Ética y Moral


Contradicción sobre los Derechos Humanos


  • LOS DERECHOS HUMANOS: La eterna contradicción.

A diario, vemos como los medios de comunicación hacen llegar hasta nosotros, de la forma más insistente y con los matices más trágicos, mensajes que reflejan la reiterada violación de los Derechos Humanos.

Epidemias, analfabetismo, paro laboral, explotación del trabajo infantil, terrorismo son noticias que golpean una y otra vez nuestra sensibilidad hasta llegar a anularla.

No existe en la actualidad un Estado ni un grupo de poder que no invoque a su favor los Derechos Humanos y no se vanaglorie de su cumplimiento.

Sin embargo, la Declaración Universal de Derechos Humanos es a la vez universalmente aceptada y universalmente incumplida.

¿Cómo explicar tan tremenda contradicción?.

Si analizamos esta compleja situación, nos encontramos con dos hechos evidentes y contradictorios: por un lado el ejercicio de los Derechos Humanos corresponde al hombre individualmente o colectivamente, pero su garantía, defensa y puesta en práctica pertenece a los Estados o a los grupos políticos o económicos, que disponen de la forma efectiva de los resortes del poder. Es una constante histórica que el poder se ejerce casi siempre en beneficio única y exclusivamente de aquellos que lo monopolizan. Por tanto, los Derechos Humanos son, en la práctica, manipulados arbitrariamente por los poderosos. Solo donde y cuando el ciudadano participa efectivamente en el ejercicio del poder, el disfrute de los Derechos Humanos puede cobrar auténtica realidad.

  • Contexto y desarrollo del concepto de Derechos Humanos.

En el contexto del pensamiento occidental, Derechos Humanos son aquellos que cada hombre posee por el hecho de serlo. Es decir, que toda persona, virtud de su dignidad posee una serie de derechos fundamentales que deben serle universalmente reconocidos.

Cuando decimos que el hombre es una persona, queremos decir que el ser humano, además de ser un ente natural como los demás seres del Universo, es algo, que de alguna forma, sobrepasa, trasciende cuanto de natural existe en él: es, en términos filosóficos, “una sustancia individual de naturaleza racional”, dotada, por consiguiente, de la capacidad de entender y querer.

Al ser humano, la existencia no le es dada ya hecha. Cada hombre tiene, necesariamente, que construir su propia vida, decidiendo en cada momento los actos que va a realizar y ajustándolos a unos valores morales más o menos libremente aceptados. El valor supremo de la persona humana es, como consecuencia, la libertad.

Esta capacidad de elegir la adecuación moral de sus actos hace de cada ser humano algo único, especial, irrepetible y, a la vez, merecedor de respeto.

La dignidad intrínseca a todos y cada uno de los hombres engendra inexcusablemente el hecho de que existan una serie de derechos que son propios de cada persona, de tal forma que no podría ser desconocidos sin que al mismo tiempo su naturaleza fuese alterada y, por tanto, el ser humano degradado en su calidad de hombre. Estos derechos básicos e inalienables son los Derechos Humanos.

Enunciados en función de la libertad como elemento definidor del ser humano, se dividen en tres grandes grupos:

  • En primer lugar, derechos destinados a garantizar la libre disposición del cuerpo, lo que supone, el derecho a la vida, la prohibición de la tortura, de la esclavitud, la condena de la segregación racial y de cualquier tipo de discriminaciones, el derecho a la seguridad, a circular libremente, a buscar asilo ante la persecución, al consentimiento para el matrimonio, a la protección contra el hambre, a la protección de la salud y la familia, el derecho al trabajo y a la propiedad individual y colectiva.

  • El segundo campo, se refiere a la libre disposición del espíritu, lo que se plasma en la liberta de conciencia, de opinión, de reunión, de religión y de expresión, y el derecho a la igualdad, a la protección de las minorías, a la educación y al libre acceso a la cultura.

  • Por último, el derecho a disponer de los medios para poner en práctica lo anteriormente expuesto, supone garantizar a todos igualdad ente la ley, la existencia de un procedimiento penal basado en la no retroactividad de las leyes, el derecho de participación directa o indirectamente en el Gobierno de la comunidad, en acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas, a votar y a ser elegido en elecciones periódicas y auténticas en sufragio universal y mediante voto secreto.

  • Los Derechos Humanos han sido enunciados en más de un centenar de ocasiones y una treintena de convenciones de la ONU. Entre estos textos, la Declaración Universal de 1948 y los dos Pactos de 1966, forman un cuerpo doctrinal más importante, denominado Carta Internacional de los Derechos del Hombre.

    Inherentes a la naturaleza humana, tales derechos no dimanan de la acción de los Estados, no deben nada a la legislación positiva, dado que se poseen y obligan con independencia de la organización de la sociedad política, constituyendo, en cambio, el marco que debería limitar y orientar el ejercicio del poder.

    • Contexto histórico de los Derechos Humanos.

    La magnitud del desastre de la I Guerra Mundial induce a las grandes potencias a crear una asociación internacional que garantice la paz mundial, la integridad de los territorios y la independencia de la política de los Estados. El 28 de Abril de 1919, la Asamblea Plenaria de la Conferencia de Versalles aprueba el reglamento orgánico de la Sociedad de Naciones. Contaba con sesenta y tres miembros y una gran ausencia, los Estados Unidos de América. Así mismo se crea dos organismos: el Tribunal Internacional de La Haya y la Oficina Internacional del Trabajo. Sin embargo la Sociedad de Naciones no fue efectiva en los temas para lo que fue creada, teniendo gran importancia, sin embargo, en el desarrollo de los derechos de los refugiados. Los acontecimientos históricos que seguirían al nacimiento de la Sociedad de Naciones, la crisis económica del 29, la llegada al poder en algunos países de Europa de organizaciones nacionalsocialistas, el nazismo en Alemania, y sobretodo el nuevo gran desastre que supuso para la humanidad la II Guerra Mundial, consecuencia de los anteriormente reseñado, da lugar a un nuevo orden internacional: La Organización de las Naciones Unidas; cuya Carta fundacional se firma en San Francisco el 26 de Junio de 1945 por 51 Estados.

    La Carta de las Naciones Unidad reanuda, tras el desastre de la II Guerra Mundial, el mensaje de profunda fe en la dignidad del ser humano. Haciendo esta proclamación se compromete a promover “el respeto universal a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión y a lograr la efectividad de tales derechos y libertades” (art.55.c).

    A pesar de los primeros años de postguerra de un especial optimismo, pronto el mundo experimenta una profundo cambio, que desencadena en un enfrentamiento entre las potencias occidentales y la Unión Soviética, lo que se denominara “Guerra Fría”. En este ambiente de enorme tensión internacional tendrá lugar, el 10 de Diciembre de 1948, la histórica sesión de la ONU para la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

    Se produce un hecho histórico memorable que los tratados de Historia reflejan de la siguiente forma: El 10 de Diciembre de 1948, en la medianoche de este día, se reúnen en el Palacio de Chaillot, París, en la tercera sesión de la Asamblea General de los 58 Estados miembros de las Naciones Unidas, para proceder al voto por apelación nominal sobre el conjunto del proyecto de Declaración Universal de los Derechos Humanos. El resultado de la votación es el siguiente, 48 votos a favor y ocho abstenciones, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre es aprobada. Nace una nueva esperanza para un mundo roto y que necesita reconstruirse sobre las mejores bases posibles.

    En el momento de la solemne Declaración, no se concreto ni el calendario y la manera de llevarla a la práctica, y carentes de valor jurídico, los derechos proclamados no pasaban de ser una normativa moral de carácter muy amplio y, en algunos aspectos, difuso. Si se definió con claridad que esta Declaración no constituiría más que la primera etapa de u proceso que debería completarse con una serie de pactos de carácter vinculante que, mediante su ratificación por los Estados, pasarían a incorporarse a la normativa jurídica interna de cada una de las naciones firmantes.

    La elaboración de estos textos fue tan extraordinariamente trabajosa que iniciada su redacción en 1949, no serán presentados en forma de documentos, Pactos, a la Asamblea General para su ratificación hasta el 16 de Diciembre de 1966, fecha en que serán adoptados por 105 y 106 votos a favor, sobre un total de 122 países miembros.

    Tendría que transcurrir otro decenio antes de que los Pactos fueran ratificados por un número de Estados lo suficiente para que adquieran valor jurídico (mínimo de 35 adhesiones para los Pactos y de 10 para el Protocolo facultativo). En 1976 se alcanzó el necesario número de ratificaciones, entrando en vigor el 3 de Enero de dicho año el pacto relativo a los derechos económicos, sociales y culturales, y el 23 de Marzo, el relativo a los derechos políticos y civiles, así como el Protocolo facultativo. Años después, en Julio de 1980, todavía solo 65 Estados habían ratificado el pacto relativo a los derechos económicos, sociales y culturales, 64 ratificado el relativo a los derechos civiles y políticos y 23 el Protocolo.

    • ANEXO INFORMATIVO: IDEAS PRINCIPALES.

  • El respeto a la dignidad del todas las personas, objetivo supremo.

  • La libertad, la igualdad, la no discriminación, los derechos fundamentales de los grupos vulnerables: niños, minorías, pueblos indígenas, refugiados, desplazados, discapacitados y trabajadores migratorios.

  • Los Derechos Humanos: el idioma común de la humanidad.

  • Instaurar una cultura universal de los derechos humanos y favorecer el pleno ejercicio de esos derechos por la población; enseñar los Derechos Humanos a todos los niveles y a toda la población; constituir una alianza mundial a favor de los derechos humanos; fomentar en todo el mundo la tolerancia inspirada en los derechos humanos.

  • Los Derechos de la Mujer; responsabilidad de todos.

  • Los derechos de la mujer son derechos humanos; combatir las formas de violencia contra la mujer; la plena participación de las mujeres en el desarrollo ; la promoción de la igualdad de sexos; el apoyo a las organizaciones no gubernamentales y a las iniciativas locales para la promoción de los derechos de la mujer.

  • Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, indicadores del camino hacia el futuro.

  • El derecho al desarrollo; el ser humano como objeto central del desarrollo; la eliminación de la pobreza; las instituciones democráticas y el estado de derecho; una sociedad pluralista; la participación comunitaria.

  • La Sociedad Civil, fuerza motriz de los Derechos Humanos.

  • La responsabilidad individual y colectiva en materia de derechos humanos; la contribución de las organizaciones no gubernamentales a la promoción y protección de todos los derechos humanos; actividades a nivel local en materia de derechos humanos; los defensores de los derechos humanos.

  • Los Derechos Humanos, logros y vetos.

  • La descolonización; el final del apartheid; el fortalecimiento de las capacidades nacionales en materia de derechos humanos; las instituciones nacionales de derechos humanos; la eliminación de todas las violaciones de los derechos humanos; la lucha contra todas las formas de discriminación racial y xenofobia; la ratificación universal de los instrumentos de derechos humanos.

    LOS DERECHOS HUMANOS:

    La eterna contradicción




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    Enviado por:Blue
    Idioma: castellano
    País: España

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