Relaciones Laborales y Recursos Humanos
Derecho del Trabajo español
TEMA 1
El trabajo y el derecho laboral
Principios básicos:
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Voluntario
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Por cuenta ajena
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Subordinado
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Retribuido
Legislación laboral Española
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Texto refundido LEY ESTATUTOS DE LOS TRABAJADORES
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Legislación básica: derechos y obligaciones básicos
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Regula el contrato de trabajo
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“ negociación y convenios colectivos
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LEY ORGANICA DE LIBERTAD SINDICAL
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Regula derecho constitucional de sindicación
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LEY GENERAL SEGURIDAD SOCIAL
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Regula y estructura el funcionamiento y su gestión
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LEY PROCEDIMIENTO LABORAL
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Normas procesales ante órganos jurisdiccionales de orden social
LA OIT
Organismo especializado de la ONU cuya finalidad consiste en promover acciones internacionales orientadas a mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores.
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Convenios: Carácter de tratados internacionales, se publican en el BOE, prevalece sobre legislación nacional (a excepción de la Constitución)
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Recomendaciones: Normas sin carácter vinculante para los estados miembros, obligan a informar a la OIT
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Resoluciones: Expresan el criterio de la OIT sobre materias concretas (previa a la recomendación)
LA UE
La Carta Europea de derechos sociales fundamentales de los trabajadores establece los derechos que afectan a todos los trabajadores de la Unión. Se fundamenta en la llamada “dimensión social Europea”:
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Libre circulación: Posibilita trabajar en cualquier país de la Unión que no sea el originario
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Condiciones de trabajo harmonizadas: Se han regulado y equiparado materias:
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Contratos de trabajo escritos
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Protección de la salud
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Protección a embarazadas y prohibición de trabajar a menores de 15 años
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Reconocimiento de las cualificaciones profesionales
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Acceso a la función pública (a excepción de poder público y soberanía nacional)
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Formación de trabajadores
TEMA 2
FUENTES DEL DERECHO Y EL DERECHO LABORAL
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Comunes: Disposiciones, decretos, la constitución ...
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Exclusivas: Convenios, contratos, usos y costumbres...
USOS Y COSTUMBRES LOCALES Y PROFESIONALES
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Norma de conducta nacida de la práctica social reiterada i constante considerada obligatoria para la comunidad.
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Se aplica en caso de falta de disposición legal u otra norma que lo contemple
CONVENIOS COLECTIVOS
Acuerdo escrito y negociado entre el representante de los trabajadores y de la patronal para regular y mejorar la situación y condiciones de trabajo existentes.
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Contenido de los convenios colectivos:
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Normativo: Cláusulas que regulan el convenio en el sentido de sus derechos y obligaciones por las 2 partes.
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Obligacional: Cláusulas que aseguran el cumplimiento del convenio por las 2 partes.
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Ámbito de los convenio colectivos:
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Personal: Los afectados
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Territorial: La extensión geográfica
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Funcional: Actividad económica
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Temporal: Duración del convenio
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Comisión negociadora del convenio
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Formada por los representantes de la empresa y de los trabajadores:
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Convenios de empresa o ámbito inferior
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Convenios de ámbito superior a la empresa
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Tramitación de los convenios colectivos:
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Inicio: Escrito entre las 2 partes implicadas para promover la negociación
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Negociación: Negociación del convenio bajo principio de buena fe. Se puede requerir un moderador o mediador si es necesario
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Registro: Se ha de registrar ante la autoridad laboral en el plazo de los 15 días posteriores a su sanción.
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Publicación: Tras su registro se ha de publicar en los 10 próximos días.
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Duración de los convenios:
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Se ha de realizar revisión salarial anual para el IPC.
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Se puede estipular la denuncia automática para su finalización
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Se puede fijar un preaviso previo a la denuncia automática
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Cláusula de desvinculación: En caso que la empresa no pudiera hacer frente los pagos de salario según convenio se pueden negociar las condiciones.
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Adhesión y extensión de los convenios:
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Adhesión voluntaria: En lugar de negociar uno nuevo, se adhieren al que más les conviene
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Extensión de un convenio: Esto se hace cuando hay dificultad en la negociación.
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Principio prooperario: Se han de aplicar las normas de la manera más favorable para el trabajador
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Principio de norma más favorable: En caso de duda entre dos o más normas, se aplica la más beneficiosa para con el proletariado
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Principio de la norma mínima: Las normas de rango inferior han de mejorar las de rango superior, nunca empeorar las condiciones respecto a las superiores.
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Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos reconocidos legalmente.
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Formal: Fija un campote actuación a cada miembro, asignando tareas que ha de realizar y concretando objetivos.
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Informal: Forma espontánea, debido a las relaciones personales, de organizar el trabajo. Suele haber un líder natural.
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Función de ocupación:
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Planificación de la plantilla
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Selección y formación de personal
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Función de administración de personal:
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Contratación
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Despidos
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Trámites con la TGSS
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Normativa laboral en relación al absentismo y las faltas
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Tramitación de préstamos y anticipos
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Función de retribución:
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Diseño del sistema de retribución (incentivos, niveles salariales....)
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Evaluación de los resultados
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Función de desarrollo de recursos humanos
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Planes de formación
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Estudiar las capacidades del personal
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Función de relaciones laborales (buen ambiente de trabajo)
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Función de servicios sociales (economatos, guarderías...)
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Carpeta
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Extracto
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Documentación
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Cartas de solicitud de trabajo
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Currículo
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Ficha de datos personales
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Resultados de las pruebas de selección
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Perfil
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Títulos de los estudios
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Cursos de formación permanente
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Copia del contrato de trabajo
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Copia de la documentación de la TGSS
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Consentimiento: Ha de ser de mutuo acuerdo
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Objeto: La actividad, que será remunerada
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Causa: Es la cesión remunerada de los frutos que resultan del trabajo
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Mayores de 18 años
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Menores emancipados legalmente
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Mayores de 16 y menores de 18 independientes o con autorización paterna
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Los extranjeros según disponga la ley
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Forma de los contratos de trabajo
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Se han de presentar por escrito:
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Contrato por tiempo determinado
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Contratos con bonificaciones y reducciones en las cuotas a la TGSS
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Contratos de trabajadores de España que trabajarán en el extranjero
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El resto pueden ser verbales
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Contenido mínimo de los contratos:
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Identificación de las partes que firman el contrato
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Fecha de inicio de la actividad, y en caso determinado, el fin
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Domicilio social de la empresa y/o centro de trabajo. En caso de ser móvil, se hará constar dicha situación.
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Categoría o grupo profesional del puesto de trabajo
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Salario base inicial, complementos y periodicidad de su pago
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Duración de las vacaciones
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Término de preaviso para la extinción del contrato
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Convenio colectivo aplicable a la relación laboral
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Titulados de Grado Medio: un mes
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Titulados de Grado Superior: dos meses
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Técnicos titulados: seis meses
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Otros trabajadores: dos meses
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Determinados:
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Por obra o servicio determinado
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Como refuerzo de la plantilla en según que situaciones
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Cuando se sustituye a trabajadores con derecho a la reserva de puesto
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Indefinidos:
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Cuando no se han realizado por escrito y presentado ante la TGSS
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Cuando no han sido dados de alta en la TGSS
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Los determinados realizados en fraude de ley
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Función pública
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Consejo y administración de sociedades
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Trabajos realizados de buena fe, por amistad o buena vecindad
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Trabajo familiar (a excepción que se demuestre la condición de asalariado)
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Comisionistas siempre que se responda del fin de la operación
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Personal de alta dirección
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Empleados al servicio del hogar familiar
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Condenados en instituciones penitenciarias
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Deportistas profesionales
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Artistas en espectáculos públicos
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Representantes comerciales
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Minusválidos en centros especiales de ocupación
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Estibadores portuarios que trabajan para sociedades estatales
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Cualquier otra actividad que sea especial, legalmente.
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Igualdad salarial respecto a los trabajadores en plantilla de la empresa
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Limitación de puestos de trabajadores por medio de ETT
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Obligación a contratar 12 indefinidos por cada 1000 cedidos, o fracción.
De empresa o ámbito inferior (12 máximo) | |
Trabajadores | -Comité -Delegados de personal -Secciones sindicales |
Empresario | -El mismo empresario o sus representantes |
De ámbito superior a la empresa (15 máximo) | |
Trabajadores | -Sindicatos representativos (Estatal) -Sindicatos representativos (Autonómico) -Sindicatos con 10% miembros |
Empresario | -Asociaciones con 10% de representación de las empresas |
APLICACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES
TEMA 3
ORGANIZACIÓN DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS (RRHH)
Tipos de organización del departamento:
FUNCIONES DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS (RRHH)
CONTROL DEL PERSONAL
Control disciplinario para reducir el absentismo laboral.
EXPEDIENTE PERSONAL
Es el conjunto de documentos, clasificados según orden cronológico, que reflejan el historial de un trabajador. Está formado por:
TEMA 4
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO
CAPACIDAD PARA CONTRATAR
FORMA Y CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO
PERIODO DE PRUEBA
Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de trabajadores de la plantilla, ha de estar dado de alta en la TGSS y percibir el salario correspondiente.
Durante este periodo cualquiera de las 2 partes puede extinguir el contrato sin previo aviso ni indemnizaciones o finiquitos.
Este periodo no puede ser superior a:
DURACION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Pueden ser de duración determinada o de tiempo indefinido.
DERECHOS Y OBLIGACIONES LABORALES
Actividades que quedan excluidas del ámbito del derecho laboral
Derechos básicos | Trabajo y libre elección de profesión Libre sindicación Huelga Negociación colectiva |
Derechos relacionados con el trabajo | Ocupación efectiva del puesto de trabajo No discriminación por edad, sexo, estado civil, raza, religión, lengua, etc... Respeto a la intimidad y la consideración que merece la dignidad Percepción puntual del salario Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo |
Obligaciones lborales | Contribuir a la mejora de la productividad de la empresa Cumplir las obligaciones del puesto de trabajo con buena fe y diligencia Cumplir las ordenes e instrucciones del empresario |
RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL
Existen actividades que precisan de un a regulación especial:
LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT)
Dícese de toda empresa cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa, cliente, sus trabajadores contratados.
Éste tipo de empresas existe desde el 94, y su regulación ha cambiado desde el 99, estas son sus reformas más importantes:
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