Relaciones Laborales y Recursos Humanos


Formación y orientación laboral


VACACIONES

Las vacaciones son la interrupción retribuida establecida legalmente y de manera anual para proporcionar el merecido descanso del trabajador. Es realmente un derecho del trabajador derivado de su propia relación laboral y que se encuentra constitucionalmente reconocida e irrenunciable.

Las vacaciones deben ser disfrutadas por el trabajador dentro del año natural, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, no siendo posible la acumulación de las vacaciones de un año para otro.

El trabajador tiene derecho a percibir durante las vacaciones la misma retribución que se le abona durante los restantes meses del año.

Si el trabajador deja de prestar servicios antes de haber disfrutado de sus vacaciones, tiene derecho a percibir la parte proporcional que le corresponde.

PERMISOS

Se entiende la cesación temporal, no periódica, de la prestación de servicios por causa determinada y, en general, retribuible por el empresario.

El trabajador, previo aviso y con causa justificada puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por tiempo determinado. Para ello deberá poner con la debida antelación en conocimiento del empresario el motivo de su ausencia, igualmente debe justificar el motivo alegado.

Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días hábiles.

SUPUESTOS LEGALES DE PERMISOS RETRIBUIDOS:

-Permiso por matrimonio: El trabajador podrá ausentarse del trabajo un período de 15 días naturales.

-Permiso por Gestación: Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parte que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

-Permiso por Parto: En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de 16 semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo.

-Permiso por Nacimiento de hijo: Podrá ausentarse en el caso de nacimiento del hijo durante 2 días, si el nacimiento se produce en la misma localidad o 4 días si tiene que desplazarse.

-Enfermedad o muerte de pariente: 2 días, Por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

-Permiso por Traslado de domicilio habitual: Por el traslado de domicilio habitual el trabajador tiene derecho a 1 día de permiso retribuido.

-Cumplimiento de un deber: Todo deber inexcusable de carácter público y personal da derecho a ausentarse del trabajo durante el tiempo indispensable para su cumplimiento.

-Funciones sindicales o representativas: El trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a su remuneración, para realizar funciones sindicales o de representación del personal.

-Permiso por Lactancia de hijo: Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.

-Permiso por Hospitalización del recién nacido: La madre o el padre trabajador, tiene derecho a ausentarse del trabajo durante 1 hora cuando el hijo recién nacido debe permanecer hospitalizado a continuación del parto por tratarse de un prematuro o por cualquier otra causa.

-Permiso por Desplazamiento: El trabajador desplazado a población distinta de la de su residencia habitual, por tiempo inferior a un año, tiene derecho a un mínimo de 4 días laborables de estancia en su domicilio de origen y sin computar como tales los de viaje, por cada 3 meses de desplazamiento.

-Permiso por Exámenes y estudios: El trabajador tiene derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

-Permiso por Consulta médica: Generalmente, la concesión y retribución de los permisos necesarios para asistir a consulta médica suelo ser materia regulada en el convenio colectivo de aplicación.

-Permiso por Cuidado de familiar y guarda legal: Tienen derecho a una reducción de la jornada de trabajo entre un tercio y la mitad con disminución proporcional del salario, quien por razones de guarda legal tiene a su cuidado directo un menor de 6 años o un minusválido, psíquico o sensorial, que no desempeña una actividad retribuida.

EXCEDENCIAS LABORALES

El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que e le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a 4 meses y no mayor de 5 años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido 4 años desde el final de la anterior excedencia.

FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

PARA EL AÑO 2008

— 1 de enero (martes), Año Nuevo.

— 7 de enero (lunes), traslado de la Epifanía del Señor.

— 20 de marzo, Jueves Santo.

— 21 de marzo, Viernes Santo.

— 1 de mayo (jueves), Fiesta del Trabajo.

— 2 de mayo (viernes), Fiesta de la Comunidad de Madrid.

— 25 de julio (viernes), Santiago Apóstol.

— 15 de agosto (viernes), Asunción de la Virgen.

— 1 de noviembre (sábado), Todos los Santos.

— 6 de diciembre (sábado), día de la Constitución Española.

— 8 de diciembre (lunes), Inmaculada Concepción.

— 25 de diciembre (jueves), Natividad del Señor.

Calendario laboral festivo de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2008

Fechas de las festividades correspondientes a Madrid y sus municipios para el año 2008.

-Fiestas ordenadas por localidad:

Ajalvir: 4 de febrero y 15 de mayo

Alameda del Valle: 18 de julio y 8 de septiembre

Alcalá de Henares: 6 de agosto y 9 de octubre

Alcobendas: 24 de enero y 15 de mayo

Alcorcón: 24 de marzo y 8 de septiembre

Aldea del Fresno: 17 de enero y 29 de junio

Algete: 12 y 15 de septiembre

Alpedrete: 22 y 23 de mayo

Ambite: 4 de febrero y 5 de mayo

Anchuelo: 29 y 30 de abril

Aranjuez : 30 de mayo y 5 de septiembre

Arganda del Rey: 12 y 15 de septiembre

Arroyomolinos: 22 y 23 de mayo

Batres: 11 de febrero y 1 de septiembre

Becerril de la Sierra: 16 de agosto y 13 de septiembre

Belmonte de Tajo: 15 de mayo y 8 de septiembre

Berzosa del Lozoya: 14 y 18 de agosto

Boadilla del Monte: 12 de mayo y 6 de octubre

Braojos de la Sierra: 22 de enero y 8 de septiembre

Brea de Tajo: 6 y 7 de octubre

Brunete: 15 de mayo y 12 de septiembre

Buitrago del Lozoya: 14 de agosto y 15 de septiembre

Bustarviejo: 15 de mayo y 15 de septiembre

Cabanillas de la Sierra: 2 de junio y 5 de diciembre

Cadalso de los Vidrios: 24 de marzo y 14 de septiembre

Camarma de Esteruelas: 4 y 5 de septiembre

Campo Real: 15 de mayo y 15 de septiembre

Canencia de la Sierra: 24 de marzo y 13 de octubre

Carabaña: 15 de septiembre y 15 de diciembre

Casarrubuelos: 5 de mayo y 24 de julio

Cenicientos: 14 de agosto y 26 de diciembre

Cerceda: 3 de mayo y 14 de septiembre

Cercedilla: 20 de enero y 8 de septiembre

Cervera de Buitrago: 28 de julio y 22 de diciembre

Ciempozuelos: 15 y 16 de septiembre

Cobeña: 5 de mayo y 6 de octubre

Colmenar del Arroyo: 22 de enero y 12 de septiembre

Colmenar de Oreja: 30 de abril y 12 de septiembre

Colmenar Viejo: 1 y 2 de septiembre

Colmenarejo: 15 de mayo y 24 de julio

Collado Mediano: 23 y 24 de enero

Collado Villalba: 13 de junio y 24 de julio

Corpa: 15 de mayo y 15 de septiembre

Coslada: 15 de mayo y 9 de junio

Cubas de la Sagra: 15 de mayo y 15 de septiembre

Chapinería: 3 de marzo y 6 de octubre

Chinchón: 14 y 16 de agosto

Daganzo: 13 de junio y 1 de septiembre

El Álamo: 15 de mayo y 2 de septiembre

El Atazar: 5 de mayo y 24 de noviembre

El Berrueco: 12 y 13 de mayo

El Boalo: 20 de enero y 15 de mayo

El Escorial: 11 de junio y 8 de septiembre

El Espartal: 24 de marzo y 13 de octubre

El Molar: 30 de abril y 15 de mayo

El Vellón: 3 y 6 de octubre

Estremera: 13 y 14 de octubre

Fresnedillas de la Oliva: 21 de enero y 25 de agosto

Fresno de Torote: No comunicado por el Ayuntamiento

Fuenlabrada: 15 de mayo y 26 de diciembre

Fuente el Saz de Jarama: 8 y 9 de septiembre

Fuentidueña de Tajo: 15 y 16 de septiembre

Galapagar: 15 de mayo y 15 de septiembre

Garganta de los Montes: 15 de mayo y 6 de octubre

Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago:

17 de mayo y 16 de agosto

Gascones: 1 de agosto y 6 de octubre

Getafe: 5 y 12 de mayo

Griñón: 17 de junio y 14 de agosto

Guadalix de la Sierra: 8 y 9 de septiembre

Guadarrama: 29 de septiembre y 4 de octubre

Horcajo de la Sierra: 15 de mayo y 18 de agosto

Horcajuelo de la Sierra: 13 de junio y 29 de agosto

Hoyo de Manzanares: 8 y 9 de septiembre

Humanes de Madrid: 8 de agosto y 22 de septiembre

La Acebeda: 25 de julio y 29 de septiembre

La Cabrera: 13 de junio y 17 de octubre

La Hiruela: 8 y 9 de agosto

La Serna del Monte: 28 y 29 de agosto

Las Rozas de Madrid: 5 de mayo y 29 de septiembre

Leganés: 16 de agosto y 11 de octubre

Loeches: 11 y 12 de septiembre

Los Molinos: 21 de enero y 15 de septiembre

Los Santos de la Humosa: 15 de mayo y 8 de septiembre

Lozoya: 6 de agosto y 7 de octubre

Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias: 22 de septiembre y 5 de diciembre

Madarcos: 1 de marzo y 26 de julio

Madrid: 15 de mayo y 9 de septiembre

Majadahonda: 15 de septiembre y 25 de noviembre

Manzanares el Real: 12 de mayo y 15 de septiembre

Mataelpino: 5 de febrero y 24 de agosto

Meco: 11 y 12 de septiembre

Mejorada del Campo: 22 y 23 de septiembre

Miraflores de la Sierra: 4 de febrero y 15 de mayo

Montejo de la Sierra: 5 y 8 de septiembre

Moraleja de Enmedio: 5 y 8 de septiembre

Moralzarzal: 3 de mayo y 25 de septiembre

Morata de Tajuña: 15 de mayo y 8 de septiembre

Móstoles: 15 de mayo y 12 de septiembre

Navacerrada: 13 de junio y 8 de septiembre

Navalafuente: 5 de febrero y 25 de agosto

Navalagamella: 8 de mayo y 15 de septiembre

Navalcarnero: 15 de mayo y 8 de septiembre

Navarredonda y San Mamés: 18 de agosto y 29 de septiembre

Navas del Rey: 8 y 9 de septiembre

Nuevo Baztán: 5 de mayo y 3 de diciembre

Olmeda de las Fuentes: 31 de marzo y 25 de agosto

Orusco de Tajuña: 15 de septiembre y 29 de diciembre

Paracuellos de Jarama: 12 y 13 de mayo

Parla: 16 de junio y 15 de septiembre

Patones: 1 de febrero y 24 de junio

Pedrezuela: 29 y 30 de septiembre

Pelayos de la Presa: 4 de febrero y 14 de agosto

Perales de Tajuña: 15 y 23 de mayo

Pezuela de las Torres: 5 de mayo y 15 de septiembre

Pinilla del Valle: 29 y 30 de septiembre

Pinto: 15 de mayo y 20 de diciembre

Piñuécar-Gandullas: 24 de enero y 8 de octubre

Pozuelo de Alarcón: 16 de julio y 8 de septiembre

Pozuelo del Rey: 29 y 30 de septiembre

Prádena del Rincón: 17 y 20 de julio

Puebla de la Sierra: 15 de mayo y 15 de septiembre

Puentes Viejas: 6 de junio y 29 de septiembre

Quijorna: 15 de mayo y 27 de diciembre

Rascafría: 16 de agosto y 1 de diciembre

Redueña: 15 de septiembre y 12 de diciembre

Ribatejada: 30 de mayo y 29 de agosto

Rivas-Vaciamadrid: 15 de mayo y 12 de septiembre

Robledillo de la Jara: 11 de agosto y 6 de octubre

Robledo de Chavela: 28 de agosto y 1 de septiembre

Robregordo: 14 y 18 de agosto

Rozas de Puerto Real: 5 de febrero y 24 de junio

San Agustín del Guadalix: 19 y 22 de septiembre

San Fernando de Henares: 15 y 30 de mayo

San Lorenzo de El Escorial: 11 de agosto y 15 de septiembre

San Martín de la Vega: 25 y 28 de abril

San Martin de Valdeiglesias: 8 de septiembre y 11 de noviembre

San Sebastián de los Reyes: 21 de enero y 28 de agosto

Santa María de la Alameda: 15 de mayo y 8 de septiembre

Santorcaz: 15 de mayo y 15 de septiembre

Serranillos del Valle: 16 de agosto y 3 de septiembre

Sevilla la Nueva: 15 de mayo y 15 de septiembre

Somosierra: 1 y 4 de agosto

Soto del Real: 4 de agosto y 7 de octubre

Talamanca de Jarama: 4 de febrero y 31 de marzo

Tielmes: 15 de mayo y 6 de agosto

Titulcia: 1 y 2 de septiembre

Torrejón de Ardoz: 23 y 24 de junio

Torrejón de la Calzada: 20 de enero y 8 de septiembre

Torrejón de Velasco: 15 de mayo y 11 de octubre

Torrelaguna: 8 y 9 de septiembre

Torrelodones: 16 de julio y 14 de agosto

Torremocha de Jarama: 15 y 16 de mayo

Torres de la Alameda: 6 y 7 de octubre

Tres Cantos: 24 de marzo y 24 de junio

Valdaracete: 5 de mayo y 12 de septiembre

Valdeavero: 15 de mayo y 1 de agosto

Valdelaguna: 21 de abril y 16 de julio

Valdemanco: 16 de julio y 14 de agosto

Valdemaqueda: 6 de febrero y 14 de agosto

Valdemorillo: 4 de febrero y 8 de septiembre

Valdemoro: 5 de mayo y 8 de septiembre

Valdeolmos-Alalpardo: 15 de mayo y 11 de agosto (Valdeolmos)

15 de mayo y 25 de agosto (Alalpardo)

Valdepiélagos: 15 de mayo y 16 de mayo

Valdetorres de Jarama: 5 de mayo y 15 de septiembre

Valdilecha: 8 de septiembre y 11 de noviembre

Valverde de Alcalá: 11 y 12 de septiembre

Velilla de San Antonio: 29 y 30 de septiembre

Venturada: 15 de octubre y 26 de diciembre

Villaconejos: 5 de mayo y 24 de julio

Villa del Prado: 24 de marzo y 8 de septiembre

Villalbilla: 25 y 26 de septiembre

Villamanrique de Tajo: 25 de abril y 12 de septiembre

Villamanta: 1 de febrero y 23 de mayo

Villamantilla: 29 de septiembre y 31 de diciembre

Villanueva de la Cañada: 15 de mayo y 15 de septiembre

Villanueva de Perales: 15 de mayo y 5 de diciembre

Villanueva del Pardillo: 17 y 18 de octubre

Villar del Olmo: 15 de mayo y 22 de septiembre

Villarejo de Salvanés: 1 de septiembre y 7 de octubre

Villaviciosa de Odón: 21 de enero y 22 de septiembre

Villavieja del Lozoya: 25 de agosto y 9 de diciembre

Zarzalejo: 27 de junio y 8 de septiembre




Descargar
Enviado por:PriiNceeSiiTa
Idioma: castellano
País: España

Te va a interesar