Ecología y Medio Ambiente


Factores ambientales en la ubicación de nuevas plantas y unidades de producción


LECCIÓN 14: LOS FACTORES AMBIENTALES EN LA UBICACIÓN DE NUEVAS PLANTAS Y UNIDADES DE PRODUCCIÓN

Para seleccionar la ubicación de una nueva planta o unidad de producción, el promotor tendrá en cuenta criterios relativos a la actividad a emprender así como otros factores como son los urbanísticos, de desarrollo y los aspectos ambientales. Un factor fundamental es la cuantificación del suelo y su protección. Para todo ello será necesario conocer el planteamiento vigente en cada uno de los municipios donde se prevea la instalación. Posteriormente se identificará la clase de suelo donde se va a construir, ya sea urbano, urbanizable o no urbanizable y por último identificar si el uso industrial está permitido en cada clase de suelo aplicando a su vez las determinaciones generales y particulares para cada tipo de suelo.

Una vez emplazada la construcción en suelo urbanizable, conforme a la Ley del Suelo se elabora un Plan Parcial, previendo sistemas de espacios libres, servicios de interés público y aparcamientos como mínimo, además de zonas ajardinadas.

Se tendrá en cuenta posteriormente la repercusión medioambiental de la ubicación y para ello un instrumento decisivo es la Evaluación del Impacto Medioambiental (EIA) (Marzo 1997), para ampliar y determinar el numero de proyectos sujetos a evaluación. La EIA es un instrumento preventivo de registro y evaluación, que junto con la Declaración de Impacto Ambiental es referencia obligada en el proceso de control y fiscalización del medio ambiente. Su objetivo es prevenir las posibles repercusiones y alteraciones y buscar soluciones a futuros problemas que puedan aparecer. Su eficacia dependerá de la obligatoriedad de su aplicación, del caudal informativo, de su ejecución metódica, de la consulta a los afectados y de la importancia que le sea concedida. Es importante también la participación de las Administraciones e Instituciones y de los ciudadanos y la obligatoriedad de hacer públicos sus resultados.

En el procedimiento de la EIA se diferenciarán dos conceptos. Uno será el estudio del impacto ambiental describiendo el proyecto, analizando las alternativas, recopilando información sobre el medio, previendo los efectos sobre dicho medio, estableciendo medidas de protección y de un programa de vigilancia ambiental. Este estudio llevado a cabo en tres etapas, identificación de alteraciones, búsqueda de alternativas y definición de medidas correctoras ayudará a prevenir futuros problemas medioambientales. El segundo concepto será la redacción de las conclusiones en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que correrá a cargo del promotor. La EIA esta sujeta a procedimiento administrativo y la Administración debe mostrar su conformidad antes de que el proyecto se realice.

La finalidad del estudio de impacto ambiental es prever las posibles alteraciones, mientras que la Declaración de Impacto ambiental pretende recoger los resultados del estudio y las observaciones del proceso de participación pública y las distintas condiciones a establecer para la protección del medio.

Según la normativa española, deben someterse a la EIA las instalaciones de gasificación y licuefacción, centrales térmicas y nucleares, autopistas, autovías, carreteras, ferrocarriles, aeropuertos, puertos marítimos, transformaciones de uso del suelo, eliminación de residuos tóxicos, repoblaciones forestales, instalaciones químicas, siderurgias, transformación de amianto, residuos radioactivos, presas, canteras y refinerías de petróleo.

Como aplicación práctica del procedimiento de EIA se exponen a continuación los posibles efectos potenciales que puede provocar la construcción y puesta en funcionamiento de una planta de producción.

El medio físico, es decir, el suelo, que puede sufrir alteraciones sobre el sustrato, deforestación, modificación de sus características y los efectos sobre el almacenaje y producción de materiales de desecho. El agua, susceptible de contaminación, tanto aguas subterráneas como superficiales, así como posibles modificaciones en su curso. La atmósfera, afectada por posible contaminación acústica y por emisiones gaseosas, tanto de escape de máquinas como la cantidad de contaminantes producidos por la propia producción que pueden afectar a la población.

El medio biológico, desaparición de hábitat, contaminación del suelo, que harán desaparecer fauna y flora. Y tercero sobre el medio socioeconómico, como la incidencia sobre el empleo, patrimonios artísticos y el paisaje, que puede sufrir alteraciones visuales variando su calidad ambiental.

El medio socioeconómico, se debe analizar la distorsión que se introduce en el sistema económica, valorando los efectos. Como efecto sobre el patrimonio natural, hay que contemplar la eventualidad de afección directa o indirecta de espacios protegidos bajo alguna de las múltiples figuras legales.

Se trata de los posibles impactos que pueden producirse en el paisaje, entendido éste como un contexto formado por los elementos naturales o realizados por el hombre.




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Enviado por:Ally
Idioma: castellano
País: España

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