Religión y Creencias


Influencia de la Iglesia Católica en el desarrollo económico


Universidad Aconcagua

Ingeniería (E) Comercio Internacional

2º Semestre 2000

Trabajo de Investigación

Comercialización Internacional

IMPORTANCIA DE LA IGLESIA CATÓLICA

EN EL DESARROLLO DEL COMERCIO

IMPORTANCIA DE LA IGLESIA CATÓLICA

EN EL DESARROLLO DEL COMERCIO

Introducción

El presente trabajo tiene como objetivo analizar la importancia que ha tenido la Iglesia Católica en el desarrollo del comercio mundial, desde la Edad Media. Si bien es cierto que la iglesia ha contribuido activamente en el desarrollo de la economía, nos damos cuenta que su influencia ha estado marcada principalmente por su relación directa con los estados y reyes, o bien, porque aquellos reformadores de la Iglesia, y por consecuencia de la economía, como lo fueron Martín Lutero y Juan Calvino en su época, profesaban fielmente la religión Católica.

Definitivamente, la influencia de la Iglesia Católica sobre la economía mundial se vio disminuida cuando se tomaron en cuenta las ideas calvinistas de separar el estado de la iglesia. Desde entonces, la iglesia ha adoptado un rol más pasivo en materia económica. Sin embargo, su ideología aún sigue presente en las decisiones económicas actuales, ya que han servido de base para el fundamento ético que debe tener cualquier planteamiento basado en la distribución de las riquezas.

La Iglesia en el ámbito económico desde la Edad Media

Además de sus funciones espirituales, la clerecía medieval preservó la luz del aprendizaje en la Edad del Oscurantismo, cuando ni siquiera los reyes dominaban el arte de leer y escribir y quien encabezaba al Sacro Imperio Romano firmaba sus documentos trazando líneas que conectaban las letras que formaban su nombre. Más aún, la Iglesia fue uno de los grandes poderes de la política medieval y los conflictos entre emperadores, reyes y príncipes de la Iglesia eran seculares. Las doctrinas económicas de la Iglesia se derivaban de la Biblia, de las enseñanzas de los Padres griegos y latinos y de Aristóteles, cuyo prestigio era tan alto en el Siglo XIII que se le llamaba " El Filósofo". Otra influencia importante fueron el Derecho Romano y el Derecho Canónico formado por la legislación llevada a cabo en Concilios así como por Papas y obispos.

Las doctrinas económicas de la Iglesia, brevemente, estaban dirigidas a minimizar el pecado y maximizar la caridad, pero no de una manera tal que hubiera impedido que tuvieran lugar importantes desarrollos económicos durante la última parte de la Edad Media.

1 - Caridad y pecado

En un sentido, se veía a la caridad como el principal camino hacia la solución del problema económico de la escasez durante la Edad Media, aunque fuera de manera imperfecta. El pensamiento económico medieval por tanto, estaba entrelazado invariablemente con consideraciones teológicas. Enseñaba lo que debía ser, y su carácter era normativo.

Entre los factores que afectaban la demanda de bienes, la austeridad y el ascetismo fueron confirmadas como virtudes por el pensamiento medieval, aunque de unos pocos elegidos. Los ricos estaban ligados al deber de practicar no solo la caridad, sino la liberalidad y la magnificencia igualmente, esto es, usar sus riquezas de una manera generosa y para el logro de algún propósito grande y noble. Desde el punto de vista económico, la construcción de las imponen-tes catedrales y edificios de gobierno, que en ocasiones llevó siglos construir, absorbió una porción substancial de los recursos disponibles y puede haber sido una función económica importante al producir empleo e inducir el gasto. Pero la caridad, practicada universalmente, se destaca como el método para superar el problema económico de acuerdo al pensamiento medieval.

2 - Santo Tomas

Una declaración completa y con autoridad del pensamiento económico medieval puede encontrarse en los escritos de Santo Tomás de Aquino (1225-74), que constituyen una estructura integral y consistente de pensamiento que busca la reconciliación de la Fe y el conocimiento racional, una síntesis de la Doctrina Cristiana tal como surgió después de mil años de Aristotelismo.

En el método escolástico, que Santo Tomás llevó a la perfección, se plantea una cuestión, la cual es seguida por una exposición justa, detallada y citando a las autoridades, del punto de vista a refutar o re interpretar. Luego se da la respuesta, y los puntos de vista contrarios son objeto de crítica, nuevamente con amplitud de citas.

3 - Propiedad privada

Las doctrinas económicas de Santo Tomás cubren asuntos tales como la institución de la propiedad privada, el justo precio, la prohibición de la usura, asuntos que formaban el núcleo del pensamiento económico medieval. Sobre la propiedad privada, Santo Tomás establece que la institución está de acuerdo con la ley natural, puede ser regulada por el gobierno, el propietario está bajo el deber de compartir el uso de sus posesiones con otros, y la propiedad comunal se reserva solo para aquellos que desean conducir una vida de perfección.

4 - La propiedad privada no es contraria a la ley natural

Algunos de los pensamientos de Santo Tomás sobre la propiedad privada están en su "Tratado Sobre la Ley" que es parte de la "Summa Teológica". Santo Tomás concilia la enseñanza de los Padres de la Iglesia que enseñaban que todos los bienes son comunes a todos los hombres con la de Aristóteles que escribió una defensa enérgica de la propiedad privada. Santo Tomás afirma que ciertas cosas pertenecen a la ley natural porque no se encuentra su contrario en la naturaleza.

5 - Reglamentación de la propiedad

Santo Tomás aprueba la reglamentación de la propiedad privada por parte del gobierno para el bien común. Santo Tomás no establece preferencia alguna hacia una distribución igualitaria de la propiedad privada, ni establece un derecho absoluto del propietario contra el estado.

6 - La mayordomía de la riqueza

Santo Tomás mantiene que existen dos aspectos respecto a las propiedades, primero su adquisición y disposición; segundo su uso. Con respecto a la adquisición y disposición se justifica la propiedad privada sobre la base de las razones dadas por Aristóteles. Respecto al uso de las posesiones, Santo Tomás insiste en que debe permitirse a otros participar en ellas. Este deber, que refleja la idea de la mayordomía de la riqueza, puede ser cumplido mediante actos de caridad, liberalidad, y magnificencia. En un pasaje de sus escritos discute el deber de compartir con otros las propiedades cuando la ley humana es suspendida bajo condiciones de urgente necesidad, cuando la apropiación de los bienes deja de ser un robo.

7 - La redención del negocio

La rehabilitación de la propiedad fue acompañada de la rehabilitación del hombre de negocios. El Eclesiástico (27:2) enseñaba: "como un clavo se encaja entre las grietas de las piedras, así se encaja el pecado entre el comprar y el vender", y los Padres expresaban de manera similar su preocupación acerca de las múltiples tentaciones a que se ve expuesto el comerciante por su actividad. San Agustín no cierra totalmente la puerta a la redención del hombre de negocios cuando aprueba la distinción entre el mercader y su actividad: la avaricia y el fraude son vicios del hombre, no de la actividad, la cual puede ser llevada a cabo sin tales vicios."

Durante la última parte de la Edad Media las autoridades legales y teológicas estaban dispuestas a dar reconocimiento a la importancia funcional del comerciante en una economía que había llegado a ser más desarrollada y compleja y solo podría prescindir de los servicios del comerciante al costo de revertir a unas formas de vida económica más primitivas, tales como el trueque y la producción para el uso inmediato del productor. Existe una razón más profunda, sin embargo, para la disposición de los últimos medievalistas para aceptar al comerciante y sus servicios. El punto no es tanto que su actitud difiera de la tradición Patrística sino que las enseñanzas de los Padres habían sido dirigidas a un mundo que era todavía pagano y gradualmente dejaba de serlo. Existían sin embargo, restricciones legales y espirituales, para moderar la ambición y la avaricia. Como el comerciante era un fiel creyente y operaba bajo todas las restricciones impuestas al creyente, la comunidad de creyentes podía aceptarlo.

En el Siglo XIII, cuando Santo Tomás escribe su Summa, los canonistas y escolásticos no encuentran falta en los ganancias del mercader que pueden ser interpretadas como un pago por su trabajo y gastos. La Escritura ha hablado de que es digno el obrero de su salario, y la justicia demanda una remuneración justa por el mismo. Este pensamiento fue aplicado al trabajo dependiente así como al de los artesanos independientes que llevaban a cabo servicios que implicaban la transformación tangible de los bienes. En el caso de las actividades mercantiles en las que no tenía lugar tal transformación, no fue difícil extender la idea a los servicios de transporte, almacenaje y cuidado. Se veía la transportación como la función más importante del comerciante, la cual a menudo solo podía cumplir asumiendo graves riesgos, y el riesgo a su vez llegó a ser reconocido como otro concepto imputable a los gastos del comerciante.

Otro problema más difícil era el tratamiento de la parte del ingreso del negocio que no era identificable con el trabajo y los gastos en el sentido que acaba de describirse. Nuevamente aquí los canonistas y escolásticos mostraron el camino para la rehabilitación de las utilidades del negocio estableciendo como criterio la intención o motivo del comerciante. Tres motivos de justificación se reconocieron. El uso de las utilidades para auto subsistencia, el uso de las utilidades para la caridad, y la intención de llevar a cabo los negocios como un servicio al proporcionar los bienes al público.

En la Summa Santo Tomás plantea la cuestión: "¿en el comercio es legítimo vender algo por más de lo que se pagó por ello?". Santo Tomás primero define la función del comerciante como el acto de involucrarse en el intercambio. Establece que la utilidad en sí misma no es reprensible ni motivo de alabanza, sino moralmente neutra. Se hace legítima, o por lo menos se hace la utilidad moderada, si el comerciante persigue un propósito necesario y honorable, tal como la auto manutención, la caridad o el servicio público.

8 - El justo precio

La cuestión de la legitimidad del comercio y las utilidades derivadas de él se presentaría más frecuentemente ante el foro de la conciencia del comerciante, para ser resuelto por su consejero espiritual más que un tribunal eclesiástico o civil.

La situación era diferente respecto a otro problema importante en la economía medieval, el justo precio. Aquí los legisladores canonistas y civiles tenían ante sí la tradición del Derecho Romano con su principio de la "violación excesiva" expandido por la práctica medieval. El Derecho Romano clásico en principio mantenía la libertad de contratación y negociación y no colocaba mayor restricción sobre el precio a que podrían llegar los negociadores. La violación excesiva era una excepción muy estrecha a esta regla, aplicable solamente a transacciones con tierras y con precios que fueran indebidamente bajos. En la doctrina legal medieval la regla de la violación excesiva fue más amplia y llegó a ser posible presentar ante las cortes la cuestión de la validez de cualquier transacción en la que se hubiera cargado al comprador más del cincuenta por ciento del justo precio o el vendedor hubiera aceptado menos de la mitad del mismo.

La discusión del justo precio por Santo Tomás se encuentra en la Summa bajo la cuestión "¿puede un hombre vender legítimamente una cosa por más de lo que vale?". El valor de un bien es su precio justo, y si el precio de venta se desvía de él, el comprador o el vendedor, según el caso, debe restituir. La desviación debe ser considerable. Este último requisito es debido a que el justo precio no es algo "definitivo y absoluto" sino el resultado de una estimación.

La divergencia entre la ley civil y la prohibición más estricta adoptada en la Doctrina Teológica es explicada por Santo Tomás por la diferencia fundamental entre la ley humana y la Ley Divina. La primera postula un "mínimo ético", mientras que la segunda no deja sin castigo nada contrario a la virtud.

El justo precio era el precio corriente prevaleciente en un lugar dado en un tiempo dado, a determinarse por la estimación de una persona recta.

El requerimiento de que el precio sea justo es derivado por Santo Tomás de la regla dorada sobre la naturaleza del intercambio. La Escritura manda: "todo lo que quieras que hagan para ti, hazlo tu también para ellos" (Mat. 7:12). Puesto que nadie desea adquirir un bien a un precio excesivo sobre su valor, nadie debe tratar de venderlo por más de lo que vale. Más aún, y aquí hay referencias que se encuentran en la Política y en la Ética de Aristóteles, los intercambios han sido instituidos para ventaja común del comprador y el vendedor. No deben ser una carga más para uno que para el otro, y el contrato entre ellos debe estar basado en la igualdad de las cosas. "El valor de una cosa que se pone para uso humano es medido por el precio dado; y para este propósito fue inventado el dinero como se explicó en la Ética. Por tanto, bien sea que el precio exceda el valor de la cosa o viceversa, falta la igualdad requerida por la justicia".

La cuestión general, qué es la justicia, y la especial, qué es el justo precio, nunca han dejado de ser premisas inquietantes para el estudioso. Algunos han dicho que Santo Tomás fue un precursor de la teoría del valor-trabajo, que fue doctrina económica aceptada hasta fines del siglo XIX. Otros lo han interpretado como un exponente de la teoría subjetiva del valor, que considera el valor económico de un bien como derivado de su utilidad. No hay ningún pasaje en la Summa que indique que Santo Tomás implica que el valor de un bien sea igual a la cantidad de trabajo agregado en él. Más aún, enfatiza el punto de vista aristotélico y patrístico de que el valor de un bien está reflejado por su utilidad, y su precio por la demanda o la necesidad.

9 - El sistema de precios medieval

Santo Tomás escribió también un comentario a la Ética de Aristóteles. En estos comentarios, se adscriben las diferencias en el valor de los bienes a factores subjetivos y objetivos, esto es diferencias en su capacidad de satisfacer las necesidades y en la cantidad de trabajo y gastos utilizados en su producción.

Los estudiosos modernos han interpretado estos pasajes, junto con otros de Alberto el Grande, maestro de Santo Tomás, señalando el justo precio como algo funcional, esto es, como un instrumento para facilitar la operación del sistema medieval de precios. Según este punto de vista ambos contemplan valores que surgen de valuaciones subjetivas de los mercaderes individuales que se vuelven objetivas como un "estimado común", reflejando las cualidades objetivas de los bienes y midiendo el valor de los servicios involucrados en ellos. Ambos afirman que la vida social está basada en la especialización del intercambio. No habría intercambio y la sociedad se hundiría si los productores no reciben un justo precio que cubra su trabajo y gastos.

Así el justo precio llega a ser un instrumento que facilita la descarga de funciones especializadas. Su tendencia es conservar el orden de la sociedad medieval, con su estructura ocupacional de costumbre y los niveles tradicionales de vida de cada grupo no competitivo, y protegerla de los monopolistas y de las fuerzas de una competencia irrestricta.

10 - Regulación de precios

Debe recordarse que en el mundo medieval muchos precios estaban sujetos a reglamentación por parte de las autoridades y los grupos ocupacionales. Cuando era obligatorio tal precio regulado, la adherencia al mismo se consideraba que cumplía con el requerimiento del justo precio.

11 - El pecado de la usura

La prohibición medieval del interés es contraria a las ideas del Derecho Romano que permitía una tasa del 12% anual en préstamos monetarios y del 50% en préstamos en especie. La doctrina medieval del interés, derivada de las enseñanzas de los Padres, tiene su confirmación en varios pasajes del Antiguo Testamento y en las palabras de Jesús, citado por Lucas 6:35 "presta libremente, sin esperar nada a cambio".

En 325 el Concilio de Nicea negó a los clérigos la toma de intereses sobre los préstamos de todas las clases y en 789 ocurrió la primera instancia de legislación civil cuando Carlomagno prohibió la usura por parte de clérigos y laicos. Carlomagno definía la usura en términos generales, como "pedir a cambio más de lo que se da". En 1139 el Segundo Concilio de Letrán expresamente prohibió toda usura. Desde entonces canonistas y teólogos dieron creciente atención a la usura interpretándola como una violación a la ley natural y a la justicia o como un pecado de avaricia o falta de caridad.

Esta actitud hacia el interés no puede explicarse en términos de ventajas para la Iglesia puesto que la prohibición era más bien una desventaja económica porque los clérigos eran más prestadores que acreditados. Por cuanto toca a la economía en general, la sociedad medieval era primitiva y predominantemente agraria, para la cual era muy adecuada la prohibición del interés.

Santo Tomás re define la doctrina de la usura. Sobre la base de conceptos derivados del Derecho Romano se establece una distinción entre bienes consumibles y no consumibles, y entre un préstamo y un arrendamiento. Una casa o una granja pueden rentarse porque su uso produce un usufructo o rendimiento. Bajo los términos del contrato el arrendador puede no solo recibir a cambio el bien rentado sino también el importe de la renta. No es así en el caso de un préstamo de bienes consumibles, como vino o grano, que no rinden un usufructo o rendimiento como la casa o la granja. Así, si el prestador de tales bienes pide de regreso más de lo que prestó, estaría pidiendo más de lo que existe, esto es, un rendimiento más allá del proporcionado por su uso. Al hacer-lo, viola la justicia.

Respecto al dinero, su propósito principal, como dijo Aristóteles, es servir como medio de intercambio siendo gastado o consumido. Es un bien consumible, y se prohíbe al prestador de dinero pedir de regreso un exceso sobre el importe prestado, como en el caso del vino o el grano.

Santo Tomás estaba consciente de que los precios cambian a través del tiempo, pero le era extraña la noción de que el mero paso del tiempo da un valor futuro a los bienes diferente del valor presente.

12 - Títulos de Interés extrínseco

La teoría de la usura de Santo Tomás es así, más aplicable de manera inmediata a los préstamos para el consumo que a los arreglos destinados a facilitar el uso productivo del capital. Estos no quedan desde luego excluidos de la prohibición de la usura porque el capitalista, en lugar de poner disponibles los fondos en forma de crédito, tiene la libertad de escoger otras formas legales tales como la sociedad o la asociación, bajo las cuales los socios comparten pérdidas y ganancias. Todavía mas, aún si el arreglo tuviera la forma de un crédito y no pudiera demandarse legalmente ningún interés bajo el título intrínseco del préstamo mismo, existirían títulos extrínsecos bajo los cuales el acreedor podría recibir un rendimiento sobre el principal. Uno de estos títulos extrínsecos se deriva de la doctrina de damnum emergens, el "daño sufrido," la cual era explícitamente aceptado por Santo Tomás y bajo el cual el acreedor podía reclamar compensaciones por las pérdidas incurridas al tener que separarse de sus fondos. Santo Tomás excluye de tal compensación las pérdidas incurridas por el acreedor al no tener la oportunidad de colocar el importe del préstamo en un uso lucrativo - lucrum cessans, "ganancia escapada."

Un título extrínseco relacionado, explícitamente aprobado por Santo Tomás, era la mora. El deudor que dejaba de cubrir sus obligaciones oportunamente debía al acreedor una compensación por la demora. Este arreglo abrió la puerta a la evasión a la prohibición de la usura, por ejemplo simulando un plazo muy corto para el crédito y una mora temprana para el deudor.

Otro título extrínseco, periculum sortis, el "riesgo," se permitía sólo en circunstancias muy estrechas. El riesgo aquel por cuya asunción el acreedor podría pedir compensación no era la mera posibilidad de que el deudor pudiera dejar de pagar el principal. Solo era permitido en casos de fracaso de una empresa conjunta, ya que no era riesgo proveniente de un contrato de crédito sino una de asociación, en el que se compartían pérdidas y ganancias.

13 - La asociación

Así la asociación llegó a ser la forma preferida de inversión, sin la mancha de la usura. Era exactamente la suposición del riesgo de fracaso lo que distinguía la asociación permitida ante el prohibido préstamo con interés. En la transacción de crédito el deudor no queda liberado de su deuda si fracasa. Si la transacción se lleva a cabo en forma de un empresa conjunta o asociación, la incidencia del fracaso cae sobre todos los socios, incluyendo y ante todo al capitalista. La concentración en este tipo de inversión mas que el uso de fondos prestados puede haber sido un estímulo para la expansión que ocurrió en un amplio frente durante la última parte de la Edad Media. Mucho más de lo que pudo hacerlo el financiamiento con préstamos a interés, la inversión en la asociación animaba la participación activa del socio propietario del capital en la administración de los fondos invertidos, introduciendo un cuidado e industriosidad extraordinarios en un negocio cuyo peso, de otro modo, habría caído sólo sobre los hombros del deudor. La concentración en la asociación tuvo así el efecto de convertir al capitalista en un empresario que toma riesgos.

Por cuanto hace a la posición del socio sin capital, debe haber sido encontrada mas atractiva que la del deudor, quien en caso de fracaso del negocio continuaría con la carga de su deuda.

14 - Las anualidades

Por supuesto, debió existir algún tipo de arreglo necesario para aquellos que ni pudieran tomar el papel de empresarios que toman riesgos pero querrían obtener algún rendimiento sobre su dinero. Tal persona podría entregar sus fondos al propietario de tierras, al estado, o al clero, y podría a cambio adquirir una anualidad, una renta anual derivada de un activo productivo del vendedor de la anualidad, tal como su tierra, su empresa o, en el caso de entidades públicas, de los ingresos por impuestos. Las anualidades fueron una importante institución de financiamiento en la Edad Media. Sin embargo, su distinción de los préstamos no fue siempre fácil, por la dificultad de trazar una línea divisoria cuando la anualidad no estaba ligada a una propiedad específica del vendedor pero estaba basada en su capacidad de producción de ingresos; o cuando el rendimiento anual era fijo mas que ligado al rendimiento de la propiedad sobre la que estaba basado; o cuando la anualidad se establecía a plazo mas que en forma perpetua; o cuando la anualidad pudiera ser redimible por el comprador o el vendedor en lugar de no ser redimible. En lo general las anualidades tuvieron la aprobación de los teólogos medievales porque era un tipo de inversión no exenta de riesgo.

15 - Banca de deposito y cambio.

El tenedor de una anualidad podía venderla con descuento, práctica controvertida como lo fue la banca de depósito. Los grandes banqueros mercantiles de Italia, sobre todo en Florencia, aceptaban depósitos y pagaban una tasa fija de interés sobre ellos, algunas veces incondicionalmente y otras si existían rendimientos. Además de operaciones de depósito, estos banqueros estaban involucrados en transacciones de cambio extranjero, que frecuentemente servían para encubrir operaciones de crédito. Las letras de cambio fueron ampliamente usadas en el siglo catorce. En una transacción conocida como cambio sicco, "cambio seco," se extendía una letra de cambio para disimular una clara operación de crédito.

Las letras de cambio cumplieron importantes funciones sirviendo como un substituto del dinero en un tiempo en el que el dinero era ostensiblemente abultado y su provisión no podía expandirse fácilmente. Su uso obvió el envió de dinero, el cual aunque estando disponible, era difícil y costoso de enviar. Su uso facilitó el ajuste de los pagos internacionales. Esto fue particularmente cierto en las actividades de cambio de los comerciantes encargados de los negocios del papado, cuyos intereses financieros estaban extendidos ampliamente y eran de mayor volumen que los de cualquiera otra organización.

En los escritos contemporáneos de los teólogos las actividades de los banqueros cambiarios fueron identificadas a menudo como usurarias. El tratamiento mas amplio del cambio bancario puede encontrarse en los escritos de San Antonio, arzobispo de Florencia. Rechaza por usura las transacciones de cambio internacional que involucraban crédito, incluyendo el anticipo de fondos por parte del banquero, pagable en otro lugar y tiempo futuro.

Las actividades de los banqueros de depósito y cambio durante la última parte de la Edad Media indican que no existía completo acuerdo entre la doctrina teológica y las prácticas financieras.

16 - La doctrina sobre la usura en los tiempos modernos

A fines de la Edad Media la doctrina escolástica fue aceptando gradualmente una creciente variedad de préstamos a interés. Se fue reconociendo que la entrega de los fondos propios constituye en sí mismo una pérdida y que el dinero en mano tiene para el que lo posee un valor mayor que el dinero futuro. Como se ha dicho, muchas transacciones de crédito tales como las letras de cambio y las anualidades, fueron interpretadas como compras y ventas y no como préstamos, y no debían supeditarse a la regla de la usura sino a la del justo precio, que admitía las ganancias. Tanto la regla del justo precio como la doctrina de la usura fueron interpretadas en ocasiones como un artificio ideado, no para declarar ilícito el interés sino mantenerlo dentro de límites moderados. En el Siglo XIX, las autoridades eclesiásticas dieron su aprobación implícita al cobro de intereses, siempre que estuvieran por debajo de las tasas máximas establecidas por las leyes del país.

La Transición del Siglo XVI

La unidad de pensamiento que había sido la característica más sobresaliente de la Edad Media, empezó a desvanecerse en el Siglo XVI y a ser sustituida por una mayor diversidad de opiniones. Esta diversidad reflejaba la formación de las distintas naciones-estado que iban marcando diferencias en el pensamiento de sus ciudadanos, así como la aparición de un pensamiento secular, en lugar del anterior pensamiento religioso universalmente extendido y la diferenciación de las distintas ramas de la misma base religiosa.

1 - La aparición de la nación-estado

La aparición de la nación-estado que tuvo lugar primeramente en Inglaterra y Francia y mucho más tarde en el Siglo XIX en Italia y Alemania consolidó y fortaleció el poder del gobierno central, con la consiguiente disminución del poder de las autoridades feudales y regionales. Su decadencia fue acompañada del divorcio de la religión y de la moralidad por un lado, y la política por el otro. La razón de estado, más que la compatibilidad de las políticas públicas con normas éticas o religiosas, pasó a ser el criterio preponderante de las acciones gubernamentales.

2 - La autonomía de la política

Nadie expresó esta idea con más fuerza ni en forma tan extrema que el diplomático florentino Nicolás Maquiavelo. En su libro El Príncipe la persecución del poder por el estado es un fin en sí mismo y que confiere una total autonomía a la esfera política, en la cual están fuera de lugar todos los modelos éticos y religiosos: una política es buena si contribuye de forma efectiva al poder del estado.

Como filosofía política, el maquiavelismo ha sido siempre un fracaso porque, a pesar de su pretendido realismo, olvida el anhelo de libertad existente siempre en el hombre y su adhesión a los valores espirituales. Sin embargo, al separar la ciencia política de la moral y de la religión, Maquiavelo sienta un precedente que en tiempos posteriores había de ser seguido por los exponentes de otras ciencias sociales, incluyendo la economía, que establecieron análogamente la autonomía de sus disciplinas.

Maquiavelo empieza con un postulado general acerca de la índole de la naturaleza humana, a la que considera constante y específica, independientemente de las diferencias de cultura y medio ambiente, y la cual para propósitos de análisis y en línea con el pensamiento teológico de su tiempo acerca de la depravación universal de la humanidad, da por sentado que dicha naturaleza es perversa.

El postulado de Maquiavelo acerca de la naturaleza humana encontró un paralelo en el modelo de Adam Smith del hombre movido por su egoísmo y con "propensión a los tratos, trueques, e intercambio", que Smith consideraba "comunes a todos los hombres."

3 - La decadencia de la caridad

La dispersión de la antigua fe trajo consigo el que la caridad perdiera la posición central que mantuvo en el sistema económico medieval. Para los reformadores, la salvación por la fe era más aceptable que la salvación por las buenas obras específicas. Un medio de gracia que parecía desacreditado por el sobre extendido tráfico de las indulgencias. Gradualmente la acción más impersonal del gobierno fue convirtiéndose en la máxima dispensadora de ayuda para los pobres y necesitados, no ya en forma de caridad sino mediante una legislación adecuada. La Poor Law de la Reina Isabel en 1601 que aceptaba la responsabilidad pública por el cuidado de los pobres, marca un hito en esa transformación.

4 - La búsqueda de la ganancia

La búsqueda de ganancias nacionales entró a ocupar el lugar que le correspondía como el medio principal para resolver el problema económico de la escasez. El ascendiente de esta noción se asocia comúnmente con la aparición del mercantilismo.

Lo que es legal y lo que está prohibido en la búsqueda de la ganancia era un asunto todavía a resolver por el clero.

5 - Martin lutero

Martín Lutero, monje agustino de origen campesino, se alarmó por el comercialismo de su tiempo, y sus puntos de vista acerca de las actividades económicas estaban más a tono con el pensamiento patrístico y la vida económica primitiva de la primera parte de la Edad Media que con los refinamientos posteriores reflejados en las doctrinas escolásticas del final de ella. Lutero mantuvo lo más substancial de la teoría económica medieval, incluyendo las doctrinas de la usura y del justo precio - la primera en su forma más severa y despojada de los "títulos extrínsecos para el interés" - pero su doctrina sobre el sacerdocio de todos los creyentes puso fin a la autoridad de la Iglesia en estos asuntos. En su lugar la puesta en vigor de las antiguas prohibiciones quedaba ahora a cargo de las autoridades seculares.

El pensamiento luterano proporciona también una base para la aparición del mercantilismo en Alemania, no solo porque asignó al gobierno importantes funciones económicas sino también porque vio con más simpatía la utilidad nacional que la privada y toleraba en el gobierno actividades empresariales y de adquisición que negaba al individuo.

Para Lutero el hombre tiene el deber de trabajar, y el trabajo a su vez produce la propiedad privada - un pensamiento que se anticipa a Locke si no es que a Adam Smith.

6 - Juan Calvino

El pensamiento del francés Juan Calvino se extendió sobre todo el mundo occidental afectando particularmente Francia, Suiza, Holanda, Escocia, y en América la Nueva Inglaterra. Calvino resucitó la antigua doctrina de la predestinación en una forma opuesta a la del libre albedrío. La doctrina de la predestinación, conjuntamente con la doctrina de la "vocación" que asigna a cada creyente una función terrenal en la que tenga la oportunidad de probar sus merecimientos pareció premiar el éxito en la tierra, haciendo de dicho éxito una especie de señal de que se posee la gracia. El éxito económico no solo tenía ahora una recompensa pecuniaria, sino que podía también interpretarse como una prueba de salvación. Puesto que los calvinistas no miraban favorablemente el consumo ostentoso, buena parte de las ganancias tenía que dedicarse por fuerza a inversiones posteriores, es decir a la acumulación de capital adicional. Esta viene a ser en sustancia, la famosa tesis de Weber y Tawney sobre el origen calvinista o puritano del capitalismo que adjudica a sus seguidores un importante papel como causantes del nacimiento del mundo económico moderno.

Esta tesis ha sido criticada frecuentemente, y puesto que no es susceptible de una comprobación completa, debe aceptarse más como hipótesis que como tesis. Sus críticos han señalado que el florecimiento económico de las ciudades italianas y otras regiones no afectadas por el pensamiento calvinista, y el papel desempeñado por gran número de hombres de negocios católicos y sus familias en los siglos XV y XVI que tuvieron grandes logros económicos, riqueza e influencia sin paralelo en su tiempo. Las interpretaciones alternativas del origen del capitalismo han enfatizado la importancia de los inmigrantes y los extranjeros, puritanos y otros, en la asunción de funciones empresariales y la promoción del desarrollo económico. Otras interpretaciones le dan menos valor al factor religioso en la aparición del capitalismo, al asignar a la religión y a su insistencia sobre la importancia de la vida en el otro mundo una influencia negativa como móvil para promover las actividades económicas. Según estas interpretaciones el racionalismo, el libre pensamiento y el materialismo fueron con mayor probabilidad los precursores de la economía moderna. Sin embargo, en conjunto, esta hipótesis ha sido muy útil al abrir nuevos enfoques al estudio de la historia económica y estimular la discusión de interpretaciones alternativas para el origen del moderno mundo económico.

A diferencia de Lutero, Calvino subordina el estado a la autoridad eclesiástica. El puritano, aunque se esperaba que observara un modelo estricto de justicia en sus tratos de negocios, para adherirse a un precio justo, y para quedar satisfecho con una utilidad moderada, operaba bajo fuertes impulsos religiosos para probar su salvación para el otro mundo mediante una carrera de éxito en este.

En materia de usura, la actitud de Calvino era más conciliatoria que la de Lutero, pero en sustancia no era muy diferente de la de los últimos medievalistas. Mientras éstos, en principio, prohibían la toma de intereses pero la llegaron a tolerar en algunas circunstancias, Calvino hizo lo contrario permitiendo el interés en principio, pero rodeándolo de tal cantidad de restricciones que para efectos prácticos el resultado sería igual al del otro enfoque.

La erosión de la doctrina de la usura formó parte de un movimiento de pensamiento más amplio que se aparta de la autoridad de Aristóteles, a quien los medievalistas rara vez cuestionaron y que era una de las fuentes para la doctrina medieval de la usura.

Conclusiones

En definitiva, ¿qué efecto tuvo el cristianismo en la vida económica de Europa? Podríamos responder a dicha pregunta argumentando que los aspectos económicos de la Europa Occidental, desde fines de la Edad Media, estaban pasando por una revolución, esto es uno de los hechos económicos conocidos de la historia. Los últimos rastros del feudalismo estaban palideciendo; el comercio estaba aumentando. Los gremios o corporaciones por medio de los cuales se manejaban la industria y el comercio en la Edad Media, estaban desapareciendo. Había más iniciativa individual, prefigurando el laissez faíre que se deje hacer que había de caracterizar mucho de los siglos XVIII y XIX. Laissez faíre fue en gran parte una reacción contra el estricto manejo de todo comercio por los estados que estaban dominados por monarcas absolutos, Se estaban organizando sociedades anónimas y el capitalismo se estaba desarrollando. ¿En qué forma estaba relacionado el cristianismo con los cambios económicos, como causa, como impedimento, o como regulador? 

Se ha argüido brillantemente y con mucha erudición que el protestantismo y especialmente el calvinismo era una fuente mayor del capitalismo. La tesis se presenta de la manera siguiente: La fe reformada hizo obligatoria a todos sus adherentes una clase de ascetismo. Enseñó que todo cristiano, y no sólo los clérigos, debía considerar su ocupación como una vocación que debía seguir en respuesta a la "vocación" de Dios. En ella debía trabajar concienzudamente como ante la vista de Dios. Debía tratar de producir lo que fuera útil para la comunidad. No había de estar ocioso ni debía gastar de una manera egoísta o regalona los frutos de sus labores. Había de ganar todo lo que pudiera, gastar sólo lo necesario, y ahorrar lo sobrante, aunque debía dar parte de ello para causas dignas. Esto condujo a la acumulación de riquezas privadas y así hizo posible el capitalismo. Además, mientras que Lutero seguía el precedente de la iglesia de la Edad Media y prohibió el cobro de intereses, Calvino lo permitió. Esto también promovió el capitalismo. La adquisición y el uso del capital podían ser una virtud. Así el capitalismo alentó el crecimiento de la bourgeoisie, la clase media urbana, que prosperaba en el capitalismo. En apoyo de esta generalización, se señala el caso de los Países Bajos, entregados a la fe reformada, que vinieron a ser un gran poder comercial; y el de Inglaterra donde el puritanismo tuvo su fuerza principal en la clase media de las ciudades que estaban prosperando en su creciente industria y en el comercio del reino.

Esta tesis ha sido atacada vigorosamente. En la crítica que de ella se hace, se dice que la hipótesis se equivoca del todo acerca de la enseñanza protestante con respecto a la "vocación". Los puritanos la usaban para reprender la codicia y la ambición, ambas cualidades asociadas con el capitalismo. Más convincentemente, se señala que el capitalismo tuvo sus raíces allá lejos, en la Edad Media, mucho antes del origen del protestantismo, que los primeros banqueros europeos no eran protestantes sino católicos, que la clase urbana media es un fenómeno tanto de los países católicos romanos como de los protestantes; que en algunos países el protestantismo es del todo tanto rural como urbano, y éste es el caso de h fase reformada del protestantismo (como en Escocia, Suiza, los Países Bajos y Francia), la fase que ha sido acusada de la principal responsabilidad con respecto al capitalismo. A la luz de estas consideraciones, según se dice, ni aun se puede probar que el calvinismo haya dado un impulso decisivo al desarrollo del capitalismo, menos aún que haya sido la causa primaria de él.

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Enviado por:Daniel Elbelman
Idioma: castellano
País: Chile

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