Relaciones Laborales y Recursos Humanos
Formación y orientación laboral
VACACIONES
Las vacaciones son la interrupción retribuida establecida legalmente y de manera anual para proporcionar el merecido descanso del trabajador. Es realmente un derecho del trabajador derivado de su propia relación laboral y que se encuentra constitucionalmente reconocida e irrenunciable.
Las vacaciones deben ser disfrutadas por el trabajador dentro del año natural, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, no siendo posible la acumulación de las vacaciones de un año para otro.
El trabajador tiene derecho a percibir durante las vacaciones la misma retribución que se le abona durante los restantes meses del año.
Si el trabajador deja de prestar servicios antes de haber disfrutado de sus vacaciones, tiene derecho a percibir la parte proporcional que le corresponde.
PERMISOS
Se entiende la cesación temporal, no periódica, de la prestación de servicios por causa determinada y, en general, retribuible por el empresario.
El trabajador, previo aviso y con causa justificada puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por tiempo determinado. Para ello deberá poner con la debida antelación en conocimiento del empresario el motivo de su ausencia, igualmente debe justificar el motivo alegado.
Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días hábiles.
SUPUESTOS LEGALES DE PERMISOS RETRIBUIDOS:
-Permiso por matrimonio: El trabajador podrá ausentarse del trabajo un período de 15 días naturales.
-Permiso por Gestación: Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parte que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
-Permiso por Parto: En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de 16 semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo.
-Permiso por Nacimiento de hijo: Podrá ausentarse en el caso de nacimiento del hijo durante 2 días, si el nacimiento se produce en la misma localidad o 4 días si tiene que desplazarse.
-Enfermedad o muerte de pariente: 2 días, Por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
-Permiso por Traslado de domicilio habitual: Por el traslado de domicilio habitual el trabajador tiene derecho a 1 día de permiso retribuido.
-Cumplimiento de un deber: Todo deber inexcusable de carácter público y personal da derecho a ausentarse del trabajo durante el tiempo indispensable para su cumplimiento.
-Funciones sindicales o representativas: El trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a su remuneración, para realizar funciones sindicales o de representación del personal.
-Permiso por Lactancia de hijo: Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.
-Permiso por Hospitalización del recién nacido: La madre o el padre trabajador, tiene derecho a ausentarse del trabajo durante 1 hora cuando el hijo recién nacido debe permanecer hospitalizado a continuación del parto por tratarse de un prematuro o por cualquier otra causa.
-Permiso por Desplazamiento: El trabajador desplazado a población distinta de la de su residencia habitual, por tiempo inferior a un año, tiene derecho a un mínimo de 4 días laborables de estancia en su domicilio de origen y sin computar como tales los de viaje, por cada 3 meses de desplazamiento.
-Permiso por Exámenes y estudios: El trabajador tiene derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
-Permiso por Consulta médica: Generalmente, la concesión y retribución de los permisos necesarios para asistir a consulta médica suelo ser materia regulada en el convenio colectivo de aplicación.
-Permiso por Cuidado de familiar y guarda legal: Tienen derecho a una reducción de la jornada de trabajo entre un tercio y la mitad con disminución proporcional del salario, quien por razones de guarda legal tiene a su cuidado directo un menor de 6 años o un minusválido, psíquico o sensorial, que no desempeña una actividad retribuida.
EXCEDENCIAS LABORALES
El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que e le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a 4 meses y no mayor de 5 años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido 4 años desde el final de la anterior excedencia.
FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA EL AÑO 2008
— 1 de enero (martes), Año Nuevo.
— 7 de enero (lunes), traslado de la Epifanía del Señor.
— 20 de marzo, Jueves Santo.
— 21 de marzo, Viernes Santo.
— 1 de mayo (jueves), Fiesta del Trabajo.
— 2 de mayo (viernes), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
— 25 de julio (viernes), Santiago Apóstol.
— 15 de agosto (viernes), Asunción de la Virgen.
— 1 de noviembre (sábado), Todos los Santos.
— 6 de diciembre (sábado), día de la Constitución Española.
— 8 de diciembre (lunes), Inmaculada Concepción.
— 25 de diciembre (jueves), Natividad del Señor.
Calendario laboral festivo de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2008
Fechas de las festividades correspondientes a Madrid y sus municipios para el año 2008.
-Fiestas ordenadas por localidad:
Ajalvir: 4 de febrero y 15 de mayo
Alameda del Valle: 18 de julio y 8 de septiembre
Alcalá de Henares: 6 de agosto y 9 de octubre
Alcobendas: 24 de enero y 15 de mayo
Alcorcón: 24 de marzo y 8 de septiembre
Aldea del Fresno: 17 de enero y 29 de junio
Algete: 12 y 15 de septiembre
Alpedrete: 22 y 23 de mayo
Ambite: 4 de febrero y 5 de mayo
Anchuelo: 29 y 30 de abril
Aranjuez : 30 de mayo y 5 de septiembre
Arganda del Rey: 12 y 15 de septiembre
Arroyomolinos: 22 y 23 de mayo
Batres: 11 de febrero y 1 de septiembre
Becerril de la Sierra: 16 de agosto y 13 de septiembre
Belmonte de Tajo: 15 de mayo y 8 de septiembre
Berzosa del Lozoya: 14 y 18 de agosto
Boadilla del Monte: 12 de mayo y 6 de octubre
Braojos de la Sierra: 22 de enero y 8 de septiembre
Brea de Tajo: 6 y 7 de octubre
Brunete: 15 de mayo y 12 de septiembre
Buitrago del Lozoya: 14 de agosto y 15 de septiembre
Bustarviejo: 15 de mayo y 15 de septiembre
Cabanillas de la Sierra: 2 de junio y 5 de diciembre
Cadalso de los Vidrios: 24 de marzo y 14 de septiembre
Camarma de Esteruelas: 4 y 5 de septiembre
Campo Real: 15 de mayo y 15 de septiembre
Canencia de la Sierra: 24 de marzo y 13 de octubre
Carabaña: 15 de septiembre y 15 de diciembre
Casarrubuelos: 5 de mayo y 24 de julio
Cenicientos: 14 de agosto y 26 de diciembre
Cerceda: 3 de mayo y 14 de septiembre
Cercedilla: 20 de enero y 8 de septiembre
Cervera de Buitrago: 28 de julio y 22 de diciembre
Ciempozuelos: 15 y 16 de septiembre
Cobeña: 5 de mayo y 6 de octubre
Colmenar del Arroyo: 22 de enero y 12 de septiembre
Colmenar de Oreja: 30 de abril y 12 de septiembre
Colmenar Viejo: 1 y 2 de septiembre
Colmenarejo: 15 de mayo y 24 de julio
Collado Mediano: 23 y 24 de enero
Collado Villalba: 13 de junio y 24 de julio
Corpa: 15 de mayo y 15 de septiembre
Coslada: 15 de mayo y 9 de junio
Cubas de la Sagra: 15 de mayo y 15 de septiembre
Chapinería: 3 de marzo y 6 de octubre
Chinchón: 14 y 16 de agosto
Daganzo: 13 de junio y 1 de septiembre
El Álamo: 15 de mayo y 2 de septiembre
El Atazar: 5 de mayo y 24 de noviembre
El Berrueco: 12 y 13 de mayo
El Boalo: 20 de enero y 15 de mayo
El Escorial: 11 de junio y 8 de septiembre
El Espartal: 24 de marzo y 13 de octubre
El Molar: 30 de abril y 15 de mayo
El Vellón: 3 y 6 de octubre
Estremera: 13 y 14 de octubre
Fresnedillas de la Oliva: 21 de enero y 25 de agosto
Fresno de Torote: No comunicado por el Ayuntamiento
Fuenlabrada: 15 de mayo y 26 de diciembre
Fuente el Saz de Jarama: 8 y 9 de septiembre
Fuentidueña de Tajo: 15 y 16 de septiembre
Galapagar: 15 de mayo y 15 de septiembre
Garganta de los Montes: 15 de mayo y 6 de octubre
Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago:
17 de mayo y 16 de agosto
Gascones: 1 de agosto y 6 de octubre
Getafe: 5 y 12 de mayo
Griñón: 17 de junio y 14 de agosto
Guadalix de la Sierra: 8 y 9 de septiembre
Guadarrama: 29 de septiembre y 4 de octubre
Horcajo de la Sierra: 15 de mayo y 18 de agosto
Horcajuelo de la Sierra: 13 de junio y 29 de agosto
Hoyo de Manzanares: 8 y 9 de septiembre
Humanes de Madrid: 8 de agosto y 22 de septiembre
La Acebeda: 25 de julio y 29 de septiembre
La Cabrera: 13 de junio y 17 de octubre
La Hiruela: 8 y 9 de agosto
La Serna del Monte: 28 y 29 de agosto
Las Rozas de Madrid: 5 de mayo y 29 de septiembre
Leganés: 16 de agosto y 11 de octubre
Loeches: 11 y 12 de septiembre
Los Molinos: 21 de enero y 15 de septiembre
Los Santos de la Humosa: 15 de mayo y 8 de septiembre
Lozoya: 6 de agosto y 7 de octubre
Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias: 22 de septiembre y 5 de diciembre
Madarcos: 1 de marzo y 26 de julio
Madrid: 15 de mayo y 9 de septiembre
Majadahonda: 15 de septiembre y 25 de noviembre
Manzanares el Real: 12 de mayo y 15 de septiembre
Mataelpino: 5 de febrero y 24 de agosto
Meco: 11 y 12 de septiembre
Mejorada del Campo: 22 y 23 de septiembre
Miraflores de la Sierra: 4 de febrero y 15 de mayo
Montejo de la Sierra: 5 y 8 de septiembre
Moraleja de Enmedio: 5 y 8 de septiembre
Moralzarzal: 3 de mayo y 25 de septiembre
Morata de Tajuña: 15 de mayo y 8 de septiembre
Móstoles: 15 de mayo y 12 de septiembre
Navacerrada: 13 de junio y 8 de septiembre
Navalafuente: 5 de febrero y 25 de agosto
Navalagamella: 8 de mayo y 15 de septiembre
Navalcarnero: 15 de mayo y 8 de septiembre
Navarredonda y San Mamés: 18 de agosto y 29 de septiembre
Navas del Rey: 8 y 9 de septiembre
Nuevo Baztán: 5 de mayo y 3 de diciembre
Olmeda de las Fuentes: 31 de marzo y 25 de agosto
Orusco de Tajuña: 15 de septiembre y 29 de diciembre
Paracuellos de Jarama: 12 y 13 de mayo
Parla: 16 de junio y 15 de septiembre
Patones: 1 de febrero y 24 de junio
Pedrezuela: 29 y 30 de septiembre
Pelayos de la Presa: 4 de febrero y 14 de agosto
Perales de Tajuña: 15 y 23 de mayo
Pezuela de las Torres: 5 de mayo y 15 de septiembre
Pinilla del Valle: 29 y 30 de septiembre
Pinto: 15 de mayo y 20 de diciembre
Piñuécar-Gandullas: 24 de enero y 8 de octubre
Pozuelo de Alarcón: 16 de julio y 8 de septiembre
Pozuelo del Rey: 29 y 30 de septiembre
Prádena del Rincón: 17 y 20 de julio
Puebla de la Sierra: 15 de mayo y 15 de septiembre
Puentes Viejas: 6 de junio y 29 de septiembre
Quijorna: 15 de mayo y 27 de diciembre
Rascafría: 16 de agosto y 1 de diciembre
Redueña: 15 de septiembre y 12 de diciembre
Ribatejada: 30 de mayo y 29 de agosto
Rivas-Vaciamadrid: 15 de mayo y 12 de septiembre
Robledillo de la Jara: 11 de agosto y 6 de octubre
Robledo de Chavela: 28 de agosto y 1 de septiembre
Robregordo: 14 y 18 de agosto
Rozas de Puerto Real: 5 de febrero y 24 de junio
San Agustín del Guadalix: 19 y 22 de septiembre
San Fernando de Henares: 15 y 30 de mayo
San Lorenzo de El Escorial: 11 de agosto y 15 de septiembre
San Martín de la Vega: 25 y 28 de abril
San Martin de Valdeiglesias: 8 de septiembre y 11 de noviembre
San Sebastián de los Reyes: 21 de enero y 28 de agosto
Santa María de la Alameda: 15 de mayo y 8 de septiembre
Santorcaz: 15 de mayo y 15 de septiembre
Serranillos del Valle: 16 de agosto y 3 de septiembre
Sevilla la Nueva: 15 de mayo y 15 de septiembre
Somosierra: 1 y 4 de agosto
Soto del Real: 4 de agosto y 7 de octubre
Talamanca de Jarama: 4 de febrero y 31 de marzo
Tielmes: 15 de mayo y 6 de agosto
Titulcia: 1 y 2 de septiembre
Torrejón de Ardoz: 23 y 24 de junio
Torrejón de la Calzada: 20 de enero y 8 de septiembre
Torrejón de Velasco: 15 de mayo y 11 de octubre
Torrelaguna: 8 y 9 de septiembre
Torrelodones: 16 de julio y 14 de agosto
Torremocha de Jarama: 15 y 16 de mayo
Torres de la Alameda: 6 y 7 de octubre
Tres Cantos: 24 de marzo y 24 de junio
Valdaracete: 5 de mayo y 12 de septiembre
Valdeavero: 15 de mayo y 1 de agosto
Valdelaguna: 21 de abril y 16 de julio
Valdemanco: 16 de julio y 14 de agosto
Valdemaqueda: 6 de febrero y 14 de agosto
Valdemorillo: 4 de febrero y 8 de septiembre
Valdemoro: 5 de mayo y 8 de septiembre
Valdeolmos-Alalpardo: 15 de mayo y 11 de agosto (Valdeolmos)
15 de mayo y 25 de agosto (Alalpardo)
Valdepiélagos: 15 de mayo y 16 de mayo
Valdetorres de Jarama: 5 de mayo y 15 de septiembre
Valdilecha: 8 de septiembre y 11 de noviembre
Valverde de Alcalá: 11 y 12 de septiembre
Velilla de San Antonio: 29 y 30 de septiembre
Venturada: 15 de octubre y 26 de diciembre
Villaconejos: 5 de mayo y 24 de julio
Villa del Prado: 24 de marzo y 8 de septiembre
Villalbilla: 25 y 26 de septiembre
Villamanrique de Tajo: 25 de abril y 12 de septiembre
Villamanta: 1 de febrero y 23 de mayo
Villamantilla: 29 de septiembre y 31 de diciembre
Villanueva de la Cañada: 15 de mayo y 15 de septiembre
Villanueva de Perales: 15 de mayo y 5 de diciembre
Villanueva del Pardillo: 17 y 18 de octubre
Villar del Olmo: 15 de mayo y 22 de septiembre
Villarejo de Salvanés: 1 de septiembre y 7 de octubre
Villaviciosa de Odón: 21 de enero y 22 de septiembre
Villavieja del Lozoya: 25 de agosto y 9 de diciembre
Zarzalejo: 27 de junio y 8 de septiembre
Descargar
Enviado por: | PriiNceeSiiTa |
Idioma: | castellano |
País: | España |