Filosofía y Ciencia


Justicia en Aristóteles


La justicia en Aristóteles

Todos entienden llamar justicia aquel habito que dispone a los hombres a hacer cosas justas y por el cual obran justamente y quieren las cosas justas. Del igual modo con respecto a la injusticia, pues por ella los hombres obran injustamente y quieren las cosas injustas.

Tomemos, pues, como punto de partido el determinar en cuantos sentidos se dice de uno que es injusto.

Son tenidos por injustos: el transgresor de la ley, el codicioso y el inicuo o desigual; de donde es claro que el justo será el observante de la ley y de la igualdad. Lo justo, pues, es lo legal y lo igual; lo injusto lo ilegal y lo desigual.

En un sentido llamamos justo a lo que produce y protege la felicidad y sus elementos en la comunidad política.

La justicia no es una parte de la virtud, sino toda la virtud, como la injusticia contraria no es una parte del vicio, sino el vicio todo. La justicia es la virtud perfecta con relación a otro (por eso es la mejor de las virtudes).

La virtud y la justicia son lo mismo en su existir, pero en su esencia lógica no son lo mismo, sino que, en cuanto es para otro, es justicia, y en cuanto es tal habito en absoluto, es virtud.

La injusticia, en primer lugar, se refiere a la ilegalidad. Lo injusto y la injusticia como desigualdad no son lo mismo, sino diferentes de lo injusto y la injusticia como ilegalidad, una como parte, otra como el todo; porque la injusticia en sentido particular es una parte de la justicia total, y de la misma manera la justicia en un sentido de la justicia con el otro.

Si lo injusto es lo desigual, o justo será lo igual. Y puesto que lo igual es un medio, lo justo será también una especie de medio. En tanto que medio, lo es entre ciertos términos que son lo mas y lo menos.

Lo justo es algo proporcional. Lo proporcional no es propio tan solo del numero como unidad abstracta sino del numero en general.

Lo justo distributivo se refiere a las cosas comunes, y es siempre conforme a la proporción. Si se hace la distribución de las riquezas comunes, se hará según la razón que guarden entre si las aportaciones particulares. Lo injusto, por su parte, siendo lo opuesto a lo justo, consiste en estar fuera de dicha proporción. Mas lo justo en las transacciones privadas, por mas que consista en cierta igualdad, así como lo injusto en cierta desigualdad, no es según aquella proporción, sino según la proporción aritmética.

La ley atiende únicamente a la diferencia del daño y trata como iguales a las partes, viendo solo si uno cometió la injusticia y otro la recibió, si uno causo daño y otro lo resintió.

Lo justo correctivo será, por tanto, el medio entre la perdida y el provecho.

Lo igual es aquí el medio entre lo mayor y lo menor según la proporción aritmética. Y por esto lo justo se llama así porque indica la división en dos mitades, como si se dijera “partido en dos” y el juez fuera el que parte en dos.

Lo justo, en efecto, existe solo entre hombres cuyas relaciones mutuas están gobernadas por la ley, y la ley existe para hombres entre quienes hay injusticia, puesto que la sentencia judicial es el discernimiento de lo justo y de lo injusto.

De lo justo político una parte es natural, otra legal. Natural es lo que en todas partes tiene la misma fuerza y no depende de nuestra aprobación o desaprobación. Legal es lo que en un principio es indiferente que sea de este modo o del otro, pero que una vez constituidas las leyes deja de ser indiferente.

Cada una de las normas justas y legales es como lo general con relación a los casos particulares. Nuestros actos son muchos, pero cada norma es única, puesto que es general.

Lo injusto lo es por naturaleza o por disposición de la ley. Esto mismo, cuando se ejecuta, es una acción injusta; pero antes de ejecutarse no lo es aun, sino solo algo injusto. Y otro tanto con respecto al acto de justicia, por mas que el termino general sea mas bien “acción justa”, y el termino “acto de justicia” se aplique a la corrección de una injusticia.

Se comete injusticia o se obra justamente cuando alguno ejecuta tales actos voluntariamente. Si un acto es o no un acto de injusticia (o de justicia) se determina por su carácter voluntario o involuntario.

Cuando se obra conscientemente, pero sin previa deliberación, se comete un acto injusto, como todo lo que se hace por cólera y por otras pasiones que en los hombres son necesarias o naturales.

Si se daña con deliberación, se comete injusticia, y por estos actos injustos el que comete injusticia es injusto, ya sea que viole la proporcionalidad o la igualdad.

Así como no es lo mismo cometer actos injustos que practicar la injusticia, tampoco lo es sufrir actos injustos que sufrir injusticia, y lo mismo en lo que ve a practicar la justicia y a recibir la justicia. Es imposible sufrir injusticia si no hay alguno que obre injustamente, ni recibir justicia si no hay alguno que obre justamente.

El que distribuye mal es el que obra injustamente, pero no siempre pasa con el que recibe en demasía, porque no obra injustamente aquel a quien le toca lo injusto, sino aquel que voluntariamente puede hacer lo injusto, es decir, aquel en quien la acción tiene su origen. Quien recibe en demasía no obra injustamente, aunque si hace cosas injustas.

Pasemos ahora al tema de la equidad y lo equitativo y de la relación que guardan con la justicia.

Es el perfeccionamiento de la justicia en su aplicación a los casos concretos. Según Aristóteles, cuando la aplicación literal de una ley condujera a resultados notoriamente contrarios a su espíritu, corresponde a la equidad rectificarla dando la solución justa.

La equidad es, por consiguiente, un correctivo del derecho positivo, que se emplea cuando es preciso aplicar sus formulas generales a los casos concretos.

Aristóteles expresa que lo equitativo y lo justo son la misma cosa; la única diferencia es que lo equitativo es aun mejor.




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Enviado por:Marcelo Cassetari
Idioma: castellano
País: España

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