Derecho


Derecho Penal


EXAMEN FINAL DERECHO PROCESAL PENAL

ACCIÓN PENAL

Es el poder que tiene el Estado para el ejercicio de una pretensión punitiva.

CLASIFICIACIÓN:

  • ACCIÓN PENAL PUBLICA

  • ACCIÓN PENAL PUBLICA DEPENDIENTE DE INSTANCIA PARTICULAR

  • ACCIÓN PENAL PUBLICA DEPENDIENTE DE AUTORIZACIÓN ESTATAL

  • ACCIÓN PENAL PRIVADA.

ACCIÓN PENAL PÚBLICA:

Se habla del poder punitivo en delitos que lesionan el interés colectivo y ponen en riesgo la seguridad ciudadana.

ACCIÓN PENAL PUBLICA DEPENDIENTE DE INSTANCIA PARTICULAR

Se refiere al ejercicio de la acción penal en delitos de menor gravedad, donde se toma en cuenta la voluntad de la victima para accionar o para revocar esa instancia penal.

ACCIÓN PENAL PUBLICA DEPENDIENTE DE AUTORIZACIÓN ESTATAL

Se refiere también a ejercitar el poder punitivo en aquellos delitos graves o menos graves pero que requieren de un procedimiento no judicial y previo para que el Estado autorice la persecución penal, ejemplo: el antejuicio para los funcionarios.

ACCIÓN PENAL PRIVADA.

Es el poder de ejercitar esa pretensión punitiva en aquellos delitos que lesionan únicamente el interés del agraviado y en el cual no participa el Ministerio Público, sino únicamente el agraviado que ha resultado afectado de las consecuencias del delito.

ACTOS INTRODUCTORIOS

Son aquellos medios o conductos a través de los cuales se incita a la persecución penal, ya que estos contienen la primera noticia criminal para poner en actividad a las autoridades encargadas de ejercer la pretensión punitiva.

  • DENUNCIA

  • QUERELLA

  • PREVENSIÓN POLICIAL

  • CONOCIMIENTO DE OFICIO

DENUNCIA

Es un acto procesal unilateral que tiene la información acerca de la comisión de un delito planteado por cualquier ciudadano, ante la PNC, órganos jurisdiccionales o MP, no estando obligado el denunciante a aportar pruebas y a demostrar los hechos de la denuncia.

QUERELLA

Es un acto procesal unilateral formal, presentado solo por el agraviado que contiene información sobre la comisión de un ilícito penal que se interpone ante la autoridad judicial competente, estando obligado el agraviado a la aportación de las pruebas y ha demostrar los hechos de la querella.

Atendiendo al tipo de acción penal, tenemos que existen 2 causas de querella:

  • La querella adhesiva

  • La querella exclusiva

  • La querella adhesiva: se promueve cuando se trata de delitos de acción publica o de aquellos que dependen de instancia particular

  • La querella exclusiva: se interpone cuando se trata de delitos de acción privada, dando lugar a dos figuras o sujetos procesales llamados: Querellante adhesivo y Querellante exclusivo

  • PREVENSIÓN POLICIAL:

    Es un acto procesal oficial también unilateral que contiene información sobre la comisión de un delito por lo regular de acción pública o de acción publica dependiente de instancia particular que esta a cargo de PNC, por ser los miembros de dicha institución quienes tuvieron el conocimiento del hecho.

    • En homicidio la PNC actúa de oficio

    COMOCIMIENTO DE OFICIO:

    Es cuando las autoridades jurisdiccionales o administrativas por propia iniciativa ponen al tanto del órgano encargado de la persecución penal el conocimiento e información de un hecho constitutivo de delito que han presenciado por ocasión de su cargo.

    ETAPAS O FASES DEL PROCESO PENAL GUATEMALTECO

    ETAPA PREPARATORIA: Fase de investigación.

    Es aquella fase por virtud de la cual el órgano encargado de la persecución penal tiene como función primordial recabar aquellos indicios, huellas o evidencias, así como los rastros que deja la comisión de un ilícito penal, procesarlos y preparar en su conjunto las condiciones para poder establecer que una persona pueda o no enfrentar un juicio por aquellos señalamientos fundados del que pueda resultar involucrado en la comisión del delito.

    Para la etapa de investigación es necesario.

    • Existencia del hecho

    • Quién participo en el hecho

    • Quien participo es responsable.

    ETAPA INTERMEDIA.

    Se refiere al momento procesal por virtud del cual el juez que controla la investigación el juez que controla la investigación, evalúa si existe fundamento serio o no de que una persona pueda ser sometida a juicio oral y publico por la probalidad de que pueda resultar responsable de la comisión del delito, igualmente en esta fase el juez califica cualquier otro requerimiento que el MP halla planteado para ponerle fin a la etapa preparatoria.

    ETAPA DE JUICIO.

    Constituye la parte medular y el núcleo fundamental de todo proceso penal, dado que en ella se discutirá en forma contradictoria la prueba para determinar si esta comprometida o no la responsabilidad penal del acusado, habida cuneta de que estamos frente a un sistema adversarial

    Fases que constituye LA ETAPA DE JUICIO.

    • La preparación del debate: constituye un momento de depuración antes del inicio del juicio y se refiere al ofrecimiento y admisibilidad de las pruebas que entraron válidamente a discutirse en la audiencia de debate, así como señalar lugar para recibir notificaciones y dilucidar sobre alguna inconformidad que se tenga respecto a la constitución e integración del tribunal.

    • El debate o juicio oral: lo constituye la audiencia principal del proceso penal dado que en la misma se discute contradictoriamente la responsabilidad penal del acusado.

    • La deliberación y sentencia: es la parte final del juicio oral y en la misma solo participan los jueces, quienes discutirán sobre la existencia, no sobre la culpabilidad del acusado que plasmaran seguidamente en un documento judicial que se llama sentencia

    ETAPA DE IMPUGNACIÓN

    Es aquella que se da cuando existe inconformidad de alguna de las partes, quienes sostienen que existe un agravio en la sentencia que les perjudica y por ese desacuerdo atacan o recurren a la misma.

    ETAPA DE EJECUCIÓN

    Se da cuando existe o se ha dictado una sentencia de condena que se encuentra firme, condición fundamental para que la misma pueda ser ejecutoriada.

    PARTES PROCESALES

    Existen en los procesos penales 2 que son la victima o sujeto pasivo y parte procesal activa o delincuente.

  • Parte procesal pasiva-----victima

  • Parte procesal activa-----delincuente

  • SUJETOS PROCESALES.

    Son o están compuestas por las personas que intervienen en un proceso. Es decir que tienen una u otra participación en el proceso penal.

    Dentro de un proceso penal participan un grupo de personas que tienen que ver con el caso en concreto. Entre estas personas están

    • Testigos

    • Jueces

    • Peritos

    • Defensores

    • Victima—agraviados—art. 114 cód. P. penal

    • Agresores

    • Intérpretes, etc.

    • Cuando la victima actúa como parte procesal pide justicia

    • La victima cuando actúa como sujeto procesal narra lo que sucedió durante la comisión del delito. Leer art. 5 cód. P. penal

    • Dentro de un proceso hay personas que participan de forma administrativa, como lo son secretarios y oficiales.

    • Acción procesal penal: sin las actividades que realizan las partes procesales en un proceso.

    • Jurisdicción: es la facultad que tiene el juez para administrar justicia,

    PRINCIPIO DE DESJUDICIALIZACIÓN

    Consiste en descongestionar los asuntos que ingresan al sistema judicial dándole un tratamiento distinto y benevolente a los casos de menor trascendencia a efecto de evitar la saturación del aparato judicial cuya operatividad se lleva a cabo a través de ciertos mecanismos de simplificación como lo son:

    • El criterio de oportunidad

    • La suspensión condicional de la persecución penal

    • La conversión y

    • El procedimiento averiado (algunos autores toman en cuenta la mediación)




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    Enviado por:Lilibeth
    Idioma: castellano
    País: Guatemala

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