Economía


Poder ejecutivo


Poder Ejecutivo

Definición sintética

El poder ejecutivo es el Gobierno de la Nación. Sus competencias aparecen en los distintos artículos de la Constitución Española en su Título IV: Del Gobierno y de la Administración.

Artículo 97.

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes.

Artículo 98.

1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la Ley.

2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.

3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

4. La Ley regulará el Estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.

Extraído de la página web: http://noticias.juridicas.com/lec/Admin/constitucion.t4.html

(Constitución Española entera: http://noticias.juridicas.com/lec/Admin/constitucion.html )

Exposición critica

El Gobierno de la Nación, el Presidente del Gobierno y los Ministros que designe, tienen todas las competencias en la administración de los recursos del Estado, pues el Presidente es elegido por la mayoría de la representación del Parlamento, y por tanto él y sus ministros tienen la confianza de la mayoría de los ciudadanos, que son los que eligen a sus parlamentarios. Tienen la obligación de distribuir dichos recursos correctamente para que todos los ciudadanos nos podamos beneficiar. Además, deberá haber algún tipo de mecanismo para que el resto de los grupos políticos que representan a la ciudadanía y que se encuentran en la oposición, controlen al ejecutivo para que no se beneficien personalmente de su posición.

Conceptos o voces íntimamente relacionadas

- Poder Legislativo: Serán las Cortes Generales, es decir, el Parlamento y el Senado. En la Constitución Española aparece en su título III: De las Cortes Generales.

Artículo 66.

1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

3. Las Cortes Generales son inviolables

  • Poder Judicial: Estará formado por aquellos miembros encargados de impartir justicia. En la Constitución Española aparece en su título VI: Del Poder Judicial.

Artículo 117.

1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley.

2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la Ley.

3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

4. Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por Ley en garantía de cualquier derecho.

5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La Ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.

6. Se prohiben los Tribunales de excepción

Identificación de la definición

Podemos oír hablar del Poder Ejecutivo a diario en cualquier medio de información (prensa, radio, televisión...), aunque no se suele mencionar con frecuencia “Poder Ejecutivo”, sino más bien “Gobierno”, sobre todo cuando toman decisiones importantes sus distintos Ministerios o cuando hay un consejo de Ministros.

Ejemplos de uso

  • “El Poder Ejecutivo está formado por el Presidente del Gobierno y sus Ministros”

  • “El Poder Ejecutivo es el que tiene a su cargo gobernar el Estado y hacer observar las leyes”.




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Enviado por:José Ignacio
Idioma: castellano
País: España

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