Ecología y Medio Ambiente


La etiqueta ecológica


CAPITULO 1: EL DESARROLLO DE LA ETIQUETA ECOLOGICA EN LA UNION EUROPEA.

  • Introducción.

  • Al final de los años 80 se produjo un auge de los productos verdes y la mayoría de los consumidores europeos abogaron por el consumismo verde. En vez de acusar a los fabricantes de contaminar el medio ambiente, o a los administradores por no hacer cumplir las medidas adecuadas en protección del medio ambiente, cada cliente empezó a dar un paso hacia los productos poco dañinos del medio ambiente. Es cierto que el esfuerzo de un solo cliente no va a cambiar todo, pero si cada cliente actúa de esa forma, tendrá un impacto en el medio ambiente. Debido a la demanda de productos ecológicos (los llamados productos verdes) por los clientes, los fabricantes fueron obligados a fabricar productos con poco impacto medioambiental. La actitud de los fabricantes se encamino en la dirección correcta pero no alcanzo su propósito. La tendencia a producir productos ecológicos llevó a una competencia insana y las protestas de los “verdes” estaban encaminadas al argumento de que fueron utilizadas como estrategias de mercado y no para la protección del medio ambiente.

    Sin lugar a dudas las estanterías del mercado estaban llenas de productos con toda clase de etiquetas aclamando que esos productos son beneficiosos para el medio ambiente. No hace falta decir que en tal situación cualquier cliente estaría confuso. Cuando el cliente desea adquirir productos ecológicos y el fabricante esta ofertándolos, ¿por qué debe haber confusión? Pero hay confusión en las mentes de los clientes porque el termino ecológico es muy amplio. La mayoría de las palabras referidas al medio ambiente son terminología científica. Un cliente no es un especialista y necesita la asistencia de una autoridad independiente, fiable y competente, que conozca qué producto ha reducido el impacto medioambiental. Por ejemplo, desde que la mayoría de las cadenas de supermercados tienen su propia eco-etiqueta, el cliente no puede estar seguro si lo que se denomina ecológico en un supermercado lo es también en los demás. Por ello existía la necesidad de una etiqueta aceptada por toda Europa considerando la perspectiva de un mercado único. Una etiqueta que debería estar asistida por una autoridad independiente y competente que considerase los intereses de la Unión Europea y no los de un solo estado miembro. Una etiqueta que actuase como guía para los clientes de la Unión Europea y que ayuda a los fabricantes a agradar a los clientes de toda la Unión Europea mas que a los de un solo estado. Así, si un cliente compra en un supermercado de la Unión Europea, no debería estar nunca mas confundido por las distintas etiquetas medioambientales. Solo con mirar la etiqueta ampliamente aceptada puede estar seguro de estar pagando dinero por el producto adecuado y así hacer un esfuerzo sincero para salvar el medio ambiente.

    Los esfuerzos para formular una eco-etiqueta común tuvieron en consideración los intereses de todos los estados miembros de la UE y la visión de un mercado único de gran éxito. Antes de que la UE se diese cuenta de la confusión causada por los fabricantes con la proliferación de las etiquetas de libre lanzamiento, Alemania apareció con la idea de que la etiqueta estuviese otorgada de acuerdo con el impacto que tiene en el medio ambiente. Esta etiqueta debería estar concedida por una autoridad individual competente después de una valoración (o evaluación) del impacto del producto en el medio ambiente. Así, con la eco-etiqueta medioambiental, los consumidores son calmados con una carga de escrutinio de credibilidad de las protestas ecológicas pronunciadas por los fabricantes. Alemania fue el primer país en introducir la eco-etiqueta, seguido de Canadá y Japón. A la demanda de los clientes de una campana oficial de la eco-etiqueta, la UE respondió positivamente. Ello conllevó el nacimiento de la eco-etiqueta de la UE. Existieron muchos factores que forzaron a la UE a encaminarse en tal aventura y las dos razones principales fueron :

  • promover la estrategia reconocida de la UE para aprovechar presiones sociales y los fuerza del mercado y de ese modo reforzar los controles regulatorios convencionales.

  • la amenaza causada por la existencia de la eco-etiqueta alemana y la propuesta de la eco-etiqueta británica y de otros estados miembros para la libre circulación de los productos entre los estados miembros.

  • CAPITULO 2: EL CRITERIO DE LA ECO - ETIQUETA.

    Formular un criterio aceptable para todos los estados miembros de la UE fue una dura tarea y, dado el tiempo consumido, los productos de la UE con eco-etiqueta eran menos en número comparados con otros productos con eco-etiquetas nacionales. Cada producto con eco-etiqueta que sostiene unos criterios uniformes adoptados por la Comisión Europea, ha someterse a los criterios establecidos. Los criterios para los productos fueron desarrollados por la aplicación de un criterio sobre el ciclo de vida que ayuda a aplacar el impacto en el medio ambiente en cada estadio de la vida cíclica del producto. Cada minuto de información es recogido y escrutinado. El punto a destacar es que el impacto medioambiental de cada producto con eco-etiqueta no es el mismo. Por ello la Comisión tuvo que ser muy cautelosa a la hora de evaluar el impacto medioambiental y, si los cuerpos competentes no hacen las encuestas apropiadas al mercado, entonces todo el criterio se convertirá en un asunto sin sentido. En el caso de los criterios ecológicos para pinturas, las condiciones climáticas tuvieron que ser consideradas porque determinaban el contenido de VOC en las pinturas de la Clase 1, ya que el tiempo de secado determina su impacto medioambiental. También era el caso de las lavadoras porque uno de los criterios ecológicos versaba sobre el consumo del agua. En el caso de una lavadora con eco-etiqueta, ésta es puesta en el mercado de un estado miembro donde el agua es abundante, así el cliente no se molestaría en reconocer la cantidad de agua consumida por cada lavado, pero si debería molestarse por la eficiencia energética para ahorrar en sus facturas eléctricas. Pero un cliente de un estado miembro que pueda soportar cargos eléctricos baratos, con menor facilidad de agua, podría comprar una máquina que consumiese menos agua por cada lavabo. Es la responsabilidad de la Comisión Europea satisfacer las diversas necesidades de los estados miembros de la UE con distintas condiciones climáticas en el Norte y en el Sur de Europa. En un principio los criterios fueron desarrollados por un estado miembro líder, pero hoy en día es la Comisión la que debe sustentarlos. Para el desarrollo de los criterios todos los estados miembros contribuyen al establecimiento de unos criterios ecológicos para todos los grupos de productos. Aunque la actual práctica seguida hoy en día es que el desarrollo de los criterios es liderado por la Comisión, los órganos nacionales competentes también pueden liderarlo, mientras no sea revocado por las regulaciones de la Comisión Europea. Cada criterio pasa por seis fases, cada una con su propia importancia. La primera fase es el estudio de viabilidad, donde se determina la adecuación del producto para etiquetarlo. Para destinar a un producto en particular a la obtención de la eco-etiqueta, se tiene que llevar a cabo una encuesta de mercado. En la encuesta de mercado el producto es identificado con el tamaño de la oferta por los fabricantes y la demanda de los clientes del producto. El estadio más importante del proceso es la tercera fase. En este estadio el inventario para cualificar los impactos clave en el medio ambiente durante la vida del producto son tabulados. En el cuarto estadio el impacto medio ambiental es evaluado por clasificación de diferentes categorías de impactos medioambientales y de la cuantificación de los valores es enmarcada en correspondencia con el impacto medioambiental que cause. En la primera fase el criterio es establecido de acuerdo con los impactos medioambientales más importantes. Es seguido de métodos de test apropiados y un acuerdo sobre la certificación del producto. Los criterios son establecidos después de consultar a los representantes de grupos ecológicos, fabricantes, minoristas y clientes a nivel europeo. Después de pasar por las cinco fases, el producto que va a ser etiquetado es tabulado ante la Comisión. Las propuestas, siendo acordados en los servicios internos de la Comisión, son presentadas para un debate formal en el foro de consulta compuesto por representantes de industria y comercio, customers y ecologistas. Sus puntos de vista son remitidos a la Comisión, la cual expone las propuestas a un voto final de los estados miembros. Si se llega a un acuerdo por mayoría cualificada la Comisión adoptara formalmente el criterio y lo publicará el Diario Oficial de la UE.

  • Criterio de etiquetado ecológico para el papel de copia.

  • Los criterios adoptados el 16 de julio de 1996 y publicados en el OJ el 2 de agosto de 1996, continúa aplicable por 3 años antes de que sean revisados. El papel de copia es definido como hojas de papel en distintos formatos hechos de papel, originado de fibras recicladas y/o vírgenes, las cuales son usadas para copiar y que pueden usarse para faxes o impresoras. Establecer criterios ecológicos para productos de papel ha sido un proceso largo y complicado porque el mayor impacto medioambiental esta conectado con la provison de raw materials y la pulpa y el proceso de fabricación del papel. La técnica de fabricación es diferente según los casos, con lo que se excluyo un criterio basado en una sola tecnología. Además, los criterios ecológicos son diseñados to balance con otro con limites mínimos establecidos para el consumo de energía, effuent y emisiones. El criterio encourages a los fabricantes para la utilización de una proporción (porcentaje) de papel reciclado en sus procesos de fabricación. Los objetivos de los criterios son:

  • reducir discharges de productos (o sustancias) tóxicas y contaminantes en aguas navegables.

  • reducir la amenaza global, la acidificación atmosférica y la reducción de recursos no renovables reduciendo el consumo de energía.

  • Aplicar unos buenos principios de gestión para asegurar una gestión forestal sostenible.

  • El producto debe bear la siguiente información en el embalaje estar en consonancia con en criterio ecológico de la UE y contribuir a la reducción de la polución en el agua, la amenaza global y la acidificación, el ahorro de energía y la salvaguarda de los bosques.

  • El criterio ecológico para los detergentes.

  • La Comisión adoptó el criterio el 25 de julio de 1995 y la validez fue estipulada por tres años. El criterio fue liderado por los alemanes y el trabajo fue difícil por las complicadas mezclas de varios componentes químicos e ingredientes usados así como por el aspecto de la esencial confidencialidad de los datos. Esta clase de productos es definida como aquellos productos en polvo, liquido, o cualquier otra forma, usados para lavar textiles, principalmente en lavadoras. El uso de detergentes contribuye significativamente a la polución del agua debido a los productos químicos que presenta en su formulación y al volumen usado - más de 3.5 millones de toneladas al año de detergentes en la UE en 1992. Reducir el impacto en esta área se puede conseguir reduciendo la cantidad de productos químicos usados en el detergente en polvo. El criterio limita el tipo y la cantidad de productos químicos usados y es calculado sobre la base de dosis por lavado. El criterio atrajo al 15% de los fabricantes europeos de detergentes en el momento de solicitud de la eco-etiqueta. El criterio se centra en ingredientes, embalaje e información correcta de la dosis. Los fabricantes fueron obligados a especificar información para el cliente en el embalaje: puridad de encimas e idoneidad para el uso, y deben poner advertencias en los anuncios. La siguiente frase debe aparecer en el producto como información al consumidor: “Lavar a baja temperatura ahorra energía y bajas dosis de detergentes reduce el daño potencial al medio ambiente. En caso de duda, usar la dosis para los tejidos sólidos normales. Esto contribuye a reducir el impacto medioambiental”.

  • El criterio de etiquetado ecológico para bombillas de hogares y oficinas.

  • Los criterios para las bombillas de un extremo fueron publicados en el diario oficial el 15 de diciembre de 1995 y el criterio para las bombillas de dos extremos el 29 de mayo de 1996. Los criterios clave son el uso de energía, el contenido de mercurio, la vida en uso y el contenido apto para reciclaje del embalaje. Reino Unido lidero este criterio con ayuda de consultores de gestión de recursos medioambientales, y llevó cuatro años llegar a un acuerdo final entre los estados miembros y la Comisión. Esta estimado que solo un 3% del mercado europeo aboga por las bombillas de un extremo de eficiente energía y, con referencia a las bombillas de dos extremos, la Comisión Europea espera un aumento marginal en el mercado ya que los consumidores domésticos contribuyen solo con un 1% del mercado.

    El grupo del producto es definido como todas las bombillas que tiene como propósito general dar luz y que son conectabais a una fuente publica de energía. El grupo se divide entre: 1. bombillas de un extremo y 2. bombillas de dos extremos, de acuerdo con su diferente aplicación e idoneidad y con el hecho de que son normalmente intercambiables. Las bombillas de un extremo son definidas como aquellas que tienen una bayoneta, rosca o pin encajado en un extremo e incluye incandescente, tungstenhalogen y bombillas compactas fluorescentes. En el caso de las bombillas de un extremo, solo las bombillas compactas fluorescentes reúnen hoy en día el criterio. Las bombillas de dos extremos son definidas como aquellas que tienen accesorios en ambos extremos, incluyendo principalmente tubos lineales fluorescentes.

  • El criterio de etiquetado ecológico para pinturas y barnices.

  • La Comisión adoptó el criterio ecológico para el etiquetado de pinturas y barnices el 15 de diciembre de 1995. Francia lideró el estudio y llegó a u acuerdo final después de cuatro años. El estudio fue difícil por las peticiones de diferentes límites para el componente orgánico volátil (VOC) por distintos estados miembros. La Federación británica de Coatings respaldó plenamente el criterio final. El criterio ecológico sienta parámetros en:

  • el máximo contenido de pigmento blanco en las pinturas.

  • emisiones y desperdicio de la producción de dióxido de titanio.

  • el máximo contenido de VOC en el producto.

  • El máximo contenido de hidrocarburo aromático volátil en el producto.

  • El grupo de productos es definido como pinturas y barnices decorativas de interior para uso domestico y uso profesional. Son aplicados en capas finas en madera, piedra, metal u otro material para proteger o embellecer la superficie. Las pinturas están divididas en dos clases: Clase 1 y Clase 2. La clasificación gira en torno a si su brillo es menor o mayor de 25 unidades, medido a un ángulo de 60 grados. El grupo de productos incluye pintura liquida o pasta que ha sido teñida o acondicionada por el fabricante o distribuidor.

    Las pinturas son características por su “poder escondido” y los barnices por su transparencia. Las pinturas de la Clase 1 están basadas en agua y se usan para paredes interiores. La base de agua significa satenes mates. El clima del norte de Europa no es el mismo que el del sur, y por ello la Comisión tuvo que tomar en consideración el tiempo de secado de las pinturas antes de poner el contenido de VOC en las pinturas de Clase 1. Después de mucho debate, el contenido de VOC para las pinturas de Clase 1 fue eventualmente establecido en 30 gr per litro, con la propuesta de volverlo a estudiar en la revisión del criterio. Las pinturas de Clase 2 son pinturas con brillo usadas para los marcos de las ventanas y tiene mayor contenido de VOC. La única diferencia entre pinturas blancas y barnices es que los últimos no tienen pigmentos blancos. Así, los criterios determinados para pinturas blancas son aplicables a los barnices con la excepción del criterio concerniente a los pigmentos blancos. El uso de ciertas sustancias no esta permitido y otras sustancias peligrosas están excluidas de la formula. La efectividad y la idoneidad para el uso del criterio tienen que ser satisfecha. Tiene que estar incluido en el embalaje del producto el consejo al cliente sobre: a) cómo limpiar las herramientas para prevenir la polución del agua y b) cómo guardar la pintura después de abrirla para limitar la perdida sólida ahorrando pintura, barniz o disolvente para el futuro uso.

    e) El criterio de etiquetado ecológico para frigoríficos.

    La Comisión publicó el criterio para frigoríficos el 13 de diciembre de 1996, y son conocidos como “frigoríficos verdes”. Los frigoríficos con eco-etiqueta usan hidrocarburos naturales como refrigerantes y en espuma aislante. Los clorofluorcarburos, hidroclorofluorcarburos e hidrofluorcarburos dañan el ozono y contribuyen a la amenaza global. Los criterios para los frigoríficos y congeladores de uso doméstico pretenden reducir el daño medioambiental en relación con la amenaza global, reducción del ozono, acidificación y la reducción de fuentes no renovables y es conseguido por la reducción del uso de sustancias que dañan el medio ambiente y por la reducción del consumo de energía. El criterio clave es el ahorro de energía y sólo para aquellos electrodomésticos que entran dentro de la categoría A o B en la clase de eficiencia energética dentro del Plan del Etiquetado Energético de la Comisión Europea para frigoríficos y congeladores cualificados para la eco-etiqueta. El criterio ecológico limita la emisión de ruido de los refrigeradores a un nivel máximo de 42dB(A) y no es aplicable en el caso de congeladores de caja. La reducción potencial del ozono de refrigerantes y agentes espumosos tiene que ser reducida a 0, al igual que la amenaza global de los mismos tiene que ser reducida a igual o menor de 15. Al cliente se le debe proveer de información detallada del tipo de refrigerante y agente espumoso utilizado y cómo utilizar el electrodoméstico de una manera respetuosa con el medio ambiente.

    f) El criterio ecológico para camisetas y ropa de cama.

    El 11 de mayo de 1996 los criterios ecológicos para camiseta y ropa de cama fueron publicados. La eco-etiqueta para camisetas está referida a camisetas tejidas y no adornados con ninguna base de plástico. La eco-etiqueta para la ropa de cama es aplicable para sábanas de cama, fundas de almohada y cobertores de algodón y poliester. Los criterios cubren productos químicos usados para cosechar algodón, fabricar el poliester, emisiones y productos químicos usados durante el procesamiento de materiales e idoneidad para el uso final del producto. Se estima que entre el 10 y el 15% de todos los pesticidas usados en el mundo van a la producción de algodón. Para obtener la eco-etiqueta es fabricante o importador debe adjuntar un dossier del producto que es evaluado por un asesor independiente actuando en beneficio del órgano nacional competente.

    g) El criterio ecológico para las lavadoras.

    La Comisión Europea adoptó el criterio de la eco-etiqueta por primera vez con la adopción de este criterio para las lavadoras en 1993. Hoover fue la primera compañía que adquirió la eco-etiqueta. El criterio estipula que la máquina tiene que usar la última tecnología para reducir el consumo de energía, de agua y la polución de la misma por la pérdida de detergente. El criterio cubre lavadoras de carga frontal y superior vendidas al público, excluyendo secadoras. El impacto medioambiental de las lavadoras es generalmente durante su uso, mientras que en otros casos como el papel es durante su producción. Según el criterio, la información al consumidor debe incluir:

  • la explicación de los métodos para minimizar el impacto medioambiental.

  • el consejo sobre la disposición de la lavadora.

  • Además, el problema de la polución acústica ha sido tomado en consideración y se recomienda al cliente que compare los niveles de ruido en los diversos momentos del lavado.

    El criterio apunta a tres factores:

  • el consumo de energía: tiene que ser menor a 0.23 Kwh per kg de carga de lavado.

  • el consumo de agua: la lavadora debe usar igual o menos 15 litros de agua por Kg de carga de lavado.

  • el consumo de detergente: la lavadora debe de perder menos del 5% del detergente.

  • el criterio de rendimiento: está evaluado en base a:

  • rendimiento de lavado: la lavadora necesita alcanzar un índice de rendimiento de lavado de más de 0.4.

  • eficiencia del aclarado: la lavadora necesita alcanzar como máximo una eficiencia de secado de 30 disoluciones.

  • información sonora (del ruido): tiene que ser facilitada al cliente.

  • CAPÍTULO 3: LA CONTRIBUCIÓN DEL GABINETE DE ETIQUETADO ECOLÓGICO DE REINO UNIDO (UKEB).

  • La infraestructura del UKEB.

  • El 1 de noviembre de 1992 el UKEB fue establecido por las Regulaciones del UKEB (SI 1992 No.2383) hechas ante el Tratado de las Comunidades Europeas de 1972. Los principales objetivos del UKEB son los siguientes:

  • llevar la tarea eficientemente.

  • promocionar la eco-etiqueta en la industria, intermediarios y consumidores.

  • desarrollar o contribuir al desarrollo de los criterios para los productos.

  • Si la eco-etiqueta en Reino Unido ha tenido impacto, ha sido debido al duro trabajo del UKEB ya que Reino Unido ha sido el único estado miembro de la Unión Europea que ha trabajado en la promoción de la eco-etiqueta europea.

    El UKEB es un órgano público no departamental esponsorizado por el Departamento de Medio Ambiente, Transporte y Regiones. Realiza sus funciones de acuerdo con los términos de su Memorándum, revisado por la Secretaría de Estado de dicho Departamento. De acuerdo con la regulación de 1992, el Gabinete debe estar formado por una cantidad de 12 a 20 miembros, incluyendo el Chairman y el Deputy. La sección 3 de la Regulación de 1992 trata del nombramiento y remuneración de los miembros del Gabinete. Todos los miembros son no ejecutivos con la excepción del Director Ejecutivo.

    El Director Ejecutivo y otros directores son nombrados por el Gabinete, aunque la remuneración y los subsidios deben tener el consentimiento de la Secretaría de Estado y la aprobación del Tesoro. El Director Ejecutivo es también el Director Contable y llevar los negocios del UKEB asistido por los directores de rango superior. Sus responsabilidades más relevantes como Director Contable, incluyendo la responsabilidad por la conveniencia y regularidad de las finanzas públicas, son establecidas por el Memorándum del Director Contable de los Órganos Públicos no departamentales, promulgado por el Tesoro y publicado por el Gobierno Contable.

    Un Código de Buena Práctica promulgado por el UKEB enumera los poderes del Gabinete, la información y responsabilidad de sus miembros como individuos, y la relación del UKEB con el Departamento de Medio Ambiente, Transporte y Regiones.

    El Gabinete tiene tres subcomités, que son los responsables de supervisar el progreso en áreas específicas como

  • el comité del desarrollo del producto, que se reúne cinco veces al año.

  • un comité de marketing y comunicación, que se reúne cuatro veces al año.

  • un comité de auditoría, que se reúne una vez al año y en el que participan todos los miembros.

  • El Comité Auditor es un órgano consultivo con poderes no ejecutivos, cuyas principales funciones son promover mayores estándares de uso apropiado de fondos públicos y fomentar contabilidad apropiada para el uso de esos fondos, mejorar la calidad de los informes financieros revisando las declaraciones financieras internas y externas en beneficio del Gabinete, promover un clima de disciplina financiera y control que ayude a reducir la oportunidad de mala gestión financiera y a promover el desarrollo de sistemas de control interno que ayude a asegurar que el Gabinete está operando:

  • de acuerdo con los requerimientos legales para el uso de los fondos públicos,

  • con autoridades delegadas establecidas por un departamento o por las propias reglas de un órgano público cuyos temas deben estar referidos al Gabinete,

  • en una manera que haga un uso más económico y efectivo de los recursos o fuentes disponibles.

  • El Gabinete obtiene fondos de la Secretaría de Estado para el Medio Ambiente y la Comisión Europea contribuye financiando los gastos. La mayor fuente de impuestos para el Gabinete proviene de las tasas de solicitud y licencia. El dinero gastado por el UKEB es avaluado por la Auditoría, conducida por un auditor nombrado por la Secretaría de Estado para el Medio Ambiente en base al párrafo 16 (3) de las Regulaciones de 1992 del UKEB. El informe del auditor es presentado al Parlamento. En este informe el auditor confirma que las disposiciones financieras han sido apropiadamente preparadas en concordancia con la Regulación de 1992 del UKEB y la dirección realizada por la Secretaría de Estado. Así, para preparar las cuentas, el Gabinete tiene que observar las directrices realizadas por la Secretaría de Estado, incluyendo los requisitos más relevantes para la contabilidad y revelación de cuentas y las políticas contables más apropiadas.

  • Las funciones del UKEB.

  • Las funciones principales del UKEB son las siguientes:

  • servicio al consumidor.

  • establecimiento de los criterios.

  • promoción de la eco-etiqueta a través de publicidad.

  • conducción de la investigación de mercado.

  • proteger y representar los intereses de Reino Unido en materia de Medio Ambiente en la Unión Europea.

  • defender la política de la eco-etiqueta de la Unión Europea en la Casa de los Comunes o en escenario internacional.

  • aconsejar a los ministros en la perspectiva y actitud pública respecto de la eco-etiqueta.

  • fomentar el concepto de consumismo ecológico.

  • las tareas administrativas rutinarias.

  • Servicio al Cliente.

  • El cliente del UKEB es el fabricante o importador que ha obtenido la eco-etiqueta en sus productos, el futuro fabricante o importador que está solicitando la eco-etiqueta o el fabricante o importador que obtuvo la eco-etiqueta pero perdió su derecho por no concordancia con las provisiones del contrato. El cliente que quiera obtener la eco-etiqueta en sus productos tiene que facilitar un formulario y los detalles de su producto para investigar si cumple los requisitos. Si los requisitos se cumplen, el UKEB envía un formulario específico al cliente sobre su producto. Los solicitantes deben tener sus datos y resultados verificados por un organismo independiente antes de someterlo al UKEB. Como paso final del proceso, se firma un contrato entre el UKEB y el fabricante o importador con el acuerdo de usar la eco-etiqueta en una manera bonafide. El UKEB debe seguir supervisando a ese cliente durante el tiempo que se le permita utilizar la eco-etiqueta en sus productos. Así, el Gabinete puede entrar en la industria para supervisar si el producto todavía cuenta con las cualidades para llevar la eco-etiqueta.

  • Establecimiento del criterio.

  • El desarrollo de la eco-etiqueta es la Unión Europea se lleva a cabo bajo la dirección de la Comisión y el UKEB tiene su función restringida a lo siguiente:

  • asegurar que los interesados son consultados a nivel nacional e informados de los desarrollos de la Comisión Europea.

  • negociar las propuestas de Reino Unido en esta materia.

  • coordinar las aportaciones de Reino Unido en los estudios que elabore la Comisión.

  • recomendar o aconsejar a los ministros sobre la posición que el Reino Unido debe tener ante la propuesta de un criterio.

  • Estas funciones del UKEB no pueden utilizarse sin un conocimiento del mercado en el que se mueve. Por ello, debe tener contacto directo con los clientes y aconsejar adecuadamente a los departamentos del Gobierno cuando tengan que tomar decisiones medioambientales que afecten al mundo de la industria o importación, tanto a nivel nacional como europeo.

  • Publicidad.

  • A pesar de que la Comisión dejó a la total discreción de los estados miembros la determinación de la cantidad y la estrategia de la entrega de la información sobre la eco-etiqueta al público, el UKEB es conocido por el buen trabajo realizado. El UKEB ha tenido éxito en promover la materia ante la industria, los intermediarios y los clientes, categorizando el trabajo en dos elementos: promoción de la materia y provisión de información. Las técnicas utilizadas son anuncios publicitarios en la prensa nacional, la publicación de un informe semestral, seminarios para presentar los nuevos criterios, conferencias, panfletos, promover información en los colegios y facilitar todo tipo de información a quien lo requiera.

  • Investigación de mercado.

  • La mayor ventaja de la investigación de mercado es la ayuda que le aporta al UKEB a la hora de analizar las ventajas y desventajas de las eco-etiquetas, para lo que se requiere un gran conocimiento de cómo opera el mercado y cómo se deben interpretar los resultados del mercado. Se deja en manos de los consumidores el certificar o no, mediante el uso o compra de los productos ecológicos, el éxito o fracaso de la eco-etiqueta.

  • Representación de los intereses de Reino Unido en materia de medio ambiente en la Unión Europea.

  • En la práctica, las ideas de Reino Unido suelen tener grana acogida en la Comisión en materia medioambiental ya que el UKEB, en numerosas ocasiones, ha sido un punto de contacto con otros estados miembros por estar en el Forum de órganos competentes, produciéndose grandes alianzas con los Países Bajos y Luxemburgo.

  • Defender la política de la eco-etiqueta de la Unión Europea.

  • El UKEB proporciona asistencia y recomendación, así como defensa de la política gubernamental en materia de la eco-etiqueta, siempre que se requiere. En los últimos tres años ha trabajado duro para defender esta materia frente a las enormes críticas que ha sufrido. Las quejas se han llevado a cabo ante la Organización Mundial del Mercado (World Trade Organisation) y algunos anuncios publicitarios han sido referidos a la Autoridad de Standards Publicitarios (Advertising Standards Authority). En tal situación los Ministros estaban obligados a defender la posición de Reino Unido, para lo que se necesitó la ayuda del UKEB, que preparó la defensa. Además, el Director Ejecutivo del Gabinete tuvo que dar evidencia, junto con algunos ministros, ante el Comité de Medio Ambiente de la Casa de los Comunes en materia concerniente a la eco-etiqueta.

  • Aconsejar a los Ministros en su opinión pública.

  • Los miembros del UKEB tienen diferentes intereses y, debido a sus distintas percepciones del concepto, los Ministros han obtenido diferentes opiniones sobre el mismo problema. Ya que el UKEB tiene miembros de distintos estratos, los Ministros no estarán nunca condicionados por una misma línea de pensamiento, a pesar de que el UKEB se esfuerce por dar una opinión justa, unitaria y no condicionada. El UKEB ha llevado a cabo un estudio sobre la actitud pública frente al consumismo ecológico, contando para ello con la asistencia del Council Nacional del Consumidor y el Departamento de Medio Ambiente.

  • Responder a las grandes iniciativas sobre consumismo ecológico.

  • Desde el día en que el UKEB empezó a operar, el consumismo ecológico ha ocupado una posición importante en su agenda. A través de habilidades analíticas y de negociación ha llevado esta función de una manera suave, como por ejemplo apoyar las opiniones de los Verdes.

  • Funciones administrativas ordinarias.

  • Ya que el UKEB es un órgano público no departamental lleva a cabo funciones administrativas como las siguientes:

  • proporciona una secretaria para el Gabinete.

  • realiza la gestión financiera para asegurar que el Gabinete actúa conforme a las leyes y las recomendaciones de otros organismos públicos.

  • Como conclusión se puede decir que el UKEB funciona como administrador, consultor, negociador, intermediario, regulador e informador, y en el marco se admite que hace un buen trabajo.

  • Cierre del UKEB.

  • El 3 de agosto de 1998, Michael Meacher, Ministro de Medio Ambiente, anunció la decisión de cerrar el UKEB. La idea básica era adoptar unas medidas más integrales y paralelas a la Comisión Europea ya que la materia se consideró de segunda importancia. Además, el Gobierno apuntó el enorme gasto que suponía financiar el UKEB con fondos públicos, más de 2.5 millones de libras en un año.

    Así, las buenas funciones y grandes logros del UKEB fueron olvidados, incluso el hecho de que es el único organismo independiente especializado en la eco-etiqueta en toda la Unión Europea, ya que otros estados miembros remitieron la materia a los Ministros de Medio Ambiente.

    Los pros y los contras de seguir manteniendo el UKEB fueron estudiados en un informe financiado por el Departamento de Medio Ambiente, Transporte y Regiones, en el que se refleja que los Ministros no consideran de importancia la eco-etiqueta para mejorar la política de medioambiental en la industria.

    El 30 de julio de 1999, el Ministro Michael Meacher anunció nuevas medidas para mejorar la información medioambiental en los productos de consumo. Para ello quería establecer una división especial dentro del Ministerio que se encargase de esa materia, y además que aconsejara a los ministros cómo aumentar el éxito de los productos ecológicos en el mercado. Hasta dónde yo tengo noticia, el informe para crear esa división todavía se está preparando.

    Por tanto, el futuro de la eco-etiqueta en Reino Unido está en manos de los ministros y su actuación. En estos momentos se puede ser optimista y esperar que una buena y eficaz política de la eco-etiqueta sea llevada a cabo por la Comunidad Europea en su conjunto.

    CAPÍTULO 4: LOS PROGRAMAS DE ETIQUETADO ECOLÓGICO EN OTROS PAÍSES.

    Aunque los estados miembros de la Unión Europea reconocen la eco-etiqueta comunitaria, no ha habido ningún tabú a la hora de promover eco-etiquetas nacionales. Así, muchos estados miembros tienen ambas etiquetas y una simple mirada alrededor nos ayuda a entender la influencia que las etiquetas nacionales tienen en el mercado y en los consumidores nacionales.

    Alemania fue el primer país que empezó el programa de etiquetado ecológico. La eco-etiqueta alemana es conocida como Ángel Azul, que fue introducida por primera vez en 1977 por el Ministro Federal de Interior (que era el encargado de las materias de Medio Ambiente en esa época) y los respectivos ministros de los estados federales. Desde 1986 el Ministro Federal para el Medio Ambiente, Conservación Natural y Seguridad Nuclear empezó a asumir la responsabilidad en materia medioambiental. El Ángel Azul es considerado un instrumento importante dentro de la política medioambiental, cuyo contenido es específico: el logotipo ecológico de las Naciones Unidas, una inscripción marginal con las palabras “etiqueta ecológica”, y una explicación de las razones por las que el producto tiene esa etiqueta.

    El responsable del Ángel Azul es el Ministro Federal para el Medio Ambiente, Conservación Natural y Seguridad Nuclear, pero es ayudado por instituciones como Unweltbundesant (Agencia Federal del Medio Ambiente), RAL o el Jurado de la Etiqueta Ecológica. La primera de estas instituciones elabora los borradores para los criterios ecológicos, envía propuestas y revisa los criterios que ya existen. La segunda institución examina los formularios de solicitud de la eco-etiqueta y concluye el contrato con los fabricantes. Y la tercera institución, compuesta por representantes de ciencia, industria y comercio, y asociaciones de Medio Ambiente y consumidores, decide el grupo de productos y un criterio base individual para cada grupo.

    El procedimiento para otorgar la eco-etiqueta se divide en dos fases: elaboración de un criterio base y posterior examen de los productos.

    Austria desarrolló su eco-etiqueta nacional en 1991. La eco-etiqueta fue diseñada por el artista austríaco Friedensreich Hundertwasser, y corresponde al Ministro de Medio Ambiente, Juventud y Familia todo lo relacionado con ello. Al ser un miembro de la Unión Europea, promueve la eco-etiqueta europea, pero la eco-etiqueta austríaca representa uno de los instrumentos más modernos y eficaces de la política medioambiental. El ratio de eficacia es muy alto ya que es un criterio que aboga por la transparencia más absoluta. Por ello la credibilidad en el mercado es muy alta y es un instrumento muy persuasivo a la hora de orientar las decisiones de los consumidores.

    España tiene como eco-etiqueta a AENOR - Medio Ambiente, y cuenta con un procedimiento de entrega de seis estadios. La primera fase es la presentación de la solicitud de los fabricantes interesados en obtener la etiqueta. El fabricante debe incluir una descripción del producto, pero puede ser requerida más información. Después de un proceso de evaluación, los Auditores de AENOR visitan la industria o fábrica para comprobar que los requisitos ecológicos se cumplen. En el proceso se pueden recoger muestras del producto y mandarlas a laboratorios acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o el Ministro de Interior puede llevar a cabo un examen del producto de acuerdo con unos criterios ecológicos determinados. El informe de evaluación final se envía al Comité Técnico de Certificación Medioambiental y, con su consentimiento, el fabricante puede usar la eco-etiqueta por un periodo de tres años. Cada año los fabricantes deben enviar los productos con la eco-etiqueta para una verificación.

    Los países nórdicos (Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia) poseen bastante actividad en materia medioambiental (a excepción de Islandia, poco representativo para el propósito de este estudio), tanto a nivel nacional como internacional.

    En Noruega, la Fundación Noruega del Medio Ambiente, compuesta por un Council y un pequeño Gabinete, controla la eco-etiqueta desde 1989. El Council, compuesto por ocho miembros de la Administración del Estado y once miembros de organizaciones interesadas, tiene funciones tales como:

  • estipular una línea de acción de la Fundación.

  • decidir las propuestas del Gabinete concernientes a la expansión o reorganización de la actividad.

  • considerar las quejas de los fabricantes o importadores.

  • realizar un informe anual.

  • aprobar las cuentas.

  • En Suecia, el Instituto Suizo de Standards controla la eco-etiqueta. El Gabinete para el etiquetado ecológico de un producto es un órgano nacional de decisión, y tiene responsabilidades tales como adoptar líneas generales de acción, decidir los grupos de productos y nombrar grupos de expertos para la investigación de los productos.

    Un estudio llevado a cabo en 1998 por Charlotte B. Nielsen y Henriette Ollgaard, miembros del Instituto técnico danés para la protección medioambiental danesa, considera la posibilidad de cooperación entre las eco-etiquetas existentes en Europa. El principal propósito de este estudio es apuntar las diferencias e igualdades entre las eco-etiquetas nacionales para lanzar una propuesta de cooperación. Los cinco grandes temas sobre los que gira son: el establecimiento de los criterios, el procedimiento de solicitud y métodos de test, el control de concordancia, estrategias de información y líneas para cooperación.

    En 1994 una Network Global sobre el etiquetado ecológico fue establecida, con el objetivo a largo plazo de moverse hacia una armonización en las eco-etiquetas nacionales en el marco de la Unión Europea. Hasta ahora su trabajo se ha centrado en los métodos de examen de los productos, sin mostrar ningún interés sobre el establecimiento de un criterio ecológico internacional.

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    Ibid.

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    Enviado por:Cristina Fernández
    Idioma: castellano
    País: España

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