SÍRVASE PAGAR A LA SRA. MANUELA BENITEZ, LA SUMA DE PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTO CINCUENTA ($4.450) A LA VISTA, MAS EL 5% DE INTERÉS MENSUAL, DENTRO DE LOS 4 MESES SIGUIENTES, EN LA CALLE URUGUAY 1578 PISO 9 DEPTO A DE LA CAPITAL FEDERAL. ESTA LETRA DE CAMBIO DEBE SER PRESENTADA PARA SU ACEPTACIÓN.
DARIO JIMENEZ GUILLERMO RIPAMONTE
GIRADO LIBRADOR
BUENOS AIRES, 20 DE DICIEMBRE DE 1998.-
ESTA LETRA HA SIDO ACEPTADA POR
LA SUMA DE PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA ($ 2. 450.-)
DARIO JIMENEZ----- Catalina Speroni
CARLOS MARTONI
ENDOSO EN GARANTÍA A MIGUEL SOTIL
BUENOS AIRES, 24 DE OCTUBRE DE 1998.-
MANUELA BENITEZ
ENDOSO SIN GARANTÍA DE ACEPTACIÓN
MIGUEL SOTIL
ENDOSO SIN GARANTÍA A CARLA MACHADO
MELINA MARTINO
ENDOSO EN PROCURACIÓN A HUGO JORGELIN
CARLA MACHADO
ENDOSOS
EN GARANTÍA
SIN GARANTÍA
SIN GARANTÍA PARCIAL (CUALITATIVA)
COMPLETO
INCOMPLETO
EN PROCURACIÓN
PRIMER ENDOSO: 1 - 4
SEGUNDO ENDOSO: 3 - 5
TERCER ENDOSO: 2
CUARTO ENDOSO: 6
3 CLAUSULAS FACULTATIVAS:
MAS EL 5% DE INTERÉS MENSUAL
DENTRO DE LOS 4 MESES SIGUIENTES
ESTA LETRA DE CAMBIO DEBE SER PRESENTADA PARA SU ACEPTACIÓN
ACEPTADA PARCIALMENTE CON 1 AVAL
ESTA LETRA HA SIDO ACEPTADA POR
LA SUMA DE PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA ($ 2. 450.-)
DARIO JIMENEZ-----
CARLOS MARTONI
1 AVAL INDEFINIDO: CATALINA SPERONI
PORTADOR LEGITIMADO: QUE ACCIÓN PUEDE EJERCER Y CONTRA QUIÉN:
EL PL, QUE EN ESTE CASO SERÍA EL MANDATARIO PUEDE EJERCER LA ACCIÓN DE REGRESO ANTICIPADA PREVIO PROTESTO ANTES DEL AÑO, POR EL MONTO QUE NO LE FUÉ ACEPTADO. CONTRA EL LIBRADOR, EL AVAL DEL LIBRADOR, EL PRIMER ENDOSANTE DEBIENDO DAR AVISO, SEGÚN LO PRESCRIPTO POR EL ARTÍCULO 49 DEL DECRETO LEY.-
CONTRA EL SEGUNDO ENDOSANTE, NO PROCEDE LA ACCIÓN DE REGRESO ANTICIPADA, HASTA SU VENCIMIENTO, YA QUE SE ESPECIFICA EN EL MISMO QUE ES SIN GARANTÍA DE ACEPTACIÓN. POR ENDE UNA VEZ VENCIDO EL PLAZO PROCEDE LA ACCIÓN DE REGRESO, POR LA TOTALIDAD, YA QUE EL ENDOSANTE RESPONDERÁ POR EL PAGO DE LA LETRA PORQUE NO SE EXIMIÓ DE TAL GARANTÍA EN SU ENDOSO.
CONTRA EL ACEPTANTE Y/O CONTRA SU AVALISTA, EN NOMBRE DE SU MANDANTE POR LA SUMA QUE LE FUÉ ACEPTADA SI ESTA NO FUÉ PAGADA. MEDIANTE ACCIÓN DIRECTA, ES DECIR EN EL PLAZO DE 3 AÑOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE LA ACEPTACIÓN.
NO PUEDE EJERCER ACCIÓN EN EL TERCER ENDOSO, YA QUE ES SIN GARANTÍA.
TAMPOCO PUEDE EJERCER ACCIÓN CONTRA EL ENDOSANTE EN PROCURACIÓN, YA QUE ESTE NO GARANTIZA.