Derecho


Derecho Canónigo


PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA MADRE Y MAESTRA

Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades

Departamento de Ciencias Jurídicas

Asignatura:

Derecho Canónico

Contenido:

Síntesis de “Los Derechos Humanos en Juan Pablo II”

por Pedro Jesús Lasanta

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana.

Viernes, 11 de abril de 2003.

Introducción

Los derechos humanos en tanto derechos innatos, iguales, universales, inalienables, irrenunciables, inviolables e imprescribpitbles siempre han sido de gran trascendencia especialmente desde tiempos recientes. Las legislaciones internacionales han dejado de sólo citarlos, sino que regulan su fiel respeto y su reconocimiento. Pero no es menos cierto que la sociedad moderna ha incurrido en graves lesiones contra estos derechos. Y cuesta admitir que hoy que el hombre conoce y tiene conciencia de sus derechos aún les son violentados. Es entonces cuando el hombre quiere una solución, se torna hacia la Iglesia y es donde obtiene respuesta: -- “La Iglesia pasará a la historia como la defensora del hombre” -- Juan Pablo II. A continuación se presenta una exposición de los puntos de vista del propio Juan Pablo II acerca de los derechos humanos.

“Los Derechos Humanos en Juan Pablo II”

por Pedro Jesús Lasanta

Juan Pablo II, en cuanto a los derechos humanos, se inspira en el pensamiento tradicional católico, la reflexión filosófica moderna y las modernas Declaraciones de derechos, lo que forja su reflexión humanista.

Fundamento de los derechos humanos

Creación y el orden natural

Juan Pablo II fundamenta la existencia del hombre en la Creación divina. El hombre debe su existencia a Dios. Para que el hombre se realice debe conocer la naturaleza que configura su ser. De aquí la importancia que da Juan Pablo II a la filosofía del ser que se funda en que el hombre se desarrolle en coherencia con lo que es, sin pretender para lograr esto valerse de otras formas de realización personal: esto se halla en el Génesis, libro que para el Juan Pablo II manifiesta el orden natural de la existencia. La humanidad tiene un origen y un fin comunes en Dios; de esto se deriva la igualdad de naturaleza y derechos por lo que debe ser solidaria entre sí.

Juan Pablo II coloca los derechos humanos como la voluntad divina que ha plasmado la propia naturaleza humana. Son la expresión de la voluntad de Dios.

La ley eterna o El Verbo de Dios, es la ley, fuente del orden moral, que regula el mundo y los actos humanos. La naturaleza del hombre es reflejo del plan eterno, de la ley eterna. La ley natural es la ley eterna participada por el hombre en cuanto ser racional. De ambas, la ley eterna y la ley natural, depende la ley humana: que reflejará, necesariamente, la eterna verdad y la justicia, que es Dios mismo. De lo contrario, quedaría ilegitimada por no adecuarse al orden que corresponde a la naturaleza del hombre. El hombre es la cumbre de la Creación, depende de Dios.

La ley moral traza el horizonte ético que deberá seguir el hombre para realizarse como persona humana.

El hombre

Juan Pablo II notó que éste posee una dignidad sagrada, y que su fundamento es que el origen y fin propio del hombre es Dios. Sostiene que el hombre es superior a todo lo creado por estar dotado de cualidades como el espíritu, inteligencia, libertad y conciencia, las cuales lo asemejan con Dios.

Su dignidad no sólo parte del espíritu del hombre, sino también de su cuerpo. Pero por material que sea el cuerpo, éste no es un objeto cualquiera. El cuerpo presencializa y visibiliza el espíritu. El hombre, además, debe ser visto como hombre integral, por lo que no puede sufrir ninguna mutilación o reducción.

Dignidad de la mujer: sus derechos

Juan Pablo II parte del libro del Génesis y coloca a la mujer en igualdad con el hombre: es esencialmente igual al hombre. La mujer tiene una peculiaridad y grandeza propias, y complementariedad con el hombre. Ambos tienen la totalidad y la dignidad del ser humano pero no de la misma forma. Hombre y mujer se deben mutuo respeto, sin discriminaciones.

Dignidad de la persona humana

Juan Pablo II dice que la dignidad de la persona humana es una de las mejores conquistas de la humanidad. Es un bien esencial del hombre, tiene carácter sagrado. De su reconocimiento depende que el hombre pueda vivir y realizarse plenamente. Se fundamenta en el hecho de que Dios ha creado al hombre a su “imagen y semejanza”, y que el hombre está llamado a vivir en comunión con él por toda la eternidad.

La “moral” en la perspectiva de los derechos humanos

La norma moral trasciende al hombre en tanto que no es su autor, sino su destinatario. La moral puede sustentar los derechos y deberes humanos. El actuar humano es, un actuar moral: bueno o malo. El hombre, incluso, se puede definir como un “ser moral”. Esta norma moral no es extrínseca al hombre, sino que es una exigencia interna de su naturaleza humana, que el hombre descubre por la voz de la conciencia.

Libertad y moralidad con relación a los derechos humanos

El hombre debe percibirse como ser dependiente de Dios. Solo Dios puede fundamentar el orden moral, de ningún modo el arbitrio humano.
El hombre alcanza la libertad viviendo en la verdad, según los imperativos morales señalados por Dios.

La libertad entraña la responsabilidad moral, por esto, el justo ejercicio de los derechos humanos debe actuarse de un modo responsable con relación a los derechos de terceras partes, y respetando los valores morales objetivos.
Juan pablo II enseña que el hombre es "imagen y semejanza de Dios", y por tanto tiene el derecho natural de ser reconocida como un ser libre y responsable.

Los derechos humanos

El hombre debe aprender que el hombre merece un respeto sagrado e inviolable. Cualquier vulneración de los derechos humanos afecte directamente al orden moral, repercutiendo a la postre sobre la sociedad entera. De no ser así, se anega la dignidad y el valor del hombre: no solo de aquel que sufre la agresión, sino también de su injusto agresor.

Bases fundamentales para la afirmación de los derechos humanos

El fundamento último de los derechos humanos es Dios creador del hombre. Si el hombre es creación de Dios, si en el hombre reverbera el rostro y el esplendor de Dios, cuando se atente contra su voluntad creadora, contra su proyecto creacional, contra su amor a favor del hombre que lo ha dotado de una dignidad sagrada, se atenta contra Dios mismo. Donde Dios y su ley no son honrados no se respetan tampoco los derechos del hombre. Nuestra vida solo estará en regla, cuando estén en regla nuestras relaciones con Dios.

En sintonía con esto, ha proclamado un principio que descarta el positivismo jurídico: el hombre ha sido revelado por Dios a su imagen. Posee unos derechos que no vienen del estado, sino directamente de manos de Dios. Es aquí donde la libertad religiosa tiene su origen, los derechos humanos son anteriores al reconocimiento que realiza la autoridad. El estado tiene el deber de respetarlos.

Propiedades y características de los derechos humanos

Son derechos innatos; es decir, son propios del hombre por ser hombre. De aquí que sean iguales para todos los hombres, ya que corresponden al hombre en cuanto persona humana, son universales, al tiempo que cada hombre debe reconocer todos los derechos, son derechos que no se pueden usurpar ni abrogar: son derechos inalienables. También son irrenunciables: la misma persona no puede enajenarlos o abdicar de ellos. Por ser bienes de humanidad, son inviolables, no se puede atentar contra ellos. Son derechos imprescriptibles, válidos siempre.

Los derechos, fundamentos del orden social
Juan pablo II ha destacado que la sociedad debe construirse a partir de la'' verdad del hombre''. Otro pilar sobre el que se debe construir la sociedad es la justicia, la libertad es otro de los pilares básicos sobre los que debe construirse una sociedad.

En definitiva, el hombre no puede menos que realizarse libremente en dependencia de la verdad, que entraña la observancia de los postulados contenidos en la norma moral. La experiencia de estos últimos decenios enseña que, cuando el hombre prescinde de Dios y de la norma moral, los derechos humanos quedan gravemente perjudicados.

El Estado al servicio de los derechos humanos

El Estado se debe estructurar en servicio al hombre a partir de los postulados que comprende la ley natural. A partir del reconocimiento y ejercicio de los derecho humanos, el Estado se configura como Estado de derecho.

El reconocimiento de los derechos naturales del hombre es una condición para la existencia del Estado de derecho: el bien del hombre, como factor fundamental del bien común, debe constituir el criterio esencial de todos los programas, sistemas y regímenes.

Este principio se encuentra hoy explícitamente enunciado, o al menos implícitamente acogido, en los textos constitucionales de los Estados libres y su valor ha sido proclamado en la declaración universal de los Derechos del Hombre, e impone al estado obligaciones precisas para garantizar los fines de las personas que los componen, de ahí se derivan para el Estado obligaciones precisas.

El Estado no está por encima de la persona humana, sino a su servicio. Los derechos del poder no pueden ser entendidos de otro modo más que en base al respeto de los derechos objetivos e inviolables del hombre.

En el pensamiento de Juan Pablo II, la persona humana es siempre inviolable frente al Estado, que jamás deberá conculcar sus derechos legítimos, ni bajo pretexto de seguridad nacional, nunca se puede justificar la violación de la dignidad fundamental de la persona humana o de los derechos básicos que salvaguardan esa dignidad.

Cualquier conflicto que surja entre las exigencias de las seguridad y de los derechos fundamentales de los ciudadanos debe ser resulto de acuerdo con el principio fundamental de que una organización social existe sólo para el servicio del hombre y para la promoción de su dignidad, y que no puede pretender servir al bien común cuando los derechos humanos no quedan salvaguardados.

El poder y la autoridad deben ejercerse siempre en el total respeto a todos los derechos fundamentales de la persona humana, cuya dignidad es la de quien ha sido creado a imagen y semejanza de Dios.

El Estado no sólo no debe vulnerar estos valores humanos, sino que deberá erigirse en el promotor eficaz de los mismos, debiendo ampararlos con los medios jurídicos y coactivos a si alcance, su misión propia es el logro del bien común temporal. El Estado debe tutelarlos en su integridad. Es una tarea a la que no puede renunciar en modo alguno.

Juan Pablo II ha señalado que los derechos del poder no pueden en modo alguno perjudicial los derechos humanos, para Juan Pablo II el Estado no es el valor absoluto, sino el hombre, al que todo debe referirse. La soberanía del Estado sólo tiene razón de ser cuando sirve a la soberanía de la nación.

El catecismo de la Iglesia Católica ha señalado que el poder del Estado es limitado. Debe satisfacer las necesidades exigidas por el bien común, y actuar desde el respeto a los derechos humanos.

Derecho positivo y derecho natural: relaciones.

El Derecho tiende a regular los comportamientos humanos, de modo que se salvaguarde en todo momento las exigencias de la justicia. El Derecho, por tanto, existe para el hombre, en función del hombre, de sus exigencias y necesidades.

El hombre está dotado de una dignidad sagrada, de un espíritu que lo encubre por encima de los demás seres terrenos. El hombre deberá actuar como quien es en verdad, o acabará desconociéndose a sí mismo, hasta negar su propia identidad. Por esto, Juan Pablo II ha indicado que no se puede separar la moral del derecho de lo contrario, el derecho no servirá al bien del hombre.

El derecho positivo no puede contradecir el derecho natural. Las leyes humanas, para que sean justas, deben estar en sintonía con los postulados que comprende la ley divina. El derecho positivo debe ponerse al servicio de la verdad integral del hombre, según los postulados que comprende el derecho natural.

Estado de derecho y democracia.

Juan Pablo II ha alabado reiteradamente los sistemas jurídicos que se configuran como Estado de derecho. Es un concepto jurídico que supone valores de primer orden: primacía de la ley, democracia, libertad e igualdad entre los ciudadanos y ante la ley, respecto a las diversidades, participación pública, sistema constitucional… El Estado de derecho exige el reconocimiento y efectivo ejercicio de los derechos humanos.

Todos los ciudadanos deben ser iguales ante la ley en el estado de derecho, para que la democracia sea auténtica debe ordenarse según los postulados exigidos por el estado de derecho.

El Estado de derecho es aquel que tutela los derechos y controla el ejercicio del poder de parte de los diversos órganos del Estado. El Estado de derecho ha de servir fielmente a los derechos del hombre, evitando el abuso de poder. El Estado que sirva al bien del hombre y a sus derechos fundamentales es el Estado legítimo.

Política y democracia.

El Estado debe proporcionar un orden jurídico tal que la política responda verdaderamente al derecho de libre participación social que tiene todo ciudadano en la gestión de los intereses comunes de la sociedad, en orden a alcanzar el bien común. La actuación política de la persona humana requiere que pueda ejercer tanto sus derechos individuales como sociales.

La actuación política de los ciudadanos debe responder a criterios morales, que sirvan verdaderamente al bien de la persona humana, en orden a satisfacer el bien común de la nación y los derechos de toda persona.

La política por ser actuación humana, para satisfacer intereses y fines de valor humano, es una tarea que adquiere una trascendencia moral, que demanda intrínsecamente el respeto y la justa práctica de los valores morales.

LOS DERECHOS HUMANOS EN JUAN PABLO II

DERECHOS GENERALES

Derechos humanos enunciados por Juan Pablo II son:

  • Derechos del ser humano.

  • El hombre tiene derecho a la integridad de su cuerpo. El trasplante de órganos debe ser libre y voluntario, el cuerpo humano es siempre un cuerpo personal, el cuerpo de una persona. El cuerpo no puede ser tratado como una entidad meramente física o biológica; nunca se pueden usar sus órganos y tejidos como artículos de venta o de cambio.

    Derecho a la integridad física.

    Toda intervención sobre el partido genético de la persona humana, que no se dirija a corregir las anomalías, constituye una violación del derecho a la integridad física.

    Hombre y mujer gozan de iguales derechos.

    Hombre y mujer son iguales en dignidad, y gozan de iguales derechos: eso quiere decir que ambos son iguales en todo.

    La mujer debe gozar de sus justos derechos.

    Se trata de hacer valer derechos justos, de modo que toda mujer pueda inserirse honradamente en la sociedad tanto en lo humano como en lo profesional, por encima de todo miedo y discriminación.

    La persona humana tiene derecho a la libre elección de estado.

    Toda persona tiene derecho a la libre elección del propio estado de vida, y por esto a casarse y formar una familia, o bien a permanecer célibe o soltero.

    Los ancianos deben ser respetados en sus derechos.

    Los ancianos tienen el derecho de encontrar en el interior de la familia o, cuando no sea posible, en instituciones adecuadas, un ambiente que permita transcurrir la vejez en serenidad, desarrollando aquellas actividades que sean compatibles con su edad y les permiten participar en la vida social.

    El hombre tiene derecho a una vida digna

  • Derecho a la vida.

  • El derecho a la vida es el primero, y condición de todo derecho. La vida humana es inviolable. El derecho a la vida debe ser defendido con la máxima determinación como el derecho primero y fundamental, condición de todos los otros derechos de la persona.

    Derecho inalienable a la vida del “no nacido”.

    El derecho a la vida en todas sus manifestaciones “Eutanasia neonatal”. El grado de respeto de la vida naciente en todas sus fases de vida en el seno materno es la premisa del respeto que debe proseguir también en la fase neonatal y sobre todo hacia los inmaduros graves y hacia los neonacidos deformes.

    El embrión humano tiene derecho a no ser objeto de experimentos.

    El embrión humano no puede ser sometido a experimentos como su se tratase de un objetivo. El embrión no puede ser manipulado o destruido.

    La experimentación humana debe respetar la dignidad y los derechos humanos.

    La experimentación en seres humanos no es conforme a la dignidad de la persona si se hace sin el consentimiento consciente del sujeto o de quienes tienen derecho sobre él.

    Moralidad del trasplante de órganos.

    El transplante de órgano es conforme a la ley moral y puede ser meritorio si los peligros y riesgos físicos o psicológicos sobrevenidos al donante son proporcionados al bien que se busca en el destinatario.

    El aborto viola el “derecho a la vida”.

    El aborto constituye una grave ofensa a la ley de Dios y una violación del derecho primario, e intocable, de la persona humana a existir. Ninguna instancia humana puede legalizar el aborto.

    Técnicas de reproducción artificial. Relieve moral: atacan derechos humanos.

    Las distintas técnicas de reproducción artificial, que parecerían puestas al servicio de la vida y que son practicadas no pocas veces con esta intención, en realidad dan pie a nuevos atentados contra la vida.

    El infanticidio, contrario a los derechos humanos.

    Se ha llegado a negar los cuidados ordinarios más elementales, y hasta la alimentación, a niños nacidos con graves deficiencia o enfermedades.

    El hombre no puede disponer de su vida arbitrariamente.

    Ningún hombre puede decidir arbitrariamente entre vivir o morir. En efecto, sólo es dueño absoluto de esta decisión el Creador.

    El hombre no es dueño de la vida.

    El hombre no es dueño absoluto y árbitro incensurable, sino administrador del plan establecido por el Creador.

    Nadie tiene derecho de matar: la vida es sagrada e inviolable.

    Sólo Dios es Señor de la vida desde su concepción hasta su término: nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente. Dios se proclama Señor absoluto de la vida del hombre, creador a su imagen y semejanza. Por tanto, la vida humana tiene un carácter sagrado e inviolable, en el que se refleja la inviolabilidad misma del Creador.

    Hay situaciones en las que aparecen como una verdadera paradoja los valores propuestos por la ley de Dios. Es el caso, por ejemplo, de la “legítima defensa”, en el que el derecho a proteger la propia vida y el deber de no dañar al otro resultan, en concreto, difícilmente conciliables.

    La vida humana es sagrada por que desde su inicio comporta la acción creadora de Dios y por lo tanto nadie tiene derecho a matar a nadie.

    La legítima defensa es el derecho que tiene una persona a proteger su propia vida, esto resulta incompatible con el deber de no dañar a otra persona. Por necesidad de evitar que el agresor cause daño conlleva a veces su eliminación, el resultado mortal se ha de atribuir al mismo agresor.

    La pena de muerte que la sociedad impone, tiene como primer efecto el de compensar el desorden introducido por la falta, pero la pena de muerte en ningún caso se justifica y en muchos de los países ya esta pena ha desaparecido. Uno de los objetos de la pena de muerte es proteger el orden público y la seguridad de las personas, pero al mismo tiempo sirve de estímulo y una ayuda el reo para corregirse y enmendarse.

    El aborto es la eliminación deliberada y directa de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona.

    La eutanasia es una grave violación de la ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta práctica conlleva, según las circunstancias el suicidio o el homicidio. El suicidio asistido al igual que el homicidio y la eutanasia son moralmente inaceptables. El homicidio comporta el rechazo del amor a sí mismo y la renuncia a los deberes de justicia y de caridad para con el prójimo. Podemos decir que el suicidio asistido es injusto y este consiste en hacerse colaborador, y algunas veces autor en primera persona, de una injusticia que nunca tiene justificación, ni siquiera cuando es solicitada.

    Las leyes que autorizan y favorecen el aborto y la eutanasia se oponen radicalmente al bien del individuo, pero también al bien común, de la sociedad.

    Otro mal que esta afectando la sociedad gravemente es el terrorismo el cual viola los derechos más sagrados de las personas, atenta contra la pacífica convivencia y ofende los sentimientos cristianos de nuestras gentes.

    Toda persona tiene derecho a la integridad, tanto física como moral, así podemos decir que todo enfermo tiene derecho a ser cuidado en su totalidad de cuerpo y espíritu, también los incapacitados tienen todos los derechos fundamentales los cuales son inalienables, inviolables e indivisibles.

    Las personas tienen derecho a la procreación y a la paternidad responsable, también tienen derecho a la libertad, al respeto de su integridad personal, tienen derecho a la alimentación, vivienda, a la libertad de conciencia y a la libertad religiosa; al igual que las personas, los jóvenes y los niños tienen los mismos derecho.

    La Libertad de la Iglesia

    La iglesia tiene derecho a su autonomía. Ella tiene derecho a reglarse según sus normas propias en lo que concierne a la vida religiosa de los fieles.

    La iglesia tiene derecho a promover iniciativas asistenciales. Es la ejecución de obras de buena fe, obras de caridad que son exigencia fundamental y originaria de la fe cristiana, como atestigua la historia milenaria del cristianismo.

    La iglesia tiene derecho a fundar y dirigir escuelas. Puede instituir y dirigir escuelas propias, de cualquier orden y grado.

    Derecho a la familia

    Derecho de elegir estado y construir una familia.- Este derecho se refiere a la formación de familia y a gozar de las condiciones necesarias para la vida familiar.

    Los Derechos de la familia son derechos humanos. El hombre, que se desprende de la verdad sobre Cristo y sobre la Iglesia, y tiene su aplicación en el campo de los derechos humanos, de la sacralizad de la vida desde el momento de su concepción ; proclama ante la sociedad la indisolubilidad del matrimonio, la unidad y la santidad de la familia.

    El adulterio quebranta el derecho del otro cónyuge. Se establece que el que comete falta a sus compromisos… Quebranta el derecho del otro cónyuge y atenta contra la institución del matrimonio, violando el contrato que le da origen. El hombre tiene derecho al matrimonio uno e indisoluble. Este se encuentra plasmado en Génesis 2, 24, esto como el contenido mismo de la palabra de Dios.

    CARTA DE LOS DERECHOS DE LA FAMILIA

    PREáMBULO

    Considerando que:

  • Los derechos de la persona tiene una dimensión fundamentalmente social, que encuentra en la familia su natural y vital expresión;

  • La familia esta fundada sobre las bases del matrimonio, unión intima de la vida entre un hombre y una mujer.

  • El matrimonio es la institución natural a la que esta confiada de manera exclusiva la misión de transmitir la vida;

  • La familia es anterior al Estado y a cualquier otra comunidad y posee derechos propios, que son inalienables.

  • La familia constituye una comunidad de amor y solidaridad que es apta de un modo único a enseñar y transmitir valores culturales, éticos, sociales, espirituales etc. Esenciales para el desarrollo y el bienestar de sus miembros y de la sociedad.

  • La familia es el lugar donde diversas generaciones se encuentran y se ayudan recíprocamente a crecer en la sabiduría humana y a armonizar los derechos de los individuos con las demás instancias de la vida social.

  • La familia y la sociedad tiene una función complementaria en la defensa y en el progreso del bien de la humanidad y de cada persona.

  • La experiencia de diversas culturas ha mostrado como es necesario para la sociedad reconocer y defender la institución familiar

  • La sociedad debe proteger la familia, con medidas de carácter político, económico, social y jurídico.

  • Los derechos, las fundamentales, las fundamentales necesidades, el bienestar y los valores de la familia, se ven progresivamente salvaguardando, pero a menudo son ignorados y no escasamente minados por leyes, instituciones y programas socioeconómicos.

  • Muchas familias son constreñidas a vivir en situaciones de pobreza que les impide desarrollar su propio papel con dignidad:

  • La iglesia Católica, consciente de que el bien de la persona, de la sociedad y de la Iglesia misma pasa a través de la vida de la familia, ha retenido como parte de su misión proclamar a todos el designio de Dios inscrito en la naturaleza humana sobre el matrimonio y la familia, promover estas dos instituciones y defenderlas contra quienes las atacan.

  • El Sínodo de los Obispos recomendó explícitamente que fuese redactada y se hiciera llegar a todos los interesados una Carta de los Derechos de la Familia.

  • Artículo 1. Toda persona tiene derecho a la libre elección del propio estado de vida, y por esto a casarse y formar una familia o bien a permanecer célibe o soltero.

    Artículo 2. El matrimonio no puede ser contraído si no es por el libre y pleno consentimiento de los esposos debidamente expresado.

    Artículo 3. Los esposos tienen el derecho inalienable de constituir una familia y de decidir sobre el intervalo de los nacimientos y el numero de los hijos a procrear, teniendo en consideración sus deberes para consigo mismo, hacia los hijos ya nacidos, la familia y la sociedad, en una justa jerarquía de valores y en conformidad con el orden moral objetivo que excluye el recurso a la contracepción, a la esterilización y al aborto.

    Artículo 4. La vida humana debe ser respetada y protegida absolutamente desde el momento de la concepción.

    Artículo 5.Habiendo dado la vida a sus hijos, los padres tienen el derecho originario, primario e inalienable de educarlos; deben por tanto ser reconocidos como los primeros y principales educadores de sus hijos.

    Artículo 6. La familia tiene el derecho de existir y de progresar como familia ( el divorcio ataca la misma institución del matrimonio y de la familia).

    Artículo 7. La familia tiene el derecho a vivir libremente la propia vida religiosa doméstica bajo la guía de los padres, también tiene el derecho de profesar públicamente y defender la fe, de tomar parte en el culto publico y elegir libremente programas e instituciones religiosas sin sufrir discriminación.

    Artículo 8. La familia tiene derecho de ejercer su función social y política en la constitución de la sociedad.

    Artículo 9. Las familias tienen el derecho de poder hacer respaldar una política familiar de parte de la autoridad publica en el ámbito jurídico, social y fiscal, sin discriminación alguna.

    Artículo 10. Las familias tienen derecho a un orden social y económico en el que la organización del trabajo permita a sus miembros vivir unidos, que no obstaculice la unidad, el bienestar, la salud y la estabilidad de la familia, ofreciendo también la posibilidad del sano descanso.

    Artículo 11. La familia tiene derecho a una vivienda decente, adaptada para la vida de la familia y proporcionada al numero de los miembros, en un ambiente que provea los servicios básicos para la vida de la familia y de la comunidad.

    Artículo 12. Las familias de los migrantes tienen derecho a la misma protección de la concedida a las otras familias.

    Derecho a la educación

    El hombre tiene derecho a la alfabetización. Los derechos están ligados entre si. A pesar de su importancia, el derecho de alfabetización es todavía olvidado y por tanto todos los demás quedan retardada o minimizada.

    La persona tiene derecho a la educación. Se aplica a toda persona que se encuentre privada del derecho a aprender a leer y escribir se encuentre lesionada en su derecho fundamental de la educación.

    Los padres tienen el deber natural de educar a los hijos. Se ha reconocido la misión de los padres primeros y principales educadores, difícilmente reemplazable. Es para ellos un deber natural, puesto que han dado la vida a sus hijos.

    Los padres tienen el derecho a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones. En nuestra legislación actual se le reconoce este derecho a los padres de educar a sus hijos bajo sus convicciones pero en legislaciones de algunos países todavía existen serios limites a su ejercicio y aplicación. Frente a esta situación de este tipo, los padres de familia pueden pedir individualmente, e incluso asociadamente exigir a las autoridades, el respeto y la actuación de los propio derechos. No se trata de obtener privilegios; es algo debido en estricta justicia y que se debe reflejar en la legislación del país.

    Los padres tiene derecho a establecer la orientación educativa de la escuela de sus hijos y a tomar parte en su dirección. La doctrina cristiana siempre ha defendido el derecho de toda persona a recibir instrucción y educación; el derecho-deber de los padres de educar e instruir a sus hijos y en consecuencia a elegir libremente el centro mas idóneo para ellos y a tomar parte en la gerencia del mismo.

    Al tener por fin la familia la procreación y educación de los hijos, esta posee por ello mismo prioridad de naturaleza y, por consiguiente, prioridad de derecho-deber en el campo educativo ante la sociedad. La familia no puede ni debe renunciar a este derecho.

    Los padres tienen derecho a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que este en conformidad con sus propias convicciones. En el ámbito de la educación, a la autoridad publica le competen derechos y deberes, en cuanto debe servir al bien común. La autoridad publica tiene en este campo un papel subsidiario y no abdica de sus derechos cuando se considera al servicio de los padres; al contrario, esta es precisamente su grandeza: defender promover el libre ejercicio de los derechos educativos.

    La familia tiene derecho a no sufrir especiales cargas económicas por elegir libremente el centro educativo de sus hijos. Todos los ciudadanos tienen igual dignidad y deben percibir los efectos que en cualquier campo, pero especialmente en este, tiene esto para un justo y verdadero desarrollo de la vida social. Según el Vaticano II debe ser reconocido a los padres, por parte de la potestad civil, el derecho de elegir, con verdadera libertas, la escuela y los otros medios de educación, y por esta libertad de elección no deben ser gravados, ni directa ni indirectamente, con cargas injustas.

    La libertad de las familias y la libertad de enseñanza en el proceso educativo tiene su base en un derecho natural del hombre que nadie puede ignorar.

    La familia católica tiene derecho a educar a sus hijos en la fe. Que no es más que el derecho que tiene la familia de educar a sus hijos en las escuelas que correspondan a su propia visión del mundo, y en particular el estricto derecho de los padres creyentes a no ver a sus hijos, en las escuelas, sometidos a programas inspirados por ateísmo.

    La iglesia tiene derecho a fundar sus propias escuelas. Este es un derecho de gran importancia para salvaguardar la libertad de conciencia, para proteger los derechos de los padres y para desarrollar la cultura.

    La educación sexual es un derecho que corresponde a los padres. Los principios que han de informar esta área han sido sucintamente enunciados y clarificados en la Familiaris Consortio. El primero de estos principios es la necesidad de reconocer que la educación sexual es un derecho básico y un deber de los mismo padres. Ellos tiene que ser ayudados cada vez mas para cumplir lo mas efectivamente posible esta misión. Las demás instancias educativas desempeña un papel muy importante, pero siempre con un carácter subsidiario, con la debida subordinación a los derecho de los padres.

    derecho del trabajo

    El trabajador tiene una dignidad inviolable y le corresponden unos derecho fundamentales. La dignidad inviolable de la persona figura siempre dentro de la concepción cristiana y por consiguiente dentro de esta la dignidad de todo trabajador. Dentro de estos derechos fundamentales se encuentran: Derecho a tener un trabajo ( este para que le permita a esa persona vivir y desarrollarse), Derecho a un salario ( un salario justo que cubra sus necesidades normales de familia), Derecho a prestaciones sociales ( pensiones, vejez, accidentes, derecho al descanso).

    El trabajo es un derecho fundamental del hombre. Este es la grande y fundamental derecho del hombre y por tanto debe ser mantenido y salvaguardado por la sociedad, también cuando entra en conflicto con otros derechos.

    El trabajador tiene derecho a formar libremente sindicatos. Este se encuentra dentro de los derecho mas elementales de la persona del trabajador para que dichas asociaciones representen y defiendan auténticamente sus intereses con vistas a una mas recta ordenación de la vida económica.

    derecho a la propiedad

    El hombre tienen derecho al acceso a la propiedad de la tierra. Se persigue que sean garantizadas las formas legales de acceso a la propiedad de la tierra, revisando aquellas situaciones objetivamente injustas a las que el campesino mas pobre puede verse sometido.

    Sobre el derecho a la propiedad privadas grava una hipoteca social en atención al destino universal de los bienes. La iglesia define el derecho de propiedad de manera clara, pero no con menor vigor reclama la atención sobre su hipoteca social, para que los bienes sirvan a su destino general querido por Dios.

    El hombre tiene derecho al reparto de las tierras insuficientemente cultivadas, mediante una distribución equitativa del Estado. En este sentido, la posesión de la tierra resulta ilegitima cuando no es valorada o sirve para impedir el trabajo de los demás, apuntando solo a obtener unas ganancias que no son fruto de la expansión global del trabajo y de la riqueza social, sino mas bien de su comprensión, de la explotación ilícita, de la especulación y de la ruptura de la solidaridad en el mundo laboral. Este tipo de propiedad no tiene ninguna justificación y constituye un abuso ante Dios y ante los hombres. Del mismo modo, es cometido del Estado asegurar un sistema justo de distribución de las tierras, y a la vez garantizar el derecho de todos a que ese reconozca tanto su capacidad como el rendimiento de su propio trabajo.

    Socialización parcial o total de los medios de producción. Debe el hombre llevar a cabo dicha socialización pero a la vez debe conservar la conciencia de trabajar en algo propio.

    derechos económicos

    El hombre tiene el derecho inalienable a la iniciativa económica. Este derecho inalienable, en la practica, se ve tantas veces negado por la irresponsabilidad o el egoísmo de las clases dominantes.

    El Estado debe actuar sobre la economía subsidiariamente. El Estado no debe suplantar la iniciativa y responsabilidad que los individuos y los grupos sociales menores son capaces de asumir en sus respectivos campos; al contrario, debe favorecer activamente esos ámbitos de libertad; pero, al mismo tiempo, debe ordenar su desempeño y velar por su adecuada inserción en el bien común.

    El hombre tiene derecho al desarrollo. El desarrollo colectivo, orgánico, continuo es el presupuesto indispensable para asegurar el concreto ejercicio de los derecho del hombre.

    Conclusiones Individuales

    Tras el análisis del texto pude tomar como notas más relevantes, entre otras, las siguientes conclusiones:

    El hombre es la cumbre de la Creación divina. Los derechos humanos son la voluntad divina plasmada en la propia naturaleza humana. Atentar contra los derechos humanos es atentar contra Dios, pues se estaría violentando derechos inherentes a un ser creado a “imagen y semejanza” de Dios.

    La humanidad tiene un origen y un fin comunes en Dios; de lo que se deriva una de las cualidades más esenciales de los derechos humanos: la igualdad de naturaleza y derechos de todos los seres humanos.

    El Estado será un Estado de Derecho en cuanto respete los derechos humanos. Nunca deberá transgredir los derechos humanos valiéndose de los derechos que le otorga el poder. El Estado no es el valor supremo, lo es el hombre. Donde se violan los derechos humanos, se violan también los derechos de la Nación. El fin social del respeto de los derechos humanos es el bien común de todas las personas que conforman la sociedad.

    Noté además, que la visión del Papa Juan Pablo II, no es estática. Es más bien dinámica puesto que sabe enfrentar la gravedad de situaciones que si bien eran más tolerables anteriormente hoy, por el nivel de `avance' del mundo no pueden ser aceptadas. Antes un refugiado en cualquier país, no era más que un extranjero y no era tratado con las especiales condiciones que nos exigen los derechos humanos y las convenciones modernas sobre éste tema.

    Entre los derechos humanos que más llamaron mi atención, podría mencionar:

  • Respeto al cuerpo humano, que es lo que presencializa y visibiliza el espíritu.

  • Respeto a los derechos de la mujer: es esencialmente igual al hombre pero con una peculiaridad y grandeza propias.

  • Derecho a libertad: haciendo de ella un uso responsable.

  • Derecho a la vida: ésta es sagrada desde todo punto de vista.

  • Derecho a la integridad.

  • Derecho al matrimonio: a formar una familia; que implica, entre otros, el deber de educar a los hijos.

  • Derecho a la propiedad.

  • Derechos económicos.

  • Derechos políticos.

  • Derechos de las minorías, de los refugiados, de los migrantes y de los presos.

  • Derecho a la libre expresión del pensamiento.

  • Si  nos orientamos a observar los fundamentos que exige la construcción ordenada de una sociedad, entonces gracias a esto, el hombre será reconocido verdaderamente como persona humana. Su dignidad será contemplada como un valor inviolable.

    Captó mi atención el hecho de que estos principios consagren el respeto a los prisioneros de guerra, textualmente el libro menciona que''incluso ha respaldado la constitución de nuevos organismos, a nivel internacional, que, por ejemplo, garanticen el trato humano a los prisioneros y víctimas de guerra, según los postulados exigidos por los derechos humanos''. De ahí que es digno notar que dada la situación mundial actual, seria bueno reflexionar sobre el trato que se les da a los prisioneros de ambos países en conflicto y orar porque algún día disposiciones como las que hemos analizado en este libro sean acatadas por todos, y dado que la sociedad existe por voluntad de Dios, la sociedad debe ordenarse a partir de este fundamento ultimo.

    Consecuentemente, como ha recogido el catecismo de la iglesia católica: ''los regímenes cuya naturaleza es contraria a la ley natural, al orden publico y a los derechos fundamentales de las personas, no pueden realizar el bien común de las naciones en las que se han impuesto''.

    Por tanto, si estas normas se adoptan y cumplen la sociedad se construirá de modo que se respetaran siempre los valores religiosos, las normas morales y derechos de la persona.

    Después de analizar brevemente cada uno de los temas que comprende el libro, básicamente lo que trata de establecer es lo siguiente:

    Juan Pablo II fundamenta la existencia del hombre en la creación divina.

    El hombre es superior a todo lo creado. Juan Pablo II coloca a la mujer en igualdad al hombre.

    Como seres humanos dependemos de Dios, por tanto debemos adherirnos a la ley de Dios. En la medida en que el hombre se aleje de Dios, afectará de manera notoria a los derechos humanos.

    El hombre es libre, sin embargo debe actuar respetando los preceptos morales establecidos.

    Cada persona es libre de creer lo que quiera, y no se le puede obligar a hacer lo que no quiera, en efecto se violaría la dignidad y la libertad del hombre.

    Los derechos humanos son innatos, irrenunciables, inalienables.

    Un Estado de derecho, se considerará como tal, en la medida en que respete los derechos humanos, y se fundamente en ellos para el bien de la sociedad.

    La vida humana es sagrada, por que fue creada por dios.

    Todo el mundo tiene derecho a que se le proteja su integridad física, su libertad, alimentación, vivienda.

    Las personas tienen derecho a la procreación, el adulterio quebranta el derecho del otro cónyuge. Todo matrimonio debe ser consentido por ambas personas.

    Todo el mundo tiene derecho al trabajo, la relación de trabajo debe ser equitativa, el hombre tiene derecho a desarrollarse económicamente.

    Para que una sociedad sea justa debe respetar los derechos humanos. El fin esencial de una sociedad organizada es el bien común de las personas que la integran.

    Todo el mundo tiene derecho a que le auxilien en su desarrollo dentro de la sociedad.

    La discriminación racial o cualquier tipo de discriminación es injusta, y va en contra de los derechos humanos.

    El libro Los Derechos Humanos en Juan Pablo II trata principalmente sobre el origen divino del hombre, sus derechos y obligaciones y además de temas que a cada minuto, hora, o día nos encontramos con ellos en el televisor, en la radio o en cualquier parte . Este libro comienza diciendo que Juan Pablo II fundamenta la creación del hombre en lo divino.

    Establece además que la dignidad del hombre tiene un carácter sagrado, ya que el ser humano fue creado a imagen y semejanza de Dios.

    Este libro trata diversos derechos fundamentales de los hombres, así como también diversos temas muy importantes en la actualidad entre los cuales se encuentran los siguientes: la libertad del ser humano, el derecho de la familia, el derecho a la educación, al trabajo, el derecho a la propiedad, derecho a la democracia, derecho político; entre los temas mas importantes de la actualidad se encuentra la legitima defensa, la pena de muerte, el aborto, el homicidio, la clonación humana,  la eutanasia entre otros temas.

    Algunas ideas sobre algunos de los temas tratados en el libro que nos atañe. Podemos decir en cuanto a la libertad  que el hombre es libre por naturaleza, pero que esta libertad no la podemos confundir con el libertinaje, ya que muchas personas en nombre de la libertad cometen muchas imprudencias. Y que esta libertad esta sujeta a un orden teocrático.

    Podemos decir que este libro trata todos los derechos fundamentales del ser humano y le da una importancia vital a su respeto por ejemplo dice que las personas tienen derecho a la familia y que el adulterio quebranta los derechos del otro cónyuge, nos habla también del matrimonio y específicamente del consentimiento el cual debe ser libre, es decir con el consentimiento de ambos.

    Nos habla del derecho a la educación y de la educación sexual la cual le corresponde a los padres; nos habla ampliamente del derecho del trabajo y de la propiedad que es un derecho reconocido en numerosos convenios y leyes.

    Por último podemos concluir diciendo que este libro tiene una gran importancia ya que trata de los derechos fundamentales del hombre, y si cada persona conociera cuales son sus derechos y cuales son sus obligaciones, por ejemplo los de respetar los derechos de las demás personas y los de respetar sus propios derechos no perjudicando su propio cuerpo ni violando la integridad de otras personas, el mundo fuera diferente, si lucharíamos más por el bienestar de los pueblos, de las naciones y por que no del mundo.

    Juan Pablo II, basándose en el fundamento de los derechos humanos, establece que la existencia del hombre se debe a la fundación divina. Por esto el hombre tiene igual derechos, no hay distinción entre ellos, todos somos iguales.

    La ley humana surge de la ley eterna y la ley natural.

    Juan Pablo II considera que el hombre es lo superior de lo creado, su cuerpo es personal y único.

    Juan Pablo II iguala a la mujer con el hombre, en nuestras sagradas escrituras en el libro de Génesis, donde se establece que estos tienen complementariedad.

    Se establece en este libro, que tenemos dependencia de Dios como seres humanos y por tanto debemos adherirnos a la ley divina. Dado que el hombre es dependiente de Dios, y este es libre, el hombre; por tanto es libre. Se establece que la ley divina es el único modelo de ley humana.

    Como anteriormente mencione se considera que el hombre es libre y por ello es que se requiere la responsabilidad del mismo (moral). La persona tiene derecho a ser libre pero a la vez responsable, cada persona es libre de creer lo que quiera, la sociedad no debe interferir en sus creencias o de lo contrario se viola su derecho a la libertad.

    Estos derechos tienen ciertas características dentro de las cuales se encuentran:

    1-Innato

    2-Irrenunciable

    3-Inalienable

    4-Inviolable

    5-Imprescriptible, entre otras…

    El Estado Social lo será en la medida que garantice los derechos del hombre. El Estado de Derecho exige, para que sea real y este realmente constituido, el reconocimiento de los derechos humanos. El Estado cuya estructura esta formada por estos valores es un Estado de Derecho.

    Las personas, como entes existentes y libres, tienen una serie de derechos como son:

    Derecho de la persona ( nadie tiene derecho a quitarle la vida a nadie, a matar a nadie, los enfermos tiene derecho a ser asistidos).

    Tienen derechos de Familia ( este es un derecho humano, Derecho de elegir estado y construir una familia, a progresar y establecerse como tal, debe emanar del consentimiento de las partes, el adulterio quebranta el derecho del otro cónyuge),

    Tienen derechos a la educación( combatir el analfabetismo, a aprender para poder desarrollarse en su medio, los padres tiene el derecho de educar a sus hijos, tienen el derecho de educarlo según sus convicciones, tienen derecho a educar a sus hijos en la fe, deben educar a sus hijos en lo respectivo al sexo.)

    Tienen derecho de trabajo ( este es un derecho fundamental del hombre, derecho a un trabajo digno para sobrevivir, a que se le proporcione trabajo, a un salario justo, a formar sindicatos que protejan sus derechos en la empresa ).

    Tiene derecho a la propiedad ( tiene derecho a la propiedad de la tierra ).

    Tienen derecho a la economía ( derecho a la iniciativa económica y derecho a subsistir ).

    Por todo lo expuesto debo concluir diciendo que el fin de la sociedad organizada es la búsqueda del bien común de toda persona que la conforme.

    El Estado debe respetar los derechos del hombre, de la persona. El hombre tiene derechos que lo asisten como ente perteneciente al Estado. Las personas tienen derechos inalienables los cuales deben ser respetados.




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    Enviado por:Plainfieldgf
    Idioma: castellano
    País: República Dominicana

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