Derecho


Derecho civil mexicano


EXTRA DE CIVIL I

Capacidad de ejercicio

Supone la posibilidad jurídica en el sujeto de hacer valer directamente sus derechos, de celebrar en nombre propio actos jurídicos, de contraer y cumplir sus obligaciones; así como ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales.

Actas del registro civil

  • Nacimiento

  • Matrimonio

  • Divorcio

  • Defunción

  • Reconocimiento de hijos

  • Adopción

  • Tutela

  • Emancipación

  • Que se necesita para levantar un acta del registro civil

  • Oficial del registro civil: Realiza el acta redactándola y autorizándola

  • Parte o partes: Personas de cuyo estado se trata

  • Testigos: Personas que hacen constar la veracidad de alguno de los hechos mencionados en el instrumento

  • Declarantes: Personas que van ante el oficial para informarle de ciertos hechos que debe hacer constar en el acta..

  • Antecedentes del registro civil

    Su origen es eclesiástico, nace en el concilio ecunemico de Trento y ahí surge la disposición de que cada parroquia va a levar tres libros para registrar los nacimientos, las defunciones y los casamientos.

    Con la revolución francesa el estado empieza a observar tales registros para desligar la cuestión religiosa del poder publico confiándolo a las autoridades municipales.

    Después por medio de la ley del 27 de enero de 1857 el estado mexicano se emancipa de la tutela de los registros parroquiales y hasta el 10 de julio de 1871 se regula en debida forma los libros y la forma de inscripción del registro civil.

    Diferencias entre domicilio y residencia

  • El domicilio tiene un alcance jurídico mayor y por ende efectos jurídicos que la residencia.

  • El domicilio es el lugar normal de cumplimiento de las obligaciones y de ejercicio de los derechos civiles y políticos.

  • Domicilio es permanente y la residencia es temporal.

  • El domicilio es impuesto por la ley a determinadas personas, en cambio la residencia no se puede imponer.

  • Tipos de domicilio

  • convencional

  • conyugal

  • legal

  • procesal

  • fiscal

  • Domicilio procesal

    Es el que fijan los litigantes en su primer escrito o en su primer etapa de juicio o proceso para recibir notificaciones, este se utiliza tanto en autoridades jurisdiccionales como del poder ejecutivo.

    Personas morales

  • Estado-Constitución

  • Fundación-Ley de reglamento que le da validez jurídica

  • Sociedad o Asociación-Acta constitutiva: quiebra, disolución, ilicito

  • Elementos de existencia del acto jurídico

  • Consentimiento

  • Objeto

  • Solemnidad

  • Elementos de validez

  • Capacidad

  • Ausencia de vicios en la voluntad

  • Licitud en el objeto, fin, motivo o condición del acto.

  • Clasificación de los actos jurídicos

  • Unilaterales

  • Plurilaterales

  • Actos lícitos

  • Actos ilícitos

  • Actos mortis causa

  • Actos ínter vivos

  • Actos atributivos

  • Actos no atributivos

  • Actos onerosos

  • Actos gratuitos

  • Actos de disposición

  • Actos de obligación

  • Que es un acto solemne

    Es cuando por disposición de la ley, la voluntad del autor del acto debe ser declarada precisamente en la forma que la ley establece. La voluntad del autor (es) del acto no puede ser declarada valida si no es en la forma o solemnidad establecida.

    Cláusulas accidentales de condición

  • Suspensiva

  • Resolutoria

  • Suspensiva

    Cuando la eficacia o cesación de los efectos dependen de la realización de un acto futuro e incierto. Cuando el acontecimiento futuro de realización incierta depende la producción de los efectos del acto.

    Resolutoria

    Es cuando su realización depende que se extingan los efectos del negocio, en este caso quedan destruidos los efectos del acto cuando se cumpla la condición.

    --------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Ramas del derecho publico

  • derecho político

  • administrativo

  • penal

  • procesal

  • obrero laboral

  • Derecho privado

  • civil

  • mercantil

  • Derecho civil

    Conjunto de normas que se refieren a la persona humana como tal y que comprende los derechos de la personalidad extiéndase estado y capacidad, los derechos patrimoniales que son obligaciones contratos, sucesión hereditaria y las relaciones jurídico familiares que comprenden parentesco, filiación, matrimonio, patria potestad y tutela

    Estado civil

    Conjunto de las cualidades constitutivas que distinguen un individuo en su familia, en la sociedad o en su nación. El estado no puede separase de nosotros, no puede ser objeto de transición (vender, enajenar), no es un bien patrimonial susceptible de transferencia o prescripción

    En el estado civil las sentencias pueden ser:

    Declarativas

    Se reconoce el estado civil de una persona por parte del juez solo surten efecto en las partes litigantes

    Constitutivas

    No solo se reconoce, si no que se constituye un nuevo estado civil, esto sucede por ejemplo en las sentencias que declaran el divorcio así como en sentencias que declaran la nulidad del matrimonio son oponibles a todo el mundo, se dice que tienen efectos “erga omnes”

    Las fuentes del estado civil son:

    1.- parentesco

    2.- Matrimonio

    3.-divorcio

    4.- concubinato ---- tres años, si tienen hijos

    Rectificación de actas de nacimiento

    La rectificación de actas de registro civil solamente procede en 2 casos, por falsedad es el primero de ellos y esto acontece cuando el hecho no halla sucedido. El segundo caso es por enmienda, es decir, que se halla asentado equivocadamente algún dato o sé hala cometido alguna omisión

    Nombre

    Punto de referencia de un conjunto de datos por los que se describe y por consiguiente se individualiza a la persona

    Hecho Jurídico

    Sucede o acontece, y tiene consecuencias dentro del derecho. Es el acontecimiento de la naturaleza que produce efectos jurídicos.

    Acto jurídico

    Aquel en el que interviene consiente o inconscientemente una persona y que ocasiona consecuencias dentro de la esfera jurídica. Todo acontecimiento en que interviene la voluntad humana.




    Descargar
    Enviado por:EAN
    Idioma: castellano
    País: México

    Te va a interesar