Filosofía y Ciencia


El contrato social; Jean-Jacques Rousseau


Libro primero

Capítulo 1. Objeto de este libro

En tanto que un pueblo está obligado a obedecer y obedece, hace bien; tan pronto como puede sacudir el yugo, y lo sacude, actúa mejor todavía, pues recobrando su libertad con el mismo derecho con que le fuera escamoteada. Prueba que fue creado para su disfrute. De lo contrario, no fue jamás digno de disfrutarla". Pero el orden social supone un derecho sagrado que sirve de base a todos los otros. Sin embargo, ese derecho no es un derecho natural

Capítulo 2. De las primeras sociedades

La familia es, por tanto, si se quiere, el primer modelo de las sociedades políticas: el jefe es la imagen del padre; el pueblo, la de los hijos, y todos, habiendo nacido iguales y libres, no alienan su libertad más que por cierta utilidad. Toda la diferencia radica en que, en la familia, el amor del padre hacia sus hijos le recompensa de los cuidados que les dispensa, en tanto que en el Estado es un placer de mandar lo que reemplaza a ese amor que el jefe no siente por sus pueblos.

Capítulo 3. Del derecho del más fuerte

Obedeced a los poderes. Si esto quiere decir: cede a la fuerza, el precepto es bueno, aunque resulte superfluo. Respondo de que no será jamás violado. Todo poder emana de Dios, debo reconocerlo; pero toda enfermedad proviene de Dios también. ¿Estará por ello prohibido recurrir al médico? Si un bandido me sorprende en una selva, ¿estaré, no sólo por la fuerza, sino aun pudiendo evitarlo, obligado en conciencia a entregarle mi bolsa? Porque, en fin, la pistola que él tiene es un poder.

Capítulo 4. De la esclavitud

Renunciar a su libertad es renunciar a su condición de hombre, a los derechos de la Humanidad e incluso a sus deberes. No hay compensación alguna posible para quien renuncia a todo. Semejante renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre: despojarse de su libertad equivale a despojarse del ser moral. En fin, es una convención fútil, y contradictoria estipular de una parte una autoridad absoluta y de la otra una obediencia sin límites. ¿No es claro que a nada se siente uno

Capítulo 5. Necesidad de retroceder a una convención primitiva

cualquiera sea su número, estén sojuzgados a uno solo, yo sólo veo en una sociedad un señor y unos esclavos, jamás un pueblo y su jefe; representarán en todo caso una agrupación, pero nunca una asociación, porque no hay ni bien público ni una entidad política. Ese hombre, aunque haya sojuzgado a medio mundo, no es realmente más que un particular; su interés, separado del de los demás, será siempre un interés privad. Si llega a perecer su imperio tras él, se dispersará y permanecerá sin unión ni coherencia, como un roble se destruye y cae convertido en montón de cenizas, una vez que el fuego lo ha consumido.

Capítulo 6. Del pacto social

Estas cláusulas, suficientemente estudiadas, se reducen a una sola, a saber: la alienación total de cada asociado con sus innegables derechos a toda la comunidad. Pues, primeramente, dándose por completo cada uno de los asociados, la condición es igual para todos; siendo igual, ninguno tiene interés en hacerla gravosa para los demás.

Capítulo 7. Del soberano

A fin de que este pacto social no resulte una fórmula vana, encierra tácitamente el compromiso, que por sí solo puede dar fuerza a los otros, de que cualquiera que rehúse obedecer a la voluntad general será obligado a ello por todo el cuerpo, lo cual no significa otra cosa que se le obligará a ser libre, pues tal es la condición que, otorgando cada cuidadano a la patria, le garantiza contra toda dependencia personal, condición que supone el artificio y el juego del mecanismo político y que es la única que legítima las obligaciones civiles, las cuales, sin ella, serían absurdas y tiránicas, y quedarían sujetas a los mayores abusos.

Capítulo 8. Del estado civil

Es entonces cuando, sucediendo la voz del deber al impulso físico y el derecho al apetito, el hombre, que antes no había considerado ni tenido en cuenta más que su persona, se ve obligado a obrar basado en distintos principios, consultando a la razón antes de prestar oído a sus inclinaciones. Aunque se prive en este estado de muchas ventajas naturales, gana, en cambio, otras tan grandes, sus facultades se ejercen y desarrollan, sus ideas se extienden, sus sentimientos se ennoblecen, su alma entera se eleva a tal punto que, si los abusos de esta nueva condición no le desagradasen a menudo hasta colocarle en una situación inferior a aquella en que antes se encontraba, debería bendecir sin cesar el dichoso instante en que la dejó para siempre y en que, de animal estúpido y limitado, se convirtió en un ser inteligente, en hombre.

Capítulo 9. Del dominio real

Solamente por este acto la posesión cambia de naturaleza al cambiar de manos, convirtiéndose en propiedad en las del soberano; pero como las fuerzas de la sociedad son incomparablemente mayores que las de un individuo, la posesión pública es también de hecho más fuerte e irrevocable, sin ser legítima, al menos para los extranjeros, pues el Estado, tratandose de sus miembros, es dueño de sus bienes por el contrato social, el cual sirve de base a todos los derechos, sin serlo, sin embargo, con relación a las otras potencias sino por el derecho de primer ocupante que deriva de los particulares.

Libro segundo

Capítulo 1. La soberania es inalienable

el soberano, que no es más que un ser colectivo, no puede ser representado sino por él mismo: el poder se transmite, pero nunca la voluntad.

sin embargo, que las órdenes de los jefes no puedan aceptarse como expresión de la voluntad general, en tanto el cuerpo soberano, libre para oponerse a ellas no lo haga. En semejante caso, del silencio general debe presumirse el consentimiento del pueblo. Esto se explicará más adelante.

Capítulo 2. La soberanía es indivisible

habiendo considerado como partes integrantes de esta autoridad lo que sólo eran emanaciones de ella. Así, por ejemplo, el acto de declarar la guerra, como el de lograr la paz, se han considerado como actos de soberanía; lo cual no es cierto, puesto que ninguno de ellos es una ley, sino una aplicación de la ley, un acto particular que determina la misma, como se verá fácilmente al esclarecer la idea que encierra el vocablo.

Capítulo 3. De si la voluntad general puede errar

Si, delibera, los ciudadanos pudieran permanecer sin ninguna comunicación entre ellos, del gran número de pequeñas diferencias resultaría siempre la voluntad general y la resolución sería buena. Pero cuando se forman intrigas y asociaciones parciales a expensas de la comunidad, la voluntad de cada una de ellas conviértese en general con relación a sus miembros, y en particular con relación al Estado, pudiéndose decir entonces que no hay ya tantos votantes como ciudadanos, sino tantos como asociaciones.

Capítulo 4. De los límites del poder soberano

Esto prueba que la igualdad de derechos y la noción de justicia que ella determina provienen de la preferencia que cada uno se da y, por consiguiente, de la naturaleza humana; que la voluntad general, para que verdaderamente lo sea, debe serlo en su objeto y en su esencia; debe partir de todos para ser aplicable a todos, y que pierde su natural rectitud cuando tiende a un objetivo individual y determinado, porque entonces, juzgando lo que resulta extraño, no tenemos ningún auténtico principio de equidad que nos guíe.

Capítulo 5. Del derecho de vida y muerte

El contrato social tiene como fin la conservación de los contratantes. El que quiere el fin, quiere los medios, y esos medios son, en el presente caso, inseparables de algunos riesgos y de algunas pérdidas. El que quiere conservar su vida a expensas de los demás, debe también exponerse por ellos cuando sea necesario. En consecuencia, el ciudadano no es el juez del peligro a que la ley lo expone, y cuando el soberano le dice: "Es conveniente para el Estado que tú mueras", debe morir, ya que bajo esta condición ha vivido en seguridad hasta entonces, y su vida no es ya solamente un beneficio de la naturaleza, sino un don condicional del Estado.

Capítulo 6. De la ley

Lo que es bueno y conforme al orden, lo que es por la naturaleza delas cosas e independientemente de las convenciones humanas. Toda justicia procede de Dios. El es su única fuente; pero si nosotros supiésemos recibirla desde tan alto, no tendríamos necesidad ni de gobierno ni de leyes. Sin duda, existe una justicia universal emanada de la sola razón, pero ésta, para ser admitida entre nosotros, debe ser recíproca. Pero ¿qué es, al fin, la ley? Mientras se sigan vinculando a esta palabra ideas metafísicas, se continuará razonando sin entenderse, y aunque se explique lo que es una ley de la naturaleza, no por ello se sabrá mejor lo que es una ley del Estado.

Capítulo 7. Del legislador

El mismo razonamiento que empleaba Calígula de hecho, empleaba Platón en derecho para definir el hombre civil o real que buscaba en su libro Del Reino. Pero si es cierto que un gran príncipe es raro, ¿cuánto más no lo será un legislador? El primero no tiene más que seguir el modelo que él último debe presentar. El legislador es el mecánico que inventa la máquina; el príncipe quien la monta y la pone en marcha. En el nacimiento de las sociedades, dice Montesquieu, primero los jefes de las repúblicas fundan la institución, pero después la institución es la que forma a los jefes de las repúblicas.

Capítulo 9. Continuación

Muchas razones demuestran este principio. Primeramente la administración se torna más difícil cuanto mayores son las distancias, al igual que un peso es mayor colocado en el extremo de una gran palanca. los virreinatos, que hay que pagar en la medida que se asciende y siempre a expensas del desdichado pueblo, y, por último, la administración suprema, que lo consume todo. Tantas cargas continuas agotan a los súbditos quienes, lejos de estar gobernados por los diferentes órdenes de la administración, lo están peor que si tuvieran una sola dependiente de ellos. Y después apenas si quedan recursos para los casos extraordinarios, y cuando es indispensable apelar a ellos, el Estado está ya en vísperas de arruinarse.

Capítulo 10. Continuación

Todo pueblo que por su posición está colocado entre la alternativa del comercio o la guerra es débil en sí mismo; depende de sus vecinos, depende de los acontecimientos; tiene siempre una existencia incierta y breve. Subyuga y cambia de situación, o es subyugado y deja de existir. No puede conservarse libre sino a fuerza de pequeñez o de grandeza.

Capítulo 11. De los diversos sistemas de legislación

. En cuanto a la igualdad, no ebe creerse por tal el que los grados de poder y riqueza sean absolutamente los mismos, sino que el primero esté al abrigo de toda violencia y que no se ejerza jamás sino en virtud del rango y de acuerdo con las leyes; y en cuanto a la riqueza, que ningún ciudadano sea suficientemente poderoso para poder comprar a otro, ni ninguno bastante pobre para sentirse obligado a venderse, lo cual supone de parte de los grandes, moderación de bienes y de crédito, y de parte de los modestos, mesura en la ambición y la codicia.

Capítulo 12. División de las leyes

Las leyes que regulan esta relación adquieren el nombre de leyes políticas y también de leyes fundamentales, no sin razón, si estas leyes son sabias, pues si no hay en cada Estado más que una manera de regularla, el pueblo que las utiliza debe conservarla; pero si el orden establecido es malo, ¿porque considerar fundamentales unas leyes que le dificultan ser bueno? Además, en buen derecho, un pueblo siempre es dueño de modificar sus leyes, aun las mejores, pues si le place hacerse el mal, ¿quien tiene derecho a impedírselo?.

Libro tercero

Capítulo 1. Del gobierno en general

En toda acción libre hay dos causas que colaboran para producirla: la una, moral, o sea, la voluntad que determina el acto; la otra, física, o sea, la potencia que la ejecuta. Cuando tiendo a un objetivo necesito en principio querer ir, y en segundo lugar, que mis pies puedan llevarme. Un paralítico que quiera correr, como un hombre ágil que no quiera, continuarán ambos en la misma situación. En el cuerpo político existen los mismos móviles: en él se distinguen la fuerza y la voluntad; ésta, bajo el nombre de poder legislativo; la otra, bajo el de poder ejecutivo. Nada se hace o nada debe hacerse sin su mutuo concurso.

Capítulo 2. Del principio que constituye las diversas formas de gobierno

La magistratura puede estar compuesta de un mayor a menor número de miembros. Y si he dicho que la relación del soberano con los súbditos era tanto mayor cuanto más numeroso era el pueblo, por una evidente analogía, puedo decir lo mismo del gobierno en relación con los magistrados.

Capítulo 3. División de los gobiernos

Se puede también reducir o limitar el gobierno depositándolo en manos de un pequeño número de individuos, de manera que resultan más ciudadanos que magistrados. Esta forma recibe el nombre de aristocracia.

Puedo, por último, concentrar todo el gobierno en un magistrado único, de quien los demás reciban el poder. Esta tercera forma es la más común y suele conocérsela por el nombre de monarquía o gobierno real.

Capítulo 4. De la democrácia

No es bueno que el que promulga las leyes las ejecute, ni que el cuerpo del pueblo distraiga su atención de las miras generales para dirigirla hacia los objetos particulares. Nada es tan peligroso como la influencia de los intereses privados en los negocios públicos, pues hasta el abuso de las leyes por parte del gobierno es menos nocivo que la corrupción del legislador, consecuencia fatal de intereses particulares, pues estando el Estado alterado en su sustancia, toda reforma resulta imposible. Un pueblo que no abusara jamás del gobierno, no abusaría tampoco de su independencia. Un pueblo que gobernara siempre bien, no tendría necesidad de ser gobernado.

Capítulo 5. De la aristocracia

Hay, pues, tres clases de aristocracia: natural, electiva y hereditaria. La primera no es propia más que de los pueblos sencillos; la tercera constituye el peor de todos los gobiernos. La segunda es la mejor, tratándose en realidad de la aristocracia propiamente dicha.

Capítulo 6. De la monarquía

Al contrario de lo que ocurre en las otras administraciones, en las cuales un ser colectivo representa un individuo, en el sistema monárquico un individuo representa una colectividad, de suerte que la unidad moral que supone el príncipe es, a la vez, una unidad física, en la cual convergen naturalmente todas las facultades que la ley reúne mediante tantos esfuerzos en la otra. Así, la voluntad del pueblo, la del príncipe, la fuerza pública del Estado y la particular del gobierno responden todas a idéntico móvil; todos los resortes de la máquina dependen de una sola mano. Todo marcha hacia el mismo fin; no hay movimientos opuestos que se neutralicen mutuamente, y no se puede imaginar ningún mecanismo en el cual un tan pequeño esfuerzo podruzca una acción considerable. Arquímedes, sentado tranquilamente en la playa y sacando a flote sin trabajo un gran navío, representa un hábil monarca gobernando desde su gabinete sus vastos Estados y haciendo mover todo, no obstante permanecer en apariencia inmóvil.

Capítulo 7. De los gobiernos mixtos

Algunas veces la participación es igual, lo mismo cuando las partes constitutivas están en una dependencia mutua, como ocurre en el gobierno de Inglaterra, que cuando la autoridad de las partes es, aunque de forma imperfecta, independiente una de otra, como ocurre en Polonia. Esta última forma es mala, porque no hay unidad en el gobierno y porque el Estado carece de enlace o conexión.El gobierno simple es mejor en sí por el solo hecho de ser más simple. Pero cuando el poder ejecutivo no depende lo bastante del legislativo, es decir, cuando la relación del príncipe con el Cuerpo soberano es mayor que la del pueblo con el príncipe, hay que remediar esa falta de proporción dividiendo el gobierno, de suerte que todas sus partes tengan igual autoridad sobre los súbditos y que la división los haga en conjunto menos fuertes contra el soberano.

Capítulo 8. No toda forma de gobierno es propia de cualquier país

En todos los gobiernos del mundo la persona pública consume y no produce nada. ¿De dónde pues, saca la sustancia que consume? Del trabajo de sus miembros. Lo superfluo para los particulares constituye lo necesario para el público, de lo cual se deduce que el estado civil no puede subsistir sino en la medida que el trabajo de los hombres produzca más de lo que exijan sus necesidades. Ahora bien, ese excedente no es el mismo en todos los países. En muchos es considerable, en otros mediocre; nulo en algunos y negativo en bastantes.

INTRODUCCIÓN

Es una obra que nos muestra y expone de manera concreta, lo que es si el desarrollo humano, y los factores que intervinieron en si para edificarlo, constituirlo y no así delimitarlo.

El interés por parte nuestra de leer el libro, es el de sacar la mejor perspectiva de cómo la sociedad, las formas de gobierno, la división de los poderes estatales, tienen una estrecha relación con el Derecho Constitucional, es en este sentido que nos daremos cuenta al leer este libro, que podemos extraer los mejores conceptos para establecer normas de una sociedad.

Que nos llevaría al mejor entendimiento de la evolución, la formación de políticas adaptadas en tiempo y espacio de un determinado país y como este llegaría a beneficiar a Bolivia.

Con el mejor aprovechamiento y la contribución de este libro sacaremos definiciones amplias para mejorar el interés de la rama del derecho general y especialmente del Constitucional. Y el mejor entendimiento de los conceptos generales que engloba la Constitución.

VALORACIÓN DE LA OBRA

La obra es una teoría política que da a conocer la critica de la teoría del mas fuerte de la esclavitud, donde se aparta el derecho y suprime todas las libertades; naliza tambien las caracteristicas de esa omunidad en los aspectos de la soberania, las voluntades y los limetes, nos enmarca que el pueblo no debe estar sujeto a normas rigidas, que es libre de cambiar su politica en base a una constitución, lo que da entender que el pueblo tiene derecho una sublevación.

Rousseau manifiesta una determinada forma de paliar la degeneración a la que nos vemos abocados o envueltos en el Estado Social, lo que se podría resumir simplemente en su celebre frase ¨ EL HOMBRE NACE LIBRE, PERO EN TODAS PARTES SE ENCUENTRA ENCADENADO ¨

Se traduciría en las injusticias sociales y la fractura de (clase), pueden mitigarse no sólo a través de la educación, sino seria transformando el orden social endógena mente, vale decir: desde el interior de la sociedad misma, y sin ninguna violencia. Los hombres deben establecer de alguna manera un nuevo contrato social que los acerque a su estado natural. No es un pacto o convenio entre individuos ni un contrato bilateral. El nuevo contrato social es un pacto de la comunidad con el individuo y de este individuo con la comunidad misma, desde el, para que se genere una voluntad general que es sin duda distinta a la suma de las voluntades individuales y que se constituya en fundamento de todo poder político.

De alguna manera la soberanía ha de emanar de la voluntad general, siendo indivisible ( Rousseau no es partidario de la separación de poderes) e inevitable (manifiesta que la ley procede de la voluntad general, por lo que sus ejecutores son sustituibles o pueden ser removidos)

La libertad individual ha de constituirse, únicamente a través de la voluntad general, en la libertad civil y en igualdad. Por lo que todo aspiraría a un deseo o proyecto, ya que se refiere al deber ser, y no así al ser.

CONCLUCIONES

La critica de una forma positiva nos lleva a formular diferentes conceptos las cuales destacamos como este libro introduce de una manera clara las pautas para la mejor comprensión de las normas las políticas estatales, leyes que permiten organizar de diferente manera la administración de un Gobierno sacando lo bueno y lo malo de cada clasificación en cuanto a la forma de Gobierno es por esta razón que encontramos un estrecho vinculo con el Derecho Constitucional que es una base de cómo debe ser una sociedad determinada según el contexto general de su aplicación para cada país.

Hace conocer el estrecho vinculo con nuestra forma de gobierno los aspectos negativos y positivos los cuales entendemos para comprender los principios del derecho político y tratar de fundar el estado sobre una base donde el soberano y el pueblo tengan mismo y solo interés para procurar la idea de un bien común.

Si se investiga en que consiste precisamente el mayor bien de todos ósea el fin que debe perseguir todo sistema de legislación se descubrirá que el se reduce a los objetos principales: la libertad y la igualdad. La libertad, por que toda dependencia individual es fuerza sustraída del cuerpo del estado. La igualdad, por que la libertad no puede subsistir sin ella. La inverosímil hipótesis de que la convivencia se funda en un contrato, sea originario o renovado, no es un absurdo puesto que se utiliza como imaginario fundamento de derivaciones presuntamente legitimadoras del poder. No es ni la expresión de un hecho, ni una hipótesis que espera confirmación empírica, ni un ideal utópico; es ideología, y lo ideológico es irracionalismo con disfraz.

Es por esta razón que encontramos importante este libro, por la vinculación con la ciencia del derecho y con la contribución que hace en la planificación de políticas de estado, para llevar a un desarrollo social.




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Enviado por:Jpsandi
Idioma: castellano
País: Bolivia

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