Historia


Historia de España


TEMA 8. HISTORIA DE ESPAÑA

D) El sistema político canovista: turnismo y bipartidismo

Con la Constitución de 1876 comenzó el sitema canovista. Cánovas sustentó el sistema sobre dos apoyos:

*La soberanía compartida (Cortes-Rey)

*Unos partidos oficiales que aceptarán la legalidad constitucional. Cánovas (siguiendo el modelo inglés) consideró necesaria la existencia de dos partidos respetuosos con la Constitución para acoger la disparidad de criterios y poder turnarse. Serían unos partidos de notables que nada tendrían que ver con los partidos de masas (la ley electoral de 1876 restableció el sufragio censitario (5%).

Los partidos políticos que no aceptaran expresamente la monarquía quedaban excluidos del sistema, eran partidos ilegales.

Los dos partidos:

  • Liberal-conservador, llamado simplemente Conservador (su líder: Antonio Cánovas del Castillo).

  • Liberal-fusionista, llamado también Fusionista, más tarde simplemente Liberal (su líder: Praxíteles).

En los años ochenta la mayor parte de los partidos y de los grupos políticos acabaron integrándose (no sin dificultad) en las formaciones de cánovas y de Sagasta.

En 1881, con el primer gobierno de Sagasti, se eliminó la distinción entre partidos legales e ilegales.

En 1890 se aceptó el sufragio universal.

La actividad legislativa se centró en el reforzamiento de:

  • La coerción política (coercer: contener, refrenar)

  • Centralismo político-administrativo, plasmado en:

    • la igualdad de códigos, y

    • en la igualdad jurídica de todos los ciudadanos.

La primera constatación de esto fue la abolición de los fueros de las provincias vascas por una ley de julio de 1876. El procedimiento seguido dejaba bien claro quiénes habían ganado la guerra: Cánovas se limitó a comunicar a los representantes de las diputaciones forales su decisión de proponer a las Cortes un proyecto de ley, a fin de hacer extensivas a las provincias vascas las obligaciones propias de todos los españoles:

  • prestación del servicio militar, y

  • Pago de las contribuciones generales consignadas en los presupuestos del Estado.

Se estipuló un sistema de “conciertos económicos” (1878) que consistía en un cierto grado de autonomía fiscal, en virtud de la cual las provincias vascas pagarían anualmente a la Administración central una determinada cantidad, recaudada directamente por las diputaciones provinciales.

También se hizo patente el centralismo en la reorganización de las diputaciones provinciales y los ayuntamientos. Los cargos serían elegidos sólo por los propietarios. Los alcaldes de las poblaciones de más de 30.000 habitantes serían nombrados por el rey, lo que equivalía a ser designados por el gobierno, quien aprobaría también los presupuestos provinciales y municipales.

La libertad de imprenta tuvo su legislación restrictiva:

  • Se estableció la censura previa a los impresos de menos de 200 páginas (control de folletos y periódicos)

  • Para restablecer unas buenas relaciones con la Iglesia se había incluido la potestad de ésta para censurar previamente todos los libros en lo que a moral y las buenas costumbres concerniera.

El resultado: todas las publicaciones estaban reguladas, bien por un medio u otro. Por última, la ley de imprenta de 1879, extendió la consideración de delito a todo ataque, e incluso a la duda, sobre el sistema político y social de la Restauración.

E) La corrupción electoral

En cuanto a la actuación política, las diferencias entre los partidos eran mínimas. Los conservadores se mostraban más proclives al inmovilismo político y a la defensa de la Iglesia y del orden social, mientras los liberales estaban más inclinados a un reformismo de carácter más reformista y laico.

Para el ejercicio del poder se contemplaba el turno pacífico o alternancia regular de los dos partidos dinásticos: conservadores y liberales. La alternancia regular quedaba garantizada porque el sistema electoral invertía los términos propios del sistema parlamentario. En un sistema parlamentario el partido más votado reciber del monarca el encargo de gobernar. En el sistema turno pacífico no funciona así. Cuando el partido en el gobierno sufría un proceso de desgaste político y perdía la confianza de las cortes, el monarca llamaba al jefe del partido de la oposición a formar gobierno. Entonces, el nuevo jefe del gabinete (gobierno) convocaba elecciones con el objetivo de construirse una mayoría parlamentaria suficiente para ejercer el poder de manera estable.

La alternancia en el gobierno fue posible gracias al fraude electoral y al caciquismo. Se practicó lo que se llamaba encasillado. La fórmula consistía en la elaboración de una lista en la que figuraban aquellos candidatos que debían ser elegidos. Los gobernadores civiles (provincias) transmitían la lista de los candidatos a los alcaldes y a los caciques y todo el aparato administrativo se ponía a su servicio para garantizar su elección. Todo un conjunto de trampas electorales ayudaban a conseguir esta objetivo:

  • Falsificar el censo, incluyendo a personas muertas o impidiendo votar a las vivas.

  • Ejercer la compra de votos

  • Manipular actas electorales

  • Utilizar prácticas coercitivas sobre el electorado, valiéndose de la influencia y del poder económico de determinados individuos sobre la sociedad (caciquismo)

La adulteración del voto se logró mediante::

  • El restablecimiento del sufragio censitario

  • Trato más favorable a los distritos rurales frente a los urbanos

  • Manipulación y trampas electorales.

¿Qué era el caciquismo?

Fue un hecho sociopolítico que se manifestó en España desde mediados del XIX hasta cumplirse el primer tercio del S. XX, consistente en el control del poder en determinadas zonas, sobre todo rurales, por personas de gran influencia y prestigio social. Era un residuo de las antiguas relaciones señoriales, y suponía la dependencia personal y el dominio del cacique sobre los campesinos como un auténtico señor de vidas y haciendas.

¿Quiénes eran los caciques?

Eran individuos o familias que, por su poder económico o por sus influencias políticas, controlaban una determinada circunscripción electoral.

El caciquismo era más evidente en las zonas rurales, donde una buena parte de la población estaba supeditada a los intereses de los caciques, quienes, gracias al control de los ayuntamientos, hacían informes y certificados personales, controlaban el sorteo de las quintas, proponían el reparto de las contribuciones, podían resolver o complicar los trámites administrativos y proporcionaban puestos de trabajo, Así, los caciques se permitieron ejercer actividades discriminatorias y con sus “favores” agradecían la fidelidad electoral y el respeto a sus intereses.

En 1885 murió Alfonso XII, con lo que se creó una situación de riesgo para la continuidad del régimen. Para garantizar la alternancia y el turno de partidos, Cánovas y Sagasti llegaron a un acuerdo que se plasmó en el Pacto de El Pardo. Comienza el período de la regencia de María Cristina de Habsburgo, que duraría hasta 1902, fecha en la que ocn dieciséis años accedió al trono Alfonso XIII. A lo largo de estos años conservadores yl liberales se turnaron pacíficamente en el gobierno.

  • LA OPOSICIÓN AL SISTEMA POLÍTICO

  • Promulgada la constitución de 1876, una de las primeras medidas que tomó Cánovas del Castillo fue establecer la distinción entre los partidos que estaban dentro (aceptaban la monarquía instaurada y su dinastía) y los que estaban fuera del sistema.

    En 1881 el gobierno de Sagasti los devolvió a la legitimidad y con la libertad de prensa salieron a la calle algunos de sus periódicos suprimidos.

    CARLISTAS

    Aceptaban la monarquía pero no la dinastía restaurada. Han sido vencidos militarmente y se presentan ante la opinión pública como la única fuerza política auténticamente católica. Pero el apoyo de la Iglesia y del Vaticano a la dinastía alfonsina dificultó el éxito de esta operación y condujo al movimiento carlista a una escisión. En 1888, un sector del carlismo de carácter integrista, encabezado por Ramón Nocedal, creó el Partido Tradicionalista (antiliberal, defensa de la tradición y de la religión católica).

    REPUBLICANOS

    El republicanismo fue el vencido en el golpe militar de 1874 y debió enfrentarse

    • Al desencanto de sus seguidores

    • A una fuerte represión por parte de las autoridades políticas

    • Y a las divergencias en su seno.

    Una pequeña parte del republicanismo, dirigida por Emilio Cautelar, fundó el Partido Posibilista o Republicano histórico, y optó por entrar en el juego político de la Restauración, aceptando un papel meramente testimonial.

    Los núcleos más radicales formaron el Partido Republicano Progresista-demócrata encabezado por Ruiz Zorrilla (desde el exilio y sin un apoyo popular significativo, pretendían el cambio de régimen mediante acciones subversivs).

    Los federales (Pi i Margall), que eran los mejor organizados y los más cercanos a las asociaciones obreras. Buscaron armonizar los intereses del capital y del trabajo. La mejora de las condiciones de los trabajadores formaba parte de su propaganda, en un intento de atraer a los obreros al partido. Pero sus propuestas estaban planteadas desde

    Una actitud burguesa y los obreros fueron desertando de este partido y acercándose al Partido socialista, que se presentaba como exclusivamente obrero.

    Los republicanos consiguieron rehacerse. En las elecciones de 1886 hubo en las cortes por primera vez durante la Restauración una importante minoría republicana. El sufragio universal (1890) significó la revitalización del republicanismo y estimuló su reunificación con la creación de Unión Republicana (1893), que agrupaba federales, centralistas y progresistas (los posibilistas quedaron al margen).

    MOVIMIENTO OBRERO

    El republicanismo ejerció una oposición exclusivamente política al régimen de la Restauración, el movimiento obrero se opuso frontalmente a todo el sistema.

    El movimiento obrero en España adquirió madurez a partir del sexenio revolucionario. Las dos corrientes de la Internacional (AIT- 1864) encontraron eco en España. En 1870 se creó en España la Federación Regional española, sección española de la AIT.

    • El anarquismo fue la corriente que más predicamento adquirió en España. El área geográfica del anarquismo va a ser la zona mediterránea desde los Pirineos hasta el Guadalquivir, en especial, Barcelona, Zaragoza y las provincias de la baja Andalucía. Tras la Ley de Asociaciones, aprobada por el gobierno liberal de Sagasta, se lanzaron a una intensa actividad organizativa y de luchas sociales. En 1881 nació la Confederación Nacional del Trabajo, la CNT, el mayor sindicato español con gran fuerza entre los obreros agrícolas andaluces y los obreros industriales catalanes. Los anarquistas defendieron una ideología colectivista. Libertaria, apolítica, anticlerical y revolucionaria.

    • Los socialistas: minoritarios en nuestros país. Todavía de forma clandestina, en 1879, nació en Madrid el Partido Socialista Obrero Español, con Pablo Iglesias como figura principal. En 1888 se fundó la Unión General de Trabajadores. Opuestos a los anarquistas, los socialistas mantuvieron una ideología colectivista, anticlerical y antiburguesa, pero más moderada que la del anarquismo (Docs. 4 y 5, págs. 220 y 221)

    • El movimiento obrero y las mujeres. La integración de las mujeres en el trabajo industrial fue muy temprana; en 1877 la tasa de actividad femenina era del 17%. Los salarios de las mujeres no superaban el 50 o 60% del salario de los varones. Los sindicatos se mostraban recelosos ante el trabajo remunerado de las mujeres. A pesar de todo surgieron dirigentes femeninas en el movimiento obrero, como Teresa Claramunt (1862-1931), obrera textil de Sabadell.

    OPOSICIÓN INTELECTUAL

    Pensadores, profesores universitarios, novelistas, etc. Eran contrarios a un sistema que impedía la modernización del país y la aproximación a la Europa avanzada. Se pueden dividir en dos grupos:

    • Los regeneracionistas intentan revivir y reanimar España. Su lema es “despensa y escuela y siete llaves a la tumba del Cid”, es decir, quieren que España invierta en Educación y Agricultura y que olvide de una vez las viejas glorias del pasado.

    Uno de sus principales representantes fue Joaquín Costa.

    • La generación del noventa y ocho. Intentó castellanizar España, es decir, ven en Castilla el reflejo de todo el Estado aunque esto acaba, en muchos casos, alejándolos de la realidad. Al final el tema de España y se inclinan por otros aspectos domo el paisaje. Encontramos entre ellos a Azorín, Pío Baroja, Unamuno, Machado…

  • LOS NACIONALISMOS PERIFÉRICOS

  • A finales del siglo XIX, nacen en Cataluña y en el País Vasco movimientos que cuestionan la existencia de una única nación española en España. El punto de partida de los argumentos nacionalistas consiste en afirmar que Cataluña y el País Vasco son naciones y que, por consecuencia, tienen derecho al autogobierno. Esta afirmación la basan en la existencia de unas realidades diferenciales: lengua, derechos históricos (fueros), cultura y costumbres propias. Estos movimientos tendrán planteamientos más o menos radicales: desde el autonomismo a la independencia.

      • El catalanismo

    Cataluña y los demás reinos de la corona de Aragón habían perdido sus leyes y fueros particulares con los decretos de Nueva Planta (1707-1716), tras la Guerra de Sucesión (1702-1713) Paz de Utrecht).

    Durante el siglo XIX, el siglo del nacionalismo en toda Europa, el sentimiento nacionalista se reavivó entre una burguesía que estaba protagonizando la revolución industrial.

    Hacia 1830, dentro del contexto cultural del Romanticismo, surgió en Cataluña la Renaixença, movimiento cultural y literario. Su finalidad era la recuperación de la lengua y de las señas de identidad de la lengua catalana, pero carecía de aspiraciones y de proyectos políticos, siendo sus objetivos puramente culturales.

    Las primeras formulaciones catalanistas con un contenido político vinieron de la mano de Valentí Almirall, un republicano federal decepcionado, que fundó el Centre Catalá (1882), organización política que reivindicaba la autonomía (no la independencia) y denuncia el caciquismo de la España de la Restauración. La propuesta, más idealista que real, era una Cataluña capitalista y europea que debía estar dirigida por una burguesía urbana e industrial dispuesta a derrocar el burocratismo centralista y agraio, y a transformar el Estado español a su modo y semejanza. Cuando Almirall fundó el Centre Catalá, pensado como una entidad patriótica que estuviera por encima de los partidos existentes y que sirviera de nexo de unión entre la burguesía federal y la conservadora, se encontró con la resistencia de esta última.

    En 1887, los conservadores fundaron la Lliga de Catalunya con un programa regionalista que mantenía, al mismo tiempo, la fidelidad a la monarquía y la búsqueda de una amplia autonomía.

    En 1891, gracias al esfuerzo conciliador volvieron a encontrarse el Centre y la Lliga y el resultado fue una nueva organización, en su primera asamblea celebrada en Manresa se suscribieron las bases para una constitución regional catalana, una síntesis de la concepción federal de integración del Estado catalán en el Estado español y de las ideas del catalanismo conservador (Docs. 6 y 7, Pág. 225)

    LAS BASES DE MANRESA

    Poder central

    Base 1ª. Sus atribuciones.

  • Las relaciones internacionales.

  • El ejército de mar y tierra, las obras de defensa y la enseñanza militar.

  • Las relaciones económicas de España con los aranceles y el ramo de Aduanas.

  • La construcción, y conservación de carreteras, ferrocarriles, canales y puertos que sean de interés general…

  • La resolución de todas las cuestiones y conflictos interregionales

  • La formación del presupuesto anual de gastos

  • Poder regional

    Base 3a. La lengua catalana será la única que, con carácter oficial podrá utilizarse en Cataluña y en las relaciones de esta región con el Poder Central.

    Base 4a. Sólo los catalanes, lo sean por nacimiento o por virtud de naturalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos, incluso tratándose de gobernativos y administrativos que dependan del Poder central. También deberán ser ejercidos por catalanes los cargos militares que comporten jurisdicción.

    Base 5ª. La división territorial sobre la que se desarrolla la gradación jerárquica de los Poderes gubernativos, administrativos y judiciales, tendrá por fundamento la comarca natural y el municipio.

    Base 6ª. Cataluña será la única soberana de su gobierno interior. Por lo tanto, dictará libremente sus leyes orgánicas; cuidará de su legislación civil, penal, mercantil, administrativa y procesal; del establecimiento y percepción de impuestos; de la acuñación de moneda, y tendrá todas las demás atribuciones inherentes a la soberanía que no correspondan al Poder central, según la Base 1ª.

    Base 7ª. El poder legislativo Regional radicará en las cortes Catalanas, que deberán reunirse todos los años en época determinada y el lugar diferente.

    Las cortes serán formadas por sufragio de todos los cabezas de familia agrupados en clases fundadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las carreras profesionales y en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial en lo que sea posible.

    Base 8ª. El Poder judicial se organizará restableciendo la antigua Audiencia de Cataluña. Su presidente y vicepresidentes, nombrados por las Cortes, constituirán la suprema autoridad judicial de la Región, y se establecerán los Tribunales inferiores que sean necesarios, debiendo ser fallados en un período de tiempo determinado, y en última instancia dentro de Cataluña, todos los pleitos y causas. Se organizarán jurisdicciones especiales como la industrial y la del comercio.

    Los funcionarios del orden judicial serán responsables.

    Base 9ª. Ejercerán el Poder ejecutivo cinco o siete altos funcionarios nombrados por las Cortes, los cuales estarán al frente de las diversas ramas de la administración regional.

    Base 13ª. La conservación del orden público y seguridad de interiores de Cataluña serán confiadas al sometent, y para el servicio activo permanente se creará un cuerpo semejante al de los Mosos d'Esquadra o de la Guardia Civil. Todas esas fuerzas dependerán por entero al Poder regional.

    Base 15ª. La enseñanza pública, en sus diferentes ramas y grados, tendrá que organizarse de una manera adecuada a las necesidades y carácter de la civilización de Cataluña.

    La enseñanza primaria será sufragada por el municipio, y, en su defecto, por la comarca; en cada una de ellas, según sea su carácter agrícol, industrial, comercial, etc., deberán establecerse escuelas prácticas de agricultura, de artes y oficios, de comercio, etc. Deberá informar de los planes de enseñanza, el principio de división y especialización de las carreras, evitando la enseñanza enciclopédica.

    Base 16ª. La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes estarán bajo la salvaguarda del Poder ejecutivo catalán, y cualquier ciudadano podrá interponer demanda ante los tribunales contra los funcionarios que la infringieren.

    Manresa, 27 de marzo 1892. - El presidente,

    Lluís DOMÉNECH I MONTANER. - Los secretarios, Enric PRAT DE LA RIVA, Joseph SOLER Y PALET.




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    Idioma: castellano
    País: España

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