Legislación
Ley de ingresos
INTRODUCCIÒN
En un sistema presidencial, el presidente quien es jefe de estado y de gobierno a la vez, es independiente del poder legislativo y por lo tanto no depende mayor ni continuamente de este para su existencia o sobrevivencia; los poderes legislativos y ejecutivo son interdependientes: El legislativo no esta obligado a aprobar los proyectos de ley que provienen del ejecutivo, el presidente puede vetar las leyes del legislativo; el presidente tiene la facultad de realizar nombramientos, el legislativo tiene la facultad de autorizar o no recursos económicos. El presidente tiene una gran injerencia en muchos aspectos como en la presentación de iniciativas de ley y en la preparación del presupuesto.
Sabemos que una de las obligaciones de los mexicanos es la de “Contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como del estado o municipio donde se resida, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. Al estado le atribuyen los órganos del mismo la actividad de calcular, planear, organizar y determinar los ingresos que deba recaudar para atender a las necesidades publicas.
Dicha atribución se concretiza en la expedición de la “Ley de Ingresos”.
Este trabajo fue realizado con el propósito de exponer la importancia de la ley de ingresos explicando de manera breve la forma en que se convierte de iniciativa o proyecto de ley en una en ley en toda su forma, así como también dar a conocer quienes participan en su realización y contenido de la misma, para lograr un mejor entendimiento de esta importante ley que muchos no conocemos. También al final se anexa una comparación de la ley de ingresos del 2007 con la dictaminada para el 2008.
¿Qué es un presupuesto?
Un presupuesto, para cualquier persona, empresa o gobierno, es un plan de acción de gasto para un periodo futuro, generalmente un año, a partir de los ingresos disponibles. Un año calendario para un gobierno se le denomina año fiscal. Este plan se expresa en términos monetarios.
En un presupuesto se propone el proyecto de país que queremos en el futuro.
¿Por qué importa el presupuesto?
El gobierno gasta en escuelas, hospitales, carreteras; gasta también en salarios de policías, funcionarios, jueces, legisladores y enfermeras, por citar algunos casos. Para cubrir estos gastos requiere de ingresos, como los impuestos y los derechos. En su dimensión individual, las personas conocen una realidad semejante: gastan en comida, educación, vivienda y salud, y requieren de
una entrada de dinero para mantenerse.
INGRESO
Salario Impuestos, venta de bienes y
Servicios
Individuo Gobierno
Comida salud vivienda escuelas, hospitales, seguridad pública
Luz, agua, leyes, etc.
GASTO
LA LEY DE INGRESOS
¿Qué es?
La ley de ingresos es aquella que establece anualmente los ingresos del Gobierno Federal, estatal y municipal que deberán recaudarse por concepto de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, emisión de bonos, préstamos, etc. Que serán destinados a cubrir los gastos públicos en las cantidades estimadas en la misma.
Algunas de las características que podemos atribuirle a la Ley de Ingresos, son las siguientes:
Anualidad: tiene vigencia durante un año fiscal, que corresponde al año calendario.
Precisión: en virtud de que cualquier impuesto y recaudación que no esté claramente establecida en dicha ley no podrá ser recaudado.
Previsibilidad: ya que establece las cantidades estimadas que por cada concepto habrá de obtener la hacienda pública.
Especialidad: en razón de que dicha ley contiene un catálogo de rubros por obtener en el año de su vigencia.
¿Para qué?
La vida Económico-política del país esta denominada por una “regularidad estructural” llamada estado, que por naturaleza propia tiende a regular y cohesionar los comportamientos políticos y económicos de los agentes sociales en su conjunto. La intervención del estado en la vida económica de las sociedades adopta diferentes formas y contenidos que van desde apoyos simples al consumo de particulares, hasta la organización de procesos complejos de producción e intercambio de bienes y servicios.
Para que el estado desarrolle y ejecute adecuadamente sus actividades necesita obtener un monto dado de recursos financieros por lo que este elabora un presupuesto de ingresos con una proyección a corto plazo la cual denominan “LEY DE INGRESOS”.
Este documento presupuestario ofrece información valiosa para identificar las prioridades gubernamentales, las razones y justificaciones de política pública, y es una importante herramienta de transparencia y rendición de cuentas, el documento contiene únicamente montos estimados por impuesto y por rubro, correspondientes a lo que recauda el gobierno federal, estatal y/o municipal pero no especifica las cuotas, los sujetos del impuesto, la manera de cobrarse etc. Sino es que estos aspectos están contenidos en las leyes específicas.
¿Quién?
En materia hacendaría federal hay tres actos del presidente que revisten especial importancia: ley de ingresos, presupuesto de egresos y la cuenta pública. Respecto a ellos, el poder legislativo tiene lo que se ha denominado el poder de la bolsa, es decir que el ejecutivo no podrá recaudar ni gastar un centavo si previamente no ha sido autorizado por el órgano legislativo.
La presentación del proyecto de ley de ingresos es facultad exclusiva del presidente de la republica de acuerdo con el Art. 74, Fracción IV, de la ley fundamental. Así también el Art. 69 de la constitución de 1857 atribuyó al presidente la facultad exclusiva de presentar el proyecto de ley de ingresos. La constitución de 1917 fue omisa al respecto; por lo tanto, había que interpretar que cualquiera de aquellos autorizados por el artículo 71 para presentar iniciativas de ley podía hacerlo. Pero en la práctica siempre fue el presidente quien lo realizó apoyándose en que la determinación de los ingresos para cubrir el presupuesto es una cuestión técnica que requiere un “profundo conocimiento de las necesidades del estado y de la situación económica del país”
Por lo tanto Será el ejecutivo quien presentara la iniciativa de ley de ingresos y es atribución del congreso - tanto de la cámara de diputados como la de senadores- la aprobación o no en su caso de dicha ley.
¿Cuándo?
Antes del 15 de noviembre, el Presidente debe enviar su iniciativa de ley de Ingresos a la Cámara de Diputados. Los diputados la examinan y pueden aprobarla o modificarla. Si la aprueban se turna al Senado y si los senadores también la aprueban, el Presidente tiene la obligación de promulgarla.
Esta ley entrara en vigor el día 1 de enero del año próximo siguiente, previa su publicación en el diario oficial de la federación.
¿Qué hace el congreso?
El Congreso mexicano está constituido por dos cámaras, la de Diputados y la de Senadores. Las funciones respecto al presupuesto son de distinta naturaleza. Mientras que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados lo concerniente al presupuesto de Egresos, ambas cámaras deben discutir y aprobar la Ley de Ingresos.
El Congreso desempeña dos funciones de vital importancia:
1. Discutir y aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.
2. Supervisar que se cumpla la ejecución del presupuesto en los términos acordados.
¿Por qué es importante el presupuesto desde un punto de vista político?
· El poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión que es el órgano representativo por excelencia. Es representativo, porque los ciudadanos elegimos a aquellos individuos que lo integran. Los legisladores deben expresar el punto de vista de sus representados y velar por sus intereses en la asignación y el control del dinero público.
· Hoy en México, el Congreso de la Unión está conformado de manera más plural que en el pasado. Esto quiere decir que coexisten, sobre todo en la Cámara de Diputados, una mayor diversidad de intereses expresados por las fracciones parlamentarias de los distintos partidos.
· Los impuestos y la manera de gastarlos es una de las decisiones más importantes que tienen que tomar los legisladores. Su importancia política radica en que es precisamente una de las vías que tienen los representantes populares para satisfacer a sus electores en forma congruente con las plataformas de sus partidos políticos.
· Desde 1997 ningún partido político representado en la Cámara de Diputados tiene la mayoría suficiente para aprobar por sí mismo las iniciativas de Ley de Ingresos. Por primera vez, el Ejecutivo está obligado a discutir y a negociar públicamente con los partidos de oposición tanto el monto y distribución de las cargas impositivas como la asignación de los ingresos recabados. El papel de la Cámara de Diputados es crucial: está en sus manos la aprobación del presupuesto y por lo tanto la posibilidad de que el gobierno pueda funcionar.
¿Cómo?
El proceso legislativo es la formación de las leyes. La legislación es el proceso por el cual uno o varios órganos de estado formulan y promulgan determinadas normas jurídicas de observancia general a las que se les da el nombre específico de leyes.
Los poderes que intervienen en el proceso legislativo son el poder legislativo y ejecutivo.
El proceso legislativo consta de 5 etapas:
INICIATIVA
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La iniciativa es el acto por el cual determinados órganos del estado someten a la consideración del congreso de la unión o local un proyecto de ley. El derecho de iniciar leyes compete a:
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El presidente de la Republica
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Diputados y senadores del congreso de la union
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Las legislaturas de los estados.
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La discusión es el acto por el cual las acamars deliberan acerca de los proyectos o iniciativas de ley, presentadas con la finalidad de determinar si deben o no ser aprobadas.
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La aprobación es el acto por el cual las acamaras aceptan un proyecto de ley, la aprobación puede ser total o parcial.
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Una vez aprobado el proyecto es remitido al poder ejecutivo para su revisión, si este considera que merece su decisión positiva lo sanciona. La sanción es el acto por el cual el ejecutivo acepta un proyecto de ley aprobado por las cámaras; el ejecutivo puede rechazarlo mediante el derecho al veto.
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A este acto se le denomina vetar un proyecto de ley en cuyo caso la iniciativa será devuelta a la cámara de origen para su revisión.
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Es el acto por el cual el ejecutivo da a conocer mediante la Gaceta oficial Órgano del Gobierno del estado La ley que entrara en vigor. Una vez que el proyecto es aprobado y sancionado es necesaria su publicación para que los sujetos que queden comprendidos en sus disposiciones normativas tengan la oportunidad de conocer cuales serán sus derechos y obligaciones.
DISCUCION
La cámara donde se discute inicialmente la iniciativa o proyecto de ley se llama “ CAMARA DE ORIGEN”.
La cámara que recibe el proyecto una vez aprobado por la cámara de origen recibe el nombre de “CAMARA REVISORA”
APROBACION
SANCION
DERECHO AL VETO
PUBLICACION
¿Qué contiene la ley de ingresos?
Ingresos
Se entiende por ingresos todas las percepciones en dinero, especie, crédito, servicios o cual otra forma que incremente la hacienda del estado y que se destine al gasto publico
Estos ingresos provienen de:
a) La recaudación de contribuciones estatales;
b) Los ingresos provenientes de productos y aprovechamientos;
c) Las transferencias de recursos federales por concepto de participaciones federales y Aportaciones federales,
d).Los demás que establezca el presente Código, las leyes aplicables y los convenios celebrados por el Estado con la Federación, las entidades federativas, los municipios y los particulares.
Los ingresos se dividen en:
a) Ordinarios, que comprenden impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones federales, aportaciones federales y otros ingresos federales transferidos.
b) Extraordinarios, los aprobados por el congreso o los derivados de dispocisiones administrativas, para atender erogaciones imprevistas o por derivarse de normas o actos posteriores al inicio de un ejercicio fiscal.
Las contribuciones se clasifican en:
I. Impuestos: son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas o morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma.
II. Aportaciones de seguridad social: son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se benefician en forma especial por servicio de seguridad social proporcionadas por el mismo estado.
III. Contribución de mejoras: son las establecidas en ley a cargo de personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras publicas.
IV. Derechos : son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio publico de la nación, asi como por recibir servicios que prestan las dependencias y entidades del Gobierno en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos descentralizados cuando , en este ultimo caso se trata de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la ley federal de derechos .También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del estado.
V. Aprovechamientos: son los ingresos que percibe el Estado en sus funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos, de las participaciones federales, de las aportaciones federales e ingresos federales coordinados, así como los que obtengan los organismos de la administración pública paraestatal.
Los recargos, las sanciones económicas, los gastos de ejecución y la indemnización por cheques presentados en tiempo a institución de crédito y no sean pagados, que se apliquen en relación con aprovechamientos, son accesorios de éstos y participan de su naturaleza jurídica.
VI. Productos: son las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del gobierno del dominio privado.
VII. Participaciones federales: son las cantidades que corresponden al cada estado en el rendimiento de ingresos federales, de conformidad con las leyes respectivas y de los convenios que, sobre el particular, se celebren.
VIII. Aportaciones federales: son las cantidades que corresponden a cada Estado con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación cuya aplicación está restringida a conceptos de gastos predeterminados, de conformidad con las leyes respectivas y a los convenios que, al efecto, se celebren.
Son aportaciones federales que perciben los municipios, derivados de los fondos establecidos en el capitulo V de la ley de Coordinación fiscal.
La ley se presenta mediante la siguiente estructura:
Capitulo I: de los ingresos y endeudamiento publico 1 a 6
Capitulo II: de las obligaciones de petróleos mexicanos 7
Capitulo III: de las facilidades administrativas y estímulos fiscales 8 a 22
Capitulo IV: de la información, transparencia y la evaluación de la eficiencia recaudatoria, de la fiscalización y el endeudamiento. 23 a 37
Transitorios
CONCLUSIÓN
Como ya hemos mencionado anteriormente al estado le atribuyen los órganos del mismo la actividad de calcular, planear, organizar y determinar los ingresos que deba recaudar para atender a las necesidades publicas y para desarrollar y ejecutar adecuadamente sus actividades, por lo que este elabora un presupuesto de ingresos con una proyección a corto plazo.
Dicha atribución se concretiza en la expedición de la
“Ley de Ingresos”.
Este documento presupuestario ofrece información valiosa para identificar las prioridades del gobierno, sus razones y justificaciones para sustenta las decisiones presupuestarias tomadas, además de ser una importante herramienta de transparencia y rendición de cuentas.
Concluimos diciendo que la generación de ingresos, los impuestos y la manera de gastarlos es una de las decisiones más importantes que tienen que tomar los legisladores, por lo que se debe de tratar con especial cuidado y objetividad ya que esta en las manos tanto del Ejecutivo como del Legislativo la posibilidad de que el gobierno funcione de manera adecuada.
Actualmente, sin embargo, los documentos adolecen de diversas fallas que promueven la opacidad y dificultan la toma de decisiones informadas.
Joseph Lapalombara, politics within nations, prentice Hall, pp. 198-199.
La cohabitación política en Mexico, Jaime Muñoz Domínguez, Luis Alberto Beauregard Rivas, 2002, pp.88
Ernesto Flores Zavala, Elementos de Finanzas Publicas Mexicanas, México, pp.205.
Investigación sobre programas de presupuesto y gasto publico, María Amparo Casar, Fausto Hernandez.
Apuntes Elaborados por el Prof. Julián Martínez Vázquez, Derecho Civil
Análisis Económico político y social
Ley de Ingresos
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