Maestro, Especialidad de Educación Especial


Organización del Centro Escolar


ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR:

TEMA 3 Y 4:

          • Órganos unipersonales de gobierno de los centros públicos.

  • El Director:

  • Ostenta la representación del centro

  • Dirige y coordina todas las actividades del centro, sin perjuicio de las atribuidas al Claustro y Consejo Escolar.

  • Ejerce la jefatura del todo el personal adscrito al centro.

  • Favorece la convivencia en el centro, media en resolución de conflictos.

  • Impone medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos.

  • Impulsa la colaboración con las familias

    • El Jefe de Estudios:

    • Planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro

    • Organizar los actos académicos

    • Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

    • Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al Plan de Acción Tutorial.

    • Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.

    • Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad

      • El secretario:

    • Elaborar el anteproyecto del presupuesto del centro.

    • Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

    • Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado

    • Custodiar los libros, archivos del centro y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.

    • Actuar como secretario de los órganos colegiados, levantando acta de las sesiones y dando fe de sus acuerdos, con el visto bueno del Director.

    • Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios.

      • Órganos colegiados de gobierno de los centros públicos:

      • Consejo Escolar: estará formado por:

      a) El Director, que será su Presidente.

      b) El Jefe de Estudios

      c) Un concejal o representante del Ayuntamiento

      d) Un número de profesores elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a 1/3 del total del Consejo.

      e) Un número de padres que no podrá ser inferior a 1/3 del Consejo.

      f) Un representante del PAS.

      g) El Secretario del centro, con voz pero sin voto.

      Competencias:

      a) Aprobar y evaluar los proyectos

      c) Participar en la selección del director del centro

      d) Decidir sobre la admisión de alumnos

      e) Promover la convivencia en el centro.

      f) Promover la conservación y renovación de instalaciones

      g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.

      • Claustro de profesores:

      • Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro, planifica, coordina, informa y decide sobre todos los aspectos educativos del centro.

      • Será presidido por el director y lo forman la totalidad de los profesores de ese centro.

      Competencias:

    • formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

    • Aprobar y evaluar la concreción del currículo. -Fijar los criterios referentes a orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

    • Promover iniciativas para la formación del profesorado.

    • Elegir los representantes en Consejo Escolar.

    • TEMA 5:

        • Proyecto de centro: PC

      Definición.

      El proyecto es el instrumento para la planificación a medio plazo que enumera y decide las notas de identidad del mismo, establece el marco de referencia global y los planteamientos educativos que lo definen y distinguen, formula las finalidades educativas que pretende conseguir y expresa la estructura organizativa del centro. Su objetivo es dotar de coherencia y personalidad propia al centro.

      Elaboración y aprobación.

      Corresponde al equipo directivo coordinar su elaboración en la que deberá participar todos los sectores de la comunidad educativa (consejo escolar, claustro de profesores y AMPA) y será aprobado por el consejo escolar.

        • Finalidades educativas.

      Definición

      Es el instrumento que concreta y prioriza los principios, valores y normas que dotan de identidad y estilo propio a cada centro.

      Contenido.

      El contenido no está legislado ya que dependerá de cada centro concreto, sin embargo, se propone el siguiente,

    • el análisis del contexto sociocultural;

    • el análisis social del centro como institución;

    • finalidades educativas a desarrollar en nuestros alumnos;

    • metas académicas,

    • metas pedagógicas y tutórales,

    • actividades extraescolares;

    • lugar la colaboración con los padres en la educación;

    • la formación permanente del profesorado y

    • en último lugar la organización del centro.

    • Elaboración y aprobación.

      Se procederá a constituir una comisión con participación de representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa a fin de elaborar una propuesta sobre las finalidades educativas y será aprobado por el consejo escolar.

      • Proyecto curricular de centro: PCC

        • Definición.

      Es el instrumento que tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada una de las etapas, deberá de incluir de manera coordinada los proyectos curriculares de las distintas etapas educativas que se importan en el centro.

      Contenido.

    • la adecuación de los objetivos generales de la etapa al contexto socio- económico y cultural del centro y a las características del alumno.

    • la distribución en las áreas en los objetivos y contenidos.

    • las orientaciones para integrar los contenidos de carácter transversal del currículo;

    • las decisiones de carácter general sobre metodología didáctica, los criterios para el agrupamiento de los alumnos y la organización espacio temporal de las actividades.

    • los materiales y recursos didácticos a utilizar,

    • el plan de formación del profesorado,

    • los criterios para elaborar las actividades complementarias y extraescolares;

    • la organización de la tutoría y organización escolar;

    • los mecanismos de evaluación del alumnado y del proyecto curricular y las propuestas de mejora; los criterios para las adaptaciones curriculares apropiadas para el alumnado con necesidades educativas especiales.

        • Elaboración y aprobación.

      El equipo de coordinación pedagógica coordinará la elaboración y será aprobado por el claustro de profesores.

      • ROF: Reglamento de Organización y Funcionamiento.

      Es el instrumento que debe facilitar la consecuencia del clima organizativo, funcionan adecuado para alcanzar las finalidades educativas, y el desarrollo y aplicación del proyecto curricular de centro.

      Contenido.

    • Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.

    • Las normas de convivencia para favorecer las relaciones entre los distintos sectores de la comunidad educativa.

    • El funcionamiento de la comisión económica y de otras comisiones del consejo escolar para asuntos específicos.

    • Los cauces de colaboración entre los distintos órganos de gobierno y los de coordinación docente de centro.

    • La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro así como las normas para su uso correcto.

    • Organización y distribución del tiempo escolar que incluirá también las relaciones del centro con las instituciones de su entorno así como con los padres y madres de los alumnos.

    • Elaboración y aprobación.

      Será elaborado por el equipo directivo contando con las aportaciones del claustro de profesores, del AMPA y de los restantes sectores de la comunidad educativa. Será aprobado por el consejo escolar.

      • Plan Anual de Centro: PAC

      Definición.

      Es la concreción para cada curso escolar de los diversos elementos que integran el proyecto de centro. Es a corto plazo y Todos los años hay que hacerlo.

      Contenidos.

    • Concreción de los objetivos generales del centro para el curso escolar tomando como referencia el proyecto de centro y la memoria final del curso anterior.

    • Horario general del centro del alumnado, del personal docente y del personal de administración y servicio.

    • Programación de las actividades complementarias y extraescolares. Se hace en el equipo de ciclo.

    • Programación de las diferentes actividades docentes del centro.

    • Programación de las actividades de orientación y de acción tutorial.

    • Programación de las actividades de formación del profesorado.

    • Plan de reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro.

    • Estrategias para realizar el seguimiento y evaluación del plan anual de centro.

    • Elaboración y aprobación.

      El equipo directivo coordinará la elaboración del plan anual de centro teniendo en cuenta que los equipos de ciclo y el claustro deberán elaborar y aprobar respectivamente los aspectos docentes del mismo de acuerdo con los criterios establecidos al respecto en el proyecto curricular de centro (PCC).

      El personal de administración y servicios (PAS) y las AMPAS podrán realizar sugerencias y aportaciones que en su caso serán incorporadas al plan anual de centro, será aprobado por el consejo escolar respetando en todo los casos los aspectos docentes que son competencias exclusivas del claustro de profesores, una vez hecho esto el director del centro enviará antes de que finalice el mes de noviembre una copia a la delegación de educación provincial.

      • La memoria final de curso. (Memoria).

      Definición.

      Consistirá en un balance que recogerá el resultado del proceso de evaluación

      Interna que el centro deberá realizar sobre su propio funcionamiento previamente definido en el plan anual de centro, incluirá a sí mismo las correspondientes propuestas de mejoras.

      Elaboración y aprobación.

      El equipo directivo coordinará la elaboración de la memoria final de curso contando para ello con las aportaciones que realice el claustro de profesores en base a las valoraciones realizadas por los distintos equipos de ciclo. El personal de administración y servicio (PAS) y el APA, podrán realizar aportaciones y sugerencias que serán incorporadas a la memoria en un plazo no superior a 10 días después de la sesión del consejo escolar donde fue aprobada, será permitida una copia a la delegación provincial de la consejería de educación.

      • Órganos de coordinación docente.

      • Equipo de ciclo.

      Definición.

      Los equipos de ciclo son los órganos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de ciclo bajo la coordinación del jefe de estudios, es decir, tiene la función principal de coordinar horizontalmente diversas áreas curriculares para que mantengan una coherencia de objetivos, contenidos, metodología y evaluación. A cada equipo de ciclo pertenecen los maestros y maestras que imparten docencia en él.

      Competencias de los equipos de ciclo.

      • Elaborar los aspectos docentes del plan anual de centro correspondiente al ciclo.

      • Formular propuestas al equipo técnico de coordinación pedagógica relativa a la elaboración o modificación del proyecto curricular de centro (PCC).

      • Mantener actualizada la metodología didáctica.

      • Promover, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.

      • Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejoras como parte integrante de la memoria final de curso sin prejuicio de las competencias que corresponden al consejo escolar en esta materia.

      • Coordinadores de ciclo.

      Requisitos de designación y cese.

      Será elegido entre los maestros/as integrantes del equipo a tales efectos, el director elevará dicha propuesta a la correspondiente delegación provincial de la consejería de educación para su nombramiento.

      Va a cesar por tres causas:

      • Al término de su mandato, que es de un año.

      • Renuncia motivada aceptado por el delegado provincial previo informe razonado del director.

      • Revocación por el delegado provincial a propuesta del equipo de ciclo. Mediante informe razonado del director con audiencia del interesado.

      Competencias del coordinador de ciclo.

      • Convocar y presidir las reuniones de equipo de ciclo y levantar actas de las mismas.

      • Representar al equipo de ciclo en el equipo técnico de coordinación pedagógica. (Director, jefe de estudios y coordinadores de ciclo).

      • Coordinar en primer lugar las funciones tutorías de los maestros/as de ciclo; en segundo lugar, la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyector curricular de etapa.

      • Equipo técnico de coordinación pedagógica. (ETCP).

      Definición.

      Este equipo estará integrado por el director que será su presidente, el jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y en su caso el coordinador del equipo de orientación y apoyo, actuará como secretario el maestro/a que designe el director.

      Competencias.

      • Elaborar:

    • Directrices generales para la elaboración del proyecto curricular de centro y sus modificaciones.

    • La propuesta de organización de la orientación escolar del plan de acción tutorial y del plan de formación del profesorado.

    • Bajo la coordinación del jefe de estudio, la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el plan de formación.

    • La propuesta para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales.

      • Proponer al claustro de profesores:

    • El proyecto curricular de centro para su aprobación.

    • Planificación general de las sesiones de evaluación de acuerdo con la jefatura de estudio.

    • El plan para evaluar el proyecto curricular de centro, los aspectos docentes del mismo y el plan anual de centro.

      • Los tutores:

      Definición.

      Tutor es aquella persona docente que se encarga de la orientación educativa integral del alumno.

      Designación.

      Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor que será designado por el director oído por el claustro de profesores, se tendrá en cuenta que aquellos que durante un curso escolar haya tenido asignado el primer curso de cualquier curso de educación primaria permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización.

      Competencias.

    • Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial, para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa (equipo de apoyo externo, EAE).

    • Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro previa audiencia de sus padres, madres o tutores legales.

    • Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado.

    • Informar a los padres y madres, maestros/as y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación a las actividades docentes con las competencias y el rendimiento académico.

    • Colaborar con el equipo de orientación educativa en los términos que establezca la jefatura de estudios.

    • Atender las dificultades de aprendizaje del alumnado para proceder a la adecuación personal del currículum, junto con el resto de los maestros y maestras del centro al alumnado en los períodos de recreo y otras actividades no lectivas.

    • Facilitar en primer lugar la integración de al alumno/a en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro. Segundo lugar, la cooperación educativa entre los maestros/as y las madres y padres de los alumnos.

    • Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a su cargo.

      • AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos)

      En las Escuelas de E. Infantil y en los Colegios de Ecuación Primaria podrán existir Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.

      Funciones:

      • Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto de Centro

      • Informar al Consejo Escolar de los aspectos del Centro que consideren oportuno.

      • Informar a padres y madres de su actividad

      • Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados, el Orden del Día, para poder elaborar propuestas.

      • Elevar informes al Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.

      • Formular peticiones para realización de actividades complementarias y extraescolares y colaborar en el desarrollo de las mismas.

      • Conocer los resultados académicos y valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.

      • Recibir un ejemplar de Proyecto de Centro, Plan Anual y Memoria Final

      • Recibir información de los libros de texto y material didáctico adoptados por el Centro

      • Realizar propuestas para la elaboración del ROF

      • Fomentar la colaboración de padres/madres con profesorado para mejor funcionamiento y convivencia

      • Utilizar las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

      TEMA 7:

      • ¿Qué es currículum y tipos de currículum?

      Es un conjunto de acciones desarrolladas por la escuela con sentido de

      «Oportunidades para el aprendizaje». También se le da cabida al

      Conjunto de experiencias programadas por la escuela y por el propio proceso seguido para programarlas como al conjunto de experiencias vividas por el alumno en el contexto escolar.

      El curriculum es un eslabón que se sitúa entre la declaración de principios generales y su traducción operacional entre la teoría educativa y la práctica Pedagógica, entre la planificación y la acción, entre lo que se prescribe y lo que realmente sucede en las aulas.

      TIPOS DE CURRICULUM

        • Curriculum abierto:

      - Aplicación flexible del curriculum base.

      - Permite la creatividad del profesor.

      - Revisable en función del contexto.

      - Recreado por los profesores.

      - Objetivos generales, terminales y expresivos.

      - Centrado en los procesos.

      - Evaluación normativa.

      - Profesor reflexivo y crítico.

      - Centrado en los pensamientos del profesor.

      - Investigación en el aula y en el contexto.

      - Facilitador del aprendizaje significativo.

        • Curriculum cerrado:

      - Aplicación rígida del curriculum base.

      - Aplicación mecánica en el aula.

      - Obligatorio para todos los contextos.

      - Detallista y rígido.

      - Hecho por administradores y aplicado por profesores.

      - Objetivos conductuales y operativos.

      - Centrado en los resultados.

      - Profesor competencial.

      - Centrado en las conductas y competencias del profesor.

      - Investigación cuantitativa y experimental.

      - Facilitador del aprendizaje memorístico.

      • El currículum escolar.

      ELEMENTOS BÁSICOS DEL CURRÍCULUM

      Podemos considerar elementos básicos del currículum al conjunto de componentes mínimos que integran cualquier currículum educativo:

      - los objetivos

      - los contenidos

      - la metodología

      - la evaluación

      OBJETIVOS

      Son las intenciones que presiden un proyecto educativo determinado y el conjunto de metas y finalidades en que dichas intenciones se concretan

      Definen lo que queremos conseguir el “para qué” de la acción educativa.

      Objetivos operativos:

      Definen las metas de la enseñanza en términos de conducta observable y medibles que debe mostrar el alumno. Se definen con verbos “operativos”:

      Ej: Discriminar, medir, contar, dibujar, etc.

      Competencias y capacidades:

      La forma de entender hoy día los objetivos se ha modificado de forma sustancial. Se tiende a hablar de objetivos del currículum no en términos de conducta sino en términos de competencias y capacidades.

      CONTENIDOS:

      Pensando la formación en términos de un proceso orientado al desarrollo de capacidades o competencias, los contenidos se convierten en herramientas o instrumentos para ese fin. Son los componentes de una determinada capacidad que deben ser aprendidos para el desarrollo de esta

      No se entienden hoy como conocimientos teóricos sino como saber, saber hacer y saber ser. Es decir como:

      Contenidos conceptuales, contenidos procedimentales y contenidos actitudinales

      Contenidos Conceptuales

      Son el conjunto de conocimientos teóricos que pretendemos que sean adquiridos por el alumnado de un determinado proceso formativo

      Incluyen tanto los conceptos propiamente dichos como los principios y teorías en que se organizan esos conceptos.

      También incluye aquellos conocimientos que no son sino datos que el alumno debe memorizar.

      Contenidos Procedimentales

      Es el conjunto de saberes prácticos. Son las técnicas, métodos, estrategias, habilidades, destrezas que pretendemos que alguien adquiera a través de la enseñanza, es el saber cómo.

      Contenidos Actitudinales

      Hábitos, valores, actitudes.

      Son necesarios en cualquier currículo por:

      - Su carácter instrumental

      - Se precisan en el proceso de aprendizaje y

      - Son valiosos por sí mismos.

      METODOLOGÍA

      Especifica las actividades y experiencias para que los diferentes tipos de contenidos se aprendan adecuadamente y sirvan al desarrollo de las competencias y capacidades que pretendemos desarrollar en el alumno.

      EVALUACIÓN

      Haciendo referencia a los procesos de control y reformulación del proceso de enseñanza y aprendizaje.

      No puede reducirse a:

      - Examinar y calificar los resultados obtenidos en el “rendimiento” de los alumnos.

      - Por el contrario, debe incorporar un análisis y valoración del proceso que ha llevado a esos resultados.




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Idioma: castellano
País: España

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