Legislación


Principios Generales del Derecho


TALLER PREPARATORIODEL FINAL DE NOMOARQUICA

1. ¿Como se definen los Principios Generales del Derecho?

¿En qué consiste la intercambiabilidad de las funciones en los principios generales del derecho?

2. ¿Qué principio (s) inspiró o debió inspirar las siguientes normas, qué método utilizó para

descubrirlo y en el caso de utilizarlo para llenar lagunas de la legislación qué método utiliza?

C. Pol. C. Art 29: “El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y

administrativas.

Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa ante

juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada

juicio.

En materia penal, la ley permisiva o favorable, aún cuando sea posterior, se aplicará de

preferencia a la restrictiva o desfavorable.

Toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado judicialmente culpable.

Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por

él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a presentar pruebas y a controvertir

las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado

dos veces por el mismo hecho.

Es nula de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.”

3. ¿En qué consiste el desdoblamiento fontanal de los principios?

4. Qué principio induce de las siguientes normas constitucionales, con respecto a la

responsabilidad en el cumplimiento de las órdenes:

C. Pol. C. Art. 91:” En caso de infracción manifiesta de un precepto Constitucional en

detrimento de alguna persona, el mandato superior no exime de responsabilidad al agente que

lo ejecuta.

Los militares en servicio quedan exceptuados de esta disposición. Respecto de ellos, la

responsabilidad caerá únicamente en el superior que da la orden.”

C. Pol. C. Art. 216: “La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas

Militares y la Policía Nacional.

Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo

exijan para defender la independencia nacional y las instituciones públicas.

La ley determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar y las

prerrogativas por la prestación del mismo”.

C. Pol. Art. 217: “La nación tendrá para su defensa unas fuerzas militares permanentes

constituídas por el Ejercito, la Armada y la Fuerza Aérea.Las fuerzas militares tendrán

como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del

territorio nacional y del orden constitucional.

La ley determinará el sistema de reemplazos en las fuerzas militares, así como los ascensos,

derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera, prestacional o

disciplinario, que les es propio”.

5. En la historia de la Antigüedad, qué significaron las reglas o los principios regulares, los principios no contenidos en reglas o los principios no regulares, cómo se obtenían y cómo se aplicaban a las lagunas jurídicas.

A cuál de las anteriores clasificaciones pertenecen los siguientes:

-La razón natural es como una ley tácita (ratio naturalis est quaedam lex tacita).

-La necesidad carece de ley (necessitas non habet legem).

-Nadie dona sin quererlo o sin saberlo (nec ignorans invitus quisque donat).

-Donde no existe justicia, no puede haber derecho (ubi non est iustitia ibi non potest esse ius).

-La medida del derecho es la utilidad (iuris mensura est utilitas).

-Quien ejerce su derecho a nadie debe lesionar (neminem laedit qui suo iuri utitur).

-No se debe perjudicar a otro (alterum non laedere).

-Se debe dar a cada uno lo suyo (suum cuique tribuere).

-Nadie se presume que renuncia a su derecho (a iure suo, nemo recedere praesumitur).

-Es lícito repeler la fuerza con la fuerza (vim vi repellere licet).

-La buena fe se presume (bona fides praesumitur)

-En la duda a favor del reo o deudor (in dubio, pro reo)

-Es mejor dejar impune un delito que castigar a un inocente (melius est impune delictum

reliquere quam innocentem dammare)

-El fraude todo lo corrompe (fraus omnia corrumpit)

-No comete fraude el que hace lo que debe (non facit fraudem, qui facit quod debet)

6. En la edad media, qué eran las reglas o principios regulares, los principios regulares no positivos o el derecho subsidiario por excelencia del Bajo Medioevo, y los brocardos; cómo se obtenían y cómo se aplicaban a las lagunas jurídicas en cada caso.

7. ¿Cómo se denominaron los principios generales del derecho en las edades moderna y contemporánea y qué relación encuentra en las expresiones principios generales del derecho y principios naturales del derecho? ¿A qué tipo de normas se refirió la ley 153/87, Art. 8, el Código Civil de Panamá de 1917, Art. 13 y el Código Civil de Grecia de 1940, Art. 1, cuando utilizaron la acepción reglas generales del derecho?

8. ¿En qué consiste el principio general de la plenitud hermética del ordenamiento? ¿En qué consisten las dos positividades principales genéricas? ¿En qué consisten las dos positividades principales específicas? ¿Cómo se combinan todas las anteriores?

9. ¿En qué consiste la recóndita polisemia de los principios generales del derecho? ¿Qué ideas se vinculan con las entidades semánticas: principalidad, la generalidad y la juridicidad, del listado que sigue:

¿Qué naturaleza dual están mostrando las tres entidades semánticas de los principios?

A) Con las ideas de elementos, partes o ingredientes principales o muy importantes del ordenamiento, que constituyen los fundamentos esenciales, los núcleos básicos, las características centrales de éste.

B) Con las ideas de normas-modelos o arquetipos, reglas, cánones, guías directrices, guides, Standard, orientaciones o indicaciones, ideas todas estas de tipo general, a las que se ciñen las demás normas (las no principales: las menos generales, las específicas, las particulares, las singulares o individualizadas).

C) Con las ideas de fuentes formales, causas u orígenes de las normas jurídicas.

D) Con las ideas deontológicas y teológicas que, como tales, encierran un deber ser, finalidades, fines, objetivos, propósitos, metas, cometidos, valores del ordenamiento.

E) Con las ideas de premisas irrefragables, puntos de partida del razonamiento jurídico, tópicos, lugares comunes, verdades teóricas postuladas como evidentes, esencias, propiedades definitorias de las normas del derecho.

F) Con las ideas de criterios de contenido axiológico o postulados éticos incuestionables, subyacentes en todos los órdenes jurídicos.

G) Con las ideas de brocardos, máximas, paremias, piezas de sabiduría vivencial, que nos vienen del pasado y que traen consigo aluvionalmente, bien el valor de la experiencia jurídica acumulada, bien el prestigio de la tradición jurídico-científica.

10. ¿En qué consiste el supuesto y la consecuencia en los principios generales del derecho?

Explique el supuesto y la consecuencia jurídica en las siguientes normas:

-“El abuso del derecho” (summun ius, summa iniuria)

-“C. C., Art. 1002: “Cualquiera puede cavar en suelo propio un pozo, aunque de ello resulte menoscabarse el agua de que se alimenta otro pozo; pero si de ello no reportare utilidad alguna o no tanto que pueda compararse con el prejuicio ajeno, será obligado a cegarlo”

-La imprevisión en los contratos” (rebus sic stantibus).

-C. C., Art. 2060, ordinal 2: “Los contratos para construcción de edificios, celebrados con un empresario, que se encarga de toda la obra por un precio único prefijado, se sujetan además a las reglas siguientes:

-2°. Si circunstancias desconocidas, como un vicio oculto del suelo, ocasionaren costos que no pudieron preservarse, deberá el empresario hacerse autorizar para ellos por el dueño; y si éste rehúsa, podrá ocurrir al juez o prefecto para que decida si ha debido o no preverse el recargo de obra, y fije el aumento de precio que por ésta razón corresponda.”

11. Estatuye el Código de Procedimiento Civil, artículo 368:

“Causales, son causales de casación:

1ª. Ser la sentencia violatoria de una norma de derecho sustancial”.

¿Cuáles son las dos causales principiales de casación?

¿En qué consiste el Bloque de Constitucionalidad?

¿Cuáles son los argumentos a favor de la normatividad de los principios?

12. ¿ En qué consiste la fundamentalidad e imperatividad de los principios generales del derecho?. ¿En qué consiste la hiperimperatividad?

-¿En qué consiste el Ius Cogens en el Derecho Internacional Público?. Desde este punto de vista -¿En qué se diferencian los crímenes internacionales de los delitos internacionales?

13. ¿Cómo se clasifican los principios en los objetos naturales y culturales de conocimiento?

¿En qué consiste lo óntico de los principios y sus modificaciones ontológicas?

14. Diga, desde el punto de vista de su generalidad, como se pueden clasificar los principios generales del derecho y clasifique los siguientes, enumerados por Kelsen:

-“La regula iustitiae, o principium cuique; o suum cuique tribuendi; o a cada cual lo suyo.

-La regula aurea, o principio omnes sicut teipsum, o no hagas a los demás lo que no quieras ellos te hagan a ti.

-El Kategorisches Imperativ, o principio del imperativo categórico Kantiano, que dice: Obra de tal modo que la regla de tu conducta pueda convertirse en regla universal.

-La regula boni, o principio bonum faciendum malum vitandum, obra el bien y evita el mal.

-La regula traditionis vel consuetudinis, o principio; obra conforme a costumbre; obra conforme a tradición; obra conforme a precedente (principio stare dicisis).

-El principium moderationnis, o regla status nimis, o canon del mesotés que ordena: de nada demasiado; obra centradamente; procede sin extremismos; actúa con moderación.

-El principium retributions, que exige que cada acción tenga su merecido, según la máxima; dale a cada acción su premio o su castigo.

-La labor rule o regla laborista; a cada cual según su trabajo; es la norma básica de la ideología socialista, de los socialistas utópicos ingleses, que se rastrea hasta Agustín y Pablo; el que no quiera trabajar que no coma.

El Kocommunistisches imperativ o principio marxista ; a cada cual según sus capacidades, a cada cual según sus necesidades.

-La lex charitatis Chistri: es el principio del amor cristiano; que dice: ama al prójimo como a ti mismo.

-La regula libertatis: es el principio obra libremente, propio del iluminismo ilustrado

-El principio de no discriminación, regla rousseauniana: no discrimines a nadie por ningún motivo.

-La regla de Isonomía: a todos los hombres se debe aplicar igual trato.

-El principio de distinción: Distingue los tiempos y concordarás los derechos….”

15. ¿En qué se diferencia la racionalidad axiomática de la racionalidad problemática?

¿En qué consisten los “tópicos” o lugares comunes? ¿Cuál es la racionalidad que se aplica a la racionalidad del derecho?

16. Según García Maynes, son principios supremos de la ontología (filosofía) formal del derecho:

-El de contradicción (“si una conducta está jurídicamente regulada, no puede hallarse, al mismo tiempo, prohibida y permitida”)

-El de inclusión (“lo jurídicamente obligatorio está por consiguiente, jurídicamente permitido”)

-El del tercero excluído (“si una conducta está jurídicamente regulada, solo puede hallarse prohibida o permitida”)

-El de identidad (“lo jurídicamente permitido es idéntico a lo jurídicamente permitido; lo jurídicamente prohíbido es idéntico a lo jurídicamente prohibido”)

Son principios supremos de la lógica jurídica (sopesar):

-El de contradicción (“dos principios de derecho contradictorios entre sí no pueden ser ambos válidos”)

-El de exclusión del medio (“dos preceptos de derecho contradictorios entre sí no pueden ser ambos inválidos”)

-El de identidad (“lo que no está jurídicamente permitido está jurídicamente prohibido; lo que no está jurídicamente prohibido, está jurídicamente permitido”)

-El de razón suficiente (“todo precepto de derecho, para ser válido, ha menester de un fundamento de validez”)

Los anteriores principios son formales, materiales (axiológicos) y porqué?

17. ¿Por qué los principios no son analogía, jurisprudencia ni aforismos?

Diga, ¿cuál de los siguientes son principios generales del derecho y porqué?:

-No hay refrán que no sea verdadero

-Refranes que no sean verdaderos y febreros que no sean locos, pocos.

-Quien habla por refranes es un pozo de verdades

-Refrán de los abuelos es probado y verdadero

-No hay refrán que no sea verdadero, porque todos son sentencias sacadas de la misma experiencia, madre de las ciencias todas.

-Hombre refranero, medido y certero

-Los refranes son evangelios abreviados

-Los refranes son todos los libros del mundo, en quinta esencia, compúsolos el uso y confirmólos la experiencia

-Con un refrán puede gobernarse una ciudad

-Si con refranes y no con leyes se gobernara, el mundo andaría mejor cosa que anda.

18. ¿En qué consiste el Iusnaturalismo, positivismo, sincretismo y eclecticismo como posiciones filosóficas para fundamentar los principios?

¿Cómo se definen los principios generales del derecho, tomando sus elementos jurídicos y sus

elementos filosóficos, o su naturaleza dual?

19. Explique las vías para descubrir los principios, de acuerdo con su naturaleza positiva: las (normas) explícitamente positivas y las (normas) implícitamente positivas .

20. Diga qué vía se utiliza para descubrir los siguientes principios legales del Derecho Constitucional:

-Políticos (como el del régimen republicano unitario, preámbulo y Art. 1°, de la democracia social, participativa y pluralista, del estado de derecho, Art. 113; del sufragio universal y secreto, Art. 258; de los sistemas legislativo y popular para reformar la Constitución, Art. 374.

-Administrativos (como el de la división del Estado en personas públicas independientes, Art. 286 y 287; el de la atribución de ser ejercida conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad, Art 288; de la descentralización, delegación y desconcentración de las funciones, Art. 209.

-Fiscales (como el de la facultad privativa de los cuerpos de representación popular para imponer contribuciones fiscales o parafiscales, Art 338; el del sistema tributario fundado en los principios de equidad, eficiencia, progresividad e irretroactividad, Art 363; el del control fiscal del patrimonio público, control que debe ser posterior, selectivo, de gestión y de resultados, basado en los principios de eficiencia, economía, equidad y valoración de los costos ambientales, Art 267; el de la elaboración y adopción anuales de un presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, con intervención de las ramas ejecutiva y legislativa, Art. 346.

21. Descubra el principio general del derecho que inspiró la creación del siguiente conjunto de normas, su supuesto y sus consecuencias y que se relacionan con la empresa fachada:

-Decreto Ley 1895/89, art 1°: El que de manera directa o por interpuesta persona obtenga para sí o para otro incremento patrimonial no justificado, derivado, en una u otra forma, de actividades delictivas, incurrirá por ese solo hecho en prisión de cinco a diez años y multa equivalente al valor del incremento ilícito logrado.

-Ley 190/95, art 18 y 26: El servidor público que por razón del cargo o de sus funciones, obtenga incremento patrimonial no justificado, siempre que el hecho no constituya otro delito, incurrirá en prisión de 2 a 8 años, multa equivalente al valor del enriquecimiento e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena principal.

-En la misma pena incurrirá la persona interpuesta para disimular el incremento patrimonial no justificado.

-Constitución Nacional Art 34:…. No obstante por sentencia judicial se declarará extinguido el dominio sobre bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del tesoro público o con grave deterioro de la moral social.

-Código Penal Arts 323 Lavado de Activos: el que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión tráfico de armas, delitos contra el sistema financiero, la administración pública o vinculados con el producto de los delitos objeto de un concierto para delinquir, relacionadas con el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas o les dé a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre tales bienes, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito incurrirá por esa sola conducta, en prisión de 6 a 15 años y multa de 500 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales.

La misma pena se aplicará cuando las conductas descritas en el inciso anterior se realicen sobre bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada.

El lavado de activos será punible aún cuando el delito del que provinieren los bienes hubiesen sido cometidos, total o parcialmente, en el extranjero.

Las penas privativas de la libertad previstas en el presente artículo se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando para la realización de las conductas se efectuaren operaciones al territorio nacional.

El aumento de pena previsto en el inciso anterior, también se aplicará cuando se introdujeren mercancías de contrabando al territorio nacional.

-Código Penal Art 325: Omisión del control: El empleado o directivo de una Institución Financiera o de una Cooperativa de Ahorro y Crédito que, con el fin de ocultar o encubrir el origen ilícito del dinero omita el cumplimiento de alguno o todos los mecanismos de control establecidos por los artículos 103 y 104 del decreto 663 de 1993 para las transacciones en efectivo incurrirá, por ese solo hecho, en pena de prisión de 2 a 6 años y multa de 100 a 10.000 salarios mínimos mensuales.

NOTA: Doctrinal y jurisprudencialmente, se ha entendido por el delito fuente, el que ha originado la riqueza del enriquecimiento ilícito o el lavado de activos que se presenta en la empresa fachada.

22. En el siguiente conjunto de normas descubra el principio general del derecho, su supuesto, consecuencia jurídica y la metodología aplicada para descubrirlo:

-Cuanto es la suma que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro? Y si contrató seguro en varias partes, le pagarán varias veces el valor asegurado? Cual es el principio?

Código de Comercio, Art 1036. modificado Ley 389/97, Art 1°. El seguro es un contrato concensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva.

Código de Comercio, Art 1045. Son elementos esenciales del contrato de seguro:

1. El interés asegurable

2. El riesgo asegurable

3. La prima o precio del seguro

4. La obligación condicional del asegurador

En defecto de cualquiera de estos elementos, el contrato de seguro no producirá efecto alguno.

Código de comercio. Art 1055. El dolo, la culpa grave y los actos meramente potestativos del tomador, asegurado o beneficiario son inasegurables. Cualquier estipulación en contrario no producirá efecto alguno; tampoco lo producirá la que tenga por objeto amparar al asegurado contra las acciones de carácter penal o policivo.

Código de Comercio. Art 1076. Sin perjuicio de la obligación que le impone el art 1074, el asegurado estará obligado a declarar al asegurador, al dar la noticia del siniestro, los seguros coexistentes, con indicación del asegurador y de la suma asegurada, la inobservancia maliciosa de esta obligación le acarreará la pérdida del derecho a la prestación asegurada.

Código de Comercio. Art 1093. El asegurador deberá informar por escrito al segurador los seguros de igual naturaleza que contrate sobre el mismo interés, dentro del término de 10 días a partir de su celebración.

La inobservancia de esta obligación producirá la terminación del contrato, a menos que el valor conjunto de los seguros no exceda el valor real del interés asegurado.

Código de Comercio. Art 1077. Corresponderá al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, si fuera el caso.

Código de Comercio. Art 1079. El asegurador no estará obligado a responder sino hasta concurrencia de la suma asegurada.

Código de Comercio. Art 1084. Sobre una misma cosa podrán concurrir distintos intereses, todos los cuales son asegurables, simultánea o sucesivamente, hasta por el valor de cada uno de ellos. Pero la indemnización en caso de producirse el hecho que la origine, no podrá exceder del valor total de la cosa en el momento del siniestro. Su distribución entre los interesados se hará teniendo en cuenta el principio consignado en el artículo 1089.

Código de comercio. Art 1089. Dentro de los límites indicados en el artículo 1079 la indemnización no excederá, en ningún caso del valor real del interés asegurado en el momento del siniestro, ni del monto efectivo del perjuicio patrimonial sufrido por el asegurado o el beneficiario.

Se presume valor real del interés asegurado el que haya sido objeto de un acuerdo expreso entre el asegurado y el asegurador.

Esta no obstante podrá probar que el valor acordado excede notablemente el verdadero valor real del interés objeto del contrato, más no que es inferior a él.

Código de Comercio. Art 1091. El exceso del seguro sobre el valor real del interés asegurado producirá la nulidad del contrato, con retención de la prima a título de pena, cuando de parte del asegurado haya habido intención manifiesta de defraudar al asegurador. En los demás casos podrá promoverse su reducción por cualquiera de las partes contratantes, mediante la devolución o rebaja de la prima correspondiente al importe del exceso y al período no transcurrido del seguro.

La reducción no podrá efectuarse después de ocurrido un siniestro total.

Código de Comercio. Art 1092. Indemnización cuando haya coexistencia de seguros?????

Código de Comercio. Art 1096. Subrogación del asegurador??????

23. ¿Qué se puede opinar con respecto a la Constitucionalidad del Constreñimiento Ilegal?

Código Penal Art 182: El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa incurrirá

en prisión de 1 a 2 años.

CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHO HUMANOS

Artículo 9. Principio de Legalidad y de Retroactividad. Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivas según el derecho aplicable.

Código Penal Art 6°. Legalidad. Nadie podrá ser condenado por un hecho que no esté expresamente previsto como punible por la ley penal vigente al tiempo en que se cometió, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella.

Código Penal Art 9°. Conducta Punible. Para que una conducta sea punible debe ser típica, antijurídica y culpable….

Código Penal Art 10. tipicidad. La ley penal definirá el hecho punible de manera inequívoca, expresa y clara las características básicas estructurales del tipo penal.

24. La legitima defensa, exime de responsabilidad civil?

Código Penal Art 32 . No habrá lugar a responsabilidad penal cuando:

-4. Por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión…

Código Civil Art 2341. El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido a otro, es obligado a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido.

Código Civil Art 2357. La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente.




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Enviado por:Coyote
Idioma: castellano
País: Colombia

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