Derecho
Marco legal de la actividad financiera en el Sector Público de Venezuela
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental
De los Llanos Occidentales
“Ezequiel Zamora”
MARCO LEGAL EN LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
Barinas, diciembre del 2.004
INDICE
Pág.
Introducción………………………………………………………………...……………3
Ley Orgánica de la Hacienda Pública Municipal.......…………………..…………….4-5
Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal……………….…………………………..5-6
Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional……………………………………....….6-7
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional del Control Fiscal………………………………………………………………………….7-8
Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela…………………..9-10
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público…………..…….10-11
Conclusión…………………………………………………………………….………..12
Bibliografía……………………………………………………………………..………13
INTRODUCCIÓN
El municipio constituye la unidad política, primaria y autónoma dentro de la organización nacional establecida en una extensión determinada del territorio, tiene personalidad jurídica y su representación la ejercerán los órganos. Su organización será de carácter democrático y debe haber eficiencia por parte del gobierno y administración de los intereses de la entidad.
A los municipios no se les podrá obligar a pagar total o parcialmente obras o servicios que no hayan sido construidos o prestados mediante contrato o convenios portados por ellos, los municipios y demás entidades locales se regirán por la constitución de la República, por la Ley Municipal, por Leyes Orgánicas y Ordinarias, etc.
La Hacienda Pública Estadal tiene el fin de establecer las normas, funciones y principios que controlan dicho ente por medio de la Ley.
La Hacienda Pública Nacional esta formada por los bienes nacionales, rentas y deudas que dan origen a lo que tiene y debe la nación. Su administración le compete al Poder Nacional y sus obligaciones a la Ejecución del Presupuesto de Gasto.
La Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional del Control Fiscal es un órgano ciudadano, al que corresponde el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como de las operaciones relativas a los mismos.
Ley Orgánica de la Hacienda Pública Municipal
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Los bienes del dominio público municipal son terrenos ejidos que son adquiridos por el municipio para algo concreto, los documentos que acredita la entrega, a una persona de un terreno, etc, de las comunidades indígenas no adquiridas legalmente por terceras personas, los terrenos propiedad del Instituto Agrario Nacional. Las instalaciones y constituciones adquiridas por el municipio o cualquier ente de carácter público o privado a beneficio del municipio que serán enviadas a la prestación de un servicio público.
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Son bienes municipales los bienes muebles o inmuebles, derecho o acciones que entren al patrimonio municipal, es decir, bienes propios adquiridos por cualquier motivo, el municipio no podrá donar ni dar derecho a disfrutar los bienes muebles, cuando los inmuebles. No cumplan con el fin, especifico correspondiente a la adjudicación revertirán al municipio sin pagarle nada por parte de este.
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Los ingresos por parte de los juegos y apuestas permitidas por la ley que se una en su jurisdicción. Derecho impuesto no excederá del 5 & del monto de lo apostado. Las garantías de estos impuestos nacionales, producto del impuesto o sobre los inmuebles urbanos beneficiados de forma directa o indirecta de construcción de obras o servicios importantes para la comunidad; este monto de arreglo no podrá exceder del 60 % del costo de las obras o de instalaciones de servicios en su totalidad, el valor individual no podrá exceder el 5 % de cada obra o instalaciones de servicios, participación en el producto del impuesto territorial rural, la cual se determinará en la ley que establezca dicho impuesto. Los ingresos se dividen en ordinarios y extraordinarios.
Los ingresos ordinarios del municipio están compuestos por los impuestos que es cuando se le exige a los economistas que privados a pagar una cantidad de dinero pero no se percibe directamente el servicio y las tasas que es cuando se les quita a los contribuyentes prestaciones pecuniarias del municipio percibiendo servicio públicos municipales, las sanciones en dinero establecidas por las autoridades municipales competentes, también las multas que se paguen destinadas al fisco municipal, el resultado de la administración de los bienes o servicios municipales, dividendos del aporte capital de organizaciones de cualquier grupo, entre otros. El alcalde se encarga de reconocer el recurso jerárquico.
Los ingresos extraordinarios, las contribuciones especiales es la cantidad de dinero que el contribuyente cancela dentro de un municipio, prestamos que toma el estado a una empresa o corporación cuando está representada por títulos negociables y demás operaciones de crédito público, el costo de la venta de los ejidos y bienes inmuebles municipales; así mismo la cantidad de dinero que se los donen o que se les den herencia a su favor.
No se puede exigir el apoyo de impuestos tasas o contribuciones especiales municipales si no la ha estipulado por el concejo a través de una ordenanza; esta ordenanza luego de ser publicada están vigentes 60días.
Los ingresos extraordinarios solo podrán ser asignados a obras o servicios que garanticen la recuperación de la colocación de dinero o aumento de efectivo en el patrimonio del municipio.
Los pasivos de la hacienda pública municipal son las imposiciones o exigencias legales realizadas por el municipio derivadas de la ejecución del presupuesto de gasto, deudas que provenientes de la ejecución de presupuesto fenecidos, obligaciones con la deuda pública municipal, las ganancias respecto al ordenamiento legal, a cuyo pago, los valores legales realizados por terceros en la cual la entidad esta obligada a devolver de acuerdo con la ley.
Si los alcaldes, los concejales y demás funcionales municipales causaran algún daño, negligencia, imprudencia al municipio están obligados a repararlo, también si tienen algunas obligaciones atrasadas, sin cumplir las reglas establecidas en las ordenanzas municipales, deberán responder, personalmente al municipio por la cantidad que haya dejado de ingresar al tesoro de la entidad.
La autoridad que realiza las multas tiene que participarlo a la oficina que recoge los ingresos municipales, es la única autorizada para hacerlas efectivas.
Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal
Bienes Estadales: son las cosas que pueden ser objeto de propiedad pública o privada, dentro de estos tenemos:
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Bienes Inmuebles: terrenos, minas, edificios, árboles, lagunas, etc.
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Bienes Muebles: son los que se pueden cambiar de lugar, como derechos, obligaciones y acciones.
Las tierras que están dentro del Estado y no tienen dueño.
Estos bienes pueden ser de dominio público o privado.
Dentro de los de dominio público tenemos los que están sostenidos a la prestación del servicio público, las vías terrestres, ríos, lagos y lagunas que están en su territorio.
Ingresos Estadales:
Son todas Las partidas de dinero que entran al Estado a través de:
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La administración de sus bienes.
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Prestación pecuniaria que se percibe a través del servicio público, así como el peaje.
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Los impuestos y contribuciones como el ISLR, IVA, IDB.
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Ventas de especies fiscales.
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Las que se originan de la función y fiscalización del Estado como las maltas e intereses.
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Ingresos dados por la nación.
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Donaciones y herencias.
Pasivos de la Hacienda Pública Estadal: Son todas las obligaciones o compromisos del Estado originadas por:
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Presupuesto Público
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Presupuesto Fenecidos
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Los derechos a favor de terceros, como los costos procesales que es cuando el Estado pierde un juicio y hace el pago de honorarios.
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Los títulos o valores que el Estado debe entregar.
Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional
Bienes Nacionales: Son todos las cosas que tiene por objeto de propiedad pública o privada de la nación. Estos bienes son:
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Los bienes muebles e inmuebles que integran el patrimonio del Estado. Los muebles son los que se pueden cambiar de lugar y los inmuebles son los que se refieren a su objeto, naturaleza y destino.
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Los bienes muebles o inmuebles que no tengan dueño y estén dentro del territorio de la República. La administración de estos bienes le corresponde al Ejecutivo Nacional.
Rentas Nacionales: son ingresos periódicos y permanentes de la República como lo son los tributos y se clasifica en ordinarias y extraordinarias.
Las ordinarias son generadas por: Las contribuciones nacionales que le cobra el estado a las empresas privadas, rentas generadas por establecimientos industriales propiedad de la nación, beneficios generados de obras públicas o servicios nacionales beneficios generados de obras publicas o servicios nacionales.
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Ingresos provenientes de la función de fiscalización así como maltas, intereses moratorios (es cuando el contribuyente no paga al SENIAT).
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Intereses y dividendos excedentes en las empresas publicas.
Las Rentas Extraordinarias: son las generadas por las operaciones de crédito público y los recursos económicos que obtiene el estado dentro de las instituciones privadas.
Dentro de estas operaciones esta la emisión de títulos y otorgamientos de garantía.
Pasivos Nacionales: son todas las obligaciones o egresos nacionales, esta formado por:
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El pago de gasto de presupuesto contra el tesoro nacional.
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Emisiones de orden de pago por los diferentes institutos públicos.
Administración de la Hacienda Pública Nacional
Para su administración tenemos: La suprema Dirección de la Hacienda que le compete al Ejecutivo Nacional, allí al Presidente lo delegan varios Ministerios:
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Ministerio de Fianzas cuyas funciones son:
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Coordinar la administración del Sector Publico Nacional.
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Dirigir y supervisar la implantación y mantenimiento de los sistemas que lo integran (Sistema de presupuesto, crédito público, control interno, tesorería y contabilidad).
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Elaborar conjuntamente con el Ministerio de Planificación y Desarrollo y el Banco Central de Venezuela el Marco Plurianual de Presupuesto.
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Ministerio de Despacho: es el que se encarga de cuidar el funcionamiento de las oficinas de la Hacienda Pública Nacional y así como su inspección.
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Preparar proyecto de gasto y comunicar al Ministerio de Hacienda acerca de los ingresos y egresos al tesoro.
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Ministerio de Hacienda: es el que se encarga de administrar el Tesoro Nacional, es decir, que se recauden ingresos y se inviertan:
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Preparar proyecto de Presupuesto General de rentas.
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Inspeccionar las oficinas que manejen fondos públicos.
Inspección y Fiscalización de la Hacienda Pública Nacional. Es el servicio que esta formado por el conjunto de medidas para hacer cumplir las leyes fiscales, por ejemplo, si el contribuyente canceló en la fecha estipulada y cantidad correspondiente, aquí lo ejerce el SENIAT.
Resguardo Nacional: es el que presta servicio de inspección y fiscalización de las rentas nacionales al que la necesite, además de impedir fraude en las rentas.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica
y del Sistema Nacional del Control Fiscal
Control Interno: Es un sistema que comprende el plan de organización, las políticas, normas y los métodos y procedimientos adoptado dentro de un organismo o ente de esta ley, para cuidar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de su información financiera y administrativa.
Es deber de las máximas autoridades jerárquicas la responsabilidad para organizar, establecer, preservar y evaluar el sistema de control interno.
Cada entidad del sector publico realizara en el marco de las normas dictadas por la contraloría General de la Republica, las normas, procedimientos, indicadores de gestión y demás instrumentos para el funcionamiento del sistema de control interno.
El sistema de control interno que se implementa en un ente u organismo deberá garantizar antes de proceder a la adquisición de bienes y servicios, o la elaboración de contratos que incluyan deber financiero, deben asegurarse del siguiente cumplimiento:
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Que el gasto este correctamente colocado en la correspondiente partida o en su caso, a créditos adicionales.
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Que hay disponibilidad de fondo.
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Preveer las garantías necesarias y suficientes para responder por las obligaciones del contratista.
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Los precios deben ser justas y razonables, a menos las excepciones realizadas por otras leyes.
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Cumplirse los términos de ley de licitaciones, en los casos que sea necesario.
Así mismo deberá garantizar lo siguiente.
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Cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
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Que le corresponden a los créditos del presupuesto o a créditos adicionales legales acordados.
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Que haya disponibilidad de fondo.
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Que se haga para cumplir compromisos y demás obligaciones, siempre y cuando quede algún soporte de comprobación.
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Los créditos efectivos deben corresponder a su titular.
Los gerentes, jefe o autoridades administrativas de cada departamento específico deberán ejercer presión y vigilancia sobre el cumplimiento de normas constitucionales y legales ya que se encuentra bajo su directa supervisión.
Deberá evaluarse el sistema de control interno, incluyendo el grado de operatividad y eficacia de los sistemas administrativos, para determinar su pertinencia, confiabilidad, eficiencia, eficacia y economía en el marco de las operaciones realizadas.
Las unidades de auditoria interna en el ámbito de su competencia, podrán realizar auditoria, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, análisis estudios de todo tipo con el fin de comprobar la autenticidad, exactitud, sinceridad y corrección de sus operaciones. Evaluando el cumplimiento y los resultados de planes y acciones administrativas.
Constitución Nacional de la Republica
Bolivariana de Venezuela
Régimen Presupuestario Se basa en que debe ser de principios donde existe responsabilidad, equilibrio fiscal una eficiencia y otros mas donde estas puedan equilibrar un marco plurianual del presupuesto.
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El Ejecutivo Nacional presentara a la Asamblea Nacional para su sanción legal donde establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento.
La ley tiene como característica de este marco los requisitos de modificación y los términos de cumplimientos:
Todos aquellos ingresos que se obtiene del subsuelo o de la explotación de subsuelo como el petróleo, minerales y otros más, propenderán a financiar todo lo relacionado con la salud, educación y la productividad.
Los principios establecidos por la administración económica y financiera nacional, regularan lo de los estados y municipios en cuanto sean aplicables.
Toda inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos sirve para cubrir el servicio de las deudas públicas toda operación de crédito requiere una ley especial donde autorice salvo las excepciones que autorice la ley orgánica.
La ley especial del endeudamiento anual será presentada a la Asamblea Nacional conjuntamente con la Ley de Presupuesto.
El estado no reconocerá otras obligaciones que las contraídas por órganos legítimos de poder nacional de acuerdo con la ley.
La administración económica y financiera del estado se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por la Ley y el Ejecutivo Nacional presentara a la Asamblea Nacional. Si el poder ejecutivo por cualquier causa no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Presupuesto dentro del plazo establecido legalmente o el mismo fuera rechazado por este seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal.
Solo podrá decretarse crédito adicionales al presupuesto para gastos necesario no previsto o cuya partida resulten insuficiente a este efecto se requerirá previamente el voto favorable del Consejo de Ministros y la autorización de la Asamblea Nacional.
En los presupuestos públicos anuales de gasto se establecerá de manera clara para cada crédito presupuestario. El objetivo especifico es obtener créditos presupuestarios esto se establecerá en términos cuantitativos, mediante indicadores del desempeño o que ellos sean técnicamente posible.
Sistema Tributario. Este sistema se encargara de que haga una distribución justa de los gastos que se hagan en el sector público según la capacidad económica, encargándose de la protección de la economía nacional y la mejora de vida de la población y de esto se encargara eficiente para la recaudación de los tributos.
No podrán cobrarse lo que no este establecido en la ley, como, tasas, impuestos, ni tributos, tampoco podrá conceder rebajas o exenciones, ni otra forma de efectivo fiscal, sino lo que esta establecido en las leyes. Los tributos pueden tener efectos confiscatorios.
Las obligaciones tributarias pagaderos no pueden utilizarse a servicios personales. La evasión fiscal sin perjuicio de otra sanción será castigado penalmente.
Los funcionarios públicos se les aplica doble pena, la Ley Tributaria tiene en lapso de entrega en caso que no cumpla se le dan sesenta días continuos.
Sistema Monetario Nacional. Las competencias monetarias serán aplicados de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El BCV quiere mantener una estabilidad de precios y preservar el valor Interno y Externo de Unidad Monetaria.
El BCV es autónomo para la Formulación y el ejercicio de las políticas. El BCV aplicara sus funciones en coordinación con la política económica para alcanzar los objetivos del estado y la nación.
El BCV rendirá cuentas de las actuaciones, metas y resultados de su política ante la Asamblea Nacional. Este también rendirá informenes sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas del país y incluirá el análisis de la evaluación.
El BCV tiene que tener el control de la Contraloría General de la Republica y la Vigilancia del órgano publico de la Supervisión Bancaria; el cual se encarga de hacerle llegar la información a la Asamblea Nacional.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
En esta ley, se habla de diversas disposiciones que manifiestan los aspectos más importantes y relevantes existentes en dicha ley. En ella se encuentran objetivos como por ejemplo el que dice que aquí se regula la administración financiera, el sistema de control interno del sector público, y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica, al Fondo de Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro Intergeneracional. También se dice que los sistemas de presupuestos como crédito público, tesorería y contabilidad y la administración de bienes, conforman en conjunto la administración financiera del sector público.
Se habla también de los entes descentralizados sin fines empresariales, a los que no realizan actividades de producción de bienes o servicios destinados ala venta y cuyos ingresos o recursos provengan fundamentalmente del presupuesto de la República; mientras que, por entes descentralizados con fines empresariales se conocen aquellos cuya actividad principal es la producción de bienes o servicios destinados ala venta y cuyos ingresos o recursos provengan fundamentalmente de esa actividad. Los ingresos de capital, son aquellos ingresos por concepto de ventas de activos y por concepto de transferencias con fines de capital. Todo esto es de gran importancia para el sector público porque estos van a influenciar en los bienes producidos por dicho sector.
Dentro de los pasivos, Las operaciones de financiamiento comprenden todas las fuentes y aplicaciones financieras, sea que originen o no movimientos monetarios durante el ejercicio económico-financiero.
Dichas fuentes financieras provienen de la disminución de activos financieros y de incrementos de pasivos, tales como las operaciones de crédito público.
Las aplicaciones financieras son incrementos de activos financieros y disminución de pasivos, tales como la amortización de la deuda pública
Incluidas en los pasivos se encuentran La emisión y colocación de títulos, incluidas las letras del tesoro, constitutivos de empréstitos o de operaciones de tesorería: La apertura de créditos de cualquier naturaleza; La contratación de obras, servicios o adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de uno o más ejercicios posteriores a aquél en que se haya causado el objeto del contrato, siempre que la operación comporte un financiamiento; El otorgamiento de garantías; La consolidación, conversión, unificación o cualquier forma de refinanciamiento o reestructuración de deuda pública existente.
En el crédito público, no se podrán contratar operaciones sobre bienes y rentas nacionales, estadales o municipales.
En esta ley, se presenta todo lo concerniente a los presupuestos, donde se indicarán las unidades administrativas que tengan a su cargo la producción de bienes y servicios prevista. Cuando en dichos presupuestos se incluyan créditos para obras, bienes o servicios, a su vez se incluirá la información correspondiente a su monto total, el cronograma de ejecución, los recursos erogados en ejercicios precedentes, los que se erogarán en el futuro y la respectiva autorización para gastar en el ejercicio presupuestario correspondiente; también, para el presupuesto de gastos de la República se identificará la producción de bienes y servicios que cada uno de los organismos ordenadores se propone alcanzar en el ejercicio y los créditos presupuestarios correspondientes.
Los presupuestos de los entes descentralizados, comprenderán los ingresos, gasto todo esto correspondiente al ejercicio económico en el que se encuentre. Aquí, Los presupuestos de gastos identificarán la producción de bienes y servicios, así como los créditos presupuestarios requeridos para ello.
Los funcionarios que se encargan de la administración y liquidación de ingresos nacionales o de la recepción, custodian y manejan los fondos o bienes públicos, los cuales prestarán caución antes de entrar en ejercicio de sus funciones, en la cuantía y forma que determine el reglamento de esta Ley.
CONCLUSIÓN
La Hacienda Pública Municipal está constituida por un conjunto de bienes, ingresos y obligaciones del Municipio. Dentro de ella se da el tesoro Municipal que surge de la administración de la hacienda pública Municipal y el deber de la ejecución del presupuesto de gastos, ese tesoro está compuesto por dinero y valores. El situado Municipal deberá invertirse en la construcción de obras y adquisición de equipos para la prestación de servicios públicos y en gastos para su funcionamiento.
El Presupuesto Público y la contabilidad de municipios están obligados a normar sus acciones administrativas y de gobierno por un presupuesto de ingresos y gastos aprobados con iguales formalidades que las ordenanzas. El ejercicio fiscal anual se inician y terminara en los mismos lapsos que se señale para el presupuesto.
La Hacienda Pública Estadal está formada por los bienes, ingresos y compromisos que dan origen a lo que tiene y debe cada Estado.
En síntesis en la Hacienda Pública Estadal tenemos bienes que forman el patrimonio del Estado, las partidas de dinero que entran y las obligaciones y compromisos que debe asumir.
Esta Ley tiene por objeto regular las funciones de la Contraloría General de la Republica, el sistema Nacional de control fiscal y la participación de los ciudadanos en el ejercicio.
BIBLIOGRAFIA
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Ley Orgánica de la Hacienda Pública Municipal
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Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal
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Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional
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Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional del Control Fiscal
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Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela
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Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
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Enviado por: | Andreah Ander |
Idioma: | castellano |
País: | Venezuela |