Ecología y Medio Ambiente


Instrumentos económicos fiscales


LECCION 12: INSTRUMENTOS ECONÓMICOS Y FISCALES

El Derecho ambiental pretende conseguir un equilibrio ecológico que permita un desarrollo sostenible y sea compatible con la conservación del medio y su utilización racional.

El sistema económico existente presupone que el funcionamiento de nuestro mercado conduce a una asignación óptima de los recursos escasos disponibles de forma que ningún sujeto puede mejorar si posición si no es a costa del empeoramiento de la de otro. Uno de los fallos de este sistema son la existencia de externalidades, que surgen cuando la decisión de una unidad económica de consumir o producir origina en otra unidad ciertas ventajas o inconvenientes, sin que se satisfagan compensaciones por esos beneficios o costes que se han generado externamente.

El Estado debe afianzar la utilización racional de los recursos naturales, impidiendo su aprovechamiento irracional. La gestión eficiente de los recursos ambientales reclama la internalización de los costes de prevención, control y daños derivados de la contaminación. La internalización puede lograrse por una reglamentación administrativa del sector público por la que no se podría superar un volumen de producción y fijando el precio. También puede lograrse a través de otros instrumentos basados en mecanismos de mercado. Estos pueden definirse como aquellos que afectan a costes y beneficios de acciones alternativas abiertas a los agentes económicos. Son ejemplos de estos instrumentos los impuestos, las ayudas financieras, los incentivos financieros para asegurar el cumplimiento, etc...

Dada la experiencia mundial, es recomendable utilizar los instrumentos económicos, ya que se ha comprobado que hay reducciones substanciales de la contaminación y ahorro en los costos ambientales.

En Brasil, por ejemplo, en el marco de un estudio del Banco Mundial, en el cobro por DQO del agua que se descarga, contra controles cuantitativos, se descubrió que se ahorra 80% con el instrumento económico, en comparación con el tradicional de comando y control.

Los instrumentos económicos son más flexibles que las soluciones administrativas. Pretenden incentivar la disminución de la contaminación. La regularización, a medio plazo, daña la competitividad, ya que no facilita el desarrollo de nuevas tecnologías de control de contaminación. La ventaja de los instrumentos económicos es que los riesgos se equilibran por las nuevas oportunidades que vienen de la competencia, eficiencia e innovaciones.

La legislación básica en materia de medio ambiente la dicta la CE. El objetivo del quinto programa de actuación en materia de medio ambiente (en lo sucesivo denominado "el programa") es transformar el modelo de crecimiento de la Comunidad, a fin de fomentar el desarrollo sostenible. El programa sigue buscando soluciones a los problemas medioambientales (cambio climático, contaminación de las aguas, gestión de los residuos, etc.) pero también persigue el establecimiento de nuevas relaciones entre los agentes que intervienen en el sector del medio ambiente. Está basado en los siguientes principios:

  • adopción de un enfoque global y constructivo, dirigido a los distintos agentes y actividades relacionados con los recursos naturales o que afectan al medio ambiente

  • voluntad de invertir las tendencias y prácticas que perjudican al medio de las generaciones actual y futuras

  • favorecer los cambios de comportamiento social, mediante un compromiso entre todos los interesados (autoridades públicas, ciudadanos, consumidores, empresas, etc.)

  • establecimiento de un reparto de responsabilidades

  • utilización de nuevos instrumentos medioambientales.

Para lograr el crecimiento sostenible que respete el medio ambiente, la acción de la Comunidad en lo que respecta al medio ambiente, se basará en los principios de acción preventiva, de corrección, preferentemente en la fuente de las agresiones al medio ambiente, y de quien contamina paga.

Se ha sustituido el criterio de que “quien contamina paga”, precisándose los estándares de calidad del agua o aire, con lo que superarlos provoca la intervención de la Ley y el criterio a aplicar es “quien contamina, paga y repara”.

Este criterio tiene las siguientes apreciaciones, una que el agente contaminador debe soportar el coste de las medidas de prevención y control y otra que la capacidad contaminante debe estar directamente relacionada con el pago.

Los bienes ambientales son una de las fuentes principales de externalidades. Los costes sociales internos que acompañan la producción industrial deben ser considerados por los agentes económicos en sus costes de producción.

El Ministerio de Industria y energía ha puesto en marcha la Iniciativa ATYCA (Iniciativa de apoyo a la tecnología, seguridad y la Calidad Industrial) tiene como objetivo fundamental la promoción de la innovación tecnológica, el diseño, la calidad y la seguridad industrial y la utilización de la energía de forma eficiente y menos contaminante, como vectores de generación de valor añadido y de ventajas competitivas en la industria española. Los beneficiarios son empresas y entidades públicas y privadas, las agrupaciones de dichas empresas y, las instituciones sin fines de lucro que lleven a cabo proyectos o actuaciones relacionados con las actividades objeto de los programas que se articulan en la Iniciativa ATYCA.

Para que un tributo pueda llamarse ambiental debe generar un incentivo que redunde en la consecución del fin ambiental perseguido; no basta que sus ingresos se destinen a fines ambientales.

La regulación ambiental puede ser ineficiente si el diseño de los instrumentos económicos de control se realiza adoptando las regulaciones supranacionales o elaborando normas que no reflejan las condiciones necesarias de eficiencia del país en el que se aplican. Cuando estas regulaciones afectan a empresas que producen entornos competitivos, el daño económico resultante es visible, ya que se ve dañada su competitividad y pierden cuotas de mercado, lo que genera disminución de su potencial de crecimiento y pérdidas de puestos de trabajo.

La regulación fiscal en el impuesto de sociedades equivalente a un porcentaje de la inversión en bienes de capital para reducir la contaminación es una medida en principio eficiente que, en España, se estableció para el año 1997.

Los rasgos más significativos de la misma son:

  • Es de aplicación a los sujetos pasivos residentes en territorio español, así como los no residentes que dispongan en el territorio de un establecimiento permanente.

  • La deducción necesita una certificación que la Administración competente debe expedir a petición del sujeto pasivo.

La base de esta deducción estará constituida por el precio de adquisición o coste de producción y su base será el resultado de aplicar al precio de adquisición del vehículo el porcentaje:

  • 45 %, en el caso de camiones, vehículos acondicionados y mixtos adaptables.

  • 40 %, en el caso de tractocamiones.

  • 35 % para autobuses y resto de vehículos de transporte por carretera.

Los elementos objeto de la inversión deben permanecer en funcionamiento en la empresa del sujeto pasivo durante al menos 5 años, o durante su vida útil, si ésta fuese menor.

En el caso de que la inversión no se destine en su totalidad a la protección del medio ambiente, se podrá deducir la parte de ésta destinada a ello.

El ICA (impuesto sobre la contaminación añadida) es el impuesto que grava, de forma proporcional al daño causado, el uso de un input que genera contaminación, al consumirse o incorporarse al proceso productivo.

Los permisos de emisión son cuotas vendidas o asignadas a los emisores de forma que la suma de esas cantidades no supere el objetivo total de emisiones que se fija en el programa de control. El objetivo de los mismos es permitir que cada empresa ajuste su ritmo de reducción de las emisiones a sus costes marginales de reducción del daño ambiental. La posibilidad de comprar y vender emisiones entre países y sectores permite que la reducción de emisiones se realice allí donde es más barato hacerlo.

Si las empresas reducen las emisiones, pueden vender su cuota sobrante a otras empresas que la necesiten para aumentar su producción.




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Enviado por:Ally
Idioma: castellano
País: España

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