Ética y Moral


Declaración Universal de Derechos Humanos


INDICE

Derechos humanos (declaración universal) pag 2

Texto de la declaración pag 3

La ONU pag 11

Opinion personal pag 20

Bibliografia pag 21

Derechos Humanos [Dec. Universal]

Declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948 y que constituía una exposición de las garantías fundamentales reconocidas a los individuos por los estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas.

Consta de 30 artículos y un preámbulo que universalizan y adaptan las declaraciones parciales promulgadas anteriormente, precisando, además, las reglas directrices de las relaciones sociales e internacionales. Inspirada en la Declaración de 1789, completaba las lagunas de la misma, con la conquista de nuevos derechos individuales, como la libertad de domicilio (art. 12) y de circulación (art. 20) y, especialmente, de los derechos sociales y familiares. Reconoce los derechos inherentes a la persona humana, inalienables y universales, haciendo referencia a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión, de opinión, de expresión, de información, de reunión, de asociación, etc., asícomo a la seguridad social (salario adecuado, protección ante el paro forzoso, instrucción, etc.). Es preciso matizar que esta declaración tiene valor de imperativo moral, no efectivo.

En 1966 se aprobaron los pactos internacionales de los derechos internacionales, de los derechos económicos, sociales y culturales, y de los derechos civiles y políticos, mientras que en 1968 fue aprobada una declaración de 19 puntos que actualizaba los principios del texto de 1948, haciendo referencia a la discriminación racial, la descolonización, los derechos de la mujer y del niño, etc.

TEXTO DE LA DECLARACIÓN

- Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

- Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado como la aspiración más elevada del hombre el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

- Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

- Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

- Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

- Considerando que los estados miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades fundamentales del hombre; y considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno conocimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General proclama la presente «Declaración universal de los derechos humanos» como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que, tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo I:

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo II:

I. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra distinción. II. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo III:

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo IV:

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo V:

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo VI:

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo VII:

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda diferenciación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo VIII:

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo IX:

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo X:

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo XI:

I.Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

II. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueren delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo XII:

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo XIII:

I.Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un estado.

II. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo XIV:

I.En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

II.Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial, realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo XV:

I.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

II. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo XVI:

I.Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. II. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

III. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado.

Artículo XVII:

I. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. II. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo XVIII:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo XIX:

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo XX:

I. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

II. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo XXI:

I. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

II. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

III. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal, e igual, y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad de voto.

Artículo XXII:

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo a su personalidad.

Artículo XXIII:

I. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

II. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

III. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana, y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera medios de protección social.

IV. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo XXIV:

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo XXV:

I. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

II. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo XXVI:

I. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

II. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

III. Los padres tendrán derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo XXVII:

I. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resultan.

II. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo XXVIII:

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social o internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo XXIX:

I. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

II. En el ejercicio de sus deberes y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

III. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición con los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo XXX:

Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho al estado, a un grupo o a una persona para emprendery desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualesquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Constitución de 1931

Carta magna republicana, elaborada en 1931 tras la proclamación de la segunda República. Rigió hasta 1936 en toda España y, durante la guerra civil (1936-1939), en la llamada zona republicana. En ella, el estado adoptaba la forma de una República democrática y social, laica y aconfesional. Además, incluía derechos sociales, aceptaba la autonomía política y administrativa de las regiones en el marco de un estado integral, e incluía elementos modernizadores en la línea del estado social y democrático de derecho.

ONU

Siglas de Organización de las Naciones Unidas. Organización internacional fundada en 1945 por 50 países en la conferencia de San Francisco, como resultado de las resoluciones de las conferencias de Moscú, Yalta y Dumbarton Oaks. En la Conferencia de Yalta (febrero de 1945) los jefes de los gobiernos británico, estadounidense y soviético decidieron convocar una reunión en San Francisco para el 25 de abril de ese mismo año. El objetivo era volver a dar vida a una nueva Sociedad de Naciones. La carta fundacional de la ONU la define como el foro donde se discutirán las controversias entre los países y el instrumento para fomentar la amistad y mantener la paz.

Carta de la ONU:

Del complejo articulado de la carta destacan algunos objetivos: Mantenimiento de la paz y seguridad internacional (preámbulo y artículo primero). Los miembros se obligan a dirimir sus controversias por medios pacíficos y renunciar a la amenaza o la fuerza. Libre determinación de los pueblos: «la sujeción de los pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjera constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales» y compromete la causa de la paz. Defensa de los derechos del hombre. Principio estimulado por la política de exterminio del régimen nazi. Ya en el preámbulo aparece la fe en la dignidad y el valor de la persona humana. El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea adoptó la Declaración de los derechos del hombre, que especifica el catálogo de libertades de la filosofía liberal y la prohibición de los atentados contra ellas, entre otros la tortura y los tratos degradantes. Fomento de la cooperación pacífica en materias económicas, culturales, sanitarias. La mayoría de estos acuerdos se transfieren a organismos especializados (UNESCO, UNICEF, FAO, etc).

Miembros:

La admisión de nuevos miembros se realiza por decisión de la Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad. Hasta 1950 se realizaron nueve admisiones. La guerra fría detuvo nuevos ingresos, debido a los intereses de los bloques en conflicto, que exigían compensaciones mutuas en cuanto al ingreso de países de uno y otro bando, como lo prueba la entrada masiva de países en 1955. El proceso descolonizador de la década de los sesenta supuso un nuevo impulso en cuanto al número de ingresos. La desmembración de los países que configuraban el bloque comunista ha dado lugar también un elevado número de nuevos ingresos.

En 1993, el ingreso de Andorra ha situado el número de miembros en 184. La supresión de los derechos y privilegios inherentes a la calidad de miembro puede ser decidida por la Asamblea General como medida preventiva o coercitiva. La exclusión puede producirse cuando un miembro infringe de manera reiterada los principios enunciados en la carta.

Los países miembros se comprometen a resolver sus diferencias de manera pacífica y a no recurrir al uso de la violencia. Deben conceder plena asistencia a la organización en cualquier acción emprendida por ella, y no ayudar a un Estado contra el que la organización ha emprendido una determinada acción. Sin embargo, mantienen el derecho a la legítima defensa ante cualquier agresión armada hasta que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas oportunas.

Los principales organismos que forman la ONU son la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Administración de Territorios, el Tribunal Internacional de Justicia y la Secretaría General.

Asamblea General de la ONU Órgano deliberativo de la ONU. Es una especie de parlamento mundial, formado por representantes de todos los Estados miembros y en ella se debaten recomendaciones. Celebra una sesión ordinaria anual además de las extraordinarias. Las decisiones se toman por mayoría simple, pero en los asuntos importantes (admisión de nuevos Estados miembros, mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales) es necesaria una mayoría de dos tercios. De la Asamblea General dependen comisiones de trabajo de la ONU.

AIEA: Siglas de Agencia Internacional de Energía Atómica. Organismo dependiente de las Naciones Unidas, fundado en 1957 para contribuir a la cooperación internacional en el desarrollo de las aplicaciones pacíficas de la energía nuclear y favorecer la investigación y el intercambio de información. Tiene su sede en Viena.

ACNUR Siglas de Alto Comisariado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Organismo creado en enero de 1952 a raíz de la desaparición de la OIR (Organización Internacional para los Refugiados), creada en diciembre de 1946 bajo los auspicios de la Asamblea General de la ONU. En la aprobación de su estatuto se tuvo que ceder a las presiones de la URSS y excluir a los alemanes del campo de actividades de la organización. La OIR tomó a su cargo en los campos de refugiados a 712.000 personas, llegándose a registrar hasta 900.000, procedentes en su mayoría de la Europa central y oriental.

BIRD: Siglas de Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo. Una de las tres instituciones que forman el Banco Mundial. Fundado en 1946, destina sus recursos a potenciar el desarrollo de los países más atrasados mediante créditos a medio plazo y con un interés próximo al de los mercados financieros

Cascos azules Nombre que reciben los integrantes de los cuerpos especiales de la ONU, debido al color de sus cascos. En 1956 estas fuerzas supervisaron el cese de hostilidades entre Egipto e Israel. Posteriormente han actuado en otros conflictos de Oriente Medio, en Líbano, en Chipre, en Bosnia, etcétera.

CCITT: Siglas de «Comité Consultatif International Télégraphique et Téléphonique» (Comité Consultivo Internacional Telegráfico y Telefónico). Organismo técnico permanente de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, con sede en Ginebra.

Consejo de Seguridad El Consejo de Seguridad, creado en 1946, es el órgano más relevante de la ONU. Lo constituyen las cinco grandes potencias con derecho a veto (EEUU, Gran Bretaña, Francia, Rusia y Républica Popular China) y que tienen un estatus de miembros permanentes. Además de ellas lo integran otros diez Estados elegidos por un período de dos años. Sus decisiones son obligatorias cuando han sido votadas por nueve de los quince miembros, entre los cuales necesariamente deben estar los cinco miembros permanentes. Su finalidad es asegurar la paz y la seguridad internacional, para lo que dispone de dos procedimientos: instar al uso de la actividad diplomática para negociar las diferencias, y la adopción de medidas coercitivas mediante el envío de tropas internacionales (los llamados «cascos azules» de la ONU).

CNUCD: Siglas de Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo, también conocida por las siglas UNTAD. Organismo de Naciones Unidas creado en 1964 y que tenía entre sus objetivos fundacionales abrir paso a una reforma negociada del orden económico existente. La Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo fue una respuesta de los países pobres a las políticas del GATT, considerado en ese momento como un «club de ricos». La UNTAD pretendió ser un marco, dentro del sistema de Naciones Unidas, para discutir una reforma en la economía internacional, particularmente en la cuestión de los intercambios entre países desarrollados y los países de la periferia. En la primera conferencia, realizada en Ginebra, la UNTAD solicitó un nuevo orden económico internacional. Esta demanda se ha vuelto a reiterar en las sucesivas conferencias celebradas (Nueva Delhi, 1968; Santiago de Chile, 1972; Nairobi, 1976) sin apenas obtener resultados. En los años ochenta y noventa, la reforma económica internacional ha desaparecido, prácticamente, de la agenda de los organismos de Naciones Unidas.

Consejo Económico y Social Organismo dependiente de la Asamblea General, cuya misión consiste en elaborar informes sobre temas económicos, educativos, sanitarios, culturales, etc., que sirven como material orientativo para la Asamblea. De él dependen una serie de agencias y organismos tales como la OIT, la Unesco, la FAO, etc.

Consejo de administración de Territorios Organismo de la ONU compuesto por miembros permanentes del Consejo de Seguridad, por los Estados que administran territorios y por un número igual de Estados que no administran, elegidos por la Asamblea General. Su función es supervisar la administración de los territorios confiados a la ONU.

FAO: Siglas de Food and Agriculture Organization (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura), organismo fundado en 1945 que tiene por objetivo mejorar la alimentación de toda la población perfeccionando la producción y distribución de los recursos agropecuarios. Con sede en Roma, realiza estudios y proyectos en todo el mundo.

FIDA Siglas del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, organismo fundado en 1976 que proporciona asistencia a los países en vías de desarrollo en cuestiones de producción de alimentos. Tiene su sede en Roma.

IDA: Siglas de «International Development Association» (Asociación Internacional de Desarrollo). Una de las tres instituciones que forman el Banco Mundial. Fundada en 1960, concede a los países más atrasados créditos a largo plazo en condiciones muy favorables.

OIT: Siglas de Organización Internacional del Trabajo. Institución especializada de la ONU, fundada en 1946 con el objetivo declarado de contribuir a crear una paz estable a través del progreso social y la mejora de las condiciones de trabajo. Con sede en Ginebra, en 1991 tenía 148 países miembros. En la actualidad, una de sus principales actuaciones es el desarrollo y aplicación del programa mundial del empleo destinado a luchar contra el paro en los países subdesarrollados y la vigilancia del respeto de los derechos humanos en el ámbito laboral. En 1969 la OIT recibió el premio Nobel de la paz.

OMS: Siglas de Organización Mundial de la Salud. Organización creada por la Convención de Nueva York el 22 de julio de 1946 y convertida a partir de 1948 en institución especializada de la ONU. Con sede en Ginebra, la OMS ha descentralizado su organización en seis regiones (África, América, Sureste asiático, Europa, Mediterráneo oriental y Pacífico). Respondiendo a esta estructura regionalizada, cuenta con comités regionales y ha establecido oficinas en Brazzaville, Washington, Nueva Delhi, Copenhague, Alejandría y Manila. La acción de la OMS se traduce en una asistencia a los Gobiernos, especialmente a los del Tercer Mundo. Ejerce también labores de coordinación entre los Estados, las organizaciones internacionales (UNESCO, UNICEF, OIT, etc.) y las organizaciones no gubernamentales (Cruz Roja). La OMS ha jugado un papel importante en la lucha contra las epidemias (sobre todo la viruela y el paludismo). El «Reglamento sanitario internacional», elaborado por la OMS, está orientado a prevenir las epidemias y a organizar las cuarentenas, el control de los fármacos y la protección de la alimentación infantil.

ONUDI: Siglas de Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, también conocida por las siglas UNIDO. Organismo internacional de Naciones Unidas creado en 1985 (a partir de la transformación de la institución consultiva del mismo nombre fundada en 1967), para promover la asistencia internacional a los procesos de industrialización de los países del Tercer Mundo. Su sede está en Viena. En 1990 contaba con 152 países miembros. Tiene autonomía y presupuestos propios, pero depende de la ONU para la coordinación de sus actividades.

OACI: Siglas de «Organisation de l'Aviation Civile Internationale» (Organización de Aviación Civil Internacional), organización perteneciente al Consejo Económico Social de las Naciones Unidas. Fue creada en 1944, en el transcurso de la Conferencia Internacional de Aviación Civil celebrada en Chicago. Con sede central en Montreal (Canadá), entre sus tareas destacan el derecho, la economía y la técnica del tráfico aéreo mundial (tanto general como comercial), así como las normativas referentes a los aeropuertos, la seguridad aérea, las telecomunicaciones, la meteorología, el salvamento y el rescate, etc.

OMI: Siglas de Organización Marítima Internacional. Organismo intergubernamental especializado de las Naciones Unidas, creado en 1982 y con sede en Londres, que absorbió la Organización Consultiva Marítima Internacional (IMCO), constituida en 1959. Facilita la cooperación en cuestiones relativas al transporte marítimo con vistas a aumentar su eficiencia y mejorar su seguridad. También estudia los problemas ecológicos relacionados con la navegación.

OMM: Siglas de Organización Metereológica Mundial. Institución internacional, creada en 1947, que tiene por finalidad la cooperación mundial en el ámbito de la observación meteorológica e hidrológica y el intercambio de datos, para su aplicación a la aviación, la navegación marítima, la agricultura, etc. Es un organismo dependiente de la ONU y tiene su sede en Ginebra.

OMPI: Siglas de Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Organización creada en 1967 en sustitución de la Oficina Internacional Reunida para la Protección de la Propiedad Intelectual, fundada en 1893. Convertida en 1974 en en institución especializada de la ONU, tiene su sede en Ginebra. Promueve la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo a través de la cooperación entre los Estados y organizaciones internacionales. Asimismo se encarga de controlar la aplicación de los acuerdos internacionales sobre obras literarias, artísticas, etc.

Secretaría General de la ONU Máxima representación diplomática de la ONU. Su titular es nombrado cada cuatro o cinco años, pudiendo ser reelegido al finalizar su mandato. Sus funciones son importantes, pues entre sus competencias se encuentra la de convocar el Consejo de Seguridad. Los distintos secretarios han ejercido notable influencia sobre la marcha de la sociedad internacional, y su personalidad ha constituido el símbolo de los diferentes períodos. El primer secretario fue el noruego Trygve Lie. Otros secretarios han sido Dag Hammarskjöld, U Tant, Kurt Waldheim, Javier Pérez de Cuéllar, Butros-Butros Gali.

SFI: Siglas de Sociedad Financiera Internacional. Filial del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (BIRD) en la que participan 143 países. Su objetivo declarado es promover el desarrollo económico y social de los Estados miembros. Opera a través de créditos de largo plazo a empresas privadas o bien, más directamente, mediante la toma de participación en el capital de las mismas.

Tribunal Internacional de Justicia Jurisdicción internacional creada en 1945 en virtud del artículo 92 de la Carta de las Naciones Unidas. Con sede en La Haya, está formado por 15 miembros elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de la ONU. Ante él sólo pueden comparecer los propios Estados o la misma ONU. Es el órgano judicial supremo de la ONU. Su jurisdicción abarca la interpretación de tratados y acuerdos, así como los conflictos que afecten al derecho internacional.

Tribunal Permanente de Arbitraje Jurisdicción internacional creada en La Haya en el año 1899, formada por juristas especializados en derecho internacional. Su función es arbitrar los posibles conflictos que surjan entre los diferentes Estados.

UNESCO: Siglas de United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura). Es un organismo de la ONU creado en 1946 con sede en París que tiene como objetivo promover la cultura, la información y la educación. Realiza campañas contra el analfabetismo, a favor de la extensión de la enseñanza obligatoria y de la promoción de la prensa libre y objetiva (programa NOMIC), además de velar por las obras patrimonio de la humanidad. La mayor preocupación de la organización consiste en la conservación de las culturas minoritarias y ayuda sobre todo a los países subdesarrollados. Durante la gestión de M'Bow experimentó un período de radicalismo y, debido a ello, la retirada de varios miembros. En 1987, el español Federico Mayor Zaragoza fue elegido director general de la organización; su meritosa función fue reconocida en 1993 con su reelección al cargo.

UNICEF: Siglas de United Nations Children's Fund (Fondo Internacional de las Naciones Unidas para la Infancia). Es un organismo de la ONU creado en 1946 con sede en Nueva York para socorrer a la infancia en zonas de guerra. Ha desarrollado desde 1950 una gran labor en el campo sanitario especialmente en Asia y África.

Unión Postal Universal (UPU) Véase el artículo Unión Postal Universal.

UPAE: Siglas de Unión Postal de las Américas y España. Unión postal restringida de la Unión Postal Universal (UPU), cuya estructura es similar a la de aquélla y cuya sede está en Montevideo. Constituida por la mayoría de los países de América Latina y España, su idioma oficial es el español.

OPINION PERSONAL

Los derechos humanos tanto hacia el mayor como al niño se deben respetar. El abuso de niños y mujeres es la primera amenaza contra la persona; en la última década se a cobrado la vida de más de 1000 mujeres y se han denunciado más de 500 abusos y maltratos hacia niños y mujeres. Las mujeres por miedo a ser asesinadas o seguir siendo maltratadas, cada vez con más dureza, tienen miedo a denunciarlo.

En estos últimos años se han dado casos de prostitucion de menores, tanto de niñas como niños, y se han detenido a varias organizaciones q difundían videos porno con menores. En Asia la venta de niñas es un caso de los mas cotidianos.

La vida es el mejor regalo y es para disfrutarlo no para vivirlo con miedo.

BIBLIOGRAFIA

  • Enciclopedia PLANETA AGOSTINI.

  • www.geocities.com.

  • www.lycos.com.

  • www.ya.com.

  • Enciclopedia estudiantil.

  • Nueva Enciclopedia Temática Planeta.

  • Gran Enciclopedia del Mundo “DURBAN”.




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Enviado por:Elvira16
Idioma: castellano
País: España

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