Administración y Dirección de Empresas


Defensa de la competencia


DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Conductas prohibidas/autorización

Practicas restrictivas: se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada o conscientemente paralela q tenga x objeto, produzca o puede producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mdo nacional (cualquier acto q pueda afectar a la competencia. Ejemplos: fijación de precios (gasolineras), limitación de la producción, reparto de mdo (Mike's y venta a domicilio)

  • Pueden ser autorizadas por ley

  • Se puede dar 1 autorización general para todos los acuerdos de un determinado tipo (Gob)

  • Se puede dar una autorización particular para un acuerdo concreto por el Tribunal Constitucional de la Competencia

*** Solo se pueden autorizar acuerdos q den ventajas a los consumidores, no impongan a las E restricciones q no sean indispensables para conseguir esos Beneficios y no permitan eliminar a la competencia parte de sus productos. Este acuerdo tiene q contribuir a mejorar la producción o comercialización de ByS o promover el progreso técnico-económico. Se pueden autorizar acuerdos cuya importancia sea mínima o q tengan por objeto elevar el nivel de vida de zonas ecos deprimidas

Abuso de posición dominante: es la explotación abusiva de la posición de dominio de una E en todo/parte del mdo o la situación de dependencia eco en la q se encuentre sus empresarios, clientes o proveedores q no tengan alternativa equivalente. Ej: telefónica, coca-cola. Nunca son autorizadas

Fusiones de E y ayudas públicas

Fusiones: tienen q ser notificadas al Sv de defensa de la competencia si tras esa fusión tienen una cuota de mdo igual o superior al 25% o el volumen de ventas supera los 40 millones. Se requiere autorización del gobierno.

  • Hay q notificar la fusión o concentración

  • El tribunal de defensa de la comp. Informa

  • El gobierno decide

Ayudas públicas: suponen una Vja. Competitiva y por eso las normas de la UE las prohíben con excepciones (prestige)

Órganos

Servicio de defensa de la competencia: tiene funciones de asistencia y tramitación de procedimientos

Tribunal: es el órgano resolutivo, toma la decisión (no es judicial)




Descargar
Enviado por:Pablo Morgade
Idioma: castellano
País: España

Te va a interesar