Economía


Introducción a la Economía


“El currículum Vitae”

El currículum vitae es la presentación resumida de la vida formativa y laboral del candidato, que sirve para que la empresa tenga información relevante para el proceso de selección y para destacar los aspectos del candidato que mejor se ajustan al perfil del puesto. Suelen acompañarse de una carta de presentación. Presenta algunos problemas: al ser elaborado por el propio candidato, carece de uní formalidad con los presentados por los demás; que no siempre aporta una información completa. El currículo vitae debe recoger la siguiente información: datos personales, formación, experiencia laboral, otros datos…

El currículo vitae debe de ser breve, claro y conciso, bien presentado y no debe contener pretensiones económicas.

“Las retribuciones”

La empresa debe recompensar a los trabajadores por el esfuerzo desarrollado en ella. Es una oportunidad para incrementar la motivación de sus empleados y su integración.

Concepto de salario: es el conjunto de contraprestaciones que recibe un trabajador, sea en dinero o en especie, que va a remunerar tanto el trabajo efectivamente realizado como el tiempo de descanso computable como trabajo. El salario está compuesto por un salario base, que es una retribución fija en función del tiempo trabajado. El salario se negocia entre el trabajador y la empresa. La ley protege a los trabajadores fijando un salario mínimo interprofesional, que es el menos salario que puede cobrar un trabajador de cualquier sector de España por unidad de tiempo. Además los trabajadores en España tienen derecho al menos a dos pagas o gratificaciones extraordinarias al año.

Formas de retribución. Las retribuciones que recibe un trabajador son, básicamente, de cuatro tipos:

  • El sueldo base es una compensación monetaria básica que el trabajador recibe por el puesto que ocupa, por la categoría y por su formación y experiencia.

  • La retribución por mérito se corresponde con recompensas a posteriori por haber alcanzado ciertos objetivos.

  • Los incentivos y bonos son la parte variable de la retribución, que se añade al salario base en función del nivel de rendimiento.

  • Los beneficios sociales son compensaciones no monetarias que el empleado recibe por su trabajo, y que normalmente no están ligadas ni al puesto ni a la persona ni al rendimiento, sino que son ventajas ofrecidas a un empleado.

  • “Fuentes de reclutamiento”

    Se suele distinguir entre dos tipos de fuentes de reclutamiento: las fuentes externas de reclutamiento, que son las que buscan al candidato en el exterior de la empresa, y las fuentes internas, que lo buscan en la propia empresa. La fuente interna más importante es la promoción interna. Algunas de las fuentes externas de reclutamiento son:

  • Candidaturas espontáneas: la organización puede crear una bolsa de empleo o un archivo de solicitudes compuesto por candidaturas espontáneas, es decir, aquellas que presentan posibles candidatos sin acudir a un proceso de selección concreto.

  • Anuncios de prensa: la inserción de anuncios con ofertas de empleo en diarios y revistas es la fuente de reclutamiento más utilizada en todo el mundo. Su ventaja principal es que con un coste mínimo puede llegar a un gran número de candidatos. Para la utilización correcta de esta fuente hay que tener en cuenta una serie de factores.

    • Identificación del público al que va dirigido y que puede condicionar la publicación elegida.

    • Elección de la publicación o publicaciones en las que se insertará el anuncio, según la tirada del periódico o revista y su cobertura geográfica, el tipo de lectores y el precio de los anuncios.

    • Elección del lugar y de la página dentro de la publicación.

    • Elección del contenido del anuncio.

    • Agencias de colocación. Pueden ser agencias de colocación públicas, que realizan una tarea de mediación entre oferentes y demandantes, como el INEM y agencias de colocación privadas.

    • Empresas competidoras: una fuente de reclutamiento que se utiliza con bastante frecuencia es buscar los trabajadores en otras organizaciones.

    • Universidades y centros de estudios: una buena fuente es dirigirse a los centros en los que estos han formado o están formando.

    • Otras fuentes de reclutamiento: las empresas de trabajo temporal, los contactos y amigos de los empleados de la empresa, las asociaciones profesionales, foros de empleo…

    • “Proceso Administrativo”

      Planificar: marcar los objetivos y metas, es determinar a dónde se quiere llegar y preparar los programas de acción.

      Organizar: crear una estructura, determinada que debe hacerse cómo se hará y quién deberá hacerlo.

      Dirigir: dirigir el personal es motivarlo, seleccionarlo, adecuar el trabajo a las capacidades.

      Controlar: vigilar para que todo suceda de acuerdo con lo fijado, lo ordenado o las reglas establecidas.

      “Ética y responsabilidad social”

      Las organizaciones realizan actividades que, de manera intencional o inadvertida, afectan a las instituciones y a los grupos de interés que pueblan su ambiente.

      Debido a las relaciones de las empresas con los distintos grupos y las repercusiones que sus decisiones y acciones tienen sobre ellos, surge a fines de la década de los 60 el balance social. Posteriormente se evoluciona y se pone énfasis en la responsabilidad social de las empresas. En la década de 1990 cuando se comienza a difundir y hacer investigaciones sobre la necesidad y la conveniencia para la misma empresa de adoptar comportamientos éticos. De esta manera, surge el ámbito empresarial, la ética.

      “El balance social”

      Una empresa en su normal funcionamiento adopta decisiones que afectan a su entorno y a los distintos grupos sociales que coexisten con ella. La forma de representación de las acciones de la empresa que afectan a su entorno social es el balance social.

      El balance social tomo el nombre y la estructura básica de uno de los estados contables más difundidos en la actualidad. El impacto social puede valorarse identificando:

      • Beneficios sociales: recursos sociales o económicos añadidos por la empresa a la sociedad y que esta considera positivos.

      • Costes sociales: son los recursos sociales o económicos que la empresa consume como consecuencia de su funcionamiento.

      Cuando la sociedad considera que el resultado de una determinada actividad empresarial es negativo desde el punto de vista social, la empresa está incurriendo en un coste social:

      Para establecer un balance social se precisan varios elementos:

      • Información sobre los impactos sociales.

      • Valoración de los costes.

      • Valoración de los resultados alcanzados.

      • Contraste social del proceso de valoración.

      “La responsabilidad social como obligación social”

      La responsabilidad social de las empresas es cumplir con las requerimientos legales y preocuparse solamente de obtener beneficios. Los que apoyan este enfoque ofrecen los siguientes argumentos para apoyar su punto de vista:

      • Incumplimiento de la maximización de los beneficios: las empresas son más responsables cuando atienden estrictamente sus intereses económicos y dejan otras actividades a instituciones externas.

      • Aumento de los costes: muchas actividades no alcanzan a pagar todos sus gastos.

      • Falta de habilidades: los administradores están pobremente cualificados para resolver cuestiones sociales.

      “La responsabilidad social como reacción social”

      El objetivo de la empresa para estos autores sería alcanzar beneficio económico en el mercado y también sobrevivir en él. Para lograrlo, las empresas deben reaccionar a las expectativas.

      Los argumentos a favor de un comportamiento socialmente responsable son los siguientes:

      • Aumento de los beneficios a largo plazo.

      • Mejor imagen pública.

      • Mejor ambiente.

      • Posesión de recursos.

      • Logro de los interese de los accionistas.

      “División del trabajo: actividades de línea y staff”

      La importancia de este fenómeno reside en que según cual sea la percepción de los individuos de las cosas, así serán sus actitudes, y sobre todo, las decisiones que tomen. Analizando los trabajos que se realizan dentro de una organización, resulta fácil observar que algunos guardan una estrecha conexión con el cumplimiento de la misión. Por ejemplo, a la fabricación, venta y distribución. Otras, sin embargo, la relación es bastante difusa. En el trabajo de los miembros de departamento de personal o en el que realizan los contables.

      Las tareas directamente implicadas en el cumplimiento de la misión de la organización se denominan tareas de línea, mientras que las que sirven de apoyo al desarrollo del trabajo básico se denominan tareas de staff. El personal de línea suele ser con desagrado la limitación de su libertad de acción que estas actuaciones suponen.

      “El organigrama”

      El reparto del trabajo que se debe realizar y el diseño de mecanismo para una coordinación efectiva. La estructura representa el conjunto de formas en que la organización ha decidido dividir el trabajo en diferentes tareas y los modos que ha utilizado para coordinarlas.

      El organigrama representa los siguientes elementos de la estructura de una organización:

    • Las relaciones de autoridad existentes entre los elementos que la componen.

    • Los canales formales de comunicación que deben ser utilizados en condiciones normales.

    • Los grupos formales de trabajo.

    • El esquema formal de reparto de las responsabilidades.

    • “Agrupación funcional”

      El criterio de agrupación funcional habría sido colocar en el mismo departamento a todos aquellos puestos que ejecutan tareas o actividades parecidas en cuanto a su contenido. Como principales ventajas todas aquellas que realizan actividades parecidas o comparten unas mismas habilidades, lo lógico es que desarrollen una gran especialización en sus trabajos.

      En el lado negativo habría que colocar por ejemplo, se hace necesario ahora diseñar un mecanismo de coordinación que integre las tres actividades que hemos diferenciado.

      Esta forma de crear unidades de trabajo se denomina agrupación funcional. La razón es sencilla, los departamentos se corresponderían con las funciones de marketing, producción, finanzas, administración, gestión de recursos humanos…

      “Empresario individual”

      Según el código de comercio, se define como empresario individual la persona que, teniendo capacidad para ejercer el comercio, se dedica a él habitualmente y lo realiza en nombre propio:

    • Capacidad: tiene capacidad para ejercer el comercio las personas mayores de edad y que además tenga libra disposición de sus bienes.

    • Ejercicio habitual: para que exista el comercio, se exige que este se realice de manera continuada.

    • En nombre propio: decimos que se desarrolla el comercio en nombre propio cuando el titular de este proclama a la sunción de toda responsabilidad frente a terceros.

    • El empresario individual deberá inscribirse en el registro mercantil, así como llevar una adecuada contabilidad de su empresa.

      Por otra parte, responderá de sus obligaciones de manera personal e ilimitada. Es decir, si incumple sus contratos, los acreedores tendrán como garantía de cobro todos los bienes del empresario individual.

      Existen una serie de personas que tiene prohibido el ejercicio del comercio debido a la responsabilidad que se desprende de los cargos públicos que desempeñan, como los magistrados, jueces y funcionarios del ministerio fiscal.

      “Sociedad Anónima”

      Es aquella sociedad en la que el capital social está dividido en acciones pertenecientes a los socios, los cuales no responderán personalmente de las deudas sociales. En el nombre de la sociedad deberá aparecer la indicación Sociedad Anónima S.A.

      Las aportaciones de los socios podrán ser dinerarias, pero sean de un tipo u otro, deberán ser susceptibles de valoración económica. El capital social esta dividido en acciones. Las acciones representan partes alícuotas de capital social, y cada una tiene un determinado valor, de manera que la suma del valor de todas las acciones nos mostrara el valor del capital social. Todo socio tiene una serie de derechos básicos:

    • Derecho de participar en el reparto de las ganancias de la sociedad.

    • Derecho de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones.

    • Derecho de voto en las juntas generales.

    • Derechos de información.

    • La sociedad anónima quedará constituida al inscribir en el Registro Mercantil la escritura de constitución. Dicha escritura de construcción es la forma elegida por la ley para expresar la voluntad de crear una sociedad. En ella deberán constar una serie de elementos como: los datos significativos de los socios, la voluntad de formar la sociedad, los bienes aportados por cada socio y las acciones que se les asignaran a cada uno.

      El órgano de administración y representación de la sociedad es la junta general y muestra la voluntad de los socios. Las juntas generales podrían ser de dos tipos: ordinarias y extraordinarias. Las juntas ordinarias se convocarán una vez al año, y en ellas se censurará la gestión de la sociedad llevada a cabo por los administradores. Por otra parte, toda junta general que no sea ordinaria será extraordinaria y en esta junta se abordan los mismos asuntos que en las juntas ordinarias. Podrán asistir a las juntas generales todas aquellas personas que dispongan los estatutos de la sociedad, que generalmente son los accionistas de esta. La adopción de acuerdos aprobados por la junta general se llevará a cabo por la mayoría de los votos presentes.

      El órgano de administración por excelencia de la sociedad es la junta general, pero la sociedad necesita una administración que tenga un carácter permanente. Por ello, se nombra a algún administrador que desempeñe su cargo durante un plazo determinado, que debe venir reflejado en los estatutos y que no podrá ser superior a 5 años. Otra opción es el nombramiento de varios administradores, o de un consejo de administración.

      Al ir creciendo, la sociedad anónima va necesitando nuevos fondos para aumentar el número de recursos. Una de las maneras para adquirir estos fondos es la ampliación del capital social, que se puede realizar emitiendo nuevas acciones o aumentando el valor nominal de las acciones ya existentes. En ambos casos, el contra valor del aumento de capital podrá consistir en:

    • Nuevas aportaciones, tanto dinerarias como no dinerarias.

    • Compensación de créditos, mediante la cual se sustituye las deudas con los acreedores por acciones de la sociedad.

    • Capitalización de reservas. En este proceso se transforman las reservas de la sociedad en capital social.

    • La sociedad anónima puede desaparecer. Esta desaparición se produciría tras llevarse a cabo la disolución y liquidación de la sociedad. Las causas de disolución son muy diversas, aunque entre ellas destacan haber conseguido el fin social o bien la total imposibilidad de llegar a su consecución aunque la mayoría de las disoluciones vienen motivadas por la quiebra de la sociedad. Una vez disuelta esta, vendrá el periodo de liquidación.

      “Sociedad de Responsabilidad Limitada”

      Es aquel tipo de sociedad en la que el capital está dividido en participaciones sociales, las cuales se integrarán por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

      En el nombre de la sociedad deberá figurar la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Sociedad Limitada”, o sus abreviaturas S.R.L. o S.L. El capital social no podrá ser inferior a 3000€.

      Al igual que en la sociedad anónima, la constitución de la sociedad se realizará mediante la inscripción de la escritura de construcción en el Registro Mercantil. Esta escritura de constitución será similar a la de la sociedad anónima. La única diferencia destacable será que en vez de asignar a los socios se les asignarán participaciones.

      Las participaciones podrán ser tanto dinerarias como no dinerarias. Los socios recibirán participaciones sociales proporcionales a las aportaciones que hayan realizado. El capital social está dividido en participaciones. Estas no son más que cada una de las partes en que se divide el capital social y estas no podrán denominarse acciones y los poseedores de estas tendrán una serie de derechos:

    • Derecho de participar en el reparto de las ganancias de la sociedad.

    • Derecho de suscripción preferente en la emisión de nuevas participaciones.

    • Derecho de voto en las juntas generales.

    • Derecho de información.

    • Concurren en la sociedad limitada los mismos órganos de administración que en la sociedad anónima, en la que destacábamos la junta general. También aquí es necesario un órgano de administración de carácter permanente. La administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador, a varios o aun consejo de administración. El contravalor del aumento del capital social podrá consistir, al igual que en la sociedad anónima:

    • Nuevas aportaciones, tanto dinerarias como no dinerarias.

    • Compensación de créditos.

    • Capitalización de reservas.

    • También pueden desaparecer la sociedad de responsabilidad limitada. Las causas de disolución son similares a las de la sociedad anónima: haber conseguido el fin social o la total imposibilidad de llegar a su consecución.

      “Cooperativa”

      Es una sociedad constituida por personas que se asocian para la realización de actividades encaminadas a satisfacer sus necesidades, con estructura y funcionamiento democrático. En el nombre de la sociedad deberán figurar las palabras “Sociedad Cooperativa” o su abreviatura “S. Coop.”

      En estas sociedades podrán ser de dos tipos, cooperativa de primero y de segundo grado: las de primer grado, a su vez, se dividen según determinados sectores. La sociedad cooperativa se constituirá mediante la inscripción de la escritura de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas. Si se trata de una cooperativa de primer grado, el número mínimo de socios es de tres, si es de segundo grado, deberá estar constituida al menos por dos cooperativas.

      El capital social vendrá constituido por las aportaciones de los socios. Las aportaciones podrán ser dinerarias y no dinerarias, pero siempre deberán ser susceptibles de valoración económica. Dentro de los derechos, destacamos los derechos de asistencia y participación en la Asamblea General, derecho de participación en la liquidación de la sociedad, derecho de información y derecho de ser elegido en los órganos de la sociedad.

      De las obligaciones, destacamos la obligación de cumplir los acuerdos que se hayan formalizado en los estatutos y la de participar en las actividades de la cooperativa para alcanzar el fin social. Los órganos de la sociedad cooperativa son:

    • La Asamblea General es la reunión de los socios constituida con el objeto de deliberar y adoptar acuerdos que estatutariamente sean de su competencia. La Asamblea General puede ser ordinaria y extraordinaria. En la ordinaria, se examinará la gestión social y se tratarán los asuntos propios de la competencia de la Asamblea, que se convocará todos los años.

    • B) El Consejo Rector es el órgano de gobierno al que corresponde la gestión de la sociedad. Los consejeros serán elegidos por un período de entre 3 y 6 años.

    • La intervención es un órgano que puede comprobar toda la documentación de la cooperativa y proceder a las verificaciones que estime oportunos. Los interventores serán elegidos principalmente entre los socios.

    • La cooperativa se disolverá porque así lo dictamine la Asamblea General, por la reducción del número de socios por debajo del mínimo establecido, por la realización o imposibilidad de conseguir el fin social, o por cualquier otra causa establecida en los estatutos.




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    Enviado por:Ria
    Idioma: castellano
    País: España

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