Economía y Empresa


FMI (Fondo Monetario Internacional)


Índice

Presentación

Índice

Objetivos Generales

Introducción

Fondo Monetario Internacional

  • Orígenes

  • Fundación

  • Factores que dieron origen al FMI

  • Pautas Iniciales

  • Objetivos del FMI

  • Miembros

  • Estructura y Organización

  • 4.1 Responsabilidades de los directivos

  • Funciones & Roles

  • Fuentes de Finanzas

  • a. Principal

    i. DEG

    b. Secundaria

    6.1 Programas de Crédito y Financiamiento

  • Condiciones

  • Inhabilitaciones de Recursos

  • Relación del FMI sobre los sistemas cambiantes

  • Metodología del Intercambio

  • Consultas o Verificación

  • Panamá y el FMI

  • Cuotas y Votos

  • Actividades

  • Situación Actual

  • Objetivos Generales

  • Dar a conocer las funciones principales del Fondo Monetario Internacional.

  • Ilustrar la manera de cómo opera esta entidad comercial

  • Requisitos para la solicitud de prestamos

  • Introducción

    Como una necesidad de resguardo, regulación, facilitación en cuanto a materia económica se refiere a nivel mundial, surge en Fondo Monetario Internacional (FMI) en 1944 en Bretton Woods, Estados Unidos en donde representantes de 44 economías suscribieron un convenio en pro de la estabilidad y la cooperación económica.

    El FMI nace a partir de las catástrofes económicas presentadas en las décadas de los años treintas, con el fin de prever posibles desastres en el futuro. Hoy en día el FMI consta de 184 países miembros, los cuales aportan cuotas que sirven de financiamiento propios a la entidad. También cabe mencionar que el FMI no es exactamente un banco central, sin embargo presta dinero en pro del desarrollo económico de los países en crisis, ejemplo los préstamos durante la década de los años ochentas a los países asiáticos y latinoamericanos.

    Finalmente en este proyecto trataremos de ampliar un poco más los roles principales, su estructura y el modo de operación de dicha entidad. A manera de dar a conocer él porque la importancia del FMI, el papel que juega actualmente en la globalización y un poco de nuestra experiencia como país.

    Fondo Monetario Internacional

  • Orígenes

  • El Fondo Monetario Internacional nace por la necesidad de contar con una organización internacional de apoyo y cooperación, debido a los deprimentes hechos suscitados en la década de los años treintas. Ilustrado por la gran depresión económica que trajo perdida de valor a las tierras, implico crecimiento del desempleo, quiebra de bancos, fabricas sin que producir, en fin un sin numero de problemas.

    Estos devastadores hechos no solamente fueron visibles, ya que los daños en intercambios monetarios y finanzas internacionales fueron significativo; trayendo así como consecuencia una desconfianza en el papel moneda, ya que se emitió muchos mas de lo que era respaldado por las tesorerías nacionales. Tal fue el caso de la libra esterlina del Reino Unido.

    La incertidumbre del valor del dinero ya que no había un valor fijo trajo problemas de convertibilidad entre piases, de tal grado fue el problema que los países preferían el intercambio de mercancía en vez del intercambio monetario; es decir, buscando esquemas de cambio, lo que eliminaría el uso del dinero. La relación entre el dinero y el valor de género fue confundida así como también lo fue el dinero nacional y el extranjero.

    Varios fueron los intentos a escala internacional para tratar los problemas monetarios, pero lastimosamente fueron intentos fallidos. Este problema no era de soluciones parciales, sino de una cooperación de nivel internacional para establecer un nuevo sistema monetario Internacional.

    Fondo Monetario Internacional - orígenes

  • Fundación

  • En este sentido, aparece John Maynord Keynes en el Reino Unido y Harry White en Estados Unidos, quienes coinciden en la década de los años cuarentas con crear una organización permanente que provea, supervise y de seguimiento a este sistema.

    Este sistema haría posible el establecimiento de un valor claro e inequívoco para cada moneda, eliminación de restricciones y practicas de devaluaciones competitivas que buscaban incentivar la inversión y el comercio nuevamente. Finalmente 44 países aceptaron el sistema en 1944, en Bretton Woods, Estados Unidos, en donde establecieron el Fondo Monetario Internacional; el cual dio inicio a sus operaciones financieras el 01 de Marzo de 1947, en Washington, Estados Unidos,

  • Factores que dieron origen al FMI

  • La necesidad de una organización como el Fondo Monetario Internacional se dio por la ausencia de señalamientos a un conjunto de obligaciones y normas que debieran cumplir cada país miembro de dicha organización con el fin de alcanzar un objetivo en común, que era mejorar la situación económica que se estaba viviendo en ese momento en el mundo y que no debiera repetirse. Estos hechos son las pautas principales para dicha conferencia que tras su conclusión dio pie al inicio del Fondo Monetario Internacional.

    Fondo Monetario Internacional - orígenes

    La depresión estaba devastando todas las formas de vida económica; los agrícolas cayeron debajo del costo de producción, los obreros caminaban en busca de trabajos que no conocían, en fin todo continuaba igual y aún más empeoraba la situación.

    c) Pautas Iniciales del FMI

    Basándose en lo anteriormente señalado y el panorama sumamente adverso para los países miembros, éstos se vieron obligados a fijar para sus monedas una paridad (intervención del FMI) en función del oro, directamente o bien indirectamente por intermedio del dólar de los Estados Unidos, y a mantener el tipo de mercado de sus monedas dentro de márgenes del 1% en torno a la paridad, dicha paridad podría ser cambiada solo si el país miembro realiza una propuesta al fondo únicamente con el propósito de corregir un desequilibrio extremadamente necesario.

    De Igual forma se designa un código de conducta en el cual los países miembros tenían que evitar los acuerdos bilaterales y regionales de pagos estrictos y mantener con respecto a su moneda un tipo de cambio uniforme.

    Se comprendía la situación en el sentido que seria difícil lograr que muchos países pudieran respetar este código durante el período de recuperación de las economías tras las perturbaciones transitorias de duración indefinida. Como consecuencia de esto se permitió que durante ciertos períodos las restricciones pudieran mantenerse sin necesidad de que el fondo tomará ninguna medida al respecto ni que el país las eliminará.

    Fondo Monetario Internacional - orígenes

    Se facilitó al fondo un mecanismo para ayudar a los países miembros a financiar su déficit temporal y adoptar políticas del ajuste sin que tuvieran que recurrir a medidas incompatibles con el código de conducta. De esta manera fue implementado el Fondo Monetario Internacional que hasta nuestros días ha solventado muchos problemas económicos en el ámbito mundial como se había de esperar.

  • Objetivos del Fondo Monetario Internacional

  • El FMI, como propósito fundamental se plantea e el establecimiento de sistemas de cambio internacional que sirvan para buscar la estabilidad en las tasas de cambio, es así como el desarrollo del comercio internacional. Después en un segundo plano, esta el establecimiento de mecanismos que faciliten el control de los sistemas cambiarios, de forma que los países miembros no adopten e incurran en sistemas de cambio que presenten ventajas comparativas injustas sobre otros países miembros. También, el FMI busca a la vez crear un sistema de liquidez que permita resolver problemas temporales en las balanzas de pago de los países miembros; y finalmente funge como un mecanismo de para la recolección de información concerniente a los sistemas monetarios internacionales.

    Estos propósitos están claros en el Art.1 del FMI, el cual designa:

      • Promover la cooperación monetaria internacional a través de una institución permanente que atienda las consultas y colaboración relativa a problemas monetarios internacionales.

      • Facilitar la extensión y crecimiento equilibrado del comercio internacional, y contribuir, a través de ello, a la promoción y mantenimiento de altos niveles de empleo, ingresos reales y el desarrollo de recursos productivos de todos los miembros, como política económica primordial.

      • Promover la estabilidad cambiaria y mantener acuerdos cambiarios ordenados entre los miembros y evitar depreciaciones en las tasas cambiarias con fines competitivos.

      • Asistir al establecimiento de sistemas multilaterales de pago en relación con la liquidación de transacción corriente entre los miembros cambiarios que pueden afectar el crecimiento del comercio mundial.

    2. Objetivos del Fondo Monetario Internacional -continuación

      • Dar confianza a los miembros a través de la disponibilidad de recursos temporales, como medidas de seguridad y por lo tanto promover a los miembros con oportunidad para corregir desajustes en su balanza de pago, sin tener que recurrir a medidas destructivas de su prosperidad nacional e internacional.

      • Acortar la duración y grado de desequilibrios en la balanza de pago internacional de los miembros.

    Miembros del FMI

    El FMI cuenta según cifras oficiales del año 2004 cuenta con 184 países miembros.

    4. Estructura y Organización

    El FMI cuenta con una estructura formada por una Junta de Gobernadores como órgano de decisión (uno por país). Fija políticas y decide en cuestiones fundamentales como aumento de cuotas. Se reúne una vez año, en Washington D.C. y en otro país.

    El Directorio Ejecutivo de 24 miembros elegidos por país o grupo de países es responsable de la gestión diaria del Organismo y aprobación de préstamos. 8 países con mayores cuotas eligen un Director (EEUU, Alemania, Japón, Reino Unido, Francia, Arabia Saudita, Rusia y China). Los 16 directores restantes se eligen por votos de 16 grupos de países (Panamá vota con Brasil. Ecuador. Guyana, Colombia, Surinam, Trinidad y Tobago, Haití y República Dominicana).

    De igual Forma posee un Director Gerente, elegido por el Directorio por 5 años. Este ejerce la función de administración, por regla general es un europeo (actualmente es J.Rato. español). El Comité Monetario y Financiero Internacional, órgano asesor de la Junta de Gobernadores., compuesto por 24 Gobernadores; organismo asesor Comité para el Desarrollo de 24 miembros, asesor en desarrollo

    Grupos asesores de la Junta de Gobernadores, del Directorio Ejecutivo y del Comité para el Desarrollo (Grupos de los 5, 7, 8, 10, 20 y 24)

    4. Estructura y Organización - continuación

    Organigrama

    Nota: si la Junta de Gobernadores, por mayoría del 85% por ciento de la totalidad de los votos, decidiera que se apliquen las disposiciones del Anexo D, tendrá también un Consejo.

    4.1 Responsabilidades de la Junta de Gobernadores

  • La Junta de Gobernadores estará formada por un gobernador titular y un suplente nombrados por cada país miembro en la forma que éste determine. Los gobernadores titulares y los suplentes desempeñarán sus cargos hasta que se haga un nuevo nombramiento. Los suplentes no podrán votar sino en ausencia del titular correspondiente. La Junta de Gobernadores seleccionará como presidente a uno de los gobernadores.

  • La Junta de Gobernadores podrá delegar en el Directorio Ejecutivo el ejercicio de cualquiera de las facultades de que está investida, excepto las que este Convenio le confiere privativamente.

  • 4.1 Responsabilidades de la Junta de Gobernadores - continuación

  • La Junta de Gobernadores celebrará cuantas reuniones ella disponga o convoque el Directorio Ejecutivo. Se convocará a reunión de la Junta de Gobernadores siempre que lo soliciten quince países miembros o un número de países miembros que reúnan un cuarto de la totalidad de los votos.

  • Constituirá quórum en las reuniones de la Junta de Gobernadores una mayoría de los gobernadores que reúnan como mínimo dos tercios de la totalidad de los votos.

  • Cada gobernador tendrá derecho a emitir el número de votos asignados, de conformidad con la Sección 5 de este Artículo, al país miembro que lo haya nombrado.

  • La Junta de Gobernadores podrá establecer mediante disposiciones reglamentarias un procedimiento por el cual el Directorio Ejecutivo, cuando lo estime conveniente para los intereses del Fondo, pueda obtener una votación de los gobernadores sobre un asunto determinado, sin necesidad de convocar a reunión de la Junta.

  • La Junta de Gobernadores, y el Directorio Ejecutivo en la medida en que esté autorizado, podrán adoptar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias o adecuadas para la gestión de los asuntos del Fondo.

  • Los gobernadores titulares y los suplentes desempeñarán sus cargos sin percibir retribución del Fondo, pero éste podrá rembolsarles los gastos razonables que se les ocasionen por asistir a las reuniones.

  • La Junta de Gobernadores determinará la remuneración que deba pagarse a los directores ejecutivos y a sus suplentes y el sueldo y las condiciones del contrato de servicios del Director Gerente.

  • La Junta de Gobernadores y el Directorio Ejecutivo podrán designar las comisiones que juzguen convenientes. Los miembros de dichas comisiones no tendrán necesariamente que ser gobernadores ni directores ejecutivos o suplentes.

  • 4.2 Responsabilidades del Directorio Ejecutivo

  • El Directorio Ejecutivo tendrá a su cargo la gestión de las operaciones generales del Fondo, y a ese efecto ejercerá todas las facultades que en él delegue la Junta de Gobernadores.

  • El Directorio Ejecutivo estará integrado por los directores ejecutivos, y será presidido por el Director Gerente. De los directores ejecutivos:cinco serán nombrados por los cinco países miembros que tengan las mayores cuotas, y quince serán elegidos por los demás países miembros.

  • Si en la segunda elección ordinaria de directores ejecutivos, o en las sucesivas, no figurasen entre los países miembros con facultad para designar directores ejecutivos, de acuerdo con el apartado b) i), los dos países miembros las tenencias de cuyas monedas mantenidas por el Fondo en la Cuenta de Recursos Generales se hayan reducido, como promedio en los dos años anteriores, a menos de sus cuotas en las mayores cantidades absolutas expresadas en derechos especiales de giro, uno de estos países miembros, o ambos, según sea el caso, podrá designar un director ejecutivo.

  • Las elecciones de los directores ejecutivos electivos se efectuarán a intervalos de dos años, de acuerdo con las disposiciones del Anexo E, complementadas por las reglas que el Fondo estime pertinentes. En cada una de las elecciones ordinarias de directores ejecutivos, la Junta de Gobernadores podrá dictar reglas que modifiquen la proporción de los votos necesarios para elegir directores ejecutivos conforme a las disposiciones del Anexo E.

  • Cada director ejecutivo nombrará un suplente con plenas facultades para actuar en su lugar cuando no esté presente. Si se hallan presentes los directores ejecutivos, los suplentes podrán tomar parte en las reuniones, pero sin voto.

  • 4.2 Responsabilidades del Directorio Ejecutivo - continuación

  • Los directores ejecutivos continuarán en el desempeño de sus cargos hasta que sus sucesores hayan sido nombrados o elegidos. Si un cargo de director ejecutivo electivo quedare vacante más de noventa días antes de la expiración del mandato de éste, los países miembros que lo eligieron elegirán otro director ejecutivo por el resto de dicho mandato. Para la elección se necesitará la mayoría de los votos emitidos. Mientras subsista la vacante, el suplente del antiguo director ejecutivo ejercerá las facultades de éste, excepto la de designar suplente.

  • El Director Ejecutivo ejercerá sus funciones en sesión permanente en la sede del Fondo y se reunirá cuantas veces lo requieran los asuntos del Fondo.

  • Constituirá quórum en las reuniones del Directorio Ejecutivo una mayoría de los directores ejecutivos que reúna como mínimo la mitad de la totalidad de los votos.

  • Nota: Cada uno de los directores ejecutivos nombrados tendrá derecho a emitir el número de votos que, conforme a la Sección 5 de este Artículo, corresponda al país miembro que lo haya nombrado. Si los votos que correspondan a un país miembro que designe director ejecutivo conforme al apartado c) fueran emitidos por un director ejecutivo junto con los votos que correspondan a otros países miembros en virtud de la última elección ordinaria, dicho país miembro podrá convenir con cada uno de esos países en que el número de votos que le corresponda sea emitido por el director ejecutivo designado. El país miembro que convenga en ese procedimiento no participará en la elección de directores ejecutivos.

    Cada uno de los directores ejecutivos elegidos tendrá derecho a emitir el número de votos que haya recibido a! ser electo.

    4.2 Responsabilidades del Directorio Ejecutivo - continuación

    Nota: Cuando sean aplicables las disposiciones de la Sección 5 b) de este Artículo, se aumentarán o disminuirán, según corresponda, los votos que de otro modo tenga derecho a emitir un director ejecutivo. Todos los votos que un director ejecutivo tenga derecho a emitir los emitirá en bloque. Cuando se dé por terminada la suspensión del derecho de voto de un país miembro conforme al Artículo XXVI, Sección 2 b), y dicho país miembro no esté facultado para nombrar un director ejecutivo, el país miembro podrá ponerse de acuerdo con todos los países miembros que hayan elegido un director ejecutivo para que los votos asignados a dicho país miembro sean emitidos por ese director ejecutivo, teniendo en cuenta que, si no se hubiese celebrado una elección ordinaria de directores ejecutivos durante el período de la suspensión, el director ejecutivo en cuya elección hubiera participado el país miembro con anterioridad a la suspensión, o su sucesor elegido de acuerdo con el Anexo L, párrafo 3 c) i), o de acuerdo con el apartado f) de esta Sección, estará facultado para emitir los votos asignados al país miembro. Se considerará que éste ha participado en la elección de! director ejecutivo facultado para emitir los votos asignados al país miembro.

  • La Junta de Gobernadores adoptará disposiciones reglamentarias por las cuales el país miembro que no esté facultado para nombrar un director ejecutivo de acuerdo con el apartado b) podrá enviar un representante a cualquier reunión del Directorio Ejecutivo en que haya de considerarse una solicitud presentada por dicho país miembro o tratarse un asunto que le afecte particularmente.

  • 4.3 Responsabilidades del Director Gerente y personal

  • El Directorio Ejecutivo seleccionará un Director Gerente quien no podrá ser gobernador ni director ejecutivo. El Director Gerente presidirá las reuniones del Directorio Ejecutivo, pero no tendrá voto excepto para decidir una votación en caso de empate. Podrá participar en las reuniones de la Junta de Gobernadores, pero no votará en ellas. El Director Gerente cesará en su cargo cuando así lo decida el Directorio Ejecutivo.

  • El Director Gerente será el jefe del personal del Fondo y, con la orientación del Directorio Ejecutivo, dirigirá los asuntos ordinarios del Fondo. Con sujeción al control general del Directorio Ejecutivo, tendrá a su cargo la organización, nombramiento y destitución de los funcionarios del Fondo.

  • En el desempeño de sus funciones, el Director Gerente y el personal del Fondo se deberán por completo al servicio del Fondo y no al de ninguna otra autoridad. Los países miembros del Fondo respetarán el carácter internacional de este deber y se abstendrán de todo intento de ejercer influencia sobre cualquier funcionario en el desempeño de sus funciones.

  • Al designar a los funcionarios, el Director Gerente, atendiendo a la necesidad primordial de obtener el máximo nivel de eficiencia y de competencia técnica, tendrá debidamente en cuenta la importancia de contratar sus servicios sobre la base geográfica más amplia posible.

  • 5 Funciones

    El FMI tiene como función principal la estabilidad, cooperación y el progreso de sus miembros. El número de miembros del FMI que se ven beneficiados del intercambio ordenado de dineros nacionales, prestamos de dineros con el fin de reorganizar las economías de sus miembros y sobre todo servicios de ayuda técnica -entrenamiento a sus miembros con políticas beneficiosas a la gran mayoría-. Dentro de las actividades especificas del FMI se encuentran:

    Función financiera

    El FMI sirve como diseñador y supervisor de sistemas económicos para los países miembros.

    Sabiendo que el FMI, principalmente es una institución de supervisión para coordinar esfuerzos para que se logre mediante una cooperación la formulación de políticas económicas, que reestructure su economía.

    No obstante, su función financiera es una actividad significante por las siguientes funciones.

      • Promover la cooperación monetaria internacional a través de una institución permanente que proporcionara un mecanismo de consulta y colaboración en materia de problemas monetarios.

      • Facilitar la expansión y el crecimiento equilibrado del comercio internacional y contribuir con ello a promover y mantener altos niveles de ocupación e ingresos reales y a desarrollar los recursos productivos de todos los países asociados como objetivos primordiales de política económica.

      • Promover la estabilidad de los cambios, asegurar que las relaciones cambiarias entre sus miembros sean ordenadas y evitar las depreciaciones con fines de competencia.

    5 Funciones Financieras - continuación

      • Ayudar a establecer un sistema multilateral de pagos para las operaciones en cuenta corriente efectuadas entre los países y a eliminar las restricciones cambiarias que pudieran estorbar el crecimiento del comercio mundial.

      • Infundir confianza a los países miembros al poner a su disposición los recursos del Fondo en condiciones que los protegieran, dándoles así la oportunidad de corregir los desajustes de sus balanzas de pagos sin recurrir a medidas que pudieran destruir la prosperidad nacional e internacional.

      • Como consecuencia de la función anterior, reducir, la duración y la intensidad del desequilibrio de las balanzas de pago internacionales.

    5 Funciones & Roles adicionales del FMI

    Además de las funciones meramente financieras el FMI también ejerce funciones u otros roles de carácter regulador, crediticio y asesor; acorde a lo anteriormente mencionado, estas serían:

      • Una función reguladora, de guardián ó vigilante del comportamiento monetario internacional.

      • Una función crediticia, orientada a proporcionar asistencia financiera a los países miembros para solucionar problemas de balanza de pagos.

      • Una función consultiva, de asesoramiento y de asistencia técnica, así como de foro permanente para la discusión de los problemas monetarios internacionales.

    6 Fuentes de Finanzas

    FUENTES DE FINANZAS

    El FMI tiene a su disposición recursos generales que provienen de la utilización de las monedas de los países miembros, asi como también lo son los DEG y el oro que posee en la cuenta de recursos generales del Departamento General. Las otras cuentas del Departamento General son las cuentas especial de desembolsos, en la que el fondo a de mantener el producto de determinadas ventas de oro cuyo precio exceda del precio oficial anterior, y de la cual ese producto podrá transferirla a la cuenta de recursos generales y la cuenta de inversiones, encargada de administrar ciertas inversiones del fondo. El otro Departamento del Fondo es el Departamento de derecho especial de giro, por cuyo conducto se efectúan las operaciones y transacciones en DEG.

    Los recursos generales provienen principalmente de: suscripciones, préstamos, trasferencias de la cuenta especial de desembolsos y otros ingresos.

    a. La principal fuente Financiera son las suscripciones de los países miembros en primer término. A cada país miembro se le asigna una cuota expresada en DEG y su suscripción es igual a la cuota. En el pasado, el 75% de la suscripción original de un país miembro era pagadero en su moneda y el resto en oro. Conforme a la pregunta enmienda, el DEG o las monedas de otros países miembros han reemplazado a la proporción que anteriormente era pagada en oro, porque excepto en raras situaciones el oro no se utiliza para hacer pagos obligatorios al fondo ni para otros que este deba hacer.

    6 Fuentes de Finanzas - ¿Qué es el DEG?

    a. La principal fuente Financiera -continuación:

    El DEG, o derecho especial de giro, es un activo internacional de reserva creado por el FMI en 1969 (en virtud de la primera enmienda del Convenio Constitutivo) debido al temor de los países miembros de que el total entonces existente y el crecimiento revisto de las reservas internacionales fuera insuficiente a los fines de la expansión del comercio mundial.

    Los principales activos de reserva eran el oro y el dólar de EE.UU., y los países miembros no querían que las reservas mundiales tuvieran que depender de la producción de oro, que presentaba incertidumbres inherentes, ni de los repetidos déficit de la balanza de pagos de Estados Unidos que se necesitarían para que continuaran creciendo las reservas en dólares de EE.UU.

    El DEG se creó como activo complementario de reserva que el FMI “asignaría” periódicamente a los países miembros en caso de necesidad, y que podría cancelarse en la medida que hiciera falta.

    El DEG -que a veces recibe el nombre de “papel oro” aunque no tiene existencia física- ha sido asignado a los países miembros (en forma de asientos contables) en cantidades proporcionales a las cuotas. Hasta la fecha, el FMI ha asignado un total de DEG 21.400 millones (unos US$ 29.000 millones) a los países miembros. La última asignación se pro-dujo en 1981, año en que asignaron DEG 4.100 millones a los 141 países que en ese momento eran miembros del FMI. Desde 1981, el conjunto de los países miembros no ha considerado que hiciera falta una nueva asignación general de DEG, en parte debido al crecimiento experimentado por los mercados internacionales de capital. Sin embargo, en septiembre de 1997 y a la luz del incremento habido en el número de países miembros -entre ellos países que no han recibido una asignación- la Junta de Gobernadores propuso la cuarta enmienda del Convenio Constitutivo. Cuando la apruebe la mayoría de países miembros fijada con ese fin, quedaré autorizada una asignación especial única

    6 Fuentes de Finanzas - ¿Qué es el DEG? - continuación

    -“equitativa de DEG 21.400 millones que se distribuirá de manera que la proporción de asignaciones acumulativas netas de todos los países miembros en relación con la cuota se eleve a un nivel común de referencia.

    Los países miembros del FMI pueden utilizar el DEG en transacciones entre sí, con 16 tenedores “institucionales de DEG y con el propio FMI. El DEG es también la unidad de cuenta del FMI. Hay varios organismos internacionales y regionales, además de convenciones internacionales, que utilizan el DEG como unidad de cuenta o como base para determinar una unidad de cuenta.

    El valor del DEG se fija diariamente en función de una cesta de cuatro monedas principales: euro, yen japonés, libra esterlina y dólar de EE.UU. Al 1 de agosto de 2001, un DEG valía 1,26 dólares de EE.UU. La composición de la cesta se revisa cada cinco años para comprobar que sigue siendo representativa de las monedas utilizadas en las transacciones internacionales y que la ponderación asignada a las monedas es reflejo de su importancia relativa en los sistemas de comercio y financiero mundiales.

    6 Fuentes de Finanzas - continuación

    a. La principal fuente Financiera -continuación

    La cuota de cada país miembro constituye el dado o punto de referencia fundamental en sus relaciones con el fondo, que rige o regula entre otras cosas el número de sus votos, la cantidad de DEG que pueda recibir en las asignaciones de éstos y el volumen de ayuda financiera que pueda obtener del fondo.

    Los países miembros que compren DEG al fondo o las monedas de otros países miembros deben pagar unos u otros en su propia moneda. Tampoco disminuye el valor de los recursos del fondo por el hecho de que se sustituya la moneda de su país miembro que se encuentre en situación sólida por la moneda de un país miembro que se encuentre en situación débil. Todas las tenencias del fondo en moneda que se hallen en sus recursos mantienen su valor en función al DEG, que es la unidad de cuenta del fondo. En caso de que las tenencias del fondo de una moneda se deprecien en función del DEG, el país miembro emisor debe pagar una cantidad adicional de su moneda al fondo. Por el contrario si una moneda de un país miembro se aprecia en función del DEG, el FMI devuelve moneda al país miembro; este mantenimiento mantiene al FMI vender monedas al los países miembros a tipos de cambio en curso, de manera que el país comprador no sufra una pérdida u obtenga una ganancia en función de los tipo de cambio vigente.

    b. La Segunda fuente financiera importante de las tenencias del FMI son los préstamos. Los préstamos del FMI se realizan en DEG.La medida en que el FMI pueda tomar préstamos es ilimitada en el sentido que el fondo disfruta de plena libertad para decidir si debe tomar préstamos y cual ha de ser la cuantía de esto. El FMI esta facultado para tomar a préstamo las monedas de un país fuente dentro o fuera de los territorios de un país miembro, y no se exige requisito alguno en cuanto a la fuente de la cual este pueda tomar este préstamo.

    6 Fuentes de Finanzas - continuación

    b. La Segunda fuente financiera - continuación

    Por consiguiente, la facultad del FMI es lo suficientemente amplia para que pueda tomar préstamos de prestamista del sector privado, entre ellas los bancos comerciales.

    Si el FMI desea tomar a préstamo las monedas de un país miembro de otras fuentes que no sea el propio país el FMI debe obtener el asentimiento de éste.

    El convenio insiste en que es necesario el asentimiento del país miembro a fin de asegurar de que el fondo recurra al mercado de capital para obtener la moneda del país miembro no origine ninguna compatibilidad con el modo de cómo el país miembro administra su moneda y no dificulte su capacidad para tomar prestamos.

    A partir del 24 de octubre de 1962 el FMI a mantenido acuerdo permanentes, denominados acuerdos generales para la obtención de prestamos (AGP) con arreglo AGP el fondo en determinadas circunstancias puede tener a prestamos cantidades considerables de las monedas de diez de sus principales países miembros industriales de 8 de esos países miembros, y los bancos centrales de otros 2 países miembros, al objeto de financiar transacciones de cualquiera de los 10 realicen el tramo de reservas o con arreglo a la norma del FMI sobre tramos de crédito.

    El FMI ha realizado acuerdos definitivos para tomar préstamos con destino a otra norma de ayuda económica, o sea, el servicio de financiamiento suplementario.

    Los tipos de interés pagados por prestamos destinados a financiar transacciones con arreglo a las normas del FMI sobre tramo de crédito han guardado estrecha relación con las tasas periódicas de cargo en el FMI ha impuesto por sus tenencias de monedas de países miembros compradores.

    6.1 Programas de Crédito y Financiamiento

    El FMI pone sus recursos financieros a disposición de los países miembros a través de del sometimiento a una serie de políticas y de servicios. Es importante acotar que los recursos disponibles dependerán de delimitaciones cuantitativas relacionadas con la cuota. La cuota de un país miembro del FMI es el monto de la suscripción pagada por ese país. La principal diferencia entre ellos es la clase de necesidad relacionada con la balanza de pago que se atiende y el grado de condición que se supone. Así también se le conceden préstamos y donaciones a los países en desarrollo que son miembros si cumplen con ciertas condiciones y implementen ciertos ajustes estructurales.

  • Tramo de reserva: esta facilidad no es parte de las políticas de uso de crédito del FMI puesto de que se trata de una porción de las reservas internacionales de cada país miembro. El uso de esta facilidad esta limitado al saldo del tramo de reserva del país. Este es equivalente al monto por el cual de ese país excede a las tenencias del FMI en la moneda de ese país, habiendo reducido de tales tenencias aquella porción representativa de la utilización del crédito del FMI por parte del país miembro la utilización del tramo de reservas esta sujetado al la existencia de necesidades de financiamiento de balanza de pagos y no esta formalmente sometida acondicionamientos de ningún tipo.

  • Tramos de crédito: bajo los términos y condiciones establecidos, un país miembro puede realizar compras de DEG (u otra moneda) en cuatro tramos de crédito equivalentes cada uno al 25% de la cuota del país. Los tres tramos de crédito que siguen al primero de denominan "tramos superiores de crédito". La distinción entre ambas categorías responde a la agravación de la condición. La utilización de los tramos superiores de créditos esta condicionada a la adopción de medias especificas que conduzcan a la reducción de los problemas de balanzas de pago en un periodo razonable.

  • 6.1 Programas de Crédito y Financiamiento -continuación

  • Acuerdos de Derecho de giro (stand by): Un acuerdo de este tipo permite a un país miembro tener acceso a los recursos generales del fondo, como resultado de la decisión que este en sentido adopte, en los términos y condiciones contemplados en la decisión y por un periodo determinado. Los criterios de desempeño incluyen:

  • Limitación al déficit fiscal y al endeudamiento público neto, particularmente en el caso del endeudamiento externo.

  • Medidas adecuadas en materia cambiaria y monetaria.

  • Obtención de imponer restricciones en pagos y transferencias corrientes.

  • Programa de reacción de atrasos en el servicio de la deuda externa hasta acumular nuevos atrasos.

  • Mantenimiento de un nivel adecuado de reservas internacionales.

  • Medidas de carácter estructural; aun cuando no necesariamente, estos acuerdos, pueden incluir, en la práctica, medidas de este tipo. En los programas de facilidad ampliada, sin embargo es necesario incorporar políticas de corte estructural.

  • En estos acuerdos, las compras de DEG hechas por el país en el marco de esta facilidad financiera, se programan normalmente, a intervalos trimestrales, sujetos al cumplimiento de los criterios preestablecidos; en caso contrario, se interrumpe el derecho del país a continuar realizando las copias. Los acuerdos Stand by proporcionan asistencia a corto plazo con el propósito de enfrentar desequilibrios temporales o cíclicos de balanza de pagos.

    6.1 Programas de Crédito y Financiamiento -continuación

  • El Acuerdo ampliado (Servicio de facilidad ampliada) Este servicio fue establecido para situaciones tales que, en razón de la naturaleza estructural del desequilibrio externo, el país afectado necesita de un período más largo (tres años) para lograr el ajuste y de un nivel de financiamiento superior, a aquellos contemplados en las políticas de crédito (stand by) por tramos. En el acuerdo ampliado, los países deben presentar, al inicio de un acuerdo, un programa de ajustes de mediano plazo, detallando los objetivos del programa y las políticas a ser aplicadas a lo largo del periodo contemplado en el acuerdo. En general, el programa debe especificar las medidas de política que deben ser aplicadas en cada periodo de doce meses por los 3 años de la facilidad ampliada. Debido al acento de estos programas de ajuste en los aspectos estructurales, el fondo ha admitido la posibilidad de extender la facilidad a cuatro (4) años, si así lo requiere el país miembro; y de programar los desembolsos del fondo y los criterios de desempeño en períodos semestrales, sujeto al cumplimiento de metas trimestrales por parte del país.

  • 6.1 Programas de Crédito y Financiamiento - Condiciones

    a. Condicionalidad

    Todos los préstamos del FMI están sujetos a condiciones de política macroeconómicas que varían según el monto y naturaleza de los préstamos. La condicionalidad tiene por objeto asegurar que los países adopten las medidas para mejorar su Balanza de Pagos y puedan rembolsar los préstamos al FMI. a fin de que los fondos se puedan prestar a otros países. Así, para préstamos en los tramos superiores y de servicio ampliado, las condiciones comprenden: carta de intención; modificaciones en la política económica (acciones previas antes de aprobarse el préstamo); metas y criterios a cumplir en materias por ej. de déficit presupuestario, límites al crédito; exámenes periódicos.

    Se está revisando el alcance de la condicionalidad, vinculándola más a resultados concretos o en el cumplimiento de objetivos intermedios o medidas previas acordadas.

    Condiciones que regulan el uso de los recursos generales del Fondo

  • El Fondo adoptará normas acerca del uso de sus recursos generales, incluso sobre los acuerdos de derecho de giro u otros acuerdos semejantes, y podrá adoptar normas especiales referentes a problemas específicos de balanza de pagos que ayuden a los países miembros a resolverlos de modo compatible con las disposiciones de este Convenio y que establezcan garantías adecuadas para el uso temporal de los recursos generales del Fondo.

  • Todo país miembro tendrá derecho a comprar al Fondo las monedas de otros países miembros, a cambio de una cantidad equivalente de su propia moneda, con sujeción a las condiciones siguientes; El país miembro utilice los recursos generales del Fondo conforme a las disposiciones de este Convenio y las normas que se adopten con arreglo a ellas; El país miembro declare que necesita realizar la compra debido a su posición de balanza de

  • 6.1 Programas de Crédito y Financiamiento - Condiciones

    -pagos o de reserva o a la evolución de sus reservas; La compra propuesta esté comprendida en el tramo de reserva, o no dé lugar a que las tenencias del Fondo en la moneda del país comprador excedan del doscientos por ciento de su cuota; El Fondo no haya declarado previamente, de acuerdo con la Sección 5 de este Artículo, el Artículo VI, Sección 1, o el Artículo XXVI, Sección 2 a), que el país miembro que desea hacer la compra está inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo.

  • El Fondo examinará la solicitud de compra a fin de determinar si la compra propuesta es compatible con las disposiciones de este Convenio y con las normas adoptadas en virtud de las mismas; no obstante lo cual las compras propuestas en el tramo de reserva no podrán ser objetadas.

  • El Fondo adoptará normas y procedimientos sobre la selección de las monedas que haya de vender, en las que tendrá en cuenta, en consulta con los países miembros, la posición de balanza de pagos y de reserva de los mismos y la evolución de los mercados de cambios, así como la conveniencia de tratar de lograr gradualmente posiciones equilibradas en el Fondo. No obstante, el país miembro que declare su intención de comprar la moneda de otro país miembro porque desea obtener una cantidad equivalente de su propia moneda ofrecida por el otro país tendrá derecho a comprarla, salvo que el Fondo haya declarado, conforme al Artículo VII, Sección 3, que sus tenencias de la moneda son en ese momento escasas.

  • Todo país miembro adoptará las medidas oportunas para que los saldos de su moneda comprados al Fondo sean de moneda de libre uso o de moneda que, en el momento de la compra pueda cambiarse por moneda de libre uso, a elección del -

    6.1 Programas de Crédito y Financiamiento - Condiciones

    -país, a un tipo de cambio entre ambas equivalente al tipo de cambio aplicable entre ellas con arreglo al Artículo XIX, Sección 7 a).

    Todo país miembro cuya moneda se compre al Fondo, o se obtenga a cambio de moneda comprada al Fondo, colaborará con éste y con los demás países miembros al objeto de que, en el momento de la compra, los saldos de su moneda puedan cambiarse por la moneda de libre uso de otros países miembros.

    El cambio, conforme al inciso i), de una moneda que no sea de libre uso lo efectuará el país miembro cuya moneda se compre, salvo que éste y el país miembro comprador acuerden otro procedimiento.

    El país miembro que compre al Fondo la moneda de libre uso de otro país miembro y desee cambiarla en el momento de la compra por la moneda de libre uso de un tercer país miembro, podrá efectuar el cambio con dicho país si éste lo solicita. El cambio se hará contra entrega de una moneda de libre uso seleccionada por el tercer país miembro y se efectuará al tipo de cambio a que se refiere el inciso i).

    El Fondo podrá acceder, con arreglo a las normas y procedimientos que adopte, a proporcionar derechos especiales de giro en lugar de las monedas de otros países miembros al participante que efectúe una compra de conformidad con esta Sección.

    6.1 Programas de Crédito y Financiamiento - Inhabilitación

    b. Inhabilitación:

    Siempre que el Fondo considere que un país miembro está utilizando los recursos generales del Fondo en forma contraria a los fines de éste, presentará al país miembro un informe en el que se expondrán sus puntos de vista y le señalará un plazo razonable para que conteste. Después de presentado este informe, el Fondo podrá limitar el uso de sus recursos generales por parte del país miembro. Si no se recibiera respuesta al informe en el plazo señalado o si la respuesta recibida no fuera satisfactoria, el Fondo podrá continuar limitando el uso de sus recursos generales por parte del país miembro o, después de darle aviso con anticipación razonable, declararlo inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo. Algunas operaciones y transacciones

    En todas sus normas y decisiones conforme a esta Sección, el Fondo se atendrá a los objetivos indicados en el Artículo VIII, Sección 7, y al de impedir que en el mercado del oro el precio de este metal sea objeto de manipulación o que se establezca un precio fijo para el mismo.

    Para las decisiones del Fondo de realizar operaciones o transacciones conforme a los apartados c), d) y e) se requerirá una mayoría del ochenta y cinco por ciento de la totalidad de los votos.

    El Fondo podrá vender oro a cambio de la moneda de un país miembro previa consulta con éste, con la salvedad de que, sin la conformidad del país miembro, la venta no deberá aumentar las tenencias de su moneda que el Fondo mantenga en la Cuenta de Recursos Generales por encima del nivel al que quedarían sujetas a cargos conforme a la Sección 8 b) u) de este Artículo, y de que, si el país lo solicita, el Fondo al efectuar la venta cambiará por la moneda de otro país miembro aquella parte de la moneda que reciba que produciría ese aumento. El cambio por la moneda de otro país miembro se hará previa consulta con éste y no deberá elevar las tenencias del Fondo de la moneda de dicho país por encima del nivel al que quedarían sujetas a cargos conforme a la Sección 8 b) u) de este Artículo. El Fondo adoptará normas y procedimientos respecto a cambios en los que tendrá en cuenta los principios aplicados conforme a la Sección 7 i) de este Artículo. Las ventas a países miembros según esta disposición se harán a un precio convenido para cada transacción basado en los precios del mercado.

    El Fondo podrá aceptar de un país miembro pagos en oro, en lugar de derechos especiales de giro o moneda, por cualquier operación o transacción que se efectúe conforme a este Convenio. Los pagos al Fondo a tenor de esta disposición se harán a un precio convenido para cada operación o transacción basado en los precios del mercado.

    El Fondo podrá vender una parte del oro que tenga en su poder en la fecha de la segunda enmienda de este Convenio a los países que eran miembros el 31 de agosto de 1975 y que estén dispuestos a comprarlo, en proporción a sus cuotas en esa fecha. Si, con arreglo al apartado c), el Fondo decidiese vender oro a los fines del apartado f) u), podrá venderlo a los países miembros en desarrollo que estén dispuestos a comprar la parte que, de haberse vendido conforme al apartado c), hubiera producido el excedente que podría habérseles distribuido de conformidad con el apartado f) iii). El oro que en virtud de esta disposición hubiera podido venderse a un país miembro de no habérsele declarado inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo conforme a la Sección 5 de este Artículo, se venderá al país una vez que cese la inhabilitación, salvo que el Fondo decida efectuar la venta antes. La venta de oro a los países miembros que se efectúe conforme a este apartado e) se hará a cambio de la moneda del país y a un precio equivalente, al efectuarse la venta, a un derecho especial de giro por 0,888 671 gramos de oro fino.

    Siempre que, con arreglo al apartado c), el Fondo venda oro que tenga en su poder en la fecha de la segunda enmienda de este Convenio, se ingresará en la Cuenta de Recursos Generales una parte del producto equivalente, al efectuarse la venta, a un derecho especial de giro por 0,888 671 gramos de oro fino y, salvo que el Fondo decida otra cosa conforme al apartado g), el excedente se mantendrá en la Cuenta Especial de Desembolsos. Los activos de la Cuenta Especial de Desembolsos se mantendrán separados de las demás cuentas del Departamento General y podrán utilizarse en cualquier momento para:

    Hacer transferencias a la Cuenta de Recursos Generales a fin de efectuar operaciones y transacciones inmediatas autorizadas por disposiciones de otras Secciones de este Convenio;

    Operaciones y transacciones no autorizadas expresamente por otras disposiciones de este Convenio, pero compatibles con los fines del Fondo. Conforme a este inciso u), podrá proporcionarse ayuda con fines de balanza de pagos en condiciones especiales a los países miembros en desarrollo que se encuentren en circunstancias difíciles, y a estos efectos el Fondo tendrá en cuenta el nivel del ingreso per cápita; Distribuir entre los países en desarrollo que eran miembros el 31 de agosto de 1975, en proporción a sus cuotas en esa fecha, la parte de los activos que el Fondo decida emplear a efectos del inciso u), correspondiente a la proporción entre las cuotas de dichos países miembros en la fecha de la distribución y el total de las cuotas de todos los países miembros en esa fecha; con la salvedad de que la distribución con arreglo a esta disposición a un país miembro al que se hubiera declarado inhabilitado para utilizar los

    recursos generales del Fondo, conforme a la Sección 5 de este Artículo, se efectuará una vez que cese la inhabilitación, a no ser que el Fondo decida efectuarla antes.

    Para las decisiones relativas al uso de activos conforme al inciso i) se requerirá una mayoría del setenta por ciento de la totalidad de ¡os votos, y las que se tomen en relación con los incisos u) y iii), una mayoría del ochenta y cinco por ciento de la totalidad de los votos.

    El Fondo podrá transferir, por mayoría del ochenta y cinco por ciento de la totalidad de los votos, una parte del excedente a que se refiere el apartado f) a la Cuenta de Inversiones para emplearla con arreglo a lo dispuesto en el Artículo XII, Sección 6 f).

    El Fondo podrá invertir, mientras no la emplee en la forma especificada en el apartado f), la moneda de un país miembro mantenida en la Cuenta Especial de Desembolsos en obligaciones negociables emitidas por este país o por organismos financieros internacionales. La renta de la inversión y los intereses que reciba conforme al apartado f) u) se ingresarán en la Cuenta Especial de Desembolsos. No se hará ninguna inversión sin la conformidad del país con cuya moneda se efectúe la misma. E Fondo invertirá únicamente en obligaciones expresadas en derechos especiales de giro o en la moneda que emplee en la inversión. Se rembolsarán periódicamente a la Cuenta de Recursos Generales los gastos de administración de la Cuenta Especial de Desembolsos que se hayan cargado a la Cuenta de Recursos Generales, y a ese fin se efectuarán transferencias con cargo a la Cuenta Especial de Desembolsos basándose en una estimación razonable de dichos gastos.

    La Cuenta Especial de Desembolsos se cerrará en caso de disolución del Fondo o, antes de la disolución de éste, por mayoría del setenta por ciento de la totalidad de los votos. En caso de cerrarse esta cuenta por disolución del Fondo, los activos de la misma se distribuirán de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo K. En caso de cerrarse antes de la disolución del Fondo, los activos de la cuenta se transferirán a la Cuenta de Recursos Generales para ser utilizados libremente en operaciones y transacciones. El Fondo adoptará, por mayoría del setenta por ciento de la totalidad de los votos, disposiciones reglamentarias para administrar la Cuenta Especial de Desembolsos.

    7. Relación del FMI sobre los sistemas cambiantes

    Influencia que tiene el Fondo Monetario Internacional sobre los sistemas cambiarios.

    Tomemos ciertos aspectos antes mencionados para la comprensión de este punto.

    Primero tenemos que una primera reforma adoptada por el FMI. fue el de la sustitución de un sistema cambiario basado en oro (lo que quiere decir que el valor de las monedas estaba determinado por cantidades y calidad del oro) a un sistema basado en los Derechos Especiales de Giro, los cuales representaron un mecanismo de incremento de las reservas internacionales de los países miembros y de esta manera alcanzar mayor desarrollo del comercio internacional mediante la liquidez internacional. Para 1978, se elaboró otra reforma que incluía un cambio en las normas relativas al funcionamiento y control de los sistemas de cambio internacional.

    Sabemos que uno de los propósitos del FMI. es el de establecer sistemas de cambios internacionales que sirvan para buscar estabilización en las tasas de cambio; controla sistemas cambiarios para que los miembros no adquieran ventajas comparativas sobre los otros países miembros. Es importante destacar que el fondo ayuda a la liquidez para resolver problemas temporales en las balanzas de pagos.

    Concretamente, los primeros acuerdos cambiarios nacen en el sistema Bretton Woods. En 1978, surge un cambio al adoptar un sistema de Cambio Flotante, que significa que los miembros pueden establecer las paridades de cambio en sus monedas en base a mantener en valor de su moneda con una paridad fija en relación a los DEG u otros denominadores diferentes al oro, o pueden establecerla según acuerdos cooperativos con la que varias monedas mantienen paridades fijas entre sí. Lo importante de estas facilidades es que cada país informe claramente a cada uno de los miembros como esta determinado el valor de su dinero.

    A pesar de que las normas que impone el FMI. Respecto a los sistemas cambiarios son bastantes amplias, prohíbe:

    • Sistemas de cambio que creen devaluaciones con el fin de lograr competitividad injusta en las exportaciones de un país y,

    • Sistemas de paridades múltiples (más de una paridad por moneda y que existan márgenes superiores al 2%, entre varias paridades de cambio de una moneda para diferentes tipos de transacciones).

    Otra práctica no aceptada por este organismo es el de la llamada Taza Cruzada Rota; lo que significa que la tasa de cambio de cierta moneda y otra no corresponde a un resultado de una simple conversión matemática. Ejemplo, en los países A, B y C, si la tasa de cambio entre el país A y C no corresponde a la que resultaría al cruzar la cotización de la moneda A con la moneda B, y a la ves la tasa de cambio de la moneda B con la moneda C, existe una práctica discriminatoria por la cual A está estableciendo una tasa favorable o desfavorable en relación con el país C que no corresponde a la tasa cruzada ordinaria.

    Respecto a las tasas flotantes, el Fondo Monetario Internacional no ha adoptado ninguna normativa específica. Además, cabe destacar que la influencia que tiene sobre los mercados de libre cambio es muy baja, caso típico en el Grupo de Once.

    En resumida, el Fondo Monetario Internacional tiene gran influencia en los sistemas cambiarios de los países miembros, ya que su función principal en velar por el buen funcionamiento y control de los sistemas monetarios internacionales a fin de crear un sistema modelos, regido por el DEG, y prohibir o desacreditar situaciones cambiarias que signifiquen desventajas a otros países miembros a pesar de que su normativa al respecto es bastante flexible.

    Claramente podemos observar que cuando los países reciben préstamos del FMI., se implantan ciertas políticas macroeconómicas, a fin de no afectar negativamente a otros países miembros. Un caso ilustrativo puede significar desventajoso en ciertos casos el aumento de liquidez que experimentan los países que reciben cuotas.

    Conclusiones

    Celebre es lo que Ferencz Wolf dijo:

    “Digo, el problema no consiste en que se aplique un conjunto de medidas económicas, tampoco en el hecho de que se firme con esa institución inmensa y poderosa que es el FMI., ni si se hace postrado de rodillas o con la frente en alto, o simplemente en el momento adecuado, ni mucho menos si es con una estilográfica Mont Blanc o apenas con la huella digital, como lo pedía Zapata.”

    “No, la gravedad no radica en el impacto que tales prácticas -forzosas- van a ocasionar en una población que se cuenta por millones; la gravedad -como casi siempre- está en otro lugar.”

    “Lo grave del asunto estriba en su propia fatalidad: que es esa condición de no poder ser de otra manera, de no poder sustraerse a algo, a cualquier cosa, a un destino, digamos. “

    Y es que puestos a ver las cosas, estamos asistiendo a algo dramático: este siglo que ahora -con lentitud elefantina-, se clausura estuvo pletórico de proyectos más grandes que las propias palabras que los pronunciaban; y no eran nimiedades las que se ponían en juego: lo que se ofrecía era la posibilidad de torcerle el cuello a la historia, de trazar rumbos, de apostar por la emancipación del hombre y su felicidad. No era poca cosa lo que se planteaba cuando el siglo veinte era apenas un mozo, un joven al que empezaba a salirle el bigote, como

    tampoco lo fue luego.

    “Y el tema se va poniendo rudo: porque si miramos hacia el horizonte, nuestros ojos no se van a tropezar con nada: es el desierto absoluto, la ausencia de opciones, la hegemonía del pensamiento único, hacia donde se vuelvan los ojos se va a ver siempre lo mismo y esto es tenebroso, es algo tan terrible como el silencio de Dios.

    Este horizonte tan yermo, puede provocar que los más débiles de espíritu sostengan -sin ruborizarse apenas- yo creo en el neoliberalismo, que es casi como decir yo creo en el chaleco salvavidas, o, yo creo en la salida de emergencia de la sala del cine. Y esto es ya una prueba de la fatuidad de nuestra actualidad, de la fofa y ajada condición de este siglo que boquea; antes se creía en cosas un tanto menos contingentes: Dios, progreso, futuro, revolución, democracia, fraternidad y otra retahíla de ignoradas apuestas.”

    “En este aciago instante es mucho más valiente -viril sería la palabra- sostener con amargura que no se cree en nada y sin embargo saltar por la borda y señalar las salidas de emergencia y colocarse los flotadores con escéptica dignidad. Que es reconocer la aridez de la realidad, la ausencia de posibilidades otras y no escoger la ruta de quien -desde otra heroicidad- luego de sorber un café con desgano, se encierra en su habitación y da como toda respuesta el sonido de una detonación solitaria y el olor a pólvora.”

    Bibliografía

    Libros:

    Título: Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la economía española.

    Autor: VARELA PARACHE, M.

    Características: 542 p gs.

    Editorial: PIRAMIDE, S.A.

    Título: Cometido y la función del Fondo Monetario Internacional

    Autor: FMI

    Características: 127 p gs., y video 24 minutos VHS/PAL

    Editor: INTERNATIONAL MONETARY FUND.

    Internet 

    http://www.monografias.com/trabajos/fmi/fmi.shtml

    www.monografias.com

    www.fmi.com

    www.wikipedia.com

    2

    Junta de Gobernadores

    (Toma de Decisiones)

    Junta de Directores Ejecutivos

    Director Gerente

    Administración




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