por la que pasa la corriente.

  • Son contactos indirectos: Clase A y Clase B

  • Son contactos indirectos aquel contacto con masa que accidentalmente están bajo tensión, ó se ha producido una corriente de defectos por falsos contactos, por deterioro de los conductores: roces, envejecimientos.

    Clase A: Se entienden contactos indirectos de tipo “A” aquellos en los que se trata de suprimir el propio riesgos (separación de circuitos)

    Clase B: Aquellos en los que se pretende derivar la corriente

    Clase A

    • Separación de circuitos

    • Uso de pequeñas tensiones: 24 Voltios (húmedo); 50 Voltios (seco)

    • Separar las partes activas, por ejemplo con doble aislamiento en aparatos portátiles.

    • Crear una inaccesibilidad a conductores y a masa mediante partes enrejados, etc.

    • Recubrimiento de las zonas de masa, aislándolas con puestos a tierra o interruptores diferenciales.

    • Conexiones llamadas equipotenciales como suelen ser los llamados magnetotérmicos, que son aparatos que interrumpen la corriente cuando la diferencia de potencial no es constante, en cuyo caso actúa el térmico evitando calentamiento y las parte magnética actúa cuando hay derivación o cortocircuito por ser más rápida.

    Clase B

    • Desviación de la corriente ¿ cómo?

    • Con la puesta a tierra y dispositivos de corte automático que detectan defectos de aislamiento como son: los interruptores diferenciales que detectan de 10 a 30 miliamperes, según sensibilidades, en este grupo tambien entra interruptores y fusibles

    Recomendaciones prácticas que afectan a Clase A y Clase B:

    1. - Estas continúan basándose en la antigua ordenanza general de S.H. de 1.971. Se aconseja que los trabajadores que manipulen zonas con corriente eléctrica desarrollarán tensiones inferiores a 25 v y procurarán alejarse de las partes activas de cualquier instalación y cuando no se puedan alejar por motivos de trabajo, se deberán aislar o recubrir o interponer obstáculos de acoso.

    2. - Se debe procurar en zonas de trabajo con equipos eléctricos tener especialmente, pies y manos, así como el resto de cuerpo sin humedad. Utilizando además que el suelo esté aislado mediante tarima, palets ó taburetes si fuera necesario. Deben utilizar guantes aislantes y que no sean porosos y tambien gafas o pantalla de seguridad, gorra ó casco.

    3. - Las deconexión de fusibles ó interruptores de tipo B, comprobando su funcionamiento con lámparas derivadas con voltímetros ó con polímetros.

    4. - Hay que avisar y detectar averías desde el momento que produzcan pequeños calambres por contacto.

    5. - Hay que dotar de mangos aislantes con estanqueidad comprobada, tanto para alicates, tijeras, atornilladores, etc.

    6. - No sustituir nunca los fusibles por alambres de mayor grosor.

    7. - En trabajos eléctricos, no se debe fumar, ni usar herramientas que produzcan chispas especialmente en salas de acumuladores, en atmósferas ácidas, en trabajos con plomo, ó bien con partículas inflamables como pueden ser estaciones de servicio, talleres de pintura, plantas textiles y tolvas de cereales.

    8. - Evitar las instalaciones provisionales que pueden dejarse definitivas.

    9. - Los tableros, cuadros y señales no deben taparse ni con ropa ni con otros objetos.

    10. - Respetar el cumplimiento de la señalización.

    11. - Ante personal accidentado eléctricamente no tocarle directamente hasta eliminar antes la corrientes, separándole a zona segura con el uso de guantes, botas aislantes ó pértigas aislantes.

    12. Para ampliar la seguridad en todo tipo de edificios ante corrientes de defecto, además de los disyuntores diferenciales ó los magnetotérmicos deber existir puesta a tierra. La puesta a tierra se realiza mediante electrodos ó masas metálicas, que pueden ser de dos tipos: a ) artificiales, b) naturales.

  • Electrodos artificiales, se insertan en tierra ácida, a una profundidad mínima de más de ½ metro sobre la superficie habitable, consiste normalmente en a) Placas o 2) picas.

  • a) Las placas 2 mm Cu ó 2´5 mm Fe

  • Las picas 2´5

  • Las placas suelen ser de cobre de 2 mm. De espesor ó bien de hierro galvanizado de 2´5 mm. De espesor mínimo.

    Las picas pueden ser de tuvo de acero galvanizado de 2´5 mm. De diámetro ó bien pueden ser perfiles de hierro dulce y galvanizado de 60 mm. De lado.

    Tambien pueden ser barras de cobre de 14 mm. De diámetro mínimo.

    Antiguamente pueden existir picas triangulares con medidas intermedias entre una placa y una barra de cobre: o 2 mm. De espesor o 14 mm. De espesor.

    Pletina (3 mm.)

    Todos estos electrodos artificiales deben tener una longitud mínima de 2 mts. y estar colocados a 0´5 de profundidad mínima sobre la superficie en uso. También como normativa las pletinas que unen el conductor con los electrodos artificiales debe tener mínimo 3 mm. De espesor.

    Electrodos naturales

  • Pueden ser redes extensas de conducciones metálicas enterradas que no sean (EX) conductos de

  • - gas

    -ni de calefacción

    -ni desagües,

    -ni salidas de humos o basuras,

    en las que hay que asegurar la continuidad de sus conexiones como circuito cerrado

  • Pueden ser cubiertas de plomo de los propios cables de una red eléctrica de baja tensión cuando están enterrados a la profundidad normalizada y tambien si tienen una continuidad en sus conexiones.

  • Finalmente pueden ser pilares metálicos de edificios si están intercomunicados una profundidad asegurada.

  • Independiente de estos datos hay que tener en cuenta que los conductores que llegan a cualquier tipo de electrodo deben tener como mínimo una sección en mm2 de 25 mm2 de cobre, 35 mm. En el caso de que el cobre este trenzado ó con envoltura metálica, 95 en el caso de acero galvanizado y 100 mm. En el acero dulce

    25 mm2

    Cu

    35 mm2

    Cu trenzado

    95 mm2

    En acero galvanizado

    100 mm2

    En Acero dulce

    La resistencia de estos conductores a tierra debe ser inferior a 20 Ohmios para que se difunda y absorba la corriente.

    El ancho que debe tener los cables conductores

    2. - Problemas sobre las personas: a) Todas las prendas de protección, b) Las condiciones del entorno

    RIESGOS DE ALTA TENSION

    Habitualmente hay que considerar la alta tensión a partir de 1000 v. En corriente alterna y 1500 en corriente continua. Sin embargo algunas compañías eléctricas establecen 3 categorías

    Mayor 1000 V (corriente alterna)

    Mayor 1500 V (corriente continua)

    Algunas Compañías Eléctricas

    Categoría 1ª 66 Kv.

    Categoría 2ª 30 a 66 Kv.

    Categoría 3ª 1 a 30 Kv.

    La Alta Tensión obliga a extremar las medidas de seguridad haciendo hincapié tanto en la protección como en, se sigue utilizando las

    • reglas de oro en Alta Tensión

    Que figuran en la O.G. de S e H del Trabajo (09.03.1971, Art. 62 y 67.

    1º. - Para manipular la corriente debe existir un corte visible de todas las fuentes de tensión mediante interruptores y seccionadores (visibles)

    2º. - Se deben señalizar y bloquear estos pasadores de corte mediante llaves y pasadores seguros.

    3º. - Comprobar la ausencia de tensión localizando posibles derivaciones con polímetros que miden voltaje, amperaje, frecuencia, etc.

    4º. - Comprobar la puesta a tierra de todas las fuentes de tensión.

    5º. - Delimitar la zona de trabajo, bien señalizada, con pantallas aislantes y asegurados.

    ( En trabajos a la intemperie, postes ó torre, se deben utilizar pantallas visuales, casco, cinturón de seguridad, guantes y calzado aislantes. Además de medios móviles con toma de tierra.

    Los riesgos con herramientas portátiles

    Que requiere recordar 7 normas:

    a.- La primera, verificar los enchufes, los cables y las alargaderas

    b.- Verificar zonas con cinta aislantes (porque seca y pierde estanqueidad y absorbe humedad)

  • Verificar la desconexión cuando loas herramientas están fuera de uso

  • Verificar las carcasas y su toma de tierra

  • Verificar que la tensión no pase de 24 v.

  • No realizar tirones desde el cable, en lugar desde el enchufe

  • G Comprobar si existen zonas de roce, de giro ó de acoplamiento de útiles con deficiencias.

    La electricidad estática

    En física se explica que si frotamos la lana, la seda, el lacre ó el vidrio provocamos electrifican porque estas sustancias son susceptibles de ser electrizadas ya que poseen electricidad en ella antes de su manifestación (de forma potencial).

    Por ello entre sólidos con campos eléctricos, propio brota la electricidad cuando existe frotamiento, provocando el paso de las cargas a través de su superficie cuando se realiza un contacto con diferencia de potencia (electricidad estática).

    En la industria es típico que existan roces y fricciones simplemente a cuenta de la circulación de líquidos y gases así como en zonas textiles y papeleras cuyo roce tambien le provoca.

    Su tensión puede alcanzar valores de Kw, pero sin embargo su intensidad en my pequeña del orden de 10 -6 amperios.

    Se combate con tomas de puesta a tierra, con material ignífugo, ó con material antimagnético, para reducir la electricidad estática, en las zonas de rozamiento, de ejes, no se debe utilizar materiales aislantes, otra opción es reducir la velocidad de frotamiento y otra posibilidad también pasa porque los elementos no conductores se convierten en algo conductores humidificándoles ó bien tambien se les podría revestir con material conductos que les descargue a tierra. Por eso se recomienda ante la electricidad estática que la humedad ambiental se mantenga al máximo (entre 50 y 70 %)

    21

    trabajo

    Condiciones de trabajo

    Accidentes de trabajo

    PERDIDAS

    PREVENCION

    Proyecto:

    Técnología

    Humano

    Organización

    LEGISLACION

    Contratos

    Pactos

    Seguros

    SEGUR.HIGIEN.

    Ergonomía

    Unidades

    Seg. y ST

    INSHT

    Ser. Prevn.

    Empresa (propio/ajeno)

    Desarrollan ley y técnicas:

    Análisis puestos

    Evaluación riesgos

    Planificación, prevencio

    Formación y participación

    MEDICINA

    Atención

    Examen

    Control

    Seguimiento

    TECNICA

    Física

    Química

    Biológica

    Ingeniería

    Psicosocial

    Personal-familiar

    Social:

    Empresa

    Estudio

    Entorno

    SALUD

    ECONOMIA

    CONFORT

    Acción + condición

    Incidente = diseño T

    Lesión-enfermedad: mapa

    Ambiente-Entorno

    Satisfacción- clima humano

    Recomendación de mejora

    CORRECCIÓN

    Riesgos Laborales

    Incidente/Accidente

    Enfermedad/Lesión

    Insatisfacción:

    Inadaptación

    Alienación

    Previas

    Al

    ACCIDENTE

    (Prevención)

    Físico

    SALUD

    Psíquico Social

    Formación

    Corrección

    Participación

    Prevención

    SEGURIDAD

    Y

    SALUD

    PLANIFIC.

    ACCIÓN

    PREVENTIVA

    ( anual)

    Medidas

    Correctoras

    -puesto

    EPIs

    Entorno

    Organiz.

    Seguimiento/control

    -puestos

    -personas

    -entorno

    -organización

    EVALUACIÓN

    RIESGO

    GLOBAL

    Valoración

    Gravedad

    Probabilidad

    Estadística(mapas)

    Costes Totales

    Seguros

    Responsable

    sanciones

    DETECCION

    RIESGOS

    Chequeo

    Guías INSHT

    “Chek-Lists”

    Normas técnicas:

    DIN Y EN

    UNE

    ISO

    AFNOR

    Legislación

    Profesiograma

    ANAALISIS

    PUESTO

    TRABAJO

    ( por persona)

    Fases y operaciones

    -profesiogramas

    -riesgos entorno

    -riesgos organización

    Detección de riesgos

    Evaluación

    Planificación

    x

    x

    'Seguridad e higiene en el trabajo'

    Posteriores al

    ACCIDENTES (corrección)

    INSPECCIONES DE SEGURIDAD: ( Por la Empresa, propias o ajenas, no son las del Estado)

    EX.

    29

    300

    Estadística

    De

    Accidentes

    Y

    Averías.

    11

    TRABAJO

    I.F. Ejemplo gráfico del control del índice de frecuencia.

    • recta límite superior

    70

    • Baja en agosto

    • En septiembre sube

    40

    30

    20

    10 bajo en enero

    0

    e f m a m j jul ag sp o nov dic

    GARAJE

    Pliegue

    HASTA 3 METROS 12 %

    DE 3 A 10 METROS 10 %

    + 10 METROS 8 %

    16 cm

    30 cms

    40 cms

    50 %

    PROHIBICIÓN 35% ROJO

    OBLIGACION 50% AZUL

    Voltios(V)

    Amperios=_______________

    Ohmios

    HUMEDOS—24 v

    SECOS --- 50 V.

    ..

    T = IxR = oó10 A x 2500 Ohmios = 25 Voltios( húmedo)

    2´5 mts.

    Tambien para evitar los contactos directos, se puede crear una interposición de obstáculos (barreras), tapas o armarios cerrados y tambien recubrimiento aislante de las partes activas con gomas, cauchos, barnices, etc.

    1 mts.




    Descargar
    Enviado por:Tomás De Las Heras
    Idioma: castellano
    País: España

    Te va a interesar