Derecho


Formación y aprobación de leyes en Perú


INDICE

PAGS.

CAPITULO I LA LEY Y LA NORMA

1. LAS FUENTES DEL DERECHO EN LA FORMULACION DE LAS

LEYES Y NORMAS…………………………………………………………….. 6

1.1 Las Fuentes Formales del derecho

1.2 La Legislación y Los Sistemas Jurídicos Comparados

1.3 Los Poderes y Las Funciones del Estado

2. LA LEY………………………………………………………………………… 10

2.1 Definición

2.2 Características

2.3 Elementos

3. LA NORMA CON RANGO DE LEY ………………………………………… 11

4. DIFERENCIA ENTRE NORMA Y LEY……………………………………… 12

5. FORMULACION DE LAS LEYES EN LA CONSTITUCION……………... 12

6. FORMULACION DE LAS NORMAS CON RANGO DE LEY……………... 13

7. LA LEGISLACION EN EL PERU………………………………………….... 14

CAPITULO II FUNCIONES POLITICAS EN LA FORMULACION DE LAS LEYES Y NORMAS

1. LOS GRUPOS DE PRESION…………………………………………………. 16

1.1 Elementos de Poder

1.2 Elementos Basicos

1.3 Elementos Secundarios

1.4 La Manera de Actuar

1.5 La Actuación Abierta

1.6 La Actuación Cerrada

2. LA RELACION ENTRE LOS PARTIDOS POLITICOS Y LOS GRUPOS DE PRESION………………………………………………………………………….. 21

2.1 La Función de los Partidos politicos

3. LA GLOBALIZACION: INFLUENCIA EN LOS LOBBY´S…………………. 24

4. ¿QUE DEBEMOS HACER?................................................................................ 26

BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………….. 28

INDICE…………………………………………………………………………….

LA FUNCION POLITICA EN EL PROCESO DE FORMACION Y APROBACION DE LAS LEYES

Las personas que mas te estiman siempre aparecen en los peores momentos de tu vida, por ello, dedico este trabajo en primer lugar a mi madre; quien es la que día a día me apoya con todo su amor para que yo salga adelante, a mis hermanos y a mi padre de igual manera; a mis amigos de la facultad de Derecho en especial a los de III Ciclo, A esa persona que siempre esta a mi lado en los momentos difíciles. Gracias a todos.

Presento, esta monografía, que ha sido recopilación de datos de varios libros de Internet, con la finalidad de poder saber y entender de una forma rudimentaria, cual es el proceso de formación de leyes y normas, sus factores externos e internos los cuales influyen, tanto la política como el derecho.

Para poder crear el Bien Común del Estado, que es idea de Aristóteles, debemos empezar por erradicar de nuestras mentes la idea del” primero yo”, así no tendríamos, grupos de presión y lobby´s para intereses de unos cuantos, el Estado debemos ser todos y uno a la vez para poder salir de la pobreza en la que se encuentra nuestro país.

LA LEY Y LAS NORMAS

CAPITULO I

LAS FUENTES DEL DERECHO EN LA FORMULACION DE LAS LEYES Y NORMAS

Tres grupos de elementos teóricos son indispensables, para tener referencia en como influye las fuentes del derecho en las formulación de las leyes y las normas.

  • LAS FUENTES FORMALES DEL DERECHO

  • En su expresión más simplificada, fuente formal de derecho es aquel procedimiento a través del cual se produce, validamente, normas jurídicas que adquieren el rasgo de obligatoriedad propio del Derecho y, por lo tanto, la característica de ser impuestas legítimamente a las personas mediante los instrumentos de coacción del Estado.

    Dadas las peculiaridades de nuestra inestabilidad política, así como las irregularidades que el ejercicio del poder manifiesta entre nosotros, existe una extendida concepción según la cual la voluntad de un gobernante adquiere, por virtud de ser tal, obligatoriedad jurídica. Es así como muchas veces, y especialmente durante la existencia de gobiernos de facto, para las personas es irrelevante que tal o cual mandato sea conocido mediante un Decreto-ley, una resolución ministerial o el comunicado público que emiten la Presidencia de la Republica o algún ministerio.

    Esta manera de confundir lo que son normas jurídicas con declaraciones de voluntad del gobernante, tiene su explicación sociológica, política e histórica que nos relevamos de comentar. Lo evidente, sin embargo, es que para muchos basta que algo éste ordenado por un funcionario del Estado o un gobernante, para que automáticamente adquiera obligatoriedad, es decir, pueda ser impuesto coactivamente por el Estado.1

    Desde el punto de vista jurídico, sin embargo, esto es sustancialmente diferente y tiene que ver con la distinción que hacen varios autores entre poder y Derecho, o entre sus equivalentes de poderío material y uso legitimo del poder.2

    Dentro de la sociedad, un gobernante puede imponer conductas a las otras personas que componen el pueblo, bien porque viene la fuerza para hacerlo, bien porque utiliza los canales jurídicos establecidos y crea, así, normas de derecho que regulen, las conductas. Puede darse el caso, y es más frecuente que lo deseable, en los que el gobernante entremezcle ambas situaciones y use indistintamente la fuerza por la fuerza misma, o la fuerza canalizada jurídicamente a través de la utilización legal de la coacción del Estado.3

  • RAUL CASTRO NESTAREZ; INTRODUCCION AL DERECHO; Ed. Rao; Lima 1998; Pags. 190-1997

  • MARCIAL RUBIO CORREA; EL SISTEMA JURIDICO; COLEC. UNIVERSIDAD CATOLICA; LIMA; 1996; PAGS. 115-125

  • Ob. Cit. Pag. 118

  • Cuando el gobernante ejerce la coacción simplemente porque tiene la fuerza de hacerlo, estamos frente al uso elemental del poder, es decir, del simple poderío material. En el segundo caso, cuando la ejerce respaldado por normas legales estamos frente a un ejercicio de poder tutelado jurídicamente y limitado por las normas jurídicas pre-existentes, que se orientan a crear condiciones mínimas de ejercicio regular del inmenso poder que da el Estado a quien detenta el gobierno.

    Para que ocurra esto segunda resulta de primera importancia definir la forma como han de producirse las normas jurídicas en un Estado. Si estas normas pudiesen ser expresadas de cualquier manera, entonces nos seria imposible distinguir entre la simple expresión de voluntad del gobernante y el marco jurídico.

    Hechas estas distinciones, podemos ahora entender que no toda expresión de voluntad de quienes gobiernan se convierte en mandato jurídicamente obligatorio. Esto solo ocurre con aquellas que siguen un procedimiento especial que llamamos fuente formal del Derecho.

    Las fuentes formales del Derecho son cinco: legislación, jurisprudencia, costumbre, doctrina y declaración de voluntad.

  • LA LEGISLACION Y LOS SISTEMAS JURIDICOS COMPARADOS

  • Modernamente, la legislación ha sido reconocida como la fuente formal más importante del Derecho. Ello se debe a que el Estado tal como lo conocemos ahora, ha desarrollado su hegemonía y ha perfilado claramente sus rasgos jurídicos. Gracias a ala teoría de separación de poderes, y al desarrollado del concepto de Estado de Derecho, los órganos del Estado, principalmente el poder legislativo y el poder ejecutivo, son los que tienen la atribución de crear legislación.1

    Sin embargo, no siempre fue la legislación la fuente principal del Derecho y, aun hoy, cuantitativamente hablando tampoco es hoy la fuente principal en todos los sistemas jurídicos que reconoce el Derecho Comparado.

    Resumiendo podemos distinguir tres grandes familias en lo que se conoce como el Derecho Comparado: la familia del Derecho Anglo-Sajón, el conjunto de derechos fundados en creencias religiosas entre los que resalta el Derecho Islámico; y la familia de Derecho Romano-germánico.

    La familia Anglo-sajona que comparten el Reino Unido, prácticamente todos los Estados Unidos de Norte América y los Estado de la Comunidad Británica, entre otros, da una importancia inusual en nuestro sistema jurídico a la jurisprudencia como fuente del Derecho, al punto que muchos importantes campos de la vida social están regidos por normas que provienen de dicha fuente formal.

    La familia de los derechos fundamentados en creencias religiosas, da fuerza jurídica a los textos que tienen carácter de palabra divina revelada. El Coran y sobre todo las tradiciones de su interpretación, gozan de tal calidad en muchos Estado Árabes.

    1. RAUL CASTRO NESTAREZ; INTRODUCIION AL DERECHO; ED. RAO; Lima 1998; Pags. 155-170

    La familia Romano-germánica, a diferencia de ellas, estructura su Derecho en base a normas jurídicas de carácter general, aprobadas mediante la fuente formal llamada legislación. Por diversas razones de tipo histórico, nuestro sistema jurídico actual pertenece a esa familia y de allí que conceptuemos vulgarmente nuestro derecho como basado en “Las Leyes”. Por pertenecer a ella, nuestro sistema tiene tres características que es preciso resaltar:

    La primera consiste en que la legislación es la fuente formal más importante tanto en numero de normas jurídicas existentes como en la superior jerarquía que ellas ocupan frente a otras fuentes del Derecho en todos lo campos de la normatividad jurídica.

    La segunda, consiste en que las otras fuentes del derecho tienen cierta importancia, pero están subordinadas a la Legislación, marcándose así una clara distinción, frente a las otras familias del Derecho, incluida la Anglo-Sajona, que no es especialmente cercana por razones culturales.

    La tercera, que estando la legislación compuesta por normas generales y abstractas, la doctrina adquiere mucha importancia esclareciendo, precisando y concretando contenidos normativos.

  • LOS PODERES Y LAS FUNCIONES DEL ESTADO

  • Nuestra formación cultural y educativa, en lo referente al Estado, hace especial énfasis en lo que se llama la teoría de la división de los poderes, por multitud de variados factores que no es del caso tratar aquí. Rasgo esencial de esta formación es desfigurar la conceptualización de este campo de la problemática estatal, debido a una excesiva simplificación de los conceptos. Esta deficiencia tiene serias consecuencias directas en la posibilidad de comprender cabalmente lo que constituye la legislación como fuente del Derecho en la medida que , mecánicamente, se tiende a asimilarla como función exclusiva y única del poder legislativo.

    Naturalmente, el desarrollo de la teoría sobre los poderes y las funciones del estado es un asunto complejo y arduo, que pertenece a la teoría del Estado y al Derecho Constitucional. Para nosotros nos interesa hacer algunas distinciones para entender como funciona la legislación en el Perú.

    Según se ha dicho en la teoría predominante sobre el estado en nuestros tiempos, los poderes u órganos del estado son tres: Legislativo, encargado de aprobar la legislación; el Ejecutivo encargado de dirigir la marcha política y administrativa del país; y el Judicial encargado de administrar justicia a nombre del Estado.

    Sin embargo, para nuestro propósito en esta monografías queremos saber como influye las fuentes del Derecho en la formulación de las leyes, para ello nos falta un elemento esencial que es el Poder Constituyente.

    • PODER CONSTITUYENTE

    Llamamos poder constituyente al inalienable poder que tiene el pueblo de modelar su Estado, su propia sociedad política, en un acto de fundación que no tiene más limite que su propia sociedad política, en un acto de fundación que no tiene más limite que su propia voluntad, ejercida directamente, o indirectamente a través de representantes.

    El poder constituyente resulta el poder fundamental dentro del Estado, en la medida que instituye las normas creadoras de todo el sistema jurídico, y modeladoras del propio Estado. Estas normas están en la Constitución, y que estatuye, entre otros elementos: los derechos de los ciudadanos, las atribuciones y límites del ejercicio de funciones por cada uno de los órganos del Estado.1

    Entonces dicho esto el órgano legislativo, tiene como función principal la legislativa pero, en adición, tiene otras administrativas, y desde luego funciones de control político frente a los gobernantes.

    En otras palabras, la estructura de la legislación y las normas en general no dependen exclusivamente de los funcionarios o gobernantes que las aprueban, sino también de las atribuciones normativas generales que tienen los diversos órganos estatales. En este sentido, la legislación no es, una función privativa del órgano legislativo, sino que alcanza también a los órganos ejecutivos y judicial.2

    LA LEY

  • DEFINICION

  • La ley es una norma obligatoria, general, abstracta, permanente, emanada del Estado, según los trámites que marca la Constitución para el ejercicio de la función legislativa, promulgada por el Ejecutivo y provista de una sanción.

    La ley es la principal fuente del Derecho y podríamos definirla en dos sentidos:

  • Amplio o Material

  • Es toda norma, regla social obligatoria emanada de la autoridad Publica Competente. Así por ejemplo tenemos a los Decretos, Resoluciones, Circulares, ordenanzas, etc. Es toda regla del Derecho, todo precepto normativo. La ley material proviene del Estado, a diferencia de la costumbre que procede de la comunidad.

  • Restringido o Formal

  • Se entiende por la ley a todo precepto jurídico aprobado por el congreso (Poder Legislativo) a través del Procedimiento prescrito en la Constitución, promulgada por el Presidente de la Republica y publicada en el diario oficial. Es toda disposición sancionada por el Poder Legislativo, de acuerdo con el mecanismo Constitucional. Solo es ley la norma emanada por el Poder Legislativo. Es la manifestación de voluntad colectiva expresada mediante los órganos constitucionales, y publicada conforme a los preceptos vigentes.

    1. PAOLO BISCARETTI DI RUFFIA; INTRODUCCION AL DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO “LAS FORMAS DE ESTADO” Y LAS “FORMAS DE GOBIERNO”, LAS CONSTITUCIONES MODERNAS, ED. Fondo de Cultura Economica; Mexico; 1997; pags. 256-265

    2. Ob. Cit. Pag. 268

  • CARACTERISTICAS DE LA LEY

      • Obligatoriedad: Es la escencia de la ley, para asegurar su cumplimiento y su real

    vigencia, por lo que contiene siempre una sanción para el que la viole. La ley ostenta atribuciones impero-atribuidas, es decir, existe una voluntad que ordena y otra que obedece, ambas respaldadas por el estado.

    • Permanencia: La ley esta dada para regir colectivamente, evitando en lo posible

    zonas particulares. Solo deja de regir cuando se extingue su vigencia por derogación; por encontrase fuera de plazo; por haber logrado su fin; entre otros.

    • Voluntad del Estado: Es una manifestación consciente y deliberada del Estado.

    • Generalidad: Norma dictada con carácter general, para la colectividad y con relación

    a cierta persona en particular. Por lo que se garantiza el principio desigualdad ante la ley.

    • Abstracta: Esta destinada a regular un número indefinido de casos futuros.

    • Conocida: Es creada por un órgano competente, y además por la presunción de

    conocimiento se reputa conocida por todos desde el momento de su publicación.

  • ELEMENTOS DE LA LEY

  • Los elementos constitutivos de la ley con cuatro:

  • La norma jurídica: porque son reglas de conducta obligatoria.

  • La intervención de un órgano del Estado, participación de los órganos competentes

  • del Estado.

  • Su dictado: la dación de las leyes se realiza con un procedimiento señalado por la

  • Constitución y su publicación deriva de su generalidad, ya que deben ser conocidos por todos para obligar a su cumplimiento.

  • Su publicación en el Diario Oficial

  • Luego de haber definido la ley nos formulamos las siguientes preguntas.

    ¿Cual es la importancia de las leyes?

    La ley consignada en textos escritos ofrece: mayor fijeza, mayor certeza y seguridad, puede ser conocida más fácilmente por todos, certeza y seguridad.

    ¿Existe una relación intrínseca en la formación de la ley con los poderes del Estado?

    El Estado es la fuente genérica más importante de la normatividad jurídica, que se plasma a través de la correlación de los Poderes del Estado, Montesquieu en el espíritu de las leyes, establece que el ejecutivo su función es hacer cumplir las leyes; el Legislativo es a quien le compete dar las leyes, y el Judicial quien se encarga de solucionar los litigios, pero esta concepción ya ha sido superada, y se tiene que:

    • El Poder Legislativo, emite leyes constitucionales y leyes ordinarias.

    • El Poder Ejecutivo emite Decretos Supremos, Decretos Legislativos, reglamentarios

    de las Leyes y otras disposiciones de aplicación de estas.

    • El Poder Judicial, dicta sentencias que revisten un carácter normativo porque señalan

    el modo de aplicación de las normas jurídicas.

    LA NORMA CON RANGO DE LEY

    Es el segundo nivel jerárquico de nuestro sistema legislativo es la ley entendida como la norma aprobada por el Congreso, en ejercicio de sus atribuciones legislativas, y mediante el procedimiento señalado en la Constitución.

    En primer lugar, es necesario señalar que hay diferencias entre una ley, y una norma legislativa con rango de ley. En principio, toda ley tiene rango de ley, eso es una tautología. Sin embargo en nuestro sistema legislativo, hay también otras normas legislativas que poseen este rango: los decretos-leyes, los decretos legislativos y ciertos decretos aprobados por el poder ejecutivo en el pasado. Es por tanto necesario diferenciar estos tres tipos de normas.1

    En segundo lugar, la naturaleza de las normas legislativas no depende tanto del órgano que las aprueba sino de la función estatal con la que actúa.

    La ley procede de la función legislativa que, empleada en sentido estricto, significa la atribución de aprobar normas legislativas con rango de ley; en sentido lato, la función legislativa abarcaría la atribución de dar normas legislativas de los tres niveles que hemos mencionado anteriormente pero que no es, estrictamente, su significado dentro de la teoría, por lo que a esta ultima función la hemos denominado como normativa general.2

  • MARCIAL RUBIO CORREA; EL SISTEMA JURIDICO; COLEC. UNIVERSIDAD CATOLICA; LIMA;

  • 1996; PAGS. 134-135

  • ob. Cit. 136-137

  • DIFERENCIAS ENTRE NORMA Y LEY

    Se suele contraponer los conceptos de norma y ley, hasta el punto de convertir una y otra en dos categorías como conceptos equivalentes, pero la ley no es sino una de las formas de manifestarse de la norma.

    Existen las siguientes teorías sobre la norma jurídica, entre las cuales existen dos posiciones:

    • NORVATIVISMO: Sostiene el carácter de formalidad del Derecho, afirmado que las

    normas constituyen el aspecto formal del Derecho.

    • SUSTANCIALISMO: Afirma lo contrario, y establece que el Derecho es algo mas

    que las normas, la norma jurídica en cuanto prescribe una conducta es solo el ropaje del derecho.

    Por otro lado, CARNELUTTI, sostiene que no hay que confundir la norma con la Ley, puesto que esta es la forma que reviste la norma. El Derecho no se identifica con la norma, tiene una sustancia que es distinta a las normas.1

    LEGAZ y CALAMBRA, piensa igualmente que el derecho no se reduce a las normas toda vez tras ellas hay una sustancia que constituye el Derecho.2

    GARCIA MAYNEZ, establece que hay que considerar dos sentidos para comprender la norma:

  • Uno amplio: Que se refiere a cualquier regla sea o no obligatoria.

  • uno estricto: Que se refiere solo a las reglas imperativas de conducta osea reglas que tiene carácter imperativo.3

  • LA FORMULACION DE LAS LEYES EN LA CONSTITUCION

    Estas son las únicas que s ele pueden Llamar Ley en todo su sentido, es la primera norma dispositiva dentro de nuestro sistema legislativo la cual esta en la Constitución del Estado. Debe entendérsela como la norma más importante, por tres sentidos:

    El primero, porque la Constitución contiene normas que no pueden ser contradichas ni desnaturalizadas por ninguna otra norma del sistema legislativo. Esto tiene que ver con el principio de constitucionalidad del orden jurídico.

  • NELLY VILLAR BARNUEVO, CARLOS BECERRA HERNADEZ; INTRODUCCION AL DERECHO;

  • ED. UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA; LIMA; 2000; pags. 80-81

  • ob. Cit pag. 80-81

  • ob. Cit pag. 80-81

  • El segundo, porque dentro de sus normas, la Constitución establece la forma como se organiza el Estado, cuales son sus órganos principales, como están conformados, y cuales son sus funciones.

    El tercero, porque en el texto constitucional están contenidos el procedimiento y las atribuciones generales que tiene los órganos del estado para dictar las leyes y las otras normas del sistema legislativo.

    Siguiendo estos tres sentidos podemos concluir que la Ley es solo la que esta impresa en la Constitución, las demás son normas con rango de ley que se encuentran por debajo de la constitución.

    Por otro lado para poder formular o crear esta ley, es decir la Constitución, tiene un proceso y este esta basado en el Poder Constituyente, del cual he ha. Esta la es la manera mas formal de crear una constitución.

    LA FORMULACION DE NORMAS CON RANGO DE LEY

    Como ya sabemos estas normas son de segundo nivel, pero estas son o pueden ser creados por el congreso, o por el poder ejecutivo, con previa autorización del congreso, una vez creada estas normas sea en Decretos Legislativos, Decretos de urgencia, etc.… al final de la vigencia de estas normas debe de entregarse un informe al congreso.

    Es decir la legislación delegada consiste en que el Congreso puede autorizar al Poder Ejecutivo a dictar normas con rango de ley. Cabe destacar que este sistema es indispensable en los Estado Modernos, debido a la dificultad que tiene el órgano legislativo para aprobar con rapidez y oportunidad, normas jurídica que requiere la volátil situación económica y política que se vive actualmente. No solo en el Perú sino a nivel de otros Estados.

    Por otro lado la legalidad de estas normas ya sen decretos, resoluciones etc. Esta específicamente consideradas en los artículos 7, 236 y 295 de la constitución de 1979.

    También esta contenida en el artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    Después de esto tendremos que hacer la definición de la Legislación en el Perú para un mejor entendimiento de la función la cual lleva a crear las leyes y normas ya antes mencionadas.

    LA LEGISLACION EN EL PERU

    La palabra legislación tiene por lo menos dos significados dentro de nuestro Derecho.

    En un sentido puede definírsela como el conjunto de normas jurídicas de carácter general que han sido producidas por el Estado mediante la Constitución, leyes, decretos y resoluciones no judiciales.

    En otro sentido, él de fuente formal de Derecho, puede definírsela como el conjunto de procedimientos, formalidades escritas y principios jerárquicos mediante los cuales se crean normas jurídicas validas de carácter general, cuyo contenido es expresión de voluntad de los poderes del Estado.

    Como todas las fuentes, la legislación es un procedimiento recreación en normas jurídicas pero, sin embargo, tiene particularidades propias que la distinguen de las otras fuentes formales.

    En primer lugar, la legislación crea normas jurídicas mediante formalidades escritas, lo que la diferencia de la costumbre y, en muchos casos, de la expresión de voluntad.

    En segundo lugar la Legislación adopta diversas formalidades y procedimientos, no todos los cuales tiene el mismo valor. Los procedimientos legislativos producen normas de diverso plano y nivel, estando jerarquizadas mediante un conjunto de principios: la Constitución por ejemplo, prima sobre cualquier otra norma; La Ley sobre los decretos, y así sucesivamente.

    En tercer lugar, es rasgo característico de la legislación el producir normas jurídicas de carácter general, a diferencia de otras fuentes como por ejemplo la jurisprudencia y la expresión de voluntad, que suelen producir normas jurídicas restringidas a uno o pocos sujetos.

    Finalmente, el contenido de la legislación es producido por expresión de voluntad de los órganos de gobierno del Estado en sus distintos planos, lo que la diferencia de la costumbre, la doctrina y la expresión de voluntad de las personas naturales y jurídicas.

    FUNCIONES POLITICAS EN LA FORMULACION DE LAS LEYES Y NORMAS

    CAPITULO II

    En el capitulo anterior vimos la influencia del derecho en la política de construcción de las leyes y normas con rango de ley para regular a la sociedad del un Estado.

    En este capitulo veremos, como influye la política en la formación de las leyes y las normas, ya que esta es parte fundamental en estos casos, aquí veremos las diferentes fuentes, que interviene en la política de la formación de las leyes.

    LOS GRUPOS DE PRESIÓN


    Según la teoría constitucional sólo los órganos del gobierno y por ende sus miembros son los que en representación de la nación toman las decisiones políticas a ser acatadas por los ciudadanos. A pesar de ello, si bien esto último es cierto en lo que afirma y falso en lo que describe, omite por tal razón, que la política debe ser entendida como un proceso continuo de influencia, comunicación e interacción entre los distintos grupos gubernamentales y también por la relación entre éstos y la sociedad civil.

    La sociedad en este contexto no tiene sentido si es que no se entiende que ésta a su vez se subdivide en un sinnúmero de grupos humanos organizados en torno a ciertos intereses y aspiraciones de todo tipo y categoría, y que por lo tanto, deben ser conseguidos para alcanzar su bienestar en cuanto grupos organizados.

    De este primer alcance nos encontramos que el gobierno elegido no es el único que interviene en la formulación de las decisiones políticas, sino que, y en cuanto involucre algún interés específico de algún grupo, éstos también intentarán influir en las decisiones públicas para encauzarla y lograr que los beneficie.

    En esencia eso son los grupos de presión, y lo defino como: cualquier tipo de organización que sin el propósito de alcanzar el gobierno, influye sobre él para la defensa de sus intereses. Entre los tipos de organización tenemos a los gremios empresariales y profesionales; los sindicatos, empresas, confesiones religiosas, entre otros. Algunos autores incluyen a las Fuerzas Armadas y algunas entidades públicas.

    El objeto básico de los grupos de presión es la defensa de sus intereses, estos pueden ser materiales (económicos, contratos, concesiones, etc.) y subjetivos (ideales, valores, principios, creencias). Los grupos de presión tienen básicamente tres ejes de influencia: el gobierno, la opinión pública y los demás grupos de presión.

    Entonces qué conjunto de atributos poseen los grupos de presión para influir en la toma de decisiones y cómo los ciudadanos a veces sin saberlo respaldamos con nuestras simpatías puntos de vista que principalmente benefician a un sector determinado de la población. Estos atributos los denominaremos los elementos de poder de los grupos de poder.

  • ELEMENTOS DE PODER

  • Los elementos del poder de los grupos de presión, pueden ser definidos como aquellas facultades o cualidades que les permite conseguir los objetivos propuestos en un contexto político específico. Para un mejor análisis, debemos distinguir entre los elementos básicos o esenciales de los demás elementos complementarios.

  • ELEMENTOS BÁSICOS

  • Jean Meynaud en su clásico libro "Los Grupos de Presión" distingue dos elementos básicos de poder de los grupos de presión; por un lado el número de sus miembros y por el otro, la capacidad financiera. Ambos elementos pueden funcionar complementariamente o diferencialmente, en el sentido de que cada grupo de presión puede poseer uno u otro componente básico.

    • El Número de Miembros

    La capacidad persuasiva y negociadora de un grupo de presión puede ser medida en función del número de miembros o adherentes que aglutinen. Así un sindicato de una rama importante de la producción nacional que aglutine por ejemplo al sector pesquero, puede por ese solo hecho, poseer una capacidad de presión sobre sus eventuales competidores (gobierno, empresas), ya que podrían paralizar completamente ese ramo de actividad en una eventualidad de un conflicto.

    • Número de Adherentes (Efectivos y Potenciales)

    Establecer una distinción entre adherentes efectivos y potenciales, nos permite distinguir que si bien es cierto, un grupo de presión puede poseer una cantidad de adherentes de una rama de producción o de ideas, casi nunca puede aglutinar en su seno a la totalidad de los posibles adherentes. Allí radica la diferencia entre los adherentes efectivos. Muchos no se sienten identificados con las agrupaciones o están vinculados con otros organismos del mismo tipo. Por lo que, la diferenciación tiene su importancia, toda vez que en un eventual diferendo, la posibilidad de contar con la adhesión de los miembros potenciales (aunque sea en la eventualidad) permitirá no romper con la unidad requerida en esos momentos.

    • Calidad de la Adhesión

    Teniendo como referencia el marco anterior, es pues posible colegir que necesitamos establecer cual es la calidad de la adhesión de un grupo de presión y qué elementos pueden aglutinar a un grupo humano a actuar uniformemente en un contexto específico. Primero, la calidad de la adhesión es variable; según los ideales, objetivos e intereses de cada uno de los miembros vinculados. Anterior a ello, existe cierto criterio de unión, rama de producción, interés gremial, ideas sociales y/o políticas o de cualquier índole. Esto significa, que ante las múltiples dimensiones del ser humano, este elige a cual de todas identificarse, lo que a veces acarrea desligarse de otros vínculos grupales. Aquí pues juega un factor importante, la visión del mundo y el interés específico de cada uno de los hombres que se adhieren a una causa.

    La calidad de la adhesión puede medir el grado de afinidad a una idea o interés, la importancia que tiene para estos grupos organizados los objetivos que persiguen, y sobre todo la capacidad de respuesta ante la eventualidad de un conflicto.

    • La Capacidad Financiera

    Es otro elemento básico para conseguir aglutinar la cantidad de poder necesario para conseguir objetivos. Gozan de esta capacidad principalmente los gremios empresariales y los movimientos sindicales con vinculaciones extranjeras. La capacidad financiera, a veces por sí sola permite mejorar las posibilidades de los grupos de presión para conseguir objetivos; por ejemplo pueden colocar sus opiniones o comentarios en medios publicitarios, disponer de medios o espacios en medios masivos de comunicación, publicar y distribuir gratuitamente escritos y material diverso, llegando al extremo, si la situación le amerita, corromper con dinero u otro instrumento de valor la voluntad de funcionarios públicos y políticos.

    Ahora bien, un número alto de adherentes, por ejemplo una confederación sindical; no implica tener la capacidad financiera del caso, es decir generalmente no existe una relación entre el número de adherentes y la capacidad financiera. Adicionalmente, a veces el Estado subvenciona a los grupos de presión, en nuestro país hasta 1992 existían tributos destinados a engrosar las arcas de algunos gremios profesionales como el Colegio de Abogados y Periodistas, en las que un pequeño porcentaje del IGV formaban parte de los ingresos de estos organismos.

    A pesar de dichos cambios, por un acuerdo entre el Estado Peruano y la Iglesia Católica (Estado Vaticano), el gobierno peruano se encarga del pago de los dignatarios del alto clero peruano (Cardenal, Arzobispos y Obispos) situación que al margen de las consideraciones religiosas, sirve como ejemplo de cómo se asignan recursos estatales para ciertos grupos de presión.

    3. ELEMENTOS SECUNDARIOS

    Son aquellos que complementan las capacidades del poder que pueden adquirir el grupo de presión. Según Meynaud son el factor organización y el status social. Como indica su nombre, estos elementos por el hecho de ser secundarios, sólo complementan a los elementos principales, aunque en algunos casos, como en las organizaciones de gran envergadura son de vital importancia; el distingo es por el factor tiempo y por la capacidad organizativa que puedan desarrollar para el logro de sus objetivos; sin embargo debemos recordar, que evitar el burocratismo y el inmovilismo son objetivos que deben ser constantes de los grupos organizados, ya que de lo contrario perderían sus posibilidades.

    • El Factor Organización

    Es un elemento importante de poder, la capacidad organizativa de un grupo de presión, si bien es cierto es un factor secundario, no por ello podemos menospreciar su importancia. Esta radica en la posibilidad de optimizar el uso de los recursos materiales y del factor humano.

    En cuanto a su posibilidad como elemento de poder, éste se manifiesta si cuentan con una dirigencia capaz y hábil en el manejo del arte de la negociación. La organización debe proporcionar a la dirección los instrumentos adecuados para el cumplimiento de su misión, como por ejemplo información, documentación, investigación, inteligencia y posibilidad de acceso a canales formales e informales de información, y para ello, la interacción adecuada dirección, organización es de vital importancia para el logro de los objetivos.

    Los contactos es un elemento que también otorgan poder, los vínculos con los principales funcionarios públicos, los líderes del Congreso o los Ministros de Estado posibilitan una relación directa y fluida, pero también es importante para los grupos de presión hacer que en la administración pública estén ubicados personas de su entera confianza, pues desde esa posición privilegiada se puede obtener información de primer nivel que puede servir como guía en la acción de los grupos de presión y su relación con el gobierno.

    • El Status Social

    Líneas arriba expresamos que los ejes de influencia de los grupos de presión, además del gobierno son la opinión pública y los medios de comunicación. Aquí, en esa relación es que se construye la imagen y por ende la percepción que nos formamos sobre los grupos de presión y sus tareas respecto de influencia en el poder.

    Éste factor es el que le proporciona legitimidad social y política a los grupos de presión para actuar en nombre o por la sociedad, por ejemplo los gremios, las ONG's y los Colegios Profesionales, en su mayoría, tienen un alto grado de consideración social pues han sabido manejar muy bien su imagen ante la opinión pública; simultáneamente, los sindicatos están en su peor momento en cuanto a convocatoria y capacidad de presión pues su imagen está absolutamente deteriorada, tanto de la organización como de los líderes.

    4. LA MANERA DE ACTUAR

    El término lobby tiene un significado en el idioma inglés que quiere decir antecámara, vestíbulo y todo lobby significa cabildear. Mientras el primero describe un sitio o lugar, el segundo describe una acción, en éste último sentido es que se lo utiliza en la ciencia política, y se refiere a la manera de actuar o comportamiento de los grupos de presión en relación con el poder público.

    Entonces cuando los medios de comunicación se encargan del asunto, se refieren especialmente a la manera en que los grupos de presión consiguen sus objetivos, y denuncian algunas "cosas obscuras", pues éstos no forman parte de estas negociaciones.

    Para describir todas las formas de actuación de los grupos de presión, estableceremos una clasificación básica para encuadrar dentro de él la descripción. Propongo por ello, dos tipos de actuación. La abierta y la cerrada. Todas ellas presentan un sinnúmero de aristas que sólo reseñaremos las que considero las más importantes.

    5. LA ACTUACIÓN ABIERTA

    En este caso podemos describir el hecho de "PROPORCIONAR INFORMACIÓN". Los grupos de presión se encargan de difundir sus puntos de vista entre los legisladores, miembros de los equipos de asesores, Poder Ejecutivo y medios de comunicación. En todos los casos la información es selectiva y está dirigida a objetivos muy específicos.

    Así, por ejemplo, al Poder Legislativo enviarán propuestas de ley completas, con todas las formalidades que exigen el reglamento legislativo, ello incluye estudios ad hoc encargados a especialistas, investigaciones, estudios de caso, etc. Es decir, al Congresista llega la información dosificada y preparada expresamente para expresar los intereses de quienes les asiste la razón y la justicia.

    Un caso de ejemplo, un gremio quería revitalizar el uso del cheque como medio de pago, la manera que encontraron para difundir su idea en el Congreso, fue enviar a cada Congresista el estudio completo que habían encargado realizar para demostrar las causas que habían llevado a que el cheque perdiera credibilidad; simultáneamente incluyeron en la investigación la propuesta legislativa pertinente para revertir esa situación. ¿Qué le quedaba a los Congresistas? Si le interesaba el tema y si además había tenido alguna relación con el gremio interesado, podría "hacerlo suyo" y presentar la propuesta legislativa y esperar que sea tratado en las comisiones legislativas y eventualmente ser aprobado.

    En el camino desde la presentación de la propuesta legislativa hasta su probable aprobación, hay todo un "trámite" que involucra necesariamente información, persuasión y otras variables por parte de los sectores involucrados para conseguir el objetivo. Esta parte es regularmente oculta, por lo que no es conocida por la opinión pública. Y este aspecto, explicaría muchas veces porqué, tal o cual Congresista actúa de una u otra manera.

    Otra manera abierta referida a la información, está dirigida a la opinión pública a través de los medios de comunicación. En este caso además de convocar a conferencias de prensa, o de motivar investigaciones sobre el asunto en cuestión; es decir, los grupos de presión manejan su propia agenda informativa y buscan de los medios, difusión quien a su vez hace eco de tal tema y lo ponen a consideración de la opinión pública para generar necesariamente adhesión ,en distinta intensidad, o indiferencia.

    6. LA ACTUACIÓN CERRADA

    Aquí está el problema y la discusión que de vez en cuando los medios de comunicación denuncian y discuten. Dijimos arriba que hay un proceso de influencia para la consecución de objetivos, pues bien, a veces las vías legales y formales no bastan para que un interés sea adecuadamente defendido, entonces surgen maneras de actuación al margen de la ley que va desde la amenaza —por un hecho u otra situación— hacia quienes se oponen a una medida hasta el soborno —para conseguir apoyar la medida—.

    Esta última situación es muy difícil de ser comprobado, por ejemplo el caso de Tralima y el Tren Eléctrico. Un alto funcionario de dicha empresa italiana dijo haber hecho un depósito en una cuenta cifrada destinada para el Ex Presidente Alan García. Otros casos son los referidos a los regalos que se hacen a algunos funcionarios por parte de algunas empresas. Por lo que en la SUNAT se han dado directivas para que ninguno de sus empleados reciba regalos. Aunque una forma de evitar esa prohibición es enviando dicho presente al domicilio del funcionario e incluso a nombre de su esposa/o. Es decir, muchas son las maneras ocultas con que se puede conseguir la voluntad de las personas.

    Comprobar estas afirmaciones y señalar personas es muy difícil, pues nadie que corrompe da comprobante o recibo, entonces sólo nos queda formular las maneras de actuar y los mecanismos de corrupción.

    Pero no son las únicas formas, otra manera muy utilizada es introducir "gente" o conseguir aliados en las áreas de decisión para que desde allí puedan proporcionar la información confidencial y reservada que pueda ser utilizada por el grupo de presión. Casos conocidos en el país, están referidos a los comités de privatización. Algunos de sus altos funcionarios que participaron en la venta, remate o liquidación de empresas públicas, aparecieron tiempo después en los directorios de las empresas privatizadas.

    LA RELACION ENTRE LOS PARTIDOS POLITICOS Y LOS GRUPOS DE PRESION

    La Ciencia Política considera la existencia de tres grupos: de interés, de presión y lobbys. Estos últimos son grupos de interés que a través de representantes tratan de influir sobre la decisión de los parlamentarios. Esta influencia implica el uso o amenaza del uso de determinados premios y castigos legales.

    Un grupo de interés es una agrupación de individuos formada entorno a intereses particulares comunes, cuya defensa constituye la finalidad sustancial de la asociación; por otro lado dichos grupos tienen el objeto de instalar, mantener o proteger conductas favorables a esos intereses comunes. Cuando los mismos presionan en defensa de sus intereses particulares, sobre los órganos estatales, la opinión pública y los partidos políticos, se convierten en grupos de presión, porque presionan; aunque quizá el rasgo más típico de éstos es tener un modo característico de comportamiento social con el objeto de satisfacer sus propios intereses.

    Entre el partido político y el grupo de presión hay diferencias sustanciales:

    • Los grupos de presión son los encargados de plantear demandas al sistema político (articulación), mientras que lo partidos políticos son los encargados de tomar esas demandas, agruparlas y transformarlas en alternativas políticas (combinación).

    • El grupo de presión se propone la defensa de los intereses particulares específicos comunes a sus miembros, mientras que el partido se inspira en una ideología política en general, pretende determinar la orientación de la política del Estado.

    • El grupo de presión solamente se encamina a que sus intereses sean favorecidos por las decisiones de los órganos estatales, pero en caso alguno se propone la conquista del poder, en tanto que el partido político busca específicamente alcanzar el gobierno mediante el triunfo en las elecciones, para convertir su programa partidario en el programa del Estado.

    Hay distintos tipos de relación entre los partidos políticos y los grupos de presión: los grupos pueden actuar directamente sobre los partidos; pueden estar sometidos; o pueden coincidir con algunos de los objetivos y/o mantenerse independientes respecto de otros.

    El sistema de partidos tiene una relación directa con los grupos de presión. Los grupos de presión están más desarrollados cuando existe falta de cohesión en el seno de los grandes partidos. La Ciencia política norteamericana destaca la ausencia de una dirección política estable en los dos partidos mayoritarios, ya que en el interior de los mismos se produce un conglomerado de intereses sumamente heterogéneos. Ello se refleja también en los programas partidarios en los cuales es difícil distinguir una continuidad de posiciones políticas; en cambio en los partidos políticos europeos se ve una conducta completamente diferente, son más disciplinados y coherentes y tienen programas muchos más precisos y que defienden con mayor consecuencia en el curso de muchas campañas electorales. De ello resulta que éstos partidos estén ligados a clases, sectores o grupos sociales determinados. En razón de esta situación ellos resisten mejor a la presión de los grupos de intereses particulares, grupos que los partidos mismos pueden directamente representar. Por lo tanto, no encontramos en Europa una actividad de los grupos de presión tan fuerte como en los Estados Unidos.

    El éxito o fracaso de los grupos de presión depende entre otras cosas, de tener una estrategia capaz de mantener o de poner en sintonía sus intereses particulares con aquellos más generales que se desprenden de las normas culturales de una sociedad dada. Cada grupo intentará maximizar sus oportunidades de éxito manejando los recursos a los que tiene más fácil acceso y utilizando los canales de comunicación y de presión sobre el poder político que le resulten más adecuados y más favorables, y por último, cada grupo tratará de identificar con precisión el nivel político en que se toman las decisiones que le afectan. Además de los recursos es probable que el éxito de un grupo de presión se vea favorecido por el origen de sus miembros y sobre todo de sus dirigentes, si son de los mismos estratos sociales que el grupo de los que deban tomar las decisiones (y por lo tanto, de la previa legitimidad que se concede a sus demandas y preferencias).

    A veces, a un grupo de presión no le resulta necesario ni una gran masa de afiliados, ni una gran representatividad, ni una gran disponibilidad de dinero y ni siquiera conocimientos exclusivos y de gran calidad. Para perseguir y alcanzar sus objetivos puede bastarle una ubicación estratégica en el proceso productivo o en todo caso, en el sistema político nacional o local. Así, por ejemplo, es el caso de los piqueteros en la Argentina que pueden paralizar el tráfico en rutas y autopistas.

    La ubicación y la cohesión de grupos de trabajadores son recursos poderosos en la política de presión y no es raro que se utilicen con eficacia. Los ámbitos, los canales, los destinatarios serán en cada caso aquellos a quienes corresponda tomar las decisiones o bien los más sensibles a los efectos de la presión. En la política de presión, los grupos pueden adoptar concientemente la vía de creación de un malestar intolerable para los ciudadanos (incluso con un calendario que se adapta a períodos especialmente propicios, como las vacaciones o feriados) a fin de que éstos dirijan sus presiones sobre los que toman las decisiones.

    Los individuos que representan los intereses de determinados grupos o los suyos propios no se limitan por lo general, a transmitir información. Desean articular sus intereses con los de las elites encargadas de tomar las decisiones relacionadas con éstos y presentarlas de manera tal que puedan obtener una respuesta favorable. Por ello, los grupos de intereses procuran hallar canales de articulación especiales para sus demandas y medios para convencer a quienes deciden, de manera que sus planteos merezcan la atención de éstos y obtengan una respuesta.

    Entre los medios empleados para articular las demandas figuran las demostraciones físicas y la violencia. La misma se convierte en un medio regular empleado para presionar a las elites gobernantes, amenazando su estabilidad en el poder sino son satisfechas las demandas de importantes sectores populares.

    La conexión personal constituye un importante medio de acceso a las elites políticas. Por canales de conexión personal entendemos la utilización de la familia, la escuela y los lazos locales y sociales como intermediarios.

    La representación de la elite en nombre de un grupo constituye un canal de acceso utilizado con gran eficacia por algunos intereses. En lugar de usar las conexiones personales o los canales formales para lograr el acceso, el grupo que tiene una representación de elite puede confiar en la articulación directa y permanente de sus intereses a través de un miembro que participe en la estructura de decisiones.

    Finalmente vamos a considerar los diversos canales formales e institucionales de acceso que existen en un sistema político moderno. Los medios de comunicación constituyen un canal de ese tipo; en una sociedad abierta el uso de tales medios para transmitir las demandas políticas permite un contacto más directo con quienes tienen a su cargo la adopción de las decisiones políticas.

    Los partidos políticos son un segundo e importante canal de acceso institucional, así también como lo son las legislaturas, burocracias y gabinetes.

    Función de los partidos políticos

    Las funciones de los partidos políticos creados para actuar de acuerdo con el régimen democrático constitucional son las siguientes:

    1) Encauzar la voluntad popular.

    2) Educar al ciudadano para encarar su responsabilidad política

    3) Servir de eslabón entre la opinión pública y el gobierno.

    4) Seleccionar la elite que debe conducir los destinos del país.

    5) Proyectar la política de gobierno y controlar su ejecución.

    LA GLOBALIZACION: INFLUENCIA EN LOS LOBBY´S

    En la última década con nítida claridad podemos observar que en los países Europeos y en alguno otros Hispanoamericanos se está produciendo un efecto globalizador como
    consecuencia de la ruptura del frente comunista, tal es el caso del nuevo tratado entre
    EEUU y México o las nuevas incorporaciones a la U.E. de los antiguos países comunistas del este.

    Todo este movimiento globalizador se entiende siempre dentro de tratados económicos,
    por supuesto liberales y capitalistas. Bajo la excusa de potenciar el comercio o crear un
    mercado más competitivo, se están produciendo fenómenos alarmantes.

    El primero de ellos y quizás el más preocupante es que bajo la unión de grandes
    multinacionales bancarias, comunicaciones o servicios, se está concentrando el dinero en manos de muy pocos, y este fenómeno se reproduce a lo largo y ancho del planeta.

    Este hecho produce comparativas tales como que la unión en EEUU entre la compañía más grande de productos de entretenimiento y la compañía más potente en distribución de Internet, aló, tiene una facturación superior al PIB de muchos países europeos. Esto
    además conduce a la incorporación de la gran banca a los medios de información, ¿de qué sirve el dinero si no se puede influir en la opinión pública?, tal es el caso en España del grupo Prisa que mantiene acciones en diversos medios de comunicación y a la vez realiza tanteos con la compañía de comunicaciones más grande en España e Iberoamérica, Telefónica. Todo esto genera la creación de grandes Lobbys controlados por los pocos que mantienen grandes bolsas de capital y que habiendo amasado tantísimo dinero podrían fijar sus objetivos en la consecución del Poder o al menos del mantenimiento de este sistema Democrático-Capitalista que tanto les favorece.

    No obstante hemos podido observar como el pueblo, hábilmente manejado desde la
    Izquierda, se ha manifestado contra esta Globalización, tal es el caso de las reuniones del Fondo Monetario Internacional en EEUU y en Suiza, pero este sistema de la Aldea Global va mucho más allá.

    Dentro de la Comunidad Económica Europea, (C.E.E.) se está produciendo un fenómeno centrifugador, los países anexados a este invento del gran mercado europeo están perdiendo su identidad nacional así como el desmantelamiento de los principales métodos de producción, la dirección por parte de Bruselas de los métodos productivos de cada país miembro está dejando a los países menos poderosos sin su tejido industrial, tan importante para el mantenimiento de una Nación. Esta Industria - dependencia de países como Alemania, Francia o Gran Bretaña, viene dada de la necesidad de estos grandes Holdings o lobbys de concentrar su poder económico e industrial.

    El mantenimiento de este sistema productivo y de alta competitividad, necesita de una
    mano de obra barata, en muchos casos no cualificada, que pueda sostener este método
    productivo. Es por ello que el sostenimiento de un flujo migratorio de los países más pobres
    hacia los Globalizados es vital y necesario, a pesar de las tensiones y problemas que
    genera la masiva incorporación de miembros de diferentes etnias y culturas, tal es el caso de EL Ejido, Barrio de San Blas o las poblaciones catalanas.

    Desde diferentes frentes de la administración tanto nacional como Extraterritorial y desde los diferentes medios de información se hace hincapié en la aceptación de estas personas, que gracias a su esfuerzo posibilitan el mantenimiento de las grandes multinacionales, así como de la mediana y pequeña empresa y a que los empresarios puedan disponer de mano de obra barata a cambio de impedir al trabajador nativo un
    puesto laboral digno.

    Por otra parte, el modo de vida impuesto desde el capitalismo ha fomentado la
    incorporación al mundo laboral de los dos miembros principales de la unidad familiar
    creando esto un descenso en la natalidad que resulta alarmante. La vorágine consumista
    de estas sociedades mueve a las familias a incorporarse al mundo laboral con el afán de
    mantener un "estatus" social lo más elevado posible. Este efecto denunciado ya desde
    diversos foros, está invirtiendo la pirámide poblacional, si a mitad de este siglo la mayoría de la población era miembro laboral activo con un vértice estrecho de individuos sin generar ninguna función laboral, nos presentamos en la actualidad con una pirámide invertida, donde la base, población laboral activa, es estrecha, para dar lugar a una amplio vértice de población no activa. El posible no mantenimiento de los actuales sistemas de Seguridad Social, Paro y demás servicios que el Estado debe ofrecer a sus ciudadanos ha provocado que desde diversos medios estatales se realice un llamamiento a la importación anual de trabajadores extranacionales, descubriendo así la mascarada de la inmigración.

    El sistema, la banca y por tanto los medios de comunicación están interesados en el
    sostenimiento de este actual sistema laboral y es por ello que alarman a los ciudadanos con noticias sobre la imposibilidad de mantener los servicios estatales de sanidad, jubilación, protección y demás. Existe otra posibilidad, detener de manera inmediata este sistema globalizador y económico, repartir la riqueza, expulsar del sillón de los poderosos a aquellos que necesitan mantener la desnacionalización de los países así como la paulatina eliminación de la población nativa. La izquierda, cómplice en muchos casos, al no reconocer las cultural nacionales y estar anclada en discursos decimonónicos es incapaz siquiera de denunciar esto.1

    1. Artículo tomado de página de Internet: www.google.com

    QUÉ DEBEMOS HACER

    Consideremos que existen dos condiciones de primer orden, por un lado el deliberado propósito de las personas a ocultar o disfrazar sus intereses personales o de grupo por los intereses generales, aunque este último asunto es muy abstracto y difuso; y segundo, en esa misma línea, existe cierta presión social para que las personas no manifiesten abiertamente sus preferencias e intereses.

    Si una persona dice ser interesada o tener algún interés, inmediatamente se le valora negativamente, pues se le atribuye que es interesada y busca su provecho. La pregunta sería, si todos actuamos guiados por nuestros intereses personales y grupales, ¿porqué tratamos de evadirnos y presentamos lo que queremos como algo que quieren todos? Cuando de hecho, "todos" nunca se expresan y menos pueden estar de acuerdo.

    Vistas así las cosas, además de las medidas legislativas para regular el funcionamiento de los grupos de presión, existe una medida política que es de vital importancia y que le daría mayor transparencia al proceso político. En ese contexto le corresponde a los ciudadanos políticamente activos iniciar ese cambio de actitud.

    Los intereses e ideales no son ni buenos ni malos, y si todos los ciudadanos están involucrados con algunos de ellos, es pertinente que los grupos de presión en general, sean explícitos en sus manifestaciones de presión y la forma de conseguirlo está en los ciudadanos quienes no necesitan ser altamente politizados para expresarse por la transparencia en la formulación de demandas.

    La solución no pasa por negar su existencia, ni por intentar desterrar su accionar —es imposible—, incluso una ley sólo serviría para regular mínimamente sus funciones, pues muchas veces el marco legal es insuficiente para controlarlos.

    Se necesita una ley, sí es cierto, pero no esperemos que la ley solucione el asunto, un registro de los grupos de presión y normar su comportamiento no bastará si no es posible conseguir que abiertamente cada grupo y cada persona manifiesten sus intereses y con ello podamos comprender la lógica de sus acciones y simultáneamente evitar de esta manera la corrupción de las formas ocultas de presión.

    Que nos queda, que los gremios de empresarios y de profesionales aún tienen vigencia, y son capaces de hacer propuestas y conseguir en algunos cambios o limitaciones a las medidas gubernamentales, pero los otros grupos de presión que debieran tener presencia como los sindicatos, gremios y federaciones de trabajadores, no están presentes en la discusión pública, por una serie de consideraciones que no son materia de este artículo.

    La manera más efectiva de conseguir resultados en torno a intereses es la organización y la participación. El principal resultado de la apatía política es que los ciudadanos vinculados a gremios laborales, ha dejado de participar y éstos a su vez han perdido la fuerza que gozaban.

    Entonces es posible que deban surgir nuevas organizaciones que aglutinen intereses y objetivos de diversos grupos sociales y puedan organizados manifestar sus demandas y esperar del gobierno respuestas en función a la presión y la influencia. El marco mínimo de actuación es que los grupos que se organicen dejen de relacionar su accionar a una ideología como el marxismo y especialmente con el intento expresado en sus estatutos de instaurar la dictadura del proletariado entre otros.

    De esta manera más personas puedan participar y expresar sus demandas por estas vías y conseguir una sociedad más plural y participativa en función de intereses y objetivos más concretos como el mejoramiento de su situación social, educativa y laboral.

    BIBLIOGRAFIA

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    INTERNET:

    www.google.com

    www.rincondelvago.com

    www.UDEM.gob.mx

    www.tododerecho.com




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    Enviado por:Joel Neo Calidad
    Idioma: castellano
    País: Perú

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