Ecología y Medio Ambiente


Quema de pastizales


UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

INSTITUTO POLITÉCNICO SUPERIOR “GRAL. SAN MARTÍN”

DEPARTAMENTO DE CS. HUMANAS Y NATURALES

AREA: GEOGRAFIA

AÑO: 2008

Asignatura: Geografía.

Curso y división: 1er año 2da división.

Tema: Quema de pastizales.

Problema: La influencia de la quema de pastizales en las islas entrerrianas con respecto a la perdida de la sustentabilidad de humedales en el período 2001-2008.

Tema: Quema de pastizales.

Problema: La influencia de la quema de pastizales en las islas entrerrianas respecto a la pérdida de la sustentabilidad de humedales en el período 2001-2008.

Variables:

Variables independientes:

  • Creación del puente Rosario-Victoria.

  • Acrecentamiento de las áreas dedicadas a las actividades ganaderas en las islas.

  • Avance de la siembra de soja.

Variables dependientes:

  • Impacto sobre la biodiversidad de los humedales.

  • Impacto en la vida de los ciudadanos.

  • Necesidad de la creación del sitio Ramsar.

Objetivos:

  • Establecer relaciones entre la quema de pastizales y las actividades ganaderas desarrolladas en las zonas de las islas.

  • Identificar los efectos que la quema de pastizales provoca a los humedales.

  • Describir como percibe la sociedad la consecuencia de los incendios forestales.

  • Evidenciar la acción de las autoridades entrerrianas y nacionales en los humedales.

Metodología:

De acuerdo a los objetivos planteados seleccionamos los procedimientos, instrumentos o técnicas necesarios o mas adecuados para concretarlos.

Para poder dar cuenta de cómo la sociedad percibe los efectos producidos por los incendios forestales, realizamos encuestas telefónicas. Para la selección de los candidatos que serán encuestados utilizamos el muestreo aleatorio simple (o azar) con el fin de que nuestra muestra no sea viciada.

Llamaremos por teléfono a la décima persona que figure en guía y cuyo apellidos comiencen con las siguientes letras del abecedario b-d-f-h-j-l-n-o-q-s-u-w-y (elegimos en forma alternada la mitad de las letras del abecedario).

Los candidatos serán sometidos a un cuestionario, instrumento que nos permite, según Tamayo y Tamayo, reducir la realidad a un número de datos esenciales y precisar el objeto de estudio. El cuestionario a ser aplicado figura en el anexo (pág. ). Lo sometemos a prueba entre un grupo reducido de familiares y amigos. También realizamos entrevistas.

Se realizó selección del material bibliográfico sugerido por el docente a cargo de guiarnos en este trabajo, al igual que del material facilitado por miembros de grupos ecologistas y ONG, además del procurado por la búsqueda en Internet, y el fichaje de noticias.

Conceptos: Sustentabilidad, humedales, biodiversidad, recursos naturales, globalización, desarrollo sustentable, MERCOSUR, ecosistemas, agricultura, ganadería,

Introducción:

En los primeros meses de este año, comenzamos a sufrir los efectos del denso humo que por momentos hacia insoportable la vida en nuestra ciudad.

Entender que estaba sucediendo se convirtió en el objeto de nuestro estudio. El avance en nuestra investigación nos llevó a entender como las acciones de las sociedades van transformando la naturaleza y dan como resultado modificaciones que ponen en peligro ecosistemas. Esta vez el ecosistema afectado son los humedales del delta del Paraná.

Un humedal es una zona de la superficie terrestre que está temporal ó permanentemente inundada, se encuentra regulada por los factores de clima y en constante interacción con los seres vivos que la habitan.

Los humedales fluviales del valle aluvial del Paraná, a lo largo de los últimos 300 kilómetros de éste río; unas 3.000.000 de hectáreas desde la confluencia con el río Paraguay hasta el Delta, ni siquiera están nominados como sitio Ramsar y carecen de una protección acorde a su extraordinario valor. Forman parte indisociable del "corredor de humedales" más grande del planeta que nace en el Pantanal mattogrosense, baja por los humedales del Alto Paraguay y continúa en los humedales del río Paraná en la Argentina. Sin duda uno de los más grandes reservorios de la Tierra en cuanto a agua dulce y biodiversidad, además de riquezas como la pesca y lugares de extraordinario valor paisajístico, que involucra extensas áreas de Brasil, Bolivia, Paraguay y Argentina, en el corazón de Sudamérica.

A partir de la consolidación de la economía globalizada, resulta habitual que una zona tradicionalmente forestal o de pequeños emprendimientos madereros o frutihortícolas se haya convertido en una región ganadera.

Desde hace más de una década, en materia agrícola, la expansión de los cultivos de soja, viene desplazando a otras actividades hacia nuevos espacios geográficos.

La necesidad de obtener, en el menor tiempo posible y con la mayor rentabilidad económica, los productos que el mercado necesita, ha llevado a la explotación de las zonas del Delta del Paraná, sin tener en cuenta las leyes naturales que regulan los ecosistemas.

El transporte, cumple una función clave para la instalación del ganado en las islas. La construcción del puente que une las ciudades de Rosario (provincia de Sta. Fe) con Victoria (provincia de Entre Ríos), ha favorecido notablemente este traslado, acortando distancias, acelerando tiempos y permitiendo circular con fluidez.

En nuestro país las actividades agropecuarias, ocupan grandes extensiones, y tienen un rol fundamental al abastecer de alimentos y materias primas a muchas industrias. Estos procesos han producido una serie de modificaciones ambientales, que generan diversos problemas.

La quema de pastizales en el país, tiene una larga tradición, dado que es un método de escarificado económico que permite un rebrote del forraje natural, con mayor palatabilidad para el ganado bovino. La quema de pastizales tiene gran importancia socioeconómica, pero también incidencia negativa en el medio ambiente, por lo que es importante trabajar en cuanto a la regulación de esta actividad y en lo referido al cambio de hábitos al respecto, apoyando la introducción de metodologías alternativas al uso del fuego.

Uno de los aspectos que ha tomado mayor relevancia al respecto, es la fuerte crítica de la población hacia las autoridades a las que les corresponde el control de las quemas, por la gran polución que se registra en los centros urbanos en la época seca.

La ceniza provocada por la quema causa, entre otras cosas, la muerte de peces y la contaminación de los cursos y cuerpos de agua, efecto de la descomposición de éstos.

Uno de los factores que se está poniendo en evidencia pública, es la falta de presencia institucional de la Superintendencia Agraria en campo, para realizar un control real, fiscalizando la quema de pastizales. Las campañas de quema si bien muy azarosas se realizan una vez por año con un gran esfuerzo institucional, pero sin lograr el efecto deseado: que se tomen medidas preventivas para realizar la quema, con asesoramiento de quienes conocen como manejar el fuego.

La quema de pastizales usada tradicionalmente por los isleños para generar pasturas para los animales, en pequeñas extensiones de tierra, se ha potenciado dado que cada año son más las hectáreas dedicadas a la actividad ganadera en las islas. Así, según estimaciones que publicadas en una noticia del la pág. Clarín la cantidad de ganado en las islas creció aproximadamente de 15.000 a 180.000 cabezas, en los últimos cinco años.

Por ello, esas quemas aisladas de años atrás son hoy incendios de más de 70.000 hectáreas, que afectaron entre el 7% y el 8% de todo el ecosistema del delta del Paraná, donde vive un gran número de especies vulnerables.

Los humedales son ecosistemas de gran importancia por los procesos hidrológicos (recarga de acuíferos) y ecológicos (mitigan las inundaciones y la erosión costera) que en ellos ocurren y la diversidad biológica que sustentan; en muchos casos constituyen hábitat críticos para especies seriamente amenazadas.

La predominancia del agua determina que los humedales tengan características diferentes de los ecosistemas terrestres y, lógicamente, las actividades de estos ecosistemas no deben simplemente trasladarse a aquellos.

Mapa de los humedales del delta del Paraná:

'Quema de pastizales'

Fuente: Datos información por miembros del taller ecologísta

Desarrollo de variables:

La quema de pastizales en las zonas del delta del Paraná se repite periódicamente para acelerar el ciclo de las pasturas destinadas al alimento del ganado.

Los incendios forestales (necesarios para posibilitar la cría del ganado en las islas) no solo afectaron gran parte de la vida silvestre sinó que también contaminaron el agua, el aire, y alteraron la salud de los pobladores de zonas aledañas.

Tanto la cría de ganado desplazada hacia las islas como los incendios provocados, son actividades que modifican la sustentabilidad de los humedales.

Variables independientes:

  • Creación del puente Rosario-Victoria:

La palabra puente significa estructura que proporciona una vía de paso sobre el agua, una carretera o un valle. Pero para la vida cotidiana de los habitantes de una región, un puente puede encarnar la suma de muchos años de esfuerzo y fundamentalmente la unión de los ciudadanos que se encuentran en cada una de sus cabeceras. El puente entonces se transforma en un lazo.

El Puente Rosario-Victoria, oficialmente denominado Puente Nuestra Señora del Rosario forma parte de la conexión vial de 59 Km. que comunica las ciudades de Rosario, en la Provincia de Santa Fe, y Victoria, en la Provincia de Entre Ríos, de la República Argentina.

La longitud del puente atirantado principal es de 610 m. Dicho puente principal se encuentra proseguido en dirección sudoeste-noreste por otros doce puentes menores tendidos sobre el río Paraná, el conjunto recibe la denominación "Conexión Vial Rosario-Victoria".

El tramo occidental de la obra (junto a la ciudad de Rosario) y que abarca el puente principal y sus dos viaductos de acceso, corresponde a una autopista de dos carriles por sentido de circulación. El resto de la obra (desde la finalización del viaducto este hasta el acceso a la ciudad de Victoria) corresponde a una carretera de un solo carril.

La idea de hacer esta obra nació a principios del siglo XX. Este proyecto, fue iniciado por Ángel Piaggio, miembro de la Comisión Popular, y tenía en esos momentos visos de realización pero no pudo concretarse. Recién en 1997 se encaró con firmeza la realización de esta obra. Los problemas con los fondos para la obra retrasaron su finalización. La inauguración se produjo finalmente el 22 de mayo de 2003.

El transporte cumple una función importantísima en la circulación de bienes y personas. Por tal motivo en la actualidad se realizan grandes inversiones para la superación de las barreras naturales y lograr el contacto fluido entre los distintos lugares de los territorios. Se favorece así, sólo la circulación interna, sino también la conexión con el exterior.

La idea de la integración del transporte es fundamental, los corredores, autopista, puentes, túneles y redes ferroviarias se construyen en función de adecuar la infraestructura a las necesidades que la economía global impone.

Soñado como un nexo de unión entre las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, hoy más que nunca justificado por ser el punto de convergencia indispensable para el movimiento actual y futuro de las mercancías del MERCOSUR y uno de los nudos de la vía comercial biocéanica.

En una economía de integración como la que propone Rosario-Victoria, las amplias regiones vinculadas y el corredor bioceánico permiten algunas consideraciones: las áreas que se conectan con Rosario-Victoria tienen una producción agrícola, ganadera e industrial complementaria cuya integración hace prever avances tecnológicos y productivos. Dentro de la gama de productos agropecuarios se puede considerar - por ejemplo - el aporte de oleaginosas en forma directa a las productoras de aceite, instaladas en el cinturón industrial del Gran Rosario y la posibilidad de utilización de los puertos de ultramar existentes sobre el brazo principal del río Paraná.

A pesar de ser una gran mejora para el sistema de transporte, la comunicación entre rosarinos y victorienses, el desarrollo económico y la revalorización de tierras entre otros, también hay que examinar los impactos que ha tenido y tiene aun sobre el espacio natural (mayor anfluencia de público, bajadas proyectadas en las islas, desecación de humedales para la construcción de barrios privados y parques náuticos, etc.). La construcción de esta gran obra arquitectónica ha producido la perdida de muchas especies, pero uno de los mayores impactos que tuvo fue crear un fácil acceso a los campos de las islas. La expansión de la actividad ganadera encontró en éstas tierras nuevos lugares de producción, Aumentando considerablemente y en forma progresiva el número de cabezas de ganado con la consiguiente sobrecarga ambiental para el ecosistema.

El río Paraguay-Paraná constituye un corredor biológico cualificado como un encadenamiento de humedales de importancia internacional.

Esta conexión vial estaría contradiciendo los compromisos asumidos por Argentina, de "promover el uso racional de los humedales en su territorio". El uso racional de los humedales consiste en su uso sostenible para beneficio de la humanidad de manera compatible con el mantenimiento de las propiedades naturales del ecosistema.

Desde el punto de vista ambiental, sin duda lo más grave del proyecto es que se modifica la hidrodinámica del río y su planicie de inundación por el efecto barrera de la construcción de los terraplenes que va a dividir el valle fluvial interrumpiendo el corredor biológico de los humedales de esta zona con consecuencias desconocidas.

Hace aproximadamente 30 años que el Estado Nacional dejó de efectuar mediciones hidráulicas y sedimentológicas en los cursos de agua del valle aluvial, como en el curso principal. Se viene dando un progresivo proceso de sedimentación que va a obligar al Concesionario de la Vía Navegable a la ejecución de obras de dragado de mantenimiento periódicos, serán obras cuyo costo deberá afrontar el Estado Nacional.

Es probable que se formen áreas de recreación alrededor de los puentes. Aunque no se prevée la construcción de caminos sobre las islas a partir de estos accesos, serán la puerta para el ingreso de gente a zonas naturales antes casi inaccesibles.

Un explosivo aumento del parque náutico, desmontes, generadores de energía, equipos de sonido, residuos y excretas están atentando con la calidad del agua, suelo y aire y la biodiversidad del ecosistema de humedales a lo que se agregan ofertas para sobrevolar la zona en helicópteros.

La situación futura provocará un importante aumento en la presión sobre la fauna de tetrápodos de toda el área, tanto en forma directa como indirecta. La eliminación de la cobertura vegetal tendrá como consecuencia el decrecimiento para los sitios aptos para refugio y reproducción de la fauna en general. Este impacto se considera directo de magnitud alta, negativo y permanente en la zona de la traza. Las posibilidades de desplazamiento de la fauna en sentido NO-SE se verán sustancialmente disminuidas debido a un efecto barrera; aún teniendo en cuenta que se destina a tal efecto la luz que queda entre los puentes distribuidos a lo largote la conexión, una luz del dieciocho% no sería suficiente como para mantener el flujo animal actual.

  • Acrecentamiento de las áreas dedicadas a las actividades ganaderas en las islas:

La presencia del ganado en las islas había sido detectado por las autoridades cuando se comenzó a construir el puente, pero se puede ver que no actuaron respecto a la preservación de los humedales, porque este año es mayor el número de especies autóctonas afectadas y mayor la cantidad de hectáreas que se han utilizado para la cría de ganado.

Pero el problema no es solo el aumento de la ganadería si no, la quema de las pasturas para la renovación de la tierra, llamado “método de la Rosa” para poder alimentar al ganado.

La gran cantidad de cabezas de vacunos instalados en la isla no deja de crecer y esta, tiene consecuencias insospechadas: las reses no permiten que la vegetación y los árboles crezcan naturalmente y pisotean el suelo de tal modo que la superficie se parece mas a los campos de pastoreo de la pampa húmeda, que al paisaje original.

Otro grave problema para este ecosistema lo constituye la materia fecal producida por el ganado. En los riachuelos y lagunas o depositados en las aguas estancadas quedan los excrementos del ganado, que contienen nitrógeno y fósforo. Estos, actúan como nutrientes que favorecen el crecimiento de algas. La abundancia de éstas, tapa la luz del sol y mueren las plantas que constituyen el alimento para los peces. Este cambio impactará en la biodiversidad del humedal. Datos del SENASA indicarían que ascienden a 1,8 millones de cabezas el ganado existente en todo el Delta, lo que equivaldría en cantidad de desechos orgánicos, al producido por casi la totalidad de la población argentina. Se ha convertido a las islas en lugar para la cría de ganado. El corredor Vial Rosario-Victoria facilitó el traslado y la ley de arrendamiento que sancionó la legislatura de Entre Ríos, la legalizó, sin tener en cuenta a los antiguos pobladores de las islas y mucho menos el impacto que se producía en el hábitat.

  • Avance de la siembra de soja:

“La quema de pasturas en los humedales del Delta del Paraná, tiene como objetivo expandir la actividad ganadera antes desarrollada en otras regiones, la presión por lograr nuevas tierras para uso ganadero es otra de las facetas del modelo agropecuario de los últimos tiempos en Argentina, que se caracteriza por la expansión de la agricultura, monopolizada por la soja, a expensas de los últimos ecosistemas nativos”.

María Eugenia Testa, responsable de Campaña de Biocombustibles de Greenpeace

La quema de pasturas en el macrosistema de humedales que constituye el

Delta del Paraná, tiene como objeto expandir la actividad ganadera anteriormente desarrollada en otras regiones. Esta presión por nuevas tierras para uso ganadero constituye otra de las facetas del modelo agropecuario de los últimos tiempos en Argentina, caracterizado por la expansión de la agricultura, monopolizada por la soja, a expensas de los últimos ecosistemas nativos.

Gracias a la sobreproducción de soja con fines de exportación, los agricultores argentinos debieron buscar nuevos campos de asentamiento para el ganado vacuno, criado para abastecer a los frigoríficos y habitantes de nuestra ciudad.

Esto es una de las razones que motivan la quema de los pastizales de las islas del delta del Paraná, ya que los animales necesitan pastos nuevos y tiernos para alimentarse.

Como dijo el entrevistado, perteneciente al taller ecologista de Rosario “Las tierras de las islas no son tan aptas para el cultivo de cerealeros, por este motivo a los productores les es conveniente realizar actividades agricultoras en nuestro territorio, y enviar el ganado a la zona de las islas y el delta del Paraná”. (Mirko Moskat, 25, miembro del taller ecologísta).

Desde que se comenzó a construir la Conexión vial Rosario-Victoria, hacia el año 2003 las organizaciones de Santa Fe y Entre Ríos advirtieron de la necesidad de crear un área de protección para la zona que, se podía presumir, iba a sufrir una mayor presión dado el fácil acceso que permitía la obra vial. Tres años después de su inauguración se cuadruplicaron las cabezas de ganado con la consiguiente sobrecarga ambiental para el ecosistema.

Reiteradamente, muchas organizaciones ambientalistas han cuestionado también la Ley de Arrendamientos que Entre Ríos aprobó a fines de 2004, advirtiendo sus consecuencias, ya que constituía la llave para legalizar la expansión de la actividad ganadera en la zona de islas. La quema sin precedentes desde los primeros meses de este año 2008 pone en evidencia la gran incapacidad de previsión de la Secretaria de Producción de la Provincia que promovió la Ley.

"La expansión de la frontera agrícola se está desarrollando con gran violencia. Hay una sed de aprovechamiento de los campos que lleva a los productores a un manejo irresponsable de la producción agraria. Esa es la razón por la que el humo llegó a la ciudad de Buenos Aires", sostuvo a LANACION.com Claudio Bertonatti el día 22 de mayo de 2008, director de Comunicación y Educación de la Fundación Vida Silvestre, página actualizada el día 22 de mayo de 2008.
El problema de las islas, es que se trata de un suelo frágil que puede ser de utilidad para la actividad ganadera pero no así para la agricultura.

Gerardo Mujica, director de la Estación Experimental Agropecuaria Delta del Paraná, explicó que ante el avance de los productores de soja, los ganaderos fueron empujados hacia las zonas más bajas, como la del Delta, donde han intentado quemar las malezas con el objetivo de tener pasto para los animales durante el invierno.

Estos incendios en pastizales muestran otra cara de la expansión de los cultivos de soja, que desplazan otras actividades, como la ganadería, a zonas marginales provocando pérdida de valiosos ecosistemas.

“El avance de la soja ha desplazado pasturas, y la zona de islas del Delta del Paraná se ha convertido en una región ganadera”, resumieron desde el Taller Ecologista (Rosario) y la organización M´Bigua, Justicia y Ciudadanía Ambiental (Paraná).

La primer causa de la expansión de la quema no es el puente, sino el avance de la frontera de la soja en el continente, que empujó la ganadería hacia las islas, pero no sólo a sus orillas, como era común en épocas de sequía, sino también a las zonas altas.

Allí los productores agropecuarios acostumbran a quemar pastos secos a fin de lograr un mejor rebrote de pasturas. Pero el cambio de escala de la ganadería isleña está provocando un desastre.

“Nosotros venimos advirtiendo de esto desde 1996, cuando comenzaron las primeras quemas”, recordó Stancich. “En 1999, antes de construirse el puente Rosario-Victoria, sostuvimos que las quemas se iban a agravar”, explicó. “La soja ya había empujado ganado hacia las islas en el Paraná desde Formosa”, más al norte, precisó.

La intensa producción a la que son sometidos los campos sin tener en cuenta las condiciones naturales y los insumos que se emplean estan llevando a los terrenos al agotamiento. El uso indebido puede apreciarse por sistemas continuos de siembra, sin incluir cultivos rotativos, aplicación de genotipos de alta complejidad genética, importante cantidad de agroquímicos utilizados y escasa reposición de nutrientes y carbono.

En nuestra región la soja reemplazó al girasol, maíz y sorgo en las siembras (últimos años se pasó de 5 a 15 millones de hectáreas de superficie sembrada y la producción varió de 11 a 35 millones de toneladas). En el sur de Santa Fe se producen casi ochocientos mil hectáreas de soja de primera, de las cuales el 76% se hace como monocultivo. Grandes extensiones de estas áreas presentan problemas de compactación.

Tratando de buscar soluciones alternativas y conocer más profundamente el problema se presentó un proyecto cuya finalidad es conocer la incidencia de los factores abióticos que provocan variabilidad, en el crecimiento, el rendimiento de los cultivos y los sistemas de rotación.

Se probará para evaluar el impacto individual y combinado de las técnicas de labranza, de descompactación, de cultivos de cobertura y rotación en los cultivos. El trabajo a campo consiste en dividir el terreno en cuatro franjas, cada una de ellas con un tratamiento diferente, que luego son cruzadas. Se hacen doce secuencias de cultivos anuales con o sin cobertura.

Variables dependientes:

  • Impacto sobre la biodiversidad de los humedales:

Los humedales son zonas en las que el agua es el principal factor que controla el ambiente y las especies vegetales y animales que allí se desarrollan. Aparecen donde la tierra está cubierta por aguas poco profundas o donde la capa de agua está en o cerca de la superficie de la tierra

No se conoce que superficie terrestre cubren en el presente. El Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación ha estimado que el área compuesta de humedales es de unos 570 millones de hectáreas, equivalentes al 6% de la superficie terrestre de nuestro planeta. De estas el 15% corresponde a llanuras de inundación.

Se reconocen cinco sistemas de humedales principales:

Humedales costeros

Marinos incluyendo costeras,

costas rocosas y

Marinos y arrecifes de coral

costeros s

Deltas, marismas

Estuarios inundadas por la

marea y manglares.

Humedales Naturales Humedales asociados

Lacustres a lagos.

p

Humedales a lo largo

continentales Ribereños de ríos y cursos de

agua

Palustres Pajonales, pantanos

Artificiales y turberas.

Fuente: FLORENCIA RUIZ (2006) “Tipos de humedales” en revista El Río que somos, taller ecologista Rosario, 2006, pág. 7.

Elaboración propia.

Los humedales son esenciales para el desarrollo y bienestar de la humanidad debido a los procesos hidrológicos y ecológicos que ocurren, la diversidad biológica que sustentan y los recursos naturales que proveen.

Dentro de ellos el agua se acumula o circula más lenta, logrando efectos que ofrecen varias funciones.

  • Regulación: de inundaciones y sequías. En épocas de fuertes lluvias, deshielos o crecimientos de ríos, pueden almacenar el agua excedente, amortiguando las inundaciones aguas abajo y asegurando un flujo de agua continuado durante todo el año.

  • Recarga y descarga de acuíferos: en muchos humedales el agua se detiene o circula lentamente, lo que facilita el filtrado hacia las napas freáticas ó acuíferos. El agua al atravesar capas de tierra y arena de purifica. En el acuífero el agua normalmente es limpia y potable.

  • Prevención de la intrusión de aguas saladas: los humedales costeros, intervienen en la recarga de acuíferos y en la formación de una cuña de agua dulce que actúa previniendo la intrusión de agua salina que ingresa tierra adentro desde el mar.

  • Control de la erosión costera: la vegetación de los humedales actúa evitando o reduciendo la erosión de las costas, estuarios o márgenes de los ríos.

  • Protección contra fenómenos naturales: los humedales costeros con vegetación reducen el impacto de las olas o las corrientes marinas. Durante las grandes tormentas y huracanes pueden proteger ambientes y poblaciones humanas.

  • Manutención de la cantidad de agua: a través de la retención de sedimentos y nutrientes y la remoción de tóxicos: los humedales son llamados los riñones del planeta por su función purificadora del agua.

  • Provisión de agua: la conservación de los humedales tiene importancia vital para la humanidad, ya que la escasez de agua potable en el futuro se evidencia como uno de los problemas ambientales más importantes.

  • Estabilización de microclimas: los procesos de evaporación mantienen los niveles de humedad y precipitaciones contribuyendo a la formación del microclima.

  • Retención de carbono: La materia orgánica de un humedal, según el grado de humedad, acidez, falta de oxigeno y temperatura, se descompone parcialmente y queda depositada en el suelo. Allí, gran cantidad de carbono queda retenida, lo que tiene un importante efecto en cuanto al calentamiento global.

  • Actividades humanas: la gran cantidad de recursos naturales que se encuentran en los humedales favorecen el desarrollo de actividades como: pesca, aprovechamiento de fauna silvestre, pastoreo, agricultura, actividad forestal, transporte, recreación y turismo. Las plantas proporcionan madera y leña, corteza, resinas, frutos y medicamentos. Con la paja y las totoras se hacen techos de viviendas. Con el junco se fabrican esteras, cortina, asientos para sillas y artesanías.

Atributos:

  • Gran diversidad biológica: Se desarrollan en los humedales gran variedad de especies vegetales y animales y en muchos casos constituyen hábitat para especies amenazadas.

  • Conservación de áreas silvestres: las áreas naturales protegidas tienen el fin de mantener nuestras representativas de riquezas naturales y biodiversidad para su conservación.

  • Importancia socio-cultural: En los humedales subsisten culturas indígenas y tradicionales que viven de sus recursos naturales. Además son fuente de inspiración de músicos y poetas.

Grandes humedales fluviales:

Los grandes humedales de Sudamérica.

Los humedales existentes en Sudamérica son os mas extensos de la biosfera, si se considera el desarrollo de los continentes. Más del 80% de ellos, se encuentran en zonas de clima cálido y en la cuenca de los grandes ríos. Estos humedales se caracterizan por rasgos fluviales, el drenaje de las aguas se produce muy lentamente y tiende a formar redes de canales que pueden reunirse más abajo. La inundación y la circulación lenta del agua generan un importante flujo de materia orgánica, semillas, huesos, organismos (información biótica), materiales minerales y sedimentos finos (arenas finas, limos y arcillas)

Humedales del Paraná inferior:

El río Paraná y sus afluentes constituyen varios humedales relacionados que se diferencian según los distintos tramos: Paraná Superior, Paraná Medio y Paraná Inferior.

La comunidad biótica de este gran humedal, está compuesta por más de trescientas especies de peces, fauna asociada a la vegetación, bosques en galerías, fitoplancton y zooplancton.

A la altura de la ciudad entrerriana de Diamante, comienza la región del Paraná Inferior, y desemboca en el río de La Plata. Es un área en la que confluyen varias regiones biogeográficas, aportando cada una sus elemento faunísticos propios, lo que constituye la base de la riqueza natural y la diversidad.

La formación que caracteriza a las islas del Paraná inferior es la llamada plato hondo. Es una secuencia de altos y depresiones, con lagunas en las partes más bajas y zonas de inundaciones permanentes o temporarias.

Superficie

Clima

Vegetación

Biodiversidad

Aprox. 17.500 Km.²

Incluyendo las zonas anegables, situadas al sur de la provincia de Entre Ríos

Clima templado.

Lluvias durante todo el año.

Temperatura media estival superior a los 22ºC

Bosques, praderas, lagunas de Meandros, isletas de Praderas de Albar, dones Bajos, praderas de cordones y depresiones, praderas de antiguas llanuras, de mareas, bosques y praderas de las islas.

Rica avifauna acuática, residente inmigrante, 71 especies. Existen 36 especies de mamíferos, 29 de reptiles y 21 de anfibios; 300 especies de peces. El lobito de rió, la rata colorada, el biguá víbora, que conviven con carpinchos, chajaes, varias especies de garzas, gallinetas, patos y especies pampeanas, como la comadreja overa y el gato montés. Reptiles: yarará, lagarto overo y tortugas acuáticas. Entre los peces: varias especies de bagres, surubíes, mandubíes, patíes y dorados.

Características

socioeconómicas

Plantas medicinales

Especies amenazadas y en peligro de extinción

El sábalo es una especie de gran valor económico y ecológico, ya que sus huevos y larvas son base alimentaria de los carnívoros (dorados, surubíes, bagres, mandubíes). Es además el modo de sustento de pescadores isleños y de la ciudad.

Existen mamíferos de gran valor peletero: nutria y lobito de río.

Son el ambiente natural de muchas plantas medicinales. Los pueblos originarios los utilizaban como base de su medicina, que han persistido de generación en generación.

También forman parte de las comunidades ribereñas.

Muchas organizaciones trabajan para mantener ese saber popular, y evitar el patentamiento de estas plantas de parte de empresas multinacionales.

Algunas especies son: cola de caballo, ceibo, llantén, salva morada anacahuita, sauce criollo.

Esta disminuyendo la población de muchas especies debido a la destrucción de su hábitat. Esto ocurre por el aumento de la población humana y por la destrucción de los ambientes naturales para el desarrollo de la agricultura y la ganadería.

Fuente: elaboración propia a partir del trabajo de campo.

Contaminación:

Una fuente de sustancias toxicas: quema de pastizales.

Al enorme daño que se le produce a los humedales por la quema de sus pastizales, se le agrega la liberación de compuestos tóxicos que afectan considerablemente la salud. Estudios internaciones han comprobado la liberación de dioxinas al aire (0.5 ng TEQ/kg), y su presencia en las cenizas. Siendo que los humedales están siendo usados para lugar de pastoreo del ganado, se puede relacionar que se estarían alimentando de pastos contaminados con cenizas con dioxinas. Además, los vientos trasportan estas cenizas hacia otros lugares.

  • Impacto en la vida de los ciudadanos:

Las dioxinas, cuyo nombre genérico es  policloro dibenzo-p-dioxinas (PCDD) son el nombre con el que se conoce a un grupo de 75 compuestos formados por un núcleo básico de dos anillos de benceno unidos por dos átomos de oxígeno en el cual puede haber como sustitutos de uno a ocho átomos de cloro.  La dioxina más estudiada y más tóxica es la  2, 3, 7, 8- tetracloro-dibenzo-p-dioxina, conocida comúnmente como TCDD.

Las dioxinas son muy tóxicas, son persistentes, es decir  no se degradan fácilmente y pueden durar años en el medio ambiente; son bioacumulables en los tejidos grasos de los organismos y se biomagnifican, esto significa que aumentan su concentración progresivamente a lo largo de las cadenas alimenticias. Por su persistencia pueden viajar grandes distancias.

 Cómo se expone el ser humano a las dioxinas:

La principal vía de exposición de las dioxinas para los seres humanos es la ingestión de  alimentos contaminados, especialmente carne y productos lácteos.  La presencia de dioxinas en estos alimentos  se debe a que el ganado consume forraje vegetal contaminado con estos compuestos bioacumulados en los tejidos grasos y leche de los animales, provenientes  principalmente de la  deposición y transporte atmosférico a  grandes distancias  desde las fuentes de emisiones atmosférica. 

Otras vías de exposición  importantes en ciertas poblaciones  incluyen: a) el consumo de pescado contaminado directamente por las  descargas de dioxinas o  por el depósito en aguas superficiales a partir de la atmósfera; b) la inhalación de dioxinas en lugares próximos a las fuentes de emisión atmosférica;  y c) ciertas exposiciones  ocupacionales.

Efectos adversos sobre la salud

  • Exposición del feto, lactantes y niños: La exposición a las dioxinas puede comenzar desde la concepción. Es durante el desarrollo del feto, donde la exposición a dioxinas puede ser mayor y los efectos más dañinos. Las dioxinas pasan de la madre al feto a través de la placenta. El mayor riesgo anomalías por presencia de dioxinas se presenta durante las  primeras nueve semanas de  embarazo,  mientras  los mayores defectos en el sistema  nervioso central  pueden ocurrir durante los  primeros cuatro meses del feto. Las dioxinas son  del grupo de  agentes químicos que afectan el sistema endocrino, es decir, pueden entrar a las células  y obstruir, imitar o alterar las  acciones de las  hormonas,  pudiendo tener efectos negativos en el desarrollo neurológico,  reproductivo,  conductual y en el sistema  inmunológico. Esto  último puede propiciar que los niños contraigan más fácilmente enfermedades infecciosas como bronquitis y enfermedades del  oído.

Una madre primeriza puede excretar entre el 20 y 80% de su carga de dioxinas en la leche materna, sin embargo la presencia de dioxinas en leche materna no debe interpretarse como una recomendación para sustituir leche materna por leche artificial pues, a pesar de las dioxinas que puedan contener, aporta alimentos y defensas imprescindibles para el desarrollo saludable de los niños. 

  • Cáncer y otros efectos crónicos en adultos expuestos: Diversos estudios a largo plazo en distintas especies de animales (ratones, ratas y hámster)  han comprobado que las dioxinas pueden causar cáncer en distintas partes del organismo como hígado, pulmones, lengua, parte superior de la boca, nariz, glándula tiroides, glándula adrenal, en la piel de la cara y bajo la piel. Aunque la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) clasifica a las dioxinas y furanos como probables carcinógenos humanos (Clase B), la  Agencia Internacional para la Investigación en Cáncer (conocida en inglés por sus siglas como IARC) que forma parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó en 1997 a la dioxina TCDD como carcinógeno en humanos.

Otros efectos crónicos que puede provocar la exposición a altas dosis de dioxinas en la vida adulta de los humanos incluyen la alteración de funciones inmunológicas y endocrinas (hormonales),  cloracné y se sospecha también que endometriosis.

  • Necesidad de la creación del sitio Ramsar:

La naturaleza como recurso:

Naturaleza, sociedad, ambiente y recursos naturales:

La naturaleza es dinámica y cambiante. Se transforma según leyes que le son propias. El hombre en sociedad actúa sobre esta naturaleza.

Cada sociedad toma de la naturaleza elementos que utiliza para la satisfacción de sus necesidades. El mundo en el que este contacto se produce depende de la tecnología que se emplea. Cuando las herramientas que se utilizaban eran muy sencillas, las transformaciones en el ecosistema eran mínimas y las prácticas mantenían el funcionamiento de los ecosistemas (Ej.: agricultura itinerante).

A lo largo del tiempo, las necesidades de las sociedades han cambiado en relación con la cultura, la economía, la política y el momento histórico.

En los últimos 50 años, el hombre ha intervenido sobre casi todos los ecosistemas, debido a los avances tecnológicos, esto facilitó, que las sociedades tomaran elementos de la naturaleza y los transformara en objetos de consumo para satisfacer sus necesidades, pasándose en la actualidad a una naturaleza humanizada.

Sociedad y naturaleza, conforman el ambiente. Este ambiente se va artificializando con el desarrollo de las sociedades. Los objetos naturales comienzan a formar parte de la intencionalidad humana. En este momento en que los hombres, emplean las tecnologías y su trabajo para apropiarse los objetos de la naturaleza, estos se convierten en recursos naturales: las rocas, las fuentes de energía, los suelos, las aguas, las plantas y los bosques.

¿Cómo se clasifican los recursos?:

Tradicionalmente se los clasificaba en función de su uso: en renovables y no renovables. Esta clasificación debe ser considerada con cuidado, porque no es suficiente conocer el período de renovación de un recurso, ya que algunos procesos son de más de cien años (Ej. Bosques o sistemas lacustres).

Existen además los recursos escénicos, tienen que ver con los paisajes naturales, y se valoran como lugares de turismo de duración.

Según otra división, se tiene en cuenta el modo de uso, sea éste consciente (apropiación voluntaria de planificada (aguas, bosques); y en otros casos la utilización es inconciente (energía solar, aire)).

Otra forma, tiene que ver con los cambios que se producen en las características de los elementos naturales, diferenciándose los de propiedades variables de los que tienen propiedades invariables (Ej. El bambú en una etapa de su crecimiento puede usarse para la fabricación de papel, el floreces cambian sus propiedades).

También puede hablarse se recursos de acceso directo y de recursos de acceso condicionado. (Ej. Un mismo recurso, el campo, puede considerarse de acceso condicionado, sise utiliza para la siembra, y de acceso directo, si se usa para alimentar al ganado.

Con el avance de la ecología, comenzó a considerarse el funcionamiento de los ecosistemas, y los conceptos vinculados a la capacidad de transporte de energía. Según así, los recursos de flujo, (renovables) fuentes de energía que son aprovechados para el mantenimiento de la vida (el Sol, la Tierra), y que pueden ser utilizados nuevamente en otros procesos ecológicos (como la fotosíntesis). Los recursos no renovales, son llamados también de stock, idea asociada a una cantidad fija.

Esta clasificación engloba las cuatro divisiones que se pueden pensar sobre el medio natural; atmósfera, hidrósfera, biosfera.

Pueden además hacerse diferencia entre aquellos que se destruyen o agotan por su uso (combustibles fósiles) y los que pueden reutilizase a través del reciclaje (cobre aluminio).

La litósfera como recurso: el suelo:

El suelo, se transformó en uno de los recursos de gran importancia. Es la capa fértil, formado a partir de la desintegración mecánica y la alteración física de rocas y organismos vivos. Allí se acumulan agua, energía y nutrientes y se producen procesos de descomposición y reciclaje de diferentes sustancias.

La fertilidad del suelo, determinó su valor para actividades con la presencia de organismos vivos y muertos y con la textura. Vinculado con la cantidad de partículas que componen el suelo (arena, limo y arcilla). A partir del siglo dieciocho el suelo fue utilizado intensivamente, por los beneficios a corto plazo que aportaba su explotación. Se produjo así la disminución de las tierras aptas para las actividades agrarias.

Los adelantos tecnológicos, permiten acondicionar para la agricultura suelos porco aptos o renovar las características de fertilidad en las zonas en las que la actividad constante afectó la fertilidad. Todo esto puede realizarse a costos elevados.

El Sitio Ramsar, es un acuerdo internacional que tiene como finalidad la protección de las zonas húmedas, tales como humedales, ciénagas y lagunas, entre otros.

Fue en Ramsar, Irán, donde en 1971 se aprobó la Convención Internacional sobre estos ambientes acuáticos interiores y las zonas costeras marinas.

Los países participantes de esta Convención seleccionaron sitios de sus propios territorios para calificarlos como "zonas húmedas de importancia internacional" y promulgaron su conservación.

El Convenio de Ramsar define una zona húmeda o humedal, como cualquier extensión de marisma, pantano, turbera, o superficie cubierta de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanente o temporal, estancado o corriente, dulce o salado, incluidas las extensiones de aguas marinas cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros.

El objetivo de esta asociación, es preservar estos ecosistemas, ya que son de gran importancia por los procesos hidrológicos y ecológicos que en ellos ocurren y la diversidad biológica que sustentan.

Entre los procesos hidrológicos que se desarrollan en los humedales se encuentran la recarga de acuíferos, cuando el agua acumulada en el humedal desciende hasta las napas subterráneas. Las funciones ecológicas que desarrollan los humedales favorecen la mitigación de las inundaciones y de la erosión costera. Además, a través de la retención, transformación y/o remoción de sedimentos, nutrientes y contaminantes juegan un papel fundamental en los ciclos de la materia y en la calidad de las aguas.

Los humedales generalmente sustentan una importante diversidad biológica y en muchos casos constituyen hábitats críticos para especies seriamente amenazadas. Asimismo, dada su alta productividad, pueden albergar poblaciones muy numerosas.

Diversas actividades humanas requieren de los recursos naturales provistos por los humedales y dependen por lo tanto del mantenimiento de sus condiciones ecológicas. Dichas actividades incluyen la pesca, la agricultura, la actividad forestal, el manejo de vida silvestre, el pastoreo, el transporte, la recreación y el turismo.
La Convención de Ramsar propicia el uso racional de los humedales y establece la creación de una Lista de Humedales de Importancia Internacional, que son designados por los países según criterios ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos. En nuestro país existen hasta la fecha 15 Sitios Ramsar, totalizando una superficie de casi 4 millones de hectáreas de ambientes diversos, tales como lagunas alto andinas, zonas costeras marinas, lagunas endorreicas y cuencas hidrográficas, todas ellas de gran relevancia por su diversidad biológica, sus características hidrológicas y su importancia para las comunidades locales.

La proclamación como sitio Ramsar de los humedales del delta del Paraná, es una petición reclamada aproximadamente desde el año 2005, mediante marchas y encuentros.

"La designación como sitio Ramsar de la planicie aluvial del río Paraná en territorio entrerriano, desde el límite con Corrientes hasta el Delta incluido, es una asignatura pendiente para la sustentabilidad social y económica en la Argentina. Se trata de uno de los sistemas de humedales con mayor biodiversidad del país que cumple funciones irremplazables, entre otras: purificación y aseguramiento del agua para consumo humano, agrícola e industrial; recarga de acuíferos; mitigación de inundaciones; y mantenimiento de grandes áreas de reproducción y cría para la principal pesquería continental de la Argentina". Dijo Jorge Cappato, director general de la Fundación Proteger y Punto Focal No Gubernamental para Argentina de la Convención de Ramsar el 13 de julio de 2005. y añadió también que "decenas de miles de habitantes ribereños, muchos de ellos desocupados o subocupados, dependen hoy de los recursos de estos humedales, especialmente de la pesca para sobrevivir; es por eso que necesitamos urgente e imperiosamente construir nuevas oportunidades, y el uso racional propuesto por la Convención de Ramsar".

El gobierno de Entre Ríos se encuentra a favor de declarar a este territorio como parte del sitio Ramsar, y el 18 de agosto de 2005 los intendentes y presidentes de las  juntas de gobierno de la costa oeste entrerriana fueron convocados  a un encuentro-taller, en el que los técnicos de la Secretaría de  Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, les brindaron la información necesaria para continuar avanzando con la iniciativa.

La disposición expresa que Entre Ríos reúne todas las condiciones para avanzar hacia el uso racional de sus humedales en beneficio del desarrollo socioeconómico convocando a la cooperación nacional e internacional.

A su vez, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó un proyecto de resolución de Osuna, en el que se insta al Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos competentes, a realizar las gestiones necesarias para incluir en la Lista de Humedales de importancia internacional, “Sitios Ramsar”, al Delta del Paraná.

Cabe recordar que la importancia de estos ambientes para la humanidad fue recogida en la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional suscripta en Ramsar, Irán, en 1971, para la conservación y el uso racional de los humedales, que fuera aprobada por nuestro país en 1991.

Si bien en Argentina varios humedales fueron declarados Sitios Ramsar, el hecho de que esto suceda con el del río Paraná, “nos permitiría avanzar en distintas iniciativas y proyectos que no son contradictorios con los emprendimientos productivos, sino que apuntan a la sustentabilidad de una región privilegiada y reconocida en el mundo”, dijo la diputada Osuna, no sin antes remarcar que “éste sería el Sitio Ramsar más grande del país”.

“Quienes sostenemos un fuerte compromiso con la defensa y preservación del medio ambiente y apostamos al desarrollo sustentable de la provincia compartimos el objetivo de incluir en la lista de humedades de importancia internacional (Sitios Ramsar) a los humedales fluviales del río Paraná en territorio entrerriano, incluyendo áreas del Paraná medio e inferior y del Delta, de singular valor hidrológico y para la biodiversidad”, resaltó la diputada Osuna en una nota para el diario Lanacion.com el Dicho por la diputada Osuna, el 13 de julio de 2005, autora de un proyecto de  resolución aprobado por el Congreso, en el que se insta al Poder  Ejecutivo Nacional a que se realicen las gestiones necesarias  para incluir en la Lista de Humedales de importancia internacional,  “Sitios Ramsar”, al Delta del Paraná, entendió que “esta  declaración debe ser parte de un proceso de participación de los distintos actores involucrados”.

Implementación de la Convención de Ramsar en la Argentina:

Los Sitios Ramsar en Argentina cubren actualmente una superficie de 1.649.039 ha, y a nivel global, los 1111 Sitios Ramsar cubren cerca de 88 millones de hectáreas

La República Argentina aprueba la Convención sobre los Humedales en el año 1991 a través de la reglamentación de la Ley 23.919, que entró en vigencia en septiembre del año 1992 luego de depositado el instrumento de ratificación.

Conclusión:

Uno de los principales efectos de la modernización agraria, es el incremento considerable de los rendimientos. Este notable aumento se vio favorecido por el uso de nuevas semillas que poseen ciclos de crecimiento mucho más cortos, que permiten obtener dos o tres cosechas anuales de un mismo cultivo en la misma superficie. Estas prácticas llevaron a buscar la máxima explotación de las tierras aptas para las actividades agropecuarias. Fue así como los terrenos se destinaron en muchos casos solo a la agricultura, y dentro de este al monocultivo, soja.

La soja acumula considerables aumentos en su precio y esto permite mejorar la rentabilidad. Al mismo tiempo que desplaza, no solo al cultivo de otros granos, sino también a la actividad ganadera, fuerte en nuestra economía durante largos años.

Ante la necesidad de buscar nuevos espacios para la ganadería surge la alternativa de la explotación de las tierras del Delta del Paraná. Esto se vio favorecido no solo por la conexión vial Rosario-Victoria sino por la acción complaciente de miembros de los poderes Ejecutivo y Legislativo tanto de nivel local como nacional, que con su accionar facilitan el asentamiento de ganado en las islas sin tener en cuanta las condiciones en que se realizan.

Las islas del Delta del Paraná Inferior es hoy el escenario donde la vegetación natural, cada vez más reducida, convive con camiones jaula que trasladan el ganado, con maquinarias pesadas utilizadas para trabajar en las tierras de pastoreo.

Otra práctica que se a hecho más frecuente y que asombra por las consecuencias inmediatas, afecciones respiratorias, irritación en ojos y piel y denso humo que dificulta el tránsito, es la quema de pastizales en las zonas de las islas ocupadas por el ganado, práctica realizada para obtener pasturas.

Esta zona de humedales, por tener tanta disponibilidad de agua pareciera que no puede incendiarse, pero la sequía severa que ha afectado la región en el primer semestre de este año, hizo propagar el fuego, que puso en peligro a los lugareños, a las especies vegetales y animales autóctonas, como así también a los usuarios de autopistas y rutas que se vieron afectadas por la disminución de la visibilidad que provocaban las densas columnas de humo.

La tardía respuesta del Plan de Manejo del Fuego tornó ingobernable la situación ante la magnitud que alcanzó

Podemos afirmar que éstos procesos han afectado la biodiversidad de los humedales, situación difícil de dimensionar por lo reciente.

También estamos en condiciones de decir que hay una gran falta de compromiso por parte de las autoridades provinciales y nacionales en cuanto a la protección de los Humedales entrerrianos del delta del Paraná.

Hemos observado una actitud contradictoria del señor gobernador entrerriano Jorge Pedro Busti al firmar el decreto 357/04 hace ya más de cuatro años desde su aprobación (30 de enero de 2004), para que este conjunto de islas que albergan gran cantidad de biodiversidad y que se ven afectadas con la quema indiscriminada de pastizales, mantengan su equilibrio y sustentabilidad para un aprovechamiento de los mismos. Pero luego no hubo más respuesta del mandatario por lo que diferentes entidades ecologistas pidieron “Un compromiso efectivo” para finalizar el trámite para la designación del Sitio Ramsar Humedales Entrerrianos del Paraná; tal como lo establece el decreto firmado por el mandatario, quien instruyó a la secretaría de la Producción a finalizar los trámites pendientes a la declaración del Sitio Ramsar “Humedales Entrerrianos del Paraná” ante la autoridad nacional Ramsar, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con vista a su posterior elevación a la Cancillería y a la Convención de Ramsar.

En cuanto al gobierno nacional La Cámara de Diputados de la Nación aprobó un proyecto de resolución en el que se insta al Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a realizar las gestiones necesarias para incluir en la Lista de Humedales de Importancia Internacional, “Sitios Ramsar”, al Delta del Paraná que se ubica fundamentalmente en suroeste de Entre Ríos y noreste de Buenos Aires pero sin embargo hasta el dia de hoy la aprobación de la propuesta de incluir a los Humedales como sitio Ramsar están en nada.

Glosario:

Azarosa: son aquellas cosas que requieren un grado importante de riesgo

Cloracné: Es una enfermedad de la piel poco frecuente, similar al acné, causada por la exposición a gases tales como las dioxinas y furanos.

Dioxinas: Es un gas proveniente de algunas sustancias químicas que es reconocido, junto con los furanos, como los productos químicos más tóxicos que el hombre ha sido capaz de sintetizar.

Endógeno: se refiere a algo que nace adentro o en el interior. (Se origina por causas internas).

Enmienda: Es una variante que se propone para sustituir algún punto en un documento, como una declaración, un proyecto de ley, etc., o para sustituirlo en su totalidad. || Sustancias que se mezclan con las tierras para modificar favorablemente sus propiedades y hacerlas mas productivas.

Escarificado: Se denomina escarificado, a la tierra labrada con el escarificador, una especie de rastrillo. Es una forma de revolver tierra. Es una labor intermedia entre el arado y la grada.

Globalizada:

Idóneos: Adj. Buena disposición, aptitud o suficiencia para realizar algo.

Indisociable: Adj. son aquellas cosas que no se pueden separar, hace referencia a las mismas.

Limnológicos: Es una ciencia de síntesis, centrada en el estudio de los factores de tipo geográfico, geológico, físico, químico y biótico que actúan juntos en un lago y son interdependientes.

Manglares: Formación vegetal propia de las zonas donde desembocan rios, dentro de la zona de mareas, en los países intertropicales del mundo.

Manejo sustentable: Se refiere al aprovechamiento de un ecosistema causando la menor proporción de daños, de manera que pueda mantener constante su estado a través del tiempo.

Marismas: Área de terreno bajo, arenoso y cubierto por agua poco profunda, con una vegetación variable según la región donde se localice, pero que siempre es halófila, dado el carácter generalmente salino de estos terrenos.

MERCOSUR: Es un bloque económico de importancia internacional, integrado por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay (estados miembros), Chile, Colombia, Ecuador y Perú (estados asociados). Bolivia y Venezuela son estados en proceso de ser miembros, pero todavía no son asociados.

Método de la Rosa: Es el tipo de método que se utiliza al quemar los pastizales, que consiste en arrojar pasta de fósforo en las zonas a quemar. Este químico se oxida al sol y al como se conserva en nafta, al estar al aire libre, luego de aproximadamente tres horas, reacciona, encendiéndose y prendiendo fuego las pasturas.

Mitigar: se refiere a la acción de controlar algo riguroso.

Palustres: Adj. Hace referencia a algo perteneciente a una laguna o a un pantano

Palatabilidad: es una cualidad que hace a los alimentos agradables al paladar.

Pantanal mattogrosense: es el pantanal más grande del mundo, ubicado en el matto groso, Brasil.

Polución: se refiere a una contaminación intensa que es producida por lo residuos biológicos o industriales.

Recursos naturales: elementos que se hayan en la naturaleza y los hombres utilizan de diversas maneras.

Revolución verde: Este proceso, orientado a la obtención de una mayor cantidad de alimentos, se inició en 1994. La esencia de la Revolución verde son las variedades de alto rendimiento. En caso de México, el proceso de “tecnificación” de trigo comenzó a mediados de la década del 1950, y tuvo su auge entre los años 1958 y 1959.

Sitio Ramsar: El convenio de Ramsar es un acuerdo internacional que tiene como finalidad la protección de las zonas húmedas.

La reunión fundacional de este convenio se realizó en Ramsar (Irán) en 1971.

Sustentabilidad: Proviene del adjetivo sustentable, que significa que algo tiene razones para ser defendido.

Tecnología: Comprende el conjunto de medios instrumentales - herramientas-, de conocimiento y de habilidades que el hombre utiliza para intervenir sobre la naturaleza. La tecnología no implica, necesariamente, la utilización de máquinas complejas; es tecnología tanto el uso de un hacha para talar como la utilización de máquinas para labrar o construír.

Turberas: Es un tipo de vegetación propio de los terrenos encharcados.

Anexos:

Implementación de la Convención de Ramsar en la Argentina

Los Sitios Ramsar en Argentina cubren actualmente una superficie de 1.649.039 ha, y a nivel global, los 1111 Sitios Ramsar cubren cerca de 88 millones de hectáreas

La República Argentina aprqueba la Convención sobre los Humedales en el año 1991 a través de la reglamentación de la Ley 23.919, queque entró en vigor en septiembre del año 1992 lquego de depositado el instrumento de ratificación.

En esta Convención se acordó queque:

  • Cada Parte Contratante (países miembros) designará humedales idóneos de su territorio para ser incluidos en la lista de humedales de importancia internacional

  • Los límites de cada humedal deberán describirse de manera precisa y también trazarse en un mapa, y podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras adyacentes, así como las islas o extensiones de agua marina de una profundidad superior a los seis metros en marea baja, cuando se encuentren dentro del humedal, y especialmente cuando tengan importancia como hábitat de aves acuáticas.

  • La selección de los humedales queque se incluyan en la Lista deberá basarse en su importancia internacional en términos ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos. En primer lugar deberán incluirse los humedales queque tengan importancia internacional para las aves acuáticas en cualquier estación del año.

  • La inclusión de un humedal en la Lista se realiza sin perjuicio de los derechos exclusivos de soberanía de la parte Contratante en cuyo territorio se encuentra dicho humedal.

  • Cualquier parte contratante tiene derecho a agregar, modificar, o en caso extremo de necesidad por parte de la Nación a la queque corresponde el humedal, retirarlo de la Lista o disminuirle los límites

  • Los países pertenecientes al sitio Ramsar, deberán elaborar y aplicar su planificación de forma queque favorezca la conservación de los humedales incluidos en la Lista y, en la medida de lo posible, el uso racional de los humedales de su territorio.

  • Cada Parte Contratante fomentará la conservación de los humedales y de las aves acuáticas creando reservas naturales en la que éllos, estén o no incluidos en la Lista, y tomará las medidas adecuadas para su custodia.

  • Cuando una Parte Contratante retire de la Lista o reduzca los límites de un humedal incluido en ella, deberá compensar la pérdida de recursos de humedales y crear nuevas reservas naturales para las especies queque viven allí y para la protección de una porción adecuada de su hábitat original, en la misma región o en otro lugar.

  • Cuando sea necesario, las Partes Contratantes organizarán Conferencias sobre la Conservación de los Humedales y de las Aves Acuáticas.

  • La Unión Internacional para Conservación de la Naturaleza y de los Recursos Naturales desempeñará las funciones de la Oficina permanente en virtud de la presente Convención, hasta el momento queque otra organización, o un gobierno, sea designado por una mayoría de los dos tercios de todas las Partes Contratantes.

  • La ratificación o la adhesión de algún país a la convención del sitio Ramsar, se efectuará mediante el depósito de un instrumento de ratificación o de adhesión ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (el “Depositario”)

Toda Parte Contratante podrá presentar propuestas de enmienda.

HECHO en Ramsar el día 2 de febrero de 1971 en un solo ejemplar original en inglés, francés, alemán y ruso. La custodia de dicho ejemplar será confiada al Depositario.

Ley 13.246: Arrendamientos y Aparcerías Rurales

 

Buenos Aires; 8 de Septiembre de 1948

Boletín Oficial, 18 de Septiembre de 1948

Vigentes

Decreto Reglamentario Nº 8330/63

           

Artículo 1. La presente ley será aplicable a todo contrato, cualquiera sea la denominación queque las partes le hayan asignado y sus distintas modalidades, siempre queque conserve el carácter substancial de las prestaciones correlativas, conforme a sus preceptos, y su finalidad agro económica. Los preceptos de esta ley son de orden público, irrenunciables sus beneficios e insanablemente nulos y carentes de todo valor cualesquiera cláusulas o pactos en contrario o actos realizados en fraude a la misma.

 

TITULO I: De los arrendamientos. (Artículos 2 al 20): 

Artículo 2. Habrá arrendamiento rural cuando una de las partes se obligue a conceder el uso y goce de un predio, ubicado fuera de la planta urbana de las ciudades o pueblos, con destino a la explotación agropecuaria en cualquiera de sus especializaciones y la otra a pagar por ese uso y goce un precio en dinero.

 

*Artículo 3. Derogado por Decreto Ley 1639/63

 

*Artículo 4. (Texto según Ley 22298) Los contratos a queque se refiere el Artículo 2, tendrán un plazo mínimo de Tres (3) años. También se considerará celebrado por dicho término todo contrato sucesivo entre las mismas partes con respecto a la misma superficie, en el caso de queque no se establezca plazo o estipule uno inferior al indicado. No se considerará contrato sucesivo la prórroga queque se hubiere pactado, originariamente, como optativa por las partes.

 

*Artículos 5 y 6. (Derogados por Ley 22298)

 

*Artículo 7. (Texto según Ley 22298) El arrendatario no podrá ceder el contrato ni subarrendar, salvo conformidad expresa del arrendador. Si ocurriere la muerte del arrendatario, será permitida la continuación del contrato por sus descendientes, ascendientes, cónyuge o colaterales hasta el segundo grado queque haya participado directamente en la explotación, o su rescisión, a elección de éstos. La decisión deberá notificarse en forma fehaciente al arrendador, dentro de los Treinta (30) días contados a partir del fallecimiento.

 

*Artículo 8. (Texto según Ley 22298) queda prohibida toda explotación irracional del suelo queque origine su erosión o agotamiento, no obstante cualquier cláusula en contrario queque contengan los contratos respectivos. En caso de violarse esta prohibición por parte del arrendatario, el arrendador podrá rescindir el contrato o solicitar judicialmente el cese de la actividad prohibida, pudiendo reclamar en ambos casos los daños y perjuicios ocasionados. Si la erosión o agotamiento sobrevinieren por caso fortuito o fuerza mayor, cualquiera de las partes podrá declarar rescindido el contrato.

 

*Artículos 9 a 16 inclusive. (Derogado por Ley 22298)

Recordamos por su importancia, el derogado: “Artículo 15. Se declaran inembargables, inejecutables y no afectados al privilegio del arrendador; los muebles, ropas y útiles domésticos del arrendatario; las maquinarias, enseres, elementos y animales de trabajo, rodados, semillas y otros bienes necesarios para la explotación del predio; los bienes para la subsistencia del arrendatario y su familia durante el plazo de Un (1) año, incluidos semovientes y el producido de la explotación, dentro de los límites queque reglamentariamente se fijen. Los beneficios queque acuerda este artículo no afectarán el crédito del vendedor de los bienes declarados inembargables e inejecutables y no comprenderán a los arrendatarios queque  sean  sociedades  de capital.”

 

*Artículo 17. (Texto según Ley 14432 - el agregado entre comillas) Son insanablemente nulas y carecerán de todo valor y efecto las cláusulas queque obliguen a:

a) Vender, asegurar, transportar, depositar o comerciar los cultivos, cosechas, animales y demás productos de la explotación a/o con persona o empresa determinada;

b) Contratar la ejecución de labores rurales incluidos la cosecha y el transporte, o la adquisición o utilización de maquinarias, semillas y demás elementos necesarios para la explotación del predio, o de bienes de subsistencia  a/o con persona o empresa determinada;

c) Utilizar un sistema o elementos determinados para la cosecha o comercialización de los productos o realizar la explotación en forma queque no se ajuste a una adecuada técnica cultural."quedan excluidos de las precedentes prohibiciones los contratos en queque sean parte criaderos, semilleros o establecimientos multiplicadores de semillas selectas, sometidos a fiscalización del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y queque sean homologados por las Cámaras de Arrendamientos y Aparcerías Rurales". Serán asimismo insanablemente nulas y carecerán de todo valor y efecto cualesquiera cláusulas queque importen la prórroga de jurisdicción o la constitución de un domicilio especial distinto del real del arrendatario.

 

*Artículo 18. (Texto según Ley 22298) Son obligaciones del arrendatario y arrendador además de las establecidas en el Código Civil:

Del arrendatario:

a) Dedicar el suelo a la explotación establecida en el contrato con sujeción a las leyes y reglamentos agrícolas y ganaderos.

b) Mantener el predio libre de  plagas y malezas si lo ocupó en esas condiciones y contribuir con el Cincuenta por Ciento (50%) de los gastos queque demande la lucha contra las mismas, si estas existieran al ser arrendado el campo.

c) Conservar los edificios y demás mejoras del predio, los queque deberán entregar al retirarse en las mismas condiciones en queque los recibiera, salvo los deterioros ocasionados por el uso y la acción del tiempo.

Del arrendador:

d) Contribuir con el Cincuenta por Ciento (50%) de los gastos queque demande la lucha contra las malezas y plagas si el predio las tuviera al contratar.

e) Cuando el número de  arrendatarios exceda de Veinticinco (25) y no  existan escuelas públicas a menor distancia de Diez (10) kilómetros del centro  del inmueble, proporcionar a la autoridad escolar el local para el funcionamiento de una escuela queque cuente como mínimo un aula para cada Treinta (30) alumnos, vivienda adecuada para el maestro e instalación para el suministro de agua potable.

 

*Artículo 19. (Texto según Ley 22298) El abandono injustificado de la explotación por parte del arrendatario o la falta de pago del precio del arrendamiento en cualquiera de los plazos establecidos en el contrato, son causales queque dan derecho al arrendador a rescindir el contrato y exigir el desalojo del inmueble. El incumplimiento de las obligaciones especificadas en los incisos a, b y c del Artículo 18, facultará al arrendador para pedir su ejecución o la rescisión del contrato, pudiendo reclamar los daños y perjuicios ocasionados. El incumplimiento de la obligación especificada en el inciso d del Artículo 18, facultará al arrendatario a compensar el crédito por las sumas invertidas con los arrendamientos adeudados, sin perjuicio de la facultad de exigir su pago inmediato.

 

*Artículo 20. (Texto según Ley 21452) Vencido el término legal o el término pactado, si éste último fuera mayor, el arrendatario deberá restituir el predio sin derecho a ningún plazo suplementario para el desalojo y entrega libre de ocupantes.

          

TITULO II: De las aparcerías. (Artículos 21 al 38). 

Artículo 21.  Habrá aparcería cuando una de las partes se obligue a entregar a otra animales, o un predio rural con o sin plantaciones, sembrados, animales, enseres o elementos de trabajo, para la explotación agropecuaria en cualesquiera de sus especializaciones, con el objeto de repartirse los frutos.

Los contratos de mediería se regirán por las normas relativas a las aparcerías, con excepción de los queque se hallaren sometidos a leyes o estatutos especiales, en cuyo caso les serán, asimismo, aplicables las disposiciones de esta ley, siempre queque no sean incompatibles con a que ellos.

 

*Artículo 22. (Texto según Ley 22298) Son aplicables a los contratos de aparcería en los queque se conceda el uso y goce de un predio rural, los preceptos de los Artículos 4, 8, 15, 17 y 18.

 

Artículo 23. Son obligaciones del aparcero y del dador:

Del aparcero:

a) Realizar personalmente la explotación, siéndole prohibido ceder su interés en la misma, arrendar o dar en aparcería la cosa o cosas objeto del contrato;

b) Dar a la cosa o cosas comprendidas en el contrato el destino convenido o en su defecto el queque determinen los usos y costumbres locales, y realizar la explotación con sujeción a las leyes y reglamentos agrícolas y ganaderos;

c) Conservar los edificios, mejoras, enseres y elementos de trabajo queque deberá restituir al hacer entrega del predio en las mismas condiciones en queque los recibiera, salvo los deterioros ocasionados por el uso y la acción del tiempo;

d) Hacer saber al aparcero dador la fecha en queque se comenzará la percepción de los frutos y separación de los productos a dividir, salvo estipulación o usos en contrario;

e) Poner en conocimiento del dador, de inmediato, toda usurpación o novedad dañosa a su derecho, así como cualquier acción relativa a la propiedad, uso y goce de las cosas.

Del aparcero dador:

f) Garantizar el uso y goce de las cosas dadas en aparcería y responder por los vicios o defectos graves de las mismas;

g) Llevar anotaciones con las formalidades y en los casos queque la reglamentación determine. La omisión o alteración de las mismas constituirá una presunción en su contra.

 

Artículo 24. La pérdida de los frutos por caso fortuito o de fuerza mayor será soportada por las partes en la misma proporción convenida para el reparto de a que ellos.

 

Artículo 25. Cualquiera de las partes podrá pedir la rescisión del contrato y el desalojo y/o entrega de las cosas dadas en aparcería si la otra no cumpliese las obligaciones a su cargo. En los casos de abandono injustificado de la explotación por el aparcero o si el incumplimiento se refiriese a la entrega de la parte de los frutos queque correspondan al dador, éste tendrá derecho a exigir en juicio sumario el desalojo del predio y/o la restitución de las cosas objeto del contrato.

 

*Artículo 26. (Texto según Ley 22298) Vencido el término legal o el término pactado, si este último fuera mayor, regirá para las aparcerías en las queque se conceda el uso y goce de un predio rural, lo dispuesto en el artículo 20.

 

*Artículo 27. (Texto según Ley 22298) El contrato de aparcería concluye con la muerte, incapacidad o imposibilidad física del aparcero. El contrato no terminará, salvo opción contraria del aparcero, por muerte del dador o por enajenación del predio.

 

Artículo 28. Toda acción emergente del contrato de aparcería prescribirá a los cinco años.

 

*Artículo 29. (Derogado por Ley 22298)

 

CAPITULO I: De las aparcerías agrícolas. (artículos 30 al 33). 

*Artículo 30. (Texto según Ley 22298) Las partes podrán convenir libremente el porcentaje en la distribución de los frutos. Ninguna de las partes podrá disponer de los frutos sin haberse realizado antes la distribución de los mismos, salvo autorización expresa de la otra.

 

*Artículo 31. (Derogado por Ley 22298)

Artículo 32. Prohíbase convenir como retribución el pago de una cantidad fija de frutos o su equivalente en dinero.

 

Artículo  33.  -  El aparcero tendrá derecho para destinar sin cargo una parte del predio  para  el  asiento  de  la vivienda, pastoreo y huerta,  en  las proporciones queque determine la reglamentación  según las necesidades  de  las  distintas  zonas  agro ecológicas del país.

 CAPITULO II: De las aparcerías pecuarias. (Artículos 34 al 38). 

Artículo 34. Cuando la cosa dada en aparcería fuese solamente animales, los frutos y productos o utilidades se repartirán por mitades entre las partes, salvo  estipulación o uso contrario.

 

Artículo 35. El dador de animales queque sean objeto del contrato estará obligado a mantener al aparcero en la posesión de los mismos y en caso de evicción a sustituirlos por otros. El aparcero no responderá de la pérdida de animales producida por causas queque no le sean imputables, pero debe rendir cuenta de los despojos aprovechables.

 

Artículo 36. Salvo estipulación en contrario ninguna de las partes podrá disponer, sin consentimiento de la otra, de los animales dados en aparcería o de los frutos y productos de los mismos.

 

Artículo 37. Los contratos de aparcería pecuaria en los queque no se conceda además de los animales el uso y goce del predio necesario para la explotación, regirán por el plazo queque las partes convengan o en su defecto por el queque determinen los usos y costumbres locales.

 

Artículo 38. -  Salvo estipulación o uso contrario los gastos de cuidado y cría de los animales correrán por cuenta del aparcero.

 

TITULO III: Disposiciones comunes a los títulos I y II. (Artículos 39 al 49

*Artículo 39. Quedan excluidos de las disposiciones de esta ley:

a) Los contratos en los queque se convenga, por su carácter accidental, la realización de hasta Dos (2) cosechas, como máximo, ya sea a razón de Una (1) por año o dentro de un mismo año agrícola, cuando fuera posible realizarlas sobre la misma superficie, en cuyo caso el contrato no podrá exceder el plazo necesario para levantar la cosecha del último cultivo.

b) Los contratos en virtud de los cuales se concede el uso y goce de un predio con destino exclusivo para pastoreo, celebrados por un plazo no mayor de Un (1) año. En caso de prórroga o renovación entre las mismas partes y sobre la misma superficie, mediante la cual se totalicen plazos mayores queque los establecidos en el presente artículo, o cuando no haya transcurrido por lo menos el término de Un (1) año entre el nuevo contrato y el vencimiento del anterior, se considerará incluido el contrato en las disposiciones de esta ley. La calificación y homologación del contrato será efectuada a pedido de parte por la autoridad judicial competente, debiendo expedirse simultáneamente el correspondiente testimonio. Al vencimiento del contrato, la presentación de dicho testimonio ante la autoridad judicial competente será título suficiente para queque se ordene la inmediata desocupación del inmueble por el procedimiento de ejecución de sentencia vigente en la jurisdicción respectiva. Además de ordenar la desocupación, dicha autoridad a pedido de parte impondrá al contratista queque no haya desocupado el predio una multa equivalente al Cinco por Ciento (5%) diario del precio del arrendamiento a favor del propietario, por cada día de demora en la restitución del inmueble hasta su recepción libre de ocupantes por parte del propietario. En caso de queque el contrato se presente para su calificación hasta Quince (15) días antes de la entrega del predio al contratista y la autoridad judicial queque intervenga no efectuare en ese lapso la calificación y homologación, se presumirá queque el contrato ha quedado calificado como accidental.

 

*Artículo 40. Los contratos a queque se refiere la presente ley deberán redactarse  por escrito. Si se hubiese omitido tal formalidad, y se pudiere probar su existencia de acuerdo con las disposiciones generales, se lo considerará encuadrado en los preceptos de esta ley y amparado por todos los beneficios queque ella acuerda. Cualquiera de las partes podrá emplazar a la otra a queque le otorgue contrato escrito. El contrato podrá ser inscripto por cualquiera de las partes en los registros inmobiliarios a cuyo efecto bastará queque el instrumento tenga sus firmas certificadas por escribano, juez de paz u otro oficial público competente.

 

*Artículo 41. (Texto según Ley 22298) En los contratos a queque se refiere la presente ley se aplicarán en el orden siguiente:

a) Las disposiciones de la presente ley.

b) Los convenios de las partes.

c) Las normas del Código Civil, en especial las relativas a la locación.

d) Los usos y costumbres locales.

Artículo 42. Prohíbase convenir como retribución, además de un porcentaje fijo en la distribución de los frutos o suma determinada de dinero, un adicional a abonarse en dinero o especie y de acuerdo con la cotización o la cantidad de frutos obtenidos, o en trabajos ajenos a la explotación del predio arrendado a efectuarse bajo la dependencia del arrendador por el arrendatario, aparcero o sus familiares.

 

Artículo 43. (Drogado por Ley 22298)

 

Artículo 44. Se regirá por las normas fijadas para la aparcería todo contrato en el cual la retribución consista, además del porcentaje en la distribución de los frutos, en determinada suma de dinero. Los convenios queque importen conjuntamente un contrato de arrendamiento y otro de aparcería se regirán por  las normas respectivas de esta ley.

 

Artículo 45. (Texto según Ley 22298) Los contratos en los cuales el arrendatario o aparcero se obligue a realizar obras de mejoramiento del predio tales como plantaciones, obras de desmonte, irrigación, avenamiento queque retarden la productividad de su explotación por un lapso superior a Dos (2) años, podrán celebrarse hasta por el plazo máximo de Veinte (20) años.

Artículos 47 al 49. (Derogados por Ley 22298)    

       

        TITULO IV: Disposiciones transitorias. (Artículos 50 al 56):

 Artículos 50 al 56. (Derogados por Ley 22298)       

    

TITULO V: Disposiciones varias. (Artículos 57 al 64). 

Artículos 57 al 63. (Derogados por Ley 22298).

Artículo 64. (De forma).

Encuesta a ciudadanos de Rosario.

Nombre:

Edad:

  • ¿Está al tanto de lo que sucede acerca de la quema de pasturas en las islas y por qué se realiza?

  • Por que?

  • ¿Se encuentra a favor de la quema de pastizales en las islas? ¿Por qué?

  • El humo, ¿le afecta de alguna manera en su vida cotidiana? ¿Por qué?

  • ¿Padece de alguna enfermedad respiratoria que se vea agravada por el humo?

  • En el caso de ser NO la respuesta anterior, ¿afecta en algún otro aspecto a su salud? (alergia en los ojos, estornudos, picazón en la garganta, otros)

  • ¿Cree que las autoridades hacen lo suficiente para solucionar este conflicto de la quema de pastizales? ¿Por que?

  • ¿Cómo considera que se podría solucionar este problema?

  • Análisis de las encuestas:

  • ¿Está al tanto de lo queque sucede acerca de la quema de pasturas en las islas y por qué se realiza?

  • ¿Se encuentra a favor de la quema de pastizales en las islas? ¿Por qué?

  • El humo, ¿le afecta de alguna manera en su vida cotidiana? ¿Por qué?

  • ¿Padece de alguna enfermedad respiratoria queque se vea agravada por el humo?

  • En el caso de ser NO la respuesta anterior, ¿afecta en algún otro aspecto a su salud? (alergia en los ojos, estornudos, picazón en la garganta, otros)

  • ¿Cree queque las autoridades hacen lo suficiente para solucionar este conflicto de la quema de pastizales? ¿Cómo considera queque se podría solucionar este problema?

  • ¿Cómo considera que se podría solucionar este problema?

  • Alejandra B. (49 años): Depende queque autoridades, esto no lo puede manejar rosario, si no queque es un problema de la provincia de entre ríos.

    Que se tomen medidas a conciencia, y marcar los limites de contaminación

    Alejo D. (18 años): Supongo queque no, por lo queque veo es un cuento viejo hablar sobre la quema de los pastizales, y cada vez queque queman es peor. Usando la cabeza, algo queque no es muy común, pensando en el bien de la ciudad, de la sociedad.

    Carolina G. (27 años): no se, pero en entre ríos se quejan mucho de las papeleras, pero no les importa la quema queque también contamina, haciéndoles ver eso.

    Francisco I. (67 años): Controlando y sancionando, el tipo queque quema el campo indiscriminadamente para sacar beneficio económico, sin tener ningún tipo de respeto por los demás y por el medio ambiente, es un delincuente queque debe ser severamente sancionado.

    Eugenia K. (16 años): no, poniendo una ley que lo prohíba

    Matías M. (30 años): prohibiendo la producción de soja por queque causa muchos problemas.

    Pablo N. (38 años): Controlando mas las quemas de pasturas y poniendo una pena a los que quemas, como por ejemplo comprarle dinero

    Javier O. (20 años): Quemando de a menor cantidad de hectáreas y mas controlado, según las condiciones climáticas

    Nelva Q. (70 años): Aplicando fuertes multas a los culpables de crear los focos de incendios

    Nicolas S. (25 años): Esto como otras tantas cosas se solucionan de forma directa y concreta, el problema es queque los queque están arriba y llegaron hasta ahí no quieren meterse, solo dejan pasar el tiempo mientras llenan los bolsillos.

    Pablo V. (58 años): no

    Habría queque controlar mejor la quema para que no cause tanto humo

    Roberto W. (47 años): No estoy concientizado en queque hacen y que no, parece que no mucho.

    Creando una ley limitando a quemar una cierta cantidad a los dueños de las tierras.

    Jorge Y. (80 años): Esto no pasaba cuando yo era joven, porque no teníamos conocimiento de tantas cosas tecnológicas y porque nos las arreglábamos como podíamos y teníamos otros códigos. Creo que la ente debería empezar a hacer esas cosas nuevamente.

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    NO

    SI

    NO

    SI




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    Enviado por:Brenda
    Idioma: castellano
    País: Argentina

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