SÍRVASE PAGAR A LA SRA. CARINA MANSILLA, LA SUMA DE PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($5.850) A CIERTO TIEMPO VISTA, DENTRO DE LOS 6 MESES SIGUIENTES, EN LA CALLE COCHABAMBA 1578 PISO 8 DEPTO A DE LA CAPITAL FEDERAL. MEDIANTE ESTA CLAUSULA ESTA LETRA DE CAMBIO NO PODRÁ PRESENTARSE ANTES DEL DÍA 27 DE JUNIO DE 1999.-
CARLOS ALONSO ROMERO MARCOS BRUNETTI
GIRADO LIBRADOR
BUENOS AIRES, 27 DE JUNIO DE 1999.-
LA LETRA SERÁ PAGADA POR EL SR. GILBERTO PEREZ.
--CARLOS ALONSO ROMERO.--------
CLÁUSULA REFERIDA A LA ACEPTACIÓN QUE PROHIBE TEMPORALMENTE LA ACEPTACION:
MEDIANTE ESTA CLAUSULA ESTA LETRA DE CAMBIO NO PODRÁ PRESENTARSE ANTES DEL DÍA 27 DE JUNIO DE 1999.-
LETRA DOMICILIADA:
EN LA CALLE COCHABAMBA 1578 PISO 8 DEPTO A DE LA CAPITAL FEDERAL
CLÁUSULA DEROGATORIA:
DENTRO DE LOS 6 MESES SIGUIENTES
MEDIANTE ESTA CLAUSULA SE DISMINUYE EL PLAZO LEGAL DE UN AÑO A 6 MESES.- ESTO LO PERMITE EL ART. 36 DEL DECRETO LEY.-
CLÁUSULA EN LA ACEPTACIÓN:
LA LETRA SERÁ PAGADA POR EL SR. GILBERTO PEREZ.
CON ESTA CLÁUSULA EL GIRADO AUTORIZA A COBRARLE A OTRA PERSONA, PERO EN EL MISMO DOMICILIO DE PAGO.
ENDOSO SIN GARANTÍA JIMENA CASTILLO.-
BUENOS AIRES, 13 DE MARZO DE 1999.-
CARINA MANSILLA
ENDOSO .-
JIMENA CASTILLO
POR AVAL.- JOAQUÍN JIMENEZ DEL CARRIL
ENDOSO EN PROCURACIÓN A JORGE BERLUSCONNI.-
VIVIANA KOKONOTTI
EL PRIMER ENDOSO SIN GARANTÍA, EL ENDOSANTE SE HA EXONERADO DE LAS GARANTÍAS DE ACEPTACIÓN Y DE PAGO DE LA LETRA, MEDIANTE LA INSERCIÓN EN EL DOCUMENTO DE UNA CLÁUSULA EN ESE SENTIDO. EN SINTESIS SE HA LIBERADO DE TODA RESPONSABILIDAD CAMBIARIA POR SUS OBLIGACIONES, QUE SEGÚN EL DERECHO CAMBIARIO SERÍA, GARANTIZAR LA ACEPTACIÓN Y EL PAGO.
ADEMÁS DE LO EXPRESADO ESTE ENDOSO ES COMPLETO, YA QUE DESIGNA UN DETERMINADO BENEFICIARIO EN EL MISMO, QUE NORMALMENTE SE ACOMPAÑA CON LA MENCIÓN DEL LUGAR Y DE LA FECHA.
EL SEGUNDO ENDOSO ES INCOMPLETO, YA QUE NO DESIGNA AL BENEFICIARIO DEL MISMO, POR ENDE EL PORTADOR HA TRANSMITIDO LA LETRA A UN TERCERO SIN LLENAR EL ENDOSO Y SIN ENDOSARLO A NINGUNA PERSONA.
COMO ASÍ TAMBIEN ES EN GARANTÍA YA QUE NO SE ESPECIFICÓ NADA ACERCA DE LA GARANTIA, Y SIEMPRE QUE HAY PRECEDENTEMENTE UN ENDOSO SIN GARANTÍA SI NOS QUEREMOS LIBERAR DE ESTA DEBEMOS INTRODUCIR LA CLÁUSULA SIN GARANTÍA. ADEMÁS ESTE ENDOSO ES PROPIO, YA QUE TRANSFIERE TODOS LOS DERECHOS RESULTANTES DEL TÍTULO A LA ORDEN Y CUMPLE SU FUNCIÓN, PORQUE EL PORTADOR AL NO COMPLETAR EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO HA TRANSMITIDO EL TÍTULO, ADJUDICÁNDOLE EL MECANISMO PROPIO DE LOS TÍTULOS AL PORTADOR, CUMPLIENDO ASÍ LAS FUNCIONES TRASLATIVAS, DE LEGITIMACIÓN Y DE GARANTÍA.
EL TERCER ENDOSO ES EN PROCURACIÓN, EL PORTADOR PUEDE EJERCITAR TODOS LOS DERECHOS QUE DERIVAN DE LA LETRA, PERO NO PUEDE ENDOSARLA NUEVAMENTE SINO A TÍTULO DE MANDATO. ESTE ENDOSO EN PROCURACIÓN NO SE EXTINGUE POR LA MUERTE DEL MANDANTE O POR SU INCAPACIDAD SOBREVINIENTE. EN ESTE CASO EL ENDOSO NO TRANSMITE LA PROPIEDAD DE LA LETRA, Y EL ENDOSATARIO MANDATARIO NO PUEDE ENDOSARLA NUEVMENTE SINO A TÍTULO DE MANDATO. EL ENDOSATARIO SE LIMITA SIMPLEMENTE A EJERCER POR CUENTA DEL ENDOSANTE LOS DERECHOS CAMBIARIOS.
EL PORTADOR LEGITIMADO, TENDRÁ ACCIÓN CAMBIARIA CONTRA CARLOS ROMERO (GIRADO), MARCOS BRUNETTI (LIBRADOR), NO ASÍ CONTRA CARINA MANSILLA YA QUE ENDOSÓ SIN GARANTÍA. TAMBIEN TENDRÁ ACCIÓN CONTRA JOAQUIN JIMENEZ DEL CARRIL, PORQUE ES AVAL. COMO ASÍ TAMBIEN AL COAVAL. NO TENDRÁ ACCIÓN CONTRA VIVIANA KOKONOTTI PORQUE ÉSTA ENDOSÓ EN PROCURACIÓN.
EL PORTADOR LEGITIMADO, TENDRÁ ACCIÓN CAMBIARIA CONTRA :
EL GIRADO, ADRIÁN SUAR
EL LIBRADOR, CARLOS PORCEL
EL PRIMER ENDOSATARIO, MARCELO ARAUJO, PORQUE ESTE NO ENDOSÓ SIN GARANTÍA.
EL AVAL. COMO ASÍ TAMBIEN AL COAVAL.
NO TENDRÁ ACCIÓN CAMBIARIA CONTRA:
EL BENEFICIARIO, CARLOS CALVO, YA QUE ESTE ENDOSÓ SIN GARANTÍA
CONTRA LA QUE ENDOSÓ EN PROCURACIÓN, CAROLINA PERÍN
TAMPOCO CONTRA NICOLÁS AVELLANEDA, YA QUE ESTE ACTÚA COMO MANDATO.