Economía y Empresa


Desamortización


Desamortización

Situación histórica

A finales del s. XVIII se estaba viviendo el nacimiento del liberalismo en Francia proveniente de EE.UU. y Gran Bretaña pero este liberalismo llegó más tarde a España a causa de las constantes trabas que ponían los monarcas absolutos que aún permanecían en el Trono para si extensión por Europa, pero fue a principios del s XIX cuando a través de la invasión Napoleónica de media Europa se hizo patente que el absolutismo tenía los días contados con todas las consecuencias que ello pudiera conllevar... como era el caso de la eliminación de la propiedad vinculada, las desamortizaciones por parte de los gobiernos liberales, y muchas más... Durante y después de Napoleón en España el liberalismo empezó a florecer en este país y ello conllevó más tarde a la crisis del Antiguo Régimen y a la implantación sucesiva de distintos gobiernos liberales.

Si bien es cierto que 1798 no forma parte del s. XIX, es importante mencionar la primera desamortización “considerable” inspirada por Jovellanos durante el reinado de Carlos IV y que se hizo a costa de la Iglesia y con al intención de paliar el estado de las Arcas Públicas. Las bases del absolutismo no fueron ni de lejos, alteradas ya que sólo pudieron comprar los ricos y ni la Nobleza ni la poca burguesía fueron molestadas por esa política desamortizadora; fue la Iglesia, fiel defensora del Antiguo Régimen, la que recibió el trato más “arisco” en el tema de las desamortizaciones y del paso al sistema liberal.

Con el sistema liberal floreciendo y planeando sobre las altas esferas de España, en plena obra legislativa de las Cortes de Cádiz emanadas de la soberanía nacional en contra de toda la base del Antiguo Régimen y de la Constitución de Bayona de 1808, el 13 de septiembre de 1813 a finales de la expulsión de las tropas francesas napoleónicas y ante la pronta liberación de Fernando VII “El Deseado”, éstas decretaron la incautación de los bienes y rentas de los traidores, la Inquisición, las órdenes militares y conventos suprimidos, lo cual marcó una intención de iniciar una desamortización que nunca llegó a producirse.

Avanzando hasta la Regencia de Mª Cristina encontraremos otra importante desamortización que llevó a cabo Mendizábal en plena etapa de liberalismo progresista de dicha Regencia. Mendizábal que había tomado parte en el Trienio Liberal se encontraba exiliado en Londres antes de formar gobierno para la Regente y cuando lo formó acometió dichas desamortizaciones en 1836 que se centraron en bienes eclesiásticos regulares en su mayoría para conseguir créditos del exterior y financiar el ejército “liberal”. Dicha reforma alimentó la guerra civil instigada por los Carlistas (muy absolutistas) ya que por una parte el dinero conseguido de la expropiación de bienes de la Iglesia se iba a destinar para financiar el déficit de Hacienda y, cono ya se ha dicho, al ejército liberal; por otro lado, la desamortización pareció un castigo a la Iglesia por su apoyo al Carlismo ya que el sistema liberal hacía peligrar la posición del clero en general y el absolutismo le aseguraba su posición privilegiada... Después de poner de manifiesto Mendizábal que iba a acometer esa desamortización, ésta quedó aplazada a causa de su destitución un año más tarde por parte de Mª Cristina que opinó que dicho gobierno caminaba por las sendas del “radicalismo liberal”(para la época). Las desamortizaciones de Mendizábal fueron continuadas por Espartero regente tras la caída de Mª Cristina a causa de se “moderantismo”, iniciando así una renovación urbana vendiendo muchos solares a promotoras que edificaron por todas las ciudades renovándolas y creciéndolas.

Ya en pleno reinado personal de Isabel II y durante el corto periodo de dos años del Bienio Progresista dirigido por Espartero (julio 1854-julio 1856), en el terreno económico se legisló una nueva desamortización en 1855 llamada la Desamortización de Madoz. Hay que destacar que fue la más grande importante de la época y que duró hasta finales de siglo. Esta vez, afectó a bienes municipales del clero, la instrucción pública, la Beneficencia y la Corona además del clero secular y por ello, alcanzó un valor de vena muy elevado. La nueva ley ofreció algunas novedades con respecto a las políticas desamortizadoras anteriores: además de armonizar la deuda, se destinó parte del producto de las ventas a equilibrar el presupuesto estatal y a subvencionar obras públicas, en especial el ferrocarril. Otra de las novedades fue la de aceptar sólo dinero en metálico como medio de pago, aunque con posterioridad se admitieron también títulos de la deuda.

Expansión y crisis de la agricultura en el siglo XIX

El proceso de la revolución liberal burguesa se inicia en España en 1808 y concluye aproximadamente treinta años después. Tuvo como protagonistas a la burguesía liberal y a la aristocracia terrateniente. Los intereses de la burguesía y los de la aristocracia eran coincidentes, ya que el nuevo concepto de propiedad que tenía la burguesía la liberaba de las servidumbres del sistema señorial.

La expansión económica del siglo XIX se debe a la integración del consumo interior, gracias a la mejoría de los transportes. Se termina con el policultivo de subsistencia, pasando a la especialización regional. Pero el verdadero impulso de la agricultura española se debe a la desamortización de los montes comunales y a la introducción de la ganadería mular en detrimento del vacuno y el lanar. Además, se consolida el cultivo de la patata y el maíz.

El sector agrícola entra en crisis a partir de 1880. La crisis económica supone una reducción del consumo. Se mejora la tecnología de la producción de aceite de oliva. El vino sufre la plaga de la filoxera.

La reforma agraria del bienio progresista

Los problemas principales de la agricultura nacional seguían siendo el latifundismo y el elevado nº de jornaleros sin tierra. Los 3 objetivos fueron:

- Objetivo social. Entregar tierras a los campesinos a fin de obtener su apoyo para afianzar el recién nacido régimen republicano y evitar conflictos y revueltas sociales en las zonas rurales.

-Objetivo político. Eliminar el poder económico de los grandes terratenientes, mayoritariamente, enemigos de la República

-Objetivo económico. Incrementar la producción total del sector agrario y elevar el nivel de renta del campesinado, que aumentaría sus niveles de consumo y estimularía así el desarrollo de las actividades industriales y comerciales españolas.

En 1932 se aprobó en el Parlamento la Ley d Reforma Agraria tras largas, lentas e intensas discusiones y debates a causa del obstruccionismo realizado por los partidos de derechas, opuestos a esta reforma en representación de los intereses de lo terratenientes.

El contenido de esta ley se resume así:

-Las tierras pertenecientes a la extinguida Grandeza de España quedaron expropiadas sin indemnización.

-Todos los latifundios, terrenos sistemáticamente arrendados y tierras incultas o abandonadas se declararon expropiables a cambio de una indemnización del Estado.

-Las tierras expropiadas se destinarían al asentamiento de campesinos, que explotarían las fincas de forma colectiva o cultivarían parcelas individuales, según ellos mismos decidieran.

La aplicación de esta ley y el ritmo de puesta en marcha de la reforma agria fueron excesivamente lentos, se expropiaron pocos terrenos y sólo habían sido asentados unos 8 mil campesinos en 1934. Los jornaleros hambrientos de tierra quedaron decepcionados con la República y se inclinaron hacia las soluciones revolucionarias propuestas por los anarquistas.

Concepto

Las desamortizaciones en su conjunto podrían ser vistas como un proceso histórico que abarcó desde 1766 a 1924 y que consistió en la enajenación de propiedades amortizadas (de manos muertas), es decir, que no circulaban por el mercado libre, a favor de ciudadanos individuales por parte del Estado y así, convertir esas propiedades en propiedades que podían circular en el mercado según el juego de la oferta y la demanda. Así pues, propiedades que no podían ser vendidas o compradas pasaban a formar parte de un conjunto de tierras que eran comprables y vendibles... dichas propiedades solían se parte del patrimonio de entidades civiles y eclesiásticas como fincas, archivos, bibliotecas, monasterios, etc...

Las desamortizaciones fueron uno de los factores que extendieron el sistema liberal en el campo de la economía extendiendo así la propiedad privada y el capitalismo. Pero las desamortizaciones tenían unos objetivos claros, por una parte asegurarse el apoyo de la burguesía beneficiada por ellas y disminuir el poder de los estratos sociales anti-liberales..., por otra, se quisó con el dinero conseguido por medio de las subastas o ventas de esas tierras, amortizar la Deuda Pública del Estado en esa época y paliar las necesidades de la Hacienda como era el caso de gastos por guerras, obras públicas, etc...

Laracteristicas de las desamortizaciones

Toda desamortización es un intento de sanear la Hacienda. Para que haya un Estado fuerte debe haber una Hacienda saneada, y para eso, es necesario que los contribuyentes puedan pagar sus impuestos. Es el principio liberal de que la suma de las riquezas particulares es la riqueza de toda la nación.

Durante la Ilustración se tomaron varias medidas para intentar enriquecer la nación por medio del fomento del comercio y de la industria. Estas medidas fallan por no haber consumidores posibles: la inmensa mayoría de tales consumidores serían los campesinos que están sometidos a una economía de subsistencia. La tierra es, pues, el factor desencadenante. Estos labradores no pueden contribuir a Hacienda por esta economía de subsistencia en la que viven a la que se añade una doble fiscalidad: la que les impone la Iglesia, por una parte, y la que les imponen los señores feudales o el Estado. Si le añadimos a esto los grandes gastos a los que deben hacer frente (herramientas y materiales cada equis tiempo y semillas y abonos de forma anual), entenderemos que no tiene ningún sentido pretender que sean consumidores de los bienes que esa industria posible pudiera ofrecerles. Para que puedan entrar en la economía nacional, los labradores deben convertirse en empresarios; en consecuencia, el Estado debe, en primer lugar, quitar los obstáculos de todo tipo con que cuentan para ello y, en segundo lugar, convertirlos en propietarios de sus propias tierras.

En 1766 se abre un expediente para intentar obtener datos que permitan elaborar una Ley agraria. El resultado hacía evidente la necesidad de un cambio en la propiedad de las tierras que entonces se hallaban en poder de las llamadas "manos muertas". Estas son tierras el poder de una serie de instituciones (señoríos, Iglesia, Ayuntamientos, el propio Estado) que no pueden vender las tierras por estar vinculadas a ellas. Estas tierras ni son cultivadas ni pagan impuestos de ningún tipo, por lo que no generan riqueza alguna. La solución era evidente: era necesario que el Estado se apropiara de estas tierras y las pusiera a la venta libre a través de la subasta al mejor postor.

Las desamortizaciones son procesos políticos y económicos de larga duración en España (1766-1924), en el cual la acción estatal convirtió en bienes nacionales las propiedades y derechos que hasta entonces habían constituido el patrimonio amortizado (sustraído al mercado libre) de diversas entidades civiles y eclesiásticas para enajenarlos inmediatamente en favor de ciudadanos individuales. Las medidas estatales afectaron a las propiedades plenas (fincas rústicas y urbanas), a los derechos censales, y al patrimonio artístico y cultural de las instituciones afectadas. Con las desamortizaciones se pretendió la formación de una propiedad coherente con el sistema liberal, es decir, la instauración de la propiedad libre, plena e individual que permitiera maximizar los rendimientos y el desarrollo del capitalismo en el campo. La entrada de esta masa de bienes en el mercado se efectuó, en general, a través de dos procedimientos: la subasta al mejor postor como fórmula preferente y más extendida en el caso de propiedades plenas, y la redención por el censatario cuando se trataba de derechos.

* Una primera etapa (1766-1798) comprende la venta de bienes de los jesuitas y la denominada desamortización de Manuel Godoy (bienes raíces pertenecientes a hospitales, hospicios, casas de misericordia, cofradías).

* La segunda fase (1808-1823) corresponde a la desamortización impulsada durante la guerra de la Independencia por la administración bonapartista y por los legisladores reunidos en Cádiz (bienes de la Inquisición y reducción a un tercio del número de monasterios y conventos).

* En la tercera etapa (1834-1854), conocida como desamortización de Mendizábal y Espartero, se procede al sistemático despojo patrimonial de la Iglesia, y a la desaparición de monasterios y conventos.

* La cuarta fase (1855-1924) se inaugura con la Ley General de 1 de mayo de 1855 o Ley Pascual Madoz y es por duración y volumen de ventas la más importante. Se completa la enajenación de los bienes de regulares y de seculares.

La privatización de fincas rústicas afectó a una extensión equivalente al 25% del territorio español. El cometido financiero fue cubierto satisfactoriamente, a juzgar por las cantidades que Hacienda percibió en títulos y en metálico por la venta de los bienes desamortizados (14.435 millones de reales). La extracción social de los compradores, restringida inicialmente a los círculos más acaudalados, se diversificó a medida que se cubrían las etapas del proceso.

En conjunto, no obstante, fueron los miembros de la burguesía (comerciantes, hombres de negocios, profesiones liberales y campesinos acomodados) quienes capitalizaron las fincas más preciadas y de mayor extensión. Por el contrario, tanto el campesino pobre como el colono dispusieron de menores posibilidades de acceso a la propiedad. La desamortización de fincas urbanas (casas, edificios conventuales) contribuyó a la transformación del modelo de ciudad del siglo XIX: de la ciudad conventual, marcada por el predominio del caserío amortizado y el tono hegemónico de los edificios religiosos, a la ciudad burguesa, caracterizada por la desaparición del viejo caserío, su crecimiento en altura, la apertura de nuevas vías, la presencia de los edificios públicos y los ensanches. La legislación previó para los edificios conventuales destinos tan diversos como la conservación para uso parroquial o público (conversión en museos, cuarteles, hospitales), la demolición para la apertura de nuevas calles o el ensanche de las existentes, o su mera inclusión entre los bienes nacionales sujetos a la privatización. El patrimonio mueble corrió la misma suerte: fue reservado como parte de la memoria histórica nacional (creación de museos).

Desamortización de Mendizábal

La primera preocupación de Mendizábal, desde que llegara al gobierno en 1835, era el problema financiero.

Las arcas del estado estaban vacías, la deuda publica había alcanzado proporciones gigantescas y el gobierno tenia que hacer frente a una costosa guerra civil que había desorganizado totalmente la administración, por lo que procedió a una liquidación de la deuda mediante la venta a gran escala de los bienes nacionales.

Con anterioridad a su llegada al poder ya se habían promulgado dos decretos en los que se suprimían la Inquisición y la Compañía de Jesús, que habían sido restablecidas, destinándose sus bienes a la extinción de la deuda publica. Ese mismo año, 1835, mediante otro decreto, también se suprimían los conventos y monasterios religiosos que no tuvieran un mínimo de doce individuos profesos, aplicándose sus bienes al mismo fin.

La primera ley desamortizadora: en 1836 se aprobó la venta de bienes raíces que hubieran pertenecido a corporaciones y comunidades religiosas, y la supresión de institutos monásticos, menos los bienes destinados a servicios públicos o monumentos nacionales de los cuales publicaba el gobierno relación de medidas, que supuso la ruptura de relaciones diplomáticas con el Vaticano.

En el mismo decreto se anunciaba la formación de un reglamento para la venta de los bienes, que se hacía, según el decreto, para disminuir la deuda publica consolidada. Mendizábal sabia que favorecer el acceso de los campesinos a la tierra facilitaría una mayor estabilidad social. La medida despertó entusiasmo y muchos capitales estériles en las arcas de sus dueños entraron en circulación, pero la subasta de las tierras no alcanzó las cotas esperadas por Mendizábal, en parte por la condena pontificia, que consideró un robo la medida unilateral del gobierno.

La segunda ley desamortizadora: las esperanzas de Mendizábal de sanear la Hacienda Pública no se cumplieron, por lo que en 1837 promulgó una segunda ley desamortizadora, concebida más bien como una reforma tributaria. En ella se suprimían los diezmos y se declaraban bienes nacionales sujetos a enajenación casi todos los del clero secular. Pero la aplicación práctica de esta ley fue casi nula, pues la enajenación año debía comenzar hasta 1840 y en este año fue derogado el artículo referente a dicha enajenación.

La oposición a Mendizábal

Entre las raras voces de los sectores progresistas que se opusieron a Mendizábal destacó la de Flórez Estrada. En un articulo publicado en el Español, en febrero de 1836, se declaraba partidario de la desamortización, pero contrario al sistema propuesto por el ministro de Hacienda.

Su preocupación reformista era fundamentalmente social. Admitía la desamortización para mejorar la condición de las clases rurales y estaba preocupado por favorecer al proletariado agrario. Flórez Estrada volvió a enlazar con el espíritu de los ilustrados: desamortizar para reformar la estructura agraria.

Su propuesta era arrendar en “enfiteusis” por 50 años a los mismos colonos que las estaban trabajando a la Iglesia, con la posibilidad de renovación del contrato al expirar dicho plazo.

Esta propuesta era ventajosa para el Estado, que no perdía la propiedad de los “bienes nacionales” y podía invertir el importe de las rentas en el pago de las deudas. Al mismo tiempo advertía que con las ventas todas las clases de la sociedad saldrían perjudicadas y solo ganarían los especuladores.

Resultados de la desamortización de Mendizábal

Al no ser concebida la desamortización como una revolución agraria, las regiones de pequeña y mediana propiedad subsistieron con esta misma estructura, pero en las regiones donde las condiciones geográficas e históricas favorecían el cultivo y la propiedad a gran escala, la propiedad se fue concentrando aun más; este era el caso de la España meridional.

Los grandes propietarios y los miembros de la burguesía, poseedores de títulos de la deuda publica, eran los que tenían la posibilidad de hacerse con las fincas subastadas.

Surgen ahora nuevos propietarios locales que se incorporan al latifundismo y que, como los burgueses de la cuidad, arrendarán sus nuevas tierras, lo que explica las revueltas por “el reparto de la tierra” del siglo XIX, como la que tuvo lugar en Málaga en 1840.

No obstante, la desamortización contribuyó a un incremento de la productividad rural, a hacer frente a los crecientes gastos de guerra y a asegurar unos ingresos regulares en los años siguientes.

Pero los gastos eran tan crecidos que la deuda publica aumentó aun antes de que terminara la guerra.

La desamortización de Madoz

La enajenación de las tierras de propios de los pueblos era algo que se estaba gestando desde la época moderada. No es extraño que los progresistas al llegar al poder con la revolución de 1854, decidieran emprenderla. Las circunstancias eran distintas a las de 1836, pues no había guerra civil y los presupuestos se iban cubriendo. La ley de 1855 de Pascual Madoz iba dirigida a la desamortización general de los bienes del clero, del Estado, de los municipios y de otras “manos muertas” de menor entidad. Hubo resistencia a esta ley. La reina no quiso firmarla por el perjuicio que ocasionaba a la Iglesia. La ley, al infringir lo establecido en el concordato de 1851, hizo que las relaciones diplomáticas entre España y el Vaticano se enturbiasen. El importe de las ventas se destinaría a nivelar el presupuesto del Estado, a amortizar la deuda interior y a financiar obras públicas. Pero el dinero recaudado sirvió, en gran medida, para subvencionar a las compañías ferroviarias. El gobierno presidido por Narváez suspendió la ejecución de la ley de Madoz en 1856, pero vuelto O'Donnell al gobierno en 1858 la volvió a restablecer, aunque excluyendo los bienes de la Iglesia. En la ley de 1860 el gobierno español prometía a la Santa Sede no hacer en adelante por decisión unilateral ninguna venta ni comunicación de bienes eclesiásticos y reconocía a la Iglesia capacidad para adquirir, retener y usufructuar en propiedad y sin limitación toda clase de bienes, igualmente declaraba derogada la ley de Madoz en tanto y cuanto se opusiera al texto del convenio.

Valoracion

La importancia de las medidas desamortizadoras es una cuestión discutida, no solo por el dinero que aportó al Estado, o por la superficie desamortizada, sino porque fue una medida que afectó a otros aspectos de la vida social y económica del país, como el derecho, la hacienda, la agricultura, las inversiones, las clases sociales, etc.

La desamortización fue una gran oportunidad perdida para repartir la tierra a los campesinos y transformar las bases mismas de la agricultura española. Aunque se pasaron la propiedad de las tierras de una manos a otras porque el campesinado no podía comprarlas. En Cataluña, en cambio, algunos campesinos sí pudieron comprarlas, peró mayoritariamente tampoco se cultivaron intensivamente, ni utilizaron maquinaria como lo hacían en Inglaterra.

La necesidad de obtener dinero planteó la desamortización de forma beneficiosa para quienes tenían medios para comprar, lo que significaba decretar el despojo de los campesinos, puesto que se enajenaba gran parte de sus tierras comunales.

La desamortización en Cataluña no genera alteraciones en la propiedad de las tierras porqué fue una desamortización modesta. Puesto que históricamente en esta regió, la propiedad de las tierras no era igual que en la resta del estado (Debido a la sentencia arbitral de Guadalupe proclamada en el siglo XV por los reyes Católicos). En Cataluña imperaba el contrato enfitéutico. En el cual el noble o la Iglesia que tenía la tierra se la daban al agricultor de por vida a cambio de una renta. Pues el campesinado la cultivaba i le sacaba tanto beneficio como el terreno y la climatología le dejaban. En castilla no se hacía porque los nobles tenían más poder pero por ese mismo motivo, el intento de revolución agrícola, no tuvo tanta envergadura allí como en Cataluña. En Cataluña, el campesinado es más fuerte porque las formas de propiedad son más favorables y terminan comprando sus tierras.

Bibliografía

  • CASASSAS, LL. et al. “Què és Catalunya”Edicions 62. Barcelona. 1980.

  • LLORENS, M. et al. “ESPILL Història” Batxillerat Crèdits 1, 2, 3. Vicens Vives. Barcelona 2001.

  • LARA BOSCH, FERNANDO et al. “Diccionario enciclopédico Larousse” Ed. Planeta S.A. Barcelona. 1988.

  • LLORENS SERRANO, M. “Mediterrània 5 Ciències Socials” Vicens Vives. Barcelona 1999.

  • NUÑEZ, RAFAEL et al. “Formación Humanística 2. Formación Profesional. Primer Grado” Ed. Edebé. Barcelona 1990.

  • Apuntes de clase de Historia 2 de bachillerato A.

  • Páginas de Internet de búsqueda en www.Google.com.




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Enviado por:aral
Idioma: castellano
País: España

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